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LOS VASCONES DE LAS FUENTES ANTIGUAS - Historia Antigua

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<strong>LOS</strong> <strong>VASCONES</strong> <strong>DE</strong> <strong>LAS</strong> <strong>FUENTES</strong> <strong>ANTIGUAS</strong><br />

EN TORNO A UNA ETNIA <strong>DE</strong> LA ANTIGÜEDAD PENINSULAR<br />

JAVIER ANDREU PINTADO (ED.)<br />

Col·lecció INSTRUMENTA 32<br />

Barcelona 2009


PÓRTICO<br />

Prólogo<br />

(José Mª Blázquez Martínez)<br />

ÍNDICE GENERAL<br />

Presentación<br />

(Mª Jesús Peréx Agorreta, Luis J. Fernández Rodríguez)<br />

Nota Editorial<br />

(Javier Andreu Pintado)<br />

ETNIA, ETNICIDAD, IN<strong>DE</strong>NTIDAD<br />

Vascones, autoctonía, continuidad, lengua. Entre la <strong>Historia</strong> y la Historiografía<br />

(Fernando Wulff Alonso)<br />

Entre Vascones, íberos y celtíberos: el grupo del Hierro del Alto y Medio Ebro<br />

(Victor E. M. Maturén)<br />

Las denominadas “cecas vasconas”: una revisión<br />

(Cruces Blázquez Cerrato)<br />

De etnias y monedas: las “cecas vasconas”, una revisión crítica<br />

(Francisco Beltrán Lloris, Javier Velaza Frías)<br />

La toponimia de las ciudades vasconas<br />

(José Luis Ramírez Sádaba)<br />

CUESTIONES HISTÓRICAS E HISTORIOGRÁFICAS<br />

Los Vascones de las fuentes clásicas en época romana: crónica historiográfica (2004-2008)<br />

(Javier Andreu Pintado, Mª Jesús Peréx Agorreta)<br />

Algunos apuntes sobre los Vascones en la guerra sertoriana<br />

(Eduardo Artica Rubio)<br />

De nuevo sobre el itinerario de Sertorio por el valle del Ebro y por el ager Vasconum<br />

(Serafín Olcoz Yanguas, Manuel Medrano Marqués)<br />

Sertorio, Pompeyo y el supuesto alineamiento de los Vascones con Roma<br />

(Francisco Pina Polo)<br />

13<br />

15<br />

17<br />

23<br />

57<br />

71<br />

99<br />

127<br />

147<br />

169<br />

191<br />

195<br />

7


Gracvrris y los oppida de antiguo Lacio<br />

(Estela García Fernández)<br />

Las tábulas de hospitalidad de Arre (Pamplona)<br />

(Borja Díaz Ariño, Alejandra Guzmán Almagro)<br />

Vascones y visigodos<br />

(Javier Arce)<br />

Vascones y visigodos: analisis iushistórico de la organización militar<br />

(Roldán Jimeno Aranguren)<br />

Los Vascones de la Literatura Latina tardía (siglos IV-VII)<br />

(Esteban Moreno Resano)<br />

Navarra, la Gallia y Aquitania en la Antigüedad Tardía<br />

(Francisco Javier Navarro)<br />

TERRITORIO, SOCIEDAD, POBLAMIENTO<br />

La ordenación del territorio vascón en la Edad del Hierro<br />

(Javier Armendáriz Martija)<br />

Arsaos. Reflexiones históricas, geográficas y tipológicas en torno a una ceca indígena<br />

en territorio vascón<br />

(José Fernández Gómez)<br />

Nuevos testimonios arqueológicos romano-republicanos procedentes del campamento<br />

de Sertorio en el curso bajo del río Alhama (Cintruénigo-Fitero, Navarra)<br />

(Manuel Medrano Marqués, Salvador Remírez Vallejo)<br />

El mvnicipivm Cascantvm en la Antigüedad: Valoración general y aspectos arqueológicos<br />

(Marta Gómara Miramón)<br />

Documentos de regadío en el Valle del Ebro. ¿Figuraba la vascona Cascantvm en el Bronce<br />

de Agón?<br />

(Carmen Castillo García)<br />

Onomástica y organización social de los Vascones<br />

(Esther Cantón Serrano)<br />

La proyección de la élite de los Vascones en época romana. Representación local, provincial<br />

y estatal<br />

(Estíbaliz Ortíz de Urbina Álava)<br />

Contribuciones al estudio de la religiosidad de los Vascones<br />

(Eva Tobalina Oraá)<br />

8<br />

215<br />

231<br />

243<br />

253<br />

261<br />

291<br />

303<br />

339<br />

371<br />

403<br />

415<br />

423<br />

457<br />

479


Grafitos nominales de la Plaza del Castillo de Pamplona<br />

(Mercedes Unzu Urmeneta, Pablo Ozcáriz Gil)<br />

Ritmos epigráficos en el área nororiental del solar vascón: las Cinco Villas de Aragón<br />

(Ángel A. Jordán Lorenzo)<br />

ÍNDICES ANALÍTICOS<br />

Índice de fuentes<br />

fuentes literarias<br />

fuentes epigráficas<br />

fuentes numismáticas (cecas)<br />

Índice onomástico<br />

Índice topográfico<br />

pueblos de la antigüedad<br />

topónimos antiguos<br />

topónimos actuales<br />

Índice de materias<br />

acontecimientos y categorias históricas<br />

actividades económicas<br />

administración romana<br />

cargos públicos y profesiones<br />

ciencias auxiliares<br />

religión<br />

sociedad romana<br />

Vascones<br />

Índice de autores modernos<br />

499<br />

513<br />

527<br />

532<br />

535<br />

537<br />

540<br />

541<br />

543<br />

553<br />

555<br />

556<br />

557<br />

560<br />

561<br />

562<br />

9


LA PROYECCIÓN <strong>DE</strong> LA ELITE <strong>DE</strong> <strong>LOS</strong> <strong>VASCONES</strong> EN ÉPOCA ROMANA.<br />

REPRESENTACIÓN LOCAL, PROVINCIAL Y ESTATAL ∗<br />

ESTÍBALIZ ORTIZ <strong>DE</strong> URBINA ÁLAVA<br />

Universidad del País Vasco - Euskal Herriko Unibertsitatea<br />

La condición esencial de ciuis o ciudadano de pleno derecho en una de las ciuitates vasconas<br />

documentadas en época imperial no impidió que entre los miembros de estas comunidades políticas<br />

se diesen diferentes posibilidades de acceso a unas determinadas prerrogativas y atribuciones locales,<br />

a una ambicionada promoción social dentro y fuera del ámbito cívico. Por el contrario, la acreditación<br />

de esta condición jurídica por parte de destacadas familias, con una disponibilidad económica óptima<br />

en bienes inmuebles, requeridos para el acceso al cursus honorum, sin mácula de un nacimiento servil<br />

y con una dignitas y auctoritas (prestigio e influencia) y existimatio (estima, reputación) colectiva,<br />

fue uno de los aspectos considerados cuando se vieron favorecidas por la naturaleza jerárquica que<br />

caracterizaba a la sociedad romana 1 .<br />

∗ Contribución realizada en el marco del proyecto de investigación HUM 2007-61305, financiado por el MEC. Las<br />

abreviaturas empleadas en el texto para los corpora epigráficos y jurídico son las que siguen: EJER: A. D’ORS, Epigrafía<br />

jurídica de la España romana, Madrid 1953; ERR: U. ESPINOSA, Epigrafía romana de La Rioja, Logroño 1986; ERZ:<br />

G. FATÁS y M. MARTÍN-BUENO, Epigrafía romana de Zaragoza y su provincia, Zaragoza 1977; IRMN: C. CASTILLO; J.<br />

GÓMEZ-PANTOJA y Mª D. MAULEÓN, Inscripciones romanas del Museo de Navarra, Pamplona 1981; IRR: J. C. ELORZA,<br />

Mª L. ALBERTOS y A. GONZÁLEZ, Inscripciones romanas en La Rioja, Logroño 1980; y RIT: G. ALFÖLDY, Die römischen<br />

Inschriften von Tarraco, Berlín 1975.<br />

1 Frente a la reducida nómina de πόλεις citadas por el geógrafo Estrabón (3. 4. 10: Kal£gourij, Pompšlwn, O„asouna),<br />

en la descripción del conuentus Caesaraugustanus de Plinio el Viejo (Nat. 3. 3. 24) se mencionan once populi, que se<br />

ponen en relación con el ámbito vascón, siendo citados ocho por Ptolomeo (PTOL. 2. 6. 11 y 2. 6. 67) entre las dieciseis<br />

πόλεις que adjudica a este grupo de población. La información del geógrafo egipcio coincide con el cómputo de ciuitates<br />

precisada en la actividad censual de un tribuno senatorial de la legio VII Gemina, desarrollada posiblemente entre los<br />

457


Diferentes actividades públicas realizadas por estos ciues dentro del territorio cívico, en el<br />

ámbito provincial o en la propia Roma, son precisadas en la documentación epigráfica, pero también<br />

en aquellos testimonios numismáticos, como los procedentes de Calagurris (Calahorra), en los que<br />

se indica el nombre y las atribuciones desempeñadas por los magistrados locales 2 . Estas evidencias<br />

constituyen nuestras fuentes directas para conocer diversos aspectos relativos a la estructuración y<br />

diferenciación social, así como a la representación de la elite de los vascones durante el Principado.<br />

Pero siendo amplio el conjunto epigráfico que disponemos, con más de doscientas inscripciones<br />

dentro y fuera del territorio vascón, aunque con una minoritaria representación epigráfica de<br />

carácter honorífico, no nos permite perfilar un cuadro uniforme de las diferentes categorías<br />

sociales que integraron estas ciuitates vasconas. Tampoco podemos conocer de una forma óptima<br />

para cada uno de estos centros cívicos la formación y características de sus notables, las bases<br />

económicas donde reposa una parte de los fundamentos de su poder o incluso establecer un cuadro<br />

prosopográfico de aquellas familias destacadas, con la identificación de sus relaciones sociales.<br />

Estos grupos familiares selectos, no obstante, fueron los más interesados en dejar una conveniente<br />

imagen y memoria escrita de sus atribuciones locales, de sus responsabilidades provinciales o de<br />

una relevante promoción social que les aportara la idoneidad para formar parte de la aristocracia<br />

imperial, aunque fuera de forma excepcional.<br />

Teniendo en cuenta estas consideraciones, habría que aclarar sin embargo que la<br />

documentación epigráfica y numismática, junto con los testimonios arqueológicos que disponemos<br />

para estas comunidades cívicas en época imperial, sí que nos permiten detenernos en uno de los<br />

criterios esenciales para definir a las elites provinciales, su grado de participación en el poder, así<br />

como aproximarnos a ciertos ciues selectos, que integran estos grupos dirigentes y que con las<br />

atribuciones y honores desempeñados nos informan de su progresiva asunción de comportamientos<br />

romanos. Asimismo, a partir de otros indicios (entre otros, militares profesionales en el ejército<br />

romano, veteranos, dedicaciones honoríficas en Tarraco, dedicaciones realizadas por o para<br />

libertos) podemos considerar la presencia de determinados ciues que disfrutaron de una cierta<br />

posición económica, aunque no podamos precisar si ésta fue en paralelo con una condición social<br />

elevada y formaron parte de la aristocracia vascona 3 .<br />

principados de Adriano o Antonino Pío entre los grupos de población vascón y várdulo (CIL, VI, 1463; veáse, más<br />

adelante, nota 85). Por otra parte, diversos ciues de estas ciuitates vasconas ponen de relieve la efectiva autonomía<br />

política de sus comunidades, reconocida por el Estado romano, al mencionar su origo cuando se encuentran fuera de<br />

sus territorios cívicos, con evidencias dentro del área atribuida a los vascones: Andelonensis (CIL, II, 2963), Carensis<br />

(veáse, nota 88), Curnoniensis (AE, 1989, 361c), Eturissensis (AE, 1977, 471) y Segiensis (ver nota 69) documentados<br />

respectivamente en Santacara, Carcastillo, Tafalla, Sos del Rey Católico y Asín; en la capital provincial: Calagurritanus<br />

(-a), Pompaelonensis, Carensis y un ciuis de Cascantum (véase § 2. 2); en Aquitania: Curnoniensis y Pompaelonensis<br />

(CIL, XIII, 621 y 414); en Panonia, Germania y Roma: Calagurritanus (véase nota 34). Sobre estas ciuitates y su<br />

localización, puede verse J. J. SAYAS, El municipio de Vasconia en el mundo antiguo, Iura Vasconiae 2, 2005, 9-44,<br />

esp. 27-44; J. ANDREU, Ciudad y territorio en el solar de los Vascones en época romana, en: J. ANDREU (ed.), Navarra<br />

en la Antigüedad. Propuesta de actualización, Pamplona 2006, 179-228; E. ORTIZ <strong>DE</strong> URBINA, Vascones y romanos.<br />

Procesos de integración cívica en la praxis político-administrativa romana, en: J. SANTOS y M. URTEAGA (eds.), Dominio<br />

e integración de pueblos de montaña en el Estado romano: Vascones, Isaurios y pueblos alpinos, Curso de verano de la<br />

UPV/EHU. Museo Oiasso, Irún 2007 (en prensa).<br />

2 Véase § 2.1.<br />

3 Sobre los criterios de definición y los ámbitos y modelos de representación de las elites hispanas, puede verse J. F.<br />

RODRÍGUEZ NEILA y F. J. NAVARRO (eds.), Elites y promoción social en la Hispania romana, Pamplona 1999; M. NAVARRO y<br />

S. <strong>DE</strong>MOUGIN (eds.), Élites hispaniques, Burdeos 2001; y S. ARMANI; B. HURLET-MARTINEAU y A. U. STYLOW (eds.), Epigrafía<br />

y sociedad en Hispania durante el Alto Imperio: estructuras y relaciones sociales, Alcalá de Henares 2003.<br />

458


1. LA REPRESENTACIÓN <strong>DE</strong> LA ELITE INDÍGENA<br />

Los designados con el etnónimo Vascones en las referencias históricas y geográficas<br />

transmitidas por los autores clásicos no reciben un tratamiento específico en el relato de las campañas<br />

militares desarrolladas por Roma en el ámbito hispano, a diferencia de la actitud beligerante con la<br />

que son descritas las actuaciones, entre otros, de los pueblos de la Meseta y del Norte peninsular. Esta<br />

anexión ex silentio, sin testimonios precisos de una intervención directa del Estado romano sobre<br />

los territorios atribuidos a los vascones, nos ha privado de una gradual percepción de su proceso de<br />

incorporación al Estado romano, que es una realidad histórica en el principado de Augusto, cuando<br />

concluye el proceso de conquista peninsular 4 . No obstante, estas mismas referencias nos permiten<br />

considerar cómo, desde la perspectiva de los intereses de Roma y de su contacto con las poblaciones<br />

localizadas desde el valle medio del Ebro al litoral cantábrico, los Vascones constituyen un grupo de<br />

población diferenciado al que se le atribuyen diversas connotaciones espaciales y organizativas.<br />

