20.10.2013 Views

INFORME FINAL - Forem

INFORME FINAL - Forem

INFORME FINAL - Forem

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Elaboración del material formativo para el<br />

ejercicio de determinadas actividades<br />

profesionales en el sector del mar<br />

FINANCIA:<br />

COLABORA:<br />

<strong>INFORME</strong> <strong>FINAL</strong>


ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Índice<br />

1. Presentación ....................................................................... 1<br />

2. Objetivos............................................................................ 3<br />

3. Metodología......................................................................... 5<br />

4. Contextualización del sector ..................................................19<br />

5. Programa de contenidos de cada especialidad.............................31<br />

6. Conclusiones del proyecto .....................................................53<br />

7. Bibliografía ........................................................................57<br />

8. Anexos ............................................................................61<br />

Índice de Tablas<br />

Tabla 1 Integrantes Mesa Expertos/as Grupo de Discusión ..................................................... 14<br />

Tabla 2 Flota pesquera española. Fuente: INNOVAMAR.......................................................... 20<br />

Tabla 3 Flota mercante de transporte controlada por navieras españolas. Fuente:<br />

INNOVAMAR....................................................................................................... 20<br />

Tabla 4 Nº Personas Ocupadas Transporte Marítimo y Pesca Marítima. Fuente: INNOVAMAR ....... 21<br />

Índice de gráficos<br />

Gráfico 1 Porcentaje embarcaciones Pesca marítima y Transporte marítimo 2007 ..................... 21<br />

Gráfico 2 Porcentaje Personas Ocupadas Transporte y Pesca Marítima 2007 ............................ 22<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Autoría<br />

El siguiente informe ha sido realizado en el marco del proyecto<br />

MARÍTIMO: Elaboración del material formativo para el ejercicio<br />

de determinadas actividades profesionales en el sector del mar:<br />

Certificado formación básica marinero, Certificado de buques<br />

ro-ro de pasaje y buques de pasaje distintos a buques ro-ro y<br />

Certificado de marinero en buque de pesca, dentro de los<br />

proyectos y actividades financiados con fondos propios de la<br />

Fundación Formación y Empleo Miguel Escalera, FOREM<br />

CONFEDERAL.<br />

El proyecto ha sido realizado bajo la dirección técnica de la<br />

Fundación Formación y Empleo del País Valenciano (FOREM PV),<br />

con la coordinación de Ana Albeada Piqueras y el apoyo técnico<br />

de Pilar Cambronero García.<br />

Asimismo, han intervenido en el desarrollo del proyecto las<br />

empresas COT NAVEGRIUM y XIP MULTIMEDIA, S.L.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


1. Presentación<br />

Este documento recoge los Resultados y Conclusiones del Proyecto MARÍTIMO:<br />

ELABORACIÓN DEL MATERIAL FORMATIVO PARA EL EJERCICIO DE DETERMINADAS<br />

ACTIVIDADES PROFESIONALES EN EL SECTOR DEL MAR: CERTIFICADO FORMACIÓN BÁSICA<br />

MARINERO, CERTIFICADO DE BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO Y TARJETA PROFESIONAL DE MARINERO EN BUQUE DE PESCA. El estudio se<br />

encuentra financiado por la Fundación Formación y Empleo Miguel Escalera, FOREM<br />

CONFEDERAL.<br />

El propósito de este informe es, como se ha mencionado, presentar las conclusiones y<br />

resultados del proceso de elaboración y homologación de los materiales formativos para<br />

determinadas actividades del sector del mar. El objetivo fundamental era, entre otros,<br />

contribuir a la mejora de la calidad de la formación para el empleo del sector en general, y<br />

a la mejora de la formación en el ámbito de la prevención de riesgos, en particular,<br />

posibilitando por otra parte la acreditación de esta formación. El equipo técnico que ha<br />

desarrollado este proyecto fue consciente desde el principio de que la formación para el<br />

empleo puede ser un elemento relevante para incrementar la seguridad de los<br />

trabajadores y trabajadoras del sector del mar. Con los materiales elaborados y<br />

homologados desde este proyecto estamos seguros/as de contribuir a la mejora de la<br />

formación en esta área.<br />

Estos materiales no se podrían haber realizado sin la colaboración de muchas personas y<br />

organizaciones a quienes deseamos expresar nuestro agradecimiento. De forma especial<br />

queremos agradecer a la empresa COT-NAVEGARIUM, no sólo su colaboración en la<br />

elaboración del material, sino también sus valiosas sugerencias y aportes que contribuyeron<br />

de forma significativa a mejorar el presente trabajo y a la empresa XIP MULTIMEDIA, S.L.,<br />

cuyo buen saber hacer ha posibilitado la creación de unos materiales atractivos y de fácil<br />

consulta y manejo.<br />

El informe se estructura en diversas secciones. En primer lugar, se da cuenta del porqué y<br />

los objetivos en los que se fundamenta el presente proyecto. En segundo lugar se expone<br />

la metodología de trabajo utilizada en las diferentes fases de elaboración y homologación<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 1


de los materiales formativos. En tercer lugar se realiza una aproximación a las variables<br />

económicas y productivas que caracterizan al sector del mar y se definen las áreas de<br />

actividad que abarca cada uno de los subsectores a los que se dirigen los materiales. Una<br />

definición que se completa con la descripción de las ocupaciones, la normativa y los riesgos<br />

laborales implícitos a estas ocupaciones. Es necesario señalar que en la construcción del<br />

andamiaje analítico nos hemos valido de una gran diversidad de perspectivas y propuestas<br />

que han enriquecido el trabajo de análisis. En cuarto lugar, se presentan los contenidos<br />

recogidos en el material formativo de acuerdo con la normativa vigente. Finalmente se<br />

recogen las conclusiones, la bibliografía y los anexos al proyecto.<br />

2 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


2. Objetivos<br />

El objetivo del proyecto era crear unos materiales formativos que garantizaran un<br />

adecuado tratamiento de la normativa en relación a la prevención de riesgos laborales en<br />

el sector del mar. Se trataba por tanto, de realizar unos materiales didácticos que<br />

favorecieran el aprendizaje de los colectivos destinatarios, a la par que les permitieran la<br />

obtención de los certificados de especialidad que deben poseer los/as miembros de la<br />

tripulación de los buques civiles españoles. La utilidad de este material estriba<br />

fundamentalmente en la capacidad de adaptación a las necesidades formativas en materia<br />

de prevención y seguridad para acceder al proceso de acreditación para el ejercicio de<br />

determinadas funciones profesionales en el sector.<br />

Los certificados de especialidad de formación básica o de buques de carga rodada (ro-ro)<br />

de pasaje, regulados en la ORDEN FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, del Ministerio de<br />

Fomento, permitieron, de conformidad con la normativa internacional y nacional,<br />

actualizar y refundir la formación especial del personal de los buques mercantes y de pesca<br />

en materia de especialidad. La actividad profesional de Marinero en buque de pesca,<br />

regulada en el REAL DECRETO 1519/2007, de 16 de noviembre por el Ministerio de<br />

Agricultura, Pesca y Alimentación permite la obtención de las tarjetas de identidad<br />

profesional que acreditan la capacitación profesional para ejercer su actividad sin perjuicio<br />

de las competencias que en la materia poseen las comunidades autónomas.<br />

A fin de poder ofrecer respuestas adaptadas a las nuevas necesidades formativas que estos<br />

certificados implican, se ha desarrollado este material y no sólo por tratarse de una<br />

normativa que requiere de esta formación para el desarrollo de estas actividades<br />

profesionales, sino porque es una formación dirigida especialmente a la lucha contra<br />

incendios, salvamento, supervivencia, prevención de accidentes, primeros auxilios y<br />

comunicaciones de emergencia, ámbito de prevención de riesgos en el que un sindicato<br />

debe estar presente.<br />

Para alcanzar este propósito, se ha partido de la consecución de los principales objetivos<br />

propuestos en el proyecto:<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 3


Generar materiales de calidad en especialidades ampliamente demandas que<br />

amplíen la capacidad formativa en el ámbito de la prevención del sector del mar<br />

bajo la modalidad presencial.<br />

Validar estos materiales con objeto de garantizar su aplicabilidad en nuestras<br />

Fundaciones.<br />

Favorecer la salud, seguridad y prevención a través de la elaboración de<br />

materiales formativos didácticos, capaces de construir nuevos aprendizajes.<br />

Contribuir a la mejora de la formación para el empleo, al favorecer una actitud<br />

positiva hacia la formación entre los trabajadores y trabajadoras del sector<br />

marítimo en el territorio español.<br />

Apoyo al mantenimiento de las ocupaciones, al ofrecer materiales curriculares<br />

adaptados a la exigencia de la normativa vigente para el desempeño de<br />

determinadas funciones en su actividad.<br />

Proyectar criterios de elaboración sensibles a las particularidades de los<br />

colectivos con mayores dificultades de acceso a la formación (mayores de 45<br />

años, menores de 25, mujeres y trabajadores/as de escasa cualificación) y que<br />

potencien la igualdad de oportunidades, como el lenguaje no sexista y un diseño<br />

atractivo y de fácil manejo y consulta.<br />

Propiciar el acceso a la formación, al favorecer la descentralización de la<br />

formación en estos ámbitos y ofrecer materiales y posibilidad de formación<br />

gratuita en especialidades altamente demandadas.<br />

Los productos finales alcanzados han sido los siguientes:<br />

Manual FORMACIÓN BÁSICA. Tomo I y II<br />

Manual BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A BUQUES RO-RO<br />

Manual MARINERO PESCADOR<br />

Cuaderno del profesorado FORMACIÓN BÁSICA (incluye CD de apoyo al profesorado)<br />

Cuaderno del profesorado BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE<br />

DISTINTOS A BUQUES RO-RO (incluye CD de apoyo al profesorado)<br />

Cuaderno del profesorado MARINERO PESCADOR (incluye CD de apoyo al<br />

profesorado)<br />

Informe Final<br />

4 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


3. Metodología<br />

El proceso de elaboración de materiales formativos es complejo y requiere de la<br />

participación de profesionales de diversas disciplinas que, trabajando de forma<br />

cooperativa, sean capaces de producir materiales educativos de calidad. A continuación<br />

describimos algunos aspectos relacionados con el proceso de elaboración de estos<br />

materiales.<br />

3.1. Implementación del proyecto y elaboración de un<br />

marco contextual<br />

Durante esta fase, que tuvo lugar entre el 1 de marzo y el 9 de mayo de 2010 se procedió<br />

a la recogida datos relevantes para la ejecución del proyecto y a su análisis y<br />

categorización. Con objeto de contextualizar la investigación, se recopilo información<br />

acerca de los contenidos formativos marcados en la normativa vigente, la situación<br />

profesional de las ocupaciones que se incluyen entre los colectivos a los que se dirige cada<br />

uno de los productos formativos y las situaciones de riesgo en el sector del mar. Se<br />

analizaron las ofertas formativas y los materiales asociados existentes en este ámbito. Se<br />

realizó una prospección de fuentes documentales e institucionales y de documentación<br />

relacionada con elaboración de materiales formativos, obteniéndose una visión comparada<br />

de los distintos métodos de elaboración de productos formativos y en concreto de aquellos<br />

realizados desde el referente de las certificaciones de especializaciones del mar.<br />

Los resultados del análisis permitieron formular unos objetivos de aprendizaje para la<br />

determinación, selección y estructuración de los contenidos. A partir de ello, se concretó<br />

la metodología de enseñanza-aprendizaje, las actividades a realizar y su temporalización.<br />

A lo largo de esta fase las fuentes consultadas han sido de carácter diverso:<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 5


Legislación.<br />

Documentos oficiales referidos al sector del mar y el desarrollo de certificados de<br />

especialidades de formación básica, o de buques de carga rodada (ro-ro) de<br />

pasaje, regulados en la ORDEN FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, del<br />

Ministerio de Fomento<br />

Bibliografía especializada.<br />

Guías, manuales y materiales de orientación profesional.<br />

Fuentes en soporte electrónico (bases documentales; registros; revistas<br />

electrónicas etc.)<br />

Sitios web especializados en certificaciones y homologaciones en el sector del<br />

mar.<br />

Fuentes primarias de información, consistentes en la concertación y realización<br />

de entrevistas con los responsables de homologación de la Marina Mercante del<br />

Ministerio de Fomento y de la Conselleria de Pesca y Agricultura de la Generalitat<br />

Valenciana. Se trataba de fuentes relevantes e indispensables para conocer los<br />

requisitos y criterios a considerar en la elaboración de materiales adecuados a la<br />

homologación de la formación. La necesaria sujeción a la agenda de los<br />

responsables, dificultó la concertación y cierre de estas entrevistas, retrasando el<br />

inicio de la siguiente fase de elaboración de los materiales formativos.<br />

3.2. Elaboración de los productos formativos<br />

En esta segunda fase, iniciada el 10 de mayo y finalizada el 30 de septiembre de 2010,<br />

se estructuraron y elaboraron los contenidos de los materiales formativos (manuales y<br />

cuadernos del profesorado) objeto del proyecto, dirigidos a una formación presencial. La<br />

formación presencial es la única modalidad reconocida en normativa, por otra parte se ha<br />

identificado como aquella más demandada y valorada en las pequeñas y medianas<br />

empresas en el estudio “Prospección y análisis de la necesidades formativas de los/as<br />

trabajadores/as de las pymes valencianas en el ámbito de las competencias transversales”,<br />

realizado por FOREM PV.<br />

Los materiales incluyen módulos a través de los cuales las personas participantes se<br />

situarán en la reglamentación de los certificados de FORMACIÓN BÁSICA , BUQUES RO-RO<br />

DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A BUQUES RO-RO y de la tarjeta profesional de<br />

MARINERO PESCADOR, atendiendo a las necesidades específicas de su ocupación y a sus<br />

conocimientos previos. En el cuaderno del profesorado se presta especial atención a la<br />

6 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


detección de estos conocimientos previos, así como a los objetivos que se pretenden<br />

alcanzar en cada módulo referidos a habilidades, destrezas y actitudes. Tanto el cuaderno<br />

del profesorado como el manual recogen las pruebas prácticas a realizar por el alumnado,<br />

ampliándose estas en la propuesta planteada en el cuaderno del profesorado respectivo.<br />

Así mismo, el cuaderno del profesorado incluye un CD con material de apoyo al curso<br />

(PowerPoint, vídeos, legislación, símbolos y pictogramas relacionados con el temario). La<br />

evaluación se plantea en estos cuadernos como un proceso integrado que buscará como<br />

objetivo básico favorecer el cambio, la mejora de los procesos, de las actitudes y<br />

conocimientos de los/as participantes en los cursos.<br />

En la redacción de los materiales se utilizó un lenguaje no sexista al considerarse<br />

importante, a pesar de la escasa presencia de la mujer en el sector, visibilizar a las<br />

mujeres en un sector tradicionalmente considerado masculino. Se buscó una exposición<br />

clara de los conceptos y aunque la presentación de los contenidos tiene un orden<br />

predeterminado, se organizaron en relación a un grado creciente de complejidad y<br />

especificidad. En los cuadernos se recomienda darles el orden más adecuado en relación a<br />

las necesidades formativas del grupo. Se establece, así mismo, una duración mínima de la<br />

parte teórica y la parte práctica, de acuerdo a lo marcado en normativa, que es<br />

susceptible de ser revisada en función de los resultados de la prueba diagnóstica y de las<br />

necesidades detectadas en el alumnado.<br />

Los criterios de claridad y facilidad de comprensión y manejo fueron también principios<br />

que rigieron la posterior maquetación del material.<br />

Las características técnicas de los materiales en soporte papel para el alumnado, son:<br />

∗ Número de páginas:<br />

FORMACIÓN BÁSICA: 2 tomos de 227 y 189 páginas cada uno.<br />

BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A BUQUES<br />

RO-RO: 195 páginas<br />

MARINERO PESCADOR: 263 páginas<br />

∗ Características de impresión y de la encuadernación: Encuadernación térmica con<br />

acabado final tipo libro, impreso a doble cara, utilización de tinta de cuatro colores<br />

(cuatricomías). Dimensiones: 30 x 21 cm.<br />

∗ Perfil y número estimado de las entidades o profesionales directa y potencialmente<br />

beneficiarios del producto: Todas las empresas del sector marítimo en el ámbito<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 7


territorial del estado español, las fuerzas sindicales de las mismas, las Asociaciones<br />

Empresariales del Sector.<br />

Las características técnicas de los materiales en soporte papel para el profesorado, son:<br />

∗ Número de páginas: Mínimo de 40 páginas. Incluirán un CD con material de apoyo.<br />

∗ Características de impresión y de la encuadernación: Encuadernación térmica con<br />

acabado final tipo libro, impreso a doble cara, utilización de tinta de cuatro colores<br />

(cuatricomías). Dimensiones: 30 x 21 cm.<br />

∗ Perfil y número estimado de las entidades o profesionales directa y potencialmente<br />

beneficiarios del producto: docentes de la acción formativa.<br />

Los tres manuales y los tres cuadernos del profesorado con sus respectivos CDs,<br />

conteniendo el material de apoyo, se adjuntan al presente informe.<br />

Cabe señalar, que la dificultad en la selección y contratación de un/a experto/a<br />

multisectorial en la actividad marítima, con las aptitudes y conocimientos necesarios para<br />

la elaboración de unos materiales formativos que respondieran a la calidad deseada,<br />

retrasó la duración prevista para esta fase.<br />

3.3. Validación de los productos formativos<br />

En esta fase, iniciada el 1 de octubre de 2010 y finalizada el 27 de febrero de 2011, se<br />

llevó a cabo la homologación de los materiales formativos ya finalizados, la revisión,<br />

corrección y validación de los mismos, así como su maquetación. Todo ello, desde un<br />

proceso continuado de mejora del producto formativo.<br />

Esta fase se solapó, por tanto, con la anterior de elaboración de los materiales, pues el<br />

proceso de homologación se extendió hasta prácticamente la finalización del proyecto,<br />

iniciándose a medida que se concluían los materiales y antes de llevar a cabo su<br />

maquetación y edición final.<br />

Pasamos a describir a continuación las diferentes tareas llevadas a cabo y los<br />

procedimientos seguidos en cada una de ellas, durante esta fase de validación.<br />

8 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


PROCESO DE HOMOLOGACIÓN<br />

El primer material homologado fue el necesario para la obtención de la Tarjeta Profesional<br />

de MARINERO PESCADOR. Los requisitos y documentación necesaria para llevar a cabo su<br />

homologación por parte de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación de la<br />

Generalitat Valenciana, fueron los siguientes:<br />

Programa de la acción formativa<br />

Metodología y evaluación del proceso formativo<br />

Descripción de instalaciones y dotaciones, adjuntándose plano del<br />

centro de impartición<br />

Material formativo suministrado en formato papel y CD, ajustándose sus<br />

contenidos y duración a lo marcado en la normativa<br />

Currículum del equipo docente<br />

Relación de materiales para prácticas disponibles en el centro de<br />

formación<br />

Se adjunta en el Anexo 1 el Real Decreto que regula tanto los requisitos para la<br />

homologación, como la duración y los contenidos que debe comprender esta formación y<br />

por tanto los materiales formativos asociados.<br />

A fin de llevar a cabo este procedimiento de acuerdo con los plazos y trámites estipulados<br />

por la Generalitat Valenciana, se mantuvieron tres entrevistas con el Jefe de la Sección de<br />

Formación de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalitat<br />

Valenciana, José Vicente Pérez Piera. Estas entrevistas se realizaron durante los meses de<br />

octubre y noviembre de 2010. En ellas se concretó la documentación necesaria a presentar<br />

para llevar a trámite la solicitud de homologación del material y se revisó y supervisó por<br />

parte del responsable la idoneidad de la documentación presentada. Posteriormente, el<br />

responsable de la Conselleria realizó una visita al centro de formación de FOREM PV sito en<br />

la Calle Convento Carmelitas, 1 de Valencia, a fin de verificar la adecuación de las<br />

instalaciones, dotaciones y materiales de prácticas a lo requerido en la homologación para<br />

la obtención de la Tarjeta Profesional de Marinero Pescador.<br />

La homologación de los materiales para los cursos de obtención de los Certificados de<br />

FORMACIÓN BÁSICA y BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A BUQUES<br />

RO-RO se tramitó ante el Ministerio de Fomento en su Dirección General de la Marina<br />

Mercante y dirigiéndose al Subdirector General de Seguridad Marítima y Contaminación.<br />

Se mantuvieron tres reuniones con el responsable de Formación de la Marina Mercante en<br />

la Capitanía Marítima de Valencia, Fernando Santos Agúndez. Las reuniones tuvieron lugar<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 9


entre el mes de enero y febrero de 2011. En estas reuniones se determinó la<br />

documentación y trámites a seguir para obtener la homologación en los dos certificados<br />

mencionados, gestionándose por parte de esta entidad una vez satisfechos los requisitos<br />

previos, el envío y continuidad del procedimiento en la Subdirección de Seguridad Marítima<br />

y Contaminación de la Subsecretaria del Ministerio de Fomento de la Marina Mercante sita<br />

en Madrid. Revisada y aprobada la documentación presentada, se llevó a cabo una visita<br />

de inspección de las instalaciones, dotaciones y materiales para prácticas del centro<br />

FOREM PV sito en la Calle Convento Carmelitas, 1 de Valencia, con el fin de verificar la<br />

idoneidad de las instalaciones, dotaciones y materiales para prácticas a lo establecido para<br />

la obtención de la homologación de estos dos cursos.<br />

La solicitud de homologación a cumplimentar y el check list con la documentación y<br />

requisitos a formalizar, proporcionado por el responsable de la Capitanía Marítima, se<br />

adjuntan en el Anexo 2. Se anexa también, el BOE nº 226 de 20 de septiembre de 2002<br />

donde se recoge la ORDEN FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, en la que se regulan los<br />

certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional de FORMACIÓN<br />

BÁSICA y BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A BUQUES RO-RO,<br />

entre otros. Se establecen en esta Orden, los contenidos, duración, y materiales para<br />

prácticas a los que debe responder la formación en estas dos especialidades, para la de<br />

FORMACIÓN BÁSICA aparece recogida en los apartados 4 A, B y C del Anexo a la Orden y<br />

para la de BUQUES RO-RO en los apartados 15 A, B y C.<br />

La documentación solicitada para llevar a trámite la homologación, por duplicado en<br />

formato papel y formato electrónico CD, fue la siguiente:<br />

Datos de la entidad<br />

Datos de la dirección del centro<br />

Memoria de actividad en formación marina FOREM PV<br />

Memoria de actividad FOREM PV<br />

Relación de docentes<br />

Currículum del equipo docente<br />

Relación de aulas del centro<br />

Plano del centro de impartición<br />

Bibliografía nacional e internacional del tema<br />

Copia de la certificación ISO 9001:2008 que acredita el sistema de<br />

calidad implantado en FOREM PV<br />

Desarrollo general de los dos cursos<br />

10 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Manuales que se entregarán al alumnado en formato papel<br />

Acuerdos de colaboración con aquellas entidades con las que se vayan a<br />

subcontratar servicios, así como Certificados del Sistema de Calidad de<br />

aquellas entidades que provean de servicios relacionados con acciones<br />

de Supervivencia Marítima, Salvamento Marítimo y/o Lucha contra<br />

incendios.<br />

Dado que la realización de los cursos implicaba llevar a cabo prácticas de Supervivencia<br />

Marítima, Salvamento Marítimo y Lucha Contra Incendios se establecieron acuerdos de<br />

colaboración con la Autoridad Portuaria de Valencia y la Escuela Mediterránea de<br />

