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Manual Dirección Administrativa FINAL - ANAM

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M u n i c i p a l i d a d d e S a l a m á , B a j a V e r a p a z<br />

G u a t e m a l a<br />

<strong>Manual</strong> de Organización y<br />

Funcionamiento de la <strong>Dirección</strong><br />

<strong>Manual</strong> de Organización y<br />

Funcionamiento de la <strong>Dirección</strong><br />

<strong>Administrativa</strong><br />

Programa para la<br />

Descentralización y el<br />

Desarrollo Municipal


TABLA DE CONTENIDO<br />

Pág.<br />

PRESENTACIÓN ......................................................................................................................... i<br />

I. IMPORTANCIA DE USO DEL MANUAL .............................................................................. 1<br />

II. MARCO LEGAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL ........... 1<br />

III. ORGANIGRAMAS MUNICIPALES ....................................................................................... 2<br />

IV. PUESTOS DE TRABAJO Y SUS FUNCIONES .................................................................... 5<br />

Alcaldía Municipal .................................................................................................... 5<br />

ALCALDE MUNICIPAL ............................................................................................... 5<br />

RELACIONISTA PÚBLICO ........................................................................................ 7<br />

Juzgado de Asuntos Municipales ........................................................................... 9<br />

JUEZ DE ASUNTOS MUNICIPALES ......................................................................... 9<br />

<strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong> ....................................................................................... 11<br />

DIRECTOR ADMINISTRATIVO ............................................................................... 11<br />

Secretaría Municipal............................................................................................... 14<br />

SECRETARIO MUNICIPAL ...................................................................................... 14<br />

OFICIAL I DE SECRETARÍA .................................................................................. 16<br />

OFICIAL II DE SECRETARÍA ................................................................................. 18<br />

OFICIAL III DE SECRETARÍA. ............................................................................... 20<br />

Registro Civil .......................................................................................................... 21<br />

REGISTRADOR CIVIL ............................................................................................. 21<br />

OFICIAL I DE REGISTRO CIVIL ............................................................................ 24<br />

OFICIAL II DE REGISTRO CIVIL ............................................................................. 25<br />

Registro de Vecindad ............................................................................................. 26<br />

REGISTRADOR DE VECINDAD .............................................................................. 26<br />

OFICIAL I DEL REGISTRO DE VECINDAD. .......................................................... 29<br />

Biblioteca Municipal ............................................................................................... 30<br />

BIBLIOTECARIA. ..................................................................................................... 30<br />

Servicios Internos Municipales ............................................................................. 32<br />

JEFE DE SERVICIOS INTERNOS ........................................................................... 32<br />

ENCARGADO DE MANTENIMIENTO ...................................................................... 33<br />

CONDUCTOR DE VEHÍCULO PESADO ................................................................. 34


V. PROCEDIMIENTOS BÁSICOS ........................................................................................... 36<br />

Solicitud de Certificaciones en Registro Civil............................................................... 36<br />

Solicitud Registro de Vecindad.................................................................................... 37<br />

Solicitud de Desmembración Propiedad ...................................................................... 38<br />

Licencia de Construcción ............................................................................................ 39<br />

Servicio Nuevo de Agua Potable o Reinstalación ........................................................ 40<br />

Solicitud Drenaje ......................................................................................................... 41<br />

Solicitud Puestos en Mercado Municipal ..................................................................... 42<br />

Solicitud Arrendamiento de Salón Municipal ............................................................... 43<br />

Solicitud de Locales Mensuales o Temporales (Contrato) ........................................... 44<br />

Solicitud Uso del Rastro .............................................................................................. 45<br />

Solicitud de Materiales e Insumos necesarios en las diferentes<br />

dependencias de la Municipalidad. ............................................................................. 46<br />

Solicitud de terreno para construcción en cementerio ................................................. 47<br />

Ciclo de proyectos de ampliaciones y mejoramiento de Q30,000.00 en<br />

adelante ejecutado por administración e involucrando al COCODE. .......................... 48<br />

VI. COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL .................................................................................... 49<br />

ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL ................... 50<br />

VII. ANEXOS: ............................................................................................................................ 51<br />

PASOS: .................................................................................................................... 51<br />

SIMBOLOGÍA: .......................................................................................................... 51


PRESENTACIÓN<br />

El presente <strong>Manual</strong> representa la preocupación e interés de la actual Corporación<br />

Municipal de Salamá, Baja Verapaz, por modernizar la administración municipal y<br />

eficientar todos sus elementos y recursos; primero hacia lo interno para luego<br />

proyectarlo a los demás ámbitos y campos de acción de la gestión municipal.<br />

Todo esto con el propósito de prestar mejores servicios públicos a los ciudadanos,<br />

a quienes nos debemos; lo cual hace que tenga una singular importancia.<br />

Este manual es producto de la buena disposición y esfuerzo de funcionarios y<br />

trabajadores municipales de todos los niveles que participaron en el proceso, que<br />

acertadamente fue coordinado por un equipo conformado por miembros de la<br />

Oficina Municipal de Planificación -OMP-, la Comisión de Fortalecimiento<br />

Municipal del Concejo Municipal y la Asesoría del Instituto de Fomento Municipal<br />

conjuntamente con el Programa para la Descentralización y el Desarrollo<br />

Municipal -DDM- de la Cooperación Alemana -GTZ-.<br />

Para concretar y llevar a la práctica este esfuerzo, se presentan los respectivos<br />

<strong>Manual</strong>es de Organización y Funcionamiento de las diferentes Direcciones de la<br />

nueva estructura organizacional municipal; donde se especifica el organigrama<br />

general y por dirección, los puestos y funciones, y los pasos que conllevan los<br />

trámites y gestiones municipales que se requieren de las dependencias, lo que<br />

nos permitirá ser más eficientes y eficaces al atender a nuestros usuarios, de<br />

quienes a su vez, esperamos toda colaboración.<br />

Marvin Karim Samayoa Guillermo<br />

Alcalde Municipal<br />

i


I. IMPORTANCIA DE USO DEL MANUAL<br />

El presente manual es un documento que pretende organizar el quehacer municipal y facilitar<br />

las consultas a Autoridades, Funcionarios y empleados municipales que deseen profundizar sus<br />

conocimientos en determinado momento, respecto a las especificaciones, funciones,<br />

responsabilidades y las relaciones de comunicación y coordinación de cada uno de los puestos<br />

existentes, según la estructura organizacional o para evaluar el cumplimiento de las funciones<br />

de cada empleado.<br />

El manual cumple también la función de orientar al personal de nuevo ingreso que desconoce el<br />

ambiente en el que deberá desempeñar sus actividades; de tal forma, que se puedan establecer<br />

relaciones efectivas de comportamiento entre las personas, permitiéndoles trabajar juntas con<br />

eficiencia y eficacia.<br />

Es así como se elaboró el <strong>Manual</strong> de Organización y Funcionamiento, el cual contiene: el<br />

organigrama general de la municipalidad y el específico de la dirección, la descripción de cada<br />

uno de los puestos existentes en cada <strong>Dirección</strong>, según la estructura organizativa actual; la<br />

descripción de los pasos administrativos necesarios para la prestación de algunos servicios<br />

básicos y trámites internos de la municipalidad.<br />

Estos instrumentos, son una respuesta a las requisiciones de la legislación actual para<br />

modernizar la estructura municipal en favor de mejorar la prestación de servicios municipales.<br />

II. MARCO LEGAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LA<br />

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL<br />

El Código Municipal establece la organización básica de la administración municipal. Así el<br />

Alcalde Municipal es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes,<br />

programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal (artículo 9). Al Concejo Municipal<br />

le corresponde, en primer lugar, gobernar y se define como un órgano colegiado superior de<br />

deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyas competencias aparecen en el<br />

artículo 35 del Código Municipal.<br />

Algunas de estas competencias se refiere a:<br />

La iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales;<br />

Convocar a distintos sectores de la sociedad del municipio para la formulación e<br />

institucionalización de las políticas públicas municipales y de los planes de desarrollo<br />

urbano y rural del municipio;<br />

Emitir y aprobar acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales;<br />

Aprobar acuerdos o convenios de asociación o cooperación con otras corporaciones<br />

municipales, entidades u organismos públicos o privados para el desarrollo municipal;<br />

La creación, supresión o modificación de sus dependencias, empresas y unidades de<br />

servicios administrativos;<br />

El establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de<br />

los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades<br />

institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los<br />

intereses públicos<br />

Y controlar y fiscalizar los distintos actos del gobierno municipal y de su administración<br />

1


Por su parte, el Alcalde Municipal tiene como atribuciones las siguientes (artículo 53):<br />

Dirigir la administración municipal;<br />

Representar a la municipalidad y al municipio;<br />

Presidir las sesiones del Concejo Municipal y convocar a sus miembros a sesiones<br />

ordinarias y extraordinarias de conformidad con este Código;<br />

Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales y de los planes,<br />

programas y proyectos de desarrollo del municipio;<br />

Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales; desempeñar<br />

la jefatura superior de todo el personal administrativo de la municipalidad;<br />

Nombrar, sancionar y aceptar la renuncia y remover de conformidad con la ley, a los<br />

empleados municipales; y<br />

Tramitar los asuntos administrativos cuya resolución corresponda al Concejo Municipal<br />

y, una vez substanciados, darle cuenta al pleno del Concejo en la sesión inmediata.<br />

Adicionalmente a lo anterior, el Código Municipal establece la figura de funcionarios municipales<br />

y sus respectivas atribuciones. Como funcionarios municipales ya institucionalizados están:<br />

Secretario Municipal, Tesorero Municipal, Registrador Civil; sin embargo, con los nuevos<br />

requerimientos para la modernización de las municipalidades, el Código Municipal plantea la<br />

incorporación de nuevas unidades organizativas en los niveles directivos, técnicos y<br />

administrativos (ver artículos del 83 al 98). Por ejemplo:<br />

En dirección y gerencia: Gerente Municipal, Director Financiero, Juez de Asuntos<br />