Desde esta percepción de los autores clásicos, que refleja los modelos de representación<br />

geográfica y política de quienes incorporan los territorios y pueblos peninsulares a su Imperio 5 , los<br />

Vascones aparecen por primera vez mencionados durante el desarrollo del conflicto sertoriano en<br />

el ámbito hispano, si tenemos en cuenta las primeras referencias relativas a los años 76 y 75 a. C.,<br />

aportadas por Tito Livio 6 y Salustio 7 . Posteriormente forman parte de la representación del espacio<br />

humano y geográfico administrado que aporta Estrabón, como soporte ideológico a la actividad de<br />

control y pacificación augústea y a la nueva conformación política y administrativa en el ámbito local<br />

y provincial que implica la actuación romana 8 . Además de estos comentarios, que reflejan su interés<br />

propagandístico respecto a la intervención romana, Estrabón incluye una información de naturaleza<br />

etnográfica sobre el género de vida de “los montañeses” con anterioridad a las transformaciones<br />

derivadas de la presencia romana, entre los que incluye a los galaicos, astures y cántabros hasta<br />

4 J. J. SAYAS, Conquista y colonización del valle del Ebro en época tardorrepublicana y principado, en: E. ORTIZ <strong>DE</strong> URBINA y<br />

J. SANTOS (eds.), Teoría y práctica del ordenamiento municipal en Hispania, Vitoria 1996, 63-82. Desde este argumento ex<br />

silentio se ha considerado su incorporación pacífica. Por otra parte, habría que tener en cuenta que la descripción ofrecida<br />

por los autores clásicos dista de ser continua, objetiva y precisa. Durante el proceso de conquista un étnico genérico, como<br />

íberos o hispanos, permitiría a diferentes autores agilizar el relato y silenciar a pueblos que intervienen en las campañas<br />

militares y cuya mención no se consideraba necesaria para una adecuada comprensión de los hechos expuestos; véase la<br />

contribución de J. J. SAYAS, Unidad en la diversidad: la visión de Estrabón de algunos pueblos peninsulares, en: G. CRUZ<br />

(coord.), Estrabón e Iberia: nuevas perspectivas de estudio, Málaga 1999, 155-208, esp. 162-163; P. MORET, Ethnos ou<br />

ethnie? Avatars anciens et modernes des noms de peuples ibères, en: G. CRUZ y B. MORA (coords.), Identidades étnicas-<br />

Identidades políticas en el mundo prerromano hispano, Málaga, 2004, 43-48.<br />

5 En esta percepción exógena prevalecen los intereses de Roma y la relevancia de las relaciones establecidas con<br />

determinados pueblos o con destacados centros indígenas en su progresivo dominio de diferentes áreas peninsulares, al<br />

respecto, pueden verse: G. CRUZ, P. LE ROUX y P. MORET (eds.), La invención de una geografía de la Península Ibérica I.<br />

La época republicana, Madrid 2006 y, de los mismos autores, La invención de una geografía de la Península Ibérica II.<br />

La época imperial, Madrid 2007.<br />

6 La expresión per Vasconum agrum ducto exercitu (LIV. Per. 91) pone en relación por primera vez la existencia del<br />

étnónimo Vascones asociado a “un” territorio, localizado en la cuenca media del Ebro, y a “unos” romanos que conforman<br />

la facción senatorial opuesta al régimen político imperante en el Estado romano; véase, en este volumen, la contribución<br />

de F. Pina (pp. 195-214).<br />

7 El testimonio fragmentario, tum Romanus rcitus frumenti gra remotus in Vascones emque Sertorius<br />

moe (SALL. Hist. 2. 93), alude a la decisión de Pompeyo de dirigir en el año 75 a. C. al ejército romano hacia los<br />

Vascones para proveerse de trigo. La dirección de este desplazamiento queda sin especificar, pero la documentación escrita<br />

y arqueológica permite considerar diferentes áreas, tanto la relativa al valle medio del Ebro como la zona septentrional,<br />

en torno a la cuenca de Pamplona, dentro de un amplio espacio geográfico atribuido a este grupo de población; véanse<br />

las contribuciónes de F. Pina en este volumen (esp. pp. 196-202) y también el trabajo de J. ARMENDÁRIZ, Propuesta de<br />

identificación del campamento de invierno de Pompeyo en territorio vascón, TAN 18, 2005, 41-63, esp. 51-54.<br />

8 STR. 3. 4. 10; y, al respecto, J. J. SAYAS, Unidad en la diversidad…, esp. 157ss.<br />

459


llegar a los vascones y el Pirineo 9 . Entre otros testimonios aportados, la celebración de “banquetes<br />

con los parientes” (met¦ tîn suggenîn), donde los participantes se estructuran en torno a la edad<br />

viril, con plenitud de facultades y fuerza física para la defensa de la comunidad (¹lik…a), y al rango o<br />

dignidad, derivada de una singular experiencia vital (tim»), nos permite aproximarnos a los criterios<br />

que debieron de ser estimados en la jerarquización social de estos pueblos septentrionales 10 .<br />

En esta información indirecta no debemos olvidar, sin embargo, los criterios ideológicos<br />

que subyacen en la descripción que realiza Estrabón de las formas de vida indígena, frente a las<br />

civilizadas que aporta la pacificación romana. Pero los testimonios arqueológicos, numismáticos y<br />

epigráficos confirman a partir de la Segunda Edad del Hierro la transformación del poblamiento, la<br />

creación de núcleos urbanos (oppida) y el protagonismo de sus aristocracias locales en el territorio<br />

que la geografía e historiografía antiguas comienzan a atribuir a los Vascones a partir del conflicto<br />

sertoriano y en núcleos próximos 11 , que en época altoimperial se documentan entre las dieciseis<br />

pÒleij que adjudica Ptolomeo a este grupo de población 12 . Esta percepción etnogeográfica y política<br />

a principios del siglo II d. C. debe ser valorada desde los procesos de cambio y de reestructuración<br />

que experimentan los Vascones y las poblaciones del entorno, teniendo en cuenta la dinámica que<br />

imprime en su evolución interna el contacto con la administración romana 13 .<br />

9 STR. 3. 3. 7. Se ha considerado que en la expresión mšcri OÙaskènwn kaˆ tÁj Pur»nhj, la preposición μέχρι (“hasta”)<br />

actuaría con un valor exclusivo; véase J. J. SAYAS, Unidad en la diversidad…, esp. 161. Un significado inclusivo no es<br />

descartable si se tiene en cuenta la diversidad histórico-cultural y geomorfológica del área atribuida por el geógrafo (STR.<br />

3. 4. 10) a los vascones, desde la cuenca media del Ebro, vía natural de penetración de influencias culturales durante la<br />

Edad del Hierro, donde se encuentra Kal£gourij, OÙaskènwn pÒlij; hasta los que se sitúan en “la orilla del Océano”,<br />

los de O…asouna (Irún) y los de la zona de Πομπέλων (Pamplona), localizada en el pueblo de los vascones (OÙaskènwn<br />

œqnoj). Esta perspectiva de análisis permite profundizar en los testimonios que aportan las dos vertientes geomorfológicas,<br />

mediterránea y atlántica, en las que se estructura el territorio atribuido a los vascones, cuando se procede al análisis<br />

arqueológico de los procesos culturales y estructuras de poblamiento durante el primer milenio a. C., y contrastarlos<br />

con los aspectos relativos a la conformación histórica de diversos pueblos septentrionales próximos; véase, por ejemplo,<br />

A. CASTIELLA, Peculiaridades del poblamiento prerromano en territorio vascón: Navarra, CUAUN 12, 2004, 177-230;<br />

X. PEÑALVER, El Bronce Final y la Edad del Hierro en Euskal Herria, en: J. AGIRREAZKUENAGA (dir.), <strong>Historia</strong> de Euskal<br />

Herria. <strong>Historia</strong> general de los vascos. Tomo I: Euskal Herria en el tiempo y el espacio. Orígenes y formación de la<br />

población vasca en la prehistoria, Bilbao 2004, 360-401; X. PEÑALVER, La Edad del Hierro. Los vascones y sus vecinos.<br />

El último milenio anterior a nuestra era, San Sebastián 2008, 41-72, 89-111, 121-162, 213-228. así como la contribución<br />

de J. Armendáriz en este volumen (pp. 303-337).<br />

10 En relación con el análisis de las expresiones συγγένεια, τιμή, ¹lικία, con la valoración del parentesco ficticio ο figurado y<br />

los grupos de edad en la representación sociο-política, así como las evidencias epigráficas relativas a la organización interna<br />

entre estos grupos septentrionales, puede verse Mª C. GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Reflexiones sobre las unidades organizativas<br />

indígenas del área indoeuropea, en: Mª C. GONZÁLEZ RODRÍGUEZ y J. SANTOS (eds.), Las estructuras sociales indígenas del<br />

norte de la Península Ibérica, Vitoria 1994, 139-166, esp. 146-154; Mª C. GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Las estructuras sociales<br />

indígenas entre los pueblos del Norte, en: J. F. RODRÍGUEZ NEILA y F. J. NAVARRO (eds.), Los pueblos prerromanos del norte<br />

de Hispania. Una transición cultural como debate histórico, Pamplona 1998, 325-351, esp. 329-347. Como se analiza<br />

en estas contribuciones, los contenidos tratados en los “banquetes”, que contribuirían al reforzamiento de la cohesión del<br />

grupo, pudieron ser similares a los precisados con detalle en otros contextos antiguos (TAC. Germ. 22). En este sentido,<br />

el establecimiento de alianzas, la reconciliación con los enemigos o la elección de representantes, serían algunos de los<br />

asuntos expuestos en estas reuniones, entre otros de interés común.<br />

11 Entre otras cecas indígenas documentadas en los siglos II-I a. C., las comunidades emisoras de Kalakorikos (Calahorra),<br />

Kaiskata (Cascante), Alaun (Alagón), Iaka (Jaca) y Sekia (Ejea de los Caballeros) son adscritas en los análisis numismáticos<br />

a grupos de población próximos (celtíberos, sedetanos, suesetanos, berones): véase F. BURILLO, Celtiberia: monedas,<br />

ciudades y territorios, en: Mª P. GARCÍA-BELLIDO y R. M. SOBRAL (eds.), La moneda hispánica. Ciudad y territorio, Madrid<br />

1995, 161-177, esp. 168-171; y Mª P. GARCÍA-BELLIDO, Notas numismáticas sobre los berones y su territorio, en: F. VILLAR<br />

y F. BELTRÁN LLORIS (eds.,), Pueblos, lenguas y escrituras en la Hispania prerromana. VII Coloquio sobre Lenguas y<br />

Culturas paleohispánicas, Salamanca 1999, 203-220.<br />

12 PTOL. 2. 6. 11 y 2. 6. 67.<br />

13 E. CANTÓN, Sobre la expansión vascona en las fuentes literarias, Veleia 22, 2005, 129-143.<br />

460


La defensa del grupo y la representación local, así como la planificación de actividades<br />

económicas, entre otras ocupaciones relativas al funcionamiento interno de estos oppida, debieron<br />

de propiciar el desarrollo de una estructuración y diferenciación social 14 . Estas transformaciones<br />

en el poblamiento vascón fueron tenidas en cuenta por la administración romana a partir del siglo<br />

II a. C., cuando desarrolló diversas intervenciones de control en la cuenca del Ebro, facilitando su<br />

articulación sobre bases históricas nuevas que propiciaran el dominio efectivo. La fundación de<br />

núcleos urbanos, por otra parte, así como la redistribución de tierras entre las poblaciones indígenas<br />

fueron actuaciones encaminadas a iniciar paulatinamente a las comunidades hispanas en el aprendizaje<br />

político de las fórmulas de gestión local adecuadas a los intereses estratégicos y económicos del<br />

Estado romano. Con la fundación de Gracchurris (Alfaro) en el 179 a. C., sobre el territorio ocupado<br />

por la celtíbera Ilurcis, Roma transforma e integra el poblamiento indígena de la zona en estructuras<br />

cívicas y ciudadanas 15 . Asimismo, la introducción de un sistema fiscal regular desde el gobierno<br />

provincial hispano favorece el desarrollo de una economía monetaria, con acuñaciones indígenas<br />

desde la primera mitad del siglo II a. C., si consideramos las cecas de Kalakorikos (Calahorra) y<br />

Alaun (Alagón), y con un mayor desarrollo en la segunda mitad del mismo siglo. Estas emisiones<br />

no responden únicamente al pago de un stipendium exigido por Roma, sino que permiten considerar<br />

el nivel de desarrollo y organización interna alcanzado por diversas poblaciones del área “navarroaltoaragonesa”<br />

o “pirenaico-occidental”, de acuerdo al ámbito geográfico en el que se sitúan las<br />

evidencias numismáticas 16 . Las representaciones iconográficas que presentan estas monedas reflejan<br />

la ideología de unas elites ecuestres 17 , de las que disponemos de testimonios tempranos de la riqueza<br />

y singularidad de sus ajuares funerarios en enterramientos de gran tamaño y de compleja arquitectura.<br />

Entre estas evidencias arqueológicas, los depósitos de armas y la variedad de objetos de vestido y de<br />

adorno personal, además de su consideración simbólica y ritual, reflejan el estatus de sus propietarios<br />

y la existencia de una clara jerarquización social 18 .<br />

Entre las aristocracias indígenas de estas comunidades emisoras diversas evidencias epigráficas<br />

permiten considerar su interés en manifestar de forma temprana su progresiva aproximación o<br />

adhesión a las formulaciones jurídicas y político-administrativas que caracterizan a la sociedad<br />

romana. Esta actitud receptiva y de colaboración con los intereses romanos era tenida en cuenta por<br />

la administración romana y reforzaba, asimismo, su destacada posición dentro de sus respectivas<br />

comunidades 19 . Si consideramos entre estas evidencias las relativas a comunidades que en época<br />

imperial se documentan entre las pÒleij vasconas, el primer testimonio lo protagonizan en el año 89<br />

