Manual Dirección Administrativa FINAL - ANAM
Manual Dirección Administrativa FINAL - ANAM
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M u n i c i p a l i d a d d e S a l a m á , B a j a V e r a p a z<br />
G u a t e m a l a<br />
<strong>Manual</strong> de Organización y<br />
Funcionamiento de la <strong>Dirección</strong><br />
<strong>Manual</strong> de Organización y<br />
Funcionamiento de la <strong>Dirección</strong><br />
<strong>Administrativa</strong><br />
Programa para la<br />
Descentralización y el<br />
Desarrollo Municipal
TABLA DE CONTENIDO<br />
Pág.<br />
PRESENTACIÓN ......................................................................................................................... i<br />
I. IMPORTANCIA DE USO DEL MANUAL .............................................................................. 1<br />
II. MARCO LEGAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL ........... 1<br />
III. ORGANIGRAMAS MUNICIPALES ....................................................................................... 2<br />
IV. PUESTOS DE TRABAJO Y SUS FUNCIONES .................................................................... 5<br />
Alcaldía Municipal .................................................................................................... 5<br />
ALCALDE MUNICIPAL ............................................................................................... 5<br />
RELACIONISTA PÚBLICO ........................................................................................ 7<br />
Juzgado de Asuntos Municipales ........................................................................... 9<br />
JUEZ DE ASUNTOS MUNICIPALES ......................................................................... 9<br />
<strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong> ....................................................................................... 11<br />
DIRECTOR ADMINISTRATIVO ............................................................................... 11<br />
Secretaría Municipal............................................................................................... 14<br />
SECRETARIO MUNICIPAL ...................................................................................... 14<br />
OFICIAL I DE SECRETARÍA .................................................................................. 16<br />
OFICIAL II DE SECRETARÍA ................................................................................. 18<br />
OFICIAL III DE SECRETARÍA. ............................................................................... 20<br />
Registro Civil .......................................................................................................... 21<br />
REGISTRADOR CIVIL ............................................................................................. 21<br />
OFICIAL I DE REGISTRO CIVIL ............................................................................ 24<br />
OFICIAL II DE REGISTRO CIVIL ............................................................................. 25<br />
Registro de Vecindad ............................................................................................. 26<br />
REGISTRADOR DE VECINDAD .............................................................................. 26<br />
OFICIAL I DEL REGISTRO DE VECINDAD. .......................................................... 29<br />
Biblioteca Municipal ............................................................................................... 30<br />
BIBLIOTECARIA. ..................................................................................................... 30<br />
Servicios Internos Municipales ............................................................................. 32<br />
JEFE DE SERVICIOS INTERNOS ........................................................................... 32<br />
ENCARGADO DE MANTENIMIENTO ...................................................................... 33<br />
CONDUCTOR DE VEHÍCULO PESADO ................................................................. 34
V. PROCEDIMIENTOS BÁSICOS ........................................................................................... 36<br />
Solicitud de Certificaciones en Registro Civil............................................................... 36<br />
Solicitud Registro de Vecindad.................................................................................... 37<br />
Solicitud de Desmembración Propiedad ...................................................................... 38<br />
Licencia de Construcción ............................................................................................ 39<br />
Servicio Nuevo de Agua Potable o Reinstalación ........................................................ 40<br />
Solicitud Drenaje ......................................................................................................... 41<br />
Solicitud Puestos en Mercado Municipal ..................................................................... 42<br />
Solicitud Arrendamiento de Salón Municipal ............................................................... 43<br />
Solicitud de Locales Mensuales o Temporales (Contrato) ........................................... 44<br />
Solicitud Uso del Rastro .............................................................................................. 45<br />
Solicitud de Materiales e Insumos necesarios en las diferentes<br />
dependencias de la Municipalidad. ............................................................................. 46<br />
Solicitud de terreno para construcción en cementerio ................................................. 47<br />
Ciclo de proyectos de ampliaciones y mejoramiento de Q30,000.00 en<br />
adelante ejecutado por administración e involucrando al COCODE. .......................... 48<br />
VI. COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL .................................................................................... 49<br />
ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL ................... 50<br />
VII. ANEXOS: ............................................................................................................................ 51<br />
PASOS: .................................................................................................................... 51<br />
SIMBOLOGÍA: .......................................................................................................... 51
PRESENTACIÓN<br />
El presente <strong>Manual</strong> representa la preocupación e interés de la actual Corporación<br />
Municipal de Salamá, Baja Verapaz, por modernizar la administración municipal y<br />
eficientar todos sus elementos y recursos; primero hacia lo interno para luego<br />
proyectarlo a los demás ámbitos y campos de acción de la gestión municipal.<br />
Todo esto con el propósito de prestar mejores servicios públicos a los ciudadanos,<br />
a quienes nos debemos; lo cual hace que tenga una singular importancia.<br />
Este manual es producto de la buena disposición y esfuerzo de funcionarios y<br />
trabajadores municipales de todos los niveles que participaron en el proceso, que<br />
acertadamente fue coordinado por un equipo conformado por miembros de la<br />
Oficina Municipal de Planificación -OMP-, la Comisión de Fortalecimiento<br />
Municipal del Concejo Municipal y la Asesoría del Instituto de Fomento Municipal<br />
conjuntamente con el Programa para la Descentralización y el Desarrollo<br />
Municipal -DDM- de la Cooperación Alemana -GTZ-.<br />
Para concretar y llevar a la práctica este esfuerzo, se presentan los respectivos<br />
<strong>Manual</strong>es de Organización y Funcionamiento de las diferentes Direcciones de la<br />
nueva estructura organizacional municipal; donde se especifica el organigrama<br />
general y por dirección, los puestos y funciones, y los pasos que conllevan los<br />
trámites y gestiones municipales que se requieren de las dependencias, lo que<br />
nos permitirá ser más eficientes y eficaces al atender a nuestros usuarios, de<br />
quienes a su vez, esperamos toda colaboración.<br />
Marvin Karim Samayoa Guillermo<br />
Alcalde Municipal<br />
i
I. IMPORTANCIA DE USO DEL MANUAL<br />
El presente manual es un documento que pretende organizar el quehacer municipal y facilitar<br />
las consultas a Autoridades, Funcionarios y empleados municipales que deseen profundizar sus<br />
conocimientos en determinado momento, respecto a las especificaciones, funciones,<br />
responsabilidades y las relaciones de comunicación y coordinación de cada uno de los puestos<br />
existentes, según la estructura organizacional o para evaluar el cumplimiento de las funciones<br />
de cada empleado.<br />
El manual cumple también la función de orientar al personal de nuevo ingreso que desconoce el<br />
ambiente en el que deberá desempeñar sus actividades; de tal forma, que se puedan establecer<br />
relaciones efectivas de comportamiento entre las personas, permitiéndoles trabajar juntas con<br />
eficiencia y eficacia.<br />
Es así como se elaboró el <strong>Manual</strong> de Organización y Funcionamiento, el cual contiene: el<br />
organigrama general de la municipalidad y el específico de la dirección, la descripción de cada<br />
uno de los puestos existentes en cada <strong>Dirección</strong>, según la estructura organizativa actual; la<br />
descripción de los pasos administrativos necesarios para la prestación de algunos servicios<br />
básicos y trámites internos de la municipalidad.<br />
Estos instrumentos, son una respuesta a las requisiciones de la legislación actual para<br />
modernizar la estructura municipal en favor de mejorar la prestación de servicios municipales.<br />
II. MARCO LEGAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LA<br />
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL<br />
El Código Municipal establece la organización básica de la administración municipal. Así el<br />
Alcalde Municipal es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes,<br />
programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal (artículo 9). Al Concejo Municipal<br />
le corresponde, en primer lugar, gobernar y se define como un órgano colegiado superior de<br />
deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyas competencias aparecen en el<br />
artículo 35 del Código Municipal.<br />
Algunas de estas competencias se refiere a:<br />
La iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales;<br />
Convocar a distintos sectores de la sociedad del municipio para la formulación e<br />
institucionalización de las políticas públicas municipales y de los planes de desarrollo<br />
urbano y rural del municipio;<br />
Emitir y aprobar acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales;<br />
Aprobar acuerdos o convenios de asociación o cooperación con otras corporaciones<br />
municipales, entidades u organismos públicos o privados para el desarrollo municipal;<br />
La creación, supresión o modificación de sus dependencias, empresas y unidades de<br />
servicios administrativos;<br />
El establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de<br />
los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades<br />
institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los<br />
intereses públicos<br />
Y controlar y fiscalizar los distintos actos del gobierno municipal y de su administración<br />
1
Por su parte, el Alcalde Municipal tiene como atribuciones las siguientes (artículo 53):<br />
Dirigir la administración municipal;<br />
Representar a la municipalidad y al municipio;<br />
Presidir las sesiones del Concejo Municipal y convocar a sus miembros a sesiones<br />
ordinarias y extraordinarias de conformidad con este Código;<br />
Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales y de los planes,<br />
programas y proyectos de desarrollo del municipio;<br />
Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales; desempeñar<br />
la jefatura superior de todo el personal administrativo de la municipalidad;<br />
Nombrar, sancionar y aceptar la renuncia y remover de conformidad con la ley, a los<br />
empleados municipales; y<br />
Tramitar los asuntos administrativos cuya resolución corresponda al Concejo Municipal<br />
y, una vez substanciados, darle cuenta al pleno del Concejo en la sesión inmediata.<br />
Adicionalmente a lo anterior, el Código Municipal establece la figura de funcionarios municipales<br />
y sus respectivas atribuciones. Como funcionarios municipales ya institucionalizados están:<br />
Secretario Municipal, Tesorero Municipal, Registrador Civil; sin embargo, con los nuevos<br />
requerimientos para la modernización de las municipalidades, el Código Municipal plantea la<br />
incorporación de nuevas unidades organizativas en los niveles directivos, técnicos y<br />
administrativos (ver artículos del 83 al 98). Por ejemplo:<br />
En dirección y gerencia: Gerente Municipal, Director Financiero, Juez de Asuntos<br />
Municipales<br />
Manejo financiero: Administración Financiera Integrada Municipal<br />
Control y fiscalización: Auditor Interno<br />
Técnico: Las Oficinas Municipales de Planificación<br />
Otros que se consideren necesarios<br />
Partiendo de estos nuevos requerimientos y con la participación de las autoridades, funcionarios<br />
y empleados municipales de Salamá, se presenta a continuación el organigrama general, el<br />
organigrama específico, los puestos y funciones, y los procedimientos básicos administrativos<br />
de la dirección administrativa.<br />
III. ORGANIGRAMAS MUNICIPALES<br />
Un Organigrama es la gráfica que muestra la estructura interna de una organización formal de<br />
una institución, sus relaciones, sus niveles de jerarquía, las líneas de autoridad y<br />
responsabilidad, los canales de comunicación, la naturaleza lineal o de asesoría, y las<br />
principales funciones que se desarrollan.<br />
Por lo tanto, debe ser reflejo de la funcionalidad de cada uno de los puestos creados y<br />
ocupados. En el caso de los manuales por direcciones de la Municipalidad de Salamá, se<br />
presenta el organigrama general y el de la dirección respectiva.<br />
4.1 Organigrama General<br />
4.2 Organigrama <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
2
<strong>Dirección</strong><br />
<strong>Administrativa</strong><br />
Secretaría<br />
Municipal<br />
Registro Civil<br />
Registro de<br />
Vecindad<br />
Servicios Internos<br />
<strong>Dirección</strong><br />
Financiera<br />
Tesorería<br />
Contabilidad<br />
Presupuesto<br />
Almacén<br />
Compras y<br />
Contrataciones<br />
Asesoría<br />
Auditoría Interna<br />
Juez de Asuntos<br />
Municipales<br />
Policía Municipal<br />
ORGANIGRAMA GENERAL<br />
CONCEJO<br />
MUNICIPAL<br />
ALCALDE<br />
MUNICIPAL<br />
<strong>Dirección</strong><br />
Municipal de<br />
Planificación<br />
Coordinación<br />
Planificación y<br />
Desarrollo<br />
Coordinación<br />
Fomento<br />
Económico Local<br />
Relaciones<br />
Públicas<br />
Servicios de<br />
Mantenimiento<br />
Escuela de<br />
Marimba<br />
Salón Municipal<br />
Comisiones<br />
<strong>Dirección</strong> de<br />
Servicios Públicos<br />
Agua y<br />
Saneamiento<br />
Mercado<br />
Cementerio<br />
Rastro<br />
Farmacia<br />
Municipal<br />
Desechos Sólidos<br />
3
Oficial<br />
I<br />
Secretario<br />
Municipal<br />
Oficial<br />
II<br />
Oficial<br />
III<br />
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA<br />
Registrador<br />
Civil<br />
Oficial<br />
I<br />
Oficial<br />
II<br />
Director<br />
Administrativo<br />
Bibliotecaria <br />
InspectorMunicipal<br />
Auxiliar de<br />
Administración<br />
Registrador<br />
de Vecindad<br />
Oficial<br />
I<br />
Encargado<br />
de<br />
Mantenimiento<br />
(1)<br />
Jefe de<br />
servicios<br />
internos<br />
Guardián<br />
(2)<br />
Piloto<br />
de<br />
Camión<br />
(3)<br />
4
IV. PUESTOS DE TRABAJO Y SUS FUNCIONES<br />
En el manual los puestos de trabajo tienen como objetivo dar a conocer la naturaleza del<br />
puesto, las funciones, relaciones de trabajo, las obligaciones y requisitos, en base a cada<br />
puesto se selecciona y ubica a la persona idónea para desempeñar dicho puesto; las funciones<br />
de cada puesto de trabajo aclaran las tareas que debe realizar cada persona titular del puesto,<br />
necesarias para lograr los fines y objetivos de la municipalidad.<br />
ALCALDÍA ALCALDÍA MUNICIPAL<br />
MUNICIPAL<br />
MUNICIPAL<br />
ALCALDE MUNICIPAL<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Alcaldía Municipal<br />
TITULO DEL PUESTO: Alcalde Municipal<br />
AUTORIDAD SUPERIOR: Concejo Municipal<br />
SUBALTERNOS: Alcaldes Auxiliares<br />
Director Administrativo, Director Financiero,<br />
Director de Servicios Públicos y Director<br />
Municipal de Planificación, Policía Municipal<br />
y demás unidades subalternas de los<br />
mismos.<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Puesto ejecutivo, a cargo de un funcionario electo en forma popular, a través del voto<br />
mayoritario de los vecinos de su municipio y que de conformidad con artículo 52 del<br />
Código Municipal, Decreto Número 12-2002 preside y representa a la Municipalidad,<br />
es el personero legal de la misma, miembro del Consejo Departamental de Desarrollo<br />
y Presidente de Consejo Municipal de Desarrollo, siendo responsable del<br />
cumplimiento de las disposiciones y resoluciones tomadas por el Concejo Municipal y<br />
de propiciar una efectiva administración de la Municipalidad.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Dirigir la administración municipal.<br />
- Representar a la Municipalidad y al municipio.<br />
- Hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás<br />
disposiciones del Concejo Municipal.<br />
5
- Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales de los<br />
planes, programas y proyectos del desarrollo de municipio.<br />
- Tomar el juramento de ley a los concejales, síndicos, alcaldes comunitarios y<br />
auxiliares al darles posesión de sus cargos.<br />
- Presidir todas las sesiones del Concejo y convocar a las sesiones ordinarias y<br />
extraordinarias, de conformidad con el Código Municipal.<br />
- Ser el medio de comunicación entre el Concejo Municipal, las autoridades y<br />
funcionarios públicos.<br />
- Presentar al Concejo Municipal, el presupuesto de funcionamiento e inversión<br />
municipal.<br />
- Adoptar personalmente y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe o<br />
desastres o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias, dando cuenta<br />
inmediata al pleno del Concejo Municipal.<br />
- Autorizar a título gratuito, los matrimonios civiles, dando dentro de la ley las<br />
mayores facilidades para que se verifiquen, pudiendo delegar esta función en uno<br />
de los concejales.<br />
- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales.<br />
- Ejercer la jefatura de la policía municipal.<br />
- Nombramiento y sanción de sus funcionarios.<br />
- Enviar copia autorizada a la Contraloría General de Cuentas del inventario de los<br />
bienes del municipio, dentro de los primeros quince días calendario del mes de<br />
enero de cada año.<br />
- Contratar obras y servicios con arreglo al procedimiento legalmente establecido,<br />
con excepción de los que corresponda contratar al Concejo Municipal.<br />
- Otras atribuciones inherentes al puesto.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
Con el Concejo Municipal, para presentar la documentación e información pertinente<br />
de conformidad con la ley.<br />
Con el personal subalterno, para proporcionar lineamientos de trabajo, supervisar las<br />
actividades desarrolladas y conocer el avance de trabajo.<br />
Con personas de otras entidades, nacionales e internacionales, para gestionar<br />
recursos técnicos y financieros para beneficio del Municipio.<br />
Con los vecinos del municipio.<br />
6
V. AUTORIDAD:<br />
Para actuar como personero legal de la Municipalidad.<br />
Para hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás<br />
disposiciones del Concejo Municipal.<br />
Para ejercer la potestad de acción directa y resolver asuntos del municipio que no<br />
estén atribuidos a otra autoridad.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Actuar de conformidad con la ley, en lo referente a firma de convenios, acuerdos,<br />
contratos y cualquier documento legal en donde el municipio adquiere un derecho o<br />
una obligación.<br />
De ejecutar el Gobierno Municipal conforme las disposiciones del Concejo Municipal.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito del distrito municipal.<br />
- Saber leer y escribir;<br />
- Estar en le goce de sus derechos políticos los cuales suspenden, de conformidad<br />
con la Ley Electoral y de Partido Político por: Sentencia condenatoria firme,<br />
dictada en proceso penal y Declaratoria judicial de interdicción.<br />
Sus servicios son remunerados, y tendrá derecho a dietas al igual que los síndicos y<br />
concejales, cuando las sesiones se celebren en horas o días inhábiles.<br />
RELACIONISTA PÚBLICO<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Relaciones Públicas<br />
TITULO DEL PUESTO: Relacionista Público<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde Municipal<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto de técnico, cuya responsabilidad será la divulgación de los planes,<br />
programas, proyectos y logros municipales, mediante la elaboración y distribución de<br />
boletines informativos u otros materiales, a través de los medios de comunicación<br />
oportunos.<br />
7
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Dirigir y supervisar las campañas publicitarias que la Municipalidad promueve por<br />
los diferentes medios de comunicación.<br />
- Atender y orientar al público que desee entrevistarse con funcionarios y<br />
autoridades de la Municipalidad.<br />
- Coordinar con los diversos comités, las festividades que realice la Municipalidad.<br />
- Asistir a los eventos técnico-culturales, deportivos y sociales de la Municipalidad,<br />
dando a conocer en boletines especiales los resultados obtenidos.<br />
- Promover ciclos de conferencias, actos sociales y culturales para el personal de la<br />