Municipales<br />

Manejo financiero: Administración Financiera Integrada Municipal<br />

Control y fiscalización: Auditor Interno<br />

Técnico: Las Oficinas Municipales de Planificación<br />

Otros que se consideren necesarios<br />

Partiendo de estos nuevos requerimientos y con la participación de las autoridades, funcionarios<br />

y empleados municipales de Salamá, se presenta a continuación el organigrama general, el<br />

organigrama específico, los puestos y funciones, y los procedimientos básicos administrativos<br />

de la dirección administrativa.<br />

III. ORGANIGRAMAS MUNICIPALES<br />

Un Organigrama es la gráfica que muestra la estructura interna de una organización formal de<br />

una institución, sus relaciones, sus niveles de jerarquía, las líneas de autoridad y<br />

responsabilidad, los canales de comunicación, la naturaleza lineal o de asesoría, y las<br />

principales funciones que se desarrollan.<br />

Por lo tanto, debe ser reflejo de la funcionalidad de cada uno de los puestos creados y<br />

ocupados. En el caso de los manuales por direcciones de la Municipalidad de Salamá, se<br />

presenta el organigrama general y el de la dirección respectiva.<br />

4.1 Organigrama General<br />

4.2 Organigrama <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

2


<strong>Dirección</strong><br />

<strong>Administrativa</strong><br />

Secretaría<br />

Municipal<br />

Registro Civil<br />

Registro de<br />

Vecindad<br />

Servicios Internos<br />

<strong>Dirección</strong><br />

Financiera<br />

Tesorería<br />

Contabilidad<br />

Presupuesto<br />

Almacén<br />

Compras y<br />

Contrataciones<br />

Asesoría<br />

Auditoría Interna<br />

Juez de Asuntos<br />

Municipales<br />

Policía Municipal<br />

ORGANIGRAMA GENERAL<br />

CONCEJO<br />

MUNICIPAL<br />

ALCALDE<br />

MUNICIPAL<br />

<strong>Dirección</strong><br />

Municipal de<br />

Planificación<br />

Coordinación<br />

Planificación y<br />

Desarrollo<br />

Coordinación<br />

Fomento<br />

Económico Local<br />

Relaciones<br />

Públicas<br />

Servicios de<br />

Mantenimiento<br />

Escuela de<br />

Marimba<br />

Salón Municipal<br />

Comisiones<br />

<strong>Dirección</strong> de<br />

Servicios Públicos<br />

Agua y<br />

Saneamiento<br />

Mercado<br />

Cementerio<br />

Rastro<br />

Farmacia<br />

Municipal<br />

Desechos Sólidos<br />

3


Oficial<br />

I<br />

Secretario<br />

Municipal<br />

Oficial<br />

II<br />

Oficial<br />

III<br />

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA<br />

Registrador<br />

Civil<br />

Oficial<br />

I<br />

Oficial<br />

II<br />

Director<br />

Administrativo<br />

Bibliotecaria <br />

InspectorMunicipal<br />

Auxiliar de<br />

Administración<br />

Registrador<br />

de Vecindad<br />

Oficial<br />

I<br />

Encargado<br />

de<br />

Mantenimiento<br />

(1)<br />

Jefe de<br />

servicios<br />

internos<br />

Guardián<br />

(2)<br />

Piloto<br />

de<br />

Camión<br />

(3)<br />

4


IV. PUESTOS DE TRABAJO Y SUS FUNCIONES<br />

En el manual los puestos de trabajo tienen como objetivo dar a conocer la naturaleza del<br />

puesto, las funciones, relaciones de trabajo, las obligaciones y requisitos, en base a cada<br />

puesto se selecciona y ubica a la persona idónea para desempeñar dicho puesto; las funciones<br />

de cada puesto de trabajo aclaran las tareas que debe realizar cada persona titular del puesto,<br />

necesarias para lograr los fines y objetivos de la municipalidad.<br />

ALCALDÍA ALCALDÍA MUNICIPAL<br />

MUNICIPAL<br />

MUNICIPAL<br />

ALCALDE MUNICIPAL<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Alcaldía Municipal<br />

TITULO DEL PUESTO: Alcalde Municipal<br />

AUTORIDAD SUPERIOR: Concejo Municipal<br />

SUBALTERNOS: Alcaldes Auxiliares<br />

Director Administrativo, Director Financiero,<br />

Director de Servicios Públicos y Director<br />

Municipal de Planificación, Policía Municipal<br />

y demás unidades subalternas de los<br />

mismos.<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Puesto ejecutivo, a cargo de un funcionario electo en forma popular, a través del voto<br />

mayoritario de los vecinos de su municipio y que de conformidad con artículo 52 del<br />

Código Municipal, Decreto Número 12-2002 preside y representa a la Municipalidad,<br />

es el personero legal de la misma, miembro del Consejo Departamental de Desarrollo<br />

y Presidente de Consejo Municipal de Desarrollo, siendo responsable del<br />

cumplimiento de las disposiciones y resoluciones tomadas por el Concejo Municipal y<br />

de propiciar una efectiva administración de la Municipalidad.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Dirigir la administración municipal.<br />

- Representar a la Municipalidad y al municipio.<br />

- Hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás<br />

disposiciones del Concejo Municipal.<br />

5


- Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales de los<br />

planes, programas y proyectos del desarrollo de municipio.<br />

- Tomar el juramento de ley a los concejales, síndicos, alcaldes comunitarios y<br />

auxiliares al darles posesión de sus cargos.<br />

- Presidir todas las sesiones del Concejo y convocar a las sesiones ordinarias y<br />

extraordinarias, de conformidad con el Código Municipal.<br />

- Ser el medio de comunicación entre el Concejo Municipal, las autoridades y<br />

funcionarios públicos.<br />

- Presentar al Concejo Municipal, el presupuesto de funcionamiento e inversión<br />

municipal.<br />

- Adoptar personalmente y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe o<br />

desastres o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias, dando cuenta<br />

inmediata al pleno del Concejo Municipal.<br />

- Autorizar a título gratuito, los matrimonios civiles, dando dentro de la ley las<br />

mayores facilidades para que se verifiquen, pudiendo delegar esta función en uno<br />

de los concejales.<br />

- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales.<br />

- Ejercer la jefatura de la policía municipal.<br />

- Nombramiento y sanción de sus funcionarios.<br />

- Enviar copia autorizada a la Contraloría General de Cuentas del inventario de los<br />

bienes del municipio, dentro de los primeros quince días calendario del mes de<br />

enero de cada año.<br />

- Contratar obras y servicios con arreglo al procedimiento legalmente establecido,<br />

con excepción de los que corresponda contratar al Concejo Municipal.<br />

- Otras atribuciones inherentes al puesto.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

Con el Concejo Municipal, para presentar la documentación e información pertinente<br />

de conformidad con la ley.<br />

Con el personal subalterno, para proporcionar lineamientos de trabajo, supervisar las<br />

actividades desarrolladas y conocer el avance de trabajo.<br />

Con personas de otras entidades, nacionales e internacionales, para gestionar<br />

recursos técnicos y financieros para beneficio del Municipio.<br />

Con los vecinos del municipio.<br />

6


V. AUTORIDAD:<br />

Para actuar como personero legal de la Municipalidad.<br />

Para hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás<br />

disposiciones del Concejo Municipal.<br />

Para ejercer la potestad de acción directa y resolver asuntos del municipio que no<br />

estén atribuidos a otra autoridad.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Actuar de conformidad con la ley, en lo referente a firma de convenios, acuerdos,<br />

contratos y cualquier documento legal en donde el municipio adquiere un derecho o<br />

una obligación.<br />

De ejecutar el Gobierno Municipal conforme las disposiciones del Concejo Municipal.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito del distrito municipal.<br />

- Saber leer y escribir;<br />

- Estar en le goce de sus derechos políticos los cuales suspenden, de conformidad<br />

con la Ley Electoral y de Partido Político por: Sentencia condenatoria firme,<br />

dictada en proceso penal y Declaratoria judicial de interdicción.<br />

Sus servicios son remunerados, y tendrá derecho a dietas al igual que los síndicos y<br />

concejales, cuando las sesiones se celebren en horas o días inhábiles.<br />

RELACIONISTA PÚBLICO<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Relaciones Públicas<br />

TITULO DEL PUESTO: Relacionista Público<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde Municipal<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto de técnico, cuya responsabilidad será la divulgación de los planes,<br />

programas, proyectos y logros municipales, mediante la elaboración y distribución de<br />

boletines informativos u otros materiales, a través de los medios de comunicación<br />

oportunos.<br />

7


III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Dirigir y supervisar las campañas publicitarias que la Municipalidad promueve por<br />

los diferentes medios de comunicación.<br />

- Atender y orientar al público que desee entrevistarse con funcionarios y<br />

autoridades de la Municipalidad.<br />

- Coordinar con los diversos comités, las festividades que realice la Municipalidad.<br />

- Asistir a los eventos técnico-culturales, deportivos y sociales de la Municipalidad,<br />

dando a conocer en boletines especiales los resultados obtenidos.<br />

- Promover ciclos de conferencias, actos sociales y culturales para el personal de la<br />

Municipalidad.<br />

- Coordinar actividades sociales, culturales y deportivas, con entidades del sector<br />

público y privado.<br />

- Resolver consultas y proporcionar información que le sea solicitada por<br />

estudiantes y público en general, que desea enterarse del funcionamiento de la<br />

Municipalidad.<br />

- Preparar informes sobre resultados obtenidos en la gestión municipal a efecto que<br />

sean divulgados por los medios correspondientes.<br />

- Cubrir los actos protocolarios durante la participación de las autoridades<br />

municipales en eventos informativos, inauguración de obras y otros.<br />

- Desempeñar cualquier función que le sea requerida por su jefe inmediato superior.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Concejo Municipal, cuando sea procedente.<br />

- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, lineamientos de trabajo, proponer<br />

soluciones y presentarle los boletines e informes que sean necesarios.<br />

- Con el Tesorero para coordinar la asignación de recursos para las diferentes<br />

publicaciones.<br />

- Con los representantes de organizaciones comunales, Alcaldes Auxiliares y vecinos<br />

del municipio, para la obtención de información que servirá para la emisión de<br />

boletines informativos.<br />

- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, para la coordinación<br />

de actividades.<br />

- Con representantes de entidades públicas y privadas.<br />

8


V. AUTORIDAD:<br />

Para solicitar información por parte de la Municipalidad, ante las comunidades del<br />