14 Sobre la transformación del poblamiento, la creación de oppida y la presencia de elites aristocráticas en territorio vascón<br />

durante la Segunda Edad del Hierro, puede verse, en este volumen, la contribución de J. Armendáriz (con síntesis del<br />

proceso en pp. 303-337).<br />

15 LIV. Per. 41. P. LE ROUX, Romanos de España. Ciudades y política en las provincias (siglo II a.C.–siglo II d.C.),<br />

Barcelona 2006, 74.<br />

16 Sobre estas poblaciones, con acuñaciones en alfabeto ibérico en época republicana, desde el siglo II a. C. al período<br />

sertoriano, y la creación científica de la expresión “cecas vasconas”, puede verse en este volumen la contribución de F.<br />

Beltrán Lloris y J. Velaza (pp. 99-126) así como la de C. Blázquez (pp. 71-98) además de J. GORROCHATEGUI, Onomástica<br />

vascona y aquitana: elementos para el conocimiento de la historia antigua de Navarra, en: J. ANDREU (ed.), Navarra en…,<br />

111-134, esp. 122-127.<br />

17 M. ALMAGRO GORBEA, Iconografía numismática hispánica: jinete y cabeza varonil, en: Mª P. GARCÍA-BELLIDO y R. M.<br />

SOBRAL (eds.), La moneda…, 53-64.<br />

18 J. A. FARO, F. CAÑADA y M. UNZU, Necrópolis de El Castillo (Castejón, Navarra). Primeras valoraciones campañas 2000-<br />

2001-2002, TAN 16, 2002-2003, 45-77, esp. 52, 69-74 (véase también Complutum 17, 2006, 145-166, esp. 151, 159-163)<br />

y X. PEÑALVER, La Edad del Hierro…, 153-154, 158 y 215-218.<br />

19 J. F. RODRÍGUEZ NEILA, Hispani principes. Algunas reflexiones sobre los grupos dirigentes de la Hispania prerromana,<br />

CUAUN 6, 1998, 99-173, esp. 112-113.<br />

461


a. C., poco antes del inicio del conflicto sertoriano, nueve miembros de la elite de Segia (Ejea de los<br />

Caballeros), con capacidad económica para dotarse de una infraestructura ecuestre. Junto con otros<br />

jinetes reclutados entre las poblaciones de la cuenca media del Ebro, obtienen la ciudadanía romana<br />

en las proximidades de Asculum (Ascoli Piceno, Italia) por el valor demostrado (uirtutis causa) en<br />

su colaboración con el ejército romano durante el enfrentamiento con los aliados itálicos, así como<br />

diversos beneficios materiales relativos, entre otros, a su función militar (cuerno, escudo, torque,<br />

brazalete y disco) 20 . Poco después, en el año 87 a. C., se menciona en la Tabula Contrebiensis la<br />

presencia en un litigio sobre la legalidad de una compra-venta de tierras de un representante de Alauona<br />

(Alagón) y otro de Salduie (Zaragoza), en defensa de las causas de sus respectivas comunidades,<br />

junto con un praetor y cinco magistratus de Contrebia Belaisca (Botorrita). Su contenido pone de<br />

manifiesto el desarrollo entre sus elites de procedimientos jurídicos y de percepción o de acomodación<br />

institucional al modo romano, aun cuando no se ajuste con precisión a las magistraturas estatales a<br />

las que hace referencia. Tanto entre estos grupos dirigentes como en sus comunidades de origen, sin<br />

una constitución jurídica ni política al modo romano, se evidencia con esta sentencia, grabada en<br />

latín sobre una placa de bronce y con la sanción aprobatoria del gobernador provincial, su progresiva<br />

comprensión del complejo engranaje político que conlleva la administración romana 21 . Avanzado el<br />

siglo I a. C. diferentes miembros de la aristocracia de Calagurris, que forman parte de la guardia<br />

personal de Octavio, acceden a la ciudadanía romana tras su licenciamiento concluida la batalla de<br />

Actium (Accio, Grecia) en el 31 a. C. Inaugurado el régimen imperial, van a ser todos los habitantes<br />

de pleno derecho (ciues) de esta comunidad los que disfruten de una promoción jurídica que acredite<br />

su inclusión en el populus Romanus. Las nuevas acuñaciones latinas en bronce de época augústea<br />

reflejan el protagonismo alcanzado por diferentes miembros de la oligarquía local, que adquieren una<br />

onomástica latina y asumen el desempeño de las magistraturas romanas del municipium 22 .<br />

Las elites de Calagurris nos transmiten, sin duda, un proceso de integración significativo y<br />

dinámico en la política local y provincial que emprende la administración imperial, una vez concluido<br />

el proceso de conquista, así como en los ámbitos y modelos de representación social propiamente<br />

romanos, siendo las únicas que evidencian, por el momento, la asunción de atribuciones municipales,<br />

pero también relativas a la aristocracia imperial, si consideramos su pertenencia a diferentes ordines:<br />

decurional y ecuestre. En su configuración, así como en la de otros grupos rectores al frente de<br />

diversas ciuitates del ámbito vascón, está presente la función integradora de Roma. A través de la<br />

pacificación y de la creación de comunidades con una representación política 23 en la que se reflejan<br />

los intereses estratégicos y económicos romanos, Augusto y su sucesor Tiberio establecen las vías<br />

óptimas para que las aristocracias indígenas se articulen sobre bases históricas nuevas, que propicien<br />

la difusión de los modos de vida romanos y faciliten la colaboración de estas elites con la nueva<br />

administración provincial y estatal romana en el dominio efectivo de los territorios conquistados 24 .<br />

20 2 CIL, I , 709.<br />

21 AE, 1979, 377; HEp3, 415; HEp5, 914.<br />

22<br />

SUET. Aug. 49. 1; veáse más adelante § 2. 1.<br />

23 Como nos recuerda Estrabón (3. 3. 8) con las expresiones eˆrhnikoÚj y politikoÝj al concluir el capítulo relativo a “los<br />

montañeses” (o… Ôreioi).<br />

24 Véase, sobre estos procesos, P. LE ROUX, La romanisation en question, Annales. Histoire, Sciences Sociales 59, 2004,<br />

287-311.<br />

462


2. LA PROYECCIÓN <strong>DE</strong> LA ELITE <strong>DE</strong> <strong>LOS</strong> <strong>VASCONES</strong> EN ÉPOCA IMPERIAL<br />

2.1. La representación local<br />

La presencia de diferentes magistrados ordinarios (duumuiri, aediles y praefecti pro<br />

duouiris) en el municipium de ciudadanos romanos de Calagurris Iulia Nassica, documentados en<br />

emisiones monetarias en bronce de época de Augusto y de Tiberio 25 , y en la documentación epigráfica<br />

reciente 26 , nos permite referirnos a la génesis de una elite de los vascones, con comportamientos<br />

sociales y políticos romanos. Sus atribuciones en relación con la emisión de un significativo volumen<br />

de ases, y mínima proporción de semises y cuadrantes, permiten considerar asimismo la importante<br />

proyección política y económica que se observa en estos primeros notables del único municipio con<br />

estatuto romano documentado entre los vascones, que se encargan de poner en práctica las complejas<br />

fórmulas organizativas romanas. Destacan en la asunción de estas magistraturas, entre otras familias,<br />

las de los Baebii, Fuluii, Granii, Sempronii y Valerii, con una onomástica latina que en la mayor parte<br />

de los casos parece remitir a adopciones onomásticas y a un proceso de abandono de los nombres<br />

indígenas, sin desestimar la posible presencia de emigrantes romanos o itálicos 27 .<br />

Entre los quince colegios de duumuiri, dos de aediles y uno de praefecti pro duouiris<br />

testimoniados observamos, además del desarrollo de la iteratio en algún caso, la promoción en<br />

la carrera de honores de la aristocracia municipal. En este sentido M. Valerius fue aedilis y con<br />

posterioridad duumuir; C. Marius fue praefectus pro duouiris y posiblemente duumuir más tarde,<br />

si es el mismo notable que añade a su designación el cognomen Capito; y L. Sempronius Barba<br />

procedió a la tercera iteratio en sus responsabilidades como duumuir. Estos magistrados que se<br />

sitúan al frente de la gestión local disponen de atribuciones (potestas), estipuladas en el preceptivo<br />

reglamento constitutivo otorgado por Roma y ratificado oficialmente por los ciudadanos de pleno<br />

derecho del municipio 28 . La aceptación de esta lex data les faculta oficialmente, durante un periodo<br />

anual y dentro del territorio municipal, para presidir la administración local o vigilar la provisión<br />

de abastecimiento (cura annona) y supervisar los edificios públicos e infraestructura urbana (cura<br />

urbis). El colegio de praefecti pro duouiris de C. Marius y M. Valerius alude a una magistratura<br />

extraordinaria, destinada a sustituir temporalmente a los duumuiri ordinarios 29 .<br />

Estos notables calagurritanos ejercen sus atribuciones en una de las trece comunidades<br />

con derecho romano que Plinio precisa en su descripción administrativa de la Tarraconense 30 , si<br />

incluimos a las ciudades (oppida) y pueblos (populi) que considera con esta naturaleza jurídica en<br />

25 Mª P. GARCÍA-BELLIDO y C. BLÁZQUEZ, Formas y usos de las magistraturas en las monedas hispánicas, en: Mª P. GARCÍA-<br />

BELLIDO y R. M. SOBRAL (eds.), La moneda…, 381-428, esp. 391. A partir de Calígula la ceca quedó inactiva.<br />

26 AE, 1998, 777a; HEp11, 360b. Sobre un fragmento cerámico del alfar de La Maja (Calahorra) se evidencia la presencia de<br />

un colegio de duumuiri, formado por C. Sempronius Auitus y L. Aemilius Paetinus, que no se testimonian en las evidencias<br />

numismáticas. Además de estos notables, se precisa la celebración en el municipio de ludi circenses un 12 de diciembre<br />

durante la dinastía Julio-Claudia, si se considera la datación del fragmento. Nada se indica sobre la financiación pública o<br />

privada de los mismos.<br />

27 U. ESPINOSA, Calagurris Iulia, Logroño, 1984, 75-83; Mª P. GALVE, Mª Á. MAGALLÓN y M. NAVARRO, Las ciudades<br />

romanas del valle medio del Ebro en época julio-claudia, en: L’Aquitaine et l’Hispanie septentrionale à l’époque julioclaudienne.<br />

Organisation et exploitation des espaces provinciaux, Burdeos 2005, 169-214, esp. 192-194.<br />

28 E. ORTIZ <strong>DE</strong> URBINA, Aspectos constitucionales del municipium. A propósito de la lex Malacitana, en: G. CRUZ y V. ROSADO<br />

(coords.), Las leyes municipales en Hispania. 150 aniversario del descubrimiento de la Lex Flauia Malacitana [Mainake<br />

23], Málaga 2001, 173-154.<br />

29 L. A. CURCHIN, The local magistrates of Roman Spain, Toronto 1990, 27-35 y J. F. RODRÍGUEZ NEILA, Políticos municipales<br />

y gestión pública en la Hispania romana, Polis 15, 2003, 161-197, esp. 168, 172-182.<br />

30 PLIN. Nat. 3. 3. 18-30.<br />

463


los inicios de la dinastía Julio-Claudia, entre ellos los cercanos municipia de Turiaso (Tarazona) y<br />

Bilbilis (Calatayud) constituidos también en época de Augusto 31 . Asimismo se localizan próximos<br />

a las elites de Iulia Victrix Celsa (Velilla del Ebro), la primera colonia romana fundada tras la<br />

muerte de César (44 a. C.,) en el valle medio del Ebro. La proximidad de estos colonos romanos,<br />

posiblemente veteranos itálicos, si tenemos en cuenta la onomástica de los magistrados locales<br />

en las acuñaciones monetarias de fines del siglo I a. C., como su carácter estratégico de puesto<br />

avanzado de la dominación romana y de control del paso del Ebro, vía temprana de penetración de<br />

diversos factores que intervienen en el proceso de romanización, contribuiría a proyectar entre los<br />

provinciales del entorno, y en particular entre la dinámica elite calagurritana, los mecanismos de<br />

gestión local y los modelos socio-políticos propiamente romanos 32 . Esta elite impulsó la dotación<br />

urbana del nuevo municipium, con diversas evidencias de arquitectura pública y doméstica. Estas<br />

estructuras manifiestan una adaptación de los calagurritanos a los modelos romanos, identificándose<br />

una monumental domus romana de finales del siglo I d. C. con estucos pintados y pavimentos<br />

musivarios, en la que tendría su residencia una de las familias selectas del municipium 33 .<br />

A partir de la dinastía Flavia, y durante el siglo II, las evidencias epigráficas transmiten<br />

la presencia activa de calagurritanos en la capital de la provincia Tarraconense, en Carnuntum<br />

(Panonia), en Nouiomagus (Germania) y en la propia Roma 34 . A excepción de la gens Aurelia, el<br />

resto de los gentilicios coinciden con los indicados en las magistraturas monetales, correspondientes<br />

a las familias destacadas desde la constitución política del municipium. Para un miembro de esta<br />

aristocracia se precisa el desempeño de atribuciones sacerdotales al frente del concilium prouinciae<br />

en un homenaje estatuario oficial y de forma excepcional –si consideramos el conjunto de evidencias<br />

disponibles entre estas familias selectas procedentes del ámbito vascón– su ingreso en la elite<br />

imperial 35 . Pero el resto de los epígrafes, tres con carácter funerario y un laterculum praetorianorum,<br />

indican la incorporación de estos calagurritanos a las unidades legionarias estacionadas en el limes<br />

del Danubio 36 y en la zona renana 37 , así como a las unidades de elite que conforman las cohortes<br />

pretorianas 38 o la recepción de la honesta missio tras sus atribuciones en una de las cohortes urbanas<br />

de Roma 39 . Esta actividad militar no suponía un hecho excepcional entre los calagurritanos, que<br />

habían formado parte de la guardia personal de Octavio, o de los propios vascones, que documentan<br />

una temprana y amplia participación en el ejército romano 40 . La privilegiada naturaleza romana que<br />

disfrutaban los ciudadanos de este municipium desde época augústea, su actividad militar como<br />

31 F. BELTRÁN LLORIS; M. MARTÍN-BUENO y F. PINA, Roma en la cuenca media del Ebro. La romanización en Aragón,<br />

Zaragoza 2000, 87-90, 93-105.<br />

32 F. BELTRÁN LLORIS; M. MARTÍN-BUENO y F. PINA, Roma…, 59-62.<br />

33 Veáse, en este mismo texto, la nota 27.<br />

34 En Tarraco (Tarragona): RIT, 306 y 383; en Carnuntum, actual Petronell (Austria): CIL, III, 11239; en Nouiomagus,<br />

actual Nijmegen (Países Bajos): CIL, XIII, 8732; en Roma: AE, 1921, 83 y CIL, VI, 32521.<br />

