GBA Profesional N° 39 - CPBA
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AÑO DEL<br />
BICENTENARIO<br />
GRAN BUENOS AIRES<br />
PROFESIONAL<br />
AÑO 9|NÚMERO <strong>39</strong>|2010 - DELEGACIÓN AVELLANEDA<br />
Revista de las Delegaciones del Gran Bs. As. del Consejo <strong>Profesional</strong><br />
de Ciencias Económicas de la Provincia de Bs. As.<br />
Delegación Avellaneda<br />
Delegación Lomas de Zamora<br />
Delegación Morón<br />
Delegación San Isidro<br />
Delegación San Martín<br />
1 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Avellaneda - Berazategui - Florencio Varela - Lanús - Quilmes<br />
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Editorial<br />
Dr. CP Daniel Julio García<br />
Delegado Presidente<br />
Delegación Avellaneda<br />
Ya paso la primera década de este siglo XXI, para los no tan jóvenes veo sorprendido lo<br />
rápido que transcurrió, si parece que fue ayer que nos estábamos preocupando por saber<br />
si las computadoras podría mantener las fechas a la cero hora del cambio de siglo y era<br />
todo un tema de procuración.<br />
Recuerdo que ya mucho antes de ese evento nos estábamos inquietando por los grandes<br />
cambios que se venían presagiando sobre nuestra actividad profesional, en especial<br />
para los que nos desenvolvemos en forma particular.<br />
De que manera la tan ensalzada “globalización” llegaría a inmiscuirse en nuestra labor,<br />
nos veríamos acechados por entidades y tecnicismos llegados de otras latitudes. De<br />
cómo se ganarían nuestros mejores clientes. Hasta hubo amagues del sistema bancario<br />
intentando liquidar salarios, avanzando sobre esa parte importante de nuestro trabajo.<br />
Y actualmente existe en nuestra provincia un organismo que hasta no hace mucho se<br />
arrogaba la liquidación de impuestos.<br />
Como vemos pasó el tiempo y el panorama de nuestras actividades no termina de aclararse,<br />
conspiran mecanismos y dispositivos que la acosan. Quizás todo sucede porque<br />
se carece de una adecuada política impositiva, previsible, que perdure en el tiempo. Nos<br />
debemos los profesionales pugnar por ello y hagámoslo cada uno desde su posición.<br />
Por ahora no nos queda otra posibilidad que tratar de mejorar las ofertas pedagógicas.<br />
Desde nuestro rincón en reuniones de Delegados predomina un tema cual es discernir<br />
de qué modo podemos mejorar las ofertas instructivas a colegas y convocar a destacados<br />
profesores para que aporten lo suyo en los cursos programados.<br />
Estamos transitando una nueva década, soy medianamente optimista y como suelo decir<br />
prefiero ver el vaso medio lleno, mirar el horizonte positivo, albergar la esperanza que<br />
algo va a cambiar, por esto la tapa nos muestra algo que penetra en el futuro, emprendimientos<br />
con esperanzas.<br />
No obstante mantengámonos alerta, estemos bien actualizados, tengamos siempre<br />
algo más de lo habitual para brindarles a los comitentes,<br />
Desde esta posición nos brindamos a Uds. sin apartarnos de nuestra responsabilidad,<br />
esténse tranquilos.<br />
3 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong>
DELEGACIONES<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong> es una publicación bimestral propiedad del Consejo <strong>Profesional</strong> de Ciencias Económicas<br />
de la Provincia de Buenos Aires, Presidente: Dr. Alfredo D. Avellaneda. Septiembre de 2010.<br />
Delegaciones del Gran Buenos Aires.<br />
Av. Rivadavia 17675 (B1708EID) Morón, Bs. As. Argentina.<br />
Tel / fax: 011-4628-2065 / 4629-7407 / 4483-3623.<br />
Mail: dlgmoron@cpba.com.ar<br />
Propiedad Intelectual Nº 784414<br />
Tirada 7800 ejemplares<br />
Todos los derechos reservados<br />
Se permite la reproducción total o parcial del material de esta publicación citando la fuente.<br />
Los textos que se publican son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no expresan necesariamente el<br />
pensamiento de sus editores.<br />
Diseño e impresión Arte Gráfica NESDAN SRL / Virrey Cevallos 1975 / t. 4305-5357<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
4<br />
1<br />
5<br />
1- Avellaneda<br />
2- Berazategui<br />
3- Florencio Varela<br />
4- Lanús<br />
5- Quilmes<br />
3<br />
2<br />
www.cpba.com.ar<br />
4<br />
DELEGACIÓN AVELLANEDA<br />
Monseñor Piaggio 42/44 Avellaneda (1870)<br />
Tel.: 4222-4312 / 3850 y 4201-7655<br />
dlgavellaneda@cpba.com.ar<br />
RECEPTORÍA QUILMES<br />
Humberto 1º 227 Quilmes (1878)<br />
Tel.: 4257-0949<br />
recepquilmes@cpba.com.ar<br />
DELEGACIÓN LOMAS DE ZAMORA<br />
Manuel Castro 535 Lomas de Zamora (1832)<br />
Tel.: 4292-7076/77 y 4244-6687<br />
dlglomas@cpba.com.ar<br />
DELEGACIÓN MORÓN<br />
Av. Rivadavia 17675 Morón (1708)<br />
Tel.: 4628-2065, 4629-7407 y 4483-3623<br />
dlgmoron@cpba.com.ar<br />
RECEPTORÍA LA MATANZA<br />
Entre Ríos 3026 San Justo (1754)<br />
Tel.: 4482-6979<br />
receptoriamatanza@speedy.com.ar<br />
DELEGACIÓN SAN ISIDRO<br />
Ituzaingo 476/78 San Isidro (1642)<br />
Tel.: 4743-0900<br />
cpcesani@fibertel.com.ar<br />
DELEGACIÓN SAN MARTÍN<br />
Sarmiento 1769 - San Martín<br />
Tel.: 4755-3647 / 4724-3896<br />
dlgsanmartin@cpba.com.ar<br />
RECEPTORÍA ESCOBAR<br />
Asborno 370 Belén de Escobar<br />
Teléfono: 03488 662329.<br />
RECEPTORÍA PILAR<br />
Victor Vergani 501 - Oficina 4 B Pilar<br />
Tel.: 02322-434667<br />
agcep@speedy.com.ar
STAFF<br />
Directores Responsables<br />
Dr. Daniel Julio García<br />
Delegación Avellaneda<br />
Dr. Julio Daniel Carson<br />
Delegación Lomas de Zamora<br />
Dra. Juliana Pantanetti<br />
Delegación Morón<br />
Dr. Ángel Roberto Acuña<br />
Delegación San Isidro<br />
Dr. Juan Carlos Mazzaschi<br />
Delegación San Martín<br />
Consejo de Dirección<br />
Dr. Raúl Klag<br />
Delegación Avellaneda<br />
Dra. Sandra Mónica Rizzo<br />
Delegación Lomas de Zamora<br />
Dr. Pedro Damián Piva<br />
Dr. Luis Enrique Bacigaluppe<br />
Delegación Morón<br />
Dr. Roberto Luis Bufelli<br />
Delegación San Isidro<br />
Dra. Marisa Garone<br />
Delegación San Martín<br />
Coordinación<br />
Dr. Luis Enrique Bacigaluppe<br />
Dra. Julia M. Tolfo<br />
Delegación Morón<br />
Fotos de Tapa<br />
INDICE<br />
EDITORIAL<br />
AUTORIDADES<br />
ACTUACIÓN JUDICIAL<br />
- ABC judicial - Parte 2<br />
ADMINISTRACIÓN<br />
- Balanced Scorecard - Parte 2<br />
COOPERATIVAS<br />
- Resultados no asignados<br />
ECONOMÍA<br />
- Inflación ¿Síntomas o enfermedad?<br />
DPPJ<br />
- Trámites prederenciales urgentes y muy urgentes<br />
ENTREVISTA<br />
- Al Sr. Fernando Osvaldo Amieiro<br />
- Emanuel Moriattis<br />
IMPUESTOS<br />
- Ley 11.683<br />
- Inconstitucionalidad del impuesto a la ganancia mínima<br />
presunta.<br />
- Convenio multilateral determinación del coheficiente de<br />
gastos.<br />
INSTITUCIONAL<br />
- Noticias de la CAJA.<br />
- Informe del CAF.<br />
INTERÉS GENERAL<br />
- Experiencia en la expedición Bicentenario.<br />
- Postura y trabajo.<br />
- Presidentes históricos.<br />
- El ejemplo de los profesionales.<br />
SOCIEDADES<br />
- Sociedades Comerciales<br />
ACTIVIDADES REALIZADAS EN NUESTRAS DELEGACIONES<br />
ACTIVIDADES<br />
- Cursos Delegación Avellaneda<br />
- Cursos Delegación Lomas de Zamora<br />
- Cursos Delegación Morón<br />
- Cursos Delegación San Isidro<br />
- Cursos Delegación San Martín.<br />
• Polo Temático Mueblero Maderero Berazategui: ubicado a metros del peaje Hudson (autopista Buenos Aires<br />
- La Plata). Son 33 ha. dedicadas a la exposición y comercialización de productos del sector y afines.<br />
• Hospital de Alta Complejidad “El Cruce”, sito en Av. Calchaquí Nº 5401, Florencio Varela.<br />
• Casa de la cultura de Lanús, sita en Sarmiento 1713, Lanús.<br />
• Nuevo Centro Cultural Municipal de Avellaneda, “Antonio Hugo Caruso” ubicado en el edificio del viejo del<br />
Mercado de Abasto.<br />
• Casa de la Cultura de Quilmes, sita en Rivadavia 496 Quilmes, frente a la plaza San Martín y lindando con la<br />
Catedral se impone por su estilo arquitectónico de principios de siglo.<br />
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Autoridades<br />
Autoridades de la Delegación Avellaneda<br />
SENTADOS: Jose Luis Minnisale, Secretario Hacienda Delegación, Raúl<br />
Puhl, Secretario Hacienda del CPCEPBA, Karina Ferreyra, Delegada, Raúl<br />
A. Klag, Consejero Pcial. Supl.<br />
PARADOS: Daniel Ameri, Director Caja Seg. Social CPCEBA, Enrique<br />
Moure, Prosecretario de Hacienda, Juan C. Olivetto, Prosecretario de Seg.<br />
Social, Daniel J. Garcia, Delegado Presidente, Alejandro Brescansin, Secretario<br />
de Seg. Social, José J. Ministro Chumbinho, Representante CP-<br />
CEPBA, Luis Galli, Delegado VicePresidente, Carlos Garcia Vazquez, Prosecretario<br />
General, Jaime Obelleiro Redonda Representante CPCEPBA.<br />
Personal de la Delegación Avellaneda<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
6<br />
MESA DIRECTIVA: J.L.Minnisale,Secr.Hacienda/-J.C.Olivetto,Prosecr.Seg.<br />
Social-/A. Brescansin,Secr.Seg.Social/Inés Do Santos, Secr.General/ L.<br />
Galli,Del. VicePresidente/D.J. Garcia,Del. Presidente/E. Moure, Prosecr.<br />
Hacienda y C.Garcia Vazquez, Porsecr.Gral.
ABC Judicial<br />
La tarea del profesional de Ciencias Económicas en la<br />
Justicia de la Provincia de Buenos Aires.<br />
Domicilio<br />
Dentro de los requisitos que debe cumplimentar el Perito<br />
para efectuar la inscripción debe constatar su domicilio<br />
profesional, domicilio legal o constituido y el domicilio<br />
real.<br />
El domicilio profesional es aquel que debe situarse<br />
dentro de la jurisdicción territorial del departamento judicial<br />
en el que se solicita actuar. En donde el profesional<br />
puede ser contactado por las partes y otros. Se aconseja<br />
dejar el número de contacto de este domicilio al momento<br />
de aceptar el cargo dentro del expediente.<br />
El domicilio legal o constituido es aquel que debe situarse<br />
dentro del perímetro que sea asiento del respectivo<br />
juzgado o tribunal.<br />
El domicilio real es aquel en donde estamos residiendo.<br />
RÉGIMEN DEL ACUERDO NQ 2728: Domicilio: clases,<br />
cambios (dentro y fuera de la jurisdicción). Efectos.<br />
Pericias pendientes.<br />
El domicilio es el lugar que la ley fija como asiento o<br />
sede de la persona, para la producción de determinados<br />
efectos jurídicos. Podemos distinguir el domicilio real y el<br />
legal. El domicilio real, según el artículo 89 del Código Civil<br />
es el lugar donde tienen establecido el asiento principal<br />
7 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Actuación Judicial<br />
Segunda Parte Colaboración de la Comisión de Jóvenes de las delegaciones<br />
Lomas de Zamora y Morón,<br />
de su residencia y de sus negocios. No debe ser confundido<br />
con la simple residencia que implica la permanencia<br />
en un lugar con carácter temporario y sin ánimo de vivir<br />
allí. Domicilio legal es el lugar donde la ley presume, sin<br />
admitir prueba en contra, que una persona reside de una<br />
manera permanente para el ejercicio de sus derechos y<br />
cumplimiento de sus obligaciones aunque de hecho no<br />
este allí presente (art. 90 Código Civil).<br />
Con relación a los peritos, el artículo 5 establece los<br />
datos que deberán constar en la solicitud de inscripción,<br />
estableciendo en el inciso c) domicilio profesional dentro<br />
de la jurisdicción territorial del departamento judicial ante<br />
el que se solicita actuar. El perito, al igual que todo aquel<br />
que interviene en un proceso judicial, tiene obligación de<br />
constituir domicilio legal dentro del perímetro de la ciudad<br />
que sea asiento del respectivo juzgado o tribunal (art.<br />
40 CPCC. Res 65/70 para San Isidro).<br />
El domicilio constituido debe constar en cada escrito<br />
que presente ante el Juzgado o tribunal (Acordada2514/<br />
93) Deberán comunicar los cambios de domicilio profesional,<br />
legal y/o real al organismo de contralor de las listas<br />
(art. 2) el que dejara constancia en el legajo personal del<br />
perito, sin perjuicio de ello, en el caso de cambio de domicilio<br />
legal deberán constituir nuevo domicilio en cada pro-
Actuación Judicial<br />
ceso en que intervengan, requisito que no es suplido por<br />
la comunicación al organismo de contralor (artículo 23<br />
Acordada 2873).<br />
El articulo 24 (ac. 2873) prevé el cambio de domicilio<br />
profesional constituido a otro fuera de su jurisdicción territorial<br />
del departamento judicial en el que se encuentra<br />
inscripto, ello determinara la eliminación del perito de<br />
las Listas vigentes, manteniendo la obligación de continuar<br />
con las pericias pendientes hasta tanto sea relevado<br />
por el, juez de la causa.<br />
En lo referente al lugar de realización de las pericias<br />
el articulo 25 (ac. 2873) establece que las pericias cuyo<br />
cum plimiento requiera el comparendo de personas deberá<br />
efec tuarse en instalaciones adecuadas y dentro de los<br />
limites<br />
Expresiones de términos jurídicos<br />
Dado que los textos Jurídicos con frecuencia presentan<br />
una forma errónea de interpretación entre el receptor y el<br />
emisor, intentaremos dar los elementos necesarios para<br />
una mejor interpretación de la praxis Jurídica.<br />
Con el objetivo de lograr un buen uso del lenguaje y comunicación<br />
en una profesión y en un ámbito, en la que la<br />
producción de de textos correctos y comprensibles desempeña<br />
un papel fundamental.<br />
Reglas generales<br />
Debemos tener en cuenta al redactar un escrito decir<br />
todo lo necesario, pero nada mas que lo necesario, con lo<br />
cual evitaremos adelantar opiniones sobre temas que no<br />
hacen a la decisión del caso.<br />
Tratar de evitar la redacción de oraciones excesivamente<br />
extensas, cargadas de comas sin otro signo de puntuación.<br />
Uso de las mayúsculas, con el fin de dar a las mismas<br />
el sentido de respeto o reverencia, caemos en el error de<br />
llenar de innecesarias mayúsculas un escrito, estas son<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
8<br />
aceptadas en los encabezamientos, pero no tanto en el<br />
interior del texto, por lo que es necesario el uso de ellas<br />
solo cuando sean imprescindibles.<br />
Distintos uso del tiempo verbal<br />
La riqueza de la conjunción de los verbos nos permite el<br />
uso del modo y el tiempo apropiados en cada caso, pero lo<br />
importante es el uso de cada uno de ellos solo cuando es<br />
necesario y correcto.<br />
Pretérito Imperfecto del Modo Subjuntivo<br />
Hemos encontrado muchas redacciones de Juristas donde<br />
emplean el uso del pretérito imperfecto del modo subjuntivo<br />
en expresiones tales como “La sentencia rechazo<br />
la demanda que promoviera el actor”<br />
Este tipo de tiempo se emplea para expresar la no realidad,<br />
expresa una duda; lo contrario al modo Indicativo que<br />
expresa la realidad.<br />
Por lo que la oración ejemplo tendría que haber sido redactada<br />
así: “La demanda fue Promovida” dado que se<br />
trata de un hecho que realmente ocurrió.<br />
Modo Indicativo<br />
El pretérito perfecto compuesto, indica una acción reciente<br />
o correspondiente a un tiempo que aún no ha terminado:<br />
“El demandado ha promovido incidente de nulidad”<br />
(Lo ha promovido recientemente o el incidente no esta<br />
todavía resuelto).<br />
El pretérito perfecto simple indica una acción pasada<br />
y definitivamente concluida: “El demandado promovió un<br />
incidente de nulidad que fue rechazado en ambas instancias”<br />
El pretérito pluscuamperfecto indica una acción pasada,<br />
anterior a otra también pasada: “El Juez rechazó el<br />
incidente de nulidad que había promovido el actor”<br />
Estimado Matriculado:<br />
Tenga presente que para ejercer la profesión tanto en relación de dependencia como en forma independiente<br />
en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires debe estar OBLIGATORIAMENTE matriculado<br />
en el Consejo <strong>Profesional</strong> de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, de no hacerlo es<br />
ejercicio ilegal.<br />
Firmarle a un colega no matriculado, además de fomentar el ejercicio ilegal, también es pasible de<br />
sanciones que pueden llegar hasta la suspensión y cancelación de la matrícula por infracción al art.<br />
2º, inc. i) del Código de Ética que sanciona la protección manifiesta o encubierta al ejercicio ilegal de<br />
la profesión.
BALANCED SCORECARD<br />
(PARTE II)<br />
Dr. C.P. Ricardo Miyaji<br />
Continuando con la temática que hemos comenzado en<br />
la entrega anterior, trataremos de llevarlo a un terreno<br />
más práctico desarrollando ejemplos donde se relacionan<br />
las cuatros perspectivas (financiera, clientes, procesos<br />
internos, y aprendizaje y crecimiento) a través de distintos<br />
indicadores financieros y no financieros.<br />
El BSC (Balanced Scorecard) es un modelo holístico de<br />
una empresa que permite no solo ejecutar una estrategia<br />
sino también comunicar a la organización sus objetivos<br />
alineando a directivos y empleados en pos de ellos<br />
mediante la integración de un conjunto de indicadores<br />
que mensuran la actuación conjunta.<br />
Los indicadores que conforman las cuatros (o más<br />
perspectivas) del Cuadro de Mando Integral deben estar<br />
9 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Administración<br />
vinculados mediante la relación causa-efecto, o sea,<br />
deben expresarse en una secuencia de “si/entonces”. En<br />
el libro de Kaplan y Norton, “Cuadro de Mando Integral”,<br />
los autores ejemplifican esta relación del siguiente modo:<br />
“Si aumentamos la formación de los empleados en<br />
cuanto a los productos, entonces tendrán muchos más<br />
conocimientos con respecto a toda la gama de productos<br />
que pueden vender; si los empleados tienen más<br />
conocimientos sobre los productos, entonces mejorará<br />
la eficacia de sus ventas. Si mejora la eficacia de sus<br />
ventas, entonces mejorarán los márgenes promedio de<br />
los productos que venden”. Esa correlatividad entre los<br />
distintos indicadores deben ser confirmados en la realidad<br />
más allá del simple análisis en forma independiente y<br />
autónoma de cada uno de ellos. Por ejemplo, se tendrá<br />
que verificar que una política de capacitación y mejora<br />
del ambiente laboral, redunda en un mejoramiento<br />
en el tiempo de ejecución de los servicios, y que éstos,<br />
a su vez, generan mayor satisfacción de los clientes, lo<br />
que puede tener como correlato la reducción del plazo<br />
de cancelación de los créditos y/o incremento de la<br />
cartera de clientes, y que todo ello en definitiva, mejora la<br />
rentabilidad empresarial.
Administración<br />
Debemos considerar la existencia de dos tipos de<br />
indicadores en los BSC, los llamados “indicadores<br />
genéricos” del resultado que reflejan metas que son<br />
comunes a varias estrategias desplegadas por la<br />
organización tales como, la consecución de un ”share<br />
market” determinado, la satisfacción del cliente, la<br />
retención del cliente, el mejoramiento de las habilidades<br />
de los empleados; y otros, que son conocidos como<br />
“inductores de actuación” que están, en cambio,<br />
relacionados con una unidad de negocio de la empresa.<br />
Los indicadores genéricos equivalen a los “indicadores<br />
efectos” exponiendo la consecución de los objetivos<br />
estratégicos; y los inductores de actuación, son en cambio,<br />
los “indicadores causa” sobre los que toda la organización<br />
deberían focalizar para crear valor a la empresa.<br />
EJEMPLO DE FACTORES CLAVES DE ÉXITO<br />
E INDICADORES PARA CADA UNA DE LAS<br />
PERSPECTIVAS<br />
a) Perspectiva de aprendizaje y crecimiento<br />
Retención<br />
del empleado<br />
Retención<br />
del empleado<br />
Resultado<br />
Satisfacción<br />
del empleado<br />
Retención<br />
del empleado<br />
Productividad<br />
del empleado<br />
Retención<br />
del empleado<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Indicadores<br />
claves<br />
Medios<br />
Fuente: “El Cuadro de Mando Integral” de Kaplan y Norton<br />
b) Perspectiva del proceso interno<br />
Los procesos internos comienzan con el proceso de<br />
innovación identificando necesidades actuales y futuras<br />
de los clientes, siguiendo con los procesos operativos y<br />
concluyendo con el servicio de postventa. Lo que se trata<br />
es reducir el tiempo de los ciclos, mejorar la calidad,<br />
incrementar la productividad y reducir consecuentemente<br />
los costos.<br />
Ejemplos de ratios (Fuente “El Cuadro de Mando<br />
Integral de Kaplan y Norton):<br />
1) Tiempo de Proceso (tiempo realmente aplicado a la<br />
fabricación)<br />
10<br />
Eficacia del ciclo de fabricación: --------------<br />
------------------------------------------------<br />
------------------------------------- = Tiempo<br />
de Proceso+Tiempo de Inspecciòn+Tiempo de<br />
Transp.+Tiempo de Espera/Almacen.<br />
Este indicador debería tender a 1 que es el objetivo<br />
del “Just in Time”.<br />
2) Indicadores de calidad: cantidad de desperdicios,<br />
número de reprocesos, ratio de productos conformes<br />
sobre total fabricado, etc.<br />
3) Perspectiva del cliente:<br />
Adquisición<br />
de clientes<br />
Cuota del<br />
mercado<br />
Rentabilidad<br />
de clientes<br />
Satisfacción<br />
de los clientes<br />
Retención<br />
de clientes<br />
Fuente: “Cuadro de Mando Integral” de Kaplan y Norton<br />
PERSPECTIVA FINANCIERA<br />
Todos los indicadores que integran las otras perspectivas,<br />
encadenados mediante la relación causa-efecto deben<br />
confluir en la mejora de la “perfomance” financiera<br />
tendiendo al cumplimiento de los objetivos a largo plazo<br />
de la organización.<br />
No obstante ello, estos indicadores que definen los<br />
objetivos financieros dependerán de la etapa del ciclo de<br />
vida de la empresa por el cual esté transitando, esto es:<br />
Crecimiento, Sostenimiento o Cosecha.<br />
En la etapa de Crecimiento pueden estar operando<br />
con bajo rendimiento del capital invertido y con “cashflow”<br />
negativo y los indicadores más acordes a esta<br />
etapa pueden ser: tasa de crecimiento de las ventas por<br />
sectores; porcentajes de ventas de nuevos productos, o<br />
de nuevos clientes.<br />
En la etapa de sostenimiento: rentabilidad por línea<br />
de producto, rentabilidad por clientes, porcentaje de<br />
ingresos de nuevas líneas.<br />
Y finalmente, en la etapa de recolección (o “vaca<br />
lechera”) los indicadores pueden ser: porcentaje de<br />
clientes no rentables, rentabilidad por líneas de productos<br />
o por clientes.
