CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO
constitución polÃtica del estado de quintana roo - H. Poder ...
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VI.- Conceder indulto a reos sentenciados por delitos del orden común.<br />
VII.- Conceder amnistías, siempre que se trate de delitos de la competencia de los Tribunales del<br />
Estado.<br />
VIII.- Solicitar la protección de los Poderes de la Unión, de conformidad con el Artículo 122 de la<br />
Constitución General de la República.<br />
IX.- Ejercer el derecho de veto en los términos de la Constitución.<br />
REFORMADA P.O. 21 NOV. 1983.<br />
REFORMADA P.O. 15 FEB. 2001.<br />
REFORMADA P.O. 15 MAR. 2002.<br />
X.- Tener bajo su mando la fuerza de Seguridad Pública del Estado, así como el de la policía<br />
preventiva, esta última en aquellos casos en que juzgue como de fuerza mayor o alteración grave<br />
del orden público.<br />
XI.- Ejercer las facultades que le otorgue la Constitución Federal en relación a la Guardia Nacional.<br />
<strong>DE</strong>ROGADA P.O. 31 MAR. 1983.<br />
ADICIONADA P.O. 20 JUL. 1984.<br />
XII.- Dictar las medidas urgentes que estime necesarias para la defensa de la Salubridad y Salud<br />
Pública del Estado, y ejercer las atribuciones que la Constitución Política de los Estados Unidos<br />
Mexicanos y la Ley General de Salud le otorguen al Gobierno del Estado.<br />
XIII.- Representar al Estado en las comisiones federales y en las comisiones interestatales<br />
regionales.<br />
XIV.- Ejercer actos de dominio del patrimonio del Estado en los términos de esta Constitución.<br />
XV.- Ejercer el Presupuesto de Egresos.<br />
XVI.- Contratar empréstitos y garantizar obligaciones con aprobación de la Legislatura.<br />
REFORMADA P.O. 17 MAR. 1995.<br />
XVII.- Nombrar, con la aprobación de la Legislatura del Estado o de la Diputación Permanente, en<br />
su caso, al Procurador General de Justicia.<br />
PUBLICADO P.O. 30 JULIO 2013<br />
XVIII.- Solicitar a la Comisión de Nacional de Derechos Humanos la investigación de hechos que<br />
constitutan violaciones graves de Derechos Humanos.<br />
PUBLICADO P.O. 30 JULIO 2013<br />
XIX.- Las demás que le confiera esta Constitución y sus leyes.<br />
ARTÍCULO 91.- Son obligaciones del Gobernador:<br />
I. Publicar, cumplir y hacer cumplir las leyes federales.<br />
II.<br />
III.<br />
Publicar, cumplir y hacer cumplir las Leyes decretadas por la Legislatura, proveyendo en la<br />
esfera administrativa a su exacta observancia.<br />
Rendir a la Legislatura un informe anual del estado que guarda la administración pública de<br />
la Entidad.<br />
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