35 C. Sempronius Fidus, véase RIT, 306; y más adelante § 2. 2.<br />

36 C. Valerius Proculus, eques en la legio XI Claudia Fidelis, según CIL, III, 11239 (entre principados de Vespasiano a<br />

Trajano).<br />

37 Los hermanos M. Aurelius Flauus y M. Aurelius Festus, milites en la legio X Gemina, según CIL, XIII, 8732 (con<br />

posterioridad a la dinastía Flavia).<br />

38 C. Marius Aemilianus, beneficiarius del tribuno de la cohors VIIII praetoria, en AE, 1921, 83 (II d. C.).<br />

39 C. Fabius Aemilianus, miembro de la cohors XII urbana, en CIL, VI, 32521 (147 d. C.).<br />

40 CIL, I 2 , 709; SUET. Aug. 49.1; véase, más adelante § 1 y 2. 1 (nota 66), con referencia a la cohors II Vasconum c(iuium)<br />

R(omanorum). En Muez (Navarra) se documentan dos veteranos, Aemilius Ordunetsi y T. Valerius Paternus, originarios<br />

posiblemente de una comunidad vascona. Finalizado su servicio en Britania en la legio II Augusta, pudieron regresan<br />

a su patria, donde mueren en la segunda mitad del siglo I d. C. (AE, 1951, 283; HEp3, 267). Sobre la documentación<br />

relativa a la participación vascona en el ejército romano, puede verse J. J. SAYAS, Los vascos en la Antigüedad, Madrid<br />

1994, 128-145 y 151-160.<br />

464


eques o milites en una legión y beneficiarius en la guarnición de Roma, así como su distinción<br />

como veterano no constituyen elementos determinantes para situar a partir de la dinastía Flavia a<br />

estos cinco ciues entre los miembros egregios de Calagurris, es decir, entre aquellos que destacan<br />

por alcanzar una autoridad política relevante a partir de su eminente situación social. Pero habría<br />

que considerar que estas actividades y distinciones, cuando dieron paso a otras atribuciones<br />

posteriores, debieron de constituir un oportuno punto de partida en el proceso de consecución de<br />

una insigne consideración pública, fuera o dentro del territorio atribuido a los vascones, sin olvidar<br />

su procedencia o vínculo con la aristocracia local 41 .<br />

En este ámbito de relaciones familiares habría que situar en un período precedente a un<br />

miembro de la gens Valeria de Calagurris, mencionado en los fragmentos cerámicos procedentes<br />

del alfar de La Maja, pero con difusión por todo el valle del Ebro y su zona de influencia. G.<br />

Valerius Verdullus documentó su alto prestigio como ceramista en este municipium a finales del<br />

principado de Tiberio o principios del de Claudio, elaborando cerámicas de paredes finas en las<br />

que se conmemoraba epigráficamente y en la propia decoración los munera gladiatoria, ludi<br />

circenses y ludi scaenici, cuya editio sería lógico situar en el circo del municipium, aunque su<br />

construcción parece situarse con posterioridad a la producción cerámica de Verdullus. En estas<br />

convocatorias colectivas quedaron patentes la transmisión de los modelos sociológicos romanos y<br />

la preeminencia de la oligarquía local. Los grupos familiares dirigentes exhibían y rentabilizaban<br />

su poder económico con prácticas evergéticas destinadas a estas concentraciones cívicas,<br />

conscientes de que contribuían asimismo a reforzar la adhesión del populus calagurritano hacia la<br />

ideología imperial romana 42 .<br />

La representación local de la elite de Pompelo (Pamplona) aparece claramente testimoniada<br />

en una epistula enviada en época de Adriano desde el municipio calagurritano por el legado jurídico<br />

de la provincia, Claudius Quartinus, en su recorrido itinerante por diversos centros de Hispania<br />

Citerior 43 . Los duumuiri Pompelonenses son autorizados oficialmente en esta epistula para hacer<br />

uso de sus atribuciones contra aquellos contumaces, probablemente los magistrados que les habían<br />

precedido en el cargo y que habían eludido responsabilidades locales. Aunque no se especifican<br />

los nombres de estos colegios de duumuiri, esta misma magistratura suprema desempeñada por<br />

la aristocracia local pudo ser ejercida, en un período que oscila entre la dinastía Flavia y la de los<br />

Antoninos, por Cn. Pompeius Pompaelonensis, si es que su cognomen nos remite a su procedencia 44 .<br />

En este caso es en la capital provincial, Tarraco, donde se dispuso la imagen y memoria escrita de<br />

41 Sobre las relaciones entre el ejército romano y la aristocracia local, así como la reducida presencia de militares en los<br />

ordines locales, puede verse J. J. PALAO, Los militares y las elites locales en Hispania, en: J. F. RODRÍGUEZ NEILA y E.<br />

MELCHOR (eds.), Poder central y autonomía municipal: la proyección pública de las élites romanas de Occidente, Córdoba<br />

2006, 281-312, esp. 282-284 y 308.<br />

42 Entre otras contribuciones, pueden verse U. ESPINOSA, Calagurris…, 132-133; A. GONZÁLEZ BLANCO, La epigrafía del alfar<br />

de La Maja (Calahorra, La Rioja). Perspectivas de la romanización a comienzos del Imperio, en: F. BELTRÁN LLORIS (ed.),<br />

Roma y el nacimiento de la cultura epigráfica en Occidente, Zaragoza 1995, 239-254; A. GONZÁLEZ BLANCO, La cerámica<br />

del alfar de La Maja (Calahorra, La Rioja), en: J. COLL y P. ESPONA (coords.), Recientes investigaciones sobre producción<br />

cerámica en Hispania, Valencia 2005, 77-92; F. J. JIMÉNEZ y J. L. CINCA, Un nuevo testimonio de juegos circenses, también<br />

del ceramista Gaius Valerius Verdullus, en: F. BELTRÁN LLORIS (ed.), Roma y el nacimiento…, 251-254; J. A. JIMÉNEZ,<br />

Interpretación de vasos con motivos circenses procedentes de Calahorra, Kalakorikos 8, 2003, 31-46; Mª Á. MEZQUÍRIZ, Un<br />

fragmento de G. Val. Verdullus hallado en la ciudad romana de Cara (Santacara, Navarra), Kalakorikos 12, 2007, 247-250; J.<br />

L. GÓMEZ-PANTOJA y M. RODRÍGUEZ CEBAL<strong>LOS</strong>, ¡Fiesta! Una nota sobre los festivales y espectáculos ciudadanos de Hispania,<br />

en: J. F. RODRÍGUEZ NEILA y E. MELCHOR (eds.), Poder central…, 359-384, esp. 379-380.<br />

43 EJER, 13 (119 d. C.).<br />

44 RIT, 297.<br />

465


este magistrado, ciudadano romano adscrito a la Galeria tribus, y posterior flamen provincial a través<br />

del homenaje estatuario que le tributan sus homólogos, delegados en el concilio provincial 45 .<br />

Miembro de la gens Pompeia, con una precisa evocación al posible fundador del oppidum 46 , su<br />

nomen coincide con el gentilicio de uno de los dos legados, S. Pompeius Nepos, que en el principado<br />

de Nerón actúa en representación de la comunidad peregrina de Pompelo, renovando un pacto de<br />

hospitalidad con un ciudadano de otra comunidad, posiblemente originario de la colonia romana<br />

de Caesaraugusta (Zaragoza) 47 . Con más de un siglo de diferencia, en el principado de Cómodo,<br />

intervienen dos legati pompelonenses, T. Antonius Paternus y L. Caecilius Aestiuus, en un nuevo<br />

pacto de hospitalidad, en el que además se indica la excepcional concesión a P. Sempronius Taurinus,<br />

originario de Damanium (posiblemente Hinojosa del Jarque, Teruel), de la ciudadanía honorífica local,<br />

al mismo tiempo que su elección como patrono o benefactor local 48 . Aunque Sempronius Taurinus no<br />

poseyera el prestigio de los influyentes senadores romanos y patronos calagurritanos 49 , la aristocracia<br />

pompelonense debió de guiarse asimismo por las ventajas que la singular concesión a este notable<br />

foráneo aportaría a sus intereses y aspiraciones dentro y fuera de su comunidad 50 . No hay que olvidar<br />

que a partir del edictum de Latinidad de Vespasiano habrían sido beneficiados con la ciudadanía romana<br />

a medida que concluían el desempeño, ellos o algún miembro de su familia, de las magistraturas<br />

colegiadas anuales, asumiendo progresivamente modelos de gestión al modo romano 51 .<br />

Un preciso testimonio del significado esencial de este beneficio jurídico flavio lo encontramos<br />

en una dedicación votiva de Andelo (Muruzábal de Andión, Mendigorría). En ella se refleja el interés<br />

del Estado romano por captar a los miembros de la aristocracia local para que asumieran formas de<br />

gestión local al modo romano, cambiando progresivamente sus magistraturas indígenas por romanas<br />

y propiciando que miembros de estas familias destacadas pudieran asumir, en calidad de evergetas,<br />

un desarrollo urbano que potenciara la proyección de sus comunidades. Se menciona un colegio<br />

de aediles, constituido por Sempronius Carus y Lucretius Martialis, que realiza una dedicación a<br />

Apollo Augustus a sus expensas, sin detrimento del erario colectivo 52 . La dedicación votiva a una<br />

divinidad dinástica, estrechamente vinculada con el culto imperial, se realiza sobre una tabula de<br />

bronce, que indica el interés de los aediles en perpetuar entre los ciues de Andelo el recuerdo de<br />

45 E. ORTIZ <strong>DE</strong> URBINA, La exaltación de la elite provincial. Los homenajes estatuarios decretados o autorizados por<br />

la prouincia Hispania citerior, Epigraphica 68, 2006, 45-84 [y también J. SANTOS y E. TORREGARAY (eds.), Laudes<br />

prouinciarum. Retórica y política en la representación del Imperio romano, Vitoria 2007, 171-196].<br />

46 En la fundación de Pompelo se observan diversos aspectos puestos en práctica previamente, con más de un siglo de<br />

diferencia, en Gracchurris (veáse, anteriormente, § 1). Recientemente ha sido propuesta una revisión de los orígenes de<br />

Pompelo, bien desplazando la fundación al año 72-71 a. C., una vez concluido el conflicto sertoriano desestimando la<br />

intervención directa de Pompeyo: F. PINA, Deportaciones como castigo e instrumento de colonización durante la República<br />

romana: el caso de Hispania, en: F. MARCO SIMÓN, F. PINA y J. REMESAL (eds.), Vivir en tierra extraña. Emigración e<br />

integración cultural en el mundo antiguo, Barcelona, 2004, 211-246, además de su contribución en este volumen (pp. 195-<br />

214), y J. ARMENDÁRIZ, Propuesta de identificación…, 50-56.<br />

47 CIL, II, 2958 y EJER, 22 (57 d. C.).<br />

48 CIL, II, 2960 y EJER, 26 (185 d. C.); veáse, además, F. BELTRÁN LLORIS, Una variante provincial del hospitium: pactos de<br />

hospitalidad y concesión de la ciudadanía local en la Hispania Tarraconense, en: S. ARMANI, B. HURLET-MARTINEAU y A. U.<br />

STYLOW (eds.), Epigrafía y sociedad…, 33-56.<br />

49 Véase, más adelante, § 2. 2 (nota 96).<br />

50 Sobre estos pactos de hospitalidad y la elección de patronus, puede verse J. J. SAYAS, Los vascos…, 97-115 y en este<br />

volumen la contribución de B. Díaz y A. Guzmán (pp. 231-242).<br />

51 Sobre la concesión del derecho latino y su proyección en el ámbito hispano y vascón, pueden verse E. ORTIZ <strong>DE</strong> URBINA,<br />

Las comunidades hispanas y el derecho latino. Observaciones sobre los procesos de integración local en la práctica<br />

político-administrativa al modo romano, Vitoria 2000; J. ANDREU, Edictum, municipium, lex: Hispania en época Flavia<br />

(69-96 a.C.), Oxford 2004, y la contribución a este volumen de E. García Fernández (pp. 215-230).<br />

52 AE, 1989, 456 y HEp1, 491.<br />

466


la práctica munificente desarrollada y su adhesión a la ideología imperial. Pero, en particular, en<br />

esta memoria epigráfica se observa el celo de Sempronius Carus y Lucretius Martialis por mostrar<br />

entre sus conciudadanos la asunción de una magistratura colegiada al modo romano. Concluidas<br />

sus atribuciones locales, pudieron adscribirse a la Quirina tribus, vinculada con la dinastía Flavia,<br />

y posiblemente exhibir en las realizaciones epigráficas posteriores, junto con sus tria nomina, esta<br />

precisa indicación de que, además de ser ciues selectos de su comunidad cívica, formaban parte del<br />

populus Romanus, la ciudadanía superior dentro del Imperio romano 53 .<br />

El interés mostrado por los aediles de Andelo en perpetuar en la memoria colectiva, aunque<br />

fuera de forma implícita, el contenido esencial de la Latinidad, la ciuitas Romana per honorem,<br />

tiene su paralelo explícito en otra dedicación a Apollo Augustus conservada en un pedestal de<br />

mármol hallado en el ámbito provincial de la Bética, en la antigua ciudad de Igabrum (Cabra,<br />

Córdoba) 54 . Financiado el homenaje estatuario por un aedilis, M. Aelius Niger, con tria nomina,<br />

pero sin indicación todavía de su adscripción a una tribus, exhibe con toda precisión, en el sexto<br />

consulado honorífico de Vespasiano, inmediatamente después del edictum de Latinidad flavio, su<br />

condición de ciuis Romanus en el municipium Igabrensis, con anterioridad incluso a la recepción del<br />

reglamento legislativo preceptivo y a su constitución política oficial, y explicita que este beneficium<br />

imperial le permitió conseguir la ciudadanía romana, junto con otros miembros de su familia, una vez<br />

desempeñado el honos local 55 . La codificación de este específico acceso a la ciudadanía romana queda<br />

en el principado de Domiciano definitivamente expuesto en los reglamentos legislativos conservados<br />

para algunos municipia Latina 56 y desplaza estas explícitas muestras de autorrepresentación.<br />