Municipio y otras entidades públicas y privadas.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

De presentar los informes indicados en sus funciones.<br />

Por la divulgación de información oportuna y veraz, de las acciones realizadas por la<br />

Municipalidad.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación:<br />

Poseer título Universitario de las Ciencias de Comunicación o Periodismo.<br />

- Experiencia:<br />

Preferentemente contar con un año de experiencia, en actividades similares.<br />

- Habilidades y Destrezas:<br />

Para tratar con educación y cortesía a funcionarios, empleados públicos,<br />

periodistas y público en general.<br />

Para expresarse en forma clara y concisa, verbalmente y por escrito.<br />

Para establecer y mantener relaciones interpersonales.<br />

Para analizar e interpretar documentos e información.<br />

Para desenvolverse grupos o equipos de trabajo.<br />

Para desarrollar con eficiencia la actividad de investigación.<br />

JUZGADO JUZGADO DE DE ASUNTOS ASUNTOS MUNICIPALES<br />

MUNICIPALES<br />

JUEZ DE ASUNTOS MUNICIPALES<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Juzgado / Asuntos Municipales<br />

TITULO DEL PUESTO: Juez de Asuntos Municipales<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde Municipal<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto de técnico, cuya responsabilidad será cumplir con las ordenanzas<br />

municipales, velar por el cumplimiento de sus reglamentos y demás disposiciones<br />

legales. Ejercerá autoridad en todo el ámbito territorial del municipio de conformidad<br />

con las normas establecidas en el Código Municipal y demás leyes ordinarias.<br />

9


III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Ejercer y representar por delegación la autoridad municipal en asuntos que afecten<br />

las buenas costumbres, el ornato de la población, el medio ambiente, la salud, los<br />

servicios públicos municipales y los servicios públicos en general. Sobre todo, en<br />

aquellos casos cuando el conocimiento de las mismas no esté atribuido al Alcalde,<br />

al Concejo Municipal u otra autoridad, de acuerdo a las normas legales vigentes,<br />

debiendo tomar medidas de acción o sanciones por su infracción según sea el<br />

caso.<br />

- Intervenir en acciones irregulares de tipo administrativo que incurran en hechos<br />

punibles, debiendo certificar por escrito lo conducente al Ministerio Público.<br />

- Deberá dar parte a las autoridades policíacas en aquellos casos de tratarse de un<br />

delito flagrante, siendo responsable de conformidad con la ley.<br />

- Realizar todas aquellas diligencias y expedientes administrativos que le traslade el<br />

Alcalde o el Concejo Municipal, en que debe intervenir la Municipalidad por<br />

mandato legal o le sea requerido informe, opinión o dictamen.<br />

- De los asuntos en que una obra nueva cause daño público o que se trate de obra<br />

peligrosa para los habitantes y el público, aplicar el procedimiento, según el caso<br />

conforme al Reglamento de Construcción.<br />

- De las infracciones a la ley y reglamentos de tránsito, cuando la municipalidad<br />

ejerza la administración del mismo en su circunscripción territorial.<br />

- Rendir informes que le sean requeridos por el Concejo Municipal o el Alcalde.<br />

- Atender la convocatoria del Alcalde cuando éste la requiera, para realizar<br />

consultas o solicitarle información sobre asuntos de su competencia.<br />

- De todos aquellos asuntos en que se afecten las buenas costumbres, el ornato y<br />

limpieza de las poblaciones, el medio ambiente, la salud, los servicios públicos<br />

municipales y los servicios públicos en general.<br />

- De todos aquellos asuntos que violen las leyes, ordenanzas, reglamentos o<br />

disposiciones del gobierno municipal.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Concejo Municipal, cuando sea procedente.<br />

- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, lineamientos de trabajo, proponer<br />

soluciones y presentarle los boletines e informes que sean necesarios.<br />

- Con los representantes de organizaciones comunales y vecinos del municipio,<br />

para atender asuntos de su competencia.<br />

- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, para la coordinación<br />

de actividades.<br />

- Con representantes de entidades públicas y privadas.<br />

10


V. AUTORIDAD:<br />

Para actuar en representación de la Autoridad Municipal, en el cumplimiento de las<br />

ordenanzas, reglamentos y disposiciones emitidas por el Concejo o el Alcalde.<br />

Para cumplir las demás atribuciones contempladas por la ley.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Dar cumplimiento a las ordenanzas, reglamentos y disposiciones emitidas por el<br />

Concejo o el Alcalde.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación:<br />

Poseer título Abogado y Notario colegiado o estudiante de la Las Ciencias<br />

Jurídicas y Sociales.<br />

Haber sido declarado apto y con los requisitos para ser Juez de Paz de los<br />

tribunales de Justicia.<br />

- Experiencia:<br />

Preferentemente contar con un año de experiencia, en actividades similares.<br />

- Habilidades y Destrezas:<br />

Facilidad de palabra para hablar con los vecinos del municipio y con otras<br />

autoridades.<br />

- Otros Conocimientos:<br />

De la ley de Servicio Municipal, Código Municipal, y otras leyes que tengan<br />

relación con el puesto.<br />

DIRECCIÓN DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA<br />

ADMINISTRATIVA<br />

DIRECTOR ADMINISTRATIVO<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Director Administrativo<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde Municipal<br />

SUBALTERNOS: Secretario Municipal,<br />

Registrador Civil, Registrador de Vecindad,<br />

Encargado de servicios internos, Auxiliar de<br />

administración.<br />

11


II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto directivo, nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá<br />

los requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad la atención de las<br />

gestiones administrativas presentadas por los vecinos y empleados municipales que<br />

deben ser resueltas por el Concejo o bien por el Alcalde. Debe ejercer la <strong>Dirección</strong> y el<br />

Control de los servicios internos, de Secretaría, de Registro Civil y Registro de<br />

Vecindad.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Planificar, organizar, supervisar, evaluar y dirigir el funcionamiento eficiente de las<br />

unidades u puestos de trabajo relacionados a la dirección respectiva, apoyando y<br />

coordinando la gestión administrativa de las diferentes dependencias municipales.<br />

- Administrar y velar por el uso eficiente de los bienes muebles e inmuebles<br />

propiedad de la municipalidad, así como los servicios de mantenimiento de la<br />

misma.<br />

- Proponer y tramitar las compras de bienes y contratación de servicios, en función<br />

de las necesidades de la municipalidad y de acuerdo a la legislación<br />

correspondiente.<br />

- Promover en las unidades y departamentos de la dirección mecanismos<br />

adecuados para el trabajo en equipo.<br />

- Diseñar y proponer, en coordinación con los demás directores, estrategias para el<br />

fortalecimiento institucional de la municipalidad y de sus dependencias<br />

administrativas.<br />

- Diseñar, ejecutar, y evaluar los procesos de reclutamiento, selección,<br />

nombramiento, inducción clasificación y control administrativo del recurso humano<br />

de la municipalidad, tomando en cuenta la legislación municipal.<br />

- Organizar, apoyar y evaluar los esfuerzos de desarrollo del recurso humano de la<br />

municipalidad; para el efecto, desarrollar manuales y reglamentos, velar por su<br />

cumplimiento y, además, diseñar y ejecutar programas de capacitación para el<br />

personal técnico y administrativo, con el propósito de mejorar la eficiencia del<br />

mismo.<br />

- Preparar informes que le sean requeridos por el concejo municipal según sus<br />

funciones de la dirección y de las unidades y puestos de trabajo.<br />

- Apoyar la elaboración, en coordinación con la dirección financiera, la<br />

programación, el anteproyecto de presupuesto municipal, la programación de la<br />

ejecución presupuestaria y con los responsables de cada programa, la evaluación<br />

de la gestión presupuestaria.<br />

- Participar y proponer medidas para mejorar la coordinación en instancias<br />

gerenciales que se establezcan en la municipalidad.<br />

12


- Asesorar al Alcalde Municipal y a las comisiones vinculadas sobre la solución de<br />

problemas administrativos de la municipalidad.<br />

- Elaborar conjuntamente con su equipo, la Memoria de Labores, solicitando a las<br />

distintas direcciones municipales, un informe sobre los logros y avances obtenidos<br />

durante el transcurso del año.<br />

- Elaborar programación de vacaciones para el personal de su departamento,<br />

asimismo, deberá solicitar que cada Director de los otros departamentos elabore<br />

su propio programa de vacaciones al inicio de cada año.<br />

- Llevar control estricto de entradas y salidas del personal, así como de la frecuencia<br />

de permisos.<br />

- Desempeñar cualquier función que le sea atribuida por la ley o a través del<br />

nombramiento o asignación por parte del Alcalde.<br />

- Someter a consideración del Alcalde para su autorización, la documentación<br />

respectiva para la aplicación de políticas disciplinarias dentro de la Municipalidad.<br />

- Las demás funciones inherentes a la naturaleza del puesto de trabajo y de las<br />

actividades que le sean asignadas por el Alcalde Municipal y/o el Concejo<br />

Municipal.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Concejo Municipal, al dar seguimiento a comisiones asignadas.<br />

- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, presentar informes, y demás gestiones;<br />

hacer consultas con personal municipal y público en general.<br />

- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y unidades<br />

subalternas en cuanto a la organización de funciones y administración de las<br />

mismas.<br />

- Con el Concejo Municipal y el Alcalde, en cuanto a la aplicación de normas y<br />

ejecución de reglamentos emitidos.<br />

- Con los vecinos del municipio, para el rendimiento de informes y /o dictámenes<br />

emitidos de acuerdo a su resolución de sus solicitudes o requerimientos.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Sobre el personal de la Secretaría Municipal, Registro Civil, Registro de Vecindad,<br />

Servicios internos.<br />

Sobre las unidades ejecutoras y subalternas jerárquicamente bajo su responsabilidad.<br />

Para distribuir el trabajo de entre el personal a su cargo.<br />

13


VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Por el incumplimiento de reglamentos y ordenanzas emitidos por el Concejo Municipal<br />

y Alcalde Municipal, siempre que se pruebe fehacientemente la falta.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Ser guatemalteco de origen.<br />

- Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos.<br />

- Preferentemente Administrador de Empresas o Administrador Público, colegiado y<br />

hábil para el ejercicio de su profesión o en su lugar tener certificado de aptitud y<br />

experiencia comprobada de cinco años en el ramo.<br />

SECRETARÍA SECRETARÍA MUNICIPAL<br />

MUNICIPAL<br />

SECRETARIO MUNICIPAL<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Secretario Municipal<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />

SUBALTERNOS: Oficiales de Secretaría y<br />

Encargado de Archivo.<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto técnico, nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá los<br />

requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad la atención de las gestiones<br />

administrativas presentadas por los vecinos; y que deben ser resueltas por el Concejo<br />

o bien por el Alcalde.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal.<br />

- Asistir a todas las sesiones del Concejo, con voz informativa, pero sin voto dándole<br />

cuenta de los expedientes, diligencias y demás asuntos, en el orden y forma que<br />

indique el Alcalde.<br />

- Proporcionar información y orientación a los miembros del Concejo, en lo relativo a<br />

aspectos administrativos legales, los cuales debe conocer con el objeto de que las<br />

decisiones del Concejo se fundamenten en la ley.<br />

- Tomar nota de la parte principal de las intervenciones de los miembros del<br />

Concejo, debiendo transcribir tanto los argumentos a favor como los en contra.<br />

14


- Distribuir a las diferentes comisiones del Concejo los expedientes sobre los que<br />

deben rendir dictamen.<br />

- Redactar los Acuerdos y Resoluciones.<br />

- Archivar las certificaciones de las actas de cada sesión del Concejo Municipal.<br />

- Velar porque todos los Acuerdos y disposiciones que deban ser publicadas en el<br />

Diario Oficial, se envíen con prontitud a la Tipografía Nacional y que<br />

posteriormente cumplido ese requisito adquiera plena vigencia.<br />

- Dirigir y ejecutar la administración y funcionamiento de la Secretaría Municipal.<br />

- Organizar y distribuir el trabajo de acuerdo a su volumen y personal disponible,<br />

designando dentro de los oficiales, las diferentes funciones, recepción y registro de<br />

documentos de la Municipalidad, así como actas y acuerdos del Concejo.<br />

- Mantener el control permanente de los libros que se llevan en la Administración<br />

Municipal, entre ellos los de actas de la alcaldía, de cédulas y demás expedientes.<br />

- Llevar un registro actualizado de los expedientes que ingresen a la Municipalidad,<br />

para lo cual deberá existir el mobiliario adecuado para formar o establecer el<br />

archivador correspondiente.<br />

- Providenciar expedientes por instrucciones del Alcalde.<br />

- Redactar proyectos de resolución de expedientes y someterlos a la consideración<br />

del Alcalde o trasladarlos a la Comisión correspondiente del Concejo dependiendo<br />

del caso.<br />

- Archivar el Diario Oficial y recopilar los reglamentos, acuerdos y resoluciones de la<br />

Municipalidad.<br />

- Redactar la Memoria de Labores de la Municipalidad.<br />

- Desempeñar cualquier función que le sea atribuida por la ley o a través del<br />

nombramiento o asignación por parte del Alcalde.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Concejo Municipal, mediante su participación en sesiones con funciones de<br />

Secretario y en el seguimiento de comisiones asignadas.<br />

- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, presentar informes de proyectos y<br />

demás gestiones.<br />

- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />

departamento.<br />

15


- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y personal<br />

subalterno en cuanto a la organización de funciones y administración de las<br />

mismas.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

- Sobre el personal de la Secretaría Municipal.<br />

- Sobre el personal subalterno jerárquicamente bajo su responsabilidad.<br />

- Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.<br />

- Para distribuir el trabajo de Secretaría entre los oficiales.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Por toda alteración, omisión, falsificación o suplantación cometida en las actas<br />

certificadas que extienda por los libros asignados y autorizados por el Alcalde, siempre<br />

que se pruebe fehacientemente la falta.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Ser guatemalteco de origen.<br />

- Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos.<br />

- Preferentemente Abogado y Notario colegiado y hábil para el ejercicio de su<br />

profesión o en su lugar tener certificado de aptitud y experiencia comprobada de<br />

cinco años en el ramo.<br />

Tendrá derecho a iguales dietas que las establecidas para síndicos y concejales,<br />

cuando las sesiones se celebren en horas o días inhábiles.<br />

OFICIAL I DE SECRETARÍA<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Oficial I de Secretaría<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto operativo que le corresponde principalmente la elaboración de actas de<br />

inicio de obras, certificación de actas del Concejo Municipal y otras constancias y<br />

controles para la atención correcta de los vecinos.<br />

16


Dentro de sus actividades, le corresponde elaborar contratos administrativos según<br />

corresponda a la gestión.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Redactar correspondencia de la Secretaría, para la realización de gestiones a<br />

otras oficinas de la Municipalidad o bien a otras Instituciones.<br />

- Llevar el control de taxis municipales, microbuses y fleteros.<br />

- Actas de inicio de obras.<br />

- Actas de desintegración de grupos EFIS del FIS.<br />

- Actas de autorización de hipotecas de BANRURAL.<br />

- Certificación de actas de Concejo Municipal.<br />

- Control del Salón y parque central.<br />

- Recepción de teléfono.<br />

- Secretaria del Consejo Municipal de Desarrollo (COMUDE).<br />

- Elaboración de declaraciones juradas.<br />

- Elaborar contratos varios.<br />

- Elaborar constancias varias.<br />

- Sustituir al Secretario Municipal, en su ausencia.<br />

- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para<br />

su firma y sello.<br />

Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Para firmar documentos en ausencia del Secretario Municipal.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />

Del control de los contratos, expedientes, archivo de las actas y otros documentos.<br />

17


VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación<br />

Título a nivel medio<br />

- Habilidades y destrezas:<br />

Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />

oficina (escribir, calculadora, computadora, etc.) y para redactar.<br />

- Otros conocimientos:<br />

Sobre el Código Civil, Código Municipal, leyes, Reglamentos internos y acuerdos<br />

municipales relacionados al trabajo.<br />

OFICIAL II DE SECRETARÍA<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Oficial II de Secretaría<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto operativo, que le corresponde llevar registro de los Consejos<br />

Comunitarios de Desarrollo, actualizar libros de aldeas, caseríos, comités; elaborar<br />

solicitudes y extender constancias varias.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Registro de Comités y Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODES).<br />

- Extender carnés para COCODES y comités.<br />

- Registro de fierros para marcar ganado.<br />

- Actualizar libros de aldeas, caseríos, comités y COCODES.<br />

- Elaborar contratos de arrendamientos de tierras.<br />

- Elaboración y certificación de actas de recepción.<br />

- Elaboración y certificación de actas varias.<br />

- Certificación de préstamos de diferentes Bancos.<br />

- Registro de mausoleos.<br />

18


- Órdenes de construcción de cajas del cementerio.<br />

- Actualizar recibos simples.<br />

- Certificación de puntos de acta.<br />

- Elaboración de solicitudes varias.<br />

- Miembro de la junta receptora de obras municipales.<br />

- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos<br />

para su firma y sello.<br />

- Con el alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los<br />

interesados.<br />

- Con el público interesado.<br />

- Con Notarios públicos.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Para firmar documentos en ausencia del Secretario Municipal y del Oficial primero.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />

De la documentación recibida para su gestión.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación:<br />

Título a nivel medio.<br />

- Habilidades y destrezas:<br />

Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />

escribir.<br />

Para redactar correspondencia.<br />

- Otros conocimientos:<br />

Sobre el Código Civil, Código Municipal y además leyes y reglamentos<br />

relacionados al trabajo.<br />

19


OFICIAL III DE SECRETARÍA.<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong>.<br />

TITULO DEL PUESTO: Oficial III de Secretaría.<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto operativo, que le corresponde atender el archivo de toda la<br />

documentación generada por las actividades de la Secretaría Municipal, extender<br />

certificados de trabajo y otras solicitudes.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Elaboración de actas de matrimonio.<br />

- Elaboración de actas de vacaciones.<br />

- Elaborar certificados de trabajo.<br />

- Revisión de libros de caja de comités.<br />

- Elaborar solicitudes de inhumación y exhumación.<br />

- Extender las órdenes de inhumación.<br />

- Extender órdenes a los Alcaldes Auxiliares.<br />

- Llenar nombramientos de Alcaldes Auxiliares.<br />

- Elaborar Actas de Supervivencia.<br />

- Razonar los libros de cédulas y matrimonios, enviar avisos a los distintos<br />

departamentos.<br />

- Enviar las Actas de matrimonio al Registro Civil.<br />

- Elaborar solicitudes de carnés para el I.G.S.S.<br />

- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO.<br />

Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para<br />

su firma y sello.<br />

Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.<br />

20


V. AUTORIDAD:<br />

Ninguna.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

- Por el cuidado y buen estado de libros y documentación a su cargo.<br />

- Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />

- Del envío oportuno de las notificaciones, citaciones y convocatorias a sus destinos<br />

respectivos.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación<br />

Título a nivel medio.<br />

Preferentemente Secretaria.<br />

- Habilidades y destrezas<br />

Recibir e interpretar instrucciones de trabajo y capacitaciones para el manejo de<br />

máquinas de escribir y uso de computadoras.<br />

Para redactar correspondencia.<br />

- Otros conocimientos<br />

Sobre el Código Municipal en lo relacionado al trabajo.<br />

REGISTRO REGISTRO CIVIL CIVIL<br />

CIVIL<br />

REGISTRADOR CIVIL<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Registrador Civil<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />

SUBALTERNOS: Oficiales de Registro Civil.<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto técnico, nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá los<br />

requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad efectuar las inscripciones de<br />

los nacimientos, adopciones, reconocimientos de hijos, matrimonios, uniones de<br />

hecho, capitulaciones matrimoniales, insubsistencia y nulidad del matrimonio, divorcio,<br />

separación y reconciliación posterior, tutelas, pro tutelas y guardas, defunciones e<br />

inscripción de extranjeros y de guatemaltecos naturalizados y de personas jurídicas.<br />