MAPA ESTRATEGICO, OBJETIVOS, METAS<br />
Con la elaboración del Mapa Estratégico que contempla<br />
las cuatro perspectivas, los factores claves de éxito y la<br />
interrelación entre los mismos, se deberán establecer los<br />
objetivos de cada una de estas perspectivas, traducirlos<br />
en valores mensurable a través de los indicadores, fijando<br />
MAPA ESTRATEGICO<br />
Perspectiva Financiero<br />
CONCLUSIONES<br />
Perspectiva<br />
del cliente<br />
Perspectiva<br />
proceso interno<br />
Perspectiva de aprendizaje<br />
y crecimiento<br />
Crecimiento de<br />
las ventas<br />
Adquisición de<br />
nuevos clientes<br />
Reducción tiempo<br />
introducción<br />
nuevos productos<br />
Elevar las<br />
competencias<br />
del personal<br />
Mejora<br />
comprensión<br />
del mercado<br />
Satisfacción<br />
del empleado<br />
El Balanced Scorecard brinda a los directivos un eficaz<br />
instrumento para traducir la estrategia de la organización<br />
en un conjunto de indicadores permitiendo alinear a todos<br />
11 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Administración<br />
metas, por ejemplo: alcanzar una rentabilidad del 22%<br />
sobre las inversiones en el término de dos años.<br />
A continuación presentamos un ejemplo sencillo de un<br />
mapa estratégico de una unidad de negocio.<br />
Rentabilidad<br />
sobre capital<br />
Retención de<br />
clientes<br />
Tiempo del ciclo<br />
pedido/entrega<br />
Crecimiento de<br />
los margenes<br />
Relación<br />
calidad - precio<br />
Mejora constante<br />
en la calidad<br />
Mejora en la<br />
productividad<br />
Disponibilidad de<br />
tecnología<br />
los integrantes de la misma para alcanzar con éxito la<br />
misión establecida en un contexto altamente competitivo.
Cooperativas<br />
RESULTADOS NO ASIGNADOS<br />
Anteriormente hablamos de normativa, propuestas y hasta<br />
de un desarrollo teórico, en esta oportunidad nos ocuparemos<br />
de un caso práctico que ha llegado a la comisión de entidades<br />
sin fines de lucro. No mencionaremos al profesional ni<br />
la entidad y quizás lo adaptaremos un poco para sacarle más<br />
provecho pero partimos de una problemática real.<br />
Pensemos en una cooperativa de trabajo que tomamos<br />
como clientes y observamos un resultado no asignado que<br />
proviene no solo del último ejercicio sino que se vino acumulando<br />
desde que comenzó su actividad hace cuatro años. El<br />
trabajo a realizar en esta oportunidad es preparar una propuesta<br />
de distribución para que sea tratada en la siguiente<br />
asamblea.<br />
Para ello, el primer paso es calcular el retorno; si bien en<br />
notas anteriores hablamos al respecto, vamos a mencionar<br />
que debemos descontar del resultado del ejercicio aquellos<br />
que provienen de operaciones ajenas a la gestión cooperativa;<br />
como ser un subsidio, inversiones transitorias (aunque la<br />
RT 24 establece “En aquellos casos que dichas inversiones<br />
puedan vincularse en forma directa con operaciones con asociados<br />
y/o no asociados deberán atribuirse a resultados por<br />
la gestión cooperativa con asociados y/o no asociados”), un<br />
alquiler ocasional de las instalaciones de la empresa, ventas<br />
de bienes de uso, etcétera. Obteniendo de esta forma el excedente<br />
repartible, sobre ello hay que deducir el quince por<br />
ciento correspondiente a la reserva, fondo de capacitación<br />
cooperativo y estímulo a los trabajadores.<br />
Resultado del ejercicio – Resultados ajenos a la gestión cooperativa<br />
= Excedente repartible<br />
Excedente repartible x 0,85% (el 15% corresponde en partes<br />
iguales al estímulo a los trabajadores, a la reserva legal y al<br />
fondo de promoción y capacitación cooperativo) = Retorno<br />
Retorno (en cooperativas de trabajo): monto que se va a distribuir<br />
entre los asociados de acuerdo al trabajo efectivamente<br />
realizado.<br />
Si posee empleados en relación de dependencia se deben considerar<br />
como un asociado más para el cálculo aunque con posterioridad<br />
no se le distribuya el retorno.<br />
Lo primero que nos surgiría analizar es si fueron todos resultados<br />
positivos o si el monto que refleja el balance se encuentra<br />
neteado. Aún si fuesen todos positivos deberíamos<br />
proceder a un análisis más detallado porque al momento de<br />
deducirle los resultados ajenos a la gestión cooperativa nos<br />
podemos encontrar con un excedente repartible negativo.<br />
En este caso, una opción sería aplicar el resultado general<br />
de ese ejercicio a una cuenta del capital (reserva especial);<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
12<br />
C.P. Fernando Berguier<br />
teniendo que continuar el trabajo con los demás ejercicios.<br />
Otra opción, y puesto que la RT 24 no lo menciona específicamente<br />
se realiza el análisis aplicando el mismo criterio<br />
que en el caso de existir retorno positivo, sería calcular por<br />
separado el resultado positivo proveniente de la gestión no<br />
cooperativa y ver cuanto absorbe de resultado repartible<br />
que queda en negativo.<br />
Por qué proponemos este procedimiento cuando por lo<br />
general se “manda” a la reserva especial la diferencia.<br />
Porque entendemos que al no efectuarlo estaríamos repartiendo<br />
en ejercicios futuros parte de los resultado ajenos<br />
a la gestión cooperativa.<br />
Veamos un ejemplo simple. Se obtuvo un resultado negativo<br />
de $1.000 y a su vez un subsidio de $3.000; si lo neteamos<br />
y enviamos la diferencia a la reserva cuando distribuyamos<br />
al ejercicio siguiente sin recomponer los mil pesos<br />
que se compensaron los asociados se estarían retirando<br />
parte del subsidio y no se cumpliría con la teoría de que<br />
cada asociado recibe excedentes por lo que pagó de más /<br />
cobró de menos.<br />
Recordemos que el capital de las cooperativas se componen<br />
por las cuotas sociales aportadas por los asociados que<br />
serán devueltas cuando se retiren o se disuelva la entidad<br />
(en su valor nominal y deducidas las pérdidas si las hubiese)<br />
y por una parte que es propia de la cooperativa sin que los<br />
asociados tengan derechos sobre ella y en caso de disolución<br />
tendrá un fin social de acuerdo al estatuto.<br />
Si se obtiene un resultado negativo (o retorno negativo) hay<br />
que ver como se procede a su absorción. Una de las opciones<br />
es, como mencionamos en artículos anteriores, que en<br />
vez de distribuir teniendo en cuenta lo que se le “pagó” de<br />
menos a cada asociado se distribuya devolviendo, por parte<br />
de los asociados, lo que la cooperativa le distribuyó de más<br />
en los adelantos de excedentes. Esto implicaría realizar los<br />
cálculos como si fuese un retorno positivo y en vez de pagar<br />
la cooperativa le “cobra” a sus asociados.<br />
Otra opción sería la absorción por parte de resultados anteriores<br />
o futuros, pudiendo darse el caso que se mencionó<br />
con anterioridad que un asociado esté solventando a otro si<br />
no se dan las mismas transacciones. Si se elige esta opción,<br />
hay que considerar que no existen reservas constituidas<br />
puesto que todos los resultados se expresan en “resultados<br />
acumulados” o “resultados no asignados”; entonces como<br />
procedimiento podríamos plantearnos contabilizar las reservas<br />
de los ejercicios anteriores al que encontramos el problema<br />
(si fuese el primero ir constituyendo las reservas en<br />
los siguientes) para así absorber ese monto y en ejercicios<br />
siguientes reconstituirlas antes de repartir.<br />
Una vez que determinemos los retornos se debe proceder
al cálculo del monto que le “corresponde” a cada trabajador;<br />
y decimos trabajador y no asociado porque si la cooperativa<br />
posee empleados en relación de dependencia se los debe tomar<br />
como un asociado para este cálculo aunque posteriormente<br />
ese importe pase a ser, al igual que el resultado ajeno<br />
a la gestión cooperativa, parte del capital.<br />
Como es una cooperativa de trabajo la distribución se calcula<br />
de acuerdo a las horas trabajadas y considerando las<br />
escalas para los anticipos de retornos que se utilizaron en<br />
cada ejercicio. A su vez, como corresponde a cuatro ejercicios<br />
diferentes, hay que tener en cuenta las relaciones correspondientes<br />
a cada año prestando atención a las personas<br />
que trabajaron en la cooperativa, sus horas y tareas desempeñadas<br />
y las escalas de cada momento.<br />
De esta forma si un asociado comenzó hace dos años será<br />
tenido en cuenta para los ejercicios correspondientes y si un<br />
trabajador dejó de ser asociado se debe calcular el excedente<br />
correspondiente a esa persona y se generará una deuda con<br />
él. A su vez vamos a poder observar que, así como las transacciones<br />
de los asociados con la cooperativa no van a ser<br />
iguales año a año, es posible que tampoco lo sean en el sentido<br />
cualitativo porque cambió de actividad, se modificaron las<br />
escalas o si existe un asociado que realiza distintas funciones<br />
cambió su composición.<br />
Haciendo una especie de conclusión podemos decir que<br />
partimos de una situación irregular puesto que la cooperativa<br />
está en “falta” ya que si existen montos destinados a la capa-<br />
Estudio Jurídico Marinelli y Asociados<br />
Dr. José Luis Marinelli<br />
Abogado especialista en Negocios Societarios (U.N.A)<br />
Sarmiento 1574 piso 3 of. A y D – Ciudad Autónoma de Bs. As.<br />
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13 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Cooperativas<br />
citación cooperativa y al incentivo de los trabajadores se deben<br />
usar en el año posterior a ser generados. No obstante puede<br />
ser que la situación se presente y nosotros debamos preparar<br />
un plan de saneamiento.<br />
Si hay un resultado positivo en los ejercicios no significa<br />
que la tarea sea más sencilla; considerando que se debe separar<br />
el resultado proveniente de la gestión cooperativa de<br />
aquel que es ajeno a ella y realizar a absorción correspondiente.<br />
Sería lo más justo realizar el cálculo de los excedentes<br />
distribuidos de más y que cada asociado deba devolver lo<br />
que se le distribuyó de más.<br />
Esto no significa que lo asociados deban realizar erogaciones,<br />
sino que se puede contabilizar en una cuenta del activo y<br />
en el futuro, cuando haya a distribuir se cancelan esas cuentas.<br />
En este caso tendríamos un problema si existió un asociado<br />
que trabajó hasta ese ejercicio; en este supuesto habría<br />
que ver la posibilidad de cobrar esa acreencia y en todo caso<br />
será un incobrable.<br />
Esto podría traernos algunos inconvenientes puesto que<br />
nuestros clientes nos pueden plantear que estamos realizando<br />
una interpretación que los desfavorece pero el asociado<br />
no se puede distribuir el resultado proveniente, por ejemplo,<br />
de un subsidio, ya sea en este ejercicio o en los siguientes; al<br />
igual que puede estar disconforme cuando se plantea que no<br />
existe monto a distribuir aun cuando se observa un resultado<br />
positivo, puesto que éste no proviene de operaciones con<br />
asociados.
Economía<br />
“INFLACIÓN,<br />
¿síntoma o enfermedad?”<br />
Con la presencia de la Comisión de Desarrollo <strong>Profesional</strong>, integrada por los Dres. Osvaldo Zona,<br />
Roberto Gedeon y Marcelo Hugo Fernandez, el pasado 14 de Mayo en el Salón de Usos Múltiples<br />
de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, se llevó a cabo un<br />
evento titulado “Inflación: ¿Síntoma ó Enfermedad?“. El mismo fue propiciado por el Plan Fénix<br />
Agrupación Universitaria El Germen, la Asociación de Economía para el Desarrollo Argentino<br />
(AEDA), con un panel compuesto por los economistas Esteban Kiper de Aeda, Marina Dal Poggetto<br />
del Estudio Bein y Asociados y Ricardo Aronskind del Plan Fénix, el cual consideramos de<br />
interés para los matriculados de Ciencias Económicas, y la reseña que se publica confiamos que<br />
será de vuestra utilidad conceptual.<br />
El viernes 14 de mayo se dio cita en la Facultad de Ciencias<br />
Económicas de la UBA a un debate sobre la inflación organizada<br />
por la Agrupación Universitaria El Germen, la Asociación<br />
de Economía para el Desarrollo Argentino (AEDA) y el Plan<br />
Fénix titulado “Inflación: ¿Síntoma o Enfermedad?”. Frente a<br />
una asistencia de casi 150 personas, mayormente estudiantes<br />
universitarios, se escucharon posturas y análisis muy distintos<br />
a los que generalmente circulan en los principales medios de<br />
comunicación. Los tres destacados economistas que compusieron<br />
el panel no dudaron en admitir la enorme importancia<br />
de que se discutan estos temas en los ámbitos académicos<br />
para poder dar opiniones con fundamentos teóricos. Los tres<br />
coincidieron al decir que el modelo de tipo de cambio real<br />
competitivo que rige en la Argentina desde 2002 genera presiones<br />
inflacionarias por sus propias características.<br />
Por su parte, el economista Esteban Kiper de AEDA afirmó<br />
que “un esquema macroeconómico que apunta al crecimiento<br />
acelerado, el pleno empleo, la mejora en los ingresos reales<br />
y la sostenibilidad externa mediante un tipo de cambio real<br />
competitivo genera presiones inflacionarias ya que limita la<br />
capacidad de absorber el impacto de los shocks de términos<br />
de intercambio sobre la inflación doméstica” Kiper destacó las<br />
medidas tomadas para limitar dicho impacto, como la política<br />
de retenciones, los subsidios por el lado de los costos y las políticas<br />
como el aumento de los salarios nominales, la Asignación<br />
Universal por Hijo y el aumento de las jubilaciones por el<br />
lado de los ingresos como logros de la actual administración.<br />
Kiper mostró que a diferencia del resto de los países de América<br />
Latina que optaron por apreciar la moneda nominalmente<br />
frente a los shocks inflacionarios, la Argentina prefirió depreciar<br />
la moneda para mantener un tipo de cambio competitivo<br />
para su sector industrial.<br />
Marina Dal Poggetto, economista del Estudio Bein y Asociados,<br />
si bien coincidió en que el tipo de cambio real depreciado<br />
genera tensiones inflacionarias, planteó sus dudas acerca de<br />
poder mantener este esquema con una política fiscal expansiva,<br />
a diferencia de Kiper que planteó la necesidad de una política<br />
fiscal expansiva para morigerar los impactos de la inflación<br />
en los ingresos de la población generados por los shocks<br />
externos. Dal Poggetto se diferenció al afirmar “que el gasto<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong> 14<br />
crezca por encima de la recaudación no esteriliza el excedente<br />
de pesos generado por el sector externo sino que es un factor<br />
de expansión monetaria”, lo que alimentaría el proceso<br />
inflacionario. Además, remarcó que si bien el tipo de cambio<br />
nominal puede continuar apreciándose, el tipo de cambio real<br />
terminará ajustando a menos que el gobierno reduzca el nivel<br />
de crecimiento del gasto y contenga la aceleración de la puja<br />
distributiva.<br />
Por su lado, Ricardo Aronskind, miembro del Plan Fénix,<br />
relativizó el problema al recordar que en los últimos sesenta<br />
años de historia argentina sólo durante el lapso de nueve años<br />
que duró la convertibilidad la inflación se mantuvo totalmente<br />
controlada. Aronskind hizo hincapié en el rol que juegan las<br />
expectativas al recordar “el papel de los medios de comunicación<br />
y ciertos economistas que con lecturas intencionadas de<br />
la situación políticas operan sobre el comportamiento de los<br />
agentes individuales” retroalimentando el proceso inflacionario.<br />
A su vez, señaló cuestiones estructurales al asegurar que<br />
ciertos cuellos de botella como el del mercado cárnico generan<br />
aceleraciones inflacionarias como las de principio de año<br />
porque la oferta no responde a la demanda sino a los ciclos de<br />
reproducción. Por último, resaltó que a diferencia de los años<br />
noventa donde el mercado laboral fue destruido y se aplicaron<br />
políticas de flexibilización, el aumento del poder de negociación<br />
de los sindicatos durante los últimos años debido al aumento<br />
del empleo y la reapertura de las paritarias generó una<br />
puja distributiva con el sector empresarial que también genera<br />
presiones inflacionarias.<br />
Hay que agregar que los tres economistas no dudaron en<br />
responsabilizar el gobierno por la sensación de incertidumbre<br />
y el aumento de las expectativas inflacionarias que genera la<br />
falta de estadísticas confiables merced a la intervención del<br />
INDEC.<br />
Para concluir, si bien los panelistas expusieron distintos<br />
enfoques sobre el proceso inflacionario, afirmaron que la aceleración<br />
causada por problemas en el mercado de carnes a<br />
principio de año se redujo considerablemente y no dudaron en<br />
alejar los fantasmas de una escalada de precios incontrolable<br />
en el mediano plazo.
Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)<br />
TRAMITES PREFERENCIALES,<br />
URGENTES Y MUY URGENTES<br />
Por la sanción de la Ley Nº 14.028 (B.O.P.B.A.: 24/09/09)<br />
que establece las tasas retributivas de trámites preferenciales,<br />
urgentes y muy urgentes. Todo para trámites<br />
ingresados ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas,<br />
para sociedades comerciales, asociaciones civiles,<br />
fundaciones y mutuales.<br />
Básicamente la Ley crea dentro de los trámites preferenciales<br />
para sociedades comerciales:<br />
Trámite especial de 15 días: Con valores detallados en<br />
la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $150,00; $<br />
160,00; $ 230,00; $ 240,00; $ 290,00 y $ 310,00. Debiendo<br />
tenerse presente que los días se cuentan desde el día siguiente<br />
que el trámite ingresó a la Sede de La Plata de la<br />
D.P.P.J., también, que los plazos corresponden a expedientes<br />
sin observaciones. Podemos decir que el trámite<br />
especial de 15 días reemplaza al anterior en el que se<br />
abonaba $ 135,00.<br />
Trámites urgentes de 4 días: Con valores detallados en<br />
la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $ 225,00; $<br />
230,00; $ 240,00; $ 345,00; $ 310,00; $ 360,00; $ 440,00 y $<br />
460,00. Debiendo tenerse presente que los cuatro días se<br />
cuentan desde que el trámite ingresó, hasta las 10 horas,<br />
en la Sede de La Plata de la D.P.P.J., también, que los<br />
plazos corresponden a expedientes sin observaciones.<br />
Trámites muy urgentes de 1 día: Con valores detallados<br />
en la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $<br />
345,00; $ 360,00; $ 380,00; $ <strong>39</strong>0,00; $ 480,00; $ 550,00; $<br />
580,00 $ 610,00 y $ 690,00. Debiendo tenerse presente que<br />
los cuatro días se cuentan desde que el trámite ingresó,<br />
hasta las 10 horas, en la Sede de La Plata de la D.P.P.J.,<br />
también, que los plazos corres-ponden a expedientes sin<br />
observaciones.<br />
Para servicios a Mutuales:<br />
Trámite especial de 15 días: Con valores detallados en<br />
la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $ 170,00 y<br />
$ 280,00.<br />
Trámites urgentes de 4 días: Con valores detallados en<br />
la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $ 210,00 y<br />
345,00.<br />
Trámites muy urgentes de 1 día: Con valores detallados<br />
en la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $ 240,00<br />
y $ 410,00.<br />
Asimismo, por Decreto P.B.A. Nº 914/10 se aprueba<br />
el convenio entre la D.P.P.J., el Consejo <strong>Profesional</strong> de<br />
Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires,<br />
el Colegio de Escribanos y el Colegio de Abogados, ambos<br />
también de la provincia. En el referido convenio que<br />
aprueba el decreto, entre otras cosas, se acuerda:<br />
Modalidades y Condiciones Generales a todos los trá-<br />
Dr. CP Francisco De Gennaro<br />
mites:<br />
Plazos en Delegaciones: Plazos de cumplimiento se<br />
cuentan desde que el mismo ingresó a la Sede de la<br />
D.P.P.J., de La Plata. Obviamente el convenio no lo indica,<br />
su consecución a los 15 días es en la misma sede, por lo<br />
que las delegaciones deberán sumar el plazo de correo<br />
interno de ingreso y egreso.<br />
Observaciones: Los plazos se cumplen para trámites<br />
sin observaciones. En el caso de haberlas deberán cumplirse<br />
las mismas, con la presentación complementaria<br />
que corresponda.<br />
Feria administrativa: Los plazos correrán con la salvedad<br />
de la disposición que la D.P.P.J., emite todos los años<br />
que determina hasta que fecha se computarán trámites<br />
especiales, urgentes y muy urgentes.<br />
Modalidades y Condiciones para trámites de cuatro y un<br />
día:<br />
Plazos de cumplimiento se cuentan desde que el mismo<br />
ingresó a la Sede de la D.P.P.J., de La Plata, hasta las<br />
10 horas. Para los que lleguen con posterioridad a esa<br />
hora se computarán a partir del día siguiente.<br />
Fecha de inicio de los trámites:<br />
Según el Convenio que aprobara el Dec. Nº 914/10 comenzarían<br />
a regir a partir del 02/08/10 y 01/09/10. No obstante<br />
la D.P.P.J. Emitió con fecha 12/07/10 la Disposición<br />
D.P.P.J. Nº 40/10 (B.O.P.B.A. 23/07/10) Estableció nuevas<br />
fechas de entrada en vigencia:<br />
Trámites urgentes de 4 días: 15/09/10<br />
Trámites muy urgentes de 1 día: 15/10/10<br />
Trámites urgentes de 4 días: Que inician el 02/08/10. I.b)<br />
14 Rúbricas por cada tres libros de sociedades comerciales:<br />
pesos trescientos diez ($ 310).<br />
II. Tasas adicionales por servicios a mutuales: b) Tasas<br />
adicionales por servicios de trámites urgentes (en tiempo<br />
de cuatro días): 5. Rúbrica de libros (cada tres libros): pesos<br />
trescientos cuarenta y cinco ($ 345).<br />
Trámites muy urgentes de 1 día: Que inician el 02/08/10.<br />
I.c) 14 Rúbricas por cada tres libros de sociedades comerciales:<br />
pesos cuatrocientos ochenta ($ 480).<br />
II. Tasas adicionales por servicios a mutuales: c) Tasas<br />
adicionales por servicios de trámites muy urgentes (en<br />
tiempo: un día): 5. Rúbrica de libros (cada tres libros): pesos<br />
cuatrocientos diez ($ 410).<br />
Trámite especial de 15 días: No habiéndose establecido<br />
la fecha de vigencia, en el sitio de Internet de la D.P.P.J.,<br />
http://www.mjus.gba.gov.ar/pers_juridicas/; en el link<br />
que dice “Tasas fiscales” (http://www.mjus.gba.gov.ar/<br />
pers_juridicas/html/tasas_fiscales.htm), se detalla que el<br />
mismo comienza el 02/08/10. Recordándose que el mis-<br />
15 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong>
Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)<br />
mo reemplaza al anterior de $ 135,00<br />
Cuenta de los Trámites Preferenciales, Urgentes y Muy<br />
Urgentes: En el sitio de Internet mencionado precedentemente,<br />
la D.P.P.J., informa que las Tasas Retributivas<br />
se abonarán únicamente en el Banco de la Provincia de<br />
Buenos Aires Nº 2000-59622/4. Mediante boleta de interdepósito<br />
cuyo titular es el “Ente Coop. D.P.P.J.”<br />
El instructivo mencionado informa que la cuenta que se<br />
utilizaba del Banco de Galicia no tiene más vigencia.<br />
Trámites Múltiples. Acumulación de Tasas Fiscales y<br />
Tasas Retributivas de Trámites:<br />
En la Tabla del Decreto Nº 914/10 se aclara: “A partir de<br />
la entrada en vigencia del sistema, los expedientes que se<br />
inicien con TRÁMITES MÚLTIPLES abonarán por cada uno<br />
de ellos la correspondiente tasa fiscal y tasa adicional por<br />
trámite especial”. Más lo publicado en el sitio de Internet<br />
Mencionado corresponde advertir a los usuarios:<br />
Si se presenta: Vg.: Cesión de Cuotas sin reforma +<br />
Cambio de Gerentes, abona tasa por Cesión de cuotas<br />
CÓDIGO<br />
MATERIAS D.P.P.J.<br />
MATERIA DESCRIPCION<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
16<br />
Tasa fiscal $ 80,00; por cambio de Gerentes Tasa fiscal $<br />
45,00. O sea, los dos timbrados mencionados o uno de un<br />
total de $ 125,00 A su vez, si se ingresa por Delegación un<br />
arancel de delegación de $ 63,00, Más el valor por trámite<br />
preferencial según el siguiente cuadro.<br />
Tipo<br />
Preferencia<br />
Cesión<br />
cuotas<br />
Art.60 Cbio<br />
Gte.<br />
Total a<br />
depositar<br />
CÓDIGOS TASA ESPECIAL<br />
15 DIAS<br />
LEY 14.028<br />
ART. 3 INC. I<br />
Esp 15 días Urgente 4<br />
días<br />
Muy Urgente<br />
1 día<br />
230,00 345,00 580,00<br />
230,00 345,00 580,00<br />
460,00 690,00 1.160,00<br />
ADICIONAL E 4<br />
DIAS<br />
TRÁMITE<br />
IMPORTES 1 DIA<br />
30 RESTITUCION 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
102 SOLICITA MATRICULA 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
13 CONSTITUCION ACE 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
100 CONSTITUCION C.C. 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
22 CONSTITUCION CIVILES 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
203 CONSTITUCION DE S.A.P.E..M 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
23 CONSTITUCION FUNDACIONES 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
103 CONSTITUCION POR ESCISION 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
6 CONSTITUCION S.A. 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
11 CONSTITUCION S.C. 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
9 CONSTITUCION S.C.A. 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
14 CONSTITUCION S.C.I 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
10 CONSTITUCION S.C.S. 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
381 INSCRIPCION ENTE ADMINISTRADOR PARQUE<br />
INDUSTRIAL<br />
1-A $ 240.00 $360.00 $610.00<br />
372 INSCRIPCION CONTRATO U.T.E. 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
373 INSCRIPCION CONTRATO A.C.E. 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
8 CONSTITUCION S.R.L. . 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
43 CONSTITUCION SOC. ESTADO 1-A $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
44 CAMBIO DE DENOMINACION 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
76 CAMBIO DE DOMICILIO 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
144 CAMBIO DE CIERRE DE FECHA DE EJERCICIO 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
45 CAMBIO DE CEDE SOCIAL 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
117 CONVERSION CAP. COMANDITARIO EN<br />
COMANDITADO<br />
108 CONVERSION CAP. COMANDITADO EN<br />
COMANDITARIO<br />
1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
289 INSCRIPCION DE CONTRATO DE CONSORCIO 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00
Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)<br />
46 PRORROGA DEL PLAZO DE DURACION 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
241 REDUCCION DEL PLAZO DE DURACION 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
101 REFORMA C.C. 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
64 REFORMA CACEMP 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
25 REFORMA CIVILES 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
26 REFORMA COMERCIALES 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
63 REFORMA U.T.E 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
134 TEXTO ORDENADO 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
231 REFORMA DE CONTRATO DE U.T.E. 1-B $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
48 AUMENTO DENTRO DEL QUINTUPLO 2 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
2 AUMENTO DE CAPITAL 2 $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
279 CREACION DEL PROGRAMA DE EMISION DE<br />
OBLIGACIONES NEGOC.<br />
2 $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
62 EMISION OBLIGACIONES NEGOCIABLES 2 $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
24 REDUCCION CAPITAL 2 $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
159 REINTEGRO DE CAPITAL 2 $ 240.00 $ 360.00 $ 610.00<br />
83 OBLIGACIONES NEGOCIABLES 2 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
343 ADJUDICACION DE CAPITAL COMANDITADO<br />
POR DISOLUC.<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
146 ADJUDICACION DE CUOTAS 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
244 ADJUDICACION DE CUOTAS EN REMATE<br />
JUDICIAL<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
377 ADJUDICACION DE CUOTAS FIDEICOMITIDAS 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
177 ADJUDICACION DE CUOTAS POR DISOLUCION<br />
CONYUGAL<br />
333 ADJUDICACION DE CUOTAS POR DISOLUCION<br />
SOCIAL<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
345 ADJUDICACION DE HIJUELA 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
181 ADJUDICACION DE PARTES DE INTERES 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
276 ADJUDICACION EXTRAJUDICIAL DE CAPITAL<br />
COMANDITADO<br />
160 ADJUDICACION JUDICIAL DE CAPITAL<br />
COMANDITARIO<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
384 ADJUDICACION JUDICIAL DE CUOTAS 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
370 ADJUDICACION JUDICIAL DE PARTES DE<br />
INTERES<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
109 CESION CAPITAL COMANDITARIO 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
75 CESION DE CAPITAL COMANDITADO 3 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
5 CESION DE CUOTAS 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
154 CESION DE CUOTAS CON RESERVA DE<br />
USUFRUCTO<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
176 CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
281 CESION DE LA GARANTIA FIDUCIARIA 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
111 CESION DE PARTES DE INTERES 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
182 CESION DE PARTES DE INTERES 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
229 CESION DE PARTICION 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
325 CESION FIDUCIARIA DE CUOTAS 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
312 CESION GRATUITA DE CUOTAS FIDEICOMITIDAS 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
204 DONACION DE CAPITAL COMANDITADO 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
212 DONACION DE CAPITAL COMANDITADO CON<br />
RESERVA DE USUFRUCTO<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
17 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong>
Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)<br />
214 DONACION DE CAPITAL COMANTIDARIO 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
135 DONACION DE CUOTAS 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
140 DONACION DE CUOTAS CON RESERVA DE<br />
USUFRUCTO<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
18<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
141 DONACION DE PARTES DE INTERES 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
142 DONACION DE PARTES DE INTERES CON<br />
RESERVA DE USUFRUCTO<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
178 RETROCESION 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
326 CONTRATO DE FIDEICOMISO 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
311 CONTRATO DE FIDEICOMISO DE<br />
ADMINISTRACION GRATUITA<br />
3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
282 CONTRATO DE FIDEICOMISO DE GARANTIA 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
245 EXTINCION DE FIDEICOMISO 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
220 RETROCESION DE CAPITAL COMANDITADO 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
165 DONACION CON RESERVA DE REVERSION 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
310 INSCRIPCION DE USUFRUCTO 3 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
<strong>39</strong> DECLARATORIA DE HEREDEROS 4 $ 160.00 $ 240.00 $ <strong>39</strong>0.00<br />
347 ACEPTACION DE CARGO DE ADMINISTRADOR<br />
PROVISORIO<br />
4 $ 160.00 $ 240.00 $ <strong>39</strong>0.00<br />
234 INSCRIPCION DE SUCESION TESTAMENTARIA 4 $ 160.00 $ 240.00 $ <strong>39</strong>0.00<br />
15 DIRECTORIO/GERENTES 5 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
216 INSCRIPCION DE AGENTE INSTITORIO 5 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
3<strong>39</strong> RENUNCIA DE ADMINISTRADOR 5 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
31 REVALUO CONTABLE 6 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
16 DISOLUCION 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
161 DISOLUCION DE SOCIEDAD IRREGULAR 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
322 DISOLUCION JUDICIAL 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
110 DISOLUCION SIN LIQUIDACION 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
127 DISOLUCION SIN LIQUIDACION POR ESCISION 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
126 DISOLUCION SIN LIQUIDACION POR FUSION 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
352 DISOLUCION SIN LIQUIDACION POR FUSION<br />
POR ABSORCION<br />
302 DISOLUCION Y LIQUIDACION JUDICIAL DE<br />
SOCIEDAD DE HECHO<br />
7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
21 LIQUIDACION 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
147 REVALUO TECNICO 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
226 CAMBIO DE LIQUIDADOR 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
365 LIQUIDACION JUDICIAL 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
105 NOMBRAMIENTO DEL LIQUIDADOR 7 $230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
41 2º TESTIMONIO 8 $ 150.00 $ 225.00 $ 380.00<br />
382 2º TESTIMONIO VIA JUDICIAL 8 $ 150.00 $ 225.00 $ 380.00<br />
156 3§ TESTIMONIO 8 $ 150.00 $ 225.00 $ 380.00<br />
342 4º TESTIMONIO 8 $ 150.00 $ 225.00 $ 380.00<br />
32 SISTEMA CONTABLE MECANIZADO 9 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
236 SISTEMA MECANIZADO EN DISCOS OPTICOS 9 $ 230.00 $ 345.00 $ 580.00<br />
27 REGULARIZACION 10 $ 310.00 $ 460.00 $ 690.00<br />
28 RECONDUCCION 10 $ 310.00 $ 460.00 $ 690.00<br />
17 ESCISION 11 $ 290.00 $ 440.00 $ 690.00<br />
185 ESCISION-FUSION 11 $ 290.00 $ 440.00 $ 690.00
Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)<br />
33 TRANSFORMACION 11 $ 290.00 $ 440.00 $ 690.00<br />
19 FUSION 11 $ 290.00 $ 440.00 $ 690.00<br />
211 FUSION POR ABSORCION 11 $ 290.00 $ 440.00 $ 690.00<br />
4 CAM. JURISDICCION-EGRESA 12 $ 240.00 $ 360.00 $ 690.00<br />
3 CAM. JURISDICCION-INGRESA 12 $ 240.00 $ 360.00 $ 690.00<br />
107 CANCELACION EN JURISDICCION DE ORIGEN 12 $ 240.00 $ 360.00 $ 690.00<br />
55 CERTIF. DE VIGENCIA 13 $ 150.00 $ 230.00 $ 345.00<br />
73 RUBRICA DE LIBRO 14 $ 230.00 $ 310.00 $ 480.00<br />
1 APERTURA DE SUCURSAL 15 $ 240.00 $ 345.00 $ 550.00<br />
148 APERTURA FILIAL / CIVIL 15 $ 240.00 $ 345.00 $ 550.00<br />
264 COMUNICA APERTURA DE SUCURSAL - ART.<br />
64° DISP. DPPJ 12/2003<br />
15 $ 240.00 $ 345.00 $ 550.00<br />
172 ANOTACION DE LITIS 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
193 APERTURA DE CONCURSO PREVENTIVO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
97 ARTICULO 299 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
293 ARTICULO 21° - LEY DE FUNDACIONES 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
89 CANCELACION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
96 CANCELACION DE INSCRIPCION DE SUCURSAL 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
70 CANCELACION DE MATRICULA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
280 CANCELACION DE PRENDA SOBRE CUOTAS 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
255 CANCELACION DE PROPIEDAD FIDUCIARIA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
358 CANCELACION DE USUFRUCTO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
334 CESE DE REPRESENTACION PERMANENTE 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
200 CLAUSURA DE QUIEBRA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
155 COMISION NORMALIZADORA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
360 COMUNICA ASAMBLEA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
336 COMUNICA DESIGNACION DE VEEDOR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
240 COMUNICA INTERVENCION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
53 COMUNICA IRREGULARIDADES 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
138 COMUNICA QUIEBRA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
115 COMUNICA TRABA DE EMBARGO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
275 CONCURSO PREVENTIVO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
283 CONSTITUCION DE PRENDA SOBRE CUOTAS 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
65 CONTROL DE GESTION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
267 CONVOCATORIA A ASAMBLEA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
274 CONVOCATORIA JUDICIAL A ASAMBLEA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
38 DENUNCIA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
71 DESESTIMIENTO DE TRAMITE 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
158 DESIGNACION COMISION FISCALIZADORA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
273 DESIGNACION COMISION NORMALIZADORA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
213 DESIGNACION DE ADMINISTRADOR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
324 DESIGNACION DE ADMINISTRADOR<br />
PROVISORIO<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
233 DESIGNACION DE CONSEJO DIRECTIVO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
249 DESIGNACION DE REPRESENTANTE 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
251 DESIGNACION DE SINDICO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
42 DISTRACTO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
19 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong>
Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)<br />
92 EJERCICIO ECONOMICO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
145 EXCLUSION JUDICIAL DE SOCIO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
351 EXTINCION DE EMBARGO (ARTICULO 207º<br />
CPCC)<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
20<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
329 FORMULA PRESENTACION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
50 GESTION INTERVENTOR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
196 IMPUGNACION AL PEDIDO DE PERSONERIA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
69 IMPUGNACION DE ASAMBLEA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
137 INCORPORACION DE SOCIO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
349 INFORME DE MEDIDAS CAUTELARES 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
80 INHIBICION GRAL. DE BIENES 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
243 INSCRIPCION DE PODER 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
61 INSCRIPCION DE PRENDA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
94 INTERPONE RECURSO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
20 INTERVENCION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
77 LEVANT. DE INHIBICION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
348 LEVANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
258 LEVANTAMIENTO DE PROHIBICION DE NO<br />
INNOVAR<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
1<strong>39</strong> LEVANTAMIENTO DE QUIEBRA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
116 LEVANTAMIENTO TRABA DE EMBARGO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
237 LIBRAMIENTO DE OFICIOS 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
95 MEDIDA CAUTELAR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
87 NULIDAD DE ASAMBLEA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
133 PROHIBICION DE ENAJENAR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
248 PROHIBICION DE INNOVAR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
295 REEMPADRONAMIENTO DE ASOCIACIONES<br />
CIVILES<br />
294 REEMPADRONAMIENTO DE SOCIEDADES<br />
COMERCIALES<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
120 REINSCRIPCION DE EMBARGO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
195 REINSCRIPCION DE INHIBICION GENERAL DE<br />
BIENES<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
361 REINSCRIPCION DE MEDIDA CAUTELAR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
29 RESERVA NOMBRE 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
246 RESTITUCION DE BIENES FIDEICOMITIDOS 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
215 RETIRO DE MIEMBRO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
149 RETIRO DE PARTE/S 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
230 RETIRO DE PARTICIPANTE 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
183 RETIRO DE SOCIO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
250 RETIRO E INCORPORACION DE PARTICIPANTE 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
143 RETIRO SOCIO POR CONVENIO HOMOLOGADO<br />
JUDICIALEMENTE<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
376 SOLICITA ABSTENCION DE INSCRIPCION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
58 SOLICITA BUSQUEDA EXPTE. 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
184 SOLICITA COPIA DE RESOLUCION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
357 SOLICITA EXCIMICIÓN DE<br />
REEMPADRONAMIENTO<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
34 SOLICITA INFORME 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00
Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)<br />
67 SOLICITA INTERVENCION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
319 SOLICITA INTIMACION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
298 SOLICITA NORMALIZACION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
331 SOLICITA PRORROGA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
151 SOLICITA PRORROGA DE ASAMBLEA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
354 SOLICITA PRORROGA DE<br />
REEMPADRONAMIENTO<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
157 SOLICITA REMOCION 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
91 SOLICITA VISTA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
180 SOLICITUD DE COPIA DE FOLIO DE INCRIPCION<br />
CERTIFICADA<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
189 SOLICITUD DE DESARCHIVO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
47 SOLICITUD DE FOTOCOPIAS 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
375 SOLICITUD DE NO INNOVAR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
84 STA. COPIA DE ESTATUTO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
85 STA. COPIA DE LEGAJO 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
81 STA. COPIAS CERTIFICADAS 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
335 SUSPENSION DE ASAMBLEA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
290 SUSPENSION JUDICIAL DE ASAMBLEA 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
99 VARIOS 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
35 VEEDOR 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
260 VEEDOR JUDICIAL 16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
129 CONTROL CUMPLIMIENTO DE RESOL.<br />
ADMINISTRATIVA<br />
256 SOLICITA INFORME SOBRE RUBRICA DE<br />
LIBROS<br />
225 ADECUACION DE SOCIEDAD EXTRANJERA -<br />
ART. 124º<br />
60 APERTURA SUCURSAL SOCIEDAD EXTRANJERA<br />
(118º)<br />
369 APERTURA DE DELEGACION DE FUNDACION<br />
EXTRANJERA<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
16 $ 160.00 $ 230.00 $ 360.00<br />
17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
192 ASIGNACION DE CAPITAL 17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
221 ASIGNACION DE CAPITAL A SUCURSAL DE<br />
SOCIEDAD EXTRANJERA<br />
315 CAMBIO DE DOMICILIO DE SUCURSAL POR ART.<br />
118°<br />
17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
124 CAMBIO DE ENCARGADO ARTICULO 118§ 17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
123 CAMBIO DE ENCARGADO DE SUCURSAL 17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
122 CAMBIO DE REPRESENTANTE 17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
125 CAMBIO DE REPRESENTANTE ARTICULO 123 § 17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
187 CAMBIO DE REPRESENTANTE DE SUCURSAL<br />
ART. 118°<br />
378 CAMBIO DE SEDE SOCIAL DE RADICACION DE<br />
SOC. EXTRANJERA ART. 123º<br />
131 CANCELACION DE INSCRIPCION DE SUCURSAL<br />
DE S.EXTRANJERA<br />
17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
263 CANCELACION INSCRIPCION ARTICULO 123° 17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
59 RADICACION SOCIEDAD EXTRANJERA (123§) 17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
249 DESIGNACION DE REPRESENTANTE 17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
266 RENUNCIA REPRESENTANTE SOCIEDAD<br />
EXTRANJERA ART. 118°<br />
17 $ 310.00 $ 460.00 S/T/E*<br />
21 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong>
Visita al Sr. Intendente de San Fernando,<br />
SR FERNANDO OSVALDO AMIEIRO<br />
Realizada por las autoridades de la Delegación San Isidro.<br />
Continuando con las actividades programadas para el<br />
presente año y en el marco de las propuestas formuladas<br />
al momento de ser elegidos como nuevas autoridades<br />
de la Delegación San Isidro, representantes de su Mesa<br />
Directiva efectuaron una visita al Señor intendente de la<br />
municipalidad de San Fernando Osvaldo Amieiro .<br />
La intención de las visitas es en principio hacer conocer<br />
a las autoridades de estas comunas<br />
que la Delegación de San Isidro del Consejo <strong>Profesional</strong>,<br />
abarca el ámbito territorial de<br />
estas municipalidades y que integran la “Región Metropolitana<br />
Norte”.<br />
En estas reuniones expresamos además, nuestra in-<br />
Ignacio José López<br />
4865-0469<br />
lopez@ilopez.com.ar<br />
Por el mismo precio:<br />
MAS SERVICIO, MEJOR ATENCIÓN<br />
Consúltenos<br />
tención de apertura hacia la comunidad que pensamos<br />
lograr con las siguientes acciones.<br />
Difundir la misión de nuestro Consejo.<br />
Promover la participación de las comisiones de estudio<br />
con el Sector Público, el Sector Privado y las ONG<br />
Participar de actos públicos y foros de opinión a través<br />
de las Autoridades de la Delegación.<br />
Difundir pautas para la recepción adecuada de denuncias<br />
sobre comportamientos inadecuados de nuestros<br />
matriculados en el medio.<br />
Con el Señor Intendente Gustavo Osvaldo Amieiro se<br />
convino continuar fomentando los lazos de integración<br />
entre las instituciones.<br />
23 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Entrevista
Entrevista<br />
EMANUEL MORIATIS<br />