No hay que olvidar los riesgos que conlleva, desde nuestra perspectiva de análisis, proyectar de<br />

forma uniforme a otros ámbitos provinciales hispanos la inmediata e indiscutible efectividad que desde<br />

el plano de la municipalización tuvo el edictum de Vespasiano entre las dinámicas elites y en el conjunto<br />

de las comunidades cívicas de la Bética, si se tienen en cuenta diferentes trabajos de investigación que<br />

ponen de relieve los específicos procesos de integración local en la práctica político-administrativa<br />

romana 57 . Esta consideración, que se refiere a los desarrollos constitucionales que definieron la<br />

conformación política de las autonomías locales, permite, por otra parte, percibir de forma más precisa<br />

las nuevas expectativas jurídicas y de proyección política y económica, que la puesta en práctica del<br />

contenido esencial del beneficio flavio ofreció a los exmagistrados y a sus familias 58 , miembros de<br />

las aristocracias situadas al frente de las ciudades y comunidades cívicas vasconas, aun cuando no<br />

reunieran el número de miembros y las condiciones constitucionales óptimas que les autorizara a<br />

revelar de forma epigráfica una promoción política de sus comunidades de origen.<br />

53 Mª Á. MEZQUÍRIZ, Placa de bronce con inscripción procedente de Andelos, TAN 17, 2004, 105-108 (antes en TAN 4, 1985,<br />

185-186); Mª Á. MEZQUÍRIZ, Andelos: Secuencia estratigráfica y evolución cronológica, TAN 17, 2004, 179-192, esp. 523<br />

(antes en TAN 7, 1987, 517-530); C. CASTILLO y J. Mª BAÑALES, Epigrafía romana de Andión y su entorno, PV 50, 1989,<br />

521-531, esp. 522-523. Los dos aediles presentan una estructura onomástica latina con duo nomina y referencia patronímica<br />

mediante el nombre personal. El nomen del segundo aedilis coincide con el de su padre, pudiendo haber adquirido la función<br />

de gentilicio. Esta circunstancia onomástica permite considerar la falta de una tradición gentilicia y el interés de adecuar su<br />

designación a una formulación romana, tal como explica en este volumen la contribución de E. Cantón (pp. 423-455).<br />

54 2 CIL, II /5, 308 (75 d. C.).<br />

55 2 Véase también para el municipium de Cisimbrium (Zambra, Córdoba): CIL, II /5, 292 (77 d. C.) y 291 (83 d. C.).<br />

56 Lex Irn. 21 y Salp. 21.<br />

57 P. LE ROUX, Romanos de España… y, más arriba, nota 51.<br />

58 La ciudadanía romana se extiende a los padres de los exmagistrados, a sus hijos al encontrarse bajo su potestad, a sus<br />

cónyuges, y nietos y nietas que se hallaran bajo la potestad de sus padres, véase GAIUS, Inst. 1. 95-96, como indican las<br />

referencias legislativas antes indicadas (nota 56).<br />

467


En este sentido, la documentación epigráfica y numismática muestra los diferentes<br />

comportamientos sociales y políticos que exhiben las dinámicas y expresivas elites de la Bética<br />

en época flavia o, previamente, en el principado de Tiberio, las aristocracias vasconas de los<br />

municipia de Gracchurris (Alfaro) y Cascantum (Cascante). Situados como Calagurris en la<br />

ribera del Ebro, y mencionados por el Naturalista entre los pueblos de derecho latino antiguo del<br />

conuentus Caesaraugustanus 59 , es decir con esta naturaleza jurídica previa al edictum de Vespasiano,<br />

se precisa su constitución política en acuñaciones en bronce de época de Tiberio 60 . En ninguna de<br />

esta acuñaciones, ni en la documentación epigráfica conservada, se aportan testimonios para la<br />

identificación de las familias que se situaron al frente de la nueva proyección jurídica, política y<br />

urbana que experimentan estas comunidades vasconas con su promoción constitucional.<br />

No obstante, dentro de la arquitectura doméstica de Gracchurris se debe considerar en época<br />

tiberiana la presencia de una relevante domus con peristilo y restos de viviendas con pavimentos<br />

de opus signinum y terrazo blanco, donde se localizarían el triclinium o el cubiculum. Se trataría<br />

de espacios cotidianos vinculados a la asunción de formas de vida romana por parte de la elite<br />

municipal 61 . Por otra parte, en una placa de mármol hallada en Alfaro, en el área monumental de la<br />

antigua Gracchurris y actualmente desaparecida, se consideró el empleo de la fórmula epigráfica<br />

impens[am] [remisit], y posteriormente impens[a sua] 62 . Ambas expresiones se relacionan con la<br />

aceptación de comportamientos sociales romanos por parte de las elites locales. En estas conductas<br />

habría que considerar el desarrollo de prácticas munificentes relativas a la asunción desde instancias<br />

privadas de determinados gastos públicos. Al evitar las costas preceptivas al erario cívico, o a un<br />

determinado sector social que actuaba como dedicante de un homenaje al munificente, éste, y por<br />

extensión los miembros de su familia, correspondían a la estima recibida y daban muestras de una<br />

oportuna liberalidad y de un ambicionado reconocimiento 63 .<br />

En el caso de Cascantum la representación de su elite se localiza documentalmente en la<br />

capital provincial, donde C. Granius Sabinus erige un monumento funerario a una liberta durante el<br />

siglo II d. C., evidencia que permite considerar su posición acomodada. Precisa su origo, pero nada<br />

nos indica sobre sus actividades públicas o privadas. Aunque su nomen y cognomen coinciden con<br />

el de un legado imperial que desempeñó posteriormente atribuciones en la provincia Citerior, esta<br />

circunstancia no ha sido considerada determinante para establecer su vinculación familiar con este<br />

miembro del ordo senatorius 64 . Por otra parte, con la información aportada por el Bronce de Agón<br />

se han podido conocer recientemente diferentes aspectos estipulados en el reglamento con el que en<br />

época de Adriano se organizó una comunidad de regantes del valle medio del Ebro, entre los que<br />

se encontraban los residentes (pagani) del (territorio) Belsinonense, un distrito rural que debía de<br />

formar parte del territorio de Cascantum, además de otros dos pagi pertenecientes a la colonia de<br />

Caesaraugusta. Entre las estructuras organizativas a las que alude el estatuto, que ponen de relieve<br />

el complejo funcionamiento interno de estos ámbitos rurales, se menciona a los magistri pagi,<br />

59 PLIN. Nat. 3. 3. 24.<br />

60 J. J. SAYAS, El municipio…, 35-37 y J. ANDREU, Ciudad y territorio…, 188-192.<br />

61 J. ANDREU, Algunas consideraciones sobre las ciudades romanas del territorio vascón y su proceso de<br />

monumentalización, ETF(2) 17-18, 2004-2005, 251-299, esp. 281 y 295; Mª P. GALVE, Mª Á. MAGALLÓN, M. NAVARRO,<br />

Las ciudades romanas…, 196-197.<br />

62 IRR, 11; ERR, 1; HEp1, 495.<br />

63 S. DARDAINE, La formule epigraphique impensam remisit et l’evergetisme en Betique, MCV, 16, 1980, 39-55 y E. ORTIZ<br />

<strong>DE</strong> URBINA, Las fórmulas epigráficas honore contentus, honore accepto, honore usus en los homenajes hispanos. Estudio<br />

preliminar, en: Homenaje a Ignacio Barandiarán Maestu [Veleia 24-25], Vitoria 2007-2008, 1047-1057.<br />

64 RIT, 379, véase, más adelante, nota 76; AE, 1967, 243; A. CABAL<strong>LOS</strong>, Los senadores hispanorromanos y la romanización<br />

de Hispania (siglos I-III). I: Prosopografía, Écija 1990, 377.<br />

468


magistrados electivos con atribuciones judiciales y coercitivas sobre la comunidad de regantes. En<br />

el reglamento conservado se especifica a un magister pagi de las comunidades rurales pertenecientes<br />

a Caesaraugusta, quienes debieron de apelar a la autoridad provincial para que interviniera en la<br />

normativa de aguas del canal Capitoniano del Ebro. Pero sería lógico pensar que los pagani del<br />

territorio Belsinonense contarían con sus representantes, encargados del correcto cumplimiento de<br />

la normativa adoptada entre los diferentes distritos rurales. De ser así, con una representación local<br />

limitada, subordinada a las atribuciones de las instituciones cívicas, habría que integrarlos en el<br />

grupo de renovación de las elites, si se considera su posible futura pertenencia a esta categoría social,<br />

o, como se ha propuesto a partir de otras evidencias epigráficas, formando parte de determinadas<br />

familias destacadas en el caso de que hubieran sido reclutados entre sus miembros 65 .<br />

Retomando el edictum de Latinidad de Vespasiano y las expectativas de acceso a la<br />

ciudadanía romana que proporciona, habría que considerar que no fue la única vía de acceso a este<br />

estatuto jurídico individual que pudieron disfrutar las elites del territorio atribuido a los vascones,<br />

teniendo en cuenta los testimonios relativos a la promoción colectiva desarrollada en Calagurris, a<br />

las concesiones previas del derecho latino en Gracchurris y Cascantum, o al proceso de integración<br />

jurídica que promueve la participación en el ejército romano 66 . Pero diversas evidencias permiten<br />

considerar la repercusión del beneficio flavio entre los diferentes notables vascones, que todavía<br />

no formaban parte del populus Romanus. A diferencia de otros ciues, su posición hegemónica<br />

contribuiría a hacer efectivo el contenido esencial del derecho latino, una vez que algún miembro de<br />

estas familias selectas acreditara el desempeño de una magistratura cívica o su inclusión entre los<br />

decuriones, si consideramos las evidencias a partir del principado de Adriano 67 . En este sentido, las<br />

estructuras onomásticas analizadas en la documentación epigráfica reflejan el incremento durante<br />

el siglo II d. C. de estructuras latinas en las que se evidencian los tria nomina. Sin descartar que<br />

entre estas evidencias del sistema de denominación romano y entre los portadores de duo nomina<br />

podrían encontrarse algunos procesos de naturalización, si se considera la denominación femenina o<br />

la propia evolución del sistema onomástico romano, únicamente en dos de los testimonios relativos<br />

a los tria nomina, documentados ambos en el mausoleo de la gens Atilia de Tarraca (Los Bañales de<br />

Uncastillo, Sádaba), se indica la filiación al modo romano, con el praenomen paterno, y la Quirina<br />

tribus, a la que quedaron adscritos los ciudadanos romanos hispanos que accedieron a este estatuto<br />

65 Entre otras contribuciones, puede verse F. BELTRÁN LLORIS, Irrigación y organización del territorio en la antigua<br />

Cascantum: el testimonio de la Lex riui Hiberiensis, en: J. ANDREU (ed.), Navarra en..., 229-244; F. BELTRÁN LLORIS, An<br />

irrigation decree from roman Spain: the Lex riui Hiberiensis, JRS 96, 2006, 147-197; D. NÖRR, Prozessuales (und mehr)<br />

in der ‘Lex riui Hiberiensis’, ZSS 125, 2008, 108-188; la contribución de C. Castillo en este volumen (pp. 415-421); M.<br />

TARPIN, Les magistrats des uici et des pagi et les élites sociales des cités, en: M. CÉBEILLAC-GERVASONI y L. LAMOINE (eds.),<br />

Les élites et leurs facettes. Les élites locales dans le monde hellénistique et romain, Roma 2003, 257-266, esp. 262-266.<br />

66 Veánse, más arriba, en este apartado 2. 1 los análisis relativos a Calagurris, Gracchurris y Cascantum. Sobre el proceso<br />

de integración jurídica que promueve la participación en el ejército romano, disponemos de testimonios desde época<br />

republicana (CIL, I 2 , 709; SUET. Aug. 49. 1; véase § 1). Por otra parte, durante el siglo II d. C. la participación de ciues de<br />

Calagurris en las prestigiosas cohortes pretorianas y urbanas de la guarnición de Roma o en unidades legionarias remite a<br />

la privilegiada naturaleza romana que disfrutaba el municipio y a la antigua colaboración de sus ciudadanos con el ejército<br />

romano. Tampoco parecen aludir a un incremento de la integración individual a partir de los Flavios los diplomas militares<br />

con la mención de la cohors II Vasconum c(iuium) R(omanorum). Con un posible reclutamiento en época de Galba (TAC.<br />

Hist. 4. 33), esta distinción se ha puesto en relación con su actividad durante la revuelta de los bátavos, y se ha considerado<br />

su posterior reclutamiento fuera del ámbito vascón, en zonas donde la cohorte desarrolló su función. Sobre la participación<br />

vascona en el ejército romano, veáse, más arriba, la nota 40.<br />

67 Sobre el contenido esencial del derecho latino puede verse GAIUS Inst. 1. 95-96, quien diferencia entre minus Latium<br />

est, cum hi tantum, qui uel magistratum uel honorem gerunt, ad ciuitatem Romanam perueniunt y maius est Latium,<br />

cum et hi, qui decuriones leguntur et ei, qui honorem aliquem aut magistratum gerunt, ciuitatem Romanam consecuntur.<br />

Veáse, más arriba, nota 51.<br />

469


individual a partir del principado de Vespasiano 68 . A estas dos evidencias hay que unir la relativa<br />

a L. Postumius Flaccus, adscrito a la misma tribus y objeto de una dedicación funeraria en Asín<br />

(Zaragoza), fuera de su comunidad de origen, Segia (Ejea de los Caballeros), con la indicación de la<br />

origo, pero sin indicación de la filiación 69 .<br />

Las singulares evidencias relativas a la gens Atilia de Tarraca nos permiten detenernos en<br />

las formas de autorrepresentación desarrolladas por esta familia selecta. Habiendo asumido una serie<br />

de comportamientos aristocráticos romanos, quisieron dejar constancia, como otras elites urbanas<br />

provinciales, de su fortuna, prestigio y proyección en diferentes ámbitos del territorio cívico, a través<br />

de una relevante edificación funeraria, localizada en las propiedades rústicas familiares y reflejo de<br />

los modelos arquitectónicos romanos de época imperial. Atilia Festa es la encargada de desarrollar<br />

en el friso del mausoleo funerario familiar estas dedicaciones para su abuelo, para su padre y también<br />

para sí misma en vida. Se indican los tria nomina y la promoción efectiva a la ciudadanía romana<br />

de sus ascencientes, así como de forma repetida sus duo nomina latinos sin mención de la tribus, de<br />

acuerdo con la estructura onomástica femenina habitual. Esta expresa autorrepresentación individual<br />

y familiar a expensas privadas pone de relieve el interés de Atilia Festa en perpetuar la memoria de<br />

los miembros insignes de su familia y, asimismo, en exhibir públicamente el patrimonio inmueble y la<br />

dignitas de la gens Atilia, de la que los tres conmemorados participan. Por otra parte, con su repetida<br />

mención como autora y sujeto de dedicación resalta su condición de fémina selecta, perteneciente<br />

a la aristocracia local y con una representación social y económica, pero excluida del ejercicio de<br />

cualquier magistratura y participación política directa en su comunidad de origen, Tarraca, que<br />

dispuso de una favorable condición peregrina federada con anterioridad a los Flavios 70 .<br />