21


III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal.<br />

- Realizar la inscripción y registro de personas jurídicas, con presencia del<br />

testimonio de la escritura pública.<br />

- Efectuar inscripción de:<br />

- Partidas de nacimiento recientes y extemporáneas.<br />

- Extranjeros residentes.<br />

- Guatemaltecos naturalizados.<br />

- Reconocimientos judiciales de uniones de hecho<br />

- Tutelas, protutelas y guardas.<br />

- Capitulaciones matrimoniales.<br />

- Defunciones y mortinatos.<br />

- Gestionar y participar en la realización de matrimonios civiles y uniones de hecho,<br />

desde la solicitud, dictamen, resolución y constancias de matrimonio.<br />

- Inscribir los matrimonios efectuados en el municipio, ya sea que se realicen<br />

directamente en la municipalidad, a través de Abogados y Notarios o por Ministros<br />

de Culto autorizados.<br />

- Elaborar actas de autorización de los padres o quienes ejerzan la patria potestad,<br />

para aquellos menores que soliciten contraer matrimonio.<br />

- Darle trámite a los expedientes de divorcio, así como de adopciones, remitidos por<br />

los juzgados correspondientes, a través de la trascripción de la resolución en el<br />

libro respectivo y el razonamiento en la partida de matrimonio o de nacimiento,<br />

según corresponda.<br />

- Extender certificaciones para el caso que sean requeridas.<br />

- Velar por el buen estado de los libros y documentos correspondientes al Registro<br />

Civil.<br />

- En caso de no haber formularios impresos para las inscripciones; realizar las<br />

inscripciones en los libros respectivos, debiéndolos encuadernar, empastar y<br />

foliar con el sello de la municipalidad.<br />

- Efectuar el cierre de los libros el día treinta y uno de diciembre de cada año, con<br />

una razón que indique el número de actas que contiene, que deberá firmar.<br />

- Efectuar inspección y vigilancia del registro civil municipal.<br />

- Instruir a sus oficiales para realizar adecuadamente las actividades.<br />

22


IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Concejo Municipal, para proporcionar información oportuna, veraz, y<br />

confiable.<br />

- Con el Alcalde, para recibir instrucciones y presentar informes confiables.<br />

- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />

departamento.<br />

- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y personal<br />

subalterno en cuanto a la organización de funciones y administración de las<br />

mismas.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

- Sobre el personal del Registro Civil.<br />

- Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.<br />

- Para distribuir el trabajo del Registro Civil entre los oficiales.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Depositario del Registro Civil y en el ejercicio de las funciones que le son propias,<br />

goza de fe pública, y es responsable, mientras no pruebe que el hecho es imputable a<br />

otra persona, por las omisiones, alteraciones, falsificaciones, y suplantaciones<br />

cometidas en las actas de registro.<br />

Responsable del envío oportuno de los informes estadísticos mensuales que se<br />

remiten a las instituciones gubernamentales.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación<br />

Preferentemente Abogado y Notario colegiado y hábil para el ejercicio de su<br />

profesión, de reconocida honorabilidad e idoneidad; o en su lugar tener<br />

certificado de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.<br />

- Habilidades y Destrezas<br />

Recibir e interpretar instrucciones de trabajo a la brevedad posible.<br />

Para redactar informes.<br />

Para atender al público, con amabilidad y respeto.<br />

- Otros conocimientos<br />

Sobre manejo de Código Civil, Código Municipal, reglamentos y acuerdos<br />

municipales y otras leyes relacionadas con el trabajo.<br />

23


OFICIAL I DE REGISTRO CIVIL<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Oficial I de Registro Civil<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Registrador Civil<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto operativo, que le corresponde llevar registro actualizado del estado civil<br />

de las personas, nacimientos y defunciones que ocurran dentro del municipio.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Razonar matrimonios celebrados dentro y fuera de la municipalidad.<br />

- Transcribir actas de matrimonio de la municipalidad.<br />

- Transcribir actas de matrimonio de Notarios, llenar boletas de matrimonios.<br />

- Extender constancias negativas, soltería y divorcio.<br />

- Registrar nacimientos, defunciones, matrimonios y divorcios.<br />

- Mantener ordenado el archivo del Registro Civil.<br />

- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Registrador Civil, para recibir instrucciones y presentarle documentos para<br />

su firma y sello.<br />

- Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los<br />

interesados.<br />

- Con el público interesado.<br />

- Con Notarios públicos.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Para firmar documentos en ausencia del Registrador Civil.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />

De la documentación recibida para su gestión.<br />

24


VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación:<br />

Título a nivel medio.<br />

- Habilidades y destrezas:<br />

Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />

escribir.<br />

Para redactar correspondencia.<br />

- Otros conocimientos:<br />

Sobre el Código Civil, Código Municipal y además leyes y reglamentos<br />

relacionados al trabajo.<br />

OFICIAL II DE REGISTRO CIVIL<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Oficial II de Registro Civil<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Registrador Civil<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto operativo, que le corresponde llevar registro actualizado del estado civil<br />

de las personas, nacimientos y defunciones que ocurran dentro del municipio.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Enviar informe semanal al Registro de Ciudadanos<br />

- Enviar la estadística mensual al INE.<br />

- Extensión de nacimientos, defunciones, divorcios.<br />

- Mandar el informe de reporte a la Gobernación.<br />

- Mandar informe a la comandancia.<br />

- Razonar partidas de nacimientos, defunciones.<br />

- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />

25


IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Registrador Civil, para recibir instrucciones y presentarle documentos para<br />

su firma y sello.<br />

- Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los<br />

interesados.<br />

- Con el público interesado.<br />

- Con Notarios públicos.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Para firmar documentos en ausencia del Registrador Civil y del Oficial I de Registro<br />

Civil.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />

De la documentación recibida para su gestión.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación:<br />

Título a nivel medio.<br />

- Habilidades y destrezas:<br />

Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />

escribir.<br />

Para redactar correspondencia.<br />

- Otros conocimientos:<br />

Sobre el Código Civil, Código Municipal y además leyes y reglamentos<br />

relacionados al trabajo.<br />

REGISTRO REGISTRO DE DE VECINDAD<br />

VECINDAD<br />

REGISTRADOR DE VECINDAD<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Registrador de Vecindad<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />

SUBALTERNOS: Oficiales de Registro de<br />

Vecindad.<br />

26


II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto técnico, nombrado por el Concejo Municipal, que tiene bajo su<br />

responsabilidad efectuar la inscripción de cada vecino oriundo del municipio y registrar<br />

el avecindamiento de habitantes de otros distritos y registrar todas las modificaciones<br />

de las características de los vecinos.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal.<br />

- Realizar la inscripción de cada vecino oriundo del municipio.<br />

- Gestionar la firma del secretario y del Alcalde, para la emisión de primera cédula o<br />

reposición.<br />

- Extender certificaciones o constancias de cédulas.<br />

- Proporcionar carnés de identificación tributaria del Ministerio de Finanzas Públicas,<br />

cuando se extienda la primera cédula.<br />

- Registrar el avecindamiento de habitantes de otros distritos, una vez cumplidos los<br />

requisitos establecidos en la ley.<br />

- Atender las resoluciones procedentes de los Abogados y Notarios y del Ministerio<br />

Público.<br />

- Registrar las modificaciones de las características de los vecinos.<br />

- Custodiar y conservar en forma eficiente, los libros y documentación relacionada al<br />

Registro de Vecindad.<br />

- Enviar avisos de avecindamientos a otras municipalidades.<br />

- Elaboración cartas de venta y guías de conducción.<br />

- Elaborar el cuadro estadístico de ganado mayor y menor.<br />

- Elaborar el cuadro estadístico de primeras cédulas y avecindamientos al registro<br />

de ciudadanos.<br />

- Cancelación de asientos de cédulas de vecindad.<br />

- Índices de los libros de cédulas de vecindad.<br />

- Enviar telegramas relacionados con el registro de vecindad.<br />

- Certificar asientos de cédulas.<br />

- Control de destace de marranos.<br />

- Archivar documentos.<br />

27


- Efectuar inspección y vigilancia del registro de vecindad.<br />

- Instruir a sus oficiales para realizar adecuadamente las actividades.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Concejo Municipal, para proporcionar información oportuna, veraz, y<br />

confiable.<br />

- Con el Alcalde, para recibir instrucciones y presentar informes confiables.<br />

- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />

departamento.<br />

- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y personal<br />

subalterno en cuanto a la organización de funciones y administración de las<br />

mismas.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

- Sobre el personal del Registro de Vecindad.<br />

- Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.<br />

- Para distribuir el trabajo del Registro de Vecindad entre los oficiales.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

- Del cuidado y buen estado de los libros del Registro de Vecindad.<br />

- Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />

- Responsable del envío oportuno de las notificaciones que se remiten a otras<br />

municipalidades e instituciones gubernamentales.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación<br />

Título de nivel medio. De reconocida honorabilidad e idoneidad; o tener certificado<br />

de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.<br />

- Habilidades y Destrezas<br />

Recibir e interpretar instrucciones de trabajo a la brevedad posible.<br />

Para redactar informes.<br />

Para atender al público, con amabilidad y respeto.<br />

- Otros conocimientos<br />

Sobre el Código Municipal, La Ley de Cédulas, reglamentos y acuerdos<br />

municipales y otras leyes relacionadas con el trabajo.<br />

28


OFICIAL I DEL REGISTRO DE VECINDAD.<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Oficial I, del Registro de Vecindad.<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Registrador de Vecindad.<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto operativo, que le corresponde atender a los interesados y mantener<br />

actualizado el Registro de vecindad, además es personal de apoyo a la dirección<br />

administrativa en relación a cubrir las vacaciones del personal que corresponda.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Extender primeras cédulas de vecindad y reposiciones.<br />

- Extender certificaciones o constancias de cédulas.<br />

- Proporcionar carnés de identificación tributaria del Ministerio de Finanzas Públicas,<br />

cuando se extienda la primera cédula.<br />

- Registrar el avecindamiento de habitantes de otros distritos, una vez cumplidos los<br />

requisitos establecidos en la ley.<br />

- Registrar las modificaciones de las características de los vecinos.<br />

- Enviar avisos de avecindamientos a otras municipalidades.<br />

- Elaboración cartas de venta y guías de conducción.<br />

- Elaborar el cuadro estadístico de ganado mayor y menor.<br />

- Elaborar el cuadro estadístico de primeras cédulas y avecindamientos al registro<br />

de ciudadanos.<br />

- Cancelación de asientos de cédulas de vecindad.<br />

- Razones de avecindamientos.<br />

- Enviar información a la SAT.<br />

- Mantener ordenado el archivo del Registro de Vecindad.<br />

- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.<br />

29


IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Registrador de Vecindad, para recibir instrucciones y presentarle<br />

documentos para su firma y sello.<br />

- Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los<br />

interesados.<br />

- Con el público interesado.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Para firmar documentos en ausencia del Registrador de vecindad.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />

De la documentación recibida para su gestión.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación:<br />

Título a nivel medio.<br />

- Habilidades y destrezas:<br />

Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de<br />

escribir.<br />

Para redactar correspondencia.<br />

- Otros conocimientos:<br />

Sobre el Código Municipal y ley de cédulas, otras leyes y reglamentos<br />

relacionados al trabajo.<br />

BIBLIOTECA BIBLIOTECA MUNICIPAL<br />

MUNICIPAL<br />

BIBLIOTECARIA.<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Bibliotecaria.<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto técnico, nombrado por el Alcalde Municipal, que tiene bajo su<br />

responsabilidad mantener ordenada la biblioteca y atender al público interesado.<br />

30


III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Brindar atención amable y cortés al público.<br />

- Ordenar todo tipo de material bibliográfico.<br />

- Mantener un registro actualizado de todo lo que existe en la biblioteca.<br />

- Seleccionar material bibliográfico.<br />

- Ser guía y orientador a los usuarios de la biblioteca.<br />

- Velar por el buen uso de los libros y otros documentos consultados.<br />

- Custodiar y conservar en forma eficiente los libros y documentos de la biblioteca.<br />

- Enviar informe mensual a su jefe inmediato, sobre las actividades realizadas y<br />

estadística de personas que consultan la biblioteca.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Alcalde Municipal, para proporcionar información y recomendaciones<br />

oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones.<br />

- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />

departamento y recibir instrucciones.<br />

- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la<br />

organización de funciones y administración de las mismas.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Para organizar las actividades de la biblioteca.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

- Del cuidado y buen estado de los libros existentes en la biblioteca.<br />

- Del mobiliario y equipo de oficina asignado.<br />

- Responsable del envío oportuno de informes.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación<br />

Título de nivel medio. De reconocida honorabilidad e idoneidad.<br />

- Habilidades y Destrezas<br />

Para mantener estricto control y archivo ordenado de documentos.<br />

Para redactar informes.<br />

Para atender al público, con amabilidad y respeto.<br />

31


SERVICIOS SERVICIOS INTERNOS INTERNOS INTERNOS MUNICIPALES<br />

MUNICIPALES<br />

JEFE DE SERVICIOS INTERNOS<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Jefe de Servicios Internos<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo<br />

SUBALTERNOS: Encargado de Mantenimiento, Guardianes y<br />

Conductores de Vehículos pesados.<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto técnico, nombrado por el Alcalde Municipal, que tiene bajo su<br />

responsabilidad coordinar las comisiones para los pilotos, las actividades de<br />

guardianía y control sobre el mantenimiento proporcionado a los vehículos.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Informar oportunamente al Alcalde Municipal y Director Administrativo sobre<br />

cualquier situación encontrada.<br />

- Coordinar actividades de los guardianes.<br />

- Asignar comisiones a pilotos de camiones.<br />

- Verificar y controlar que se les brinde mantenimiento a vehículos.<br />

- Realizar supervisión y control sobre su personal.<br />

- Proponer soluciones a problemas encontrados.<br />

- Realizar otras actividades que le sean asignadas por su jefe inmediato.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Alcalde Municipal, para proporcionar información y recomendaciones<br />

oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones..<br />

- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />

departamento y recibir instrucciones.<br />

- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la<br />

organización de funciones y administración de las mismas.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Para organizar las actividades del personal a su cargo.<br />

32


VI. RESPONSABILIDAD:<br />

De la entrega oportuna de informes.<br />

Del mobiliario y equipo asignado.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación<br />

Nivel Primario completo.<br />

De reconocida honorabilidad e idoneidad.<br />

- Habilidades y Destrezas<br />

Para recibir instrucciones y cumplirlas.<br />

Para mantener estricto control de actividades.<br />

Tener conocimientos sobre vehículos.<br />

ENCARGADO DE MANTENIMIENTO<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> <strong>Administrativa</strong><br />

TITULO DEL PUESTO: Encargado de Mantenimiento.<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Encargado Serv. internos<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto operativo nombrado por el Director Administrativo, que tiene bajo su<br />

responsabilidad realizar el mantenimiento a los diferentes vehículos de la<br />

municipalidad.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Realizar oportunamente el mantenimiento a los diferentes vehículos de la<br />

municipalidad.<br />

- Realizar las reparaciones que considere necesarias.<br />

- Proponer soluciones a problemas relacionados con el estado de los vehículos.<br />

- Llevar un control de mantenimiento por vehículo.<br />

- Realizar otras actividades que le sean asignadas por su jefe inmediato.<br />

33


IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Jefe de servicios internos, para proporcionar información y<br />

recomendaciones oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones.<br />

- Con la <strong>Dirección</strong> administrativa para la Coordinación de actividades del<br />

departamento y recibir instrucciones.<br />

- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la<br />

organización de funciones y administración de las mismas.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Para organizar las actividades de mantenimiento que le sean asignadas.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

De la entrega oportuna de los vehículos.<br />

Del mobiliario y equipo asignado.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación<br />

Nivel Primario completo.<br />

De reconocida honorabilidad e idoneidad.<br />

Con experiencia comprobada en el ramo.<br />

- Habilidades y Destrezas<br />

Para recibir instrucciones y cumplirlas.<br />

Para mantener estricto control de actividades.<br />

CONDUCTOR DE VEHÍCULO PESADO<br />

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:<br />

UNIDAD ADMINISTRATIVA: <strong>Dirección</strong> Administrativo<br />

TITULO DEL PUESTO: Conductor de vehículo Pesado<br />

JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Encargado Serv. internos<br />

SUBALTERNOS: Ninguno<br />

II. NATURALEZA DEL PUESTO:<br />

Es un puesto operativo nombrado por el Director Administrativo que tiene bajo su<br />

responsabilidad conducir vehículos pesados de la municipalidad.<br />

III. FUNCIONES DEL PUESTO:<br />

- Realizar las comisiones asignadas de traslado de materiales hacia las<br />

comunidades.<br />

34


- Trasladar a la municipalidad, las compras realizadas.<br />

- Velar por el buen estado del vehículo asignado.<br />

- Requerir oportunamente los servicios y mantenimiento para el vehículo.<br />

- Proponer soluciones a problemas encontrados.<br />

- Llevar un control de mantenimiento del vehículo.<br />

- Realizar otras actividades que le sean asignadas por su jefe inmediato.<br />

IV. RELACIONES DE TRABAJO:<br />

- Con el Director Administrativo para proporcionar información y recomendaciones<br />

oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones.<br />

- Con el Encargado de Mantenimiento para la Coordinación de actividades.<br />

- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la<br />

organización de funciones y administración de las mismas.<br />

V. AUTORIDAD:<br />

Para organizar las actividades de conducción de vehículo, que le sean asignadas.<br />

VI. RESPONSABILIDAD:<br />

Del cumplimiento eficiente de las comisiones.<br />

Del mobiliario y equipo asignado.<br />

VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:<br />

- Educación<br />

Nivel Primario completo.<br />

De reconocida honorabilidad e idoneidad.<br />

Con experiencia comprobada en el ramo.<br />

Licencia de conducir tipo Profesional vigente.<br />

- Habilidades y Destrezas<br />

Para recibir instrucciones y cumplirlas.<br />

Para mantener estricto control de actividades.<br />

35


V. PROCEDIMIENTOS BÁSICOS<br />

Los procedimientos nos indican los pasos necesarios y las actividades indispensables<br />

definiendo la responsabilidad de cada puesto de trabajo o unidad administrativa para la<br />

prestación de un servicio público y/o los pasos para realizar una actividad financiera,<br />

administrativa o técnica.<br />

Por lo tanto, conocer y tener claro lo procedimientos básicos en las áreas administrativa, técnica<br />

y de planificación, de servicios público y financiera contribuye, ordena y facilita la coordinación y<br />

la comunicación en el trabajo municipal para lograr sus finalidades.<br />

Los procedimientos que aparece en este manual son: Solicitud de certificaciones en registro civil<br />

y solicitud registro de vecindad. Además, se agregan los procedimientos de la financiera, de<br />

planificación y de servicios públicos con el objeto de conocerlos para la buena coordinación del<br />

trabajo.<br />

Solicitud de Certificaciones en Registro Civil<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

Usuario manifiesta<br />

interés de obtener<br />

certificación al<br />

Registro Civil.<br />

Registro Civil recibe<br />

solicitud verbal de<br />

certificación.<br />

Interesado paga hoja<br />

en Tesorería y la<br />

presenta en Registro<br />

Civil para emisión de<br />

certificado.<br />

Registro Civil emite<br />

certificación y cobra<br />

honorarios<br />

Inicio<br />

Usuario Tesorería Registro Civil<br />

Solicitud<br />

Pago<br />

Solicitud<br />

verbal<br />

Emisión de<br />

documento<br />

Fin<br />

36


Solicitud Registro de Vecindad<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

Usuario manifiesta<br />

interés de obtener su<br />

Cédula de Vecindad.<br />

El Registro de<br />

Vecindad recibe<br />

solicitud verbal del<br />

interesado y le<br />

solicita documentos.<br />

Interesado solicita<br />

certificado de<br />

nacimiento en el<br />

Registro Civil<br />

Tesorería cobra:<br />

boleto de ornato,<br />

carné para cédula y<br />

certificado de<br />

nacimiento.<br />

Interesado entrega<br />

papelería en el<br />

Registro de<br />

Vecindad, quien<br />

emite Cédula y<br />

traslada carné para<br />

firmas.<br />

Secretario corrobora<br />

datos para su firma y<br />

la del Alcalde.<br />

Inicio<br />

Interesado<br />

Solicitud<br />

Registro<br />

Civil<br />

Solicitud<br />

certificado<br />

Tesorería<br />

Cobro<br />

Registro<br />

de Vecindad<br />

Recepción<br />

Solicitud<br />

Emisión<br />

Cédula<br />

Secretaría<br />

Firma<br />

Alcalde<br />

Municipal<br />

Firma<br />

Fin<br />

37


Solicitud de Desmembración Propiedad<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