Municipalidad.<br />
- Coordinar actividades sociales, culturales y deportivas, con entidades del sector<br />
público y privado.<br />
- Resolver consultas y proporcionar información que le sea solicitada por<br />
estudiantes y público en general, que desea enterarse del funcionamiento de la<br />
Municipalidad.<br />
- Preparar informes sobre resultados obtenidos en la gestión municipal a efecto que<br />
sean divulgados por los medios correspondientes.<br />
- Cubrir los actos protocolarios durante la participación de las autoridades<br />
municipales en eventos informativos, inauguración de obras y otros.<br />
- Desempeñar cualquier función que le sea requerida por su jefe inmediato superior.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Concejo Municipal, cuando sea procedente.<br />
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, lineamientos de trabajo, proponer<br />
soluciones y presentarle los boletines e informes que sean necesarios.<br />
- Con el Tesorero para coordinar la asignación de recursos para las diferentes<br />
publicaciones.<br />
- Con los representantes de organizaciones comunales, Alcaldes Auxiliares y vecinos<br />
del municipio, para la obtención de información que servirá para la emisión de<br />
boletines informativos.<br />
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, para la coordinación<br />
de actividades.<br />
- Con representantes de entidades públicas y privadas.<br />
8
V. AUTORIDAD:<br />
Para solicitar información por parte de la Municipalidad, ante las comunidades del<br />
Municipio y otras entidades públicas y privadas.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
De presentar los informes indicados en sus funciones.<br />
Por la divulgación de información oportuna y veraz, de las acciones realizadas por la<br />
Municipalidad.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación:<br />
Poseer título Universitario de las Ciencias de Comunicación o Periodismo.<br />
- Experiencia:<br />
Preferentemente contar con un año de experiencia, en actividades similares.<br />
- Habilidades y Destrezas:<br />
Para tratar con educación y cortesía a funcionarios, empleados públicos,<br />
periodistas y público en general.<br />
Para expresarse en forma clara y concisa, verbalmente y por escrito.<br />
Para establecer y mantener relaciones interpersonales.<br />
Para analizar e interpretar documentos e información.<br />
Para desenvolverse grupos o equipos de trabajo.<br />
Para desarrollar con eficiencia la actividad de investigación.<br />
JUZGADO JUZGADO DE DE ASUNTOS ASUNTOS MUNICIPALES<br />
MUNICIPALES<br />
JUEZ DE ASUNTOS MUNICIPALES<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Juzgado / Asuntos Municipales<br />
TITULO DEL PUESTO: Juez de Asuntos Municipales<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde Municipal<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto de técnico, cuya responsabilidad será cumplir con las ordenanzas<br />
municipales, velar por el cumplimiento de sus reglamentos y demás disposiciones<br />
legales. Ejercerá autoridad en todo el ámbito territorial del municipio de conformidad<br />
con las normas establecidas en el Código Municipal y demás leyes ordinarias.<br />
9
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Ejercer y representar por delegación la autoridad municipal en asuntos que afecten<br />
las buenas costumbres, el ornato de la población, el medio ambiente, la salud, los<br />
servicios públicos municipales y los servicios públicos en general. Sobre todo, en<br />
aquellos casos cuando el conocimiento de las mismas no esté atribuido al Alcalde,<br />
al Concejo Municipal u otra autoridad, de acuerdo a las normas legales vigentes,<br />
debiendo tomar medidas de acción o sanciones por su infracción según sea el<br />
caso.<br />
- Intervenir en acciones irregulares de tipo administrativo que incurran en hechos<br />
punibles, debiendo certificar por escrito lo conducente al Ministerio Público.<br />
- Deberá dar parte a las autoridades policíacas en aquellos casos de tratarse de un<br />
delito flagrante, siendo responsable de conformidad con la ley.<br />
- Realizar todas aquellas diligencias y expedientes administrativos que le traslade el<br />
Alcalde o el Concejo Municipal, en que debe intervenir la Municipalidad por<br />
mandato legal o le sea requerido informe, opinión o dictamen.<br />
- De los asuntos en que una obra nueva cause daño público o que se trate de obra<br />
peligrosa para los habitantes y el público, aplicar el procedimiento, según el caso<br />
conforme al Reglamento de Construcción.<br />
- De las infracciones a la ley y reglamentos de tránsito, cuando la municipalidad<br />
ejerza la administración del mismo en su circunscripción territorial.<br />
- Rendir informes que le sean requeridos por el Concejo Municipal o el Alcalde.<br />
- Atender la convocatoria del Alcalde cuando éste la requiera, para realizar<br />
consultas o solicitarle información sobre asuntos de su competencia.<br />
- De todos aquellos asuntos en que se afecten las buenas costumbres, el ornato y<br />
limpieza de las poblaciones, el medio ambiente, la salud, los servicios públicos<br />
municipales y los servicios públicos en general.<br />
- De todos aquellos asuntos que violen las leyes, ordenanzas, reglamentos o<br />
disposiciones del gobierno municipal.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Concejo Municipal, cuando sea procedente.<br />
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, lineamientos de trabajo, proponer<br />
soluciones y presentarle los boletines e informes que sean necesarios.<br />
- Con los representantes de organizaciones comunales y vecinos del municipio,<br />
para atender asuntos de su competencia.<br />
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, para la coordinación<br />
de actividades.<br />
- Con representantes de entidades públicas y privadas.<br />
10
V. AUTORIDAD:<br />
Para actuar en representación de la Autoridad Municipal, en el cumplimiento de las<br />
ordenanzas, reglamentos y disposiciones emitidas por el Concejo o el Alcalde.<br />
Para cumplir las demás atribuciones contempladas por la ley.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Dar cumplimiento a las ordenanzas, reglamentos y disposiciones emitidas por el<br />
Concejo o el Alcalde.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación:<br />
Poseer título Abogado y Notario colegiado o estudiante de la Las Ciencias<br />
Jurídicas y Sociales.<br />
Haber sido declarado apto y con los requisitos para ser Juez de Paz de los<br />
tribunales de Justicia.<br />
- Experiencia:<br />
Preferentemente contar con un año de experiencia, en actividades similares.<br />
- Habilidades y Destrezas:<br />
Facilidad de palabra para hablar con los vecinos del municipio y con otras<br />
autoridades.<br />
- Otros Conocimientos:<br />
De la ley de Servicio Municipal, Código Municipal, y otras leyes que tengan<br />
relación con el puesto.<br />
DIRECCIÓN DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA<br />
ADMINISTRATIVA<br />
DIRECTOR ADMINISTRATIVO<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Director Administrativo<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde Municipal<br />
SUBALTERNOS: Secretario Municipal,<br />
Registrador Civil, Registrador de Vecindad,<br />
Encargado de servicios internos, Auxiliar de<br />
administración.<br />
11
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto directivo, nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá<br />
los requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad la atención de las<br />
gestiones administrativas presentadas por los vecinos y empleados municipales que<br />
deben ser resueltas por el Concejo o bien por el Alcalde. Debe ejercer la <strong>Dirección</strong> y el<br />
Control de los servicios internos, de Secretaría, de Registro Civil y Registro de<br />
Vecindad.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Planificar, organizar, supervisar, evaluar y dirigir el funcionamiento eficiente de las<br />
unidades u puestos de trabajo relacionados a la dirección respectiva, apoyando y<br />
coordinando la gestión administrativa de las diferentes dependencias municipales.<br />
- Administrar y velar por el uso eficiente de los bienes muebles e inmuebles<br />
propiedad de la municipalidad, así como los servicios de mantenimiento de la<br />
misma.<br />
- Proponer y tramitar las compras de bienes y contratación de servicios, en función<br />
de las necesidades de la municipalidad y de acuerdo a la legislación<br />
correspondiente.<br />
- Promover en las unidades y departamentos de la dirección mecanismos<br />
adecuados para el trabajo en equipo.<br />
- Diseñar y proponer, en coordinación con los demás directores, estrategias para el<br />
fortalecimiento institucional de la municipalidad y de sus dependencias<br />
administrativas.<br />
- Diseñar, ejecutar, y evaluar los procesos de reclutamiento, selección,<br />
nombramiento, inducción clasificación y control administrativo del recurso humano<br />
de la municipalidad, tomando en cuenta la legislación municipal.<br />
- Organizar, apoyar y evaluar los esfuerzos de desarrollo del recurso humano de la<br />
municipalidad; para el efecto, desarrollar manuales y reglamentos, velar por su<br />
cumplimiento y, además, diseñar y ejecutar programas de capacitación para el<br />
personal técnico y administrativo, con el propósito de mejorar la eficiencia del<br />
mismo.<br />
- Preparar informes que le sean requeridos por el concejo municipal según sus<br />
funciones de la dirección y de las unidades y puestos de trabajo.<br />
- Apoyar la elaboración, en coordinación con la dirección financiera, la<br />
programación, el anteproyecto de presupuesto municipal, la programación de la<br />
ejecución presupuestaria y con los responsables de cada programa, la evaluación<br />
de la gestión presupuestaria.<br />
- Participar y proponer medidas para mejorar la coordinación en instancias<br />
gerenciales que se establezcan en la municipalidad.<br />
12
- Asesorar al Alcalde Municipal y a las comisiones vinculadas sobre la solución de<br />
problemas administrativos de la municipalidad.<br />
- Elaborar conjuntamente con su equipo, la Memoria de Labores, solicitando a las<br />
distintas direcciones municipales, un informe sobre los logros y avances obtenidos<br />
durante el transcurso del año.<br />
- Elaborar programación de vacaciones para el personal de su departamento,<br />
asimismo, deberá solicitar que cada Director de los otros departamentos elabore<br />
su propio programa de vacaciones al inicio de cada año.<br />
- Llevar control estricto de entradas y salidas del personal, así como de la frecuencia<br />
de permisos.<br />
- Desempeñar cualquier función que le sea atribuida por la ley o a través del<br />
nombramiento o asignación por parte del Alcalde.<br />
- Someter a consideración del Alcalde para su autorización, la documentación<br />
respectiva para la aplicación de políticas disciplinarias dentro de la Municipalidad.<br />
- Las demás funciones inherentes a la naturaleza del puesto de trabajo y de las<br />