Emergencias, entidades que cuentan con los medios materiales y humanos para llevar a<br />

cabo estas prácticas dentro de los estándares de calidad y eficacia solicitados. Estas<br />

entidades, como se ha indicado, debían poseer el Certicado ISO 9001. Este requisito hubo<br />

de ser confirmado con la presentación de dicho Certificado de forma previa a la firma del<br />

convenio o carta de intenciones con FOREM PV.<br />

Así mismo, se concertó un acuerdo de colaboración con la entidad de formación COT<br />

NAVEGARIUM a fin de asegurar que en el momento de la impartición se dispusiera de<br />

docentes especializados y debidamente acreditados. En este sentido, el/la instructor/a y<br />

evaluador/a principal debe contar con una titulación profesional superior de la Marina Civil<br />

y el resto de docentes estar debidamente cualificados respecto a las materias a impartir.<br />

Se firmó también una carta de intenciones con la empresa GARCIA SANJAIME S.L. de<br />

Suministros Navales Industriales, con el objeto de asegurar el disponer de los materiales<br />

específicos solicitados para la ejecución de las prácticas y para la visita a las dotaciones en<br />

el proceso de homologación.<br />

Se adjunta en el Anexo 3 la documentación elaborada para tramitar el proceso de<br />

homologación.<br />

VALIDACIÓN DEL MATERIAL<br />

La validación y evaluación constituye uno de los procesos fundamentales en la elaboración<br />

del presente material, ya que su finalidad es tratar de mejorar el producto desde el punto<br />

de vista técnico, gráfico y pedagógico para obtener un recurso potencialmente educativo<br />

que pueda ser utilizado como medio de apoyo a la formación presencial. Como resultado<br />

de esta validación y evaluación se pueden tomar las decisiones oportunas sobre las<br />

acciones realizadas e introducir mejoras para superar las limitaciones detectadas.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 11


Se realizó, por tanto, una evaluación interna, con la finalidad de mejorar el proceso de<br />

desarrollo del material y de garantizar la calidad de las acciones que se fueron llevando a<br />

cabo. Se evaluaron cada uno de los elementos definidos en el producto formativo<br />

(objetivos, contenidos, actividades, recursos previstos...) para localizar y corregir posibles<br />

errores o defectos de funcionamiento y mejorar su adecuación pedagógica. Esta evaluación<br />

se realizó por los propios profesionales del equipo multidisciplinar que desarrolló el<br />

material. El objetivo final de esta evaluación era asegurar que el material funcionara según<br />

las especificaciones del diseño establecido y que poseyera las características pedagógicas y<br />

funcionales necesarias para cumplir con éxito su cometido.<br />

Así mismo, en esta fase, ante la imposibilidad de realizar la experiencia piloto de<br />

formación prevista inicialmente, se llevó a cabo un Grupo de Discusión compuesto por<br />

seis personas expertas en el que se evaluaron los materiales, su calidad, sus fortalezas y<br />

debilidades.<br />

La experiencia piloto de formación no se pudo realizar dado que en un primer momento,<br />

cuando la programación de formación para el sector del mar en estas especialidades estaba<br />

vigente, no se pudo encontrar alumnado suficiente dispuesto a participar en acciones<br />

formativas no homologadas y que por tanto no les habilitaran para la obtención posterior<br />

del Certificado o de la Tarjeta Profesional correspondiente. Se aplazó, por ello, la<br />

realización de estas acciones a la espera de la consecución de dicha homologación. Sin<br />

embargo, una vez alcanzadas estas homologaciones no fue viable la puesta en marcha de<br />

las acciones formativas al encontrarse finalizada la convocatoria de formación para el<br />

empleo del sector y no contar por ello, con la financiación necesaria para su ejecución. Se<br />

prevé realizar una evaluación diferida de los productos formativos creados, en la próxima<br />

convocatoria de formación para el empleo en el sector, por la cual docente y alumnado<br />

valorarán la calidad y adecuación del material formativo.<br />

El Grupo de Discusión que se efectuó, por tanto, con el fin de contar con una evaluación<br />

externa que proporcionara una valoración precisa y ajustada de los elementos técnicos,<br />

gráficos y pedagógicos del material, demostró ser un instrumento eficaz y potente para la<br />

validación de los productos formativos creados. Las aportaciones del grupo de expertos/as<br />

no sólo permitieron efectuar mejoras en el material sino que también vinieron a enriquecer<br />

su diseño y planteamiento inicial.<br />

El carácter cualitativo de esta técnica, la suma de saberes que propició la reflexión de<br />

los/as expertos/as en las diversas áreas relacionadas con los objetivos de este proyecto<br />

12 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


posibilitaron llevar a cabo una evaluación sistemática de las diferentes características del<br />

material a validar.<br />

Algunas de las principales características de esta técnica siguiendo a LLOPIS GOIG (2002),<br />

son:<br />

Moderador/a: Modera, facilita y estimula la participación de los<br />

individuos. En ningún caso debe dominar o liderar la reflexión. Por el<br />

contrario, debe propiciar que los/as participantes se sientan<br />

<br />

cómodos/as.<br />

Localización: Conviene encontrar un espacio neutral.<br />

Participación: Proactiva, para asegurarla es importante hacer preguntas<br />

que establezcan un filtro, pero además, propiciará una estructura o<br />

guión y ordenación de la participación, facilitándola.<br />

Se debe procurar tratar todos los temas del guión y en un tiempo<br />

suficiente para que todos/as participen. Evitando que la conversación<br />

derive en cuestiones alejadas del tema.<br />

El guión es un menú de tiempo, se debe decidir antes de realizar el<br />

grupo de discusión y es conveniente que muestre el énfasis que se le<br />

dará a cada uno de los apartados o temas. También habrá que<br />

especificar si se presentarán recursos de apoyo (audiovisuales o de<br />

cualquier otro género).<br />

Si el grupo tiene utilidad en la investigación social es porque es capaz de “recrear los<br />

universos simbólicos que dan consistencia a las actuaciones comunicativas de los sujetos”,<br />

ALONSO (1998). El grupo de discusión es un instrumento de acción comunicativa, en el que<br />

los/as participantes tratan de lograr un acuerdo, aún de mínimos, sobre los puntos<br />

problemáticos y los núcleos temáticos de estudio. Pero, su desarrollo no se plantea como<br />

una demanda de adhesiones pasivas, sino como un proyecto de comunicación, desde la<br />

intersubjetividad del grupo, de relativizar y consensuar sus respuestas o resultados. El<br />

principio regulador del funcionamiento del grupo de discusión es la cooperación discursiva,<br />

al tratar sus participantes de sincronizar sus planes de actuación y representación en una<br />

realidad compartida y sobre la base de interpretaciones parciales y complementarias<br />

HABERMAS (1987); citado por ALONSO (1998). Por tanto, un grupo de discusión es un grupo<br />

de consenso, pero en el que la cooperación opera creando significaciones comunes, sean<br />

éstas aceptadas o rehusadas, percibidas positiva o negativamente.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 13


El número de personas expertas es variable, entre 4 y 9 personas. Por debajo de estas<br />

cantidades se dice que puede ser difícil mantener una discusión dinámica y por encima<br />

puede ocurrir que unos individuos no participen suficiente o se refugien en las opiniones de<br />

otros; además, el trabajo para el/la moderador/a resulta más difícil, dificulta el análisis de<br />

los datos, etc. LLOPIS GOIG (2002).<br />

Para el presente estudio el Grupo de Discusión se hallaba integrado por cuatro<br />

expertos/as y dos componentes del las componentes del equipo técnico, seleccionados en<br />

función de la vinculación de su trayectoria profesional con temas relativos a la formación<br />

para el empleo, la formación en el sector del mar, en calidad de gestores/as de formación,<br />

evaluadores/as y/o pedagogos/as con experiencia en la realización de materiales<br />

formativos. A continuación detallamos quiénes son y cuál es su experiencia:<br />

NOMBRE DEL/LA<br />

EXPERTO/A<br />

AMPARO FERNÁNDEZ<br />

Mª JOSÉ CHISVERT<br />

TARAZONA<br />

JOSÉ ALVAREZ<br />

MONTERO<br />

JOSÉ LUIS COT<br />

GONZÁLEZ<br />

ANA ALBELDA<br />

PIQUERAS<br />

PILAR CAMBRONERO<br />

GARCÍA<br />

TITULACIÓN EXPERIENCIA PROFESIONAL<br />

Licenciada en Filosofía y Ciencias de la<br />

Educación. Sección Ciencias de la Educación.<br />

Licenciada en Filosofía y Ciencias de la<br />

Educación. Doctora en Ciencias de la Educación<br />

por la Universidad de Valencia.<br />

Licenciado en Ciencias Económicas y<br />

Empresariales<br />

Patrón de Cabotaje Marina Mercante.<br />

Patrón de Pesca de 1ª clase Litoral.<br />

Licenciada en Filosofía y Ciencias de la<br />

Educación. Sección Ciencias de la Educación.<br />

Licenciada en Filosofía y Ciencias de la<br />

Educación. Sección Filosofía.<br />

Tabla 1 Integrantes Mesa Expertos/as Grupo de Discusión<br />

14 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR<br />

Técnica de gestión de la Formación para el<br />

Empleo de la Fundación FOREM P.V.<br />

Profesora Titular de Universidad. Dpto.<br />

Didáctica y Organización, de la Universidad de<br />

Valencia.<br />

Responsable de diversos centros formativos de<br />

FOREM PV. Gestión de la formación para el<br />

empleo, para empleados/as y<br />

desempleados/as, incluyéndose acciones<br />

formativas del área Medio Ambiental.<br />

Responsable del centro de formación COT<br />

NAVEGARIUM y con amplia experiencia en la<br />

formación en Seguridad Marítima.<br />

Coordinadora técnica del proyecto con amplia<br />

experiencia en la realización de proyectos y en<br />

la gestión de la formación para el empleo.<br />

Técnica de apoyo al proyecto con amplia<br />

experiencia en la realización de proyectos y en<br />

la gestión de la formación para el empleo.


Este proceso consistió en la realización de una reunión llevada a cabo el día 11 de febrero<br />

de 2011.<br />

En el diseño del protocolo seguido para el desarrollo de este grupo ha estado presente el<br />

ámbito de interés en el que se centra este proyecto de elaboración de materiales<br />

formativos: su correspondencia con la normativa vigente, la adecuación a las necesidades<br />

formativas de los colectivos destinatarios y el aseguramiento de prevención de riesgos en<br />

el sector.<br />

Junto a estos ámbitos se han definido unas dimensiones sobre las que estructura la<br />

recogida de información, la definición de cuestiones y la dirección del debate: valoración<br />

de aspectos técnicos, gráficos y pedagógicos y propuestas de mejora.<br />

Así pues, se definió un protocolo que nos permitió recoger información sobre cómo los/as<br />

expertos/as del grupo de discusión valoraban los materiales formativos elaborados.<br />

El protocolo/guión utilizado fue el siguiente:<br />

REUNIÓN del 11/02/2011<br />

1.PRESENTACIÓN DEL PROYECTO. 10 minutos<br />

Objetivos<br />

Fases del desarrollo<br />

Normativa de aplicación<br />

2. PRESENTACIÓN DE LOS PRODUCTOS FORMATIVOS. 30 minutos<br />

Manual y cuaderno del profesorado del curso de CERTIFICADO DE<br />

FORMACIÓN BÁSICA<br />

Manual y cuaderno del profesorado del curso de CERTIFICADO DE<br />

BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A BUQUES<br />

RO-RO<br />

Manual y cuaderno del profesorado del curso para la obtención de la<br />

Tarjeta Profesional de Marinero Pescador<br />

Material de apoyo a incluir en el cuaderno del profesorado<br />

3. GENERACIÓN CONCLUSIONES. 90 minutos<br />

Análisis y valoración contenidos y aspectos técnicos<br />

Análisis y valoración elementos gráficos<br />

Análisis y valoración aspectos pedagógicos<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 15


Las conclusiones y acuerdos alcanzados en el Grupo de Discusión se registraron por escrito<br />

para su posterior análisis y aplicación en la validación y revisión de los materiales<br />

formativos. Las principales conclusiones fueron las siguientes:<br />

El programa de los tres cursos se adecua en contenidos teóricos y<br />

prácticos y en duración a lo establecido en la normativa vigente,<br />

ampliándose y enriqueciéndose en algunos apartados de especial<br />

relevancia en el ámbito de la seguridad y la prevención.<br />

El desarrollo de los diferentes programas se ha llevado a cabo aplicando<br />

un grado de complejidad creciente que permite dar respuesta a<br />

diferentes necesidades formativas. Este punto debe ser destacado en<br />

los Cuadernos del profesorado.<br />

Se debe prestar especial atención a la utilización de un lenguaje no<br />

sexista a lo largo de todo el material. A pesar de que en la Real<br />

Academia de la Lengua no aparezcan reflejadas las ocupaciones del mar<br />

en género femenino se debe establecer el uso de al menos los artículos<br />

femenino y masculino en las diferentes ocupaciones del mar.<br />

Se debe revisar, así mismo, el vocabulario utilizado y el estilo expositivo<br />

a fin de buscar la mayor claridad posible.<br />

Se coincide en que la maquetación resulta atractiva y útil para la<br />

ubicación de temas y conceptos por parte del alumnado, aunque se<br />

señala que el tamaño de la fuente debería ser mayor. Las ilustraciones<br />

también resultan oportunas y eficaces en su labor de apoyo al contenido<br />

de los manuales.<br />

El material de apoyo al cuaderno del profesorado se valora como<br />

adecuado, pues incide en aquellos conceptos de mayor importancia en<br />

la seguridad en la navegación, su exposición por medio de PowerPoint<br />

y/o videos cooperará en el afianzamiento de los contenidos vistos en el<br />

manual.<br />

Dentro del material de apoyo se debería incorporar también la<br />

documentación que se aportará al alumnado (normativa, directorio<br />

16 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


empresas del sector, símbolos y pictogramas), a fin de que el<br />

profesorado pueda disponer siempre de una forma fácil y sencilla de<br />

ella.<br />

Respecto al Cuaderno del Profesorado, valorado positivamente por<br />

todos/as los/as asistentes, se señala que se debe considerar que los<br />

métodos de evaluación y pruebas prácticas se puedan adecuar a cada<br />

grupo de aprendizaje y a cada fase de aprendizaje, por lo que sería<br />

importante indicar al profesorado su independencia en esta área y la<br />

importancia de responder a las necesidades del grupo.<br />

MAQUETACIÓN Y EDICIÓN <strong>FINAL</strong><br />

El equipo técnico e informático realizó los ajustes pertinentes en los materiales formativos<br />

atendiendo a los resultados de la validación. Se llevaron a cabo dos nuevas lecturas y las<br />

correcciones oportunas de los elementos técnicos y gráficos del conjunto del material, a<br />

fin de asegurar la máxima calidad de los productos formativos elaborados y su adaptación a<br />

los objetivos que con ellos se pretendía cubrir.<br />

Se realizó, así mismo, la maquetación definitiva para imprenta y se reprodujeron un total<br />

de diez ejemplares de cada manual, de los cuales cuatro se utilizaron para obtener el<br />

depósito legal y seis para dar respuesta a la gestiones asociadas al desarrollo del proyecto.<br />

3.4. Elaboración de las conclusiones<br />

Una vez finalizadas las actuaciones pertinentes en el desarrollo del proyecto, se procedió<br />

entre el 28 de febrero y el 28 de marzo de 2011 a elaborar el presente Informe Final,<br />

en el cual se recogiera tanto las conclusiones de la acción como los diferentes<br />

procedimientos, metodologías utilizadas, y circunstancias concurrentes en la ejecución de<br />

la globalidad del proyecto.<br />

Este informe final resulta accesible a través de la página web de FOREM P.V.<br />

www.forempv.ccoo.es y ello a fin de asegurar un principio básico a todo proyecto de<br />

investigación y formación: la transferibilidad de resultados y la comunicación a la sociedad<br />

para el uso colectivo de los resultados.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 17


18 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


4. Contextualización del sector<br />

4.1. Análisis socioeconómico<br />

El sector marítimo es un sector heterogéneo, en el que además de las tradicionales ramas<br />

marítimas, de pesca, construcción naval y transporte marítimo, incluye fracciones de otras<br />

ramas que también pueden considerarse marítimas (industrias auxiliares como las de la<br />

madera y el vidrio, servicios financieros, consignatarias, puertos,...). Se trata, por tanto,<br />

de un sector muy amplio en su definición. En este proyecto nos ceñimos a dos colectivos<br />

diferenciados en función de las especialidades formativas sobre las que se ha elaborado el<br />

material, integrados en lo que conocemos como Transporte Marítimo, por una parte, y<br />

Pesca, por otra. No se considerará, por ello, a colectivos relacionados con Agencias<br />

Marítimas, Consignatarios, Agentes de Aduanas, Personal de Oficinas de Empresas Navieras<br />

o de Pesca, Trabajadores/as Portuarios, etc.<br />

A pesar de que la contribución del sector marítimo a la actividad económica general pueda<br />

parecer relativamente pequeña al compararla con otras actividades, tanto en la aportación<br />

al PIB como en los empleos directos se hace merecedora de una atención especial por<br />

cuanto que, particularmente el subsector pesquero, suele estar concentrado en regiones<br />

que ofrecen escasas oportunidades de desarrollo socio-económico y de generación de<br />

puestos de trabajo.<br />

Por otra parte, el peso del Sector Marítimo en la economía española es de gran relevancia<br />

no sólo por esos beneficios socioeconómicos que genera su actividad intrínseca en zonas<br />

determinadas, sino por su incidencia en el resto del entramado económico, ya que sus<br />

actividades revierten en las ocupaciones y empleo de otras empresas industriales y de<br />

servicios. El Transporte Marítimo genera un empleo directo de más de 35.000 puestos de<br />

trabajo y de unos 110.000 de forma indirecta y cuenta con el apoyo de la política<br />

comunitaria que en su “Libro Blanco del Transporte: La política europea del transporte de<br />

cara al 2010”, establece que el Transporte marítimo debe ser uno de los principales medios<br />

de transporte a desarrollar como respuesta a la congestión de las infraestructuras viales y<br />

al alto grado de contaminación del transporte por carretera. El subsector de Pesca es, por<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 19


otra parte, un sector histórico, con una tradición pesquera que se remonta al menos hasta<br />

la época romana y que junto a Dinamarca, presenta uno de los mayores volúmenes de<br />

producción dentro de la Unión Europea.<br />

Así, a pesar de la gran crisis en la Marina Mercante con importantísimo desvíos de puestos<br />

de trabajo a banderas de terceros países, reestructuraciones diversas de la flota pesquera<br />

y agotamiento de caladeros nacionales, de acuerdo con la estimación realizada en el<br />

estudio de Energías Renovables Marinas 2009 de la Fundación INNOVAMAR a partir de datos<br />

actualizados a 2005 del INE, el sector marítimo genera un 3,2% de la riqueza nacional y<br />

ocupa a un 2,3% del total de los/as trabajadores/as.<br />

Entre los Indicadores de oferta elaborados por INNOVAMAR a partir de datos ANAVE y de las<br />

Estadísticas del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, se encuentra el nº de<br />

buques españoles dedicados a la actividad pesquera y al transporte marítimo, recogemos a<br />

continuación los datos correspondientes al año 2007.<br />

Nº de buques<br />

Tabla 2 Flota pesquera española. Fuente: INNOVAMAR<br />

Flota mercante de transporte controlada por navieras españolas 2007<br />

Pabellón español (REC) Nº de Buques<br />

GT (*)<br />

Otros pabellones Nº de Buques<br />

GT<br />

TOTAL Nº de Buques<br />

TOTAL GT<br />

Tabla 3 Flota mercante de transporte controlada por navieras españolas. Fuente: INNOVAMAR<br />

(*) GT Tonelaje o Arqueo Bruto de la flota mercante<br />

Flota pesquera española 2007<br />

20 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR<br />

13.002,00<br />

167<br />

2.361.934<br />

124<br />

1.940.398<br />

289<br />

4.302.332


De acuerdo con los datos expresados en las tablas anteriores, el número de embarcaciones<br />

dedicadas a la Pesca y Transporte Marítimo sería de 13.291 de las cuales un 97,82%<br />

desarrollarían actividades de Pesca extractiva y un 2,17% actividades de Transporte<br />

Marítimo. Siendo la distribución gráfica de estos subsectores en relación al número de<br />

embarcaciones la siguiente:<br />

Nº EMBARCACIONES<br />

2%<br />

98%<br />

Pesca Marítima<br />

Transporte<br />

Marítim o<br />

Gráfico 1 Porcentaje embarcaciones Pesca marítima y<br />

Transporte marítimo 2007<br />

En relación a la población ocupada, los datos del 2007, elaborados por INNOVAMAR a partir<br />

de la Encuesta Anual de Servicios del INE, serían los siguientes:<br />

Población Activa Transporte Marítimo y Pesca Marítima<br />

Tabla 4 Nº Personas Ocupadas Transporte Marítimo y Pesca Marítima.<br />

Fuente: INNOVAMAR<br />

2007<br />

Personas Ocupadas Total Economía (Nº de personas) 20.356.000<br />

Personas Ocupadas Transporte Marítimo (Nº de personas) 8.469<br />

Puestos de trabajo Transporte marítimo/ puestos de trabajo total(%) 0,04<br />

Personas Ocupadas Pesca Marítima (Nº de personas) 35.300<br />

Puestos de trabajo Pesca marítima / puestos de trabajo totales (%) 0,17<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 21


El subsector del Transporte Marítimo representaría según estos datos un 0,04% del total de<br />

puestos de trabajo en el conjunto de la economía nacional y el subsector Pesquero un<br />

0,17% . En total ambos subsectores reunirían 43.769 personas ocupadas, de las que un<br />

19,35% prestarían sus servicios en el subsector de Transporte Marítimo y un 80,65% en el<br />

subsector de Pesca. Si relacionamos estos datos con el número de buques existentes en<br />

cada subsector se observa como la plantilla media en las empresas de Transporte Marítimo<br />

se situaría en torno a 30 trabajadores/as y la de las empresas de Pesca en torno a 3<br />

trabajadores/as. La distribución gráfica de estos subsectores en relación al número de<br />

personas ocupadas quedaría como sigue:<br />

19%<br />

Nº PERSONAS OCUPADAS<br />

81%<br />

Pesca Marítima<br />

Transporte<br />

Marítim o<br />

Gráfico 2 Porcentaje Personas Ocupadas Transporte y Pesca<br />

Marítima 2007<br />

En relación a las áreas geográficas de actividad, según los datos del Instituto Social de la<br />

Marina de afiliación al Régimen Especial Marino, de arqueo y número de buques, Galicia<br />

sería la zona pesquera más importante seguida de Andalucía, a continuación se<br />

encontrarían el País Vasco y Canarias. En el subsector de la Marina Mercante aparecería<br />

como la más importante la Comunidad de Madrid, seguida de Canarias y Andalucía, debe<br />

considerarse respecto a este último dato que en la Marina Mercante la afiliación suele<br />

encontrarse vinculada al domicilio de la empresa, más que a la procedencia de los/as<br />

trabajadores/as o el lugar de desarrollo de la actividad marítima.<br />

22 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


De acuerdo con lo anterior, en la Comunidad Autónoma Gallega y en la de Andalucía se<br />

encontrarían el 60% de los/as trabajadores/as directos empleados/as en la pesca,<br />

correspondiendo a Galicia el 42,17%. En la Marina Mercante, es la Comunidad Autónoma de<br />

