MINISTERIO DE FINANZAS DEL ECUADOR - eSIGEF
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1. PROPÓSITO<br />
<strong>MINISTERIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>FINANZAS</strong> <strong>DE</strong>L <strong>ECUADOR</strong><br />
SUBSECRETARÍA <strong>DE</strong> INNOVACIÓN <strong>DE</strong> LAS <strong>FINANZAS</strong> PÚBLICAS<br />
DIRECCIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> CENTRO <strong>DE</strong> SERVICIOS<br />
PROCEDIMIENTO <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>SACTIVACIÓN <strong>DE</strong> USUARIOS POR AUSENCIA<br />
PERMANENTE<br />
CÓDIGO:<br />
PR-MF-DUAP-001<br />
VERSIÓN: 0001<br />
Vigencia desde:<br />
31/08/2012<br />
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Implementar un control de seguridad en el Sistema de Autenticación Biométrica en lo que se<br />
refiere a la desactivación permanente del Responsable Titular y/o Alterno de la ejecución de de<br />
autorizaciones de pago.<br />
2. ALCANCE<br />
El alcance de este procedimiento inicia con la autorización del Formulario de Ausencia<br />
Permanente de los funcionarios Titular y/o Alterno de las Instituciones y finaliza con la<br />
desactivación de el(los) funcionario(s).<br />
3. OBJETIVO.<br />
Implementar un procedimiento para la desactivación de los Responsables de la ejecución de<br />
transacciones de autorización de pago Titular o Alterno del Sistema de Autenticación Biométrica<br />
por Ausencia Permanente.<br />
4. POLÍTICAS<br />
4.1. El Ministerio de Finanzas publicará el formato autorizado denominado: “Formulario<br />
de Ausencia Permanente” a las Instituciones del Sector Público no Financiero.<br />
4.2. Para la desactivación Permanente del Responsable Titular deberá existir<br />
necesariamente un funcionario Alterno que se encuentre habilitado y enrolado<br />
dentro del Sistema de Autenticación Biométrica, el mismo que será activado en<br />
reemplazo del Responsable Titular.<br />
4.3. La Dirección Nacional del Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas habilitará un<br />
mecanismo tecnológico administrado por Mesas de Ayuda-Quito a través del cual se<br />
brindará soporte técnico en línea a los Responsables de la ejecución de transacciones<br />
de autorización de pago del sistema.<br />
4.4. Las Entidades del Sector Público son las encargadas de velar por el cumplimiento del<br />
Acuerdo 163 que hace referencia a la asignación de funciones a usuarios y claves del<br />
sistema de administración de las finanzas públicas; verificando que no exista<br />
incompatibilidad de funciones entre los funcionarios enrolados.<br />
5. <strong>DE</strong>SARROLLO <strong>DE</strong>L PROCESO<br />
5.1. Autorizar Formulario de Ausencia Permanente<br />
Las Instituciones remitirán al Ministerio de Finanzas solo el “Formulario de Ausencia<br />
Permanente” debidamente firmado y aprobado (sello de la entidad) por la Máxima<br />
Autoridad o su Delegado, a través del correo electrónico biometria@finanzas.gob.ec,<br />
con un mínimo de 1 día de antelación a la salida del funcionario.
