Maltrato Infantil
GuÃa de actuación para los servicios sanitarios de Asturias
GuÃa de actuación para los servicios sanitarios de Asturias
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3.3. Principios de actuación del sistema de protección de menores<br />
La Ley del Principado de Asturias 1/1995, de 27 de enero, de Protección del Menor, define<br />
en su artículo 6 como principios de actuación en materia de protección de menores,<br />
los que se relacionan a continuación:<br />
• La defensa de los derechos constitucionales del menor y de los reconocidos por<br />
los acuerdos internacionales.<br />
• La supremacía del interés del menor como criterio de actuación.<br />
• La prevención, como medida prioritaria, de situaciones de desprotección y graves<br />
carencias que afectan al bienestar social del menor.<br />
• La subsidiariedad respecto a las funciones inherentes a la patria potestad.<br />
• La coordinación con los diferentes poderes públicos que actúen en la atención de<br />
menores.<br />
• El mantenimiento del menor en el medio familiar de origen, salvo que ello no resultara<br />
conveniente para el interés primordial del menor.<br />
• La integración familiar y social del menor.<br />
• La sensibilización de la población en relación a los derechos del menor y la actuación<br />
ante situaciones de indefensión.<br />
• La promoción de la participación y de la solidaridad social.<br />
• La objetividad, imparcialidad y seguridad jurídica en la actuación protectora,<br />
garantizando el carácter colegiado y pluridisciplinar en la adopción de las medidas.<br />
• La confidencialidad en la tramitación de expedientes de actuación protectora.<br />
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