Madrid la que aporta en los datos de afiliación, el 42,06% de la población empleada. De<br />

nuevo, este dato debe interpretarse como resultado de la afiliación por domicilio<br />

empresarial, dato que a su vez da cuenta de las fuerte estructura empresarial que soporta<br />

al subsector de la Marina Mercante frente al subsector de Pesca, caracterizado por la<br />

atomización de las empresas y un individualismo y falta de asociación enraizado en su<br />

tradición.<br />

Estas diferencias entre ambos subsectores se extienden también, a temas relacionados con<br />

los sistemas de remuneración, relaciones contractuales y características de la población<br />

activa, siendo la causa principal los fenómenos específicos y prácticamente excluyentes de<br />

otras actividades que afectan al subsector de la Pesca.<br />

Siguiendo el estudio sobre la situación actual y perspectivas de futuro de la Marina<br />

Mercante realizado por FOREM Andalucía dentro de las Acciones Complementarias y de<br />

Acompañamiento a la Formación, en el sector de la Pesca los procesos de industrialización<br />

no se han desarrollado al tiempo que en el resto de sectores productivos, su población<br />

activa se caracteriza por contar con una escasa formación, un amplio porcentaje carece de<br />

graduado escolar, y por situarse su intervalo de edad más numeroso entre los 45 y los 55<br />

años, con escasa presencia de población joven y por tanto con una enorme falta de<br />

reemplazo generacional. Factores como la atomización de las empresas, la estacionalidad<br />

de la producción, la falta de puntos de referencia, de asociaciones nacionales e<br />

internacionales, han cooperado en la pervivencia de estas idiosincrasias.<br />

En el subsector de la Marina Mercante la mayor conciencia de grupo, de asociación y de<br />

sindicación en número de los/as marinos/as mercantes, ha permitido avanzar en mejoras<br />

de todo tipo de una forma más clara y directa, que a los/as trabajadores/as del subsector<br />

Pesquero.<br />

Sin embargo, el impacto de la globalización y liberación de los mercados en ambos<br />

subsectores determina que en muchas ocasiones sea la ley de la oferta y la demanda la que<br />

imponga las condiciones laborales sin atender a consideraciones laborales, profesionales o<br />

éticas.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 23


Las peculiares características del empleo en el subsector del Transporte Marítimo<br />

(coexistencia de diversas sociedades mercantiles, diferentes nacionalidades de las<br />

empresas y de la tripulación, primeros y segundos registros de los buques) y los acuerdos<br />

bilaterales con otros países en el subsector de la Pesca, favorecen la contratación de<br />

tripulaciones de países de banderas libres, que a causa de sus lagunas en legislación<br />

laboral, permiten realizar contrataciones a bajo coste y ofertar puestos de trabajo en<br />

condiciones infrahumanas. Se trata de tripulaciones con un bajo nivel de formación y de<br />

conocimientos en seguridad marítima. Estas prácticas fomentan la implantación de estos<br />

mínimos en el ámbito mundial, comprometiéndose la ocupación y el desarrollo de la<br />

actividad en condiciones de seguridad y prevención de riesgos.<br />

Esta situación, unida a la necesidad de poner en marcha prácticas sostenibles en la<br />

extracción pesquera que atiendan de forma especial a la salud del producto y a la<br />

protección del medio ambiente, así como el reto que el Transporte Marítimo español<br />

enfrenta al definirse como área estratégica en el transporte marítimo internacional,<br />

requiere de una formación específica del personal. Se necesita emprender acciones que<br />

permitan dar respuesta a la problemática de tripulaciones con bajos niveles de formación,<br />

incumplimiento de mínimos laborales y necesidad de adaptación a nuevas tecnologías y<br />

técnicas de producción, de modo que el mayor inconveniente al que deben enfrentarse no<br />

vaya más allá de las numerosas dificultades que caracterizan al medio donde desarrollan su<br />

actividad.<br />

4.2. Análisis de la situación profesional de las<br />

ocupaciones destinatarias del material<br />

Este proyecto se dirige al colectivo de trabajadores y trabajadoras del sector de mar, y en<br />

concreto a colectivos diferenciados atendiendo a cada una de las especialidades formativas<br />

sobre las que se ha elaborado el material.<br />

El Certificado de formación básica va dirigido a todo el personal que ejerza funciones<br />

profesionales marítimas en los buques civiles, así como a aquel personal al que se confían<br />

tareas de seguridad o de prevención de la contaminación relacionadas con las operaciones<br />

del buque, en virtud del Cuadro de Obligaciones y Consignas del Buque, del Plan de<br />

24 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Emergencias de a Bordo en caso de Contaminación por Hidrocarburos o del Manual de<br />

Gestión de la Seguridad.<br />

El Certificado de buques ro-ro de pasaje y buques de pasaje distintos a buques ro-ro va<br />

dirigido a Capitanes/as, Oficiales y Marineros/as, de Puente y de Máquinas, y demás<br />

personal con funciones de asistencia al pasaje en situaciones de emergencia en los buques<br />

de pasaje, tanto convencionales como de trasbordo rodado (ro-ro), con tonelaje igual o<br />

superior a 500 GT o que estén autorizados a transportar 300 o más pasajeros/as.<br />

El material de Marinero Pescador, a todo miembro de la tripulación que ejerza su actividad<br />

como tripulante subalterno en buques pesqueros y no disponga de titulación específica<br />

habilitante para otras funciones en el buque.<br />

Estos colectivos desarrollarían, por tanto, su actividad en los subsectores de Pesca y de<br />

Transporte Marítimo. Debido al entorno en el que desarrollan su trabajo la situación<br />

profesional de estos colectivos es un factor fundamental en la definición del sector y<br />

aseguramiento correcto de la ocupación. El incumplimiento y/o desconocimiento de los<br />

derechos y obligaciones de los/as trabajadores/as puede acarrear problemas tanto en su<br />

salud como en la seguridad del buque y sus ocupantes.<br />

Por otra parte, se trata de dos subsectores que, aunque comparte las particularidades y<br />

condicionantes propios al trabajo en el buque y en el mar, se caracterizan, como hemos<br />

mencionado anteriormente, por situaciones laborales diversas a causa de la<br />

heterogeneidad de las actividades a las que dan cabida y por la propia idiosincrasia de cada<br />

subsector, dándose grandes diferencias entre Transporte Marítimo y Pesca. De hecho se<br />

pueden apreciar más similitudes entre las condiciones profesionales del Transporte<br />

Marítimo y la Industria, que entre éste y la Pesca.<br />

Así, en el subsector Pesca un alto porcentaje de las personas ocupadas trabajan por cuenta<br />

propia. De este modo, en la pesca de bajura la explotación del barco se realiza de manera<br />

directa por el/la propietario/a, por lo que el subsector se caracteriza por un alto grado de<br />

atomización. Fenómeno que también afecta a las empresas de altura e incluso de gran<br />

altura (la media de buques por empresa en la pesca de altura es de 1,3 y en la de gran<br />

altura de 2,5) y que determina las dificultades de asociación y sindicación en el sector.<br />

Se trata de una situación que permite la pervivencia de derechos consuetudinarios<br />

aplicables a las retribuciones salariales. Así, según las modalidades y zonas de pesca y<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 25


partiendo de derechos consuetudinarios, se encuentran modalidades de salario “a la<br />

parte”, o al “salario fijo más prima de pesca”. La primera modalidad es propia a un tipo<br />

de pesca artesana en la que bajo el concepto de “la parte”, el/la trabajador/a asume de<br />

manera directa, a la par que el/la armador, los riesgos de la extracción pesquera.<br />

El sistema de retribución "a la parte" consiste en la distribución, generalmente del 50% del<br />

valor de la pesca una vez deducidos los gastos entre el/la armador/a y la tripulación; una<br />

vez realizada esta primera división los/as tripulantes, según usos y costumbres cobrarán su<br />

parte.<br />

El salario a la parte reduce para el/la armador/a los costes fijos de la estructura salarial,<br />

al ligarlos a la rentabilidad, e incentiva al/la trabajador/a a asumir su tarea implicándose<br />

en la suerte del/la armador/a (Irazola y otros; 1996: 120), favoreciendo entre los/as<br />

trabajadores/as el trabajo a destajo y dificultando el disfrute de vacaciones retribuidas.<br />

La inseguridad en los ingresos determina por tanto el tiempo de trabajo, prolongando la<br />

duración de la jornada laboral , pudiendo llegarse a producir jornadas semanales superiores<br />

a las 50 horas.<br />

Frente a lo anterior, en el Transporte marítimo la gran mayoría de los/as trabajadores/as<br />

son asalariados/as y cuentan con una mayor grado de estabilidad laboral. Existe, en el<br />

subsector, una tendencia hacia una cierta estabilidad laboral, con el aumento progresivo<br />

en el número de contratos indefinidos y la continuidad en la realización de contratos de<br />

carácter temporal. Como se ha señalado el mayor grado de asociación y sindicación<br />

existente en este subsector, con organismos como la Federación Internacional de<br />

Transportes ITF, permiten garantizar de forma general procesos de negociación colectiva y<br />

condiciones de trabajo dignas que contemplan jornadas laborales no superiores a las 40<br />

horas semanales y establecen permisos y periodos vacacionales de acuerdo con las<br />

normativas reguladoras vigentes. El problema más importante en el sector en este ámbito<br />

vendría generado por la mencionada liberación de los mercados y la competencia desleal<br />

que esta liberalización genera, rebajándose los costes de explotación mediante la<br />

contratación de tripulaciones en condiciones laborales y económicas inferiores a las<br />

establecidas en los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo.<br />

26 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


4.3. Situaciones de riesgo en el sector del mar<br />

La seguridad marítima es una de las preocupaciones más importantes en Europa desde<br />

finales de los años 70, a raíz de la catástrofe del buque "Amoco Cádiz". En 1978, el<br />

Consejo recomendó a los estados miembros que ratificasen los convenios internacionales<br />

sobre seguridad de transporte marítimo. Por otra parte, las duras condiciones de trabajo a<br />

las que se ven sometidos/as los trabajadores y trabajadoras del sector marítimo pesquero<br />

han dado lugar a una amplia regulación normativa propia y singular, recogida tanto en la<br />

Organización Internacional del Trabajo (OIT), como en la Organización Marítima<br />

Internacional (OMI). Este marco normativo se configura en torno a una realidad que<br />

necesita de acciones y programas específicos para evitar la explotación, la excesiva<br />

duración de las jornadas laborales y la falta de medidas y prácticas de prevención de<br />

riesgos en el desarrollo del trabajo.<br />

Dado que en los accidentes laborales en el sector la recuperación de la persona afectada<br />

suele producirse antes de que el barco regrese a puerto se desconocen en gran medida los<br />

datos precisos sobre la accidentabilidad laboral en el sector marítimo. Se observa, por<br />

otra parte, disparidad entre los datos de los estudios publicados al efecto y las cifras<br />

oficiales. A pesar de ello, los datos disponibles indican que la incidencia de los accidentes<br />

de trabajo mortales es muy elevada en los subectores considerados.<br />

En esta línea y en relación al subsector pesquero, en la Conferencia Inaugural del II<br />

Coloquio Internacional sobre "Seguridad y Condiciones de trabajo a bordo de los buques de<br />

pesca", L. Dutailly, Administrador principal de la Dirección de Salud y Seguridad de la<br />

Comisión de las Comunidades Europeas señalaba que “aunque no existen estadísticas<br />

fiables sobre los accidentes de la pesca en los países de Comunidad Europea, varios indicios<br />

coinciden en señalar que la Pesca Marítima es, de entre las grandes actividades humanas,<br />

la que presenta los índices más altos de accidentes mortales. En los países comunitarios<br />

éstos se sitúan anualmente entre un 1 y un 4 por mil, es decir, diez veces más elevados que<br />

los de la minería, la construcción y la agricultura, consideradas como las actividades más<br />

peligrosas.”<br />

Entre los factores que afectan principalmente a la seguridad y salud de los/as<br />

trabajadores/as del sector pesquero, se señalan principalmente las condiciones de trabajo,<br />

la productividad y el tipo de organización empresarial.<br />

En función de las diferentes actividades pesqueras se aprecian diferentes tasas de<br />

siniestralidad. Estas diferencias se relacionan con el tamaño del buque, el tipo de empresa<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 27


y las condiciones de trabajo. De este modo, según datos del "Informe y propuestas sobre la<br />

aplicación de la ley de prevención de riesgos laborales al sector marítimo", del Instituto<br />

Social de la Marina:<br />

En la flota artesanal (buques de hasta 20 TRB) la tasa media anual de<br />

accidentes mortales es de 3 muertos por cada mil tripulantes.<br />

En la flota de litoral (buques de 20 a 100 TRB) la tasa media anual es de<br />

5 víctimas por cada mil trabajadores/as embarcados/as.<br />

En los buques de más de 100 TRB (altura y gran altura) la tasa media<br />

anual es de 17 muertos por cada mil tripulantes.<br />

El 80% de estos accidentes corresponden a los trabajos realizados por los/as tripulantes y<br />

tienen lugar por las condiciones del trabajo de producción a bordo y un 20% a los<br />

accidentes en la navegación. El elevado número de víctimas y las grandes repercusiones de<br />

estos últimos han determinado, sin embargo, que los principales esfuerzos legislativos y<br />

formativos se hayan destinado a disminuir la accidentabilidad correspondiente a la<br />

navegación.<br />

Se dan así, dos áreas normativas diferenciadas referidas a la seguridad laboral marítima, la<br />

de la seguridad referida al trabajo de producción de los/as tripulantes y el de la seguridad<br />

de la navegación o estructural. Dos disciplinas de la seguridad marítimas que no sólo se<br />

complementan entre sí, sino que en múltiples ocasiones se entrelazan y superponen. La<br />

formación en este ámbito deberá, por ello, dar cuenta, de ambas y de las interrelaciones<br />

en las que toman forma.<br />

En cuanto al Transporte marítimo cabe señalar que presenta una mayor tasa de accidentes<br />

y siniestralidad que la Pesca. Los factores que determinan este incremento se encuentra<br />

relacionados con las zonas y recorridos de los buques mercantes, que navegan, por término<br />

medio, más millas por año y por zonas más peligrosas y heterogéneas que los buques<br />

pesqueros. Los datos que caracterizan a los accidentes marítimos por los que se ven<br />

afectados los buques mercantes, de acuerdo con el estudio mencionado anteriormente,<br />

serían:<br />

Se producen más incendios en los buques grandes (más de 1.000 TRB) y<br />

viejos<br />

Más abordajes en los pequeños y nuevos<br />

Más varadas en los barcos pequeños y viejos<br />

28 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Sin embargo, se reproducen en este subsector los porcentajes señalados para el subsector<br />

de la pesca, correspondiendo entre un 20 y 30% de los accidentes a los relacionados con la<br />

navegación y entre un 80 y 70% a trabajos realizados a bordo y relacionados con las<br />

condiciones en las que se realiza el trabajo. Es decir, al trabajo en condiciones peligrosas.<br />

En este punto, cabe considerar que los sistemas de remuneración en los barcos de pesca y<br />

la eventualidad del personal en los barcos en general determinan “que la mayoría de las<br />

medidas de seguridad e higiene queden supeditadas a la producción del barco” (Alvarez-<br />

Vijande de Velasco, 1973).<br />

Así mismo, las condiciones psicosociales por las que se ven afectados ambos subsectores<br />

también son factores influyentes en la seguridad y salud laboral a bordo. Las largas<br />

jornadas laborales, las inclemencias del tiempo, el escaso reconocimiento social de la labor<br />

desempeñada, la excesiva responsabilidad asociada a las tareas, la falta de una auténtica<br />

desconexión del entorno laboral, unido a la reciente problemática de tripulaciones más<br />

reducidas y no profesionales, inciden en la aparición de enfermedades profesionales<br />

relacionadas con la fatiga, el estrés y las conductas adictivas.<br />

Las flotas en las que la tripulación pertenece a diferentes países presentan además<br />

problemas relacionados con la deficiencia en la comunicación a bordo y la falta de<br />

herramientas para entender y convivir con las diferencias culturales. Problemas que<br />

desencadenan en un mal clima de trabajo y actitudes discriminatorias, factores ambos que<br />

pueden revelarse como causas cruciales de siniestralidad laboral.<br />

Se concluye de lo anterior, que la formación en prevención de riesgos laborales debe cubrir<br />

tanto la actividad laboral como la navegación, dirigiéndose de forma prioritaria a la<br />

actividad laboral. Así como, que toda acción preventiva, incluida la formativa, debe<br />

considerar las condiciones de trabajo y el tipo de actividad a la que se dedique el buque,<br />

pues el función de esta actividad y de la productividad exigida se definirá la peligrosidad<br />

del trabajo desarrollado.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 29


30 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


5. Programa de contenidos de cada<br />

especialidad<br />

El programa modular de los productos formativos elaborados, que atiende a los contenidos<br />

marcados en la normativa vigente, es el siguiente:<br />

CERTIFICADO BUQUES RO-RO DE PASAJE<br />

Y BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A BUQUES<br />

RO-RO<br />

Duración mínima de 40 horas<br />

24 Teóricas. 12 Prácticas<br />

MÓDULO 1. FORMACIÓN Y FAMILIARIZACIÓN<br />

DURACIÓN: mínima de 8 HORAS Teoría: 5 horas Práctica: 3 horas<br />

Introducción a la normativa de la OMI referente a buques de carga rodada.<br />

1.1. Prescripciones internacionales y nacionales sobre seguridad en los buques de pasaje y<br />

de pasaje de trasbordo rodado.<br />

SOLAS (organización para la seguridad de la vida humana en la mar)<br />

Sesión 65º del MSC (comité de seguridad marítima)<br />

Normativa Europea relativa a la carga rodada<br />

Normativa Española<br />

Normativa no gubernamental referente a buques de carga rodada (rules of class)<br />

Breve descripción del contenido de los capítulos que componen el convenio SOLAS<br />

1974<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 31


Código internacional de seguridad para naves de gran velocidad<br />

1.2. Limitaciones operacionales y de proyecto de los buques de pasaje.<br />

1.3. Restricciones de rendimiento, incluidos los límites de velocidad en condiciones<br />

meteorológicas adversas.<br />

1.4. Limitaciones sobre la estabilidad de los buques de pasaje y de pasaje de trasbordo<br />

rodado.<br />

1.5. Procedimientos para abrir, cerrar y sujetar las puertas y rampas de proa y popa y las<br />

puertas laterales, así como manejar correctamente los sistemas hidráulicos y los<br />

procedimientos de mantenimiento de dichos elementos.<br />

1.6. Manuales de embarque, trinca y sujeción de la carga.<br />

1.7. Precauciones y limitaciones especiales aplicables a las zonas asignadas a las cargas<br />

peligrosas.<br />

1.8. Procedimientos de emergencia, relativos a impedir o reducir la entrada de agua,<br />

achique del agua y reducción de sus efectos.<br />

MODULO 2. FORMACION SOBRE SEGURIDAD PARA EL PERSONAL EN CONTACTO DIRECTO<br />

CON LOS/AS PASAJEROS/AS Y EN ESPACIOS A ELLOS/AS DESTINADOS<br />

DURACIÓN: mínima de 4 HORAS Teoría: 3 horas Práctica: 1 hora<br />

2.1. Comunicaciones.<br />

2.2. Aptitud para comunicarse con los/as pasajeros/as.<br />

El idioma o idiomas de las principales nacionalidades a bordo.<br />

Utilizar un vocabulario en idioma inglés elemental para impartir instrucciones<br />

básicas.<br />

Posibilidad de comunicarse en una emergencia mediante gestos, cuando la<br />

comunicación verbal sea difícil.<br />

2.3. Facilitar a los/as pasajeros/as instrucciones completas de seguridad en el idioma o en<br />

los idiomas que hablen.<br />

2.4. Aptitud para efectuar demostraciones a los/as pasajeros/as sobre el uso de dispositivos<br />

salvavidas individuales.<br />

32 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


MODULO 3. FORMACIÓN EN CONTROL DE MULTITUDES<br />

DURACIÓN: mínima de 6 HORAS Teoría: 4 horas Práctica: 2 horas<br />

3.1. Conocimiento de los dispositivos salvavidas y planes de control.<br />

Chalecos salvavidas<br />

Embarcaciones de supervivencia<br />

Balsas salvavidas<br />

Aros salvavidas<br />

Botes de rescate<br />

Sistema de evacuación marina (SEM)<br />

3.2. Cuadro de obligaciones e instrucciones de emergencia.<br />

Misión del/la tripulante<br />

Dotación de botes de rescate en caso de “hombre al agua” y botes salvavidas<br />

3.3. Salidas de emergencia.<br />

3.4. Restricciones en cuanto al uso de los ascensores.<br />

3.5. Aptitud para prestar asistencia a los/as pasajeros/as que se dirijan a los puestos de<br />

reunión y de embarco. Impartición de órdenes claras y tranquilizadoras.<br />

3.6. Control de los/as pasajeros/as en pasillos, escaleras y otros lugares de paso.<br />

3.7. Mantenimiento despejado de las vías de evacuación.<br />

3.8. Procedimientos para evacuar a personas impedidas y demás personas que necesiten<br />

ayuda especial.<br />

3.9. Registros de los espacios de alojamientos.<br />

3.10. Procedimientos de reunión.<br />

MODULO 4. FORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD DE LOS/AS PASAJEROS/AS, LA CARGA Y LA<br />

INTEGRIDAD DEL CASCO<br />

DURACIÓN: mínima de 11 HORAS Teoría: 7 horas Práctica: 4 horas<br />

4.1. Procedimiento de carga y embarco en buques de pasaje de trasbordo rodado. Vehículos,<br />

vagones de ferrocarril y otras unidades de transporte. Bajar e izar rampas. Montar y<br />

estibar cubiertas para vehículos retráctiles.<br />

Orden procedimientos de carga<br />

Bajar e izar rampas<br />

Montar y estibar cubiertas para vehículos retráctiles<br />

4.2. Embarco y desembarco de pasajeros/as en buques de pasaje: especial atención de<br />

personas impedidas o que requieran asistencia.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 33


4.3. Transporte de mercancías peligrosas. Precauciones, procedimientos y prescripciones<br />

especiales sobre el transporte de estas mercancías.<br />

Paneles naranjas<br />

Número de identificación de la materia<br />

Número de identificación del peligro<br />

4.4. Sujeción de la carga.<br />

Aplicación correcta de las disposiciones del código de prácticas de seguridad para<br />

estiba y sujeción de la carga.<br />

Utilización correcta del equipo de sujeción de la carga y materiales disponibles<br />

Cadenas de trincado<br />

Tensores<br />

Cables para cabezas tractoras y trailer<br />

Los caballetes<br />

Las cuñas<br />

4.5. Cálculos de estabilidad, asiento y esfuerzos.<br />

Utilización de la información disponible<br />

Cálculos de las distintas condiciones de carga utilizando calculadora de estabilidad o<br />

con programas de ordenador<br />

Cálculo de los factores de carga de las cubiertas<br />

Cálculo de las condiciones de trasvase de lastre y combustible respecto a la<br />

estabilidad, el asiento y los esfuerzos<br />

4.6. Apertura, cierre y sujeción de las aberturas del casco.<br />

Aplicación correcta de los procedimientos establecidos para abrir, cerrar y sujetar<br />

las puertas y rampas de proa y popa, puertas laterales y manejar los sistemas<br />

correspondientes<br />

Procedimiento de reconocimiento para comprobar que los cierres son correctos<br />