<strong>MINISTERIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>FINANZAS</strong> <strong>DE</strong>L <strong>ECUADOR</strong><br />
SUBSECRETARÍA <strong>DE</strong> INNOVACIÓN <strong>DE</strong> LAS <strong>FINANZAS</strong> PÚBLICAS<br />
DIRECCIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> CENTRO <strong>DE</strong> SERVICIOS<br />
PROCEDIMIENTO <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>SACTIVACIÓN <strong>DE</strong> USUARIOS POR AUSENCIA<br />
PERMANENTE<br />
CÓDIGO:<br />
PR-MF-DUAP-001<br />
VERSIÓN: 0001<br />
Vigencia desde:<br />
31/08/2012<br />
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El Formulario de Ausencia Permanente adjunto al correo enviado no deberá<br />
sobrepasar un máximo de 2MB.<br />
Cabe señalar que el requerimiento debe ser enviado desde un CORREO<br />
INSTITUCIONAL, si la entidad no dispone de esto, debe señalar este particular en el<br />
momento del envío del formulario. Adicionalmente el Formulario puede ser enviado<br />
de los correos institucionales de la Máxima Autoridad, o del Director Financiero, o de<br />
los funcionarios involucrados en la desactivación.<br />
Importante: Será de entera responsabilidad de la Entidad el mantener todos los<br />
documentos y expedientes que justifiquen y sustenten la deshabilitación de los<br />
funcionarios Titular y/o Alterno, solicitado hacia el MF.<br />
El Ministerio de Finanzas no tendrá ninguna responsabilidad sobre la administración<br />
de estos documentos habilitantes del cambio solicitado en el “Formulario de<br />
Ausencia Permanente”.<br />
A cargo de las Máximas autoridades de las Instituciones.<br />
Anexo 1: Formulario de Ausencia Permanente<br />
5.2. Enviar la documentación por medio tecnológico habilitado por la Dirección Nacional<br />
del Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas para desactivación permanente.<br />
La Dirección Nacional de Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas habilitará el<br />
correo electrónico: biometria@finanzas.gob.ec , a través del cual se brindará soporte<br />
técnico.<br />
El Centro de Servicios a través de este mismo medio, enviará la respuesta hacia la<br />
dirección electrónica de la Entidad. Solo en los casos en los cuales el “Formulario de<br />
Ausencia Permanente” no sea legible o no se encuentre correctamente llenado, no se<br />
atenderá y se solicitará que se vuelva a enviar.<br />
A cargo de las Instituciones del Sector Público.<br />
5.3. Responsabilidad de los documentos habilitantes.<br />
Toda la documentación que justifique el cambio solicitado será de entera<br />
responsabilidad de la Entidad que lo solicita. La Entidad deberá mantener el archivo y<br />
expediente de los documentos que justifiquen los cambios solicitados hacia el Centro<br />
de Servicios.<br />
A cargo de las Entidades que utilizan el Sistema de Autenticación Biométrica.
<strong>MINISTERIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>FINANZAS</strong> <strong>DE</strong>L <strong>ECUADOR</strong><br />
SUBSECRETARÍA <strong>DE</strong> INNOVACIÓN <strong>DE</strong> LAS <strong>FINANZAS</strong> PÚBLICAS<br />
DIRECCIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> CENTRO <strong>DE</strong> SERVICIOS<br />
PROCEDIMIENTO <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>SACTIVACIÓN <strong>DE</strong> USUARIOS POR AUSENCIA<br />
PERMANENTE<br />
5.4. Desactivar Permanentemente al usuario del sistema.<br />
CÓDIGO:<br />
PR-MF-DUAP-001<br />
VERSIÓN: 0001<br />
Vigencia desde:<br />
31/08/2012<br />
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El Centro de Servicios procede con la desactivación permanente, en base a la<br />
información que la Entidad registre en el formulario “Formulario de Ausencia<br />
Permanente”.<br />
A cargo del Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas<br />
5.5. Habilitar permanentemente al Responsable Alterno de la ejecución de transacciones<br />
de autorización de pago del sistema.<br />
El Centro de Servicios, exclusivamente para el caso de Desactivación Permanente de<br />
un Responsable TITULAR procederá a activar al Responsable alterno conforme lo<br />
indicado en el “Formulario de Ausencia Permanente” y notificará el cambio a la<br />
entidad mediante el envió de correo electrónico.<br />
A cargo del Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas.<br />
6 DOCUMENTOS <strong>DE</strong> REFERENCIA.<br />
Procedimiento de Activación de Usuarios<br />
7 ANEXOS.<br />
Anexo 1: Formulario de Ausencia Permanente<br />
ANEXOS.<br />
Anexo 1: Formulario de Ausencia Permanente