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MINISTERIO DE FINANZAS DEL ECUADOR - eSIGEF

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1. PROPÓSITO<br />

<strong>MINISTERIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>FINANZAS</strong> <strong>DE</strong>L <strong>ECUADOR</strong><br />

SUBSECRETARÍA <strong>DE</strong> INNOVACIÓN <strong>DE</strong> LAS <strong>FINANZAS</strong> PÚBLICAS<br />

DIRECCIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> CENTRO <strong>DE</strong> SERVICIOS<br />

PROCEDIMIENTO <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>SACTIVACIÓN <strong>DE</strong> USUARIOS POR AUSENCIA<br />

PERMANENTE<br />

CÓDIGO:<br />

PR-MF-DUAP-001<br />

VERSIÓN: 0001<br />

Vigencia desde:<br />

31/08/2012<br />

Página 1 de 3<br />

Implementar un control de seguridad en el Sistema de Autenticación Biométrica en lo que se<br />

refiere a la desactivación permanente del Responsable Titular y/o Alterno de la ejecución de de<br />

autorizaciones de pago.<br />

2. ALCANCE<br />

El alcance de este procedimiento inicia con la autorización del Formulario de Ausencia<br />

Permanente de los funcionarios Titular y/o Alterno de las Instituciones y finaliza con la<br />

desactivación de el(los) funcionario(s).<br />

3. OBJETIVO.<br />

Implementar un procedimiento para la desactivación de los Responsables de la ejecución de<br />

transacciones de autorización de pago Titular o Alterno del Sistema de Autenticación Biométrica<br />

por Ausencia Permanente.<br />

4. POLÍTICAS<br />

4.1. El Ministerio de Finanzas publicará el formato autorizado denominado: “Formulario<br />

de Ausencia Permanente” a las Instituciones del Sector Público no Financiero.<br />

4.2. Para la desactivación Permanente del Responsable Titular deberá existir<br />

necesariamente un funcionario Alterno que se encuentre habilitado y enrolado<br />

dentro del Sistema de Autenticación Biométrica, el mismo que será activado en<br />

reemplazo del Responsable Titular.<br />

4.3. La Dirección Nacional del Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas habilitará un<br />

mecanismo tecnológico administrado por Mesas de Ayuda-Quito a través del cual se<br />

brindará soporte técnico en línea a los Responsables de la ejecución de transacciones<br />

de autorización de pago del sistema.<br />

4.4. Las Entidades del Sector Público son las encargadas de velar por el cumplimiento del<br />

Acuerdo 163 que hace referencia a la asignación de funciones a usuarios y claves del<br />

sistema de administración de las finanzas públicas; verificando que no exista<br />

incompatibilidad de funciones entre los funcionarios enrolados.<br />

5. <strong>DE</strong>SARROLLO <strong>DE</strong>L PROCESO<br />

5.1. Autorizar Formulario de Ausencia Permanente<br />

Las Instituciones remitirán al Ministerio de Finanzas solo el “Formulario de Ausencia<br />

Permanente” debidamente firmado y aprobado (sello de la entidad) por la Máxima<br />

Autoridad o su Delegado, a través del correo electrónico biometria@finanzas.gob.ec,<br />

con un mínimo de 1 día de antelación a la salida del funcionario.


<strong>MINISTERIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>FINANZAS</strong> <strong>DE</strong>L <strong>ECUADOR</strong><br />

SUBSECRETARÍA <strong>DE</strong> INNOVACIÓN <strong>DE</strong> LAS <strong>FINANZAS</strong> PÚBLICAS<br />

DIRECCIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> CENTRO <strong>DE</strong> SERVICIOS<br />

PROCEDIMIENTO <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>SACTIVACIÓN <strong>DE</strong> USUARIOS POR AUSENCIA<br />