4.7. Atmósfera en las cubiertas para vehículos.<br />

Empleo del equipo para vigilar la atmósfera<br />

Procedimientos para la ventilación de los espacios de carga, durante la carga,<br />

descarga el viaje y en situaciones de emergencia<br />

MODULO 5. FORMACION SOBRE GESTION DE EMERGENCIAS Y COMPORTAMIENTO<br />

HUMANO<br />

DURACIÓN: mínima de 11 HORAS Teoría: 7 horas Práctica: 4 horas<br />

5.1. Organizar los procedimientos de emergencia a bordo.<br />

Conocimientos del proyecto y la configuración general del buque. Las normas de<br />

seguridad y los planes y procedimientos de emergencias.<br />

34 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Elaboración de procedimientos de emergencia del buque.<br />

Planificación de los procedimientos y de los ejercicios de prácticas periódicos.<br />

Necesidad de que todo el personal conozca los procedimientos de emergencia y se<br />

adhiera a ellos lo más estrictamente posible.<br />

5.2. Optimización de los recursos disponibles teniendo en cuenta la posibilidad de que los<br />

recursos disponibles en una emergencia sean limitados y la necesidad de<br />

aprovechamiento al máximo del personal y de los equipos.<br />

Aptitud para organizar ejercicios periódicos a fin de mantener preparado al personal.<br />

Análisis de los resultados después de los ejercicios.<br />

5.3. Dirigir la intervención en caso de emergencia.<br />

Aptitud para efectuar una evaluación inicial y actuar con eficacia en situaciones de<br />

emergencia, conforme a los procedimientos establecidos.<br />

Cualidades de liderazgo.<br />

Aptitud para encabezar y dirigir a otras personas en situaciones de emergencia: dar<br />

ejemplo en estas situaciones, asumir la toma de decisiones y motivar, animar y<br />

tranquilizar a los/as pasajeros/as y a la tripulación.<br />

Dominio del estrés.<br />

Aptitud para detectar los síntomas de estrés de uno/a mismo/a y de los/as miembros<br />

de la tripulación.<br />

Dirigir a los/as pasajeros/as y a la tripulación en situaciones de emergencia.<br />

Aptitud para dirigir a los/as pasajeros/as y a la tripulación en situaciones de<br />

emergencia.<br />

5.4. Comportamientos y reacciones del ser humano: factores y técnicas de control.<br />

Respuesta del comportamiento<br />

5.5. Establecimiento y mantenimiento de las comunicaciones.<br />

Aptitud para establecer y mantener comunicaciones eficaces: instrucciones claras y<br />

precisas. fomento del intercambio de información con los/as pasajeros/as.<br />

Aptitud para facilitar comunicación con los/as pasajeros/as y la tripulación habida<br />

cuenta de lo siguiente: el idioma o idiomas de las principales nacionalidades a bordo,<br />

utilizar un vocabulario en idioma inglés elemental para impartir instrucciones<br />

básicas, posibilidad de comunicarse en una emergencia mediante gestos cuando la<br />

comunicación verbal sea difícil.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 35


FORMACIÓN BÁSICA<br />

Duración mínima de 75 horas.<br />

47 Teóricas. 28 Prácticas<br />

MÓDULO 1. SUPERVIVENCIA EN LA MAR<br />

DURACIÓN mínima de 22 HORAS Teoría: 10 horas Práctica: 12 horas<br />

1.1.Dispositivo salvavidas de los barcos y equipo de las embarcaciones de supervivencia<br />

Dispositivos colectivos de salvamento<br />

Equipo reglamentario para embarcaciones de supervivencia y botes de rescate<br />

1.2. Ubicación de los dispositivos personales de salvamento<br />

1.3. Principios relacionados con la supervivencia<br />

Principios generales de la supervivencia<br />

1.4. Equipos de protección personal<br />

Aros salvavidas<br />

Chalecos salvavidas<br />

Trajes de inmersión<br />

Ayudas térmicas<br />

Colocación correcta de la ayuda térmica<br />

1.5. Necesidad de estar preparado/a para cualquier emergencia<br />

Preparación y organización de los efectivos humanos y técnicos conforme a las<br />

instrucciones contenidas en el cuadro orgánico de obligaciones en situaciones de<br />

emergencia<br />

Ejercicios periódicos<br />

Ejercicio de abandono de buque<br />

Ejercicio de lucha contra incendios<br />

Otros ejercicios<br />

Conclusiones a la terminación de los ejercicios<br />

Utilidad de la formación y la realización de ejercicios de adiestramiento en técnicas<br />

de supervivencia<br />

Análisis general del salvamento en la mar<br />

Disponibilidad operacional de los equipos de salvamento<br />

36 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


1.6. Medidas a adoptar en caso de abandono del barco<br />

Salto al agua equipado con chaleco salvavidas y traje de inmersión<br />

1.7. Actuación en el agua<br />

Técnicas de agrupamiento de supervivientes en el agua<br />

Procedimiento para combatir la hipotermia en el agua<br />

Operaciones de salvamento en la mar por helicópteros<br />

Prevención de los efectos de la inmersión en el agua<br />

Mantenimiento a flote sin chaleco salvavidas<br />

Colocación del chaleco salvavidas en el agua<br />

1.8. Medidas a bordo de las embarcaciones de supervivencia<br />

Aspectos psicológicos a tener en cuenta durante la permanencia a bordo de las<br />

embarcaciones de supervivencia<br />

1.9. Principales peligros para los/as supervivientes<br />

Prevención de los efectos por exposición a la intemperie y otros agentes externos<br />

MÓDULO 2. PREVENCION EN LA LUCHA CONTRA-INCENDIOS.<br />

DURACIÓN mínima de 22 HORAS Teoría: 15 horas Práctica: 7 horas<br />

2.1. Organización de la lucha contraincendios<br />

Objetivos de la organización de la lucha contra incendios<br />

Métodos de lucha contraincendios<br />

2.2. Localización de dispositivos de lucha contra incendios y las vías de evacuación en caso<br />

de emergencia.<br />

Distribución y situación<br />

Mantenimiento<br />

2.3. Elementos del fuego y de la explosión (triángulo del fuego)<br />

El fuego<br />

Combustible<br />

Comburente<br />

Calor<br />

Datos de los combustibles<br />

Transmisión del calor<br />

2.4. Tipos y fuentes de ignición<br />

2.5. Materiales inflamables y riesgos de que se produzca y propague un incendio<br />

2.6. Medidas que deben adoptarse a bordo de los barcos<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 37


Principales causas de los incendios<br />

Principales medidas para prevenir los incendios<br />

Información y formación de la lucha contra incendios<br />

2.7. Necesidad de una vigilancia constante<br />

Medidas a tomar para una eficaz detección de humos y fuego<br />

2.8. Detección del fuego y del humo<br />

Detectores de fuego y humo<br />

2.9. Sistemas automáticos de alarma<br />

Sistemas automáticos de alarma<br />

Sistemas de detección<br />

Alarma automática<br />

Rondas de seguridad<br />

Avisadores manuales<br />

Unidad de control<br />

Planos de lCI<br />

Sistema de patrullas<br />

2.10. Clasificación de los incendios y de los agentes extintores que pueden utilizarse<br />

Clase A<br />

Clase B<br />

Clase C<br />

Clase D<br />

Clasificación del foco del fuego<br />

Plano de localización<br />

Tamaño del fuego<br />

Situación<br />

Agentes extintores adecuados a las distintas clases<br />

Medios extintores<br />

Medios sólidos<br />

Medios líquidos<br />

Espumas<br />

Extintores. Definiciones y generalidades<br />

Tipos de extintores<br />

Extintores de agua<br />

Extintores de polvo<br />

Extintores de CO2<br />

Substancias y materiales para los que está contraindicado el empleo del agua<br />

2.11. Equipo de lucha contra incendios y su ubicación a bordo<br />

Equipos para uso general en la extinción de incendios<br />

38 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Red contra incendios<br />

Elementos fijos<br />

Elementos móviles<br />

2.12. Instrucción y formación en la utilización del equipo<br />

Normas en la utilización de extintores portátiles<br />

Utilización de extintores de agua<br />

Utilización de extintores de CO2 y halón<br />

Utilización de extintores de polvo seco<br />

Líneas de mangueras<br />

Lanza<br />

Línea de mangas<br />

Intervención con dos líneas de agua<br />

Aplicación del agua<br />

2.13. Instalaciones fijas<br />

Sistema fijo de espuma<br />

Sistema fijo de gases<br />

Estación fija de polvo<br />

2.14. Protección y equipamiento personal<br />

Equipos personales para la intervención en emergencias. Equipos de protección<br />

Trajes de aproximación<br />

Trajes de penetración<br />

Trajes de protección química<br />

2.15. Instrucción y formación en métodos, agentes y procedimientos de lucha contra<br />

incendios<br />

Instrucción y formación<br />

2.16. Equipo respiratorio (ERA) para la lucha contra incendios y operaciones de rescate<br />

Equipos de protección respiratoria<br />

MÓDULO 3. PRIMEROS AUXILIOS.<br />

DURACIÓN: mínima de 19 HORAS Teoría: 11 horas Práctica: 7 horas<br />

3.1. Recursos sanitarios para los/as marinos/as<br />

Reconocimientos médicos previos al embarque<br />

Guías sanitarias para marinos/as<br />

Botiquines a bordo<br />

Centros radio-médicos<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 39


Cursos de formación sanitaria<br />

Buques hospital<br />

Campañas sanitarias<br />

3.2. Estructura y funciones del cuerpo humano<br />

Nociones de anatomía y fisiología<br />

Partes del cuerpo<br />

Los huesos<br />

Los músculos<br />

Las articulaciones<br />

Las vísceras<br />

Aparatos y sistemas<br />

Aparato respiratorio<br />

Aparato circulatorio<br />

Aparato digestivo<br />

Aparato urinario<br />

Sistema nervioso<br />

Sistema linfático<br />

3.3. Valoración de la víctima<br />

Pulso<br />

Temperatura<br />

Tensión arterial<br />

Frecuencia respiratoria<br />

Reacción pupilar a la luz<br />

3.4. Evaluación de una situación de emergencia<br />

Emergencias<br />

Urgencias<br />

3.5. Traumatismos<br />

Heridas<br />

Hemorragias<br />

Contusiones<br />

Esguinces y luxaciones<br />

Fracturas<br />

3.6. Quemaduras<br />

Clasificación de las quemaduras<br />

Consecuencias de las quemaduras<br />

Tratamiento de las quemaduras<br />

3.7. Vendajes e inmovilizaciones<br />

Tipos de vendajes<br />

3.8. Rescate y transporte de accidentados<br />

Transporte sin camilla con un solo socorrista<br />

40 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Transporte sin camilla por varios socorristas<br />

Transporte con camilla<br />

3.9. Higiene<br />

Higiene personal<br />

Higiene del vestido y calzado<br />

Higiene sexual<br />

Higiene en climas extremos<br />

Salud mental<br />

Higiene del medio a bordo<br />

Los alimentos<br />

MÓDULO 4. SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y RESPONSABILIDADES SOCIALES.<br />

DURACIÓN: mínima de 13 HORAS Teoría: 9 horas Práctica: 4 horas<br />

4.1. Diferentes tipos de peligros y emergencias que pueden producirse a bordo<br />

Abordaje<br />

Varada<br />

Vía de agua<br />

Incendio<br />

Contaminación<br />

Actos ilícitos que pongan en peligro la seguridad del buque<br />

Accidentes relacionados con la carga<br />

Hundimiento<br />

“Hombre al agua”<br />

Ayuda de emergencia a otros buques<br />

4.2. Planes de contingencias a bordo<br />

4.3. Señales de emergencia y de alarma<br />

Sistema de comunicaciones bidireccional de emergencia<br />

Red telefónica interna<br />

Intercomunicadores<br />

Radioteléfonos manuales<br />

Sistema de alarma general de emergencia<br />

Señal de alarma de emergencia<br />

Señales especificas según tipo de emergencia<br />

Sistema megafónico<br />

Medidas que deben adoptarse al oír las señales de alarma de emergencia<br />

4.4. Cuadro de obligaciones e instrucciones para casos de emergencia<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 41


Concepto<br />

Ubicación<br />

Instrucciones en los camarotes<br />

Medidas que deben adoptarse en cada tipo de emergencia señalada<br />

Puestos de reunión<br />

Uso correcto del equipo personal de seguridad en las emergencias<br />

4.5. Señalización de seguridad utilizada para los equipos y medios de supervivencia<br />

4.6. Medidas a adoptar en caso de emergencia<br />

4.7. Importancia de la formación y ejercicios periódicos para casos de emergencias<br />

Formación e instrucciones impartidas a bordo para tripulantes<br />

Instrucciones de seguridad para pasajeros/as<br />

Ejercicios de seguridad para tripulantes<br />

Ejercicios de abandono para pasajeros/as<br />

Prescripciones relativas a los ejercicios de abandono del buque<br />

Importancia y utilidad de la formación y de los ejercicios<br />

Manual de formación sobre los dispositivos y métodos de salvamento<br />

4.8. Vías de evacuación y conocimiento de los sistemas internos de alarma y comunicaciones<br />

Medios, vías y salidas de evacuación<br />

Señalizacion de las vías de evacuación y puestos de reunión<br />

Alumbrado<br />

Franjas fotoluminiscentes<br />

Alumbrado de emergencia<br />

Planos figurativos<br />

Señalización de seguridad de los dispositivos de salvamento. Resolución OMI.<br />

A.760 (18), signos de dispositivos y medios de salvamento<br />

Resolución A.760 de la OMI, sobre los signos relacionados con los dispositivos y<br />

medios de salvamento<br />

4.9. Efectos de la contaminación accidental u operacional del medio marino<br />

Contaminación<br />

Efectos de la contaminación accidental u operacional del mar<br />

Repercusiones sobre el medio ambiente<br />

4.10. Procedimientos básicos de protección ambiental<br />

Vertidos en aguas portuarias<br />

Productos que no deben verterse al mar<br />

Retención a bordo y descarga en tierra<br />

Precauciones y vigilancia en la toma de combustibles<br />

4.11. Conocimientos sobre la prevención de la contaminación del medio marino<br />

42 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Responsabilidades<br />

Sanciones<br />

Conocimientos sobre la prevención de la contaminación del mar<br />

Escueta reseña del convenio MARPOL<br />

4.12. Plan Nacional de Salvamento<br />

Objetivos<br />

Sociedad de salvamento y seguridad marítima<br />

Centros coordinadores<br />

Medios marítimos y aéreos<br />

Coordinación<br />

Teléfono de emergencias marítimas<br />

4.13. Procedimiento de socorro<br />

Frecuencias de socorro<br />

Señal de alarma radiotelefónica<br />

Llamada y mensaje de socorro<br />

Señales de peligro.<br />

4.14. Practicas de seguridad en el trabajo<br />

Importancia de adherirse en todo momento a estas prácticas<br />

Familiarización con las medidas internacionales sobre prevención de accidentes y<br />

medicina ocupacional<br />

Recomendaciones de la organización internacional del trabajo sobre prevención de<br />

accidentes a bordo<br />

Orden, limpieza en el buque, salud e higiene<br />

Transporte de mercancías peligrosas<br />

Acceso a los buques<br />

Desplazamientos a bordo<br />

Elevación y transporte manual de carga<br />

Herramientas y material de trabajo<br />

Ropa de trabajo<br />

Precauciones para prevenir incendios y explosiones<br />

4.15. Trabajos en caliente<br />

Soldadura<br />

Corte con soplete<br />

Trabajos de pintura<br />

Trabajos en superestructuras y en el casco<br />

Trabajos en instalaciones eléctricas<br />

Trabajos con sustancias peligrosas o irritantes<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 43


Mantenimiento de cabullería y cables<br />

Fondeo, atraque y amarres<br />

Trabajos en cubierta<br />

Trabajos en la sala de máquinas<br />

Trabajos en cocina y manipulación de alimentos<br />

Tipos particulares de buques<br />

4.16. Dispositivos de protección y seguridad personal para protegerse contra los distintos<br />

peligros del barco<br />

Equipos de trabajo<br />

Resguardos<br />

Dispositivos de seguridad<br />

Equipos de protección individual<br />

Protección de la cabeza<br />

Protección del oído<br />

Protección de los ojos y la cara<br />

Protección de las vías respiratorias<br />

Protección de manos y brazos<br />

Protección de pies y piernas<br />

Protección de la piel<br />

Protección del tronco y del abdomen<br />

Protección de todo el cuerpo<br />

Ropa de trabajo<br />

Ropa de aguas<br />

Ventajas e inconvenientes del uso de EPIS<br />

Señalización de seguridad y salud en el trabajo<br />

Señales de advertencia<br />

Señales de prohibición<br />

Señales de obligación<br />

Señales relativas a la lucha contraincendios lCI<br />

Señales de salvamento y de socorro<br />

Código de colores<br />

4.17. Precauciones que deben adoptarse antes de entrar en espacios cerrados<br />

Ingreso y trabajo en espacios cerrados y estrechos<br />

Precauciones a tomar antes de entrar en espacios cerrados<br />

Comprobación de la atmósfera<br />

Procedimientos antes del ingreso<br />

Autorización de entrada<br />

44 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Procedimiento tras el ingreso<br />

Requisitos en atmósfera peligrosa<br />

Aparato respiratorio y equipo resucitador<br />

4.18. Prevención de riesgos laborales: límites de ruido, condiciones de iluminación,<br />

temperaturas y vías de circulación<br />

Aspectos básicos de la ley de prevención de riesgos laborales<br />

Principios de la acción preventiva<br />

Evaluación de riesgos<br />

Equipos de trabajo y medios de protección<br />

Información a los/as trabajadores/as<br />

Formación de los/as trabajadores/as<br />

Medidas de emergencia<br />

Riesgo grave o inminente<br />

Vigilancia de la salud<br />

Obligaciones de los/as trabajadores/as<br />

Servicios de prevención<br />

Consulta y participación de los trabajadores<br />

Delegados/as de prevención<br />

Comités de seguridad y salud<br />

Responsabilidades y sanciones<br />

Ruido<br />

Iluminación<br />

Temperatura<br />

Vías de circulación<br />

4.19. Principales órdenes relacionadas con las tareas a bordo expresadas en español e inglés<br />

La comunicación a bordo<br />

Órdenes básicas<br />

Órdenes de seguridad<br />

Órdenes en el puente<br />

Órdenes en las maniobras<br />

Órdenes en las máquinas<br />

Órdenes en relación con los pasajeros<br />

Órdenes en las operaciones de carga y descarga<br />

4.20. Importancia de mantener buenas relaciones profesionales y humanas a bordo del buque<br />

Trabajo en equipo<br />

Relaciones en grupo<br />

Convivencia<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 45


Modales<br />

Responsabilidades sociales<br />

Condiciones laborales<br />

Derechos y deberes básicos<br />

Derechos básicos<br />

Derechos derivados del contrato de trabajo<br />

Derechos y deberes derivados de convenios colectivos<br />

Derechos y deberes derivados de otras normas laborales<br />

4.21. Peligro del uso de drogas y abuso del alcohol a bordo<br />

Repercusiones personales<br />

Repercusiones físicas<br />

Repercusiones mentales<br />

Repercusiones laborales<br />

Repercusiones en la seguridad a bordo<br />

46 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


MARINERO PESCADOR<br />

Duración mínima de 23 horas.<br />

15 Teóricas. 8 Prácticas<br />

MÓDULO 1. CONSTRUCCIÓN NAVAL<br />

DURACIÓN mínima de 4:30HORAS Teoría: 3 horas Práctica: 1:30 horas<br />

1.1. Concepto, conocimiento y denominación de los diferentes elementos y equipos del<br />

buque.<br />

Concepto<br />

Conocimiento<br />

Denominación de los diferentes elementos y equipos del buque<br />

1.2. Definición de buque, dimensiones principales, ligera descripción de su estructura.<br />

Definición de buque<br />

Dimensiones principales<br />

Ligera descripción de su estructura<br />

Partes de la embarcación<br />

Accesorios del buque<br />

1.3. Cubiertas y bodegas.<br />

Cubiertas<br />

Bodegas<br />

1.4. Obra viva y obra muerta<br />

Obra viva.<br />

Obra muerta<br />

1.5. Calados, elementos fijos y móviles.<br />

Calado<br />

Elementos fijos<br />

1.6. Cabulleria, jarcia firme y de labor<br />

Definiciones<br />

Descripción de los cabos según su composición<br />

1.7. Anclas, rezones, cadenas y cables<br />

Anclas<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 47


Rezones<br />

Cadenas<br />

Cables<br />

1.8. Operaciones con cabos y alambres. Nudos, gazas, ayustes y costuras<br />

Operaciones con cabos<br />

MÓDULO 2: NAVEGACIÓN Y REGLAMENTOS (RIPA)<br />

DURACIÓN mínima de 4 HORAS Teoría: 2:30 horas Práctica: 1:30 horas<br />

2.1. Gobierno del buque, servicios de vigía y guardia<br />

Gobierno del buque<br />

Servicios de vigía y guardia<br />

2.2. Conocimientos básicos de navegación<br />

Eje, polos, ecuador, meridianos y paralelos. meridiano cero y meridiano del lugar.<br />

latitud y longitud<br />

Cartas de navegación costera<br />

Información que proporcionan las cartas<br />

Signos y abreviaturas más importantes utilizadas en las cartas náuticas<br />

Concepto de milla náutica y nudo<br />

Forma de medir la distancia sobre la carta<br />

2.3. Utilización de compases magnéticos (aguja náutica) y girocompás<br />

Teoría de la navegación<br />

Líneas de posición, enfilaciones referencias de tierra<br />

2.4. Órdenes al/la timonel<br />

2.5. Deberes del/la vigía<br />

2.6. Nociones sobre el reglamento internacional para la prevención de abordajes<br />

Reglamento internacional para la prevención de abordajes en la mar<br />

MÓDULO 3: MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA DE BUQUE<br />

DURACIÓN mínima de 3 HORAS Teoría: 2 horas Práctica: 1 hora<br />

3.1. Operaciones de carga y descarga<br />

48 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


3.2. Movimiento de pesos a bordo<br />

3.3. Embarque, desembarque y estiba de pescados, pertrechos y provisiones<br />

MÓDULO 4: MANIOBRAS DEL BUQUE EN PUERTO<br />

DURACIÓN mínima de 3:30 HORAS Teoría: 2:30 horas Práctica: 1hora<br />

4.1. Manejo de chigres y maquinillas<br />

Elementos fijos de amarre<br />

4.2. Dar y largar amarras<br />

Agentes que influyen en la maniobra<br />

Utilización de los cabos según viento y corriente<br />

4.3. Abozar cabos y estachas<br />

4.4. Encapillar y desencapillar cabos y estachas en norays o bitas<br />

Manejo de cabos<br />

4.5. Maniobras básicas de atraque y desatraque<br />

Definiciones<br />

Funcionamiento de la hélice<br />

Amarre de puntas<br />

Abarloarse a otra embarcación<br />

Atracar y desatracar de costado a un muelle o pantalán<br />

Atracar sin viento ni corrientes: se dan los cabos largos de proa de estribor<br />

Atracar con viento de tierra: se dan los cabos largos de proa de estribor<br />

Atracar con viento de tierra: se dan los cabos largos de proa de babor<br />

Atracar con viento de fuera: se fondea el ancla de fuera los cabos largos de<br />

Proa de estribor<br />

Amarrar a una boya<br />

4.6. Maniobra de fondeo<br />

Preparativos para el fondeo<br />

Relación entre el fondo y la cantidad de línea filada<br />

Fondeo a la gira<br />

Garrear. forma de evitar garreo<br />

Levar<br />

4.7. Maniobra de remolque<br />

Maniobra de aproximación<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 49