De estudiante de Ciencias Económicas a Campeón del<br />
Tusrimo Carretera<br />
Entrevista realizada por el<br />
Dr. C.P. Fernando Klag<br />
Muchos de nosotros practicamos y/o seguimos apasionadamente<br />
distintos deportes como fútbol, tenis, básquet, automovilismo,<br />
vóley, etc. como un hobbie , pero pocos son los que convierten<br />
dicho esparcimiento en su actividad principal y/o comercial.<br />
Hoy estamos entrevistando a EMANUEL MORIATIS, actual campeón<br />
Nacional del TC- Turismo Carretera, quien hace varios años<br />
atrás se perfilaba como un colega más.<br />
Siempre fue un apasionado de los autos, de competir en una carrera<br />
y su primer incursión se inicio corriendo en cuatricíclos,<br />
donde salió campeón argentino.<br />
Los que saben de automovilismo aseguran que para ser un piloto<br />
completo es necesario haber pasado sí o sí por un kart o un monoposto.<br />
Pero hay excepciones a las reglas.<br />
Se subió a un auto de carrera recién a los 18 años, ya finalizados<br />
sus estudios secundarios, cuando debutó en el campeonato argentino<br />
Copa Citroen en 1998.<br />
Ese mismo año, empezó en la Universidad de Buenos Aires a estudiar<br />
ciencias económicas, pensando que su pasión no se convertiría<br />
en su fuente de ingresos.<br />
¿Por qué te habías decidido a estudiar cien-<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
24<br />
cias económicas?<br />
En ese momento al automovilismo lo veía como un hobbie, en-<br />
tonces empecé a trabajar en el negocio de mi familia. Y a la vez<br />
estudiar algo que me gustara y que pueda servirme en un futuro.<br />
Por lo visto no fue así. Contame un poco de la<br />
facultad. ¿Cuantas materias aprobaste?<br />
El primer año de cursada fue el que tuve mas tiempo y donde<br />
aprobé la mayoría de las materias. En total tengo aprobadas 8<br />
materias. La verdad, todo se me dio muy rápido y cada vez se<br />
me complicaba mas seguir los estudios. En el 99 me incorpore<br />
al Turismo Nacional Clase 2 y empecé a conseguir mis primeros<br />
podios y logré mi primer título. Sentía que podía ser un piloto<br />
profesional. Asi que me dedicaba mucho más a los autos que a<br />
estudiar. En tercer año de la facultad ya estaba corriendo en dos<br />
categorías, no tenía más tiempo para estudiar, tenía que faltar a<br />
clases y dejé, dedicándome de lleno a esto.<br />
Se puede decir que llegaste rápido a todo.<br />
Realmente sí. Cuando empecé, veía a las categorías grandes<br />
como algo muy lejano. En realidad, para mí era un sueño. Llegué<br />
al TC con mucho trabajo y esfuerzo.<br />
Vos demostraste que no es tan necesario empezar<br />
por los kart y los monoposto...<br />
Es bueno porque aprendes a poner a punto un auto. Tanto los<br />
kart como los monoposto
son autos muy difíciles de poner a punto para una pista y cualquier<br />
cambio pequeño que haces, el auto cambia su performance<br />
de manera radical. Pero creo que con práctica, esfuerzo y dedicación<br />
todo se logra y se puede aprender de otras maneras. Tuve<br />
la suerte de estar al lado de buenos profesionales y cuando estás<br />
dispuesto a aprender, todo resulta más fácil de asimilar.<br />
En que año llegaste al TC<br />
Los buenos resultados fueron el trampolín para llegar al TC Pista<br />
en el 2001 y en el 2002 gane mi primer carrera en el TC pista y ese<br />
mismo año pase al TC. Por suerte, siempre conté con el apoyo<br />
de mi familia.<br />
En el TC usas el casco con fotos de ellos. A<br />
quien se le ocurrió?<br />
Se me ocurrió a mí mientras dormía. Alguna vez había visto que<br />
el Bocha Ciantini puso una foto de Enzo Francescoli en su casco,<br />
entonces se ve que esa idea me quedó dando vueltas en la cabeza<br />
mientras soñaba y un día me levanté de dormir con la decisión<br />
de hacer un casco con toda la familia. Aproveché un cumpleaños<br />
para sacarles las fotos y no les dije nada. Y después, cuando ya lo<br />
tenía listo con toda la familia reunida (papá Angel, mamá Catalina<br />
y sus hermanas María Sol, María Belén y María Jesús) se los<br />
mostré y quedaron contentísimos. Y la verdad es que está muy<br />
lindo, quedó bárbaro. Encima el casco vino con el campeonato,<br />
qué más se puede pedir...<br />
Por eso a la suerte, con la que se te relacionó<br />
mucho últimamente, hay que ayudarla...<br />
–Reconozco que la suerte estuvo de mi lado en la definición de<br />
Buenos Aires en 2009, porque Pechito López y Jonatan Castellano<br />
se despistaron por una mancha de aceite y yo seguí en carrera.<br />
Y la fortuna me siguió acompañando este año en la apertura<br />
de la temporada en Mar de Ajó, cuando se queda Guido Falaschi<br />
y vuelvo a ganar. Esta vez la suerte de campeón está conmigo, así<br />
como en otras oportunidades no me acompañó. Hubo un año en<br />
que estaba en condiciones de pelear por el campeonato y en una<br />
carrera clave se me rompió el motor y chau pelea por el título. Así<br />
que si la suerte estuvo de mi lado también es meritorio haberle<br />
sacado provecho.<br />
Sin contar el accidente en el 2004 de Walter<br />
BAIRES COMERCIAL<br />
como copiloto tuyo en el TC.<br />
Si, ni hablar. Después de ese accidente dije nunca mas llevaba a<br />
un amigo como copiloto. Aquel día, el de arriba nos ayudo.<br />
En ese momento, ¿pensaste en dejar el TC?<br />
Al principio si. Uno corre y no se da cuenta de que podes sufrir<br />
algún accidente, que te podes lastimar. Cuando lo ves tan de<br />
cerca decís “¿Qué hago acá?, que ganas de estar aca arriesgando..”<br />
Ahora corren sin copiloto<br />
Más o menos desde el 2006 porque hubo un par de accidentes<br />
donde fallecieron copilotos. Venían de la historia del TC, antes<br />
eran rutas de 1000 kilómetros, el copiloto cargaba nafta desde<br />
dentro del auto... Hasta que se convirtieron en espectadores de<br />
lujo. Nosotros tenemos comunicación con radio por boxes. Era<br />
mucho riesgo. Si chocas y te pasa algo, te pasa a vos.<br />
¿Qué sentís en el cuerpo cuando estás dentro<br />
del auto?<br />
Ahora estoy muy acostumbrado porque tengo carrera todas los<br />
fines de semana pero cuado estoy de vacaciones necesito subirme<br />
a un auto para acelerar, para sacar la adrenalina del cuerpo.<br />
En la semana entreno y los fines de semana estoy arriba del auto<br />
de carrera, así que te pasas para el otro lado.<br />
Al dia de hoy estas en 3 categorías distintas.<br />
¿Cómo se hace para manejar tres autos tan<br />
distintos?<br />
Es difícil de explicar, porque en verdad son los tres muy dife-<br />
rentes. El TC es una tracción trasera, con mucha potencia, y se<br />
maneja de una manera. Después, el TC2000 tracción delantera,<br />
con mucha carga aerodinámica y también con mucha potencia. Y<br />
el Turismo Nacional es con tracción delantera, sin cargas aerodinámicas<br />
y con un poco menos de potencia que el TC2000, pero<br />
también tiene lo suyo. Los tres se manejan en forma distinta. Y<br />
tratar de andar rápido en las tres categorías es un desafío grande<br />
para cualquier piloto. Es decir, manejar lo puede manejar cualquiera,<br />
pero intentar ganar esas décimas en cada vuelta con cada<br />
auto no es nada fácil. Hay que estar bien concentrado y atento,<br />
porque cada auto se lleva de una manera distinta a un límite<br />
distinto. Es bravo, hay que estar bien preparado mentalmente. Y<br />
Venta, Copiado y Rúbrica<br />
de Libros Contables.<br />
Copiado Digital<br />
Gestiones Societarias en IGJ y DPPJ<br />
Encuadernaciones<br />
Acarreo de libros (sin cargo)<br />
Digitalización de documentos<br />
Cangallo 78 (B1834 CMB) Temperley - Tel/Fax 4243-4285 - bairescomercial@libreriacontable.com.ar<br />
25 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Entrevista
Entrevista<br />
si bien no hay que volverse loco, hay que trabajar en una forma<br />
especial en cada auto. Para los que nos gusta correr, imagínate...<br />
es espectacular.<br />
Y mas si en una llevas el Nº1<br />
Es increíble, pero todavía me sigue generando una sensación ex-<br />
traña, muy linda, pero extraña. La gente se te acerca y te dice<br />
‘che campeón’, y yo los miro y pienso: me lo dijo a mí o se equivocó.<br />
El Turismo Carretera es muy pasional y eso la gente te lo<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
26<br />
transmite permanentemente. Y de pronto ser el Nº 1 de la categoría<br />
es algo muy fuerte.<br />
¿Cómo se manifiestan los hinchas?<br />
Todo el tiempo me sorprenden con remeras y banderas que lle-<br />
van mi imagen o mi nombre. La verdad, no lo podes creer; y hasta<br />
bautizaron Moriatis a una peña en Sanford, provincia de Santa Fe.<br />
Yo nunca anduve por ahí, así que espero ir muy pronto a conocerlos.<br />
Y también en Facebook te manifiestan con sus comentarios<br />
un cariño increíble. Con la gente te llevas una sorpresa tras otra,<br />
porque llama la atención cómo se identifican y viven intensamente<br />
lo bueno y lo malo que a uno le pasa en la vida deportiva. Y<br />
ahora que las cosas están saliendo bien, se los ve más felices.<br />
Te sentís un Idolo de Ford?<br />
No, sigo pensando lo mismo, porque para ser ídolo hay pilotos<br />
con mucha trayectoria y con muchas cosas ganadas. En cambio<br />
yo siento que todavía estoy arrancando. Y si bien ya llevo 11 victorias<br />
y un título, me falta bastante por recorrer y sobre todo mucho<br />
por aprender para que los hinchas me consideren su ídolo.<br />
Es cierto que últimamente viví cosas muy locas, como por ejemplo<br />
que al ganar tres carreras seguidas (La Plata, Buenos Aires y<br />
Mar de Ajó) igualé nada menos que la marca de Emilio Satriano<br />
registrada en 1990. Qué sé yo, todo se va dando así. Yo siempre<br />
pienso que me falta, pero hay que reconocer que crecí bastante<br />
como piloto. Tengamos en cuenta que ya cumplí 30 años (el 19<br />
de enero último), ya no soy el que empezó a los 22. Pero estoy<br />
convencido de que todavía tengo tiempo para crecer aún más y<br />
disfrutar del automovilismo.<br />
Al dia de hoy que tu hobbie se convirtió en tu<br />
actividad profesional. Cuales mas practicas??<br />
Al día de hoy mucho tiempo no tengo, pero cuando me los hago,<br />
practico boxeo, snowboard y futbol con amigos.<br />
Así es Emanuel Moriatis, que también aporta su simpatía y conocimientos<br />
como panelista de un programa de Carburando por<br />
TyC Sports, junto con su colega y amigo Matías Rossi. Orgulloso<br />
de ser de Lanús y agradecido de que siempre le haya tocado ser<br />
piloto en muy buenos equipos. Aunque, seguramente, él habrá<br />
brindado lo suyo para que las estructuras se esmerasen en que<br />
permanezca integrando su staff. Con el 1 a flor de piel y guardado<br />
en el alma, la vida le sonríe y el la disfruta. Y seguramente hubiese<br />
sido un excelente CONTADOR PUBLICO.<br />
Para publicitar<br />
en nuestra revista:<br />
4629-7407<br />
Delegación Morón<br />
www.cpba.com.ar<br />
dlgmoron@cpba.com.ar
Normas Acción Tipo de obligación o deber Aspecto Subjetivo Sanción Descripción de la conducta típica antijurídica<br />
Supuestos contemplados: Omisión de pago mediante: a) La no presentación<br />
de DD JJ: b) Presentación de dd jj inexactas; c) Omitiere actuar<br />
como agente de retención o de percepción: d) Omitiere la presentación de<br />
determinaciones de ingreso de pagos a cuenta o anticipos: e) Presentare<br />
determinaciones o declaraciones inexactas de pagos a cuenta o anticipos.<br />
Suma graduable:<br />
Entre el 50% y el 100% del gravamen<br />
dejado de pagar, retener<br />
o percibir.<br />
Art. 45<br />
1er. párrafo Omisión Dar Culpa<br />
Bien jurídico tutelado La renta nacional. La hacienda pública.<br />
LEY 11683:<br />
Sinopsis de las sanciones pecuniarias.<br />
Dr. CP. Alfredo T F Destuniano<br />
Prescripción para aplicarla Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.<br />
Prescripción para hacerla efectiva Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.<br />
Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su<br />
continuaciónà las multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida<br />
la vista pero antes de operarse el vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a<br />
DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal. Consentida la determinación de oficio la multa se reduce a su mínimo legal. Si el saldo total de<br />
los gravámenes adeudados, previamente actualizados, no excediera de PESOS UN MIL ($ 1.000) no se aplicará sanción si el mismo se<br />
ingresara voluntariamente, o antes de vencer el plazo de 15 días.<br />
Parámetros de graduación aplicables<br />
* Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b)<br />
* Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)<br />
Vías recursivas<br />
Normas Acción Tipo de obligación o deber Aspecto Subjetivo Sanción Descripción de la conducta típica antijurídica<br />
Supuestos contemplados: Omisión de pago mediante: a) La no presentación<br />
de DD JJ: b) Presentación de dd jj inexactas; c) Omitiere actuar<br />
como agente de retención o de percepción: d) Omitiere la presentación de<br />
determinaciones de ingreso de pagos a cuenta o anticipos: e) Presentare<br />
determinaciones o declaraciones inexactas de pagos a cuenta o anticipos.<br />
Cuando se trate de transacciones entre empresas locales y empresas del<br />
exterior.<br />
Suma graduable:<br />
De 1 a 4 veces el gravamen dejado<br />
de pagar o retener.<br />
Art. 45<br />
3r. párrafo Omisión Dar Culpa<br />
Bien jurídico tutelado La renta nacional. La hacienda pública.<br />
Prescripción para aplicarla Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.<br />
Prescripción para hacerla efectiva Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.<br />
27 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su<br />
continuaciónà las multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida<br />
la vista pero antes de operarse el vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a<br />
DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal. Consentida la determinación de oficio la multa se reduce a su mínimo legal. Si el saldo total de<br />
los gravámenes adeudados, previamente actualizados, no excediera de PESOS UN MIL ($ 1.000) no se aplicará sanción si el mismo se<br />
ingresara voluntariamente, o antes de vencer el plazo de 15 días. Se evaluará, al momento de la graduación, el nivel de cumplimiento<br />
de los deberes formales para el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de transacciones internacionales.<br />
Parámetros de graduación aplicables<br />
Impuestos<br />
* Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b)<br />
* Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)<br />
Vías recursivas
Impuestos<br />
LEY 11683:<br />
Sinopsis de las sanciones pecuniarias.<br />
Aspecto Subjetivo Sanción Descripción de la conducta típica antijurídica<br />
Tipo de obligación<br />
o deber<br />
Acción<br />
Normas<br />
El ilícito consiste defraudar al Fisco Nacional valiéndose de declaraciones engañosas<br />
u ocultaciones maliciosas, que generen un menor ingreso del impuesto<br />
que correspondería.<br />
Suma graduable:<br />
De 2 hasta 10 veces el importe<br />
del tributo evadido (término<br />
utilizado por la norma).<br />
Presunción de dolo<br />
Que invierte la carga de la<br />
prueba (Art. 47)<br />
Hacer<br />
Art. 46 Comisión<br />
u<br />
Omisión<br />
Bien jurídico tutelado La renta nacional. La hacienda pública.<br />
Prescripción para aplicarla Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.<br />
Prescripción para hacerla efectiva Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.<br />
Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su continuaciónà<br />
las multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida la vista pero antes de operarse<br />
el vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal.<br />
Consentida la determinación de oficio la multa se reduce a su mínimo legal. Si el saldo total de los gravámenes adeudados, previamente actualizados,<br />
no excediera de PESOS UN MIL ($ 1.000) no se aplicará sanción si el mismo se ingresara voluntariamente, o antes de vencer el plazo de 15 días.<br />
Parámetros de graduación aplicables<br />
* Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b)<br />
* Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)<br />
Vías recursivas<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Aspecto Subjetivo Sanción Descripción de la conducta típica antijurídica<br />
Tipo de obligación<br />
o deber<br />
Normas Acción<br />
28<br />
Mediante declaraciones engañosas u ocultaciones maliciosas que perjudiquen<br />
al Fisco exteriorizando quebrantos, total o parcialmente, superiores a los procedentes<br />
utilizando esos importes superiores para compensar utilidades sujetas a<br />
impuestos, ya sea en el corriente y/o siguientes ejercicios.<br />
Suma graduable:<br />
De 2 hasta 10 veces del<br />
importe que surja de aplicar<br />
la tasa máxima del imp. a las<br />
Ganancias, sobre el quebranto<br />
impugnado por la AFIP<br />
Presunción de dolo<br />
con supuestos del a.<br />
47 que invierten la<br />
carga de la prueba.<br />
Hacer<br />
Art s/nº a cont art 46 Comisión<br />
u<br />
Omisión<br />
Bien jurídico tutelado La renta nacional. La hacienda pública.<br />
Prescripción para aplicarla Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.<br />
Prescripción para hacerla efectiva Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.<br />
Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su<br />
continuaciónà las multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida<br />
la vista pero antes de operarse el vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a<br />
DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal. Consentida la determinación de oficio la multa se reduce a su mínimo legal. Si el saldo total de los<br />
gravámenes adeudados, previamente actualizados, no excediera de PESOS UN MIL ($ 1.000) no se aplicará sanción si el mismo se ingresara<br />
voluntariamente, o antes de vencer el plazo de 15 días.<br />
Parámetros de graduación aplicables<br />
* Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b)<br />
Vías recursivas<br />
* Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)
Sanción Descripción de la conducta típica antijurídica<br />
Aspecto<br />
Subjetivo<br />
Tipo de obligación<br />
o deber<br />
Normas Acción<br />
Suma graduable:<br />
Art. 48<br />
Los agentes de retención o percepción que mantengan en su poder tributos, después de vencidos los<br />
plazos en que debieran ingresarlo (retención indebida de tributos).<br />
Comisión Hacer Culpa<br />
De 2 hasta 10 veces el tributo<br />
retenido o percibido<br />
Bien jurídico tutelado La renta nacional. La hacienda pública.<br />
Prescripción para aplicarla Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.<br />
Prescripción para hacerla efectiva Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.<br />
Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su continuaciónà las<br />
multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida la vista pero antes de operarse el<br />
vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal.<br />
Parámetros de graduación aplicables<br />
* Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b)<br />
Vías recursivas<br />
* Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)<br />
29<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Impuestos
Impuestos<br />
TORNEOS “BICENTERARIO” DE GOLF<br />
Organizan Delegaciones del Gran Bs As. del<br />
Consejo <strong>Profesional</strong> de Ciencias Económicas de la Pcia. Bs.As.<br />
Fecha Confirmada:<br />
Delegación Avellaneda: 10 de septiembre, en el Ranelagh Golf Club.<br />
Las Delegaciones Lomas de Zamora, Morón, San Martín y San Isidro, confirmarán<br />
a la brevedad los días en que se realizarán sus torneos en el radio de cada<br />
una de sus jurisdicciones.<br />
Inscripciones:<br />
Ranelagh Golf Club: $ 100.- pudiendo ser modificado para la fecha programada<br />
si el club variara su costo actual del green fee.<br />
Horario 9,30 hs. De lograr el número adecuado de participantes se realizarán<br />
salidas simultaneas, si no será de acuerdo al horario que se le otorgue.<br />
El costo incluye únicamente el derecho a participar en cada uno de los torneos.<br />
De acuerdo a la modalidad de salidas a adoptar, se prevee realizar un almuerzo<br />
de camaradería, con la entrega de premios, el costo del mismo será informado<br />
a los participantes, antes de su salida, o de ser posible vía los correos electrónicos<br />
indicados por los participantes.<br />
Las inscripciones se podrán hacer a través de los siguientes medios<br />
TE 011 42224312 / 011 42223850 / 011 32017655<br />
Correo Electrónico: chumbi@speedy.com.ar<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
30<br />
En todos los casos deberá informar, nombre y apellido, título, matrícula<br />
profesional (No y Consejo), handicap, matrícula AAG, horario preferido, mail de<br />
contacto.<br />
El horario le será confirmado 48 hs. Antes del torneo.<br />
Para los otros torneos, al igual que las fechas, el costo, contactos será informado<br />
a la brevedad.<br />
Reglamento:<br />
Participantes: <strong>Profesional</strong>es de Ciencias Económicas, matriculados.<br />
Invitados: Cada <strong>Profesional</strong> podrá invitar a un jugador no profesional.<br />
Modalidad de juego Medal Play<br />
Categorías, tres para los profesionales (0 a 12, 13 a 18 y 19 a 36 de handicap),<br />
dos para los no profesionales (0 a 18, 19 a 36 de handicap). Si el número de<br />
inscriptos no supera el mínimo de 10 participantes para alguna categoría, éstas<br />
se unificarán a otras, lo que se le informará a los participantes, antes de<br />
comenzar el juego.<br />
Premios al 1º y 2º de cada categoría.<br />
Las reglas serán las que la AAG prevee para esta modalidad de juego, y las que<br />
cada Club tenga en forma particular para ello.
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION DECRETO LA<br />
INCONSTITUCIONALIDAD DEL IMPUESTO<br />
A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA.<br />
ALTERNATIVAS PARA RECUPERAR LO PAGADO EN EL PASADO Y PARA DEJAR DE PAGAR EN EL FUTURO<br />
Dr. CP. Oscar A. Fernández<br />
(Contador Público -U.B.A-, Especialista en<br />
Derecho Tributario -Universidad Austral-)<br />
Abogado Mariano G. Moya<br />
(Abogado -U.B.A.-)<br />
se configura en el sub examine, y como se verá, este aspecto de la<br />
decisión es irrevisable por el Tribunal”.<br />
“En efecto, la cámara, sobre la base de la pericia contable<br />
de fs. 224/228 —no objetada por las partes— concluyó que los<br />
resultados de la sociedad arrojan pérdidas que “ ... obstarían a<br />
descontar el impuesto del que aquí se trata e incrementarían aun<br />
más el detrimento contable e impositivo, circunstancia que des-<br />
31 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Impuestos<br />
La Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “HERMITAGE virtúa la [existencia de una] “ganancia presunta””.<br />
S.A.” de fecha 15 de junio de 2010, decretó la inconstitucionalidad “El Estado Nacional nada ha expresado en el recurso extraor-<br />
del impuesto a la ganancia mínima presunta porque en el caso dinario acerca de la ponderación de la prueba realizada por el a<br />
de contribuyentes con quebrantos acumulados el mismo entre quo y, además, al concederse dicho recurso solamente en cuanto<br />
en clara colisión con el sacro principio de capacidad contributiva. a la inteligencia de las normas federales y ser desestimado en lo<br />
La Corte en primer lugar hace suyos los argumentos de la relativo a la arbitrariedad planteada, el apelante tampoco dedujo<br />
Cámara en los siguientes términos: “el tribunal a quo consideró el recurso de queja”.<br />
que surge de la ley una presunción de renta fundada “en la exis- “Que, en las condiciones relatadas en este pronunciamiento,<br />
tencia de activos en poder del contribuyente”, motivo por el cual corresponde concluir que el medio utilizado por el legislador<br />
existe “una marcada desconexión entre el hecho imponible y la para la realización del fin que procura, no respeta el principio<br />
base imponible” (fs. 268), en tanto se grava una manifestación<br />
de capacidad contributiva presunta, que considera solo al activo<br />
para la base imponible, sin tener en cuenta la existencia de pasivos.<br />
En esa línea de razonamiento, puso de relieve que, según<br />
las conclusiones del peritaje contable producido en autos, en los<br />
ejercicios de los años 1995, 1996 y 1998 la actora registró pérdidas<br />
que obstarían a descontar el impuesto aquí considerado.<br />
de razonabilidad de la ley, y por lo tanto, las normas impugnadas<br />
En consecuencia, tuvo por acreditada la ausencia de capacidad<br />
contributiva, la cual es el “soporte inexcusable de la validez de ESTUDIO FERNANDEZ, MOYA & ASOCIADOS<br />
todo gravamen”.<br />
Abogados / Contadores<br />
Luego la Corte analiza la validez de aquellas leyes que como<br />
[FM&A]<br />
Dr. Oscar A. Fernandez (C.P.N.)<br />
el impuesto a la ganancia mínima presunta utilizan presunciones<br />
Dr. Mariano G. Moya (Abogado)<br />
en materia tributaria (en el caso de renta), a la hora de afirmar,<br />
con atinada pluma que: “la problemática de las presunciones en Dr. Fernando H. Marino (C.P.N.)<br />
materia tributaria es el resultado de la tensión de dos principios:<br />
* Procedimiento Fiscal<br />
el de justicia tributaria y el de capacidad contributiva, y es por<br />
- Atención de inspecciones (AFIP / ARBA)<br />
ello, que “requieren un uso inteligente, concreto y racional””.<br />
- Determinaciones de Oficio<br />
(T.F.N - C.N.A.C.A.F - C.S.J.N)<br />
Finalmente a la hora de decretar la inconstitucionalidad del<br />
(T.F.A.B.A. - Justicia Provincial - S.C.J.P.)<br />
gravamen la Corte sostiene que:<br />
- Penal Tributario<br />
“ …. el legislador, sin tener en cuenta las modalidades propias<br />
- Clausuras y sus distintas vías recursivas<br />
que pueden adquirir explotaciones tan diversas, ha supuesto —so-<br />
- Ejecuciones Fiscales / Apremios<br />
bre la base de la existencia y mantenimiento de sus activos— que<br />
- Multas y Sanciones<br />
dichas explotaciones, en todos los casos, obtendrán una renta<br />
equivalente al 1% del valor de éstos, y no ha dado fundadas razo-<br />
* Consultoría Tributaria<br />
nes para impedir la prueba de que, en un caso concreto, no se ha<br />
obtenido la ganancia presumida por la ley”.<br />
* Tramitación de Beneficios Previsionales<br />
“Que, la iniquidad de esta clase de previsión, se pondría en<br />
Hipólito Yrigoyen 1116 9º "A"<br />
evidencia ante la comprobación fehaciente de que aquella renta<br />
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1086)<br />
presumida por la ley, lisa y llanamente, no ha existido”.<br />
Tel/Fax: (+54 11) 4381 2311 (LRotativas)<br />
“Según lo ha juzgado el a quo, esta última situación es la que<br />
studio@ciudad.com.ar | www.oscarafernandez.com.ar
Impuestos<br />
son constitucionalmente inválidas en su aplicación al caso, lo que<br />
así se declara”.<br />
CONCLUSIÓN<br />
Como se puede ver, en aquellos casos de contribuyentes que<br />
demuestren haber tenido quebrantos acumulados, la Corte sostiene<br />
que la renta presumida por el legislador, del 1% del activo,<br />
deviene inconstitucional por violación del principio de capacidad<br />
contributiva. Si no hay renta real no puede haber renta presunta.<br />
Ahora bien cual es el camino para recuperar el impuesto a la<br />
ganancia mínima presunta pagado en el pasado, el instituto de la<br />
Inscripción Peritos<br />
Acordada S.C.P.B.A. 2728/96<br />
La Ley 10.620<br />
en su art. 166 determina que<br />
"Las certificaciones, informes y dictámenes,<br />
NO TENDRAN VALIDEZ<br />
SIN LA AUTENTICACIÓN<br />
de la firma por parte del Consejo <strong>Profesional</strong>.<br />
El matriculado firmante que<br />
no cumpliere con<br />
esta obligación, será responsable<br />
de los daños y perjuicios<br />
que ocasione y será pasible,<br />
además, de las sanciones<br />
previstas en el código<br />
de ética y por esta ley".<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
32<br />
repetición tipificado en la ley 11.683.<br />
En cuanto el impuesto futuro se abren por lo menos dos vías<br />
alternativas:<br />
a) una es la interposición de una Acción Declarativa de Certeza<br />
en los términos del art. 322 del C.P.C.C.N., solicitando a su vez una<br />
medida cautelar de no innovar con la finalidad de frenar al accionar<br />
del fisco hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo;<br />
b) y otra es esperar que el fisco realice la determinación de<br />
oficio, y frente a ello interponer los recursos previstos en la ley<br />
11.683, al respecto se debe mencionar que frente a una sentencia<br />
adversa en el Tribunal Fiscal de la Nación se pierde el efecto<br />
suspensivo.<br />
Recordamos a los colegas que durante el mes de septiembre se realiza la inscripción de<br />
peritos para actuar durante el año 2011, la misma se lleva a cabo en las Delegaciones y Receptorías<br />
del Consejo <strong>Profesional</strong>. Son requisitos para la realización del trámite: Fotocopia<br />
del Título Universitario; Original y Copia del Certificado del Curso de Capacitación; Original<br />
y Copia del Documento de Identidad y tener paga la matrícula.