PERMANENTE<br />

CÓDIGO:<br />

PR-MF-DUAP-001<br />

VERSIÓN: 0001<br />

Vigencia desde:<br />

31/08/2012<br />

Página 2 de 3<br />

El Formulario de Ausencia Permanente adjunto al correo enviado no deberá<br />

sobrepasar un máximo de 2MB.<br />

Cabe señalar que el requerimiento debe ser enviado desde un CORREO<br />

INSTITUCIONAL, si la entidad no dispone de esto, debe señalar este particular en el<br />

momento del envío del formulario. Adicionalmente el Formulario puede ser enviado<br />

de los correos institucionales de la Máxima Autoridad, o del Director Financiero, o de<br />

los funcionarios involucrados en la desactivación.<br />

Importante: Será de entera responsabilidad de la Entidad el mantener todos los<br />

documentos y expedientes que justifiquen y sustenten la deshabilitación de los<br />

funcionarios Titular y/o Alterno, solicitado hacia el MF.<br />

El Ministerio de Finanzas no tendrá ninguna responsabilidad sobre la administración<br />

de estos documentos habilitantes del cambio solicitado en el “Formulario de<br />

Ausencia Permanente”.<br />

A cargo de las Máximas autoridades de las Instituciones.<br />

Anexo 1: Formulario de Ausencia Permanente<br />

5.2. Enviar la documentación por medio tecnológico habilitado por la Dirección Nacional<br />

del Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas para desactivación permanente.<br />

La Dirección Nacional de Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas habilitará el<br />

correo electrónico: biometria@finanzas.gob.ec , a través del cual se brindará soporte<br />

técnico.<br />

El Centro de Servicios a través de este mismo medio, enviará la respuesta hacia la<br />

dirección electrónica de la Entidad. Solo en los casos en los cuales el “Formulario de<br />

Ausencia Permanente” no sea legible o no se encuentre correctamente llenado, no se<br />

atenderá y se solicitará que se vuelva a enviar.<br />

A cargo de las Instituciones del Sector Público.<br />

5.3. Responsabilidad de los documentos habilitantes.<br />

Toda la documentación que justifique el cambio solicitado será de entera<br />

responsabilidad de la Entidad que lo solicita. La Entidad deberá mantener el archivo y<br />

expediente de los documentos que justifiquen los cambios solicitados hacia el Centro<br />

de Servicios.<br />

A cargo de las Entidades que utilizan el Sistema de Autenticación Biométrica.


<strong>MINISTERIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>FINANZAS</strong> <strong>DE</strong>L <strong>ECUADOR</strong><br />

SUBSECRETARÍA <strong>DE</strong> INNOVACIÓN <strong>DE</strong> LAS <strong>FINANZAS</strong> PÚBLICAS<br />

DIRECCIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> CENTRO <strong>DE</strong> SERVICIOS<br />

PROCEDIMIENTO <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>SACTIVACIÓN <strong>DE</strong> USUARIOS POR AUSENCIA<br />

PERMANENTE<br />

5.4. Desactivar Permanentemente al usuario del sistema.<br />

CÓDIGO:<br />

PR-MF-DUAP-001<br />

VERSIÓN: 0001<br />

Vigencia desde:<br />

31/08/2012<br />

Página 3 de 3<br />

El Centro de Servicios procede con la desactivación permanente, en base a la<br />

información que la Entidad registre en el formulario “Formulario de Ausencia<br />

Permanente”.<br />

A cargo del Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas<br />

5.5. Habilitar permanentemente al Responsable Alterno de la ejecución de transacciones<br />

de autorización de pago del sistema.<br />

El Centro de Servicios, exclusivamente para el caso de Desactivación Permanente de<br />

un Responsable TITULAR procederá a activar al Responsable alterno conforme lo<br />

indicado en el “Formulario de Ausencia Permanente” y notificará el cambio a la<br />

entidad mediante el envió de correo electrónico.<br />

A cargo del Centro de Servicios del Ministerio de Finanzas.<br />

6 DOCUMENTOS <strong>DE</strong> REFERENCIA.<br />

Procedimiento de Activación de Usuarios<br />

7 ANEXOS.<br />

Anexo 1: Formulario de Ausencia Permanente<br />

ANEXOS.<br />

Anexo 1: Formulario de Ausencia Permanente

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