Dar y tomar el remolque<br />

4.8. Expresiones y voces comunes utilizadas durante las maniobras<br />

Voces de maniobra de fondeo<br />

Voces de maniobra de atraque<br />

MÓDULO 5: MANTENIMIENTO DEL BUQUE<br />

DURACIÓN mínima de 1:30 HORAS Teoría: 1 hora Práctica: 30 minutos<br />

5.1. Operaciones de mantenimiento a bordo<br />

En buques de madera<br />

En buques de hierro<br />

5.2. Mantenimiento de cables, chigres, maquinillas y puntales<br />

Engrase e inspección de los elementos móviles de aparejos, puntales,<br />

Pescantes, etc.<br />

Preservar las amarras contra el roce<br />

Conservación y estiba de cabos y alambres<br />

5.3. Mantenimiento de bodegas, neveras, calas y lastres<br />

Pintado de locales cerrados: normas de seguridad<br />

Pañoles<br />

5.4. Mantenimiento, rascado y pintado de superestructuras y equipos de cubierta<br />

Principales tipos de pinturas utilizadas en los buques<br />

MÓDULO 6: SEGURIDAD Y SALUD EN LAS FAENAS DE PESCA<br />

DURACIÓN mínima de 1:30 HORAS Teoría: 1 hora Práctica: 30 minutos<br />

6.1. Clases de buques pesqueros<br />

Barcos de artes menores pesca de bajura.<br />

Barcos palangreros. pesca de litoral y altura<br />

Barcos arrastreros de pesca litoral<br />

Barcos arrastreros de altura y alta mar<br />

Barcos cerco de altura y alta mar<br />

6.2. Riesgos laborales en la pesca de arrastre<br />

Generalidades sobre la prevención de riesgos en la pesca<br />

50 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Riesgos laborales en la pesca del arrastre<br />

6.3. Riesgos laborales en la pesca del cerco<br />

6.4. Riesgos laborales en la pesca del palangre<br />

6.5. Riesgos laborales en la pesca con artes menores<br />

Embarcaciones de artes menores o bajura<br />

Embarcaciones de pesca de arrastre de litoral<br />

Embarcaciones de pesca de altura o alta mar<br />

6.6. Limpieza e higiene personal en los barcos de pesca<br />

6.7. Limpieza e higiene en los compartimentos comunes de los buques de pesca que trabajan<br />

por campañas<br />

MÓDULO 7: MANIPULACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y LA<br />

ACUICULTURA(BIOLOGÍA Y TECNOLOGÍA PESQUERA)<br />

DURACIÓN mínima de 3:30 HORAS Teoría: 2 horas Práctica: 1:30 horas<br />

7.1. Nociones básicas<br />

Sobre la cadena del frío<br />

Cambios post mortem en el pescado<br />

Causas directas del deterioro del pescado<br />

7.2. Refrigeración y congelación<br />

Tipos de hielo y calidad de los mismos<br />

Condiciones para el éxito de la congelación<br />

Pescado congelado<br />

7.3. Calidad y presentación del producto pesquero<br />

Recomendaciones para la manipulación del pescado a bordo<br />

Análisis sensorial del grado de frescura del pescado<br />

Fundamentos del método<br />

7.4. Conservación del pescado en cajas de plástico y su almacenaje en la nevera<br />

7.5. Conservación de los pescados grandes y su proporción de hielo en las neveras de los<br />

buques<br />

7.6. Nociones básicas de la biología pesquera<br />

El medio marino. conceptos básicos<br />

Influencia de los fondos en la pesca<br />

Relación entre el plancton y la pesca<br />

Cadena trófica o alimentaria<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 51


Vida orgánica de los seres marinos<br />

7.7. Nociones básicas sobre peces, moluscos, cefalópodos y crustáceos<br />

Clasificación de las especies marinas<br />

7.8. Especies más importantes capturadas en nuestro litoral<br />

7.9. Conceptos de stock de pesca para determinadas especies. Concepto de subpesca y<br />

sobrepesca<br />

Concepto y finalidad<br />

Principales métodos de estudio<br />

Cooperación de los/as patrones de pesca<br />

7.10. Ideas y nociones para una pesca sostenible<br />

Criterios básicos para la regulación de la explotación pesquera<br />

El fenómeno de la sobrepesca<br />

7.11.Maniobras para la pesca de arrastre<br />

7.12.Maniobras para la pesca del cerco<br />

7.13. Maniobras de pesca, arrastre, cerco, palangre, y artes menores<br />

MÓDULO 8. PROTECCIÓN DEL MEDIO MARINO Y SUS RECURSOS<br />

DURACIÓN mínima de 1:30 HORAS Teoría: 1 hora Práctica: 30 minutos<br />

8.1. Normas del convenio MARPOL sobre la lucha contra la contaminación de los mares<br />

8.2. Disposiciones vigentes sobre el vertido de aguas fecales, materia orgánica, aguas<br />

oleosas, materiales artificiales e hidrocarburos<br />

8.3. Zonas de protección especial, reservas marinas, espacios protegidos, reservas integrales<br />

de interés pesquero<br />

8.4. Zonas de interés científico para el mantenimiento de la biodiversidad del medio marino<br />

52 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


6. Conclusiones del proyecto<br />

Las circunstancias socio-económicas y de salud laboral por las que se ven afectados los<br />

subsectores destinatarios del material formativo, conforman una realidad soportada por un<br />

marco normativo, que hace precisa la definición y puesta en marcha de programas<br />

especiales para el sector marítimo, con la articulación de modelos de formación concretos<br />

para estos subsectores.<br />

La formación cobra especial relevancia en un sector en el que se ha identificado que un<br />

alto porcentaje de los riesgos detectados están asociados a la escasa información y<br />

formación del personal. El sector marítimo es uno de los que presentan mayores índices de<br />

siniestralidad en las actividades laborales en nuestro país, esto y las particularidades<br />

diferenciadoras del trabajo en la mar, determinan que la formación en materia de<br />

prevención de riesgos y la elaboración de materiales formativos adecuados sea un aspecto<br />

clave en el desarrollo del sector.<br />

Se debe tener en cuenta, además, que el sector marítimo del estado español se encuentra<br />

inmerso en un proceso de expansión, configurándose como la puerta sur de Europa. Ello<br />

hace necesario mantener procesos de formación permanente que incrementen y garanticen<br />

la seguridad y desarrollo de actuaciones preventivas en el sector. La formación es una<br />

herramienta fundamental para hacer frente a estos cambios. Contar con tripulaciones<br />

formadas en la prevención de riesgos y en el respeto medioambiental supondrá a largo<br />

plazo una ventaja estratégica frente a las tripulaciones sin formación que las banderas<br />

libres han propiciado en el actual contexto de liberalización de los mercados. Y permitirá,<br />

por otra parte, el acceso al trabajo en condiciones de seguridad y cumplimiento de la<br />

normativa a los/as trabajadores/as de ambos subsectores.<br />

Unos materiales, como los elaborados, que garanticen un adecuado tratamiento de la<br />

reglamentación en materia de prevención de riesgos laborales y accidentes marinos,<br />

homologados por las entidades correspondientes, benefician tanto a los/as empresarios/as,<br />

como a los/as trabajadores/as. La utilidad de este material estriba fundamentalmente en<br />

la capacidad de adaptación a las necesidades formativas de los/as trabajadores de los<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 53


subsectores destinatarios. Una formación que vendría a completar la capacitación de<br />

estos/as profesionales mejorando con ello su situación laboral. Puesto que permitiría la<br />

integración de los/as tripulantes en la organización y planificación de la empresa y que<br />

estos/as trabajadores/as identifiquen y conozcan los riesgos laborales de su trabajo en el<br />

buque y de posibles situaciones de riesgo en el mar. Para ello, la formación y el material<br />

formativo, además de contemplar los contenidos establecidos por la normativa, debe<br />

considerar determinados objetivos básicos como los siguientes:<br />

Asegurar el conocimiento y capacidad de consulta de la normativa legal en el ámbito<br />

nacional sobre Prevención de Riesgos Laborales e internacional sobre Seguridad<br />

marítima de los/as trabajadores/as.<br />

Que los/as trabajadores/as puedan identificar las posibles causas de accidentes en<br />

su puesto de trabajo a bordo.<br />

Que conozcan los efectos y peligros implícitos a la exposición a agentes químicos,<br />

físicos y biológicos.<br />

Que sepan reconocer e interpretar los pictogramas y fichas técnicas de seguridad de<br />

los productos químicos peligrosos embarcados en el buque, tomando las medidas y<br />

precauciones oportunas en caso de accidente.<br />

Impulsar entre los/as trabajadores/as una cultura de prevención y de respeto al<br />

medioambiente como parte de esa cultura preventiva. Se trata de favorecer un<br />

desarrollo de la actividad sin riesgos gracias al conocimiento de las particularidades<br />

de la actividad y de los factores psicosociales que influyen en las condiciones del<br />

trabajo y en los riesgos asociados al mismo. Se buscará así mismo, concienciar<br />

acerca de la necesidad de cuidar un recurso ilimitado y vivo como es el mar.<br />

Fomentar el trabajo en equipo, la cooperación y la solidaridad, como valores sociales<br />

cruciales en la convivencia pero también para hacer frente a situaciones de<br />

siniestralidad y emergencia en el buque.<br />

La formación en materia de prevención de riesgos, que es preceptiva para los puestos de<br />

trabajo a bordo, debe contener además, aspectos formativos específicos del puesto de<br />

trabajo, como en el caso de Marinero Pescador y Buques Ro-Ro, así como otros más<br />

generales, relacionados con la actividad preventiva y la promoción de la cultura de la<br />

54 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


limpieza, el orden, la conservación medioambiental, los procedimientos y comportamientos<br />

seguros.<br />

Los materiales se han elaborado considerando estos aspectos a la par que se ha atendido a<br />

la adecuación de los contenidos y del desarrollo del programa, al lenguaje y vocabularios<br />

utilizado, a las actividades planteadas, a los powerpoint e información incluida en el<br />

cuaderno del profesorado, a la claridad expositiva de los contenidos y la utilidad y/o<br />

conveniencia de las ilustraciones y ejemplos. Así mismo, se han incluido en el material de<br />

apoyo, documentos originales para permitir la realización de casos prácticos y normativa<br />

vigente para facilitar el uso y consulta del alumnado.<br />

Por otra parte, a pesar de el interés y el reconocimiento de la importancia de la formación<br />

por parte de los/as trabajadores/as del sector, la dispersión geográfica en la que se hallan<br />

las empresas de estos subsectores, los horarios y duración inadecuados y la centralización<br />

de la formación específica, junto al elevado coste de los cursos, plantean un importante<br />

problema para su acceso a la formación.<br />

En este sentido, el presente proyecto en el que se crea la posibilidad de ofertar formación<br />

marítima gratuita en áreas en las que el volumen de demanda es alto (formación necesaria<br />

para el embarque y de certificados), por un centro de formación homologado y avalado por<br />

un sindicato como Comisiones Obreras en el que la preocupación por la prevención de<br />

riesgos es fundamental, favorece la incorporación de los/as trabajadores/as del sector al<br />

mundo formativo, la transparencia del mercado laboral y la participación activa de las<br />

empresas y sus trabajadores/as en la prevención de riesgos laborales.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 55


56 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


7. Bibliografía<br />

Alonso, L.E. , La mirada cualitativa en Sociología. Madrid: Fundamentos, 1998.<br />

Comisión de las Comunidades Europeas, Libro Blanco. La Política Europea de Transportes<br />

de Cara al 2010: La Hora de la Verdad. Publicaciones de la Comisión Europea, 2001.<br />

FOREM Andalucía, Marina mercante: situación actual y perspectivas de futuro, Acciones<br />

complementarias de apoyo a la Formación del Fondo Social Europeo, 2002.<br />

Fundación INNOVAMAR, Energías renovables marinas. Memoria 2009.<br />

García Ferrando, M., Ibáñez, J. y Alvira, F. (compil.). El análisis de la realidad social.<br />

Métodos y técnicas de investigación. 3ª edición, Madrid, Alianza Editorial, Universidad<br />

Textos, 2000.<br />

Gerencia del Sector Naval, Información Básica Sobre la Evolución del Tráfico y de la<br />

Construcción Naval . Publicación del Ministerio de Ciencia y Tecnología, 2002.<br />

Instituto Nacional de Estadística, INE (2010): Encuesta Población Activa. Cuarto Trimestre<br />

2009. Primer Trimestre 2010.<br />

Instituto Social de la Marina, Informe Anual 2001. Publicaciones del Ministerio de Trabajo<br />

y Asuntos Sociales, 2001<br />

Instituto Social de la Marina, Informe y propuestas sobre la aplicación de la ley de<br />

prevención de riesgos laborales en el sector marítimo. Publicaciones del Ministerio de<br />

Trabajo y Asuntos Sociales, 1998.<br />

Llopis Goig, R. , Cómo conseguir un grupo de discusión eficaz: las claves para su activación<br />

y puesta en marcha. Marketing + ventas, Año nº 22, Nº 222, 2007 , pags. 48-53<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 57


Martí, J. La investigación-acción-participativa. Estructura y fases. En Villasante, T.,<br />

Montañés, M. y Martí, J. La investigación social participativa. Madrid, Viejo Topo, 2000.<br />

Ministerio de Fomento, Registro marítimo español. Estructura de la flota, 2002.<br />

Rodríguez, G (Dtor.), Protección Social y Trabajo de la Gente del Mar. Publicaciones<br />

Universidad Internacional del Mar y Universidad de Murcia, 2000.<br />

PÁGINAS WEB CONSULTADAS<br />

Ministerio de Fomento www.mfo.es<br />

Ministerio de Trabajo e inmigración www.mtin.es<br />

Ministerio de Ciencia y Tecnología www.mcyt.es<br />

Ministerio de Agricultura y Pesca www.map.es<br />

Unión Europea www.europa.eu.int<br />

Instituto Social de la Marina www.seg-social.es<br />

Instituto Nacional de Estadística www.ine.es<br />

Asociación de Estudios del Mar www.asesmar.org<br />

NORMATIVA CONSULTADA<br />

PUERTOS DE ESTU<br />

CONVENIOS:<br />

CONVENIO de la IMO MARPOL de Lucha Contra la Contaminación.<br />

CONVENIO de la IMO SOLAS /74 y enmiendas posteriores hasta el año<br />

Código Internacional de Seguridad para Naves de Gran Velocidad<br />

Sistema Global de Socorro y Seguridad Marítima (GMDSS) IMO.<br />

Sistema de Búsqueda y Rescate ( SAR) IMO.<br />

REGLAMENTOS:<br />

Sesión 65º del MSC (comité de seguridad marítima).(DIRECTIVA CEE)<br />

Directiva 93/75/CEE de 13 de septiembre de 1993. (DIRECTIVA CEE)<br />

58 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


PUBLICACIONES OFICIALES:<br />

DIRECTIVA 98/41/CE de 18 de junio de 1998.<br />

DIRECTIVA 1999/35/CE de abril de 1999.<br />

DIRECTIVA 2003/25/CE de abril de 2003.<br />

DIRECTIVA 2005/12/CE de febrero de 2005.<br />

Real Decreto 1907/2000 de noviembre del 2000 (BOE).<br />

Real Decreto 91/2003 de 24 de enero (BOE)<br />

Real Decreto 1036/2004 de 7 de mayo (BOE)<br />

Real Decreto 1861/2004 de 6 de septiembre (BOE)<br />

RESOLUCION A.865 (20) de la IMO, Sobre los mínimos de Formación que debe de satisfacer<br />

el Personal designado para prestar asistencia a los pasajeros en situaciones de emergencia<br />

en los buques de pasaje.<br />

RESOLUCION MSC. 98(73) Adopción del Código Internacional de Sistemas de Seguridad<br />

Contra Incendios.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 59


60 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


8. Anexos<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 61


62 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Anexo 1. Real Decreto 1519/2007, de 16 de<br />