CONVENIO MULTILATERAL<br />
DETERMINACIÓN COEFICIENTE DE GASTOS<br />
RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 4/2010.<br />
“Un ser sin estudio es un ser incompleto” (Simón Bolívar – 1783 / 1830)<br />
1.- Introducción<br />
Dr. CP Eduardo Horacio Porcelli<br />
Dra. Abogada Carla Porcelli<br />
El Convenio Multilateral del 18/08/1977 que fuera suscripto<br />
por la totalidad de las provincias, la Municipalidad de Buenos<br />
Aires y el Gobierno nacional en representación de los<br />
territorios federales, regula la distribución de la base imponible<br />
del impuesto sobre los ingresos brutos, eliminando,<br />
de esta forma, la superposición tributaria existente a la<br />
fecha de su dictado dada la gravabilidad de la totalidad de<br />
los ingresos por las diversas jurisdicciones donde el contribuyente<br />
ejercía su actividad.<br />
El convenio tiene especialmente en cuenta las diferentes<br />
actividades que los contribuyentes desarrollan en forma<br />
simultánea en más de una jurisdicción.<br />
La base imponible se distribuye, en los Regímenes Especiales<br />
teniendo en cuenta las especiales características de<br />
ciertas y determinadas actividades y en el Régimen General,<br />
para las demás actividades generalizadas, atribuyendo<br />
los ingresos (base imponible) en función de los parámetros<br />
más representativos de la actividad y que los agrupa en dos<br />
grandes conjuntos: Ingresos y Gastos.<br />
De tal modo, con la actividad desarrollada en un ejercicio<br />
se determinan los coeficientes de asignación de la base<br />
imponible a las diferentes jurisdicciones a aplicarse en el<br />
año calendario inmediato siguiente.<br />
El 50 % de los ingresos se distribuye entre las diferentes<br />
jurisdicciones en función del sustento territorial de los<br />
mismos; y el restante 50 % de los ingresos en función de<br />
los gastos atribuibles a cada jurisdicción. De esta forma se<br />
determinan dos coeficientes, uno para los ingresos y otro<br />
para los gastos, en cada jurisdicción, que ponderados por<br />
la participación y luego sumados (coeficiente unificado) se<br />
aplicarán en la distribución de los ingresos que conforman<br />
la base imponible del año calendario siguiente. Para determinar<br />
el coeficiente de gastos debe tenerse especialmente<br />
en cuenta lo normado por el artículo 3º, donde se establece<br />
específicamente aquellos gastos que no deben computarse<br />
1 para la determinación del mismo.<br />
1 Convenio Multilateral – Art. 3º: No se computarán como gastos: a) El<br />
La Comisión Arbitral, órgano interpretador de las disposiciones<br />
del Convenio Multilateral, ha dictado recientemente<br />
la Resolución General Nº 4/2010 del 19/05/2010 2 , incorporando<br />
dentro de los gastos computables a las cargas<br />
sociales por entender que las mismas son representativas<br />
de la actividad y corresponde su inclusión en la determinación<br />
del coeficiente.<br />
2.- Gastos computables y no computables<br />
El Convenio Multilateral, en su artículo 3º, enumera taxativamente<br />
los gastos no computables.<br />
Doctrinariamente existen varias hipótesis referidas a la<br />
exclusión de ciertos gastos (no computables) a los efectos<br />
de la determinación del coeficiente de gastos. A saber: 1)<br />
Los gastos excluidos se corresponden con aquellos que<br />
están motivados en la actividad de terceros y no en la propia<br />
del contribuyente; 2) Los gastos no computables deben<br />
su naturaleza a la dificultad en la apropiación a las diferentes<br />
jurisdicciones, y 3) Se discriminan en virtud de su<br />
falta de aptitud para exteriorizar la magnitud de la actividad<br />
realizada en cada jurisdicción.<br />
A mi entender, la inserción en gastos no computables se<br />
debe analizar según las característica de cada gasto, puesto<br />
que las diferentes hipótesis doctrinarias son aplicables<br />
en virtud de ellas.<br />
De tal manera las compras de mercaderías y materias<br />
primas que conforman el costo no se incorporan como<br />
gasto computable para la determinación del coeficiente<br />
dado que no denotan en forma directa actividad del contribuyente,<br />
sino de terceros, y pueden distorsionar por lo<br />
variable de su magnitud la participación de las diferentes<br />
jurisdicciones en la base imponible determinada.<br />
costo de la materia prima adquirida a terceros destinada a la elaboración<br />
en las actividades industriales, como tampoco el costo de las<br />
mercaderías en las actividades comerciales. Se entenderá como materia<br />
prima, no solamente la materia prima principal, sino todo bien<br />
de cualquier naturaleza que fuere que se incorpore físicamente o se<br />
agregue al producto terminado. b) El costo de las obras o servicios que<br />
se contraten para su comercialización. c) Los gastos de propaganda y<br />
publicidad. d) Los tributos nacionales, provinciales y municipales (impuestos,<br />
tasas, contribuciones, recargos cambiarios, derechos, etc.).<br />
e) Los intereses. f) Los honorarios y sueldos a directores, síndicos y<br />
socios de sociedades, en los importes que excedan del uno por ciento<br />
(1 %) de la utilidad del balance comercial.<br />
2 Resolución General (CA) 4/2010 – Art. 1º: Las cargas sociales a cargo<br />
del empleador se computarán como gasto en los términos del artículo<br />
3 del Convenio Multilateral...<br />
33 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Impuestos
Impuestos<br />
Los gastos de publicidad y propaganda, en especial<br />
los de orden institucional, no denotan sustento territorial<br />
puesto que su finalidad es generalizada en el conocimiento<br />
de la empresa o el producto y por ende su apropiación a<br />
determinada jurisdicción puede ser discutida.<br />
Los servicios de comercialización se encuentran excluidos<br />
de los gastos computables porque los mismos se relacionan<br />
en forma directa con los ingresos y su inclusión<br />
provocaría una distorsión entre la separación que el legislador<br />
considero para la determinación de los coeficientes<br />
de gastos e ingresos (50 % cada uno).<br />
Los intereses no se consideran puesto que, por el principio<br />
de universalidad de los pasivos (económicamente conforman<br />
el costo de financiamiento de la totalidad de los activos),<br />
no tendría sentido su discriminación jurisdiccional y por<br />
otra parte no denotan actividad del contribuyente.<br />
Con la restricción dispuesta (del 1% de las ganancias<br />
comerciales) sobre los honorarios y sueldos a directores,<br />
síndicos y socios de sociedades, se trató de prevenir que el<br />
contribuyente tuviese en sus manos una herramienta para<br />
distorsionar el coeficiente en virtud de sus conveniencias<br />
tributarias.<br />
Por último, nos queda por analizar la exclusión referida<br />
a “los tributos nacionales, provinciales y municipales (impuestos,<br />
tasas, contribuciones, recargos cambiarios, derechos,<br />
etc.). Es mi parecer que dicha exclusión está motivada<br />
en dos grandes argumentaciones: a) Para los impuestos<br />
provinciales y municipales, la exclusión es necesaria porque<br />
aquella jurisdicción que por tasa diferencial tenga más<br />
gravabilidad se vería beneficiada con una ampliación de su<br />
participación al incorporar un mayor gasto dentro de su<br />
jurisdicción. b) Los impuestos nacionales, porque su atribución<br />
a determinada jurisdicción, en una gran cantidad de<br />
tributos (ganancias, IVA, Impuesto a los débitos-créditos,<br />
etc.) sería dificultosa dado el carácter generalizado que<br />
revisten los mismos y en aquellos que se aplican sobre<br />
el patrimonio o los activos (impuesto s/los bienes personales,<br />
ganancia mínima presunta, etc.), conformarían una<br />
atribución basada en la concentración de capital y no en la<br />
actividad desarrollada. Para otros tipos de tributos, su exclusión<br />
se corresponde con una liberalidad del legislador,<br />
puesto que pese a denotar actividad y en muchos casos con<br />
preciso sustento territorial poder apropiar específicamente<br />
a cada jurisdicción el tributo (impuesto inmobiliario, ABL y<br />
otras tasas municipales, contribuciones de mejoras, etc.)<br />
no se consideran para el cálculo del coeficiente dentro de<br />
los gastos computables.<br />
3.- Contribuciones sociales<br />
Con relación a este ítem, el Convenio los excluye específicamente<br />
al referirse a los tributos, pues incorpora dentro<br />
de de su normativa el término contribuciones.<br />
Pese a ello, determinadas jurisdicciones, Buenos Aires<br />
y Capital, en sus determinaciones tributarias incluían a las<br />
mismas por considerarlo un gasto representativo de la ac-<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
34<br />
tividad del contribuyente.<br />
Al respecto, la Comisión Arbitral en el año 2008 se pronunció<br />
mediante la Resolución 26/2008 en un caso particular,<br />
en el sentido que las contribuciones sociales formaban<br />
parte de los tributos nacionales y por lo tanto no debían<br />
incluirse como gasto computable para la determinación<br />
del coeficiente respectivo 3 .<br />
Si bien es cierto que las contribuciones sociales al determinarse<br />
su monto en virtud de los sueldos y remuneraciones<br />
del personal conforman un gasto representativo de<br />
la actividad, debe tenerse especialmente en cuenta: 1) Que<br />
como gasto computable se han incorporado las remuneraciones<br />
abonadas al personal, y 2) Que por su naturaleza,<br />
pese a su factible atribución jurisdiccional, las mismas se<br />
encuentran dentro de las especies tributarias.<br />
Con relación a lo manifestado en el párrafo anterior, es<br />
dable interpretar que el legislador no desconocía la existencia<br />
de las contribuciones patronales, al momento del<br />
acuerdo plenario que diera procedencia al Convenio Multilateral<br />
y que al dictar la norma (artículo 3 del CM) lo hizo<br />
excluyendo la totalidad de las especies tributarias, incluyendo<br />
a las contribuciones patronales.<br />
Por otra parte, tal como surge del texto del Convenio, al<br />
incorporarse las remuneraciones y no las contribuciones<br />
sociales, dio por sentado que la actividad se encontraba<br />
adecuadamente representada con la inclusión de las primeras.<br />
De igual manera procedió con la restricción establecida<br />
con relación a las remuneraciones y honorarios de<br />
los administradores y fiscalizadores de las sociedades.<br />
Una sana hermenéutica del texto normativo no permite<br />
la inclusión de las contribuciones patronales para la determinación<br />
del coeficiente de gastos.<br />
Es por lo expuesto que sorprende la nueva interpretación<br />
que efectúa la Comisión Arbitral con el dictado de la<br />
Resolución General 4/2010, que se contrapone incluso a<br />
la Resolución 26/2008 que fuera suscripta por los mismos<br />
firmantes actuales y que produce un efecto inverso al esperado.<br />
Crea dudas sobre la corrección en su aplicación.<br />
4.- Conclusiones<br />
La Resolución General 4/2010 que fuera dictada el<br />
19/05/2010, no sólo replantea la inclusión de las cargas<br />
sociales a los efectos de la determinación del coeficiente<br />
de gastos, sino que además por la fecha de su dictado, los<br />
contribuyentes ya habían liquidado el anticipo del mes de<br />
3 Resolución (CA) 26/2008 (20/05/2008) – Cía. Internacional de Tecnología<br />
y Servicios S.A. / Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:<br />
Considerandos:...para la doctrina y la jurisprudencia como así también<br />
para la AFIP existe criterio sentado de que estos conceptos (contribuciones<br />
sociales) forman parte de los tributos nacionales y deben encuadrarse<br />
en dicho inciso ( d) del artículo 3 )... Art. 1º: Hacer lugar a la<br />
acción interpuesta por la firma Compañía Internacional de Tecnología<br />
y Servicios S.A. contra la Resolución Nº 4719/DGR/06, dictada por la<br />
Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de<br />
Buenos Aires –Expte. CM Nº 638/2007- por las razones expuestas en<br />
los considerandos de la presente…
abril y efectuado las correcciones correspondientes a los<br />
tres primeros meses del año calendario estando pendiente<br />
las presentaciones de las declaraciones juradas, y por tanto,<br />
no existe claridad en el momento a partir del cual debe<br />
aplicarse la nueva metodología.<br />
Por último, cabe preguntarse: ¿No correspondería, por<br />
aplicación del mismo criterio, incorporar otros impuestos<br />
en el cálculo del coeficiente, ya que los mismos también<br />
pueden asignarse territorialmente y conforman un gasto<br />
Sabías que???<br />
específico de cada jurisdicción (v.g. Impuestos Inmobiliario<br />
o de Patentes) o permitir el cómputo de la totalidad de las<br />
remuneraciones de los administradores y síndicos?<br />
Es muy amplio y dificultoso el desarrollo de las tareas<br />
de Contador Público independiente, por la diversidad de<br />
las materias y los conocimientos actualizados que deben<br />
poseer los profesionales, como para adicionarle nuevas<br />
cargas con interpretaciones de dudosa legitimidad y oportunidad<br />
en su aplicación.<br />
... Nuestro Consejo a nivel Provincial adhirió como invitado extra – Región para participar en las Olimpiadas Regionales<br />
2010 a realizarse en San Luis Capital entre los días 27/28/29 y 30 de Octubre de 2010. Las disciplinas deportivas<br />
a desarrollarse son las mismas de cada evento a nivel nacional y la particularidad es que nuestro Consejo<br />
participará sin preclasificación, esto quiere decir que podremos presentar la cantidad de equipos que consideremos<br />
conveniente en cada disciplina, desde ya, especialmente en los deportes por equipos. Desde Sede Central ya<br />
se ha reservado una cantidad significativa de participaciones innominadas para asegurarnos los lugares a ocupar.<br />
Para más datos sobre: valor de inscripción de participantes y acompañantes, lugares de alojamiento, formas de<br />
traslado, etc. solicitamos dirigirse a la Comisión de Deportes de cada Delegación donde se lo podrá asesorar convenientemente.<br />
No deje de participar representando a nuestro Consejo.<br />
... Podes consultar los números anteriores del la revista ingresando en www.cpba.com.ar seccióndelegaciones<br />
Biblioteca Virtual.<br />
Dr. Eduardo Horacio PORCELLI<br />
Contador Público (U.B.A.)<br />
Dr. Héctor Luis OLIVETO<br />
Dr. Eduardo Daniel RIZZO<br />
Dra. Carla PORCELLI<br />
Abogados<br />
RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES<br />
DETERMINACIONES DE OFICIO<br />
MULTAS Y SANCIONES<br />
CLAUSURAS<br />
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO<br />
FEDERAL Y PROVINCIAL<br />
EJECUCIONES FISCALES<br />
Tribunal Fiscal de la Nación<br />
Tribunal Fiscal de la Prov. de Bs. As.<br />
Dirección General Impositiva<br />
Dirección General de Rentas<br />
Prov. de Buenos Aires<br />
Ciudad de Bs. As.<br />
Municipalidades<br />
Nueve de Julio 127 9º “E” – Morón<br />
Teléfonos 4628 – 7981 / 8158<br />
e – mail: estucont@speedy.com.ar<br />
35 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Impuestos
Institucional<br />
NOTICIAS CAJA<br />
“BENEFICIOS PREVISIONALES”<br />
Dr.C.P. Luis E. Bacigaluppe<br />
Comisión Fiscalizadora<br />
C.S.S.P.C.E.P.B.A.<br />
Esta vez, me voy a referir a los tipos de Beneficios Previsionales que<br />
establece la Ley 12724 y los requisitos para su otorgamiento.<br />
Tipos:<br />
Jubilación Ordinaria<br />
Jubilación Parcial<br />
Jubilación por Invalidez<br />
Pensión<br />
Beneficio Anual Complementario<br />
Requisitos Legales:<br />
Jubilación Ordinaria: Se otorga a pedido expreso del afiliado y se<br />
debe acreditar un mínimo de 65 años de edad y 30 años de servicios<br />
con aportes.<br />
Jubilación Parcial: Se otorga a pedido expreso del afiliado y se debe<br />
acreditar un mínimo de 65 años de edad y 10 años de servicios con<br />
aportes ininterrumpidos e inmediatos anteriores a la fecha de soli-<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
36<br />
citud. Dicha condición de ininterrumpidos e inmediatos anteriores a<br />
la fecha de solicitud solo se encuentra afectada por cancelaciones o<br />
suspensiones matriculares que el afiliado pudiera registrar dentro de<br />
los 10 años considerados.<br />
Jubilación por Invalidez: Se otorga a pedido expreso del afiliado, se<br />
concede al afiliado que quede incapacitado en forma absoluta y permanente<br />
para ejercer la profesión.(Incapacidad mínima: 66% de la<br />
capacidad laborativa valorada según BAREMO NACIONAL).<br />
Pensión: Se otorga por deceso de afiliado activo o jubilado. Son beneficiarios<br />
el cónyuge supérstite en concurrencia con los hijos solteros<br />
menores de 21 años y a cargo del causante a la fecha de deceso. Se<br />
extiende la edad hasta los 25 años si se encuentran cursando regularmente<br />
estudios secundarios o superiores. Los hijos incapacitados<br />
para el trabajo, al deceso del causante, son beneficiarios de la pensión<br />
sin límite de edad.<br />
Queda equiparado al cónyuge la o el conviviente que acredite haber<br />
vivido en público y aparente matrimonio, al menos durante 5 años inmediatos<br />
anteriores al deceso. Se reduce a 3 años si hay hijos en común.<br />
Beneficio Anual Complementario: Se otorga en 2 cuotas equivalentes<br />
al 50% de cualquiera de los beneficios anteriores, pagaderos con<br />
los beneficios de junio y diciembre.<br />
* Precios de transferencia<br />
* Planificación fiscal<br />
* Recupero de créditos fiscales<br />
* Tramitación de beneficios fiscales<br />
* Atención de inspecciones de tributos nacionales,<br />
provinciales y municipales.<br />
* Recursos administrativos y judiciales.<br />
* Defensas penales<br />
web site: chicolinodeluca.com.ar
INFORME DEL C. A. F.<br />
Dr. CP Roberto Bufelli<br />
Vicepresidente C.A.F.<br />
El día 04 de Junio de 2010 y a partir de las 11.00 hs. en<br />
Sede Central, el Comité de Acción Fiscalizadora del Ejercicio<br />
Ilegal de las Profesiones en Ciencias Económicas<br />
llevó a cabo su reunión Nº 196, con la asistencia de cinco<br />
de sus miembros como así también del Asesor Letrado<br />
Dr. Juan G. Posbeyikian y del Secretario Administrativo<br />
Dr. Oscar Etchegoyen. Se destaca que durante la reunión<br />
y para tratar temas de interés propios del Comité se recibió<br />
la visita del Señor Presidente del Consejo, Dr. Alfredo<br />
D. Avellaneda y de la Señora Secretaria General del<br />
mismo, Dra. Diana S. Valente. Asimismo se recibió el informe<br />
de las actividades desarrolladas por la Presidencia<br />
del Comité en el período que abarca la anterior reunión<br />
de fecha 30/04/2010 y la presente. Luego el Dr. Posbeyikian<br />
pasó a realizar un pormenorizado informe del esta-<br />
De izquierda a derecha: Oscar Etchegoyen, Carlos Gonçalves, Walter Pollo (asume sus funciones en el CAF), Laura E.<br />
Sarafouglu, Angel Pagano (deja sus funciones en el CAF), Juan G. Posbeyikian, Abogado, Roberto L. Bufelli<br />
Daniel Ferrari, Claudio Mendez, Delegado Fiscalizador Deleg. San Isidro de visita de trabajo.<br />
37 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Institucional<br />
do de las causas civiles y penales que tramitan por ante<br />
los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia de<br />
Buenos Aires e hizo entrega a los Miembros del Comité<br />
de una planilla con el respectivo detalle. Se trataron las<br />
denuncias recibidas entre el 30/04/2010 y el 03/06/2010.<br />
Se adoptó decisiones acerca de 24 expedientes presentados<br />
para su estudio derivándolos a las Delegaciones para<br />
completar la instrucción de los respectivos sumarios. En<br />
cuanto concierne y se refiere a la Resolución de Mesa Directiva<br />
Nº 2708, creadora del Comité se pospone para la<br />
próxima reunión el estudio de la misma a los efectos de<br />
poder proceder a su agiornamiento para adecuarla a los<br />
tiempos que corren.<br />
Se informa la renuncia al cargo de Miembro Titular del<br />
Comité del C. P. ÁNGEL PAGANO de la Delegación San<br />
Martín, nombrándose en su reemplazo al C. P. WALTER<br />
POLLO, matriculado, también de la Delegación San Martín,<br />
tanto la renuncia del Miembro saliente como el nombramiento<br />
del nuevo Miembro ya han sido aceptadas por<br />
las autoridades de la Mesa Directiva del Consejo.<br />
Se fijó la fecha del 06 de Agosto de 2010 a las 10.00 hs.<br />
en Sede Provincial, para la nueva reunión del Comité.