actividades que le sean asignadas por el Alcalde Municipal y/o el Concejo<br />
Municipal.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Concejo Municipal, al dar seguimiento a comisiones asignadas.<br />
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, presentar informes, y demás gestiones;<br />
hacer consultas con personal municipal y público en general.<br />
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y unidades<br />
subalternas en cuanto a la organización de funciones y administración de las<br />
mismas.<br />
- Con el Concejo Municipal y el Alcalde, en cuanto a la aplicación de normas y<br />
ejecución de reglamentos emitidos.<br />
- Con los vecinos del municipio, para el rendimiento de informes y /o dictámenes<br />
emitidos de acuerdo a su resolución de sus solicitudes o requerimientos.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Sobre el personal de la Secretaría Municipal, Registro Civil, Registro de Vecindad,<br />
Servicios internos.<br />
Sobre las unidades ejecutoras y subalternas jerárquicamente bajo su responsabilidad.<br />
Para distribuir el trabajo de entre el personal a su cargo.<br />
13
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Por el incumplimiento de reglamentos y ordenanzas emitidos por el Concejo Municipal<br />
y Alcalde Municipal, siempre que se pruebe fehacientemente la falta.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Ser guatemalteco de origen.<br />
- Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos.<br />
- Preferentemente Administrador de Empresas o Administrador Público, colegiado y<br />
hábil para el ejercicio de su profesión o en su lugar tener certificado de aptitud y<br />
experiencia comprobada de cinco años en el ramo.<br />
SECRETARÍA SECRETARÍA MUNICIPAL<br />
MUNICIPAL<br />
SECRETARIO MUNICIPAL<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Secretario Municipal<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />
SUBALTERNOS: Oficiales de Secretaría y<br />
Encargado de Archivo.<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto técnico, nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá los<br />
requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad la atención de las gestiones<br />
administrativas presentadas por los vecinos; y que deben ser resueltas por el Concejo<br />
o bien por el Alcalde.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal.<br />
- Asistir a todas las sesiones del Concejo, con voz informativa, pero sin voto dándole<br />
cuenta de los expedientes, diligencias y demás asuntos, en el orden y forma que<br />
indique el Alcalde.<br />
- Proporcionar información y orientación a los miembros del Concejo, en lo relativo a<br />
aspectos administrativos legales, los cuales debe conocer con el objeto de que las<br />
decisiones del Concejo se fundamenten en la ley.<br />
- Tomar nota de la parte principal de las intervenciones de los miembros del<br />
Concejo, debiendo transcribir tanto los argumentos a favor como los en contra.<br />
14
- Distribuir a las diferentes comisiones del Concejo los expedientes sobre los que<br />
deben rendir dictamen.<br />
- Redactar los Acuerdos y Resoluciones.<br />
- Archivar las certificaciones de las actas de cada sesión del Concejo Municipal.<br />
- Velar porque todos los Acuerdos y disposiciones que deban ser publicadas en el<br />
Diario Oficial, se envíen con prontitud a la Tipografía Nacional y que<br />
posteriormente cumplido ese requisito adquiera plena vigencia.<br />
- Dirigir y ejecutar la administración y funcionamiento de la Secretaría Municipal.<br />
- Organizar y distribuir el trabajo de acuerdo a su volumen y personal disponible,<br />
designando dentro de los oficiales, las diferentes funciones, recepción y registro de<br />
documentos de la Municipalidad, así como actas y acuerdos del Concejo.<br />
- Mantener el control permanente de los libros que se llevan en la Administración<br />
Municipal, entre ellos los de actas de la alcaldía, de cédulas y demás expedientes.<br />
- Llevar un registro actualizado de los expedientes que ingresen a la Municipalidad,<br />
para lo cual deberá existir el mobiliario adecuado para formar o establecer el<br />
archivador correspondiente.<br />
- Providenciar expedientes por instrucciones del Alcalde.<br />
- Redactar proyectos de resolución de expedientes y someterlos a la consideración<br />
del Alcalde o trasladarlos a la Comisión correspondiente del Concejo dependiendo<br />
del caso.<br />
- Archivar el Diario Oficial y recopilar los reglamentos, acuerdos y resoluciones de la<br />
Municipalidad.<br />
- Redactar la Memoria de Labores de la Municipalidad.<br />
- Desempeñar cualquier función que le sea atribuida por la ley o a través del<br />
nombramiento o asignación por parte del Alcalde.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Concejo Municipal, mediante su participación en sesiones con funciones de<br />
Secretario y en el seguimiento de comisiones asignadas.<br />
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, presentar informes de proyectos y<br />
demás gestiones.<br />
- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />
departamento.<br />
15
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y personal<br />
subalterno en cuanto a la organización de funciones y administración de las<br />
mismas.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
- Sobre el personal de la Secretaría Municipal.<br />
- Sobre el personal subalterno jerárquicamente bajo su responsabilidad.<br />
- Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.<br />
- Para distribuir el trabajo de Secretaría entre los oficiales.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Por toda alteración, omisión, falsificación o suplantación cometida en las actas<br />
certificadas que extienda por los libros asignados y autorizados por el Alcalde, siempre<br />
que se pruebe fehacientemente la falta.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Ser guatemalteco de origen.<br />
- Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos.<br />
- Preferentemente Abogado y Notario colegiado y hábil para el ejercicio de su<br />
profesión o en su lugar tener certificado de aptitud y experiencia comprobada de<br />
cinco años en el ramo.<br />
Tendrá derecho a iguales dietas que las establecidas para síndicos y concejales,<br />
cuando las sesiones se celebren en horas o días inhábiles.<br />
OFICIAL I DE SECRETARÍA<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Oficial I de Secretaría<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto operativo que le corresponde principalmente la elaboración de actas de<br />
inicio de obras, certificación de actas del Concejo Municipal y otras constancias y<br />
controles para la atención correcta de los vecinos.<br />
16
Dentro de sus actividades, le corresponde elaborar contratos administrativos según<br />
corresponda a la gestión.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Redactar correspondencia de la Secretaría, para la realización de gestiones a<br />
otras oficinas de la Municipalidad o bien a otras Instituciones.<br />
- Llevar el control de taxis municipales, microbuses y fleteros.<br />
- Actas de inicio de obras.<br />
- Actas de desintegración de grupos EFIS del FIS.<br />
- Actas de autorización de hipotecas de BANRURAL.<br />
- Certificación de actas de Concejo Municipal.<br />
- Control del Salón y parque central.<br />
- Recepción de teléfono.<br />
- Secretaria del Consejo Municipal de Desarrollo (COMUDE).<br />
- Elaboración de declaraciones juradas.<br />
- Elaborar contratos varios.<br />
- Elaborar constancias varias.<br />
- Sustituir al Secretario Municipal, en su ausencia.<br />
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para<br />
su firma y sello.<br />
Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Para firmar documentos en ausencia del Secretario Municipal.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />
Del control de los contratos, expedientes, archivo de las actas y otros documentos.<br />
17
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación<br />
Título a nivel medio<br />
- Habilidades y destrezas:<br />
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />
oficina (escribir, calculadora, computadora, etc.) y para redactar.<br />
- Otros conocimientos:<br />
Sobre el Código Civil, Código Municipal, leyes, Reglamentos internos y acuerdos<br />
municipales relacionados al trabajo.<br />
OFICIAL II DE SECRETARÍA<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Oficial II de Secretaría<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto operativo, que le corresponde llevar registro de los Consejos<br />
Comunitarios de Desarrollo, actualizar libros de aldeas, caseríos, comités; elaborar<br />
solicitudes y extender constancias varias.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Registro de Comités y Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODES).<br />
- Extender carnés para COCODES y comités.<br />
- Registro de fierros para marcar ganado.<br />
- Actualizar libros de aldeas, caseríos, comités y COCODES.<br />
- Elaborar contratos de arrendamientos de tierras.<br />
- Elaboración y certificación de actas de recepción.<br />
- Elaboración y certificación de actas varias.<br />
- Certificación de préstamos de diferentes Bancos.<br />
- Registro de mausoleos.<br />
18
- Órdenes de construcción de cajas del cementerio.<br />
- Actualizar recibos simples.<br />
- Certificación de puntos de acta.<br />
- Elaboración de solicitudes varias.<br />
- Miembro de la junta receptora de obras municipales.<br />
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos<br />
para su firma y sello.<br />
- Con el alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los<br />
interesados.<br />
- Con el público interesado.<br />
- Con Notarios públicos.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Para firmar documentos en ausencia del Secretario Municipal y del Oficial primero.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />
De la documentación recibida para su gestión.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación:<br />
Título a nivel medio.<br />
- Habilidades y destrezas:<br />
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />
escribir.<br />
Para redactar correspondencia.<br />
- Otros conocimientos:<br />
Sobre el Código Civil, Código Municipal y además leyes y reglamentos<br />
relacionados al trabajo.<br />
19
OFICIAL III DE SECRETARÍA.<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong>.<br />
TITULO DEL PUESTO: Oficial III de Secretaría.<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto operativo, que le corresponde atender el archivo de toda la<br />
documentación generada por las actividades de la Secretaría Municipal, extender<br />
certificados de trabajo y otras solicitudes.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Elaboración de actas de matrimonio.<br />
- Elaboración de actas de vacaciones.<br />
- Elaborar certificados de trabajo.<br />
- Revisión de libros de caja de comités.<br />
- Elaborar solicitudes de inhumación y exhumación.<br />
- Extender las órdenes de inhumación.<br />