noviembre, por el que se establecen los<br />

requisitos mínimos para ejercer la<br />

actividad profesional de marinero en<br />

buques de pesca<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 63


64 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


49936 Martes 4 diciembre 2007 BOE núm. 290<br />

permitidos para un sonómetro que disponga de ponderación<br />

C de pico para niveles de sonido…».<br />

En la página 40041, columna de la izquierda, Tabla 6,<br />

columna de Rango de Frecuencias nominales (Hz), tercera<br />

línea, donde dice: «1250 ≤ f ≤ 4000»; debe decir: «1250 < f<br />

≤ 4000».<br />

En la página 40041, columna de la izquierda, Tabla 6,<br />

columna de Rango de Frecuencias nominales (Hz), cuarta<br />

línea, donde dice: «4000 ≤ f ≤ 8000»; debe decir: «4000 < f<br />

≤ 8000».<br />

En la página 40041, columna de la izquierda, Tabla 8,<br />

columna de Rango de Frecuencias nominales (Hz), tercera<br />

línea, donde dice: «1250 < f ≤ 6000»; debe decir: «1250 < f<br />

≤ 16000».<br />

En la página 40041, columna de la derecha, Tabla 9,<br />

columna de Frecuencia nominal Hz, sexta línea, donde<br />

dice: «1995»; debe decir: «2000».<br />

En la página 40042, columna de la izquierda, anexo III,<br />

Normas o documentos que acreditan la presunción de<br />

conformidad. Sonómetros, donde dice: «Para los sonómetros<br />

y los sonómetros integradores-promediadores,<br />

las normas UNE-EN 61672-1 (abril 2005) y UNE-EN 61672-<br />

2 (junio 2005)»; debe decir: «Para los sonómetros, las<br />

normas UNE-EN 61672-1 (abril 2005) y UNE-EN 61672-2<br />

(junio 2005)».<br />

En la página 40042, columna de la izquierda, anexo IV,<br />

Procedimiento de verificación después de reparación o<br />

modificación, cuarto párrafo, Sonómetros, donde dice:<br />

«Los errores máximos permitidos para los sonómetros y<br />

los sonómetros integradores-promediadores, serán los<br />

especificados en el documento anteriormente citado»;<br />

debe decir: «Los errores máximos permitidos para los<br />

sonómetros serán los especificados en el documento<br />

anteriormente citado».<br />

20782 CORRECCIÓN de errores de la Orden ITC/3022/<br />

2007, de 10 de octubre, por la que se regula el<br />

control metrológico del estado sobre los contadores<br />

de energía eléctrica, estáticos combinados,<br />

activa, clases a, b y c y reactiva, clases 2<br />

y 3, a instalar en suministros de energía eléctrica<br />

hasta una potencia de 15 kW de activa que<br />

incorporan dispositivos de discriminación<br />

horaria y telegestión, en las fases de evaluación<br />

de la conformidad, verificación después<br />

de reparación o modificación y de verificación<br />

periódica.<br />

Advertidos errores en la Orden ITC/3022/2007, de 10 de<br />

octubre, por la que se regula el control metrológico del<br />

estado sobre los contadores de energía eléctrica, estáticos<br />

combinados, activa, clases a, b y c y reactiva, clases 2<br />

y 3, a instalar en suministros de energía eléctrica hasta<br />

una potencia de 15 kW de activa que incorporan dispositivos<br />

de discriminación horaria y telegestión, en las fases<br />

de evaluación de la conformidad, verificación después de<br />

reparación o modificación y de verificación periódica<br />

publicada en el Boletín Oficial del Estado, n.º 250 de 18 de<br />

octubre de 2007, se procede a efectuar las oportunas rectificaciónes:<br />

En la página 42390, columna de la izquierda, en el<br />

título de la Orden, en la cuarta línea donde dice: «clases a,<br />

b, y c y reactiva...»; debe decir: «clases A, B y C y reactiva...».<br />

En la página 42391, columna de la derecha, capítulo II,<br />

artículo 5. Módulos para la evaluación de la conformidad<br />

y reconocimiento mutuo. Punto 2, línea 7, donde<br />

dice: «… Asociación Europea de Libre Comerco...»; debe<br />

decir: «… Asociación Europea de Libre Comercio...».<br />

En la página 42395, columna de la izquierda, anexo I,<br />

primera línea, donde dice: «a) Energía activa», debe<br />

decir: «A) Energía activa».<br />

En la página 42395, columna de la izquierda, anexo I,<br />

línea 14, donde dice: «b) Energía reactiva», debe decir:<br />

«B) Energía reactiva».<br />

En la página 42395, anexo I, columna de la izquierda,<br />

línea 25, donde dice: «c) Discriminación horaria», debe<br />

decir: «C) Discriminación horaria».<br />

En la página 42401, columna de la izquierda, apartado<br />

3.1, segunda línea, donde dice: «supondrá la retirada<br />

de la red y la situación del o de los contadores...»;<br />

debe decir: «supondrá la retirada de la red y la sustitución<br />

del o de los contadores...».<br />

MINISTERIO DE AGRICULTURA,<br />

PESCA Y ALIMENTACIÓN<br />

20783 REAL DECRETO 1519/2007, de 16 de noviembre,<br />

por el que se establecen los conocimientos<br />

y requisitos mínimos para ejercer la actividad<br />

profesional de marinero en buques de<br />

pesca.<br />

El Decreto 2483/1966, de 10 de septiembre, sobre certificados<br />

de competencia de marineros de la marina<br />

mercante y pesca, establecía las condiciones y conocimientos<br />

que tiene que cumplir el personal subalterno en<br />

barcos tanto de la marina mercante como del sector pesquero.<br />

El Ministerio de Fomento a través del Real Decreto<br />

2062/1999, de 30 de diciembre, por el que se regula el<br />

nivel mínimo de formación en profesiones marítimas,<br />

derogó dicha norma en lo que afecta a barcos mercantes,<br />

quedando únicamente en vigor, para todas aquellas<br />

personas que realizaran labores de personal subalterno<br />

en barcos de pesca.<br />

La Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la<br />

que se regulan los programas de formación de los títulos<br />

profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas<br />

de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así<br />

como los certificados de especialidad acreditativos de<br />

la competencia profesional, en desarrollo del Real<br />

Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, establece el<br />

Certificado de Formación Básica con carácter obligatorio<br />

para todo el personal que ejerza funciones profesionales<br />

marítimas en los buques civiles, actualizando<br />

sólo en parte la formación que afecta a los marineros<br />

de pesca, lo que impulsa aún más la actualización de la<br />

norma para buques pesqueros adecuándolo a la situación<br />

actual.<br />

La Directiva 94/58/CE del Consejo, de 22 de noviembre<br />

de 1994, relativa al nivel mínimo de formación en profesiones<br />

marítimas, establece ciertas normas comunes<br />

sobre niveles mínimos de formación de los miembros de<br />

las tripulaciones de buques con funciones clave en materia<br />

de seguridad marítima.<br />

A su vez, en julio de 1995 se aprobó el Convenio Internacional<br />

sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia<br />

para el personal de los buques pesqueros, en el seno<br />

de la Organización Marítima Internacional (OMI), en el<br />

que se incluía una resolución sobre la formación de los<br />

marineros de cubierta de buques pesqueros de eslora


BOE núm. 290 Martes 4 diciembre 2007 49937<br />

igual o superior a 24 metros, entendiendo por marinero<br />

de cubierta, todo miembro de la tripulación del buque que<br />

no sea ni capitán ni oficial.<br />

Por todo ello, es necesario regular la formación del<br />

marinero que ejerce sus funciones en barcos de pesca, y<br />

que se establezcan las correspondientes tarjetas profesionales,<br />

con un contenido similar a las de las restantes tarjetas<br />

profesionales náutico-pesqueras, expedidas por las<br />

comunidades autónomas.<br />

El artículo 42 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de<br />

Pesca Marítima, señala que el Gobierno, a propuesta del<br />

Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, regulará<br />

las titulaciones profesionales del sector pesquero, estableciendo<br />

los requisitos de idoneidad y las atribuciones<br />

profesionales correspondientes de cada título.<br />

Este real decreto regula las tarjetas de identidad profesional<br />

que acreditan la capacitación profesional de los<br />

marineros de buques de pesca para ejercer su actividad<br />

profesional, sin perjuicio de las competencias que en la<br />

materia poseen las comunidades autónomas.<br />

La regulación básica contenida en esta disposición se<br />

efectúa mediante real decreto dado que se trata de una<br />

materia de carácter marcadamente técnico y de naturaleza<br />

coyuntural y cambiante.<br />

En la elaboración de este real decreto han sido consultados<br />

las comunidades autónomas y sector afectado.<br />

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en<br />

el artículo 149.1.19.ª de la Constitución, que atribuye al<br />

Estado la competencia para dictar la normativa básica de<br />

ordenación del sector pesquero.<br />

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Agricultura<br />

Pesca y Alimentación, de acuerdo con el Consejo de<br />

Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en<br />

su reunión del día de 16 de noviembre de 2007,<br />

Artículo 1. Objeto.<br />

D I S P O N G O :<br />

El objeto de este real decreto es establecer los requisitos<br />

y conocimientos mínimos para obtener la Tarjeta Profesional<br />

de Marinero Pescador que acredite la capacitación<br />

profesional de los marineros que ejerzan su actividad<br />

en buques pesqueros.<br />

A tal efecto, se entenderá como marinero, todo miembro<br />

de la tripulación que ejerza su actividad como tripulante<br />

subalterno en buques pesqueros y no disponga de<br />

titulación específica habilitante para otras funciones en el<br />

buque.<br />

Artículo 2. Capacitación profesional.<br />

Los marineros deberán superar satisfactoriamente un<br />

curso de Marinero Pescador sobre los conocimientos teórico-prácticos<br />

establecidos en el anexo I de este real<br />

decreto.<br />

La duración del curso no será inferior a 23 horas lectivas,<br />

de las cuales como mínimo consistirán en 15 horas<br />

de contenido teórico y 8 horas de contenido práctico.<br />

Artículo 3. Requisitos, conocimientos mínimos y atribuciones.<br />

Los requisitos y conocimientos mínimos exigibles<br />

para obtener las Tarjetas Profesionales de Marinero Pescador,<br />

son los que se establecen en el anexo I de este real<br />

decreto, sin perjuicio del cumplimiento del resto de la<br />

normativa aplicable.<br />

La Tarjeta Profesional de Marinero Pescador facultará<br />

a ejercer de tripulante subalterno para cualquier servicio<br />

en los buques dedicados a la pesca o auxiliar de acuicultura.<br />

Asimismo, facultará para manejar con fines comerciales<br />

embarcaciones de menos de 10 metros de eslora,<br />

dedicadas a la pesca o auxiliar de acuicultura, que operen<br />

exclusivamente dentro de aguas interiores de puertos y<br />

tengan una potencia adecuada a la embarcación, y siempre<br />

que no transporten pasajeros.<br />

Para ejercer el mando deberá haber realizado un<br />

periodo de embarque no inferior a 6 meses, como tripulante<br />

subalterno en buques de pesca o auxiliar de acuicultura,<br />

desde la fecha de expedición de la Tarjeta Profesional<br />

de Marinero Pescador.<br />

Artículo 4. Tarjetas profesionales.<br />

Las comunidades autónomas certificarán a través de<br />

la expedición de la Tarjeta Profesional de Marinero Pescador,<br />

que los poseedores de la misma, cuentan con los<br />

conocimientos exigidos en el artículo anterior.<br />

Las tarjetas profesionales serán válidas en todo el<br />

territorio nacional y se expedirán al menos en castellano<br />

e inglés. Las comunidades autónomas con lengua cooficial<br />

distinta del castellano, podrán expedir las tarjetas en<br />

un solo documento redactado en castellano, inglés y la<br />

otra lengua oficial de la comunidad autónoma, siempre<br />

en igual tamaño y tipo de letra.<br />

Estas tarjetas deberán contener, al menos los datos<br />

indicados en el anexo II.<br />

La tarjeta profesional tendrá validez hasta que su titular<br />

cumpla la edad de cincuenta años. A partir de esa<br />

fecha, será necesaria su renovación cada cinco años, a<br />

expedir por la comunidad autónoma, acreditándose en la<br />

solicitud de renovación por el interesado la vigencia del<br />

reconocimiento médico previo al embarque realizado por<br />

el Instituto Social de la Marina.<br />

Artículo 5. Envío de datos.<br />

Los órganos competentes de las comunidades autónomas<br />

darán traslado de los datos relacionados en el<br />

anexo II, correspondientes a las tarjetas profesionales<br />

que hubieran expedido, al Registro General de Tarjetas<br />

de Identidad Profesional Náutico-Pesqueras dependiente<br />

de la Secretaría General de Pesca Marítima del<br />

Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, en el<br />

plazo de dos meses desde la fecha de expedición de<br />

dichas tarjetas.<br />

Artículo 6. Deber de notificación.<br />

Las comunidades autónomas notificarán al Ministerio<br />

de Agricultura, Pesca y Alimentación la relación de centros<br />

autorizados para impartir enseñanzas destinadas a la<br />

categoría profesional náutico-pesquera regulada en este<br />

real decreto.<br />

Disposición adicional única. Equivalencias.<br />

1. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación<br />

establecerá, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo y<br />

Asuntos Sociales las condiciones de equivalencia de los<br />

certificados de profesionalidad que puedan expedir las


49938 Martes 4 diciembre 2007 BOE núm. 290<br />

administraciones laborales al amparo de lo previsto en el<br />

artículo 10 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por<br />

el que se regula el subsistema de formación profesional<br />

para el empleo.<br />

2. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación<br />

y el Ministerio de Educación y Ciencia, determinarán<br />

conjuntamente los títulos de formación profesional<br />

que capaciten para el desempeño de la profesión de<br />

marinero de pesca, capacitación que quedará reflejada<br />

en los reales decretos por los que se establezcan los<br />

correspondientes títulos y, en su caso, en los módulos<br />

profesionales incluidos en los títulos de formación profesional<br />

o en los programas de cualificación profesional<br />

inicial que fueran suficientes para el desempeño de la<br />

citada profesión.<br />

Disposición transitoria única. Tarjetas profesionales en<br />

vigor. Canjes.<br />

El Certificado de Competencia de Marinero se extinguirá<br />

a la entrada en vigor de este real decreto.<br />

Los poseedores del Certificado de Competencia de<br />

Marinero, en vigor, podrán obtener la Tarjeta Profesional<br />

de Marinero Pescador solicitando el canje ante la comunidad<br />

autónoma que corresponda. Serán computables los<br />

periodos de embarque establecidos en el artículo 3, realizados<br />

al amparo de la mencionada titulación.<br />

El plazo máximo para llevar a cabo el canje, es de dos<br />

años desde la entrada en vigor de este real decreto.<br />

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.<br />

a) Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual<br />

o inferior rango se opongan a lo establecido en este real<br />

decreto, y expresamente las siguientes normas:<br />

b) Orden de 10 de octubre de 1981, sobre certificado<br />

de competencia de Pescamar, Mecamar y Marimar.<br />

c) Orden de 7 de junio de 1971, sobre creación del<br />

certificado de competencia de marinero electricista para<br />

buques mercantes y de pesca en lo que afecta a buques<br />

de pesca.<br />

d) Orden de 30 de abril de 1971, sobre regulación de<br />

las condiciones a exigir al personal que haya efectuado su<br />

servicio militar en la armada para la obtención de los Certificados<br />

de Competencia de marinero en lo que afecta a<br />

buques de pesca.<br />

e) Decreto 2483/1966 de 10 de septiembre, por el que<br />

se crean certificados de competencia para marineros de la<br />

marina mercante y pesca en lo que afecta a buques de<br />

pesca.<br />

Disposición final primera. Título competencial.<br />

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en<br />

el artículo 149.1.19.ª de la Constitución, que atribuye al<br />

Estado la formulación de las bases en la ordenación del<br />

sector pesquero.<br />

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.<br />

Se faculta al Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación<br />

para modificar el contenido de los anexos I y II, en<br />

función de los Convenios, Acuerdos y Tratados en los que<br />

la Unión Europea o España, sea parte.<br />

Disposición final tercera. Entrada en vigor.<br />

El presente real decreto entrará en vigor seis meses<br />

después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.<br />

Dado en Madrid, el 16 de noviembre de 2007.<br />

La Ministra de Agricultura, Pesca<br />

y Alimentación,<br />

ELENA ESPINOSA MANGANA<br />

ANEXO I<br />

JUAN CARLOS R.<br />

Requisitos y conocimientos mínimos<br />

Requisitos<br />

– Haber cumplido dieciséis años de edad.<br />

– Certificado expedido por el centro docente de haber<br />

superado satisfactoriamente el curso de Marinero Pescador<br />

o de haber superado una prueba de aptitud sobre los<br />

conocimientos teórico-prácticos, cuyo contenido se desarrolla<br />

en este anexo I.<br />

No podrán, en ningún caso, obtener Certificado satisfactorio<br />

del curso, si las faltas de asistencia son superiores<br />

al 10 por ciento de las horas teóricas. La parte práctica<br />

deberá completarse en su totalidad.<br />

Conocimientos teórico-prácticos<br />

Módulo Formativo de Pesca:<br />

1. Concepto, conocimiento y denominación de los<br />

diferentes elementos y equipos del buque.–Definición de<br />

buque, dimensiones principales, ligera descripción de su<br />

estructura. Cubiertas y bodegas. Obra viva y obra muerta.<br />

Calados, elementos fijos y móviles. Cabullería: jarcia<br />

firme y de labor. Anclas, rezones, cadenas y cables. Operaciones<br />

con cabos y alambres: nudos, gazas, ayustes y<br />

costuras.<br />

2. Gobierno del buque, servicios de vigía y guardia.–Utilización<br />

de compases magnéticos y girocompás.<br />

Órdenes al timonel. Deberes del vigía. Nociones sobre el<br />

Reglamento Internacional de Señales (señales acústicas,<br />

luces y otros objetos).<br />

3. Operaciones de carga y descarga.–Movimiento de<br />

pesos a bordo. Embarque, desembarque y estiba de pescado,<br />

pertrechos y provisiones.<br />

4. Maniobras del buque en puerto.–Manejo de chigres<br />

y maquinillas. Dar y largar amarras. Abozar cabos y<br />

estachas. Encapillar y desencapillar cabos y estachas en<br />

norays o bitas. Maniobras básicas de atraque, desatraque,<br />

fondeo y remolque. Expresiones comunes utilizadas<br />

durante las maniobras.<br />

5. Operaciones de mantenimiento a bordo.–Mantenimiento<br />

del buque: rascado y pintado de superestructuras<br />

y equipos de cubierta.<br />

6. Seguridad y salud en las faenas de la pesca. Clases<br />

de buques pesqueros.<br />

7. Manipulación y conservación de los productos de<br />

la pesca y la acuicultura. Se eximirá de este apartado, en<br />

lo referente a la «manipulación», a quien posea el Certificado<br />

de Manipulador de Alimentos expedido por la<br />

comunidad autónoma competente.<br />

8. Protección del medio marino y sus recursos.


BOE núm. 290 Martes 4 diciembre 2007 49939


Anexo 2. Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre,<br />

por la que se regulan los programas de<br />

formación de los títulos profesionales de<br />

Marineros de Puente y de Máquinas de la<br />

Marina Mercante, y de Patrón Portuario,<br />

así como los certificados de especialidad<br />

acreditativos de la competencia<br />

profesional.<br />

Checklist de apoyo proceso de<br />

homologación.<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 65


66 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33557<br />

Día 13 de septiembre de 2002.<br />

Combinación ganadora: 24, 30, 37, 43, 28, 15.<br />

Número complementario: 7.<br />

Número del reintegro: 3.<br />

Los próximos sorteos, que tendrán carácter público, se celebrarán los<br />

días 23, 24, 25 y 27 de septiembre de 2002, a las veintitrés quince horas,<br />

en el salón de sorteos de Loterías y Apuestas del Estado, sito en la calle<br />

de Guzmán el Bueno, 137 de esta capital.<br />

Madrid, 16 de septiembre de 2002.—El Director general, José Miguel<br />

Martínez Martínez.<br />

18309 RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2002, de Loterías y<br />

Apuestas del Estado, por la que se hace público la combinación<br />

ganadora, el número complementario y el número<br />

del reintegro del sorteo de «El Gordo de la Primitiva», celebrado<br />

el día 15 de septiembre de 2002 y se anuncia la<br />

fecha de celebración del próximo sorteo.<br />

En el sorteo de «El Gordo de la Primitiva», celebrado el día 15 de<br />

septiembre de 2002, se han obtenido los siguientes resultados:<br />

Combinación ganadora: 31, 18, 10, 43, 14, 47.<br />

Número complementario: 4.<br />

Número del reintegro: 8.<br />

El próximo sorteo, que tendrán carácter público, se celebrará el día 22<br />

de septiembre de 2002, a las doce horas, en el salón de sorteos de Loterías<br />

y Apuestas del Estado, sito en la calle de Guzmán el Bueno, 137 de esta<br />

capital.<br />

Madrid, 16 de septiembre de 2002.—El Director general, José Miguel<br />

Martínez Martínez.<br />

MINISTERIO DE FOMENTO<br />

18310 ORDEN FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se<br />

regulan los programas de formación de los títulos profesionales<br />

de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina<br />

Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados<br />

de especialidad acreditativos de la competencia<br />

profesional.<br />

El Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre («Boletín Oficial del<br />

Estado» de 21 de enero de 2001), por el que se regula el nivel mínimo<br />

de formación en profesiones marítimas, habilita en su disposición final<br />

segunda al Ministro de Fomento para regular, entre otras cuestiones, los<br />

programas de formación de los títulos profesionales de Patrón Portuario,<br />

Marinero de Puente y Marinero de Máquinas de la Marina Mercante, así<br />

como los certificados de especialidad.<br />

Esta regulación obedece a la necesidad de adaptar la normativa interna<br />

española a las disposiciones de la Organización Marítima Internacional,<br />

que emanan a través de las Enmiendas de 1995 al Convenio Internacional<br />

sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia de la Gente de Mar<br />

de 1978 («Boletín Oficial del Estado» número 120, de 20 de mayo de 1997),<br />

cuyo texto consolidado se denomina internacionalmente Convenio<br />

STCW-78/95.<br />

Esta Orden pretende, además, actualizar las disposiciones anteriores<br />

relativas a los certificados de especialidad ya existentes, adecuándolas<br />

a las necesidades derivadas del Convenio STCW-78/95, entre las que se<br />

citan la Orden del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones<br />

de 16 de octubre de 1990; la Orden del Ministerio de Obras Públicas,<br />

Transportes y Medio Ambiente de 31 de julio de 1992, y la Orden del<br />

mismo Ministerio de 30 de noviembre de 1993.<br />

Por otra parte, el Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio, por el que<br />

se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo<br />

a bordo de los buques de pesca, trasponiendo la Directiva 93/103/CE,<br />

sobre el mismo asunto, y desarrollando la Ley 31/1995 de Prevención<br />

de Riesgos Laborales en el Sector Pesquero, establece diversas obligaciones<br />

sobre formación del personal de los buques pesqueros, especialmente en<br />

materia de lucha contra incendios, salvamento, supervivencia, prevención<br />

de accidentes y comunicaciones.<br />

Además, el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, exige en su capitulo<br />

IV la necesidad de que los tripulantes reciban formación sanitaria básica,<br />

objetivo que se cumple a través de la obtención del certificado de formación<br />

básica que se regula en la presente Orden.<br />

En consecuencia, y de conformidad con la normativa internacional<br />

y nacional citada, resulta preciso actualizar y refundir en una misma disposición<br />

la formación especial del personal de los buques mercantes y<br />

de pesca en materia de especialidad.<br />

Por todo lo anterior, previo informe del Ministerio de Agricultura, Pesca<br />

y Alimentación, y en virtud de lo establecido en el artículo 149.1.20. a de<br />

la Constitución, sobre la competencia exclusiva del Estado en materia<br />

de Marina Mercante; en el artículo 86.9 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre,<br />

de Puertos del Estado y de la Marina Mercante; así como en la disposición<br />

final segunda del Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio, y en<br />

la disposición final segunda del Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre,<br />

dispongo:<br />

Artículo 1. Objeto.<br />

El objeto de esta Orden es la regulación de los requisitos para la obtención<br />

de los certificados de especialidad que deben de poseer los miembros<br />

de la tripulación que ejercen funciones profesionales a bordo de los buques<br />

civiles españoles acreditativos de la competencia profesional, así como<br />

los contenidos de los programas de formación de los títulos profesionales<br />

de Marinero de Puente, Marinero de Máquinas y Patrón Portuario.<br />

Asimismo, tiene por objeto establecer las condiciones exigibles a los<br />

centros que impartan los cursos relacionados con dichos títulos y certificados<br />

de especialidad.<br />

Artículo 2. Programa de formación de los títulos profesionales de Marinero<br />

de Puente y Marinero de Máquinas de la Marina Mercante.<br />

1. Los tripulantes que formen parte de la guardia de navegación o<br />

de máquinas, deben estar en posesión del título de Marinero de Puente<br />

y Marinero de Máquinas respectivamente, regulados en el artículo 11 del<br />

Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre.<br />

2. La Dirección General de la Marina Mercante expedirá los títulos<br />

profesionales de Marinero de Puente y Marinero de Máquinas a quienes<br />

cumplan los requisitos determinados en el citado artículo, hayan superado<br />

previamente los contenidos del curso del certificado de formación básica<br />

regulado en esta Orden y superen el curso y las pruebas prácticas, cuyos<br />

contenidos se desarrollan en el anexo I de esta Orden.<br />

3. Asimismo, los cursos deberán cumplir las normas de competencia<br />

de las Secciones A-II/4 y A/III/4 del Código de Formación, respectivamente<br />

para el Marinero de Puente y el Marinero de Máquinas.<br />

4. Cada curso tendrá una duración mínima de sesenta horas, de las<br />

cuales cuarenta y cinco horas serán de contenidos teóricos y quince de<br />

contenido práctico.<br />

Artículo 3. Programa de formación del título profesional de Patrón<br />

Portuario.<br />

1. La Dirección General de la Marina Mercante expedirá el título profesional<br />

de Patrón Portuario de la Marina Mercante, establecido en el artículo<br />

12 del Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, a quienes cumplan<br />

los requisitos determinados en el citado artículo, hayan superado<br />

previamente el curso para la obtención del certificado de formación básica<br />

regulado en esta Orden, y superen el curso y las pruebas prácticas, cuyo<br />

contenido, de acuerdo con las normas de la sección A-II/3 del Código<br />

de Formación del Convenio STCW, se desarrolla en el anexo I de esta<br />

Orden.<br />

2. El curso tendrá una duración mínima de ciento cincuenta horas,<br />

de las cuales, al menos ciento veinte horas serán de contenidos teóricos,<br />

y treinta de contenido práctico.<br />

Artículo 4. Creación de certificados de especialidad.<br />

Se crean los siguientes certificados de especialidad:<br />

a) De formación básica.<br />

b) Avanzado en lucha contra incendios.<br />

c) Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos).<br />

d) Botes de rescate rápidos


33558 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226<br />

e) Operador general del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad<br />

Marítimo.<br />

f) Operador restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad<br />

Marítimo.<br />

g) Familiarización en buques tanque.<br />

h) Buques petroleros.<br />

i) Buques gaseros.<br />

j) Buques quimiqueros.<br />

k) Básico de buques de pasaje.<br />

l) Buques de carga rodada (ro-ro) de pasaje y buques de pasaje distintos<br />

a buques ro-ro.<br />

m) Radar de punteo automático (ARPA).<br />

La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las Capitanías<br />

Marítimas, cumplidas las condiciones exigidas, expedirá, a instancias del<br />

interesado, los certificados de especialidad, de acuerdo con el modelo que<br />

figura en el anexo II de esta Orden. En el caso de los certificados de<br />

Operador general del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima<br />

y de Operador restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad<br />

Marítima, se utilizará el modelo del anexo III de esta Orden.<br />

Artículo 5. Certificado de Formación Básica.<br />

1. Se requerirá la posesión del «Certificado de Formación Básica» a<br />

todo el personal que ejerza funciones profesionales marítimas en los buques<br />

civiles, así como a aquéllos a los que se les confían tareas de seguridad<br />

o de prevención de la contaminación relacionadas con las operaciones<br />

del buque, en virtud del Cuadro de Obligaciones y Consignas del Buque,<br />

del Plan de Emergencias de a Bordo en caso de Contaminación por Hidrocarburos<br />

o del Manual de Gestión de la Seguridad.<br />

2. El «Certificado de Formación Básica» se obtendrá tras superar satisfactoriamente<br />

el curso cuyo contenido se desarrolla en el anexo I y deberá<br />

cumplir las normas de competencia de la Sección A-VI/1 del Código de<br />

Formación.<br />

3. La duración del curso no será inferior a setenta horas, de las cuales,<br />

como mínimo, consistirán en cuarenta y cinco horas de contenido teórico<br />

y veinticinco horas de contenido práctico.<br />

4. En cuanto al personal no incluido, que no sean pasajeros, recibirán<br />

a bordo una formación básica de familiarización que les permita saber<br />

cómo actuar en las siguientes situaciones:<br />

Caída de una persona al mar;<br />

Detección de humo o fuego;<br />

Alarma de incendios o de abandono del buque;<br />

Identificación de los puestos de reunión y de embarco, así como las<br />

vías de evacuación en caso de emergencia;<br />

Localización y uso de los chalecos salvavidas;<br />

Dar la alarma y tener un conocimiento básico del uso de extintores<br />

portátiles de incendios;<br />

Tomar inmediatamente medidas al encontrarse con un accidente u<br />

otra emergencia de tipo médico antes de pedir asistencia médica a bordo; y<br />

Cerrar y abrir las puertas contra incendios, estancas y estancas a la<br />

intemperie instaladas en el buque, distintas de las aberturas del casco.<br />

En las veinticuatro horas siguientes a la salida del buque de puerto,<br />

el personal embarcado en ese puerto recibirá la información mencionada<br />

en este apartado, consignándose este hecho en el Diario de Navegación<br />

a través de la oportuna anotación.<br />

Artículo 6. Certificado Avanzado en Lucha Contra Incendios.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado Avanzado en Lucha Contra<br />