Nuevos beneficios para miembros del Consejo<br />
<strong>Profesional</strong> de Ciencias Económicas de la<br />
Provincia de Buenos Aires.<br />
Banco Itaú presentó nuevos beneficios para los miembros del Consejo <strong>Profesional</strong> de Ciencias<br />
Económicas de la Provincia de Buenos Aires. Entre ellos se destacan la posibilidad de<br />
acceder a un Paquete de Servicios sin cargo con las tarjetas Visa y MasterCard emitidas por<br />
Banco Itaú.<br />
Este paquete contempla Caja de Ahorro en pesos y dólares, Cuenta Corriente, Tarjeta de<br />
Crédito Visa Itaú sin cargo de emisión ni de renovación y Tarjeta de Débito para realizar compras,<br />
con un 5% de reintegro del IVA. Además permite participar del programa Sumá & Ganá<br />
con el que los consumos se transforman en puntos para canjear por premios del catálogo de<br />
productos. Finalmente este paquete cuenta con las ventajas de un programa de beneficios<br />
exclusivo para clientes de Banco Itaú.<br />
• Entre ellos se destacan:<br />
• Beneficios con Tarjeta de Débito:<br />
• Cines y heladerías: 50% de descuento, los días viernes y sábados.<br />
• Librerías: 20% de descuento los días viernes y sábados.<br />
Beneficios con Tarjetas de Crédito:<br />
Híper Rodo: 10% de descuento + 12 cuotas sin interés, todos los días, con Tarjetas de Crédito Itaú.<br />
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Más información sobre estos y otros beneficios, así como su vigencia se pueden encontrar<br />
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Asimismo el <strong>Profesional</strong> de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires puede<br />
acceder a la Tarjeta de Crédito Itaú TAM la cual permite sumar puntos y viajar a Brasil, Latinoamérica<br />
y el mundo.<br />
El programa tiene como ventaja diferencial no establecer cupos para canje de premios en<br />
vuelos dentro de América del Sur, ya que los asientos disponibles a la venta también lo están<br />
para la redención de puntos. Sus características principales: otorga 1.33 puntos por cada<br />
dólar consumido (o su equivalente en pesos), los puntos tienen una duración de hasta cuatro<br />
años, las compras en cualquier negocio del país o del exterior acumulan puntos, así como<br />
las compras con tarjetas adicionales. Y al solicitar las tarjetas además reciben puntos de<br />
bienvenida.<br />
Es más, al solicitar la tarjeta Itaú TAM MasterCard los consumos hasta diciembre de 2010<br />
suman un 50% más de puntos.<br />
Para más información los interesados pueden comunicarse al 0810-345-4800 de<br />
lunes a viernes de 10 a 19 y los sábados de 14 a 19.
Interés General<br />
Mendoza, 25 de Mayo de 2010.<br />
MI EXPERIENCIA EN LA<br />
“EXPEDICIÓN BICENTENARIO”<br />
Si queres contarnos tu viaje, hacelo a gbaprofesional@gmail.com<br />
Dr. Juan José Niño<br />
Contador Público (UBA)<br />
Con motivo de celebrar este año, el Bicentenario de la Patria,<br />
se llevó a cabo la llamada “Expedición Bicentenario” a<br />
la cual fui invitado a participar.<br />
La misma fue concebida por un grupo de montañistas,<br />
aficionados y profesionales, que con ganas de hacer partícipe<br />
e integrar a los festejos del Bicentenario de La Patria<br />
a deportes no convencionales, como el montañismo, la<br />
escalada, mountain bike, buceo, kayak, trekking, running,<br />
carreras de aventura. Para ello convocaron a todos los que<br />
realizan este tipo de actividades deportivas. El mismo se<br />
basará en cuatro objetivos:<br />
Deportivo, Social, Cultural y Medio Ambientales.<br />
“Expedición Bicentenario” quiere dejar un legado en<br />
el tiempo a través de los sueños y proyectos de nuestros<br />
niños para un país futuro.<br />
Alumnos de distintos Colegios de la Zona Norte trasladaron<br />
en un papel sus sueños y proyectos para las generaciones<br />
futuras, éstos se guardaron en las cajas entregadas<br />
por la organización “Expedición Bicentenario” junto con<br />
otros recordatorios que llevaremos de cada Institución.<br />
Asimismo he llevado un recordatorio y una medalla de la<br />
Delegación San Isidro, en representación de los matriculados<br />
con un mensaje para los matriculados del futuro.<br />
Estas cajas serán depositadas por cada expedición en<br />
los lugares a los que ellas accedan, en el caso del Grupo<br />
Pared-Sur, será enterrada en la cumbre del C° Plata, en<br />
Mendoza a 6.000mts de altura, con coordenadas en puntos<br />
de GPS, para su futura localización y apertura en el<br />
Tricentenario de La Patria.<br />
Para mí fue un desafío personal significativo ya que era<br />
la primera vez que iba a compartir con otros siete integrantes<br />
una experiencia de esa envergadura.<br />
Gracias al consejo del profesor Eduardo Martín, estuve<br />
entrenando durante dos meses antes para estar en condiciones<br />
físicas para enfrentar este desafío personal y grupal.<br />
El día 19 de Mayo, partimos desde Buenos Aires hacia<br />
Mendoza integrando la misma los siguientes: Prof. Eduardo<br />
Martín (Jefe de la Expedición), Prof. Eduardo Perro-<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
40<br />
ne, Lic. Alejandra Giorgiutti, Dr. Leandro Seoane (Médico<br />
Emergentólogo del Hospital Austral), Dr. Marcelo Papasidero<br />
(Médico Clínico del Hospital Austral), Srta. Teodora<br />
Lacroze y el Suboficial Principal del Ejército Argentino<br />
Efraín Estrada.<br />
Llegamos al refugio de montaña “Vallecitos” a 2.900 mts<br />
sobre el nivel del mal, cercano a la ciudad de Mendoza y<br />
estuvimos en el mismo hasta el día 24 de Mayo, aclimatándonos,<br />
haciendo trekking desde allí.<br />
En esos días hicimos cumbre en los siguientes cerros:<br />
“Andresito” 3.150 mts, “Lomas Blancas” 3.850 mts, “San<br />
Bernardo “a igual altura y “El Estudiante” a 3.950 mts. A<br />
su vez hicimos trekking hasta “Piedra Grande” a 3.150 mts.<br />
El día 24 de Mayo iniciamos la subida hasta el campamento<br />
base “El Salto” a 4.300 mts. Fue un día muy duro<br />
dado que caminamos ocho horas, cargando nuestra mochila<br />
con aprox. 8kg., llegando aproximadamente a las<br />
16:00 hs.<br />
Las mulas habían llevado los elementos necesarios, llamados<br />
“petates” y de inmediato, antes de que bajara el sol,<br />
armamos las carpas ya que desciende abruptamente la<br />
temperatura.<br />
Esa noche hubo vientos de hasta 60 Km. por hora sufriendo<br />
como consecuencia, fuera de las carpas, temperaturas<br />
de 26 grados bajo cero y dentro de las mismas 7<br />
grados bajo cero.<br />
A las tres de la mañana, del día 25 seguía el mal tiempo,<br />
por consiguiente se decidió esperar a que el clima mejorara.<br />
El día 26, a las cuatro de la mañana, comenzamos la<br />
subida a la cumbre del “Cerro Plata” de 6.100 mts. O sea<br />
debíamos sortear un desnivel de 1.800 mts en diez horas de<br />
ascenso y cuatro horas para descender.<br />
El tiempo no mejoraba, el pronóstico no fue nada alentador,<br />
por esa razón a los 4.500 mts aproximadamente, por<br />
prudencia, decidí regresar al campamento base ya que el<br />
frío era muy intenso estando expuesto a una hipotermia y<br />
sin la esperanza de que el pronóstico mejorara.<br />
Al regresar solo, a la luz de la linterna, me invadieron<br />
dos sensaciones intensas. Sentí preocupación a perderme<br />
en el regreso, ya que era de noche y los senderos son confusos,<br />
tanto que me di cuenta que había llegado a la carpa<br />
porque tropecé con ella (no se veía a más de un metro). La<br />
otra fue la de sentir una fuerte presencia de Dios en medio<br />
de un silencio majestuoso, estábamos solo El y yo nadie<br />
mas, sólo interrumpido por el viento y la nieve que no dejaba<br />
de soplar y caer.
Al poco tiempo de haber arribado al campamento, noté<br />
que, detrás de mí, fueron regresando de a poco los otros integrantes<br />
del grupo debido a diferentes inconvenientes que<br />
se encontraron en el camino. Sólo pudieron hacer cumbre,<br />
el suboficial Efraín Estrada, perteneciente al Ejército Argentino<br />
destinado en “Puente del Inca” destacamento de<br />
“Cazadores de Montaña”, totalmente aclimatado a estas<br />
severas condiciones climáticas y la Srta. Teodora Lacroze<br />
que trabaja, todo el año, en el centro de ski de “Las Leñas”<br />
como auxiliar de pista.<br />
Ellos lograron llegar y dejar EL TESTIMONIO CON TO-<br />
DOS LOS MENSAJES.<br />
La misión y el objetivo que nos propusimos, estaba cumplido.<br />
Si bien, no pudimos llegar todos a la cumbre, se vivió,<br />
en esos días un fuerte trabajo en equipo, sabíamos que si<br />
llegaba uno de los integrantes, llegaba todo el grupo.<br />
He aprendido muchísimas cosas de esta experiencia, a<br />
41 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Interés General<br />
pesar de no haber conocido antes de la misma, a ninguno<br />
de los integrantes que participaron conmigo. Pudimos vivir<br />
y compartir todo el proyecto en comunidad. Se afianzó mi<br />
amor y atracción por la vida en la montaña.<br />
Rescato, que si bien en poco tiempo se preparó la expedición,<br />
somos capaces de hacer y generar muchos proyectos<br />
si nos lo proponemos. No tengamos miedo frente a<br />
los contratiempos que se nos puedan presentar en la vida<br />
diaria ya que como en la montaña, son sólo escalones para<br />
seguir ascendiendo a nuestra “montaña personal”, superándonos<br />
día a día.<br />
Le doy gracias a mis hijos e hijas y a mis hermanos que<br />
me alentaron a realizar esta aventura. A la mesa de la Delegación<br />
San Isidro, que me apoyó a efectuar este sueño en<br />
todo momento.<br />
Y por último, quiero compartir con ustedes, que como Institución,<br />
sigamos teniendo siempre nuestra “Expedición”.
Interés General<br />
POSTURA Y TRABAJO<br />
Incidencia en la toma de decisiones<br />
La medicina identifica un género lesional conocido como<br />
enfermedad profesional.<br />
Una enfermedad profesional se desarrolla en el ejercicio<br />
de nuestra profesión, en función de la especificidad de<br />
ésta, y las primeras en identificarse fueron aquellas referidas<br />
a oficios, actividad física o manual que por repetición<br />
de maniobras generaban un proceso inflamatorio, como<br />
primer estadio lesional.<br />
Como ejemplo, una de las lesiones más antiguamente<br />
descriptas por la medicina laboral fue la “tendinitis del filetero<br />
de pescado”, hoy tenemos lesiones más modernas,<br />
como la inflamación en el codo conocida como “codo de<br />
tenista”, que afecta tanto a alguien que juega al tenis con<br />
preparación insuficiente como a un trabajador que utiliza<br />
un destornillador rutinariamente.<br />
La identificación de lesiones profesionales surge desde<br />
el mismo ámbito laboral, relacionado directamente con la<br />
efectividad y el costo profesional.<br />
¿Por qué surge esta lesión?<br />
Simple. Por ejemplo todos conocemos lo que se siente<br />
después de estar algunas horas sentados frente a un monitor.<br />
Cuando esta situación se repite sistemáticamente todos,<br />
o casi todos los días de nuestra vida, generamos<br />
adaptaciones. Se establecen tensiones de acomodación a<br />
la carga que representa la postura de trabajo.<br />
Estas tensiones se instalan lenta e insidiosamente, no<br />
somos concientes de ello, por lo cual se trata de un proceso<br />
silencioso que instala las bases para una enfermedad<br />
crónica.<br />
Así, los profesionales manifiestan comúnmente dolores<br />
musculares y articulares como los primeros síntomas<br />
de un proceso que en sí es mucho más complejo y que<br />
afecta nuestra capacidad ejecutiva y de selección de variables,<br />
en fin, nuestra capacidad profesional.<br />
Nuestro sistema nervioso regula el estado muscular de<br />
base, el tono o tensión muscular.<br />
El tono muscular aumenta en las situaciones de estrés,<br />
desde el estrés fisiológico, una respuesta normal de<br />
adaptación, hasta lo que comúnmente conocemos como<br />
estrés; ese estado de alerta continuo que todos conocemos<br />
muy bien, desgraciadamente.<br />
La adaptación postural es el primer mecanismo que se<br />
pone en marcha ante una carga de trabajo dada, el ejemplo<br />
del monitor, y esta adaptación depende tanto de la<br />
postura en sí como de la cantidad de horas que estamos<br />
en ella.<br />
Cuando estamos sentados algunas horas las curvas<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
42<br />
Juan Carlos Silva<br />
Kinesiólogo – Entrenador deportivo<br />
www.puro-deporte.com<br />
fisiológicas, normales, de la columna vertebral se modifican<br />
afectando ritmos respiratorios y circulatorios, y fundamentalmente<br />
musculatura paravertebral y de la cintura<br />
escapular, los hombros.<br />
Los músculos de la nuca están en una tensión constante<br />
sosteniendo la cabeza frente al monitor, ante una gran<br />
exigencia visual y discriminativa, razón básica por la cual<br />
los profesionales padecen comúnmente cervicalgias, cervicobraquialgias,<br />
lumbalgias, etc, como elementos emergentes<br />
de un proceso más profundo, con implicancias<br />
complejas y difíciles de medir a nivel profesional.<br />
¿Cual es el costo?<br />
En condiciones normales, el cuerpo funciona automáticamente,<br />
no somos concientes de cómo nos sentamos,<br />
como caminamos, como nos movemos para lo cotidiano,<br />
entonces el cerebro se ocupa de cosas importantes, como<br />
tomar decisiones.<br />
Pero cuando hay dolor o malestar físico esta situación se<br />
modifica y tomamos decisiones en un marco de contaminación<br />
sensorial, y lo más grave es que nos adaptamos a<br />
este marco al punto de considerarlo nuestra normalidad.<br />
El costo profesional aumenta, inevitablemente.<br />
A priori, la adaptación postural a las cargas de trabajo es
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Dr. Claudio Méndez<br />
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43 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Interés General<br />
inevitable, pero, tanto en función de la salud, nuestro capital<br />
más importante, como de la efectividad profesional,<br />
el trabajo debe contemplar mecanismos de compensación<br />
continua y prevención de estas lesiones.<br />
Una actividad postural, basada en el conocimiento de la<br />
dinámica de la profesión debe formar parte del día a día<br />
de nuestro trabajo.<br />
En próximos núnernos nos referiremos puntualmente a<br />
la sobrecarga postural en columna vertebral, y que mecanismos<br />
de prevención podemos poner en marcha.
Interés General<br />
PRESIDENTES HISTORICOS<br />
Prof. Raúl Omar Chizzolini<br />
rchizzolini@speedy.com.ar<br />
Durante el período 1862-1880 se desarrollaron las denominadas<br />
Presidencias Históricas o Presidencias Liberales,<br />
encabezadas por Bartolomé Mitre, Domingo Faustino<br />
Sarmiento y Nicolás Avellaneda. Un porteño y dos provincianos<br />
protagonizaron una de las etapas más constructivas<br />
del pasado nacional o, mejor dicho, el inicio de un proceso<br />
histórico que se extendió a lo largo de décadas en las<br />
que la Argentina alcanzó el rango de potencia mundial.<br />
Los tres presidentes, aunque provenientes de distintas filiaciones<br />
políticas, tuvieron en común un proyecto de país<br />
a largo plazo, construido sobre cimientos muy sólidos basados<br />
en el fomento de la educación, el ordenamiento institucional<br />
y territorial del país y la inmigración. Los tres,<br />
sin solución de continuidad ni revanchismos estériles,<br />
trabajaron junto a un elenco de destacados colaboradores<br />
para fundar la Argentina Moderna. La honestidad y la<br />
capacidad fueron el común denominador que caracterizó<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
44<br />
los mandatos de Mitre, Sarmiento y Avellaneda, hombres<br />
que hoy podrían mostrar su declaración jurada sin ocultamientos<br />
ni sonrojos, hombres que dejaron la presidencia<br />
con el mismo patrimonio con el que ingresaron. Mitre,<br />
fundó el primer partido político nacional orgánico, basado<br />
en una doctrina cuya difusión no necesitaba de masivas<br />
concurrencias alquiladas. Ese partido fue el pilar para su<br />
acceso a la Presidencia. En Sarmiento, que no tenía partido,<br />
aunque luego será protagonista activo de la creación<br />
del Partido Autonomista Nacional, pesó su prestigio y reconocimiento<br />
tanto en el interior como en Buenos Aires.<br />
Avellaneda, como Ministro de Instrucción Pública de su<br />
antecesor, recorrió la geografía nacional fundando escuelas,<br />
con lo que su imagen se elevó políticamente sin<br />
necesidad de abultadas chequeras. Así, con estos pergaminos<br />
llegaron a la presidencia estos tres destacados<br />
hombres de nuestra historia, en medio de adversidades y<br />
consecuentes complicaciones, pero con proyectos y realizaciones,<br />
y sin tediosos discursos grandilocuentes, vacíos<br />
de contenido que solo sirven para el aplauso rentado de<br />
selectas tribunas obsecuentes. Gobernaron, y eso fue suficiente,<br />
porque para ellos gobernar era poblar, educar,<br />
crecer, conciliar, sin caer en la bajeza de reflotar odios<br />
del pasado para ocultar las incapacidades del presente.