- Extender órdenes a los Alcaldes Auxiliares.<br />
- Llenar nombramientos de Alcaldes Auxiliares.<br />
- Elaborar Actas de Supervivencia.<br />
- Razonar los libros de cédulas y matrimonios, enviar avisos a los distintos<br />
departamentos.<br />
- Enviar las Actas de matrimonio al Registro Civil.<br />
- Elaborar solicitudes de carnés para el I.G.S.S.<br />
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO.<br />
Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para<br />
su firma y sello.<br />
Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.<br />
20
V. AUTORIDAD:<br />
Ninguna.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
- Por el cuidado y buen estado de libros y documentación a su cargo.<br />
- Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />
- Del envío oportuno de las notificaciones, citaciones y convocatorias a sus destinos<br />
respectivos.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación<br />
Título a nivel medio.<br />
Preferentemente Secretaria.<br />
- Habilidades y destrezas<br />
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo y capacitaciones para el manejo de<br />
máquinas de escribir y uso de computadoras.<br />
Para redactar correspondencia.<br />
- Otros conocimientos<br />
Sobre el Código Municipal en lo relacionado al trabajo.<br />
REGISTRO REGISTRO CIVIL CIVIL<br />
CIVIL<br />
REGISTRADOR CIVIL<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Registrador Civil<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />
SUBALTERNOS: Oficiales de Registro Civil.<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto técnico, nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá los<br />
requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad efectuar las inscripciones de<br />
los nacimientos, adopciones, reconocimientos de hijos, matrimonios, uniones de<br />
hecho, capitulaciones matrimoniales, insubsistencia y nulidad del matrimonio, divorcio,<br />
separación y reconciliación posterior, tutelas, pro tutelas y guardas, defunciones e<br />
inscripción de extranjeros y de guatemaltecos naturalizados y de personas jurídicas.<br />
21
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal.<br />
- Realizar la inscripción y registro de personas jurídicas, con presencia del<br />
testimonio de la escritura pública.<br />
- Efectuar inscripción de:<br />
- Partidas de nacimiento recientes y extemporáneas.<br />
- Extranjeros residentes.<br />
- Guatemaltecos naturalizados.<br />
- Reconocimientos judiciales de uniones de hecho<br />
- Tutelas, protutelas y guardas.<br />
- Capitulaciones matrimoniales.<br />
- Defunciones y mortinatos.<br />
- Gestionar y participar en la realización de matrimonios civiles y uniones de hecho,<br />
desde la solicitud, dictamen, resolución y constancias de matrimonio.<br />
- Inscribir los matrimonios efectuados en el municipio, ya sea que se realicen<br />
directamente en la municipalidad, a través de Abogados y Notarios o por Ministros<br />
de Culto autorizados.<br />
- Elaborar actas de autorización de los padres o quienes ejerzan la patria potestad,<br />
para aquellos menores que soliciten contraer matrimonio.<br />
- Darle trámite a los expedientes de divorcio, así como de adopciones, remitidos por<br />
los juzgados correspondientes, a través de la trascripción de la resolución en el<br />
libro respectivo y el razonamiento en la partida de matrimonio o de nacimiento,<br />
según corresponda.<br />
- Extender certificaciones para el caso que sean requeridas.<br />
- Velar por el buen estado de los libros y documentos correspondientes al Registro<br />
Civil.<br />
- En caso de no haber formularios impresos para las inscripciones; realizar las<br />
inscripciones en los libros respectivos, debiéndolos encuadernar, empastar y<br />
foliar con el sello de la municipalidad.<br />
- Efectuar el cierre de los libros el día treinta y uno de diciembre de cada año, con<br />
una razón que indique el número de actas que contiene, que deberá firmar.<br />
- Efectuar inspección y vigilancia del registro civil municipal.<br />
- Instruir a sus oficiales para realizar adecuadamente las actividades.<br />
22
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Concejo Municipal, para proporcionar información oportuna, veraz, y<br />
confiable.<br />
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones y presentar informes confiables.<br />
- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />
departamento.<br />
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y personal<br />
subalterno en cuanto a la organización de funciones y administración de las<br />
mismas.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
- Sobre el personal del Registro Civil.<br />
- Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.<br />
- Para distribuir el trabajo del Registro Civil entre los oficiales.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Depositario del Registro Civil y en el ejercicio de las funciones que le son propias,<br />
goza de fe pública, y es responsable, mientras no pruebe que el hecho es imputable a<br />
otra persona, por las omisiones, alteraciones, falsificaciones, y suplantaciones<br />
cometidas en las actas de registro.<br />
Responsable del envío oportuno de los informes estadísticos mensuales que se<br />
remiten a las instituciones gubernamentales.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación<br />
Preferentemente Abogado y Notario colegiado y hábil para el ejercicio de su<br />
profesión, de reconocida honorabilidad e idoneidad; o en su lugar tener<br />
certificado de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.<br />
- Habilidades y Destrezas<br />
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo a la brevedad posible.<br />
Para redactar informes.<br />
Para atender al público, con amabilidad y respeto.<br />
- Otros conocimientos<br />
Sobre manejo de Código Civil, Código Municipal, reglamentos y acuerdos<br />
municipales y otras leyes relacionadas con el trabajo.<br />
23
OFICIAL I DE REGISTRO CIVIL<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Oficial I de Registro Civil<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Registrador Civil<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto operativo, que le corresponde llevar registro actualizado del estado civil<br />
de las personas, nacimientos y defunciones que ocurran dentro del municipio.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Razonar matrimonios celebrados dentro y fuera de la municipalidad.<br />
- Transcribir actas de matrimonio de la municipalidad.<br />
- Transcribir actas de matrimonio de Notarios, llenar boletas de matrimonios.<br />
- Extender constancias negativas, soltería y divorcio.<br />
- Registrar nacimientos, defunciones, matrimonios y divorcios.<br />
- Mantener ordenado el archivo del Registro Civil.<br />
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Registrador Civil, para recibir instrucciones y presentarle documentos para<br />
su firma y sello.<br />
- Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los<br />
interesados.<br />
- Con el público interesado.<br />
- Con Notarios públicos.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Para firmar documentos en ausencia del Registrador Civil.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />
De la documentación recibida para su gestión.<br />
24
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación:<br />
Título a nivel medio.<br />
- Habilidades y destrezas:<br />
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />
escribir.<br />
Para redactar correspondencia.<br />
- Otros conocimientos:<br />
Sobre el Código Civil, Código Municipal y además leyes y reglamentos<br />
relacionados al trabajo.<br />
OFICIAL II DE REGISTRO CIVIL<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Oficial II de Registro Civil<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Registrador Civil<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto operativo, que le corresponde llevar registro actualizado del estado civil<br />
de las personas, nacimientos y defunciones que ocurran dentro del municipio.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Enviar informe semanal al Registro de Ciudadanos<br />
- Enviar la estadística mensual al INE.<br />
- Extensión de nacimientos, defunciones, divorcios.<br />
- Mandar el informe de reporte a la Gobernación.<br />
- Mandar informe a la comandancia.<br />
- Razonar partidas de nacimientos, defunciones.<br />
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />
25
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Registrador Civil, para recibir instrucciones y presentarle documentos para<br />
su firma y sello.<br />
- Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los<br />
interesados.<br />
- Con el público interesado.<br />
- Con Notarios públicos.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Para firmar documentos en ausencia del Registrador Civil y del Oficial I de Registro<br />
Civil.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />
De la documentación recibida para su gestión.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación:<br />
Título a nivel medio.<br />
- Habilidades y destrezas:<br />
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />
escribir.<br />
Para redactar correspondencia.<br />
- Otros conocimientos:<br />
Sobre el Código Civil, Código Municipal y además leyes y reglamentos<br />
relacionados al trabajo.<br />
REGISTRO REGISTRO DE DE VECINDAD<br />
VECINDAD<br />
REGISTRADOR DE VECINDAD<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Registrador de Vecindad<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />
SUBALTERNOS: Oficiales de Registro de<br />
Vecindad.<br />
26
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto técnico, nombrado por el Concejo Municipal, que tiene bajo su<br />
responsabilidad efectuar la inscripción de cada vecino oriundo del municipio y registrar<br />
el avecindamiento de habitantes de otros distritos y registrar todas las modificaciones<br />
de las características de los vecinos.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal.<br />
- Realizar la inscripción de cada vecino oriundo del municipio.<br />
- Gestionar la firma del secretario y del Alcalde, para la emisión de primera cédula o<br />
reposición.<br />
- Extender certificaciones o constancias de cédulas.<br />
- Proporcionar carnés de identificación tributaria del Ministerio de Finanzas Públicas,<br />
cuando se extienda la primera cédula.<br />
- Registrar el avecindamiento de habitantes de otros distritos, una vez cumplidos los<br />
requisitos establecidos en la ley.<br />
- Atender las resoluciones procedentes de los Abogados y Notarios y del Ministerio<br />
Público.<br />
- Registrar las modificaciones de las características de los vecinos.<br />
- Custodiar y conservar en forma eficiente, los libros y documentación relacionada al<br />
Registro de Vecindad.<br />
- Enviar avisos de avecindamientos a otras municipalidades.<br />
- Elaboración cartas de venta y guías de conducción.<br />
- Elaborar el cuadro estadístico de ganado mayor y menor.<br />