Incendios al siguiente personal:<br />

a) A los Capitanes y Oficiales de Puente y de Máquinas de buques<br />

tanque, así como a los tripulantes que tengan asignados deberes específicos<br />

y responsabilidades relacionadas con la carga o el equipo de carga en<br />

buques tanques.<br />

b) A los Capitanes y Oficiales de Puente y de Máquinas de buques<br />

mercantes de arqueo bruto superior a 75 GT.<br />

c) A los Capitanes y Oficiales de Puente y Máquinas de buques pesqueros<br />

mayores de 50 metros de eslora.<br />

2. El Certificado Avanzado en Lucha Contra Incendios se obtendrá<br />

tras superar satisfactoriamente el curso cuyo contenido se desarrolla en<br />

el anexo I y deberá cumplir las normas de competencia de la Sección<br />

A-VI/3 del Código de Formación.<br />

3. La duración del curso no será inferior a veinticuatro horas, de<br />

las cuales, como mínimo, consistirán en doce horas de contenido teórico<br />

y doce horas de contenido práctico.<br />

Artículo 7. Certificado de Embarcaciones de Supervivencia y Botes de<br />

Rescate (no rápidos).<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado de Embarcaciones de Supervivencia<br />

y Botes de Rescate (no rápidos) al siguiente personal:<br />

a) A los Capitanes y Oficiales de Puente y de Máquinas de buques<br />

de pasaje.<br />

b) A los Capitanes y Oficiales de Puente y de Máquinas de buques<br />

mercantes de arqueo bruto superior a 75 GT.<br />

c) A los Capitanes y Oficiales de Puente y Máquinas de buques pesqueros<br />

mayores de 20 metros de eslora.<br />

d) A los Marineros, de Puente y de ?áquinas, de buques mercantes<br />

que tengan asignadas funciones en el manejo de embarcaciones de supervivencia<br />

y botes de rescate en los buques citados en los anteriores subapartados.<br />

2. El Certificado de Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate<br />

no Rápidos se obtendrá tras superar satisfactoriamente el curso cuyo<br />

contenido se desarrolla en el anexo I y deberá cumplir las normas de<br />

competencia de la Sección A-VI/2 del Código de Formación, párrafos 1<br />

a4.<br />

3. La duración del curso no será inferior a veinticuatro horas, de<br />

las cuales, como mínimo, consistirán en doce horas de contenido teórico<br />

y doce horas de contenido práctico.<br />

Artículo 8. Certificado de Botes de Rescate Rápidos.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado Avanzado en Manejo de<br />

Botes de Rescate Rápidos a los Oficiales y Marineros, de Puente y de<br />

Máquinas, que tengan asignadas estas funciones en los buques que estén<br />

equipados con botes de rescate rápidos.<br />

2. El Certificado Avanzado en Manejo de Botes de Rescate Rápidos<br />

se obtendrá tras superar satisfactoriamente el curso cuyo contenido se<br />

desarrolla en el anexo I y deberá de cumplir las normas de competencia<br />

de la Sección A-VI/2 del Código de Formación, párrafos5a8.<br />

3. La duración del curso no será inferior a dieciséis horas, de las<br />

cuales, como mínimo, consistirán en nueve horas de contenido teórico<br />

y siete horas de contenido práctico.<br />

4. Para la expedición del Certificado Avanzado en Manejo de Botes<br />

de Rescate Rápidos se deberá haber realizado el curso de embarcaciones<br />

de supervivencia y botes de rescate (no rápidos). Ambos cursos podrán<br />

integrarse en un mismo módulo o programa de formación.<br />

Artículo 9. Certificado de Operador General del Sistema Mundial de<br />

Socorro y Seguridad Marítimo.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado de Operador General del<br />

Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo a los Capitanes y Oficiales<br />

encargados de la guardia de navegación de buques civiles acogidos<br />

al Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo en cualquier zona<br />

de navegación, exceptuando a los buques que sólo realicen navegaciones<br />

en la zona 1, a los que se les exigirá el certificado previsto en el articulo<br />

10.<br />

2. El Certificado de Operador General del Sistema Mundial de Socorro<br />

y Seguridad Marítimo se obtendrá tras superar satisfactoriamente el curso<br />

cuyo contenido se desarrolla en el anexo I y deberá cumplir las normas<br />

de competencia de la Sección A-IV/2 del Código de Formación, así como<br />

la Decisión del Comité Europeo de Radiocomunicaciones de 10 de marzo<br />

de 1999 [ERC/DEC/(99)01].<br />

3. La duración del curso no será inferior a ciento veinte horas, de<br />

las cuales, como mínimo, consistirán en cincuenta horas de contenido<br />

teórico y setenta horas de contenido práctico.<br />

4. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, quienes posean<br />

el Certificado de Operador Restringido del SMSSM podrán realizar un<br />

curso de adaptación de ochenta horas, treinta de las cuales corresponderán<br />

al contenido teórico y cincuenta a las prácticas y su evaluación.<br />

Artículo 10. Certificado de Operador Restringido de Sistema Mundial<br />

de Socorro y Seguridad Marítimo.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado de Operador Restringido<br />

del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo a los Capitanes<br />

y Oficiales encargados de la guardia de navegación de buques civiles acogidos<br />

al Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo en la<br />

zona A1.


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33559<br />

2. El Certificado de Operador Restringido del Sistema Mundial de<br />

Socorro y Seguridad Marítimo se obtendrá tras superar satisfactoriamente<br />

el curso cuyo contenido se desarrolla en el anexo I y deberá cumplir las<br />

normas de competencia de la Sección A-IV/2 del Código de Formación,<br />

así como la Decisión del Comité Europeo de Radiocomunicaciones de 10<br />

de marzo de 1999 [ERC/DEC/(99)01].<br />

3. La duración del curso no será inferior a cuarenta horas, de las<br />

cuales, como mínimo, consistirán en quince horas de contenido teórico<br />

y veinticinco horas de contenido práctico.<br />

4. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, quienes posean<br />

el Certificado de Radiotelefonista Naval establecido en la Orden de 16<br />

de octubre de 1990, expedido con anterioridad a la entrada en vigor de<br />

esta Orden, podrán realizar un curso de adaptación de veinticuatro horas,<br />

diez de las cuales corresponderán al contenido teórico y catorce a las<br />

prácticas y su evaluación, de entre los temas que figuran en el anexo<br />

I de esta Orden, prestando especial atención a los apartados ByC<br />

del programa de formación.<br />

Artículo 11. Certificado de Familiarización en Buques Tanque.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado de Familiarización en<br />

Buques Tanque a los Capitanes, Oficiales y Tripulantes, que tenga asignados<br />

deberes específicos y responsabilidades relacionadas con la carga o el<br />

equipo de carga.<br />

2. Para la expedición de los certificados de especialidad relativos a<br />

buques petroleros, buques gaseros y buques quimiqueros, será preciso<br />

haber realizado previamente el de familiarización en buques tanque. No<br />

obstante, podrán integrarse en un mismo módulo o programa de formación<br />

este último con cualquiera de los anteriores.<br />

3. El Certificado de Familiarizacion en Buques Tanques se obtendrá<br />

tras superar satisfactoriamente el curso cuyo contenido se desarrolla en<br />

el anexo I y deberá cumplir las normas de competencia de la Sección<br />

A-V/1, párrafos1a7,delCódigo de Formación.<br />

4. La duración del curso no será inferior a treinta horas, de las cuales,<br />

como mínimo, consistirán en quince horas de contenido teórico y quince<br />

horas de contenido práctico.<br />

Artículo 12. Certificado de Buques Petroleros.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado de Buques Petroleros a<br />

los Capitanes y Oficiales de Puente y de Máquinas de buques petroleros,<br />

así como a toda persona que tenga asignados deberes específicos y responsabilidades<br />

relacionadas con la carga o el equipo de carga.<br />

2. El Certificado de Buques Petroleros se obtendrá tras superar satisfactoriamente<br />

el curso cuyo contenido se desarrolla en el anexo I y deberá<br />

cumplir las normas de competencia de la Sección A-V/1, párrafos 9 a<br />

14 del Código de Formación.<br />

3. La duración del curso no será inferior a cuarenta horas, de las<br />

cuales, como mínimo, consistirán en treinta horas de contenido teórico<br />

y diez horas de contenido práctico.<br />

Artículo 13. Certificado de Buques Gaseros.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado de Buques Gaseros a los<br />

Capitanes y Oficial de Puente o de Máquinas de buques gaseros, así como<br />

a toda persona que tenga asignados deberes específicos y responsabilidades<br />

relacionadas con la carga o el equipo de carga.<br />

2. El Certificado de Buques Gaseros se obtendrá tras superar satisfactoriamente<br />

el curso cuyo contenido se desarrolla en el anexo I y deberá<br />

cumplir las normas de competencia de la Sección A-V/1, párrafos 23 a<br />

34, del Código de Formación.<br />

3. La duración del curso no será inferior a cuarenta horas, de las<br />

cuales, como mínimo, consistirán en treinta horas de contenido teórico<br />

y diez horas de contenido práctico.<br />

Artículo 14. Certificado de Buques Quimiqueros.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado de Buques Quimiqueros<br />

a los Capitanes y Oficiales de Puente y de Máquinas de buques quimiqueros,<br />

así como a toda persona que tenga asignados deberes específicos y responsabilidades<br />

relacionadas con la carga o el equipo de carga.<br />

2. El Certificado de Buques Quimiqueros se obtendrá tras superar<br />

satisfactoriamente el curso cuyo contenido se desarrolla en el anexo I<br />

y deberá cumplir las normas de competencia de la Sección A-V/1, párrafos<br />

16 a 21 del Código de Formación.<br />

3. La duración del curso no será inferior a cuarenta horas, de las<br />

cuales, como mínimo, consistirán en treinta horas de contenido teórico<br />

y diez horas de contenido práctico.<br />

Artículo 15. Certificado Básico de Buques de Pasaje.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado Básico de Buques de Pasaje<br />

a los Capitanes, Oficiales de Puente y de Máquinas y Marineros o personal<br />

con funciones de asistencia al pasaje en situaciones de emergencia, en<br />

los buques de pasaje con arqueo bruto superior a 100 e inferior a 500<br />

GT o que estén autorizados a transportar más de 50 y menos de 300<br />

pasajeros.<br />

2. El Certificado Básico de Buques de Pasaje se obtendrá tras superar<br />

satisfactoriamente el curso cuyo contenido se desarrolla en el anexo I<br />

y deberá cumplir las normas de competencia de la Sección A-V/2 del Código<br />

de Formación, determinadas en los párrafos 1, 2, 3y5dedicha Sección.<br />

3. La duración del curso no será inferior a dieciséis horas, de las<br />

cuales, como mínimo, consistirán en doce horas de contenido teórico y<br />

cuatro horas de contenido práctico.<br />

Artículo 16. Certificado de Buques Ro-Ro de Pasaje y Buques de Pasaje<br />

Distintos a Buques Ro-Ro.<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado de Buques Ro-Ro de Pasaje<br />

y Buques de Pasaje Distintos a Buques Ro-Ro a los Capitanes, Oficiales<br />

y Marineros, de Puente y de Máquinas, y demás personal con funciones<br />

de asistencia al pasaje en situaciones de emergencia en los buques de<br />

pasaje, tanto convencionales como de transbordo rodado (ro-ro), con tonelaje<br />

igual o superior a 500 GT o que estén autorizados a transportar 300<br />

o más pasajeros.<br />

2. Este Certificado de Buques de Pasaje se obtendrá tras superar<br />

satisfactoriamente el curso cuyo contenido se desarrolla en el anexo I<br />

y deberá cumplir las normas de competencia de la Sección A-V/2 y de<br />

la Sección A-V/3 del Código de Formación, desarrolladas en los párrafos<br />

1 al 5 de ambas normas.<br />

3. La duración del curso no será inferior a treinta y dos horas, de<br />

las cuales, como mínimo, consistirán en veinticuatro horas de contenido<br />

teórico y ocho horas de contenido practico.<br />

Artículo 17. Certificado de Radar de Punteo Automático (ARPA).<br />

1. Se requerirá la posesión del Certificado de Radar de Punteo Automático<br />

a los Capitanes y Oficiales de Puente de buques que lleven este<br />

equipo.<br />

2. El Certificado de Radar de Punteo Automático se obtendrá tras<br />

superar satisfactoriamente el curso cuyo contenido se desarrolla en el<br />

anexo I y deberá cumplir las disposiciones internacionales de la Organización<br />

Marítima Internacional.<br />

3. La duración del curso no será inferior a treinta horas, de las cuales,<br />

como mínimo, consistirán en doce horas de contenido teórico y dieciocho<br />

horas de contenido práctico.<br />

4. Los poseedores de este certificado estarán habilitados para operar<br />

en radares no dotados de sistemas de punteo automático.<br />

Artículo 18. Embarcaciones de gran velocidad o de sustentación dinámica.<br />

1. Se requerirá la posesión de una autorización de la Administración<br />

Marítima a los Capitanes y Oficiales de Puente y Máquinas de las embarcaciones<br />

a las que sean aplicables los Códigos aprobados por la Organización<br />

Marítima Internacional sobre seguridad para naves de gran velocidad<br />

o de sustentación dinámica.<br />

2. El programa de formación es el desarrollado en el anexo I y está<br />

integrado en dos módulos, uno sobre procedimientos generales y otro sobre<br />

características y pruebas prácticas para un tipo y modelo de embarcación<br />

y para la ruta que vaya a realizar.<br />

3. Las empresas navieras se asegurarán de que los tripulantes señalados<br />

en el apartado 1 de este artículo, reciban la formación mínima regulada<br />

en el anexo I; a tal fin podrán impartirla directamente si disponen<br />

de los medios humanos y materiales adecuados. Una vez concluida la formación,<br />

la compañía naviera emitirá una certificación en la que se acredite


33560 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226<br />

que el tripulante ha recibido esa formación, especificando el tipo y modelo<br />

de embarcación y ruta para la cual se le considera capacitado.<br />

4. Las Capitanías Marítimas realizarán a dichos tripulantes las pruebas<br />

operativas oportunas al objeto de verificar la formación y, en el supuesto<br />

de tener resultados satisfactorios, darán su autorización mediante el<br />

visto bueno a la certificación emitida por la empresa naviera.<br />

Artículo 19. Condiciones generales de expedición y de revalidación de<br />

los certificados de especialidad.<br />

1. Los certificados de especialidad serán expedidos por la Dirección<br />

General de la Marina Mercante o sus órganos periféricos, conforme al<br />

modelo del anexo II y en su caso del anexo III, y una vez superados los<br />

correspondientes cursos de formación, de acuerdo con las normas de esta<br />

Orden. Para tales efectos, el interesado deberá solicitar a dicho organismo<br />

la emisión del correspondiente certificado, aportando la siguiente documentación:<br />

a) Certificado original, o copia compulsada del mismo, del centro<br />

o entidad homologada, acreditativo de haber superado el correspondiente<br />

curso, de acuerdo con el anexo IV de esta Orden.<br />

b) Copia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.<br />

c) Pago de la tasa vigente, relativa a la emisión de certificados de<br />

especialidad.<br />

d) Fotografía tamaño pasaporte para los modelos de certificados del<br />

anexo III.<br />

2. Conforme con la Regla I/11 y la Sección A-I/11 del Convenio STCW,<br />

los Certificados de Operadores General y Restringido del Sistema Mundial<br />

de Socorro y Seguridad Marítimo, así como los relativos a familiarización<br />

en buques tanque, petroleros, quimiqueros, gaseros y buques de pasaje,<br />

tendrán una validez de cinco años, pudiendo revalidarse por iguales períodos<br />

de vigencia. La revalidación se efectuará acreditando la continuidad<br />

de la competencia profesional, mediante la acreditación de uno de las<br />

siguientes requisitos:<br />

a) Haber realizado un período de embarco de, al menos, un año dentro<br />

de los últimos cinco años, o de tres meses en el último año, efectuando<br />

funciones equivalentes del certificado a revalidar.<br />

b) Haber superado un curso de actualización reconocido por la Dirección<br />

General de la Marina Mercante, establecido al efecto, de una duración<br />

no inferior a seis horas, salvo el de Operador General del Sistema Mundial<br />

de Socorro y Seguridad Marítima que tendrá una duración de dieciséis<br />

horas.<br />

3. Para la revalidación de los certificados, el interesado deberá presentar<br />

la siguiente documentación:<br />

a) Documentación acreditativa de la competencia profesional, determinada<br />

en el apartado anterior, relativa a la realización de los períodos<br />

de embarco o la superación del curso de actualización correspondiente.<br />

b) Copia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.<br />

c) Pago de la tasa vigente, relativa a la emisión de certificados de<br />

especialidad.<br />

d) Una fotografía tamaño pasaporte para los modelos de certificados<br />

del anexo III.<br />

4. En los expedientes de expedición, revalidación o canje de certificados,<br />

iniciados a instancia del interesado, en los que se detecte la carencia<br />

total o parcial de la documentación determinada en esta Orden que<br />

debe acompañar a la solicitud, se requerirá al interesado para que en<br />

el plazo de diez días subsane la falta, indicándose expresamente que, de<br />

no hacerlo transcurrido dicho plazo, se procederá al archivo de las actuaciones,<br />

previa resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71<br />

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones<br />

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.<br />

Artículo 20. Certificados de especialidad expedidos por otros Estados.<br />

1. Los certificados expedidos por Estados parte del Convenio STCW<br />

que cumplan de modo pleno y efectivo las disposiciones de dicho Convenio<br />

y así haya sido reconocido por el Comité de Seguridad Marítima de la<br />

Organización Marítima Internacional, se aceptarán para el embarque en<br />

buques civiles españoles. A tales efectos, el certificado deberá haber sido<br />

expedido conforme al Convenio STCW, hacer referencia expresa a la regla<br />

o disposición internacional de aplicación y que confiera las mismas facultades<br />

o superiores a las definidas en la presente Orden.<br />

2. En caso de certificados expedidos por Estados que no sean parte<br />

del Convenio STCW, o que siéndolo no reúnan los requisitos del apartado<br />

anterior, se deberá presentar el correspondiente certificado y los programas<br />

de formación y su duración, al objeto de que la Dirección General<br />

de la Marina Mercante compruebe que la formación recibida es similar<br />

a la establecida en esta Orden. Esta documentación deberá estar debidamente<br />

legalizada por vía diplomática o mediante la apostilla del Convenio<br />

de La Haya. Asimismo, si no está en idioma castellano, se requerirá al<br />

interesado que presente una traducción al castellano por intérprete jurado<br />

oficial. En tanto no concluya el proceso de comprobación, no se autorizará<br />

el enrole del tripulante.<br />

3. En los expedientes de comprobación de certificados mencionados<br />

en el apartado 2, en los que se detecte la carencia total o parcial de la<br />

documentación determinada en esta Orden que debe acompañar a la solicitud,<br />

se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane<br />

la falta, indicándose expresamente que, de no hacerlo transcurrido dicho<br />

plazo, se procederá al archivo de las actuaciones, previa resolución de<br />

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de<br />

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del<br />

Procedimiento Administrativo Común.<br />

Artículo 21. Cursos de formación conducentes a la expedición de los<br />

certificados de especialidad regulados en esta Orden.<br />

1. Los cursos de formación conducentes a la expedición de los certificados<br />

de especialidad podrán ser impartidos por entidades públicas<br />

o privadas, previa la correspondiente homologación de los centros por<br />

la Dirección General de la Marina Mercante, de acuerdo con las normas<br />

de esta Orden. A tales efectos, los cursos de formación integrarán contenidos<br />

teóricos en los que se imparten las competencias, conocimientos<br />

y aptitudes, así como las pruebas prácticas para evaluar la competencia<br />

que figuran en el anexo I.<br />

2. Los contenidos teóricos de los cursos podrán ser desarrollados<br />

por las Universidades y Escuelas de Formación Profesional dentro de las<br />

enseñanzas que correspondan a la obtención de títulos profesionales marítimos,<br />

cumpliendo para ello las normas de competencia de la Sección<br />

que corresponda del Código de Formación y de acuerdo con las normas<br />

de homologación de esta Orden. Para ello, se podrán utilizar nuevas tecnologías<br />

de formación, a través de simuladores, equipos audiovisuales o<br />

informáticos, siempre y cuando se asegure la evaluación de los conocimientos<br />

adquiridos por los alumnos a través de estos sistemas.<br />

3. Las pruebas prácticas para evaluar la competencia podrán realizarse<br />

dentro del mismo curso que desarrollen los centros públicos o<br />

privados o separadamente por otra entidad homologada. A tales efectos,<br />

deberá existir un convenio o acuerdo de colaboración entre entidades<br />

que garantice la evaluación final y certificación de las aptitudes y las<br />

competencias de los alumnos, requeridas por las disposiciones internacionales<br />

y nacionales de desarrollo. Los simuladores deberán cumplir las<br />

normas de rendimiento de la Sección A-/I/12 del Código de Formación<br />

y las disposiciones internacionales de la Organización Marítima Internacional.<br />

4. Dentro de un período de formación podrán ser integrados e impartidos<br />

cursos diferentes, siempre y cuando se cumplan los programas y<br />

contenidos específicos de cada curso, así como su duración y condiciones<br />

particulares, de acuerdo con esta Orden.<br />

5. Los cursos de actualización requeridos en el Convenio STCW y<br />

determinados de manera específica en el artículo 19.2.b) de esta Orden,<br />

deberán desarrollar los contenidos generales del curso que pretenden<br />

actualizar. No obstante, su duración no podrá ser inferior a la establecida<br />

en el mencionado artículo 19.2.b). En todo caso, estos cursos de actualización<br />

deberán ser aprobados por la Dirección General de la Marina<br />

Mercante, a fin de verificar la adecuación del programa de formación.<br />

6. Las entidades que realicen acuerdos o convenios de colaboración<br />

para desarrollar contenidos teóricos y prácticos citados en este artículo<br />

deberán remitir a la Dirección General de la Marina Mercante copia de<br />

dichos acuerdos o convenios.<br />

Artículo 22. Condiciones generales de los centros de formación que<br />

impartan cursos conducentes a la expedición de los títulos profesionales<br />

y certificados regulados en esta Orden.<br />

1. Los centros de formación públicos y privados, homologados por<br />

la Dirección General de la Marina Mercante, estarán sometidos al cumplimiento<br />

de las disposiciones del Convenio STCW y, en particular, a las<br />

siguientes:<br />

a) Implantación de un sistema de normas de calidad establecido en<br />

la Regla I/8 y la Sección A-I/8, cuyo desarrollo será determinado por el<br />

Ministerio de Fomento.