EL EJEMPLO DE LOS<br />
Recientemente he tenido la satisfacción de participar de dos hechos<br />
que enaltecen a quienes fueron sus directos protagonistas<br />
y deberían enorgullecer a toda nuestra profesión. Cronológicamente<br />
y no por orden de importancia, debo mencionar en primer<br />
término el desinteresado gesto realizado por nuestro Colega Cr.<br />
FRANCISCO MARIO ALBERTO GUARAGNA, matriculado de la<br />
Delegación de San Isidro. Las autoridades de esa Delegación,<br />
oportunamente, solicitaron al nombrado la participación como<br />
Auditor Externo de los Estados Contables de nuestro Consejo<br />
<strong>Profesional</strong> por los años 2009/2010. El nombrado, Delegado Suplente<br />
de la misma ejerció y ejerce las tareas inherentes a dicho<br />
nombramiento y percibió una retribución, la cual, en gran parte<br />
y en forma totalmente desinteresada fue donada a la Comisión<br />
de Solidaridad, creada en la Delegación para paliar, seguramente<br />
solo en parte, las necesidades de comedores públicos de la zona<br />
de influencia. Vaya nuestro afectuoso reconocimiento al autor de<br />
tan noble gesto.<br />
El otro evento destacable, al menos para quienes ejercemos<br />
responsabilidades dentro de la estructura de nuestro Consejo<br />
<strong>Profesional</strong> o de nuestra Caja de Seguridad Social, fue el ocurrido<br />
45 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Interés General<br />
PROFESIONALES durante el acto de jura de nuevos matriculados y entrega de me-<br />
Dr. CP Roberto Bufelli<br />
Vicepresidente C.A.F.<br />
dallas a los Colegas que cumplieron 25 y 50 años con la profesión<br />
en la Delegación San Martín. Aquí se desarrollaba normalmente<br />
el acto para el que fuéramos gentilmente convocados y antes<br />
de finalizar el mismo y pasar al vino de honor, de estilo en estas<br />
celebraciones, la Cra. Myriam Cutrono, solicitó la palabra a las<br />
autoridades de la Delegación. Grande fue la sorpresa, para todos<br />
los presentes, cuando la Colega nombrada procedió a enaltecer<br />
las bondades de nuestro sistema jubilatorio y de acción social,<br />
recomendando a todos los nuevos matriculados la observancia<br />
del cumplimiento de sus normas para que la misma pueda crecer<br />
y seguir manteniendo la obra que realiza ayudando a cientos o<br />
miles de matriculados que necesitan de ella, más grande aún fue<br />
el asombro de los presentes cuando pasó a realizar un encendido<br />
apoyo de todos aquellos matriculados que realizamos tareas en la<br />
estructura del Consejo <strong>Profesional</strong> o de la Caja de Seguridad Social,<br />
entregando nuestro tiempo y formación en forma totalmente<br />
desinteresada y para bien de la matrícula.<br />
En estas breves palabras vaya mi reconocimiento a estos<br />
dos matriculados y en sus personas a otros tantos que<br />
seguramente, fueron, son y serán capaces de proceder de<br />
la misma manera en similares circunstancias. Esto nuevamente,<br />
nos hace agradecer el pertenecer a la comunidad<br />
del Consejo <strong>Profesional</strong> de Ciencias Económicas de la<br />
Provincia de Buenos Aires.<br />
Desde<br />
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SOCIEDADES COMERCIALES<br />
Parte 3<br />
Dra. CP y Abogada Lucila Scinica<br />
Estipulaciones nulas:<br />
Serán nulas las estipulaciones que hagan:<br />
Que algunos de los socios reciban todos los beneficios o<br />
que se los excluya de ellos, o que sean liberados de contribuir<br />
en las perdidas.<br />
Que se le restituyan los aportes con un premio designado o<br />
con sus frutos ( haya o no ganancias ).<br />
Que aseguren al socio su capital o ganancias eventuales<br />
Que las totalidad de las ganancias y aun de las prestaciones<br />
a la sociedad, pertenezcan al socio o socios sobrevivientes.<br />
Que determinen un precio para la adquisición de la parte de<br />
un socio por otro, que se aparta notablemente de su valor real<br />
al tiempo de hacerla efectiva.<br />
Si se ordena una publicación y no se determina el órgano<br />
que debe hacerla ni los días que debe cumplirse, se deberá<br />
efectuar por una sola vez en el diario de publicaciones legales<br />
de la jurisdicción que corresponda.<br />
Fondo común:<br />
El fondo común o capital social es la suma de los aportes<br />
realizado.<br />
Los aportes podrán ser bienes, marcas, servicios, derechos,<br />
patentes, etc.<br />
En las sociedades de responsabilidad limitada y por acciones,<br />
el aporte debe ser de bienes determinados susceptibles<br />
de ejecución forzada.<br />
Si los aportes son derechos, estos deberán estar debidamente<br />
instrumentados y deberán referirse a bienes susceptibles<br />
de ser aportados y que no sean litigiosos.<br />
Cuando los aportes sean créditos, la sociedad será cesionaria<br />
de los mismos.<br />
El aportante responde por la existencia y legitimidad del<br />
crédito.<br />
En el caso que el crédito no pueda ser cobrado a su vencimiento,<br />
el socio deberá aportar una suma de dinero en forma<br />
efectiva en 30 días.<br />
Si son títulos cotizables en bolsa, podrán ser aportados<br />
hasta por su valor de cotización.<br />
Si son bienes gravados se considerara su valor deduciendo<br />
el gravamen.<br />
Otro tipo de aporte es el uso y goce de bienes pero debe<br />
dejarse estipulado expresamente, de lo contrario se presume<br />
que se aporto la propiedad.<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
46<br />
En caso de perdida del aporte de uso y goce ( parcial o total<br />
), salvo pacto en contrario, será el socio el que la soporta<br />
siempre que no fuere imputable a la sociedad o a otro socio.<br />
En caso de disolución, el socio podrá exigir la devolución en el<br />
estado en que se encuentre.<br />
En caso de evicción(1) podrá excluirse al socio y será responsable<br />
por los daños ocasionados.<br />
El socio responsable de evicción podrá sustituir el bien por<br />
otro de igual especie y calidad sin dejar de ser responsable<br />
por los daños ocasionados.<br />
Cuando se suscribe el capital en una sociedad se considera<br />
que se ha aportado el 100%.<br />
Si es dinero, el aporte puede ser del 25% como mínimo en<br />
el acto constitutivo y el 75% restante podrá hacerse en un plazo<br />
máximo de 2 años.<br />
El dinero debe ser de curso legal, si es en dólares debe<br />
hacerse la conversión al momento del aporte.<br />
No existe sociedad comercial sin aporte de los socios<br />
Los bienes pasan a ser dominio de la sociedad.<br />
Los aportes se transformarán en el capital social y este se<br />
dividirá en acciones, en cuotas o por parte de interés.<br />
En el contrato social se establece como se realizará el ejercicio<br />
social donde se volcarán todas las operaciones de la sociedad,<br />
para luego realizar los balances ( estado patrimonial,<br />
activos, pasivos, etc ) y la disposición de las utilidades.<br />
Todo el ejercicio social va ha ir plasmado en el legajo para<br />
poder ser oponible a terceros.<br />
Las ganancias van ha poder distribuirse cuando sean líquidas<br />
y realizadas, es decir que consten en el balance gral.<br />
aprobado por la asamblea gral. de socios en el cierre del ejercicio<br />
(por eso la importancia de la fecha de cierre del ejercicio).<br />
El primer ejercicio podrá ser mayor o menor a 12 meses.<br />
Régimen de nulidad :<br />
La nulidad causa el aniquilamiento de los efectos propios<br />
del acto y esta establecida expresamente en la ley.<br />
Toda sanción va ha actuar en razón de la causa originaria y<br />
dicha sanción será contemporánea a la celebración del acto.<br />
La nulidad puede ser absoluta o relativa.<br />
La nulidad absoluta puede ser declarada de oficio por el<br />
juez, la causal nunca prescribe y no se puede subsanar.<br />
En la nulidad relativa la parte ha sido afectada y le pide al<br />
juez que haga una apreciación judicial para que lo subsane (<br />
falta un dato o es erróneo ).<br />
Existe una diferencia de la nulidad en una sociedad civil y<br />
en una comercial.<br />
En la primera se aniquilan todos los efectos desde el momento<br />
que fue celebrado el contrato ( es retroactivo ), mientras<br />
que en las comerciales es desde el día que lo declara el<br />
juez, siendo todo lo anterior válido y continuando sus efectos<br />
( no se retrotrae en el tiempo )
Si hay nulidad que afecte el vínculo de un socio con la sociedad,<br />
no producirá la nulidad, anulación o resolución del contrato,<br />
salvo que la participación o la prestación de ese socio<br />
se considere esencial.<br />
Si una sociedad es de dos socios, el vicio de la voluntad<br />
hará anulable al contrato.<br />
Si la sociedad es de más de dos socios, el contrato será<br />
anulable cuando los vicios afecten la voluntad de los socios<br />
que posean la mayoría del capital.<br />
Es nula la constitución de una sociedad de los tipos no autorizados<br />
por la ley.<br />
Si se omite cualquier requisito esencial no tipificante ( comunes<br />
a toda sociedad ), hace anulable al contrato pudiendo<br />
subsanarse antes de su impugnación judicial.<br />
Los requisitos tipificantes son los que caracterizan a un<br />
tipo de sociedad.<br />
Las sociedades de objeto ilícito son nulas de nulidad absoluta.<br />
Los terceros de buena fe podrán alegar la existencia de la<br />
sociedad, sin que los socios puedan alegar la nulidad.<br />
Los socios no podrán alegar la existencia de la sociedad, ni<br />
aún para demandar a terceros o para reclamar la restitución<br />
de los aportes, la división de la ganancia o la contribución a<br />
las perdidas.<br />
Una vez que se ha declarado la nulidad, se procederá a la<br />
liquidación de la sociedad por quien designe el juez.<br />
Habiendo cumplido con el pasivo social y los daños causados,<br />
el remanente va al estado para el fomento de la educación<br />
común de la jurisdicción respectiva.<br />
Los socios, administradores responderán en forma ilimitada<br />
y solidariamente por el pasivo social y los perjuicios causados.(<br />
no hay beneficio de excusión )<br />
Si la sociedad tiene un objeto licito pero realiza actividades<br />
ilícitas, se procederá a su disolución y liquidación ( a pedido<br />
de parte o de oficio ), igual que las sociedades con objeto<br />
ilícito.<br />
Los socios que puedan probar su buena fe, podrán recuperar<br />
su porcentaje del remanente de la liquidación y no serán<br />
responsables en la forma que se establece en caso de una<br />
sociedad ilícita.<br />
Si la sociedad tiene un objeto prohibido en razón del tipo,<br />
serán nulas de nulidad absoluta.<br />
Se les aplicará todo lo referente a una sociedad de objeto<br />
ilícito, salvo lo referente al remanente de la liquidación que,<br />
si no hay disposición que diga lo contrario, se distribuirá en<br />
proporción a la participación de cada socio en las ganancias.<br />
La diferencia de un objeto ilícito a uno prohibido es que el<br />
primero es contrario a la ley, a la moral y al orden publico,<br />
mientras que el prohibido en razón del tipo social es aquello<br />
que no se permite para una sociedad determinada ( un banco<br />
o una compañía de seguro debe funcionar en una S.A. y no en<br />
una colectiva )<br />
Sociedades controladas<br />
Se consideran sociedades controladas cuando una sociedad<br />
(controlante) posee una participación y el porcentaje de<br />
votos suficientes como para formar la voluntad social en las<br />
reuniones sociales o asambleas ordinarias.<br />
Sociedades vinculadas<br />
Son vinculadas cuando una participa en más de un 10% del<br />
capital de la otra. Si participa en más de un 25% deberá comunicárselo<br />
a fin de que en su próxima asamblea ordinaria<br />
tome conocimiento del hecho.<br />
Sociedad no constituida regularmente:<br />
Pertenecen a este grupo las sociedades de los tipos autorizados<br />
que no se regularizaron (irregulares) y las sociedades<br />
de hecho que tengan un objeto comercial ( único caso donde<br />
se analiza el objeto ). También serán consideradas sociedades<br />
irregulares aquellas que se inscribieron pero tienen un<br />
vicio que deben subsanar y nunca lo hacen.<br />
Estas sociedades se regularizan adoptando uno de los tipos<br />
previstos en esta ley.<br />
Una vez regularizadas, estas sociedades no se disuelven,<br />
sino que continúan como regularizadas manteniendo los<br />
efectos de los derechos y obligaciones anteriores como la<br />
responsabilidad anterior de los socios.<br />
La regularización puede ser pedida por cualquiera de los<br />
socios debiendo comunicárselo a los demás en forma fehaciente.<br />
Convocada la reunión, lo que se resuelva deberá ser<br />
por mayoría de socios.<br />
En caso afirmativo, deberá otorgarse el instrumento correspondiente,<br />
cumplirse las formalidades del tipo y solicitarse<br />
la inscripción registral dentro de los 60 días de recibida<br />
la ultima notificación.<br />
En caso negativo o si la inscripción no fue solicitada en término,<br />
cualquier socio podrá exigir la disolución de la sociedad<br />
desde la fecha de la resolución social denegatoria o desde el<br />
vencimiento del plazo para la inscripción sin que los demás<br />
socios puedan requerir nuevamente la regulación.<br />
Cualquiera de los socios podrá exigir la disolución de la<br />
sociedad.<br />
Esta se producirá en la fecha en que el socio haya notificado<br />
fehacientemente su decisión a todos los consocios, salvo<br />
que la mayoría de éstos resuelva regularizarla dentro de los<br />
10 días y solicite la inscripción dentro de los 60 días ( desde la<br />
ultima notificación ).<br />
En caso que proceda la regulación, los socios que votaron<br />
contra la misma ( y no quieren continuar en la sociedad regularizada<br />
) tienen derecho a una suma de dinero equivalente al<br />
valor de su parte a la fecha del acuerdo social que la dispone.<br />
Si existen operaciones pendientes, el socio participará en<br />
los beneficios o soportará sus pérdidas y la sociedad podrá<br />
retener la parte del socio hasta concluir las operaciones en<br />
curso. El socio responderá hacia terceros por las obligaciones<br />
sociales hasta la inscripción de la modificación del contrato<br />
en el Registro Publico de Comercio.<br />
La protección legal será a partir de la inscripción, salvo<br />
acuerdo con los acreedores.<br />
Los socios y administradores quedarán obligados solidariamente<br />
por las operaciones sociales, sin que puedan invo-<br />
47 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Sociedades
Sociedades<br />
car el beneficio de excusión ni las limitaciones que se funden<br />
en el contrato social.<br />
Ni la sociedad ni los socios pueden oponer a terceros o entre<br />
si, los derechos o defensas establecidos en el contrato<br />
social, pero la sociedad si podrá ejercer los derechos emergentes<br />
de los contratos celebrados.<br />
Respecto a terceros, cualquier socio representa a la sociedad.<br />
La existencia de la sociedad puede acreditarse por cualquier<br />
medio de prueba.<br />
Los socios:<br />
El estado de socio se adquiere cuando, en el estatuto de la<br />
sociedad, quede estipulado nuestro nombre como socio de<br />
dicha sociedad, y es a partir de ese momento que nacen derechos<br />
y obligaciones.<br />
En las sociedades de hecho o en las irregulares no se consideran<br />
a las partes como socios.<br />
Capacidad:<br />
El socio deberá tener la libre disposición de los bienes. Una<br />
persona tiene la libre disposición de los bienes después de la<br />
mayoría de edad ( 21 años ).<br />
Con la emancipación que se obtiene a los 18 años, igualmente<br />
el menor no tiene la “libre” disposición de los bienes.<br />
Por lo tanto un menor no puede formar una sociedad salvo<br />
que sea una sociedad familiar o que sea por causa de una<br />
herencia, donde el juez de la sucesión deberá aprobar el contrato<br />
constitutivo.<br />
La responsabilidad del menor nunca es ilimitada por lo<br />
tanto solo podrá formar una sociedad del tipo S.R.L o S.A (<br />
siempre con una responsabilidad limitada ). En caso de violar<br />
esta disposición, hará responsable solidaria e ilimitadamente<br />
al representante del menor y a los socios mayores de edad<br />
por los daños y perjuicios causados al menor.<br />
Los esposos pueden integrar entre si sociedades por acciones<br />
y de responsabilidad limitada.<br />
Cuando uno de los cónyuges adquiera por cualquier título<br />
la calidad de socio del otro en sociedades de distinto tipo que<br />
las anteriores, dicha sociedad deberá transformarse en el<br />
plazo de 6 meses o uno de los esposos deberá ceder su parte<br />
a otro socio o a un tercero en el mismo plazo, de lo contrario<br />
la sociedad es nula.<br />
Las sociedades anónimas y en comandita por acciones podrán<br />
formar parte como socias, solo de sociedades por acciones.<br />
Ninguna sociedad podrá participar en otra por un monto<br />
superior a sus reservas libres y a la mitad de su capital y de<br />
las reservas legales.( salvo aquellas cuyo objeto sea exclusivamente<br />
financiero o de inversión o que el exceso en la participación<br />
resultare del pago de dividendos en acciones o por la<br />
capitalización de reservas.<br />
Será nula la constitución de sociedades o el aumento de<br />
su capital mediante participaciones reciprocas, y hará responsable<br />
en forma ilimitada y solidaria a los fundadores, administradores,<br />
directores y síndicos, teniendo 3 meses para<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
48<br />
reducir el capital indebidamente integrado.<br />
Socio aparente<br />
El socio aparente es aquel que presta su nombre como<br />
socio pero no es considerado como tal por los verdaderos<br />
socios, tenga o no parte en las ganancias de la sociedad.<br />
Respecto a terceros, si será considerado como socio por<br />
sus obligaciones y responsabilidades y tendrá acción contra<br />
los socios para ser indemnizado por lo que pagare.<br />
Socio oculto<br />
El socio oculto tiene responsabilidad subsidiaria, ilimitada y<br />
solidaria por las obligaciones sociales. Un pacto en contrario<br />
no es oponible a terceros.<br />
Socio del socio<br />
El socio del socio carece de la calidad de socio y de toda<br />
acción social.<br />
Derechos y obligaciones de los socios<br />
Los derechos y obligaciones del socio aparecen desde la<br />
fecha de inscripción del estatuto.<br />
El derecho mas importante es el derecho a la información,<br />
lo que le permite solicitar, en cualquier momento, la exhibición<br />
de los libros de inventario y balance (1 ) y el diario, los<br />
cuales podrán pedirse al administrador o al sindico ( según el<br />
tipo de sociedad de que se trate ).<br />
Otro derecho que posee el socio es el de participar en las<br />
reuniones sociales para que pueda expresar su voluntad.<br />
Dentro de las obligaciones o deberes que tiene el socio es<br />
el deber de lealtad ya que debe trasmitir confianza, no debe<br />
tener ningún interés en contrario con la sociedad, debe prestar<br />
colaboración permanente y debe fidelidad a la sociedad.<br />
Jamas puede ir en contra de ella.<br />
Otros de los deberes será el soportar las perdidas por<br />
ejemplo en el momento de la liquidación cuando los fondos<br />
no sean suficientes ( ver beneficio de excusión )<br />
Si se produce un daño a la sociedad por dolo o culpa por<br />
parte de un socio o por el que no siéndolo la controle tendrá la<br />
obligación de indemnizar sin que pueda alegar compensación<br />
por otros negocios exitosos realizados.<br />
Cuando un socio utilice fondos o efectos de la sociedad<br />
para uso propio o de terceros quedará obligado a traer a<br />
la sociedad la ganancia resultante y las perdidas serán por<br />
cuenta suya.<br />
Administración y representación<br />
Dentro de las sociedades se va ha elegir un órgano de administración<br />
( esfera interna ) y un órgano de representación<br />
( esfera externa ).<br />
La esfera interna será la que se encarga de los libros, registros,<br />
etc.<br />
La esfera externa es la que nos representa frente a terceros<br />
En sociedades pequeñas los dos órganos podrán estar unidos<br />
en una misma persona mientras que en una S.A el representante<br />
será el director.
El administrador o representante obliga a la sociedad por<br />
todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto<br />
social<br />
El accionar de este representante estará limitado por los<br />
limites del objeto social; los actos que notoriamente quedan<br />
fuera del objeto social, lo harán a él personalmente responsable<br />
( doctrina ULTRA VIRES ).<br />
La designación del administrador se hace en las reuniones<br />
sociales con validez desde la fecha que figura el acto de<br />
nombramiento y el anterior administrador seguirá teniendo<br />
responsabilidad por los actos aun en ejecución.<br />
Toda designación o cesación de los administradores debe<br />
ser inscripta en los registros correspondientes e incorporada<br />
al legajo de la sociedad para que sea oponible a terceros.<br />
El administrador puede o no ser socio.<br />
El socio que deja de ser administrador sigue teniendo la calidad<br />
de socio pero no podrá opinar sobre su anterior gestión.<br />
La ley establece que el plazo máximo de administración<br />
será de 3 ejercicios, por lo que en caso de continuar deben<br />
ser reelegidos.<br />
El nombramiento del nuevo administrador deberá llevarse<br />
al registro publico para que pueda ser oponibles a terceros.<br />
La revocación puede hacerse con o sin<br />
causa.<br />
El administrador podrá renunciar en cualquier momento<br />
pero sin causar perjuicio a la sociedad, por lo tanto no podrá<br />
ser en forma intempestiva ni dolosa porque de lo contrario<br />
responderá en forma personal .<br />
Los administradores de la sociedad deben obrar con lealtad<br />
y con la diligencia de un buen hombre de negocio.(1)<br />
Los que faltaren a sus obligaciones serán responsables en<br />
forma solidaria e ilimitada por los daños que resulten de su<br />
acción u omisión.<br />
Cuando haya responsabilidad del administrador este podrá<br />
ser eximido de la misma cuando este no haya participado de<br />
la gestión que se tomó o cuando este haya participado pero<br />
haya dejado asentada en forma expresa su protesta.<br />
Otro situación es cuando no puede eximirse de la responsabilidad<br />
pero se extingue la misma.<br />
Existen 3 casos o “tipos de perdón” en donde puede extinguirse<br />
su responsabilidad, salvo violación de la ley estatuto<br />
La sociedad aprueba la gestión o realiza una transacción<br />
con el administrador ( quitus)<br />
La sociedad no aprueba la gestión pero renuncia a iniciarle<br />
acciones<br />
(1) VISTO el expediente Nº 759/03 caratulado “MARÍA MAR-<br />
CELINA ADORNETTO s/ Denuncia”, ( Comision Nacional de<br />
Valores ) “ Que la diligencia de un buen hombre de negocios<br />
establecida por el artículo 59 de la LSC fija un estándar de<br />
conducta, y el legislador ha pretendido en él idoneidad y eficiencia<br />
en el desempeño de las funciones de los administradores<br />
y representantes de la sociedad.<br />
Que el patrón de apreciación de conducta que brinda el<br />
artículo 59 de la LSC – “diligencia del buen hombre de negocios”<br />
– impone la previsión de acontecimientos que no resultan<br />
absolutamente desacostumbrados en el ámbito de la<br />
actividad de la que se trata según la experiencia común (Cám.<br />
Nac. Com., Sala D, 9/11/95, “Estancia Procreo Vacunos S.A. c.<br />
Lenzi Carlos, y otros”).<br />
Que, a su vez, tal como acertadamente enseña Alberto Verón<br />
(“Sociedades Comerciales, Ley 19.550 y modificatorias –<br />
Comentada, Anotada y Concordada” – Tomo I), la noción de<br />
“buen hombre de negocios” establece una auténtica responsabilidad<br />
profesional, ya que implica capacidad técnica, experiencia,<br />
conocimientos.”<br />
Fabio A. Marquez<br />
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49 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Sociedades
Actividades realizadas en nuestras delegaciones<br />
DESPIDAMOS EL AÑO JUNTOS!!!<br />
Avellaneda: Sábado 4 de Diciembre 21,30. Lugar a confirmar.<br />
Lomas: Sábado 20 de noviembre, 13 horas, Quinta Los Laureles, Dr. Medel 1386- Monte Grande.<br />
Morón: Viernes 10 de diciembre, 21.30 horas en “El Mangrullo”, Autopista Richieri Km 20, Ciudad Evita.<br />
San Martín: Sábado 27 de noviembre, en la Delegación San Martín, horario a confirmar.<br />
San Isidro: Viernes 26 de noviembre, Club San Fernando, Sarmiento y Escalada s/n.<br />
AVELLANEDA<br />
Reunión<br />
de las mesas del Consejo y de la Caja<br />
en nuestra delegación, el día viernes<br />
13 de Agosto de 2010.<br />
Jura<br />
de nuevos matriculados en nuestra<br />
delegación, realizada el viernes 13<br />
de Agosto de 2010.<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Día del Niño<br />
El pasado 7 de agosto, se realizó la fiesta del día del niño en la Delegación<br />
Avellaneda.<br />
Los chicos disfrutaron del teatro de sombras, shows de magia y globología.<br />
También hubo sorpresas y regalos para todos.<br />
50
LOMAS DE ZAMORA<br />
Día del Niño<br />
El 7 de agosto festejamos el día del<br />
niño con la presencia de Ripayasotos<br />
que animaron una tarde maravillosa.<br />
Actividades realizadas en nuestras delegaciones<br />
Exposición<br />
51 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Realizada el día 16/07 en Lomas de<br />
Zamora, a cargo de María Magdalena<br />
Sorhobigarat.<br />
Peña<br />
El sabado 17 de julio a las 21Hs se<br />
realizó en nuestra delegación una<br />
peña de la cual fueron parte los artistas<br />
Andres Tuzzi acompañado por<br />
Julia Otero Martinez y Ariel “ cata”<br />
Gutierrez;<br />
Tel./Fax: 4790-3242<br />
roberto@estudio-bufelli.com.ar<br />
hernan@estudio-bufelli.com.ar
Actividades realizadas en nuestras delegaciones<br />
MORÓN<br />
SAN MARTÍN<br />
Jura y Entrega de Medallas<br />
Delegación San Martín<br />
SAN ISIDRO<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
52<br />
Taller de procedimiento clase II<br />
Realizado en Dlg Morón el 03/08<br />
Disertante: Dr. Oscar Fernandez<br />
El dia 4 de junio de 2010 se llevo a cabo<br />
la ceremonia de jura de nuevos matriculados<br />
y entrega de medallas a los<br />
colegas que cumplieron 25 y 50 años.<br />
Nos despertó especial admiración el<br />
Dr. Juan Ramón Miramont que cumplió<br />
50 años con la profesión.