- Elaborar el cuadro estadístico de primeras cédulas y avecindamientos al registro<br />
de ciudadanos.<br />
- Cancelación de asientos de cédulas de vecindad.<br />
- Índices de los libros de cédulas de vecindad.<br />
- Enviar telegramas relacionados con el registro de vecindad.<br />
- Certificar asientos de cédulas.<br />
- Control de destace de marranos.<br />
- Archivar documentos.<br />
27
- Efectuar inspección y vigilancia del registro de vecindad.<br />
- Instruir a sus oficiales para realizar adecuadamente las actividades.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Concejo Municipal, para proporcionar información oportuna, veraz, y<br />
confiable.<br />
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones y presentar informes confiables.<br />
- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />
departamento.<br />
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y personal<br />
subalterno en cuanto a la organización de funciones y administración de las<br />
mismas.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
- Sobre el personal del Registro de Vecindad.<br />
- Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.<br />
- Para distribuir el trabajo del Registro de Vecindad entre los oficiales.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
- Del cuidado y buen estado de los libros del Registro de Vecindad.<br />
- Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />
- Responsable del envío oportuno de las notificaciones que se remiten a otras<br />
municipalidades e instituciones gubernamentales.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación<br />
Título de nivel medio. De reconocida honorabilidad e idoneidad; o tener certificado<br />
de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.<br />
- Habilidades y Destrezas<br />
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo a la brevedad posible.<br />
Para redactar informes.<br />
Para atender al público, con amabilidad y respeto.<br />
- Otros conocimientos<br />
Sobre el Código Municipal, La Ley de Cédulas, reglamentos y acuerdos<br />
municipales y otras leyes relacionadas con el trabajo.<br />
28
OFICIAL I DEL REGISTRO DE VECINDAD.<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Oficial I, del Registro de Vecindad.<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Registrador de Vecindad.<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto operativo, que le corresponde atender a los interesados y mantener<br />
actualizado el Registro de vecindad, además es personal de apoyo a la dirección<br />
administrativa en relación a cubrir las vacaciones del personal que corresponda.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Extender primeras cédulas de vecindad y reposiciones.<br />
- Extender certificaciones o constancias de cédulas.<br />
- Proporcionar carnés de identificación tributaria del Ministerio de Finanzas Públicas,<br />
cuando se extienda la primera cédula.<br />
- Registrar el avecindamiento de habitantes de otros distritos, una vez cumplidos los<br />
requisitos establecidos en la ley.<br />
- Registrar las modificaciones de las características de los vecinos.<br />
- Enviar avisos de avecindamientos a otras municipalidades.<br />
- Elaboración cartas de venta y guías de conducción.<br />
- Elaborar el cuadro estadístico de ganado mayor y menor.<br />
- Elaborar el cuadro estadístico de primeras cédulas y avecindamientos al registro<br />
de ciudadanos.<br />
- Cancelación de asientos de cédulas de vecindad.<br />
- Razones de avecindamientos.<br />
- Enviar información a la SAT.<br />
- Mantener ordenado el archivo del Registro de Vecindad.<br />
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />
29
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Registrador de Vecindad, para recibir instrucciones y presentarle<br />
documentos para su firma y sello.<br />
- Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los<br />
interesados.<br />
- Con el público interesado.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Para firmar documentos en ausencia del Registrador de vecindad.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />
De la documentación recibida para su gestión.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación:<br />
Título a nivel medio.<br />
- Habilidades y destrezas:<br />
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />
escribir.<br />
Para redactar correspondencia.<br />
- Otros conocimientos:<br />
Sobre el Código Municipal y ley de cédulas, otras leyes y reglamentos<br />
relacionados al trabajo.<br />
BIBLIOTECA BIBLIOTECA MUNICIPAL<br />
MUNICIPAL<br />
BIBLIOTECARIA.<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Bibliotecaria.<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto técnico, nombrado por el Alcalde Municipal, que tiene bajo su<br />
responsabilidad mantener ordenada la biblioteca y atender al público interesado.<br />
30
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Brindar atención amable y cortés al público.<br />
- Ordenar todo tipo de material bibliográfico.<br />
- Mantener un registro actualizado de todo lo que existe en la biblioteca.<br />
- Seleccionar material bibliográfico.<br />
- Ser guía y orientador a los usuarios de la biblioteca.<br />
- Velar por el buen uso de los libros y otros documentos consultados.<br />
- Custodiar y conservar en forma eficiente los libros y documentos de la biblioteca.<br />
- Enviar informe mensual a su jefe inmediato, sobre las actividades realizadas y<br />
estadística de personas que consultan la biblioteca.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Alcalde Municipal, para proporcionar información y recomendaciones<br />
oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones.<br />
- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />
departamento y recibir instrucciones.<br />
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la<br />
organización de funciones y administración de las mismas.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Para organizar las actividades de la biblioteca.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
- Del cuidado y buen estado de los libros existentes en la biblioteca.<br />
- Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />
- Responsable del envío oportuno de informes.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación<br />
Título de nivel medio. De reconocida honorabilidad e idoneidad.<br />
- Habilidades y Destrezas<br />
Para mantener estricto control y archivo ordenado de documentos.<br />
Para redactar informes.<br />
Para atender al público, con amabilidad y respeto.<br />
31
SERVICIOS SERVICIOS INTERNOS INTERNOS INTERNOS MUNICIPALES<br />
MUNICIPALES<br />
JEFE DE SERVICIOS INTERNOS<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Jefe de Servicios Internos<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />
SUBALTERNOS: Encargado de Mantenimiento, Guardianes y<br />
Conductores de Vehículos pesados.<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto técnico, nombrado por el Alcalde Municipal, que tiene bajo su<br />
responsabilidad coordinar las comisiones para los pilotos, las actividades de<br />
guardianía y control sobre el mantenimiento proporcionado a los vehículos.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Informar oportunamente al Alcalde Municipal y Director Administrativo sobre<br />
cualquier situación encontrada.<br />
- Coordinar actividades de los guardianes.<br />
- Asignar comisiones a pilotos de camiones.<br />
- Verificar y controlar que se les brinde mantenimiento a vehículos.<br />
- Realizar supervisión y control sobre su personal.<br />
- Proponer soluciones a problemas encontrados.<br />
- Realizar otras actividades que le sean asignadas por su jefe inmediato.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Alcalde Municipal, para proporcionar información y recomendaciones<br />
oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones..<br />
- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />
departamento y recibir instrucciones.<br />
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la<br />
organización de funciones y administración de las mismas.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Para organizar las actividades del personal a su cargo.<br />
32
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
De la entrega oportuna de informes.<br />
Del mobiliario y equipo asignado.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación<br />
Nivel Primario completo.<br />
De reconocida honorabilidad e idoneidad.<br />
- Habilidades y Destrezas<br />
Para recibir instrucciones y cumplirlas.<br />
Para mantener estricto control de actividades.<br />
Tener conocimientos sobre vehículos.<br />
ENCARGADO DE MANTENIMIENTO<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />
TITULO DEL PUESTO: Encargado de Mantenimiento.<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Encargado Serv. internos<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto operativo nombrado por el Director Administrativo, que tiene bajo su<br />
responsabilidad realizar el mantenimiento a los diferentes vehículos de la<br />
municipalidad.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Realizar oportunamente el mantenimiento a los diferentes vehículos de la<br />
municipalidad.<br />
- Realizar las reparaciones que considere necesarias.<br />
- Proponer soluciones a problemas relacionados con el estado de los vehículos.<br />
- Llevar un control de mantenimiento por vehículo.<br />
- Realizar otras actividades que le sean asignadas por su jefe inmediato.<br />
33
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Jefe de servicios internos, para proporcionar información y<br />
recomendaciones oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones.<br />
- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />
departamento y recibir instrucciones.<br />
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la<br />
organización de funciones y administración de las mismas.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Para organizar las actividades de mantenimiento que le sean asignadas.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
De la entrega oportuna de los vehículos.<br />
Del mobiliario y equipo asignado.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación<br />
Nivel Primario completo.<br />
De reconocida honorabilidad e idoneidad.<br />
Con experiencia comprobada en el ramo.<br />
- Habilidades y Destrezas<br />
Para recibir instrucciones y cumplirlas.<br />
Para mantener estricto control de actividades.<br />
CONDUCTOR DE VEHÍCULO PESADO<br />
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />
UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> Administrativo<br />
TITULO DEL PUESTO: Conductor de vehículo Pesado<br />
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Encargado Serv. internos<br />
SUBALTERNOS: Ninguno<br />
II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />
Es un puesto operativo nombrado por el Director Administrativo que tiene bajo su<br />
responsabilidad conducir vehículos pesados de la municipalidad.<br />
III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />
- Realizar las comisiones asignadas de traslado de materiales hacia las<br />
comunidades.<br />
34
- Trasladar a la municipalidad, las compras realizadas.<br />
- Velar por el buen estado del vehículo asignado.<br />
- Requerir oportunamente los servicios y mantenimiento para el vehículo.<br />
- Proponer soluciones a problemas encontrados.<br />
- Llevar un control de mantenimiento del vehículo.<br />
- Realizar otras actividades que le sean asignadas por su jefe inmediato.<br />
IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />
- Con el Director Administrativo para proporcionar información y recomendaciones<br />
oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones.<br />
- Con el Encargado de Mantenimiento para la Coordinación de actividades.<br />
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la<br />
organización de funciones y administración de las mismas.<br />
V. AUTORIDAD:<br />
Para organizar las actividades de conducción de vehículo, que le sean asignadas.<br />
VI. RESPONSABILIDAD:<br />
Del cumplimiento eficiente de las comisiones.<br />
Del mobiliario y equipo asignado.<br />
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />
- Educación<br />
Nivel Primario completo.<br />
De reconocida honorabilidad e idoneidad.<br />
Con experiencia comprobada en el ramo.<br />
Licencia de conducir tipo Profesional vigente.<br />
- Habilidades y Destrezas<br />
Para recibir instrucciones y cumplirlas.<br />
Para mantener estricto control de actividades.<br />
35
V. PROCEDIMIENTOS BÁSICOS<br />
Los procedimientos nos indican los pasos necesarios y las actividades indispensables<br />
definiendo la responsabilidad de cada puesto de trabajo o unidad administrativa para la<br />
prestación de un servicio público y/o los pasos para realizar una actividad financiera,<br />
administrativa o técnica.<br />
Por lo tanto, conocer y tener claro lo procedimientos básicos en las áreas administrativa, técnica<br />
y de planificación, de servicios público y financiera contribuye, ordena y facilita la coordinación y<br />
la comunicación en el trabajo municipal para lograr sus finalidades.<br />
Los procedimientos que aparece en este manual son: Solicitud de certificaciones en registro civil<br />
y solicitud registro de vecindad. Además, se agregan los procedimientos de la financiera, de<br />
planificación y de servicios públicos con el objeto de conocerlos para la buena coordinación del<br />
trabajo.<br />
Solicitud de Certificaciones en Registro Civil<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
Usuario manifiesta<br />
interés de obtener<br />
certificación al<br />
Registro Civil.<br />
Registro Civil recibe<br />
solicitud verbal de<br />
certificación.<br />
Interesado paga hoja<br />
en Tesorería y la<br />
presenta en Registro<br />
Civil para emisión de<br />
certificado.<br />
Registro Civil emite<br />
certificación y cobra<br />
honorarios<br />
Inicio<br />
Usuario Tesorería Registro Civil<br />
Solicitud<br />
Pago<br />
Solicitud<br />
verbal<br />
Emisión de<br />
documento<br />
Fin<br />
36
Solicitud Registro de Vecindad<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
Usuario manifiesta<br />
interés de obtener su<br />
Cédula de Vecindad.<br />
El Registro de<br />
Vecindad recibe<br />
solicitud verbal del<br />
interesado y le<br />
solicita documentos.<br />
Interesado solicita<br />
certificado de<br />
nacimiento en el<br />
Registro Civil<br />
Tesorería cobra:<br />
boleto de ornato,<br />
carné para cédula y<br />
certificado de<br />
nacimiento.<br />
Interesado entrega<br />
papelería en el<br />
Registro de<br />
Vecindad, quien<br />
emite Cédula y<br />
traslada carné para<br />
firmas.<br />
Secretario corrobora<br />
datos para su firma y<br />
la del Alcalde.<br />
Inicio<br />
Interesado<br />
Solicitud<br />
Registro<br />
Civil<br />
Solicitud<br />
certificado<br />
Tesorería<br />
Cobro<br />
Registro<br />
de Vecindad<br />
Recepción<br />
Solicitud<br />
Emisión<br />
Cédula<br />
Secretaría<br />
Firma<br />
Alcalde<br />
Municipal<br />
Firma<br />
Fin<br />
37
Solicitud de Desmembración Propiedad<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
Usuario emite<br />
solicitud y la entrega<br />
al Alcalde Municipal<br />
Alcalde recibe<br />
solicitud y traslada<br />
expediente a<br />
Catastro y Tesorería<br />
Catastro hace<br />
inspección de<br />
campo y solicita<br />
fotocopia de: cédula,<br />
boleto ornato y<br />
solicitud del<br />
interesado<br />
Catastro realiza<br />
plano del inmuebles<br />
y elabora informe y<br />
lo traslada a<br />
Secretaría<br />
Secretaría da aval y<br />
emite constancia y<br />
solicita Vo. Bo. del<br />
Alcalde Municipal.<br />
Secretaría emite<br />
Certificado<br />
Municipal y traslada<br />
expediente a<br />
Tesorería para el<br />
pago de la<br />
desmembración<br />
Tesorería cobra<br />
desmembración y<br />
traslada expediente<br />
a Encarga IUSI para<br />
inscripción.<br />
Encargada de IUSI<br />
recibe expediente e<br />
inscribe al usuario,<br />
luego lo traslada a<br />
Catastro.<br />
Catastro registra<br />
expediente. Entrega<br />
certificado al<br />
usuario.<br />
Usuario recibe<br />
Certificado<br />
Municipal de<br />
Desmembración<br />
Inicio<br />
Usuario<br />
Emisión<br />
Solicitud<br />
Certificado<br />
Alcalde<br />
Municipal<br />
Recepción<br />
Expediente<br />
Vo. Bo.<br />
Catastro Secretaría Tesorería Encargada<br />
I.U.S.I.<br />
Inspección<br />
de campo<br />
Informe<br />
Registro<br />
Catastral<br />
Aval y<br />
Constancia<br />
Certificado<br />
Municipal<br />
Pago<br />
Desmembración<br />
Inscripción<br />
I.U.S.I.<br />
Fin<br />
38
Licencia de Construcción<br />
Involucrados<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
Usuario elabora y<br />
presenta solicitud a<br />
donde corresponda<br />
Catastro conoce y da<br />
trámite a solicitud para<br />
licencia de construcción.<br />
Catastro entrega<br />
formulario para solicitud<br />
de licencia de<br />
construcción al usuario<br />
interesado.<br />
Interesado entrega<br />
formulario lleno y demás<br />
papelería: Fotocopia de<br />
cédula, boleto de<br />
ornato, escritura, IUSI a<br />
Catastro.<br />
Catastro realiza<br />
inspección de campo.<br />
Catastro autoriza<br />
licencia de construcción<br />
e informa al interesado<br />
Catastro elabora<br />
informe y traslada a<br />
Tesorería<br />
Tesorería cobra el<br />
derecho de construcción<br />
según informe de<br />
catastro<br />
Inicio<br />
Interesado Catastro Tesorería<br />
Solicitud<br />
Formulario<br />
Licencia de<br />
Construcción<br />
Información<br />
al Interesado<br />
Tramita<br />
Formulario<br />
Licencia de<br />
Construcción<br />
(1 día)<br />
Inspección<br />
de Campo<br />
Si<br />
Autorización<br />
Elaboración<br />
de Informe<br />
No<br />
Pago de<br />
Licencia<br />
Fin<br />
39
Servicio Nuevo de Agua Potable o Reinstalación<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
Usuario emite<br />
solicitud y la<br />
entrega al Director<br />
Servicios<br />
Director de servicios<br />
recibe solicitud y la<br />
traslada al<br />
Administrador de<br />
Servicio de Agua<br />
Administrador de<br />
Servicios de Agua<br />
recibe solicitud y<br />
pide al Fontanero<br />
que realice<br />
inspección.<br />
Fontanero realiza<br />
inspección ocular y<br />
elabora informe.<br />
Administrador de<br />
Servicio de Agua<br />
aprueba la<br />
inspección realizada<br />
por el fontanero.<br />
El Director autoriza<br />
el Servicio y<br />
traslada resolución<br />
al interesado.<br />
Usuario recoge<br />
resolución y efectúa<br />
el pago en<br />
Tesorería<br />
Tesorería realiza<br />
cobro según<br />
resolución del<br />
servicio autorizado.<br />
El Administrador de<br />
Servicios de Agua<br />
da la orden de<br />
conexión.<br />
El Fontanero<br />
ejecuta la orden del<br />
Director e instala<br />
servicio.<br />
Inicio<br />
Usuario<br />
Solicitud<br />
Resolución<br />
Administrador<br />
Servicio<br />
de Agua<br />
Recepción<br />
Solicitud<br />
Aprobación<br />
inspección<br />
No Si<br />
Orden de<br />
conexión<br />
Fontanero<br />
Inspección<br />
Instalación<br />
Director de<br />
Servicios<br />
Públicos<br />
Recepción<br />
Solicitud<br />
Autoriza el<br />
servicio<br />
Requisitos: Recibo IUSI, licencia construcción, Boleta Ornato, Fotocopia escritura y de cédula.<br />
Tesorero<br />
Cobro<br />
Servicio<br />
Fin<br />
40
Solicitud Drenaje<br />
Involu-<br />
Crados<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
Usuario emite<br />
solicitud de drenaje y<br />
la entrega al<br />
Administrador.<br />
El Administrador<br />
recibe solicitud del<br />
usuario y la traslada<br />
al Director de<br />
Servicios<br />
El Director de<br />
Servicios manda al<br />
Albañil que realice<br />
inspección ocular.<br />
El Albañil realiza<br />
inspección ocular en<br />
el lugar donde se<br />
requiere el servicio.<br />
El Administrador<br />
aprueba la<br />
inspección ocular<br />
realizada por el<br />
Albañil.<br />
Director de Servicios<br />
autoriza<br />
El usuario recoge<br />
solicitud autorizada<br />
Tesorería cobra el<br />
servicio de drenaje,<br />
según autorización<br />
El Administrador da<br />
la orden de ejecución<br />
de instalación del<br />
drenaje al Albañil<br />
Inicio<br />
Usuario<br />
Solicitud<br />
Recoger<br />
autorización<br />
Director de<br />
Servicios<br />
Orden de<br />
inspección<br />
Autorización<br />
Administrador<br />
Agua<br />
y Saneamiento<br />
Recepción<br />
Solicitud<br />
Aprobado<br />
Orden de<br />
Ejecución<br />
Si<br />
Albañil Tesorería<br />
Inspección<br />
Ocular<br />
No<br />
Cobro<br />
Servicio<br />
Fin<br />
Fin<br />
41
Solicitud Puestos en Mercado Municipal<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
El usuario emite solicitud y<br />
la entrega al Administrador.<br />
Administrador recibe<br />
solicitud de puesto de<br />
mercado del usuario.<br />
El administrador resuelve<br />
sobre la autorización de la<br />
solicitud<br />
Administrador autoriza el<br />
puesto de mercado.<br />
El Cobrador ubica el puesto<br />
y procede a cobrar.<br />
El Administrador registra en<br />
el libro el Puesto del<br />
Mercado.<br />
Inicio Solicitud<br />
Usuario Administrador Cobrador<br />
Recepción<br />
Solicitud<br />
Si<br />
Autorización<br />
Registro<br />
No<br />
Ubicar y<br />
cobrar<br />
Fin<br />
Fin<br />
42
Solicitud Arrendamiento de Salón Municipal<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
Interesado manifiesta<br />
interés en arrendar el<br />
Salón al Director de<br />
Servicios.<br />
Involu-<br />
crados<br />
Director de Servicios<br />
recibe solicitud de<br />
arrendamiento del Salón y<br />
la traslada al Encargado<br />
del Salón.<br />
Encargado revisa<br />
programación de<br />
actividades.<br />
Encargado evalúa<br />
posibilidad de arrendar el<br />
salón e informa al<br />
interesado.<br />
Tesorería cobra el monto<br />
por arrendamiento al<br />
interesado<br />
Interesado<br />
Inicio Solicitud<br />
Director<br />
Servicios<br />
Recepción<br />