Próxima al territorio de la antigua Tarraca, en la vía que unía la capital del conuentus con<br />

Pompelo, se evidencia una nueva manifestación de la presencia de los Atilii, asociada posiblemente<br />

a un monumento funerario datado en el siglo II d. C. El epígrafe conmemora a C. Atilius<br />

Aquilo, cuya dedicante actúa también como sujeto de dedicación (et sibi), y procede de la actual<br />

Sofuentes (Zaragoza), en cuyo término se localiza el yacimiento de Cabezo Ladrero, que algunos<br />

investigadores consideraron que prodría corresponder al territorio de la antigua Nemantour…sta,<br />

mencionada por primera vez entre las dieciseis pÒleij que adjudica Ptolomeo a los OÙ£skonej.<br />

En la torre donde se halló y se conserva el epígrafe pueden verse también restos arquitectónicos,<br />

decorados con relieves militares en los que se identifican armas de caballería, tal vez en alusión a la<br />

función del conmemorado, y que han sido puestos en relación con la existencia de un monumento<br />

turriforme. De nuevo, destaca la integración de esta construcción en los modelos arquitectónicos<br />

e iconográficos romanos imperiales, con una tipología funeraria directamente relacionada con los<br />

68 CIL, II, 2973 y ERZ, 29. Sobre la relación entre la onomástica y el estatuto personal dentro del grupo de población<br />

vascón, remitimos a la contribución de E. Cantón en este mismo volumen (pp. 423-455). Tampoco es frecuente la<br />

mención de la tribu entre el corpus de inscripciones romanas del País Vasco, con seis evidencias seguras. Veáse P. CIPRÉS,<br />

La onomástica de las inscripciones romanas del País Vasco. Estructura del nombre personal y estatuto jurídico, Veleia<br />

23, 2006, 85-128, esp. 95.<br />

69 CIL, II, 2981; ERZ, 18; J. ANDREU y Á. A. JORDÁN, Epigrafía, organización del territorio y poblamiento en territorio de<br />

Vascones: Los Bañales (Uncastillo, Zaragoza), ETF(1) 16-17, 2003-2004, 419-461, esp. 451. En esta última contribución<br />

los autores realizan una nueva autopsia de la inscripción y corrigen la lectura Saeciensis (CIL y ERZ) por Segiensis.<br />

Agracedemos esta información a J. Andreu.<br />

70 J. ANDREU y Á. A. JORDÁN, Epigrafía...., 448-450; Mª L. CANCELA, Los monumentos funerarios de las elites locales<br />

hispanas, en: M. NAVARRO y S. <strong>DE</strong>MOUGIN (eds.), Élites…, 103-120, esp. 106 y 109-120; E. MELCHOR, Las propiedades<br />

rústicas de las élites hispano-romanas: un intento de aproximación a través de la documentación epigráfica, en: J. F.<br />

RODRÍGUEZ NEILA y E. MELCHOR (eds.), Poder Central…, 241-280, esp. 246; M. NAVARRO, Les femmes de l’élite hispanoromaine,<br />

entre la famille et la vie publique, en: M. NAVARRO y S. <strong>DE</strong>MOUGIN (eds.), Élites…, 191-201, esp. 191-192.<br />

470


territorios itálico y narbonense 71 . En relación con estas formas de autorrepresentación familiar de la<br />

aristocracia local, se ha considerado que las inscripciones de la antigua Andelo, localizadas en los<br />

muros de la ermita de Nuestra Señora de Andión, y dedicadas por L. Aemilius Seranus a su padre, a<br />

su madre y a su esposa, pudieron haber formado parte de un monumento sepulcral 72 . El desarrollo<br />

de estas construcciones funerarias no debe ser considerado como una práctica munificente de estas<br />

familias selectas, ni contribuye a los procesos de renovación urbana o de adecuación edilicia a las<br />

nuevas estructuras organizativas cívicas que a partir de la dinastía Flavia evidencian, entre otras, las<br />

mencionadas Tarraca y Andelo o Pompelo y Cara. No obstante, testimonian la fortuna y el prestigio<br />

alcanzado por diversas aristocracias vasconas, que no debieron de mostrarse indiferentes ante los<br />

procesos de monumentalización de sus ciudades, pudiendo desarrollar compromisos munificentes<br />

y evergéticos en su progresiva asunción de comportamientos aristocráticos al modo romano, aun<br />

cuando no dispongamos de testimonios precisos de su aportación 73 .<br />

2.2. La representación provincial y estatal<br />

Nos hemos referido en el apartado anterior a diferentes calagurritanos que, a partir de la<br />

dinastía Flavia y durante el siglo II, documentaban su actividad militar en Panonia, Germania y<br />

la propia Roma. Sus nomina nos permitían considerar su procedencia o vínculo con las familias<br />

destacadas del municipium, aun cuando sus funciones no fueran determinantes para considerar su<br />

eminente situación social 74 . Por otra parte, la mención de L. Hostilius Saturninus en Burdigala<br />

(Burdeos), originario de Curnonium (Los Arcos), a quien su liberto y heredero le dedicó un<br />

monumento funerario, podría ser una evidencia de su disponibilidad económica y de su estatus<br />

social destacado, aunque no nos permite precisar si ya se sitúa dentro de las elites de carácter local<br />

o imperial o, quizá, entre el grupo de quienes aspiran a renovar estos grupos selectos 75 . También<br />

nos hemos referido a C. Granius Sabinus, originario de Cascantum, de quien nada sabemos sobre<br />

sus actividades públicas y privadas, dentro o fuera de Tarraco, donde desarrolla una dedicación<br />

71 CIL, II, 2974; ERZ, 33; Mª L. CANCELA, Los monumentos…, 106 y 108. Sobre la localización de Νεμαντουρίστα, puede<br />

verse J. ANDREU, Ciudad y territorio…, 209-212. Actualmente diferentes evidencias avalan su posible identificación con<br />

el yacimiento romano de Santa Criz (Eslava), del que se conocen, entre otros, testimonios epigráficos, restos de edificios<br />

(capiteles, fustes de columnas, basamento de un templo) y una necrópolis romana de incineración en la que se han excavado<br />

tres mausoleos. Véase sobre este yacimiento R. Mª ARMENDÁRIZ, Mª R. MATEO y P. SÁENZ <strong>DE</strong> ALBÉNIZ, La necrópolis de<br />

Santa Criz (Eslava), en: La tierra te sea leve. Arqueología de la muerte en Navarra, Pamplona 2007, 149-155; Mª J. PERÉX,<br />

El poblamiento vascónico en Navarra: visión general y últimas novedades, en: J. ANDREU (ed.), Navarra en…, 69-80, 72.<br />

72 CIL, II, 2966 y 2967; AE, 1989, 459; C. CASTILLO y J. Mª BAÑALES, Epigrafía romana…, 524-525; Mª L. CANCELA, Los<br />

monumentos…, 111; J. VELAZA, La evolución de la ciudad romana de Andelo a la luz de los testimonios epigráficos, en:<br />

A. RODRÍGUEZ COLMENERO (ed.), Los orígenes de la ciudad en el Noroeste hispánico, Lugo 1998, 623-642, esp. 631-635,<br />

considera que las dedicaciones de L. Aemilius Seranus tienen carácter más honorífico que sepulcral.<br />

73 J. ANDREU, Algunas consideraciones…, 267-268; Mª Á. MEZQUÍRIZ, La antigua ciudad de los carenses, TAN 19, 2006, 147-<br />

267, esp. 151-165, 173-179, con significativos hallazgos de escultura y decoración arquitectónica localizados en el interior<br />

de un edificio cultual, con datación del siglo I d. C. Entre ellos, se recuperaron dos calcei en bronce correspondientes a<br />

una estatua de togado, sujetos a un sillar moldurado, base sobre la que se apoyaba ésta y otra estatua, si se consideran las<br />

inscrustaciones de plomo descubiertas en disposición análoga a los calcei de la primera escultura.<br />

74 Veáse, anteriormente, § 2. 1. En este sentido, la condición de matrona honestissima, uxor pudicissima, mater piissima<br />

en el homenaje familiar realizado en el siglo II d. C. en Tarraco para Sulpicia, originaria de Calagurris, se circunscribe<br />

al ámbito privado y no puede ser aportado como evidencia directa de una fémina selecta. No obstante, la presencia de un<br />

Sulpicius en Calagurris, colaborando en la realización de una dedicación funeraria a un eques del ala Tautorum Victrix<br />

ciuium Romanorum, y el homenaje privado que le dedican su maritus y su filia en la capital provincial (CIL, II, 2984 y<br />

ERR, 7) permiten sospechar que posiblemente, por su ascendencia familiar y/o por sus vínculos matrimoniales, no disponía<br />

de una condición plebeya; veáse, por ejemplo, M. NAVARRO, Mujer de notable: representación y poder en las ciudades de la<br />

Hispania imperial, en: S. ARMANI, B. HURLET-MARTINEAU y A. U. STYLOW (eds.), Epigrafía y sociedad…, 119-127.<br />

75 CIL, XIII, 621.<br />

471


funeraria a una liberta 76 . Si estas menciones aportan indicios de lo que podríamos considerar como<br />

una vinculación a una condición social destacada, en los testimonios expuestos a continuación no hay<br />

duda de que transmiten una realidad aristocrática.<br />

Miembros de familias que conforman la elite de los vascones, originarios de Calagurris,<br />

Pompelo y Cara, desempeñaron destacadas funciones en la capital provincial, bien dentro de la<br />

asamblea o concilium prouinciae, como el sacerdocio o flaminado provincial, o fuera de ella, con el<br />

desarrollo de embajadas o legationes en beneficio del conjunto de los provinciales. Alguno de ellos<br />

obtiene incluso la designación oficial preceptiva para el ingreso en el orden ecuestre y, por tanto,<br />

en la elite imperial. El testimonio de su presencia y actividad en Tarraco nos ha sido transmitido en<br />

diversos pedestales, bases de estatuas honoríficas, financiadas o autorizada su erección por la asamblea<br />

provincial, una vez concluidas con éxito sus atribuciones 77 . Estos pedestales estaban dispuestos en la<br />

parte alta de la colonia, donde a partir de la dinastía Flavia se documenta la construcción de un recinto<br />

forense, articulado en torno a un templo destinado al culto imperial y una gran plaza inferior rectangular<br />

donde tendrían lugar las reuniones de la asamblea provincial. El espacio central de esta segunda plaza<br />

estaba asignado a la representación de la elite provincial. La monumentalidad de este complejo edilicio<br />

reflejaba la influencia y el poder económico de los delegados provinciales reunidos en el concilio<br />

provincial y su adhesión, así como la de sus representados, al emperador reinante, a la diosa Roma y a<br />

la familia imperial a través del culto oficial a los emperadores muertos y divinizados 78 .<br />

Entre estos delegados provinciales se encuentra Cn. Pompeius Pompaelonensis, quien<br />

desempeñó el sacerdocio provincial, con posterioridad a la magistratura principal, posiblemente<br />

desarrollada en Pompelo 79 . Con la información adicional del desempeño del duunvirato, los<br />

delegados en el concilio provincial quisieron resaltar su amplio prestigio público, con proyección<br />

local y provincial, y suscitar el orgullo colectivo y las adhesiones de quienes compartían la misma<br />

procedencia que el flamen homenajeado, aunque fuera suficiente reflejar la atribución pública del<br />

flaminado en el formulario oficial 80 . En este sentido, un determinado desarrollo de cargos públicos,<br />

76 RIT, 379, y, anteriormente, nota 64. Además de estas menciones en el ámbito provincial, la posesión de libertos se<br />

documenta en el territorio atribuido a los vascones entre algunas familias, si consideramos los testimonios precisos, de<br />

Calagurris (HEp9, 484), Segia (ERZ, 4) y del entorno de Iluberi (Lumbier) (CIL, II, 2965, epígrafe hallado en Rocaforte y<br />

trasladado a Sangüesa). En Cara (Santacara) (CIL, II, 2964) podría ser la mención [lib]erto o [C]erto, como el cognomen<br />

del dedicante. Sobre estas menciones y los indicios de posición acomodada de los patronos, puede verse J. L. RAMÍREZ<br />

SÁDABA, Navarra: los colectivos sociales en la Antigüedad, en: C. ERRO y I. MUGUETA (eds.), Grupos sociales en la historia<br />

de Navarra: relaciones y derechos, vol. III, Pamplona 2002, 21-53, esp. 31-33 y J. ANDREU, Proyección política e imagen<br />

pública de las elites locales del conuentus Caesaraugustanus en época altoimperial a partir de la documentación epigráfica,<br />

REA 109, 2008, 127-149, esp. 135.<br />

77 E. ORTIZ <strong>DE</strong> URBINA, La exaltación de la elite…, 45-84.<br />

78 G. ALFÖLDY, Tarraco y la Hispania romana: cultos y sociedad, en: M. MAYER (ed.), Religio Deorum. Actas del Coloquio<br />

Internacional de Epigrafía: Culto y Sociedad en Occidente, Sabadell 1992, 7-96, esp. 20-21; J. RUIZ <strong>DE</strong> ARBULO, Edificios<br />

públicos, poder imperial y evolución de las elites urbanas en Tarraco (s. II-IV d.C.), en: J. ARCE y P. LE ROUX (eds.), Ciudad<br />

y comunidad cívica en Hispania. (Siglos II y III d.C.), Madrid 1993, pp. 93-113, esp. 97-104; S. PANZRAM, Stadtbild und<br />

Elite: Tarraco, Corduba und Augusta Emerita zwischen Republik und Spätantike, Stuttgart 2002, 43-66; X. DUPRÉ (ed.), Las<br />

capitales provinciales de Hispania. 3. Tarragona. Colonia Iulia Vrbs Triumphalis Tarraco, Roma 2004, 46-53 y 60-71; y<br />

D. FISHWICK, The imperial cult in the Latin West: sudies in the ruler cult of the western provinces of the Roman Empire. III:<br />

Provincial cult. 3: The provincial centre, provincial cult, Leiden 2004, 5-40.<br />