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Actividades realizadas en nuestras delegaciones<br />
ESTUDIOSalavé ESTUDIOSalavé<br />
CONSTITUCIONES S.A. – S.R.L. – S. C.A. – ASOC. CIVILES – FUNDACIONES<br />
TRAMITES REGISTRALES EN IGJ (CAPIT AL FEDERAL) Y DPPJ (LA PLATA)<br />
CAMBIO DE DIRECTORIO Y/O GERENCIA - CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL<br />
CESIONES DE CUOTAS DE S.R.L. – RECONDUCCIONES – PRORROGAS DEL PLAZO<br />
AUMENTOS DE CAPITAL SOCIAL INFERIOR Y SUPERIOR AL QUINTUPLO<br />
CAMBIO DE JURISDICCION DESDE Y HACIA CAPITAL FEDERAL<br />
SOCIEDADES EXTRANJERAS – NACIONALIZACION POR ART. 124 LSC.<br />
RUBRICA DE LIBROS SOCIETARIO S Y CONTABLES EN IGJ Y DPPJ<br />
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53 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong>
Actividades<br />
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Fecha Tema Docentes Horario<br />
7 y 14 de Septiembre de<br />
2010<br />
Responsabilidad del Auditor<br />
(incluye papeles de trabajo)<br />
Septiembre de 2010 Curso Interdisciplinario<br />
Intensivo de Administración<br />
de Consorcios de Propiedad<br />
Horizontal<br />
Inicio 21/09/2010<br />
12/10/2010 - 26/10/2010<br />
9/11/2010 - 23/11/2010<br />
30/11/2010<br />
Curso sobre Normas Contables<br />
<strong>Profesional</strong>es<br />
29/09 - 27/10 - 24/11 Ciclo de Actualización Tributaria<br />
y Previsional<br />
27/10/2010 Ciclo de Actualización Tributaria<br />
y Previsional<br />
24/10/ 2010 Ciclo de Actualización Tributaria<br />
y Previsional<br />
Para más información: Telefonicamente al 4222-3850-4312 / 4201-7655 - email : dlgavellaneda@cpba.com.ar<br />
Receptoría Quilmes<br />
Fecha Tema Docentes Horario<br />
Jueves 16-09-2010 Actualizacion Normas Contables Dra. Ana M. Petti 16:00 a 20:00 hs.<br />
Miércoles 22-09-2010 Actualizacion Normas Contables Dra. Ana M. Petti 16:00 a 20:00 hs.<br />
Miércoles 29-09-2010 Actualizacion Normas Contables Dra. Ana M. Petti 16:00 a 20:00 hs.<br />
Miércoles 06-10-2010 Actualizacion Normas Contables Dra. Ana M. Petti 16:00 a 20:00 hs.<br />
Miércoles 13-10-2010 Actualizacion Normas Contables Dra. Ana M. Petti 16:00 a 20:00 hs.<br />
a confirmar 2° quinc.octubre Exportaciones Dr. Alejandro Crivella 16:00 a 20:00 hs.<br />
Para más información: Telefonicamente al 4257-0949-6217 - E-mail : recepquilmes@cpba.com.ar - Humberto I nro. 227-Quilmes<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Dr. Gustavo Montanini 7 a 21 hs. -<br />
Total 8 hs.<br />
Dr. Raúl Magnorsky a confirmar<br />
Dra. Ana María Pett<br />
Dr. Norberto Martinez Tejeda<br />
54<br />
17 a 21 hs-<br />
Total 24 hs<br />
Dr. Jorge Guglielmucci 18 a 21 hs<br />
Dr. Jorge Guglielmucci 18 a 21 hs<br />
Dr. Jorge Guglielmucci 18 a 21 hs<br />
Matriculados $ 110<br />
Otros Consejos $ 130<br />
Jóven <strong>Profesional</strong> $ 105<br />
Matriculados $ 500<br />
Jóven <strong>Profesional</strong> $ 475<br />
Otros Consejos $ 575<br />
Se puede abonar con dos<br />
cheques de pago diferido<br />
C.P.C.E.P.B.A.-DELEGACIÓN AVELLANEDA - Instituto de Postgrado e Investigación Técnica<br />
Inicio 29 de septiembre de 2010<br />
CARRERA DE POSTGRADO: ESPECIALIZACION EN<br />
TRIBUTACION<br />
en convenio con la Universidad Nacional de Mar<br />
del Plata<br />
Director Académico: Dr. Juan Oklander<br />
Coordinadores Académicos: Dres. Cristobal Cortés, Marcelo Gómez y Carlos<br />
Concalves.<br />
DIPLOMA OTORGADO: ESPECIALISTA EN TRIBUTACION: expedido por la<br />
UNMdL.<br />
Régimen de Admisión:<br />
Ser Contador Público, graduado en Universidades Públicas o Privadas con<br />
reconocimiento oficial.<br />
Estar matriculado en el C.P.C.E.P.B.A. y no adeudar importe alguno en<br />
concepto de ejercicio profesional.<br />
Excepcionalmente podrán inscribirse profesionales de otros C.P.C.E. con<br />
matrícula al día o de otras profesiones admitidas por la U.N.M.d.P con<br />
matrícula habilitada en sus respectivas instituciones profesionales.<br />
Metodología de cursado y sistema de evaluación:<br />
Los módulos que componen la Carrera se dictarán con clases presenciales<br />
durante dos años lectivos sucesivos a partir de la iniciación. La carga horaria<br />
total de la carrera será de 360 horas asistenciales.<br />
Asignaturas - Eje temático Carga horaria<br />
Principios de la tributación<br />
Procedimiento, sanciones y otros aspectos generales<br />
de la tributación.<br />
Imposición sobre Rentas y Patrimonios<br />
Imposición sobre los consumos<br />
Total horas 360<br />
Duración estimada: 27 meses<br />
Arancel: General: $11.000,00<br />
Jóven Graduado: $ 10450,00<br />
Matrícula: $ 900,00 (que se tomará como pago a cuenta del arancel total). El<br />
pago implica el reconocimiento como alumno de la carrera.<br />
Lugar de realización: Monseñor Piaggio 42- Avellaneda.<br />
Formas de Pago: ContadoCheques diferidos propios - Crédito de la<br />
CSSPCEPBA - Tarjeta de Crédito Visa del Banco Francés<br />
INFORMES / INSCRIPCIÓN<br />
Delegación Avellaneda - C.P.C.E.P.B.A. - Calle: Monseñor Piaggio<br />
42-Avellaneda - por mail a: dlgavellaneda@cpba.com.ar - Telefónicamente<br />
al ( 011 ) 4222-3850/4312<br />
48<br />
88<br />
88<br />
88<br />
90
Comisiones de la Delegación Avellaneda<br />
Impuestos<br />
Dr. Obelleiro Redonda<br />
Dr. Raúl Antonio Klag<br />
Dra. Adriana Belotte<br />
Dr. Roberto Gedeon<br />
Dr. Marcelo Fernandez<br />
Dr. Luis Tomás Felice<br />
Dr. Alejandro Brescancin<br />
Dr. Martin Garobbio<br />
Cursos<br />
Dr. Luis Galli<br />
Dr. Raúl Puhl<br />
Dr. Roberto Gedeon<br />
Dr. Marcelo Fernandez<br />
Dra. Karina Ferreyra<br />
Dr. Guillermo Maehamasaki<br />
Dr. Hernás Suppes<br />
Dr. Alfredo Bies<br />
Dra. Mariana Schegvitz<br />
Justicia / sindicatura y pericial<br />
Dra. Inés do Santos<br />
Dr. Obelleiro Redonda Jaime<br />
Dr. Daniel Julio Garcia<br />
Cultura y deportes<br />
Dr. José J. Ministro Chumbinho<br />
Dra. Laura Belis<br />
Informatica<br />
Dr. Miguel Lardo<br />
Jovenes graduados<br />
Dr. Juan C. Oliveto do Santos<br />
Dr. Alejandro Brescancin<br />
Dr. Alfredo Bies<br />
Contabilidad y auditoria<br />
Dr. Raúl Puhl<br />
Cursos Delegación Lomas de Zamora<br />
Capacitación dentro del Ciclo de Conferencias gratuitas:<br />
REGIMENES DE INFORMACION – HONORARIOS DIRECTORES –<br />
JURISPRUDENCIA JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA<br />
Docentes a Cargo: Dr. Juan Verrina- Dra. Daniela Brugnoli<br />
Día de dictado: jueves 2 de septiembre<br />
Horario: 19 a 21 Hs<br />
Entrada sin Cargo<br />
ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS<br />
Docente a cargo: Dr. Maximiliano Jorge Álvarez<br />
Día de dictado: jueves 23 de septiembre<br />
Horario: 19 a 21 Hs.<br />
Entrada sin Cargo<br />
FORMAS DE GARANTIA PARA LA FINANCIACION DE PYMES<br />
Docente a cargo: Funcionarios FOGABA<br />
Día de dictado: jueves 17 septiembre<br />
Horario: A confirmar<br />
Entrada sin Cargo<br />
REGULARIZACION DE SOCIEDAD DE HECHO A S.R.L. CON<br />
APORTE DE UN FONDO DE COMERCIO<br />
Docentes a cargo: Dras. Lucila Alicia Scinica y Nelly Bressan<br />
Día de dictado: jueves 21 de octubre<br />
Horario: 19 a 21 Hs.<br />
Entrada sin Cargo<br />
Cursos: PRÁCTICA PROCESAL. ACORDADA 2728<br />
EXPOSICION DE PINTURA - RECITAL DE MUSICA FOLKLORICA<br />
Y CIUDADANA<br />
Sábado 18 de septiembre 19.00 y 21.00 horas<br />
EXPOSICION DE PINTURA - RECITAL DE TANGO Y MUSICA LA-<br />
TINOAMERICANA<br />
Sábado 16 de octubre 19.00 y 21.00 horas<br />
EXPOSICIÓN DEL TALLER EXPERIMENTAL DE ARTES VARIAS<br />
Viernes 22 de octubre 19 horas<br />
Escapada a Isla Martín García<br />
Sábado 23 de octubre 10 horas<br />
55 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Dra. Laura Belis<br />
Enlace con organismos y otras entidades<br />
Dr. Luis Felice<br />
Dr. Alejandro Brescancin<br />
Dra. Adriana Belotte<br />
Dr. Roberto Gedeon<br />
Dr. Marcelo Fernandez<br />
Cooperativas y pymes<br />
Dr. Carlos Garcia Vazquez<br />
Dr. José Luis Minissale<br />
Dr. Juan C. Oliveto do Santos<br />
Dr. Alberto Rodriguez<br />
Dr. Enrique Moure<br />
Comisión Receptoría Quilmes<br />
Justicia en Quilmes:<br />
Dr. Miguel Ángel Lipka<br />
Docentes a Cargo: Dres. Tobías Antonio Bonerba, Emilio Julio<br />
Bianco<br />
Días de dictado: martes y miércoles<br />
Horario: 18:30-21:30 Hs.<br />
Comienzo: 7 de septiembre<br />
Costo: $360<br />
Total de reuniones: 16<br />
ACTUALIZACIÓN EN NORMAS CONTABLES PROFESIONALES<br />
Docentes a Cargo: Dres. Julio Daniel Carson, Alberto Veiras,<br />
Daniel Ernesto Nuciforo, Héctor Mauricio Paulone, Rubén Oscar<br />
Telechea.<br />
Días de dictado: miércoles<br />
Horario: 19:30-21:30 Hs.<br />
Comienzo: 8 de septiembre<br />
Total de reuniones: 6<br />
Costo: Matriculados CPCEPBA $240, Matriculados en otras Jurisdicciones<br />
$300, Jóvenes Graduados Y estudiantes avanzados<br />
$120.<br />
TALLER DE IMPUESTOS A LAS GANANCIAS – NIVEL II<br />
Docentes a cargo: Dres: Roberto Córdoba, Gustavo Magariños<br />
Comienzo: Miércoles 22 de septiembre<br />
Horario: 19 a 21 Hs.<br />
CUPO LIMITADO: 30 ALUMNOS<br />
FIESTA DE FIN DE AÑO – ALMUERZO EN QUINTA LOS LAURELES<br />
sabado 20 de noviembre 13.00 horas<br />
“La resignación es un suicidio cotidiano.”<br />
Balzac Integran la comisión el Dr. Hugo Alberto Aquino y Dra<br />
Lucila Alicia Scinica<br />
Les recordamos que ya abrió sus puertas el Centro de Mediación Lomas. Para consultas e informes<br />
comunicarse al 4292-7076/77 y al 4244-6687, por mail a mediacion.lomas@cpba.com.ar o Manuel<br />
Castro 535 Lomas de Zamora.<br />
“La búsqueda del diálogo facilita la solución del conflicto”<br />
Actividades
Actividades<br />
Comisiones de la Delegación de Lomas de Zamora<br />
Cooperativas, Mutuales y<br />
otros entes de Interés Comunitario<br />
Reuniones: El primer miércoles de cada mes.<br />
Responsable: Dr. Maximiliano Jorge Álvarez.<br />
Acción Fiscalizadora<br />
Reuniones: Consultar en Delegación<br />
Responsable: Dr. Jacobo Mario Waisberg<br />
Actuación Judicial<br />
Reuniones: 4º martes de cada mes<br />
Responsable: Dra. Adriana Elena Donato<br />
Centro y Comisión de Mediación<br />
Reuniones: 2º lunes de cada mes 19 hs.<br />
Responsable: Dra. Susana Mabel Costa<br />
Contabilidad<br />
Reuniones: 4º miércoles de cada mes a partir de Abril 2010<br />
de 16.00 a 18.00 hs.<br />
Responsable: Dr. Hugo Alberto Aquino<br />
Cultura<br />
Reuniones: 1º y 3º Miércoles de cada mes 18 hs.<br />
Responsable: Dra. Lucila Alicia Scinica<br />
Cursos<br />
Reuniones: Consultar en Delegación<br />
Responsable: Dr. Alberto Veiras<br />
Consultas Técnicas<br />
Societarias<br />
Dr. Francisco Antonio De Gennaro<br />
Tel.: 4202-7090 (11 a 13Hs)<br />
Dra. Lucila Alicia Scinica<br />
Tel.: 4233-5578 (14:30 a 17hs)<br />
Impositivas<br />
Dra. Irene Nilda Kagami<br />
Tel.: 4244-5987 (14 a 18Hs)<br />
Dr. Daniel Marcelo Romero<br />
Tel.: 4242-1656/ 4582 O 4202-0288<br />
Dr. Roberto Jesús Córdoba<br />
Tel.: 02225-423407<br />
Dr. Gustavo Emilio Magariños<br />
Tel.: 4292-9827<br />
Actuación Judicial<br />
Dr. Emilio Julio Bianco<br />
Tel.: 4202-1153<br />
Dra. Sandra Mónica Rizzo<br />
Tel.: 4299-4555<br />
smrizzo@speedy.com.ar<br />
Dra. María Alicia Bertolot<br />
Tel.: 4202-5101<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Dra. Susana Mabel Costa<br />
Tel.: 4243-1203 (de 14 a 19Hs)<br />
estudiosmcosta@ciudad.com.ar<br />
Dra. Susana Beatriz Baffini<br />
Tel.: 4244-7127<br />
Dra. Adriana Elena Donato.<br />
Tel.: 4245-8943<br />
(Lun.- Mart.- Juev. 14 a 18 Hs)<br />
Dra. Yolanda Gaglione<br />
Tel.: 4282-1108 (14:30 a 18Hs)<br />
Contabilidad<br />
Dr. Daniel Ernesto Nuciforo<br />
Tel.: 4202-5101<br />
Dr. Rubén Oscar Telechea<br />
Tel.: 0221-15-4760682<br />
Dr. Alberto Veiras<br />
averias@ciudad.com.ar<br />
Dr. Julio Daniel Carson<br />
Tel.: 15-57623625<br />
Dr. Hugo Alberto Aquino<br />
Tel.: 15-51487071<br />
haaquino1@hotmail.com<br />
56<br />
Deportes<br />
Reuniones: Consultar en Delegación<br />
Responsable: Dr. Leonardo Esteban Lara<br />
Impuestos<br />
Reuniones: todos los Martes, 19:30 hs.<br />
Responsable: Dr. Néstor José Epíscopo<br />
Jóvenes Graduados<br />
Reuniones: 2º y 4º Miércoles del mes 19 hs.<br />
Responsable: Dr. Juan Martín Tagliavini<br />
PyMES<br />
Reuniones: Consultar en Delegación<br />
Responsable: Dr. Julio Daniel Carson<br />
Sindicatura Concursal<br />
Reuniones: Consultar en Delegación<br />
Responsable: Dra. María Alicia Bertolot<br />
Boletín<br />
Reuniones: Consultar en Delegación<br />
Responsable: Dra. Sandra Mónica Rizzo<br />
Destacamos que, si bien las comisiones prevén un horario de<br />
reunión prefijado, si no es miembro concurrente habitual, es<br />
conveniente llamar previamente a la Delegación para confirmar<br />
su asistencia y la confirmación de la reunión.<br />
Los integrantes de la Mesa Directiva de la Delegación Lomas de Zamora quieren agradecer en este espacio, la<br />
colaboración desinteresada de los profesionales asesores, a quienes hoy la conforman y a los que por razones<br />
laborales y personales ya no la integran, a todos muchas gracias.<br />
Laboral<br />
Dra. Nelly Elisa Bressan<br />
Tel.: 4297-1744<br />
(Martes y Miércoles. 14 a 18 Hs)<br />
Sindicatura Concursal<br />
Dra. María Alicia Bertolot<br />
Tel.: 4202-5101<br />
Dra. Sandra Mónica Rizzo<br />
Tel.: 4299-4555<br />
Propiedad Horizontal<br />
Dra. Cristina Maritato<br />
Tel.: 4244-5225<br />
Mutuales Y Cooperativas<br />
Dr. Maximiliano Jorge Álvarez<br />
Tel.: 15-59972091<br />
maxiunlz@yahoo.com.ar
Cursos Delegación Morón<br />
Fecha y horario Tema Expositor<br />
7 de Septiembre y 1 de Noviembre<br />
de 18.30 a 21.30 hs.<br />
Nota: Los cursos se llevarán a cabo en la medida de cubrirse el cupo mínimo de inscriptos requeridos<br />
Informes e Inscripción:Delegación Morón - Av. Rivadavia 17675 - Morón, Telefónicamente a los siguientes<br />
Números: 4628-2065 / 4629-7407 / 4483-3623 o vía correo electronico a dlgmoron@cpba.com.ar<br />
Autoridades y días de reunión de las subcomisiones que<br />
funcionan en delegación Morón<br />
SUBCOMISIONES AUTORIDADES DIAS DE REUNION<br />
ACTUACION ANTE ORGANISMOS PUBLICOS Pte: Dra. Gladys Ladelfa<br />
Sec. 1: Dr. Pablo Espósito<br />
Sec. 2: Dr.Alberto A. Boccaloni<br />
ECONOMIA Pte. Dr. Mazza Domingo J.<br />
FORO DEBATE PROFESIONAL ABIERTO Coordinadores: Dra. Cancelo Alicia<br />
Dr. Enrique Vázquez<br />
IMPUESTOS Y RECURSOS<br />
DE LA SEGURIDAD SOCIAL<br />
Dr. Rodriguez Jorge Roberto<br />
Dr. Videla Roberto Alejandro<br />
JOVENES GRADUADOS Pte. Dr. Javier Vecchio<br />
Sec. Dra. Carla Lombardi<br />
JUSTICIA Pte. Dra. María del Carmen Cacosso<br />
Sec. Dra. Norma Suarez<br />
PROF. QUE ACTUAN EN LA<br />
FUNCION PUBLICA<br />
Pte. Dr. Bouvet Jorge E.<br />
Sec. Dr. Farberoff Rodolfo F.<br />
SEGURIDAD SOCIAL Pte.: Dr. Piva Pedro<br />
Vicepresidente Dr. Bacigaluppe Luis<br />
E.<br />
SINDICATURA CONCURSAL Pte. Dra. Rodríguez Maria Cristina<br />
Vicepresidente: Dr. Vecchio Javier<br />
Prof. de Ciencias<br />
Económicas del Ambito Municipal<br />
Taller de Procedimiento. Tiene como objetivo capacitar<br />
al profesional en Ciencias Económicas para la atención<br />
de inspecciones de AFIP<br />
Octubre-Noviembre - Sociedades: DPPJ//IGJ, Teoría con casos puntuales,<br />
Presentación de Estados Contables. En tres módulos,<br />
comparativos entre CABA y Pcia Bs. As.<br />
- Economía-Finanzas: Inversiones personales, que<br />
hacer con los ahorros?<br />
Pte. Dra. Stile Marcela A.<br />
Sec. Dra. Adriana Noemí Nadal<br />
Cursos Delegación San Isidro<br />
57 Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
Dr. Oscar Fernández<br />
Ultimo Lunes de cada mes<br />
18:30 hs.<br />
2 do Jueves de cada mes<br />
19:00 hs.<br />
Dr. Rodriguez – 1 ro y 2 do Lunes 18:30<br />
hs.<br />
Dr. Videla - 4 to Lunes<br />
18:30 hs.<br />
4 to Jueves de cada mes<br />
19:30 hs.<br />
4 to Jueves de cada mes<br />
18:00 hs.<br />
2 do Lunes de cada mes<br />
16:00 hs.<br />
Todos los miércoles<br />
13 a 15 hs.<br />
4 to jueves de cada mes<br />
18:00 hS.<br />
3 ro jueves de cada mes<br />
16:30 hs.<br />
Fecha Horario Tema Expositor Arancel<br />
Todos los<br />
viernes<br />
21hs Curso de Salsa Sra. Natalia Guigui A confirmar<br />
10/12/2010 14 a 18hs Examen Curso de Practica Procesal Dr. Jose Luis Flori Sindicos Libre $ 120<br />
Detalle de costo de cursos de Actualizaciòn para cada caso: 1) Joven Matriculado 2) Matriculado en C.P.C.E.P.B.A. 3) Matriculado en otra Jurisdicción<br />
Informes e Inscripción: Delegación San Isidro (Ituzaingo 476 -San Isidro-) ó telefónicamente al 4743-0900 de 9 a 15 hs. o vía correo electrónico a:<br />
cpcesani@fibertel.com.ar.<br />
Actividades
Actividades<br />
Comisiones de trabajo<br />
Fecha Horario Comisión de trabajo<br />
2° Miercoles del mes 19:00 Pymes<br />
2° Miercoles del mes 19:00 Judiciales<br />
3° Miercoles del mes 19:00 Jóvenes<br />
3° Miercoles del mes 19:00 Cursos<br />
4° Jueves del mes 19:00 Impuestos, Previsional y Auditoria<br />
Cabe destacar que las comisiones no son aranceladas<br />
Cursos Delegación San Martín<br />
Septiembre 21 Dr. Oscar A. Fernández Actualización Impositiva Escobar<br />
Septiembre 29 Dr. Oscar A. Fernández Actualización Impositiva San Martín<br />
Octubre 27 Dr. Oscar A. Fernández Actualización Impositiva San Martin<br />
Noviembre 24 Dr. Oscar A. Fernández Actualización Impositiva San Martin<br />
Noviembre 25 Dr. Oscar Raúl Magnorsky Actualización Laboral San Martin<br />
Costo de los cursos: Matriculados en CPCE PBA $50,00 / Matriculados en Otras Jurisdicciones $80,00 / Jóvenes Graduados $25,00.<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
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También brindamos :<br />
Todo éste sueño de dar clases comenzó a fines del 2005,<br />
Es algo mágico, algo inexplicable……<br />
Amamos la Salsa y queremos transmitírtelo de la manera más profesional….<br />
Nos cambió la vida !!!!!!!, ……….queremos compartirlo con vos!!!!!!!!<br />
* Clases de Salsa estilo cubano en parejas.<br />
* Clases de Ritmos Caribeños para Mujeres.<br />
* Clases de bachata, chachachá, merengue, conga, regeatton,<br />
son cubano, salsa estilo cubano y salsa tradicional.<br />
* Clases individuales.<br />
* Shows para Eventos.<br />
Nuestros Objetivos:<br />
….Es que te diviertas, que te desenchufes y sobre todas las<br />
cosas que aprendas a bailar esto tan lindo que se llama "salsa" !!!!!!!<br />
Te esperamos!!!!!<br />
Naty y Pablo<br />
Este es nuestro segundo año en el CONSEJO<br />
PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA<br />
PROVINCIA DE BUENOS AIRES – DELEGACION SAN<br />
ISIDRO, con total éxito y con la participación de más<br />
de 70 personas en los cursos de principiantes (viernes<br />
de 19 Hs. a 20.30 Hs.) e intermedios (viernes 20.30 Hs<br />
a 22 Hs.).<br />
Ahora también nos encontramos en el CONSEJO<br />
PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA<br />
PROVINCIA DE BUENOS AIRES – DELEGACION SAN<br />
MARTIN todos los lunes de 20.30 a 22 Hs.<br />
Tel: 15-5731-8547 (dejar msj.) - cubaniasalsa@hotmail.com - www.cubaniasalsa.com.ar
Entrevista<br />
Gran Buenos Aires <strong>Profesional</strong><br />
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