Solicitud<br />
Encargado<br />
Salón<br />
Municipal<br />
Revisión<br />
Programación<br />
Si<br />
No<br />
Tesorería<br />
Cobro<br />
Fin<br />
Fin<br />
43
Solicitud de Locales Mensuales o Temporales (Contrato)<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
Interesado emite<br />
solicitud para<br />
arrendar un local y la<br />
entrega al Director<br />
de Servicios.<br />
El Director de<br />
Servicios recibe<br />
solicitud y la traslada<br />
al Administrador del<br />
Mercado.<br />
Administrador<br />
verifica si es factible<br />
prestar el servicio.<br />
Administrador evalúa<br />
disponibilidad<br />
Administrador<br />
autoriza el servicio<br />
El Director de<br />
Servicios otorga<br />
Visto Bueno para<br />
arrendar el local.<br />
El Interesado recibe<br />
resolución.<br />
Tesorería realiza<br />
contrato y otorga<br />
comprobante de<br />
pago al Interesado.<br />
El Administrador<br />
ubica al Interesado<br />
en el Local asignado.<br />
Interesado<br />
Inicio Solicitud<br />
Resolución<br />
Director<br />
Servicios<br />
Recepción<br />
Solicitud<br />
Vo. Bo.<br />
Administrador<br />
de<br />
Mercado<br />
Municipal<br />
Verifica<br />
Si<br />
Autorización<br />
Ubicación<br />
de Puesto<br />
No<br />
Tesorería<br />
Contrato<br />
Fin<br />
Fin<br />
44
Solicitud Uso del Rastro<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
Necesarios<br />
Usuario manifiesta<br />
interés de hacer<br />
uso del rastro al<br />
Inspector.<br />
Inspector recibe<br />
solicitud verbal del<br />
interesado.<br />
Interesado cancela<br />
valor del servicio en<br />
Tesorería.<br />
Inspector autoriza<br />
el ingreso al<br />
Rastro, previo a<br />
recibir comprobante<br />
de Tesorería y<br />
notifica al<br />
Destazador.<br />
Destazador efectúa<br />
notificación del<br />
Inspector de<br />
Rastro.<br />
Inspector de Rastro<br />
revisa y sella la<br />
carne del destace.<br />
Inicio<br />
Usuario Destazador<br />
Solicitud<br />
Destace<br />
Revisión<br />
Inspector<br />
de Rastro<br />
Solicitud<br />
Autorización<br />
Ingreso<br />
Inspector entrega reporte mensual a Registro Civil de cuantos destaces y decomisos se realizaron.<br />
Tesorería<br />
Pago<br />
Fin<br />
45
Solicitud de Materiales e Insumos necesarios en las diferentes<br />
dependencias de la Municipalidad.<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
necesarios<br />
Detectar la<br />
necesidad de<br />
materiales e<br />
insumos en la<br />
dirección<br />
Hacer y trasladar<br />
solicitud de<br />
materiales e<br />
insumos<br />
Revisar solicitud y<br />
comprobar<br />
existencia de<br />
materiales e<br />
insumos<br />
Gestionar compra<br />
de materiales e<br />
insumos que no<br />
existan en<br />
almacén<br />
Entrega de<br />
materiales e<br />
insumos<br />
requeridos.<br />
Director<br />
Responsable y<br />
su personal<br />
Inicio Necesidad<br />
Solicitud<br />
Entrega<br />
Tesorero<br />
Compra<br />
No<br />
Guarda<br />
Almacén<br />
Disponibilidad<br />
Si<br />
Tiempo<br />
requerido<br />
Quince días<br />
antes que<br />
finalice el<br />
trimestre<br />
Una semana<br />
antes que<br />
termine el mes<br />
Una semana<br />
antes<br />
Primera<br />
semana del<br />
trimestre<br />
Fin<br />
46
Solicitud de terreno para construcción en cementerio<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
necesarios<br />
Usuario presenta<br />
solicitud de<br />
terreno para<br />
construcción en el<br />
cementerio<br />
Administrador<br />
recibe solicitud y<br />
verifica<br />
disponibilidad.<br />
Si la decisión es<br />
negativa, el<br />
usuario contrata<br />
panteón privado<br />
como opción.<br />
Administrador<br />
autoriza panteón<br />
al solicitante<br />
El solicitante<br />
cancela tasa por<br />
servicio en<br />
Tesorería (se<br />
extiende recibo<br />
7B)<br />
El Administrador y<br />
el Oficial II reciben<br />
documento del<br />
pago para registro<br />
respectivo.<br />
Usuario del<br />
servicio recibe<br />
notificación para<br />
iniciar<br />
construcción<br />
Usuario<br />
del<br />
Servicio<br />
Inicio Solicitud<br />
Notificación <br />
Administrador<br />
del<br />
Cementerio<br />
Razona y<br />
verifica<br />
disponibilidad<br />
Si<br />
Decide<br />
Archiva<br />
documento<br />
Receptor<br />
(a)<br />
(Tesorería)<br />
No<br />
Cobra tasa<br />
Oficial II<br />
(?)<br />
Registra<br />
título<br />
Usuario alquila<br />
panteón privado<br />
Fin<br />
47
Ciclo de proyectos de ampliaciones y mejoramiento de Q30,000.00 en<br />
adelante ejecutado por administración e involucrando al COCODE.<br />
Involu-<br />
crados<br />
Pasos<br />
necesarios<br />
Solicitud de proyecto<br />
del COCODE (vía este<br />
Concejo se inicia<br />
trámite de todo<br />
proyecto)<br />
Secretaría recibe<br />
solicitud y la traslada al<br />
Concejo Municipal<br />
Concejo Municipal<br />
analiza solicitud, decide<br />
y emite resolución<br />
Elabora dictamen y lo<br />
traslada a la OMP y<br />
otras oficinas<br />
vinculadas<br />
Elabora perfil y diseño<br />
del proyecto y forma el<br />
expediente del mismo<br />
Realiza análisis sobre<br />
la disponibilidad<br />
financiera para el<br />
proyecto<br />
Asigna financiamiento y<br />
autoriza la modalidad<br />
de ejecución del<br />
proyecto<br />
Secretaría coordina e<br />
informa a unidades y<br />
traslada a dirección<br />
financiera para<br />
transferencia<br />
Aprobación de<br />
transferencia<br />
presupuestaria por el<br />
Concejo Municipal<br />
Información para la<br />
preparación del inicio<br />
de la ejecución del<br />
proyecto<br />
COCODE<br />
Inicio Solicitud<br />
Fin<br />
No<br />
Secretario<br />
Municipal<br />
Recepción<br />
Solicitud<br />
Dictamen<br />
Por Administración<br />
Coordina<br />
e informa<br />
Concejo<br />
Municipal<br />
No<br />
Si<br />
Analiza y<br />
decide<br />
Si<br />
Asigna<br />
financiamiento<br />
y<br />
aprueba<br />
modalidad<br />
Si No<br />
No<br />
Aprobaciónpresupuestaria<br />
Si<br />
Coordinador<br />
OPM<br />
Proyecto<br />
diseñado<br />
Director<br />
Financiero<br />
Disponibili<br />
dad<br />
Financiera<br />
Si No<br />
Por Contrato<br />
Transferenciapresupuestaria<br />
Coordinador<br />
Ejecución<br />
Proyectos<br />
Notificación<br />
para la<br />
ejecución<br />
COMUDE<br />
Conoce el<br />
expediente<br />
Pendiente<br />
Se inicia otro<br />
proceso<br />
Fin<br />
48
VI. COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL<br />
- Propuesta -<br />
El por qué del Comité?<br />
El Comité Gerencial Municipal es una instancia de encuentro y trabajo estratégico entre el<br />
alcalde municipal y los directores municipales; es un medio para mejorar la coordinación y<br />
comunicación en el trabajo diario de la municipalidad. Esta instancia surge por la necesidad de<br />
involucrar y canalizar los aportes de funcionarios municipales en la dirección estratégica y<br />
modernizadora de la municipalidad de Salamá.<br />
Junto al Alcalde y el Concejo Municipal, los directores municipales tienen responsabilidades<br />
comunes que se orientan, entre otras, a:<br />
a) Lograr la eficiencia y eficacia en la prestación de servicios administrativos y públicos<br />
municipales.<br />
b) Promover en las unidades y departamentos de la municipalidad el trabajo en equipo y<br />
profesionalizar al recurso humano municipal.<br />
c) Elevar las capacidades de gestión institucional de la municipalidad para enfrentar con<br />
éxito la descentralización de la administración pública.<br />
d) Definir e implementar orientaciones estratégicas para promover el desarrollo municipal.<br />
De esta manera, el Comité Gerencial Municipal es una instancia funcional dentro de la<br />
estructura municipal orientada a lograr determinados objetivos que a continuación se describen.<br />
Objetivos del comité:<br />
Mejorar la coordinación y comunicación a nivel de la dirección municipal<br />
Canalizar los aportes de funcionarios municipales para el fortalecimiento de la gestión<br />
municipal<br />
¿Quiénes conforman el comité?<br />
• Alcalde Municipal<br />
• Director administrativo, Director de la AFIM, Director de Planificación y Director de Servicios<br />
Públicos<br />
• Otros, de acuerdo a los temas a tratar o requerimientos de información<br />
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ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL<br />
Director<br />
Administrativo<br />
Los temas a tratar:<br />
Director de la<br />
AFIM<br />
• Intercambio de información sobre el trabajo de cada dirección<br />
• Resolución de problemas y situaciones conflictivas<br />
• Presentación de propuestas de mejoramiento de la administración y gestión municipal<br />
• Conocimiento y validación de metas y objetivos de la gestión municipal<br />
• Formulación e implementación de estrategias de operativización de propuestas<br />
Seguimiento de acuerdos:<br />
Alcalde<br />
Municipal<br />
Director de<br />
planificación<br />
Director de Servicios<br />
Públicos<br />
Los resultados principales de las reuniones de la instancia de coordinación gerencial municipal,<br />
son los acuerdos decididos sobre los temas analizados y discutidos. La operativización de<br />
estos acuerdos debe concretarse en medidas concretas y asignación de responsabilidades,<br />
dentro de las personas que integran el Comité Gerencial Municipal. Para ello debe quedar claro<br />
lo siguiente:<br />
QUÉ ACUERDO ES? El tema concreto<br />
QUÉ SE QUIERE HACER? <strong>Manual</strong>, reglamento, etc.<br />
QUIÉN O QUIÉNES SON LOS RESPONSABLES? Con nombres y apellidos<br />
QUÉ TIEMPO SE DISPONE? Un mes, dos meses.<br />
INFORME SOBRE LO ACTUADO: Presentar avances del trabajo o producto final<br />
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VII. ANEXOS:<br />
Pasos y simbología utilizados para la definición de los procedimientos básicos de cada<br />
dirección<br />
PASOS:<br />
1. Identificación de las operaciones necesarias que se desarrollan para prestar el servicio<br />
específico<br />
2. Identificación de los puestos de trabajo que tienen bajo su responsabilidad esas<br />
operaciones<br />
3. Definir la lógica de las operaciones, es decir, qué operación va de primero, cuál de<br />
segunda, tercera, etc.<br />
4. Integrar las acciones y pasos del procedimiento a fin de visualizarlo y afinarlo<br />
conjuntamente con el grupo de trabajo<br />
5. Analizar la forma de mejorar o simplificar esas acciones incluidas dentro del<br />
procedimiento<br />
Para ello las preguntas siguientes son útiles:<br />
a. Es necesaria realmente esa acción?<br />
b. Qué valor agregado tiene esa acción?<br />
c. Cómo podemos mejorar el servicio?<br />
d. Qué problemas hay y cómo resolverlos?<br />
SIMBOLOGÍA:<br />
Breve descripción de la actividad<br />
Punto donde debe tomarse una decisión<br />
<strong>Dirección</strong> y orden de los pasos<br />
Indica inicio y fin del proceso<br />
Flujo del proceso que se ha detenido para<br />
evaluar la calidad del producto<br />
Significado documento<br />
Inicio de otro procedimiento alternativo<br />
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