79 RIT, 297, y, más arriba, nota 44.<br />

80 El formulario de las inscripciones oficiales que contienen los pedestales de Tarraco, con la indicación de los tria nomina<br />

del flamen en dativo, la filiación, tribus y origo del dedicado y el título con el que se designa el sacerdocio, se ajusta en lo<br />

esencial a las estipulaciones conocidas a través de la lex de flamonio prouinciae Narbonensis (CIL, XII, 6038, ll. 11-13),<br />

probablemente de época de Vespasiano; véase, D. FISHWICK, The imperial cult in the Latin West: sudies in the ruler cult of<br />

the western provinces of the Roman Empire. III: Provincial cult. 1: Institution and evolution, Leiden 2002, 158-159.<br />

472


dentro o fuera de la comunidad de origen, no condicionaba una elección al flaminado por parte del<br />

concilio provincial. Pero en ciertos pedestales se debió de estimar oportuno precisar, asimismo, la<br />

previa asunción de responsabilidades dentro del ámbito conventual y/o su proyección en el ámbito<br />

estatal, con la inscripción en el album de candidatos a jurado en los tribunales públicos de Roma, o<br />

incluso su ingreso en la aristocracia estatal con la promoción al orden ecuestre 81 .<br />

En la representación provincial de la elite de los vascones transmitida en tres pedestales<br />

conservados, si excluimos los dos ejemplos relativos a féminas selectas, no se refleja esta amplia<br />

variedad de indicaciones adicionales, motivo de prestigio individual y de reconocimiento colectivo de<br />

quienes asumieron destacadas responsabilidades en el ámbito provincial 82 . Cuando estas precisiones<br />

complementarias son reflejadas en la memoria epigráfica conservada en los pedestales, quedan<br />

circunscritas a las iniciales atribuciones dentro del orden decurional, como evidencia el posible<br />

duumuir de Pompelo, o a la condición privilegiada de miembro del orden ecuestre, en el testimonio<br />

excepcional del citado C. Sempronius Fidus, originario de Calagurris 83 . Si se supone que el concilio<br />

provincial debió de erigir en honor de los flamines de la provincia Hispania citerior unas 130 estatuas<br />

entre las dinastías Flavia y de los Antoninos, de cuyos pedestales se conocen unos 50 testimonios, la<br />

proporción de las evidencias conservadas es relativamente amplia 84 . Nos permite considerar que, sin<br />

desestimar la falta de más del 60% de las evidencias, para los miembros de la aristocracia vascona<br />

documentados se indicarían en dos ejemplos sus cursus previos, porque debieron de ser estimados<br />

por los miembros del concilio provincial con carácter relevante por su proyección local o provincial<br />

y su repercusión en la dignitas del colectivo familiar al que pertenecían. Por otra parte, no habría que<br />

olvidar la eventual aemulatio entre los habitantes de pleno derecho de sus comunidades de origen<br />

y del entorno vascón, que en su mayoría a partir de los Flavios sólo disponían de una potencial<br />

condición de ciues Romani, si exceptuamos el estatuto romano del municipium de Calagurris.<br />

En el tercer ejemplo, correspondiente a la memoria epigráfica de G. Cornelius Valens, originario<br />

de Pompelo, la concisión relativa a su cursus previo no es óbice para que este notable reciba un<br />

tratamiento singular por parte del concilio provincial.<br />

En el pedestal de G. Cornelius Valens se destaca la gestión óptima de la embajada o<br />

legatio censualis gratuita que asumió a sus expensas, poniendo de relieve, asimismo, su solvencia<br />

81 G. ALFÖLDY, Flamines prouinciae Hispaniae citerioris, Madrid 1973, 28, consideró que en general los flámines<br />

provinciales de la Tarraconense, con anterioridad a este sacerdocio, habían desempeñado diversas funciones o al menos<br />

un cargo público. La mayoría de las evidencias epigráficas transmitidas en los pedestales conservados, erigidos o no por<br />

el concilio provincial, apoyan este razonamiento y no prueban que fuese obligatorio el desempeño previo de un concreto<br />

cursus; pueden verse, también, los testimonios para Lusitania: J. A. <strong>DE</strong>LGADO <strong>DE</strong>LGADO, Flamines Prouinciae Lusitaniae,<br />

Gerión 17, 1999, 433-461, esp. 438-439 y Bética: J. A. <strong>DE</strong>LGADO <strong>DE</strong>LGADO, Elites y organización de la religión en las<br />

provincias romanas de la Bética y las Mauritanias: sacerdotes y sacerdocios, Oxford 1998, 47-48; y C. CASTILLO, Los<br />

flamines provinciales de la Bética, REA 100, 1998, 437-460, esp. 440-442.<br />

82 Por el momento, no disponemos de ninguna evidencia del desempeño del sacerdocio conventual en el conuentus<br />

Caesaraugustanus: véase P. LE ROUX, La question des conventus dans la péninsule Ibérique d’époque romaine, en: C.<br />

AULIARD y L. BODIOU (eds.), Au jardin des Hespérides. Histoire, société et épigraphie des mondes anciens. Mélanges offerts<br />

à Alain Tranoy, Rennes 2004, 337-355. Tampoco se documenta la inscripción de miembros de la elite de los vascones en<br />

calidad de adlecti en las decuriae iudicum Romae, ni una participación jurídica efectiva como iudices selecti o electi; veáse<br />

A. CABAL<strong>LOS</strong>, Los caballeros romanos originarios de las provincias de Hispania. Un avance, en: S. <strong>DE</strong>MOUGIN, H. <strong>DE</strong>VIJVER<br />

y M.-TH. RAEPSAET-CHARLIER (eds.), L’ordre équestre. Histoire d’une aristocratie (II e siècle av. J.-C. - III e siècle ap. J.-C.),<br />

Roma 1999, 463-512.<br />

83 RIT, 306.<br />

84 G. ALFÖLDY, La cultura epigráfica de los romanos: la difusión de un medio de comunicación y su papel en la integración<br />

cultural, en: F. MARCO, F. PINA y J. REMESAL (eds.), Vivir en tierra extraña. Emigración e integración cultural en el mundo<br />

antiguo, Barcelona 2004, 137-149, esp. 146.<br />

473


económica y munificencia, sólo especificada en otro pedestal dedicado a un legatus originario de<br />

Saguntum (Sagunto). Se omite la identidad del emperador con el que se había entrevistado en la<br />

capital de Panonia Inferior, aunque probablemente se trataría de Marco Aurelio, a quien el notable le<br />

comunicaría las reclamaciones de la provincia en relación con un censo que pudo haberse realizado<br />

en Hispania durante su principado 85 . Este homenaje estatuario de los delegados provinciales debió<br />

de satisfacer a Cornelius Valens, quien no economizó medios en desarrollar su autorrepresentación<br />

y la de su esposa, Sempronia Placida, también originaria de Pompelo. El pedestal a esta flamínica<br />

lo erige su cónyuge a sus expensas, una vez que el concilio aprueba su colocación (consensu<br />

concilii prouinciae) en el mismo sector urbano destinado a la representación de la elite provincial 86 .<br />

Sempronia, por su condición femenina, estaba excluida de toda participación político-administrativa<br />

directa. Pero sus atribuciones efectivas, vinculadas a la difusión de la ideología imperial, y su<br />

condición de esposa de un destacado notable, a quienes los delegados habían reconocido su actividad<br />

en beneficio de los provinciales, le hacían acreedora a nivel privado y público de la más alta estima 87 .<br />

De este modo con la conmemoración estatuaria, su cónyuge asociaba su nombre al de su esposa,<br />

omitiendo su cursus, pero dejando evidente constancia del prestigio familiar en un nuevo pedestal<br />

que se situaría próximo a su propia conmemoración estatuaria oficial.<br />

Los miembros de la asamblea provincial debieron de ser conscientes de la singularidad de<br />

estas elites entre sus conciudadanos vascones, así como de la eventual emulación o reconocimiento<br />

que debían de proyectar sus competencias y asunción de comportamientos romanos registrados en<br />

sus pedestales. Este interés del concilio parece reflejarse en el pedestal de la flamínica Postumia<br />

Nepotiana siue Marcellina, originaria de Cara, a quien financió un homenaje su esposo, el flamen<br />

T. Porcius Verrinus, para quien se ha propuesto que quizá pudo compartir la misma origo. Su<br />

procedencia queda doblemente precisada, con la mención de la ciuitas y del conuentus, posiblemente<br />

con el deseo de perpetuar la imagen y la memoria epigráfica de quien podría haber sido la primera de<br />

su familia en tener representación provincial o, quizá, haber obtenido una de las pocas designaciones<br />

al flaminado entre las féminas relevantes de Cara 88 .<br />

La asamblea provincial obsequió con un homenaje estatuario, como ya hemos expuesto<br />

previamente, a un flamen provincial, C. Sempronius Fidus, originario de Calagurris, que documenta<br />

una remarcable carrera ecuestre, poniéndose de relieve en su pedestal, datado entre la dinastía Flavia<br />

y mediados del siglo II, sus tribunados militares desempeñados al frente de cuatro legiones, tres en<br />

la región sirio-arábiga y la última en Britania 89 . Dentro de las tres milicias ecuestres, que configuran<br />

a partir del principado de Claudio el cursus ecuestre clásico, el tribunado de la legión se situaba en<br />

una posición intermedia entre la prefectura de una cohorte y la prefectura de un ala. Los caballeros<br />

hispanos que documentan un cursus decurional previo testimonian con posterioridad el desarrollo<br />

de carreras ecuestres variadas en las que el desempeño de las tres o las dos primeras milicias de<br />

85 RIT, 332; RIT, 331; G. ALFÖLDY, Eine spanische Gesandtschaft in Pannonien, AEspA 43, 1970, 169-174; J. J. SAYAS,<br />

Ad census accipiendos de ciudades vasconas y várdulas y la legatio censualis de un pamplonés, ETF(2) 2, 1989, 137-152<br />

(véase también, J. J. SAYAS, Los vascos..., 172-176).<br />

86 RIT, 337.<br />

87 M. NAVARRO, Les femmes…, 191-199 y Mujer de notable…, 119-126.<br />

88 RIT, 326; veáse E. ORTIZ <strong>DE</strong> URBINA, La exaltación de la elite…, 69-73. Sobre la origo de Porcius, véase C. CASTILLO y<br />

C. FERNÁN<strong>DE</strong>Z, Navarra en época romana: datos que aportan las fuentes epigráficas, en: Vestigia Antiquitatis. Escritos de<br />

epigrafía y literatura romanas. Scripta a sodalibus collecta, in honorem Carmen Castillo, Pamplona 1997, 287-293, esp.<br />

290-291 [y también Actas del I Congreso General de <strong>Historia</strong> de Navarra II, Pamplona 1987, 363-368]. No obstante, la<br />

mención K(a)re(n)sis (IRMN, 39) podría remitir al cognomen Kresis y no a la origo como precisa en este mismo volumen<br />

E. Cantón (p. 446).<br />

89 RIT, 306.<br />

474


forma consecutiva son casos excepcionales, frente al ejercicio de la primera prefectura al frente de<br />

una cohorte o el tribunado directo en una legión 90 . El cursus ecuestre de este relevante calagurritano,<br />

con sucesivos tribunados al fente de cuatro legiones y en diferentes ámbitos provinciales, permite<br />

considerar su prestigio y proyección en la elite ecuestre, pudiendo aludir a una carrera de honores,<br />

iniciada en la propia aristocracia imperial, sin una promoción social desde el ámbito decurional.<br />

En este significativo cursus habría que considerar asimismo la reputación que le aportó su selecta<br />

adscripción familiar a los Sempronii calagurritanos, entre cuyos miembros se encuentra C. Sempronius<br />

Barba, que formó parte en el principado de Augusto de la nómina de primeros magistrados del<br />

municipium de Calagurris, siendo dummuir en tres ocasiones 91 . Su adscripción familiar le permitió<br />

disponer de los requisitos relativos al census, natus y mores preceptivos y acceder con el beneplácito<br />

imperial a la condición de caballero, con carácter personal y sin la ampliación de esta destacada<br />

promoción social a los miembros de su gens.<br />

Respecto a las posibilidades de promoción en la carrera ecuestre 92 o en la primacía de la<br />

aristocracia imperial, las evidencias sobre estos miembros de la aristocracia vascona, como se<br />

observa entre las comunidades del Noroeste, Norte e interior y en contraste con lo que se constanta<br />

entre las elites del litoral mediterráneo y las áreas meridional y oriental peninsular, parecen indicar<br />

que el sacerdocio provincial o el desempeño de determinadas atribuciones desarrolladas en beneficio<br />

de su provincia constituían una prestigiosa y significativa culminación del cursus 93 . Ninguno<br />

de los notables selectos entre los vascones documenta el acceso a las procuratelas y prefecturas<br />

ecuestres o un ingreso posterior en el orden senatorial. Únicamente la recepción honorífica de los<br />

ornamenta consularia por M. Fabius Quintilianus en el principado de Domiciano aporta a este rhetor<br />

calagurritano, posiblemente último representante conocido de una familia dedicada a la elocuencia y<br />

a la enseñanza de la retórica que se trasladó a Roma, un reconocimiento en la Vrbs excepcional entre<br />

las aristocracias vasconas con representación local y provincial 94 .<br />

Sin formar parte de la aristocracia imperial, aunque vinculado con cónsules y pretores por<br />

vía marital, la actividad docente de Quintilianus le proporcionó una estrecha reputación entre los<br />

miembros de la nobilitas romana y de la familia Caesaris y un notable prestigio durante la dinastía<br />

Flavia y especialmente en el principado de Domiciano. A falta de otras condiciones oportunas, su<br />

reconocida autoridad como profesor de retórica, una de las disciplinas preceptivas en la formación<br />

del orden senatorial, y su consideración como preceptor de príncipes le hicieron merecedor de<br />

los más prestigiosos honores con los que se distinguía formalmente el rango senatorial, aunque<br />

los ornamenta consularia no le confirieran en la práctica el ingreso en el ordo senatorius ni<br />

90 J. J. PALAO, Los militares…, 306-307.<br />

91 Mª P. GARCÍA-BELLIDO y C. BLÁZQUEZ, Formas y usos…, 391; J. ANDREU, Proyección política…, 131.<br />

92 Los cursus de caballeros hispanos de época flavia, como sus predecesores del período julio-claudio, transmiten que esta<br />

aristocracia ecuestre aspiraba a desempeñar, más allá de las milicias ecuestres, un flaminado provincial, que potenciara su<br />

prestigio social, siendo muy escasos los que ambicionaron, a través de una procuratela, el servicio administrativo imperial:<br />

F. J. NAVARRO, Senadores y caballeros hispanos de época Flavia, en: J. F. RODRÍGUEZ NEILA y E. MELCHOR (eds.), Poder<br />