Usuario emite<br />

solicitud y la entrega<br />

al Alcalde Municipal<br />

Alcalde recibe<br />

solicitud y traslada<br />

expediente a<br />

Catastro y Tesorería<br />

Catastro hace<br />

inspección de<br />

campo y solicita<br />

fotocopia de: cédula,<br />

boleto ornato y<br />

solicitud del<br />

interesado<br />

Catastro realiza<br />

plano del inmuebles<br />

y elabora informe y<br />

lo traslada a<br />

Secretaría<br />

Secretaría da aval y<br />

emite constancia y<br />

solicita Vo. Bo. del<br />

Alcalde Municipal.<br />

Secretaría emite<br />

Certificado<br />

Municipal y traslada<br />

expediente a<br />

Tesorería para el<br />

pago de la<br />

desmembración<br />

Tesorería cobra<br />

desmembración y<br />

traslada expediente<br />

a Encarga IUSI para<br />

inscripción.<br />

Encargada de IUSI<br />

recibe expediente e<br />

inscribe al usuario,<br />

luego lo traslada a<br />

Catastro.<br />

Catastro registra<br />

expediente. Entrega<br />

certificado al<br />

usuario.<br />

Usuario recibe<br />

Certificado<br />

Municipal de<br />

Desmembración<br />

Inicio<br />

Usuario<br />

Emisión<br />

Solicitud<br />

Certificado<br />

Alcalde<br />

Municipal<br />

Recepción<br />

Expediente<br />

Vo. Bo.<br />

Catastro Secretaría Tesorería Encargada<br />

I.U.S.I.<br />

Inspección<br />

de campo<br />

Informe<br />

Registro<br />

Catastral<br />

Aval y<br />

Constancia<br />

Certificado<br />

Municipal<br />

Pago<br />

Desmembración<br />

Inscripción<br />

I.U.S.I.<br />

Fin<br />

38


Licencia de Construcción<br />

Involucrados<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

Usuario elabora y<br />

presenta solicitud a<br />

donde corresponda<br />

Catastro conoce y da<br />

trámite a solicitud para<br />

licencia de construcción.<br />

Catastro entrega<br />

formulario para solicitud<br />

de licencia de<br />

construcción al usuario<br />

interesado.<br />

Interesado entrega<br />

formulario lleno y demás<br />

papelería: Fotocopia de<br />

cédula, boleto de<br />

ornato, escritura, IUSI a<br />

Catastro.<br />

Catastro realiza<br />

inspección de campo.<br />

Catastro autoriza<br />

licencia de construcción<br />

e informa al interesado<br />

Catastro elabora<br />

informe y traslada a<br />

Tesorería<br />

Tesorería cobra el<br />

derecho de construcción<br />

según informe de<br />

catastro<br />

Inicio<br />

Interesado Catastro Tesorería<br />

Solicitud<br />

Formulario<br />

Licencia de<br />

Construcción<br />

Información<br />

al Interesado<br />

Tramita<br />

Formulario<br />

Licencia de<br />

Construcción<br />

(1 día)<br />

Inspección<br />

de Campo<br />

Si<br />

Autorización<br />

Elaboración<br />

de Informe<br />

No<br />

Pago de<br />

Licencia<br />

Fin<br />

39


Servicio Nuevo de Agua Potable o Reinstalación<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

Usuario emite<br />

solicitud y la<br />

entrega al Director<br />

Servicios<br />

Director de servicios<br />

recibe solicitud y la<br />

traslada al<br />

Administrador de<br />

Servicio de Agua<br />

Administrador de<br />

Servicios de Agua<br />

recibe solicitud y<br />

pide al Fontanero<br />

que realice<br />

inspección.<br />

Fontanero realiza<br />

inspección ocular y<br />

elabora informe.<br />

Administrador de<br />

Servicio de Agua<br />

aprueba la<br />

inspección realizada<br />

por el fontanero.<br />

El Director autoriza<br />

el Servicio y<br />

traslada resolución<br />

al interesado.<br />

Usuario recoge<br />

resolución y efectúa<br />

el pago en<br />

Tesorería<br />

Tesorería realiza<br />

cobro según<br />

resolución del<br />

servicio autorizado.<br />

El Administrador de<br />

Servicios de Agua<br />

da la orden de<br />

conexión.<br />

El Fontanero<br />

ejecuta la orden del<br />

Director e instala<br />

servicio.<br />

Inicio<br />

Usuario<br />

Solicitud<br />

Resolución<br />

Administrador<br />

Servicio<br />

de Agua<br />

Recepción<br />

Solicitud<br />

Aprobación<br />

inspección<br />

No Si<br />

Orden de<br />

conexión<br />

Fontanero<br />

Inspección<br />

Instalación<br />

Director de<br />

Servicios<br />

Públicos<br />

Recepción<br />

Solicitud<br />

Autoriza el<br />

servicio<br />

Requisitos: Recibo IUSI, licencia construcción, Boleta Ornato, Fotocopia escritura y de cédula.<br />

Tesorero<br />

Cobro<br />

Servicio<br />

Fin<br />

40


Solicitud Drenaje<br />

Involu-<br />

Crados<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

Usuario emite<br />

solicitud de drenaje y<br />

la entrega al<br />

Administrador.<br />

El Administrador<br />

recibe solicitud del<br />

usuario y la traslada<br />

al Director de<br />

Servicios<br />

El Director de<br />

Servicios manda al<br />

Albañil que realice<br />

inspección ocular.<br />

El Albañil realiza<br />

inspección ocular en<br />

el lugar donde se<br />

requiere el servicio.<br />

El Administrador<br />

aprueba la<br />

inspección ocular<br />

realizada por el<br />

Albañil.<br />

Director de Servicios<br />

autoriza<br />

El usuario recoge<br />

solicitud autorizada<br />

Tesorería cobra el<br />

servicio de drenaje,<br />

según autorización<br />

El Administrador da<br />

la orden de ejecución<br />

de instalación del<br />

drenaje al Albañil<br />

Inicio<br />

Usuario<br />

Solicitud<br />

Recoger<br />

autorización<br />

Director de<br />

Servicios<br />

Orden de<br />

inspección<br />

Autorización<br />

Administrador<br />

Agua<br />

y Saneamiento<br />

Recepción<br />

Solicitud<br />

Aprobado<br />

Orden de<br />

Ejecución<br />

Si<br />

Albañil Tesorería<br />

Inspección<br />

Ocular<br />

No<br />

Cobro<br />

Servicio<br />

Fin<br />

Fin<br />

41


Solicitud Puestos en Mercado Municipal<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

El usuario emite solicitud y<br />

la entrega al Administrador.<br />

Administrador recibe<br />

solicitud de puesto de<br />

mercado del usuario.<br />

El administrador resuelve<br />

sobre la autorización de la<br />

solicitud<br />

Administrador autoriza el<br />

puesto de mercado.<br />

El Cobrador ubica el puesto<br />

y procede a cobrar.<br />

El Administrador registra en<br />

el libro el Puesto del<br />

Mercado.<br />

Inicio Solicitud<br />

Usuario Administrador Cobrador<br />

Recepción<br />

Solicitud<br />

Si<br />

Autorización<br />

Registro<br />

No<br />

Ubicar y<br />

cobrar<br />

Fin<br />

Fin<br />

42


Solicitud Arrendamiento de Salón Municipal<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

Interesado manifiesta<br />

interés en arrendar el<br />

Salón al Director de<br />

Servicios.<br />

Involu-<br />

crados<br />

Director de Servicios<br />

recibe solicitud de<br />

arrendamiento del Salón y<br />

la traslada al Encargado<br />

del Salón.<br />

Encargado revisa<br />

programación de<br />

actividades.<br />

Encargado evalúa<br />

posibilidad de arrendar el<br />

salón e informa al<br />

interesado.<br />

Tesorería cobra el monto<br />

por arrendamiento al<br />

interesado<br />

Interesado<br />

Inicio Solicitud<br />

Director<br />

Servicios<br />

Recepción<br />

Solicitud<br />

Encargado<br />

Salón<br />

Municipal<br />

Revisión<br />

Programación<br />

Si<br />

No<br />

Tesorería<br />

Cobro<br />

Fin<br />

Fin<br />

43


Solicitud de Locales Mensuales o Temporales (Contrato)<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

Interesado emite<br />

solicitud para<br />

arrendar un local y la<br />

entrega al Director<br />

de Servicios.<br />

El Director de<br />

Servicios recibe<br />

solicitud y la traslada<br />

al Administrador del<br />

Mercado.<br />

Administrador<br />

verifica si es factible<br />

prestar el servicio.<br />

Administrador evalúa<br />

disponibilidad<br />

Administrador<br />

autoriza el servicio<br />

El Director de<br />

Servicios otorga<br />

Visto Bueno para<br />

arrendar el local.<br />

El Interesado recibe<br />

resolución.<br />

Tesorería realiza<br />

contrato y otorga<br />

comprobante de<br />

pago al Interesado.<br />

El Administrador<br />

ubica al Interesado<br />

en el Local asignado.<br />

Interesado<br />

Inicio Solicitud<br />

Resolución<br />

Director<br />

Servicios<br />

Recepción<br />

Solicitud<br />

Vo. Bo.<br />

Administrador<br />

de<br />

Mercado<br />

Municipal<br />

Verifica<br />

Si<br />

Autorización<br />

Ubicación<br />

de Puesto<br />

No<br />

Tesorería<br />

Contrato<br />

Fin<br />

Fin<br />

44


Solicitud Uso del Rastro<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

Necesarios<br />

Usuario manifiesta<br />

interés de hacer<br />

uso del rastro al<br />

Inspector.<br />

Inspector recibe<br />

solicitud verbal del<br />

interesado.<br />

Interesado cancela<br />

valor del servicio en<br />

Tesorería.<br />

Inspector autoriza<br />

el ingreso al<br />

Rastro, previo a<br />

recibir comprobante<br />

de Tesorería y<br />

notifica al<br />

Destazador.<br />

Destazador efectúa<br />

notificación del<br />

Inspector de<br />

Rastro.<br />

Inspector de Rastro<br />

revisa y sella la<br />

carne del destace.<br />

Inicio<br />

Usuario Destazador<br />

Solicitud<br />

Destace<br />

Revisión<br />

Inspector<br />

de Rastro<br />

Solicitud<br />

Autorización<br />

Ingreso<br />

Inspector entrega reporte mensual a Registro Civil de cuantos destaces y decomisos se realizaron.<br />