Central…, 185-209, esp. 197 y 202-203.<br />

93 Los pedestales fueron grabados en un momento inmeditamente posterior al flaminado provincial y no incluyen la<br />

memoria epigráfica de las atribuciones posteriores. No obstante, la información transmitida en otras evidencias permiten<br />

considerar el reducido número de promociones al orden ecuestre y al orden senatorial entre los notables de las provincias<br />

occidentales, para quienes el desempeño del sacerdocio provincial representaba una importante distinción y aumento<br />

de su prestigio. En la amplia mayoría de los casos constituiría “the summit of a man’s career”, según D. FISHWICK, The<br />

later careers of provincial priests in the western roman empire, Epigraphica 62, 2000, 87-100 y The imperial cult in the<br />

Latin West: sudies in the ruler cult of the western provinces of the Roman Empire. III: Provincial cult. 2: The provincial<br />

priesthood, Leiden 2002, 93-94, 303-306.<br />

94 U. ESPINOSA, Calagurris…, 155-168.<br />

475


implicaran el desempeño del consulado 95 . Posiblemente en esta singular concesión, como en otras<br />

aspiraciones de promoción social de la elite calagurritana, pudo ser un interlocutor válido uno de<br />

los patronos o benefactores públicos, Q. Glitius Atilius Agricola originario de Augusta Taurinorum<br />

(Turín) y con una prestigiosa carrera senatorial en Roma, a quien los Calagurritani, tanto la<br />

aristocracia local como el resto del populus del municipium, erigen un homenaje estatuario en<br />

su comunidad de origen, durante el principado de Domiciano 96 . Por otra parte, Quintilianus pudo<br />

disponer entre la aristocracia imperial de elites hispanas favorables a su reconocimiento, si se<br />

considera que durante el principado de Domiciano estas elites desarrollaron diversas atribuciones<br />

civiles y militares de especial relevancia al servicio del Estado romano, aumentando el número de<br />

senadores de procedencia hispana notablemente desde el término del principado de Nerón hasta<br />

la muerte de Domiciano 97 .<br />

Con la elite del municipio romano de Calagurris en el principado de Augusto iniciábamos<br />

el análisis de la proyección local de las elites entre los vascones y con dos calagurritanos destacados<br />

en el ámbito provincial y estatal, un miembro de la aristocracia imperial y un rhetor distinguido<br />

con los ornamenta consularia, concluye nuestra documentación a partir de los Flavios y durante el<br />

siglo II 98 . Entre estos parámetros cronológicos los testimonios directos, epigráficos, numismáticos y<br />

arqueológicos, dejan precisa memoria de cómo los miembros de las familias selectas, con un amplio<br />

número de evidencias entre las procedentes de Calagurris, se mostraron receptivos a las nuevas<br />

expectativas de proyección social que la gestión local de sus ciudades y comunidades cívicas, el<br />

servicio en el ejército o la representación provincial les ofrecía. En época julio-claudia son las elites<br />

de los tres municipia existentes en el territorio atribuido a los vascones, Calagurris, Gracchurris y<br />

Cascantum, las que asumen la gestión de sus res publicae y la difusión en sus ciudades de los valores<br />

ideológicos propiamente romanos. Su localización en la margen derecha del Ebro, vía de penetración<br />

de diversos factores que intervienen en el proceso de romanización, así como su proximidad, entre<br />

95<br />

AUS. Grat. actio 7. 31: Quintilianus consularia per Clementem ornamenta sortitus honestamenta nominis potius uidetur<br />

quam insignia potestatis habuisse.<br />

96 CIL, V, 6987. Q. Glitius Atilius Agricola culmina el cursus senatorial con la praefectura Vrbis. Fue legatus iuridicus<br />

prouinciae Hispania Citerior en época de Domiciano, entre los años 85-88 d. C., cuando pudo realizarse la cooptación como<br />

patrono o poco después. Quintilianus fue beneficiado con los ornamenta consularia hacia el 92-95 d. C. Por otra parte,<br />

senadores que habían estado al frente del gobierno de la provincia Hispania citerior durante la dinastía Flavia se sitúan, como<br />

Quintilianus, entre el reducido grupo de próximos a Domiciano; veáse U. ESPINOSA, Calagurris…, 170-186.<br />

97 F. <strong>DE</strong>S BOSCS-PLATEAUX, Un parti hispanique à Rome? Ascension des élites hispaniques et pouvoir politique d’Auguste à<br />

Hadrien (27 av. J. C.–138 ap. J. C.), Madrid 2005, 285 y 293.<br />

98 En el puente de Escot (Francia) se halló un epígrafe con la mención de un IIuir, L. Valerius Veraius, que en el desarrollo<br />

de esta magistratura principal por segunda vez (bis) llevó a cabo la reparación de una vía. L. A. CURCHIN, The Local…, 209,<br />

nº 741, establece que la vía era la que conducía de Jaca a Aquitania, que se trataría posiblemente de una actividad privada<br />

y vincula a este notable local a la comunidad de Iacca (Jaca). Pero no existe una mención expresa de esta adscripción en el<br />

documento (HAE, 971) y parece lógico pensar que la información corresponda a Galia, como propuso R. P. DUNCAN-JONES,<br />

The procurator as civic benefactor, JRS 64, 1974, 79-85, esp. 82 (nota 28). Por otra parte, en un ara hallada en Arellano,<br />

actual término municipal en el que se localiza una villa romana desde el siglo I al V d. C., se testimonia el cumplimiento de<br />

un voto realizado a Júpiter Apenino con la ofrenda de un altar, de una palma y de una víctima en el punto de retorno de un<br />

viaje entre Hispania y Roma, donde quizá pudo existir un sacellum. Se consideró que el oferente podría ser Flauus Mag(ilo)<br />

(AE, 1951, 281; IRMN, 18) y en una posterior interpretación se ha propuesto la lectura Flauus mag(istratus), que a juicio<br />

de algunos autores permitiría sospechar si no encubre una legatio desarrollada por un representante de una comunidad. La<br />

cronología en esta segunda lectura se establece hacia mediados o el segundo tercio del sigo I d. C. (M. MAYER y J. VELAZA,<br />

El carmen epigraphicum de Arellano (Navarra). Algunas precisiones de lectura, interpretación y cronología, PV 55, 1994,<br />

515-525, esp. 521-524; HEp5, 606). Suponiendo que mag(istratus) sea una lectura verosímil y que el punto de retorno del<br />

exvoto pro itu et reditu se localizara próximo al lugar de procedencia del notable con el cognomen Flauus, por otra parte<br />

el más documentado en el ámbito vascón, se podría conjeturar su vinculación a las elites de dos comunidades próximas,<br />

Curnonium (veáse, más arriba, notas 1 y 75) y Andelo, con evidencia en este último núcleo del cognomen Flaua (AE, 1989,<br />

459; véase, más arriba, notas 52-53 y 72 de este mismo capítulo).<br />

476


otros, a los municipia de derecho romano de Turiaso y Bilbilis y a los colonos romanos de Celsa<br />

debieron de facilitar esta temprana asunción de comportamientos aristocráticos romanos.<br />

Posteriormente, concedido el derecho latino a las comunidades hispanas de estatuto peregrino,<br />

se incorporan las elites de las zonas meridional al Norte del Ebro, central y septentrional, con evidencias<br />

precisas en Pompelo, Andelo, Tarraca, Cara o Segia, interesadas en las nuevas disposiciones aportadas<br />

por la dinastía Flavia. Junto con la recepción de honores en el ámbito local, la consecución de la ciudadanía<br />

romana y formas de autorrepresentación tanto en el ámbito urbano como rural, algunos miembros de estas<br />

familias selectas destacan por su representación provincial, tanto en la capital provincial, asumiendo el<br />

flaminado o realizando a expensas privadas una legatio, como en otros ámbitos provinciales, destacando<br />

el nombramiento como tribuno angusticlavo de un calagurritano. Sin comparación con la recepción<br />

honorífica de los ornamenta consularia por parte del rhetor calagurritano, este miembro del orden<br />

ecuestre es el único notable vascón que accede a la aristocracia imperial, remitiendo todos los testimonios<br />

disponibles a notables locales, que más allá de la gestión de sus res publicae, pudieron en ciertos casos<br />

desarrollar atribuciones conferidas por el concilio provincial de Tarraco en beneficio de los provinciales,<br />

concluyendo un cursus digno de emulación por sus conciudadanos.<br />

Si tenemos en cuenta todas las evidencias analizadas, que de forma precisa aluden a una realidad<br />

aristocrática o que aportan indicios de lo que podríamos considerar una condición social destacada,<br />

sumando a los núcleos arriba mencionados los de Curnonium e Iluberi 99 , tendríamos alguna información<br />

sobre las elites locales y ciues con posible posición social relevante vinculados a ocho de las dieciséis<br />

pÒleij que Ptolomeo establece en su descripción de los OÙ£skonej en la primera mitad del siglo II d. C. 100 .<br />

A esta nómina de πόλεις habría que añadir Cara e Iluberi, mencionadas ambas previamente por Plinio el<br />

Viejo y documentada la primera en el período tardorromano como mansio de la uia de Caesaraugusta a<br />

Pompelo 101 . A excepción de Alauona, de la que sólo conocemos la representación de la elite indígena 102 ,<br />

el resto de πόλεις para las que no disponemos de información de sus elites se sitúan prácticamente<br />

en la zona central y septentrional del territorio atribuido a los vascones, donde sólo contamos con<br />

referencias precisas para las elites de Pompelo, fundación romana al término del conflicto sertoriano 103 ,<br />

y de la próxima Andelo, que desde el siglo I a. C. dispone de un núcleo urbano con estructuras al modo<br />

romano 104 . Nuevas evidencias pueden variar en el futuro la proyección de estas elites dentro o fuera del<br />

territorio adscrito a los vascones. Pero habría que tener en cuenta, asimismo, que para algunas de estas<br />

πόλεις resulta difícil determinar su localización actual o qué función tuvieron, política-administrativa,<br />

económica o de otra naturaleza, así como el carácter de sus posibles familias selectas.<br />

A partir de la dinastía de los Severos, con la Constitutio de Ciuitate promulgada por Caracalla<br />

que completó la integración jurídica de los provinciales 105 , y las posteriores transformaciones en las<br />

estructuras del Imperio las elites dejaron de interesarse por la gestión pública, cada vez más onerosa.<br />

99 Veáse, más arriba, las notas 75 y 76. A estos núcleos se podría añadir, quizá, el yacimiento de Santa Criz (Eslava), donde<br />

tal vez pudo estar localizada la antigua Nemantour…sta (veáse nota 71).<br />

100<br />

PTOL. 2. 6. 11: mención de O„assë; 2. 6. 67: mención de quince pÒleij. Si se considera la exclusión de Nemantour…sta<br />

(véase nota 99), no disponemos de referencias actuales sobre sus posibles elites en época romana para 'ItoÚrissa (Espinal),<br />

Bitour…j (posiblemente en la cuenca de Lumbier), 'I£kka (Jaca), 'Ergaou…a (posiblemente en el valle del Ega), Mouskar…a<br />

(posiblemente en el despoblado de Mosquera, Tudela), 'Alauwna (Alagón) y O„assë (Irún).<br />

101<br />

PLIN. Nat. 3. 3. 24; Rav. Cosm. 4. 43 y 311. 12.<br />

102 Véase § 1.<br />

103 Veáse, más arriba, nota 46.<br />

104 Mª Á. MEZQUÍRIZ, Andelos: Secuencia estratigráfica…, 519.<br />

105 A. BRANCALARI, Sobre los efectos del edicto de Caracalla: consideraciones histórico-jurídicas, Studi Classici e Orientali<br />

47.3, 2004, 167-182.<br />

477


Se modifican las relaciones políticas y sociales entre el emperador y las elites y se diversifican las<br />

vías de reconocimiento personal. Disminuye la epigrafía forense y las plazas públicas, así como las<br />

áreas urbanas, dejan de ser un espacio habitual de representación de las elites 106 . Aunque se reducen<br />

las evidencias legibles, no concluyen los testimonios que permiten considerar el prestigio social y la<br />

disponibilidad económica de ciertos notables 107 .<br />

Entre las comunidades del territorio atribuido a los vascones, sin la capacidad de renovación<br />

de las capitales provinciales, se aprecia la transformación del poblamiento urbano, que experimenta un<br />

retroceso de la actividad edilicia de época altoimperial. Núcleos como Tarraca, Cara y Segia pierden<br />

de forma progresiva su vitalidad político-administrativa con el consecuente detrimento para sus elites.<br />

Pero la continuidad de la vida urbana en algunos centros, como Calagurris, Pompelo, posiblemente<br />

Andelo, con la vigencia de su infraestructura hidráulica hasta el siglo IV d. C. y Gracchurris, en el<br />

sector de Eras de la Cárcel, testimonian el protagonismo de grupos sociales acomodados o potentiores,<br />

entre los que destaca el calagurritano Prudencio. Desde finales del siglo III hasta principios del siglo V<br />

diferentes uillae, reconstruidas en este período, destacan por su función económica en relación con la<br />

actividad agrícola y por sus espacios residenciales y suntuarios con extensas áreas de representación<br />

decoradas con mosaicos y estucos. Entre otras, las uillae mejor conocidas, como son las del Soto<br />

del Ramalete en Castejón, San Esteban y Los Villares de Falces, Arellano y Liédena, situadas en<br />

varios casos en las inmediaciones de núcleos que conservan su caráter urbano, serán ámbitos de<br />

representación de sus possessores: las aristocracias locales u honestiores 108 .<br />

106 I. RODÀ, Foros y epigrafía: algunos ejemplos de Hispania citerior, Histria Antiqua 5, 1999, 121-130; y G. ALFÖLDY, La<br />

cultura epigráfica…, 144.<br />

107 e e P. LE ROUX, La “crise” des élites hispano-romaines (III -IV siècles), en: M. NAVARRO y S. <strong>DE</strong>MOUGIN (eds.), Élites…,<br />

45-61, esp. 58-61.<br />

108 U. ESPINOSA, Ciuitates y territoria en el Ebro medio: continuidad y cambio durante la Antigüedad Tardía, en: U. ESPINOSA y<br />

S. CASTELLANOS (eds.), Comunidades locales y dinámicas de poder en el norte de la Península Ibérica durante la Antigüedad<br />

Tardía, Logroño, 2006, 41-99, esp. 49-65; J. ANDREU, Ciudad y territorio…, 268-269, 281 y 290-291; y E. MORENO, El<br />

período tardoantiguo en Navarra: propuesta de actualización, en: J. ANDREU (ed.), Navarra en…, 263-286, esp. 270-273.<br />

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