Tesorería<br />

Pago<br />

Fin<br />

45


Solicitud de Materiales e Insumos necesarios en las diferentes<br />

dependencias de la Municipalidad.<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

necesarios<br />

Detectar la<br />

necesidad de<br />

materiales e<br />

insumos en la<br />

dirección<br />

Hacer y trasladar<br />

solicitud de<br />

materiales e<br />

insumos<br />

Revisar solicitud y<br />

comprobar<br />

existencia de<br />

materiales e<br />

insumos<br />

Gestionar compra<br />

de materiales e<br />

insumos que no<br />

existan en<br />

almacén<br />

Entrega de<br />

materiales e<br />

insumos<br />

requeridos.<br />

Director<br />

Responsable y<br />

su personal<br />

Inicio Necesidad<br />

Solicitud<br />

Entrega<br />

Tesorero<br />

Compra<br />

No<br />

Guarda<br />

Almacén<br />

Disponibilidad<br />

Si<br />

Tiempo<br />

requerido<br />

Quince días<br />

antes que<br />

finalice el<br />

trimestre<br />

Una semana<br />

antes que<br />

termine el mes<br />

Una semana<br />

antes<br />

Primera<br />

semana del<br />

trimestre<br />

Fin<br />

46


Solicitud de terreno para construcción en cementerio<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

necesarios<br />

Usuario presenta<br />

solicitud de<br />

terreno para<br />

construcción en el<br />

cementerio<br />

Administrador<br />

recibe solicitud y<br />

verifica<br />

disponibilidad.<br />

Si la decisión es<br />

negativa, el<br />

usuario contrata<br />

panteón privado<br />

como opción.<br />

Administrador<br />

autoriza panteón<br />

al solicitante<br />

El solicitante<br />

cancela tasa por<br />

servicio en<br />

Tesorería (se<br />

extiende recibo<br />

7B)<br />

El Administrador y<br />

el Oficial II reciben<br />

documento del<br />

pago para registro<br />

respectivo.<br />

Usuario del<br />

servicio recibe<br />

notificación para<br />

iniciar<br />

construcción<br />

Usuario<br />

del<br />

Servicio<br />

Inicio Solicitud<br />

Notificación <br />

Administrador<br />

del<br />

Cementerio<br />

Razona y<br />

verifica<br />

disponibilidad<br />

Si<br />

Decide<br />

Archiva<br />

documento<br />

Receptor<br />

(a)<br />

(Tesorería)<br />

No<br />

Cobra tasa<br />

Oficial II<br />

(?)<br />

Registra<br />

título<br />

Usuario alquila<br />

panteón privado<br />

Fin<br />

47


Ciclo de proyectos de ampliaciones y mejoramiento de Q30,000.00 en<br />

adelante ejecutado por administración e involucrando al COCODE.<br />

Involu-<br />

crados<br />

Pasos<br />

necesarios<br />

Solicitud de proyecto<br />

del COCODE (vía este<br />

Concejo se inicia<br />

trámite de todo<br />

proyecto)<br />

Secretaría recibe<br />

solicitud y la traslada al<br />

Concejo Municipal<br />

Concejo Municipal<br />

analiza solicitud, decide<br />

y emite resolución<br />

Elabora dictamen y lo<br />

traslada a la OMP y<br />

otras oficinas<br />

vinculadas<br />

Elabora perfil y diseño<br />

del proyecto y forma el<br />

expediente del mismo<br />

Realiza análisis sobre<br />

la disponibilidad<br />

financiera para el<br />

proyecto<br />

Asigna financiamiento y<br />

autoriza la modalidad<br />

de ejecución del<br />

proyecto<br />

Secretaría coordina e<br />

informa a unidades y<br />

traslada a dirección<br />

financiera para<br />

transferencia<br />

Aprobación de<br />

transferencia<br />

presupuestaria por el<br />

Concejo Municipal<br />

Información para la<br />

preparación del inicio<br />

de la ejecución del<br />

proyecto<br />

COCODE<br />

Inicio Solicitud<br />

Fin<br />

No<br />

Secretario<br />

Municipal<br />

Recepción<br />

Solicitud<br />

Dictamen<br />

Por Administración<br />

Coordina<br />

e informa<br />

Concejo<br />

Municipal<br />

No<br />

Si<br />

Analiza y<br />

decide<br />

Si<br />

Asigna<br />

financiamiento<br />

y<br />

aprueba<br />

modalidad<br />

Si No<br />

No<br />

Aprobaciónpresupuestaria<br />

Si<br />

Coordinador<br />

OPM<br />

Proyecto<br />

diseñado<br />

Director<br />

Financiero<br />

Disponibili<br />

dad<br />

Financiera<br />

Si No<br />

Por Contrato<br />

Transferenciapresupuestaria<br />

Coordinador<br />

Ejecución<br />

Proyectos<br />

Notificación<br />

para la<br />

ejecución<br />

COMUDE<br />

Conoce el<br />

expediente<br />

Pendiente<br />

Se inicia otro<br />

proceso<br />

Fin<br />

48


VI. COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL<br />

- Propuesta -<br />

El por qué del Comité?<br />

El Comité Gerencial Municipal es una instancia de encuentro y trabajo estratégico entre el<br />

alcalde municipal y los directores municipales; es un medio para mejorar la coordinación y<br />

comunicación en el trabajo diario de la municipalidad. Esta instancia surge por la necesidad de<br />

involucrar y canalizar los aportes de funcionarios municipales en la dirección estratégica y<br />

modernizadora de la municipalidad de Salamá.<br />

Junto al Alcalde y el Concejo Municipal, los directores municipales tienen responsabilidades<br />

comunes que se orientan, entre otras, a:<br />

a) Lograr la eficiencia y eficacia en la prestación de servicios administrativos y públicos<br />

municipales.<br />

b) Promover en las unidades y departamentos de la municipalidad el trabajo en equipo y<br />

profesionalizar al recurso humano municipal.<br />

c) Elevar las capacidades de gestión institucional de la municipalidad para enfrentar con<br />

éxito la descentralización de la administración pública.<br />

d) Definir e implementar orientaciones estratégicas para promover el desarrollo municipal.<br />

De esta manera, el Comité Gerencial Municipal es una instancia funcional dentro de la<br />

estructura municipal orientada a lograr determinados objetivos que a continuación se describen.<br />

Objetivos del comité:<br />

Mejorar la coordinación y comunicación a nivel de la dirección municipal<br />

Canalizar los aportes de funcionarios municipales para el fortalecimiento de la gestión<br />

municipal<br />

¿Quiénes conforman el comité?<br />

• Alcalde Municipal<br />

• Director administrativo, Director de la AFIM, Director de Planificación y Director de Servicios<br />

Públicos<br />

• Otros, de acuerdo a los temas a tratar o requerimientos de información<br />

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ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL<br />

Director<br />

Administrativo<br />

Los temas a tratar:<br />

Director de la<br />

AFIM<br />

• Intercambio de información sobre el trabajo de cada dirección<br />

• Resolución de problemas y situaciones conflictivas<br />

• Presentación de propuestas de mejoramiento de la administración y gestión municipal<br />

• Conocimiento y validación de metas y objetivos de la gestión municipal<br />

• Formulación e implementación de estrategias de operativización de propuestas<br />

Seguimiento de acuerdos:<br />

Alcalde<br />

Municipal<br />

Director de<br />

planificación<br />

Director de Servicios<br />

Públicos<br />

Los resultados principales de las reuniones de la instancia de coordinación gerencial municipal,<br />

son los acuerdos decididos sobre los temas analizados y discutidos. La operativización de<br />

estos acuerdos debe concretarse en medidas concretas y asignación de responsabilidades,<br />

dentro de las personas que integran el Comité Gerencial Municipal. Para ello debe quedar claro<br />

lo siguiente:<br />

QUÉ ACUERDO ES? El tema concreto<br />

QUÉ SE QUIERE HACER? <strong>Manual</strong>, reglamento, etc.<br />

QUIÉN O QUIÉNES SON LOS RESPONSABLES? Con nombres y apellidos<br />

QUÉ TIEMPO SE DISPONE? Un mes, dos meses.<br />

INFORME SOBRE LO ACTUADO: Presentar avances del trabajo o producto final<br />

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VII. ANEXOS:<br />

Pasos y simbología utilizados para la definición de los procedimientos básicos de cada<br />

dirección<br />

PASOS:<br />

1. Identificación de las operaciones necesarias que se desarrollan para prestar el servicio<br />

específico<br />

2. Identificación de los puestos de trabajo que tienen bajo su responsabilidad esas<br />

operaciones<br />

3. Definir la lógica de las operaciones, es decir, qué operación va de primero, cuál de<br />

segunda, tercera, etc.<br />

4. Integrar las acciones y pasos del procedimiento a fin de visualizarlo y afinarlo<br />

conjuntamente con el grupo de trabajo<br />

5. Analizar la forma de mejorar o simplificar esas acciones incluidas dentro del<br />

procedimiento<br />

Para ello las preguntas siguientes son útiles:<br />

a. Es necesaria realmente esa acción?<br />

b. Qué valor agregado tiene esa acción?<br />

c. Cómo podemos mejorar el servicio?<br />

d. Qué problemas hay y cómo resolverlos?<br />

SIMBOLOGÍA:<br />

Breve descripción de la actividad<br />

Punto donde debe tomarse una decisión<br />

<strong>Dirección</strong> y orden de los pasos<br />

Indica inicio y fin del proceso<br />

Flujo del proceso que se ha detenido para<br />

evaluar la calidad del producto<br />

Significado documento<br />

Inicio de otro procedimiento alternativo<br />

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