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33561<br />

b) Garantizar que los responsables de la formación y la evaluación<br />

están debidamente cualificados respecto a las materias que imparten, y<br />

que la formación de los alumnos y aspirantes a la obtención de los certificados<br />

se administra, supervisa y se controla de conformidad con las<br />

disposiciones de la Regla I/6 y la Sección A-I/6.<br />

c) Realizar la auditoría independiente requerida en la Regla I/8 y<br />

la Sección A-I/8 cada cinco años.<br />

d) Proporcionar a la Dirección General de la Marina Mercante la información<br />

establecida en la Regla I/7 y en la Sección A-I/7, así como el resultado<br />

de la auditoría independiente citada en el párrafo anterior, en un<br />

plazo no superior a tres meses desde el momento de su requerimiento.<br />

e) Garantizar el desarrollo de los contenidos teóricos y prácticos establecidos<br />

para cada título o certificado de especialidad.<br />

f) Cumplir las normas de rendimiento de simuladores de la Regla<br />

I/12 y la Sección A-I/12 del Convenio STCW, cuando la formación o la<br />

evaluación se realice con estos medios.<br />

2. Asimismo, los centros homologados deberán cumplir las condiciones<br />

específicas, determinadas en el anexo I para el respectivo curso, programa<br />

de formación y pruebas prácticas, salvo en el supuesto de los centros<br />

públicos que impartan formación conducente a la obtención de títulos<br />

académicos preceptivos para la expedición de un título profesional de<br />

Marina Mercante, que sólo tendrán que satisfacer respecto de todos los<br />

cursos los apartados relativos al equipamiento de material práctico y evaluación,<br />

y, además, en relación con los cursos números 8y9,elapartado<br />

de Instructores.<br />

Artículo 23. Procedimientos y condiciones de homologación de centros<br />

y cursos de formación.<br />

1. Los centros públicos que deseen impartir los cursos de formación<br />

para la obtención de los títulos deberán solicitar a la Dirección General<br />

de la Marina Mercante la homologación, que podrá ser otorgada tras la<br />

resolución del oportuno expediente. Las homologaciones tendrán validez<br />

por el período de cinco años, que serán prorrogables por iguales periodos<br />

cuando sea solicitado por el centro.<br />

2. Los centros públicos o privados que deseen impartir los cursos<br />

de formación para la obtención de los certificados deberán solicitar a<br />

la Dirección General de la Marina Mercante la homologación, que podrá<br />

ser otorgada tras la resolución del oportuno expediente. Las homologaciones<br />

tendrán validez por el periodo de dos años que serán prorrogables<br />

por iguales períodos cuando se solicite por el centro.<br />

3. En la solicitud de homologación de los cursos de formación se<br />

deberá acreditar lo siguiente:<br />

a) El sistema de normas de calidad implantado.<br />

b) El curso que se solicita homologar.<br />

c) El desarrollo de los programas del curso de formación, de conformidad<br />

con lo determinado en el anexo I, así como con la Sección correspondiente<br />

del Código de Formación y la adecuación con el respectivo curso<br />

modelo de la Organización Marítima Internacional.<br />

d) La cualificación y experiencia de los formadores, instructores y<br />

evaluadores de la formación.<br />

e) Los medios materiales y técnicos para garantizar el desarrollo de<br />

los contenidos teóricos y prácticos y las evaluaciones de la competencia,<br />

precisos para cada curso, de conformidad con el anexo Iysuadecuación<br />

con las normas de competencia de la Sección correspondiente del Código<br />

de Formación.<br />

f) Los acuerdos o convenios de colaboración con otros centros o entidades<br />

para el desarrollo de cursos de formación.<br />

4. La Dirección General de la Marina Mercante tramitará el oportuno<br />

expediente de homologación, verificando la adecuación del centro a los<br />

niveles de calidad, equipamiento y profesionalidad requeridos para impartir<br />

los cursos de formación o realizar las pruebas prácticas para evaluar<br />

la competencia. Asimismo, se verificará la adecuación de los programas<br />

al respectivo modelo de curso aprobado por la Organización Marítima<br />

Internacional.<br />

5. Al objeto de garantizar las disposiciones citadas en los apartados<br />

anteriores, en la Dirección General de la Marina Mercante se llevará un<br />

registro de centros públicos y privados que estén homologados para impartir<br />

los cursos conducentes a la expedición y actualización de títulos profesionales<br />

y certificados regulados en esta Orden.<br />

Artículo 24. Desarrollo de cursos por los centros de formación.<br />

1. Los centros de formación informarán a la Dirección General de<br />

la Marina Mercante de las fechas de inicio y finalización de los cursos.<br />

Asimismo, aportarán información sobre la distribución del contenido del<br />

curso en las fechas de desarrollo del mismo.<br />

2. Finalizado cada curso, los centros deberán remitir a la Dirección<br />

General de la Marina Mercante, en un plazo no superior a una semana<br />

de su finalización, el acta correspondiente, cuyo contenido se determina<br />

en el anexo IV y, además, remitir, mediante medios telemáticos, y preferentemente<br />

informáticos o electrónicos, dentro del plazo de setenta y<br />

dos horas posteriores a la finalización del curso, los datos de los alumnos<br />

que hayan superado el curso. Asimismo, entregarán a los citados alumnos<br />

la certificación de haber superado las evaluaciones de la competencia<br />

correspondientes, de acuerdo con el contenido del anexo V. A tales efectos,<br />

los centros podrán utilizar los modelos que consideren oportunos, pero,<br />

en todo caso, deberá figurar en ambos documentos los contenidos mínimos<br />

determinados en los citados anexos.<br />

3. Los dos apartados anteriores no serán de aplicación para los certificados<br />

de especialidad a aquellos centros públicos que impartan formación<br />

conducente a la obtención de títulos académicos preceptivos para<br />

la expedición de un título profesional de Marina Mercante. No obstante,<br />

a los efectos de expedición de los certificados, entregarán un documento<br />

al alumno acreditativo de haber cursado las materias teóricas, y en su<br />

caso prácticas, respecto de cada uno de los certificados establecidos en<br />

esta Orden.<br />

Artículo 25. Suspensión o retirada de la homologación.<br />

1. La Dirección General de la Marina Mercante podrá inspeccionar<br />

los centros de formación al objeto de comprobar el cumplimiento de lo<br />

establecido en esta Orden, suspendiendo temporalmente o retirando la<br />

homologación cuando se compruebe que algunas de las condiciones que<br />

sirvieron de base para las mismas o el desarrollo de los cursos o las pruebas<br />

de evaluación hayan sido incumplidas o modificadas de forma sustancial.<br />

2. La suspensión temporal deberá ir precedida de un apercibimiento<br />

con un plazo de tres meses para subsanar los incumplimientos observados.<br />

Transcurrido este plazo sin haber demostrado la corrección de los motivos<br />

del incumplimiento, se procederá a la retirada de la homologación.<br />

3. La retirada de la homologación se efectuará mediante Resolución<br />

del Director general de la Marina Mercante de forma motivada. Contra<br />

la citada Resolución se podrá interponer el recurso administrativo que<br />

proceda conforme a la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones<br />

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha<br />

retirada se podrá producir por alguno de los siguientes motivos:<br />

a) Incumplimiento de las condiciones de homologación.<br />

b) Impartición del curso o realización de pruebas de aptitud con unos<br />

niveles de exigencia o de calidad inadecuados.<br />

c) Falta de presentación por el centro privado del informe de auditoría<br />

externa e independiente de su sistema de calidad.<br />

Disposición adicional primera. Personal que presta servicios en organismos<br />

o entidades públicas sin implicar ejercicio profesional.<br />

La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las Capitanías<br />

Marítimas, podrá autorizar al personal que preste servicios en organismos<br />

o entidades públicas, sin que implique actividad profesional, el manejo<br />

de embarcaciones pertenecientes a los mismos inscritas en la Lista Octava,<br />

siempre y cuando estén en posesión de un título de recreo con atribuciones<br />

suficientes para la embarcación y esté previsto en los acuerdos de colaboración<br />

entre los citados organismos o entidades y el Ministerio de Fomento<br />

o la Dirección General de la Marina Mercante. A estos efectos, el organismo<br />

o entidad respectiva emitirá una certificación que acredite que el<br />

titular está autorizado para manejar las embarcaciones que corresponda.<br />

Los períodos de embarque realizados en estas condiciones no generarán<br />

derechos a efectos de justificar períodos de embarque para obtener titulaciones<br />

profesionales.<br />

Disposición adicional segunda. Personal procedente de la Armada Española.<br />

La Dirección General de la Marina Mercante podrá expedir la tarjeta<br />

profesional de Marinero de Puente y de Marinero de Máquinas, así como<br />

certificados de especialidad, al personal procedente de la Armada Española<br />

que haya superado los cursos de especialidad impartidos por ésta, siempre<br />

que el contenido formativo sea reconocido, mediante Resolución del Direc-


33562 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226<br />

tor general de la Marina Mercante, como equivalente al de los correspondientes<br />

anexos de esta Orden, debiendo tener unas condiciones de<br />

calidad similares a las fijadas en la Regla I/8 y en la Sección A-I/8 del<br />

Convenio STCW.<br />

Los certificados de especialidad a que se refiere el párrafo anterior<br />

son los siguientes:<br />

Certificado de Formación Básica,<br />

Certificado Avanzado en Lucha Contra Incendios,<br />

Certificado de Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate<br />

no Rápidos,<br />

Certificado de Botes de Rescate Rápidos,<br />

Certificado de Radar de Punteo Automático.<br />

Cualquier variación posterior de los contenidos de formación impartidos<br />

por la Armada Española será comunicada previamente a la Dirección<br />

General de la Marina Mercante, al objeto de que se mantengan las condiciones<br />

originales.<br />

Disposición adicional tercera. Habilitación de desarrollo.<br />

Se faculta al Director general de la Marina Mercante para aprobar<br />

mediante Resolución el contenido de los cursos de actualización o la modificación<br />

de los programas de los cursos de formación y condiciones mínimas<br />

de los centros, así como el contenido de los cursos para su homologación.<br />

Disposición transitoria primera.<br />

Los poseedores de certificados expedidos conforme a normativas anteriores<br />

a esta Orden, podrán obtener los certificados regulados en la misma<br />

de acuerdo con las condiciones de canje y equivalencias siguientes:<br />

Denominación del certificado<br />

de especialidad del Convenio<br />

STCW enmendado<br />

De Formación Básica<br />

(Regla VI/1).<br />

Avanzado en Lucha Contra<br />

Incendios (Regla<br />

VI/3).<br />

Embarcaciones de<br />

Supervivencia y Botes<br />

de Rescate (no rápi-<br />

dos) (Regla VI/2.1).<br />

Botes de Rescate Rápidos<br />

(Regla VI/2.2).<br />

Operador General del<br />

Sistema de Socorro y<br />

Seguridad Marítimo<br />

[Regla IV/2 y ERC Dec<br />

(99)01].<br />

Operador Restringido<br />

del Sistema de<br />

Socorro y Seguridad<br />

Marítimo [Regla IV/2<br />

y ERC Dec (99)01].<br />

Familiarización en<br />

buques tanque (V/1;<br />

Sec.A-V/1, par.1-7).<br />

Buques Petroleros (Regla<br />

V/1; Sec. A-V/1,<br />

par. 8-14).<br />

Condiciones de canje de certificados a partir de certificados<br />

anteriores y/o cumplimiento de las condiciones profesionales<br />

que se detallan, con referencia al código de los certificados<br />

existentes<br />

Poseer un título profesional marítimo o un certificado<br />

de competencia de marinero, y adicionalmente<br />

los certificados de primeros niveles<br />

de lucha contra incendios y de supervivencia<br />

en la mar de los regulados en la Orden de 31<br />

de julio de 1992.<br />

Lucha contra incendios de II nivel de la Orden<br />

de 31 de julio de 1992.<br />

Supervivencia en la mar de II nivel de la Orden<br />

de 31 de julio de 1992.<br />

Certificado de manejo de embarcaciones de salvamento<br />

de la Orden de 30 de noviembre<br />

de 1993.<br />

Operador general del Sistema de Socorro y Seguridad<br />

Marítimo de la Orden de 30 de noviembre<br />

de 1993.<br />

Operador restringido del Sistema de Socorro y<br />

Seguridad Marítimo de la Orden de 30 de<br />

noviembre de 1993.<br />

Se deberá estar en posesión de un certificado de<br />

especialidad en cualquier buque tanque de los<br />

regulados en la Orden de 16 de octubre de 1990<br />

o aportar una certificación de la empresa naviera<br />

de haber prestado servicio a bordo de un<br />

buque tanque durante un periodo de seis meses<br />

desarrollando deberes específicos relacionados<br />

con la carga o el equipo de carga y de que<br />

se le ha dado formación específica en lucha<br />

contra incendios.<br />

Especialidad para el personal de buques petroleros<br />

de la Orden de 16 de octubre de 1990.<br />

Denominación del certificado<br />

de especialidad del Convenio<br />

STCW enmendado<br />

Buques Gaseros (Regla<br />

V/1; Sec. A-V/1, par.<br />

22-34).<br />

Buques Quimiqueros<br />

(Regla V/1; Sec. A-V/1,<br />

par. 15-21).<br />

Buques Ro-Ro de Pasaje<br />

y Buques de Pasaje<br />

Distintos a Buques<br />

Ro-Ro (Regla V/2 y<br />

V/3; parrafos 4, 5, 6,<br />

7 y 8).<br />

Básico de buques de<br />

pasaje (Regla V/2;<br />

Párrafos 4, 5, 6 y 8).<br />

Radar de Punteo Automático.<br />

Disposición transitoria segunda.<br />

Condiciones de canje de certificados a partir de certificados<br />

anteriores y/o cumplimiento de las condiciones profesionales<br />

que se detallan, con referencia al código de los certificados<br />

existentes<br />

Especialidad para el personal de buques tanque<br />

para el transporte de gases licuados de la Orden<br />

de 16 de octubre de 1990.<br />

Especialidad para el personal de buques tanque<br />

para el transporte de productos químicos de<br />

la Orden de 16 de octubre de 1990.<br />

Estar en posesión de un título profesional de<br />

Marina Mercante y aportar certificación de la<br />

empresa naviera del ejercido profesional en<br />

buques de pasaje de los comprendidos en el<br />

artículo 14 durante, al menos, un año en el<br />

curso de los últimos cinco años, y de haber<br />

alcanzado el nivel de aptitud exigido por haber<br />

recibido formación a bordo de sus buques.<br />

Estar en posesión de un título profesional de<br />

marina mercante y aportar certificación de la<br />

empresa naviera del ejercido profesional en<br />

buques de pasaje de los comprendidos en el<br />

artículo 13 durante, al menos, un año en el<br />

curso de los últimos cinco años, y de haber<br />

alcanzado el nivel de aptitud exigido por haber<br />

recibido formación a bordo de sus buques.<br />

Radar de Punteo Automático de la Orden de 16<br />

de octubre de 1990.<br />

Los centros de formación que cuenten en la actualidad con una homologación<br />

en vigor para impartir cursos de especialidad deberán adecuarse<br />

a las exigencias de esta Orden en el plazo de seis meses desde su entrada<br />

en vigor.<br />

Las condiciones profesionales y de posesión de los certificados determinados<br />

en la disposición transitoria primera deberán haberse cumplido<br />

antes del término del plazo señalado en el párrafo anterior.<br />

A los centros que incumplan con lo establecido en esta disposición<br />

les será de aplicación el procedimiento de retirada de la homologación<br />

previsto en el artículo 25 de esta Orden.<br />

Disposición transitoria tercera.<br />

Conforme a las disposiciones del capítulo II del Código de Formación,<br />

los contenidos formativos del certificado de Observador de Radar, regulado<br />

en la Orden de 17 de mayo de 1971, deberán ser proporcionados en los<br />

planes de estudio conducentes a la expedición de un título profesional<br />

de la Sección de Puente. En consecuencia, a partir de la entrada en vigor<br />

de esta Orden se expedirá este certificado por la Dirección General de<br />

la Marina Mercante.<br />

Disposición transitoria cuarta.<br />

En el plazo de seis meses a partir de la fecha de entrada en vigor<br />

de esta Orden, la Dirección General de la Marina Mercante actualizará<br />

de oficio los datos del Registro de títulos profesionales y certificados de<br />

seguridad y especialidad marítima, de manera que figuren los nuevos certificados<br />

regulados en esta Orden. Ello se efectuará conforme a las condiciones<br />

de canje y equivalencia establecidas en la disposición transitoria<br />

primera y en función de los datos que figuren en dicho Registro. Se exceptúan<br />

aquellos certificados que impliquen condiciones de ejercicio profesional<br />

y, en concreto, los Certificados Básico de Buques de Pasaje y el<br />

de Buques Ro-Ro de Pasaje y Buques de Pasaje Distintos a Buques Ro-Ro.<br />

Disposición transitoria quinta.<br />

Como consecuencia de lo determinado en la disposición transitoria<br />

cuarta, cuando el interesado solicite la renovación o revalidación de una<br />

tarjeta profesional de la Marina Mercante, se incluirá de oficio en la misma<br />

los certificados actualizados que correspondan y que sean equivalentes


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33563<br />

a los certificados regulados en normativas anteriores a esta Orden. En<br />

aquellos casos en los que se requieran condiciones adicionales de ejercicio<br />

profesional, el interesado deberá presentar la documentación oportuna<br />

mediante los asientos de embarco y desembarco de los buques de que<br />

se trate, al objeto de emitir un nuevo certificado.<br />

Disposición transitoria sexta.<br />

No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, la actualización<br />

de oficio no implica la emisión del nuevo certificado del anexo II o anexo III.<br />

Para la emisión del mismo, el interesado deberá solicitar su expedición<br />

y abonar las tasas correspondientes.<br />

Disposición transitoria séptima.<br />

La Dirección General de la Marina Mercante no podrá expedir el certificado<br />

de gas inerte y lavado con crudo a partir de la entrada en vigor<br />

de esta Orden, habida cuenta que el Código de Formación regula en su<br />

apartado A-V/1.12 los aspectos de los equipos de gas inerte y lavado con<br />

crudo en el curso de buques petroleros.<br />

Disposición transitoria octava.<br />

Con el fin de proporcionar un período lo suficientemente amplio para<br />

la obtención de los certificados que no tenían un antecedente normativo,<br />

se establece un período de dos años a partir de la entrada en vigor de<br />

esta Orden, para exigir a los tripulantes que pretendan embarcarse la<br />

acreditación de estar en posesión del certificado correspondiente:<br />

1. Buques Ro-Ro de Pasaje y Buques de Pasaje Distintos a Buques<br />

Ro-Ro.<br />

2. Básico de Buques de Pasaje.<br />

3. Botes de Rescate Rápidos.<br />

Disposición transitoria novena.<br />

Al objeto de proporcionar un período lo suficientemente amplio para<br />

la obtención del certificado de formación básica obligatorio para embarcar<br />

en buques pesqueros, se determina que a partir del 31 de diciembre de<br />

2006 se exigirá a los tripulantes que embarquen en buques pesqueros<br />

la posesión de dicho certificado. En el plazo fijado en la disposición transitoria<br />

segunda, los tripulantes que estén en posesión del Certificado de<br />

Supervivencia de Primer Nivel tendrán que realizar los módulos 2, 3 y<br />

4 del programa del curso de formación para la obtención del Certificado<br />

de Formación Básica del anexo I.<br />

Disposición derogatoria.<br />

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o de inferior rango<br />

que se opongan a lo dispuesto en esta Orden y, específicamente, las siguientes<br />

normas:<br />

a) Orden de 17 de mayo de 1971, sobre establecimiento del Certificado<br />

de Observador de Radar.<br />

b) Resolución de 6 de junio de 1990, de la Dirección General de la<br />

Marina Mercante, por la que se establecen las condiciones mínimas que<br />

deben reunir los centros de formación para la homologación de los cursos<br />

de lucha contra incendios y supervivencia en la mar.<br />

c) Orden de 16 de octubre de 1990, por la que se establecen los cursos<br />

de formación y certificados de especialidad del personal marítimo.<br />

d) Orden de 31 de julio de 1992, por la que se establecen los certificados<br />

de especialidad en seguridad marítima y se modifican determinados<br />

aspectos de los certificados de lucha contra incendios y supervivencia<br />

en la mar (primer y segundo nivel), establecidos por la Orden de<br />

29 de marzo de 1990.<br />

e) Orden de 30 de noviembre de 1993, por la que se establecen cursos<br />

y certificados de especialidad marítima.<br />

Disposición final. Entrada en vigor.<br />

Esta Orden entrará en vigor a los dos meses de su publicación en<br />

el «Boletín Oficial del Estado».<br />

Madrid, 4 de septiembre de 2002.<br />

ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ


33564 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33565


33566 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33567


33568 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33569


33570 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33571


33572 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33573


33574 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33575


33576 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33577


33578 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33579


33580 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33581


33582 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33583


33584 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33585


33586 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33587


33588 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33589


33590 Viernes 20 septiembre 2002 BOE núm. 226


BOE núm. 226 Viernes 20 septiembre 2002 33591


ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


Anexo 3. Documentación elaborada para el<br />

proceso de homologación de los<br />

certificados de especialidad de<br />

FORMACIÓN BÁSICA y BUQUES RO-<br />

RO DE PASAJE Y BUQUES DE<br />

PASAJE DISTINTOS A BUQUES RO-<br />

RO.<br />

Solicitud<br />

Desarrollo general de los<br />

cursos<br />

Descripción experiencia en<br />

formación marina<br />

ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR 67


68 ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


MINISTERIO SUBSECRETARÍA DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO DE LA MARINA<br />

MERCANTE<br />

DATOS DEL CENTRO PARA HOMOLOGACIÓN, PRORROGA DE HOMOLOGACIÓN, Y<br />

AUDITORIAS INTERNAS O EXTERNAS.<br />

NOTA: Esta hoja debe rellenarla el centro. Y en el caso de ser prorroga de homologación<br />

deberá rellenar los campos en que hay modificación.<br />

DATOS DE LA ENTIDAD:<br />

CENTRO: FUNDACIÓN FORMACIÓN Y EMPLEO PAÍS VALENCIANO (FOREM PV)<br />

CIF: G96394200<br />

DIRECCIÓN: C/ CONVENTO CARMELITAS, 1<br />

LOCALIDAD: VALENCIA<br />

CÓDIGO POSTAL: 46010 TELÉFONO: 963935150 FAX: 963932928<br />

EMAIL: lsalvador@forempv.ccoo.es<br />

ASUNTO:<br />

CURSOS: FORMACIÓN BÁSICA // BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE<br />

DISTINTOS A BUQUES RO-RO.<br />

HOMOLOGACIÓN (1)<br />

X<br />

AUDITORIA INTERNA<br />

PRORROGA<br />

DATOS DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO:<br />

CARGO<br />

(1)<br />

DOS APELLIDOS<br />

NOMBRE<br />

DIRECTOR/DECANO CARPENA PALAO,<br />

MARTÍN<br />

SUBDIRECTOR<br />

SECRETARIO<br />

JEFE DE ESTUDIOS<br />

RESPONSABLE DE<br />

CALIDAD<br />

RESPONSABLE DEL<br />

CURSO<br />

SALVADOR<br />

MATEOS, LUIS<br />

ATIENZA GARCÍA,<br />

CARMEN<br />

LUCAS MUÑOZ,<br />

ROSARIO<br />

ÁLVAREZ<br />

MONTERO, JOSÉ<br />

(1)<br />

AUDITORIA EXTERNA<br />

TELF. o EXT.<br />

FAX<br />

OTRO:<br />

EMAIL<br />

96 393 51 50 mcarpena@pv.ccoo.es<br />

96 393 51 50 lsalvador@forempv.ccoo.es<br />

96 393 51 50 catienza@forempv.ccoo.es<br />

96 393 51 50 xlucas@forempv.ccoo.es<br />

963402055 ccindustria@forempv.ccoo.es<br />

(1)


DATOS DE LOS TÍTULOS Y/O CERTIFICADOS QUE SE SOLICITA HOMOLOGAR<br />

CENTRO: FUNDACIÓN FORMACIÓN Y EMPLEO PAÍS VALENCIANO (FOREM PV)<br />

CIF: G96394200<br />

CURSO O TITULO: RELACIÓN DE PROFESORES:<br />

CERTIFICADO DE FORMACIÓN<br />

BÁSICA. REFERENCIAS: REGLA VI/1 DEL<br />

CONVENIO STCW; SECCIÓN A-VI/I DEL<br />

CÓDIGO DE FORMACIÓN<br />

JOSE LUIS COT GONZALEZ (Instructor/evaluador<br />

Principal)<br />

ALBERTO SANCHEZ ROS<br />

CARLOS ESTEBAN PEREZ GALVEZ<br />

VICTOR JOSE ARIAS TOMAS<br />

RAMON GARCIA SANJAIME<br />

MIGUEL MONTESINOS ROIG<br />

JOSE GARCIA MURCIA<br />

FRANCISCO PORRAS ROBLES (Primeros auxilios)<br />

JOSÉ ALISES VALLES (Primeros auxilios)<br />

CURSO O TITULO: RELACIÓN DE PROFESORES:<br />

CERTIFICADO DE BUQUES RO-RO DE<br />

PASAJE Y BUQUES DE PASAJE<br />

DISTINTOS A BUQUES RO-RO.<br />

REFERENCIAS REGLAS V/2 Y V/3 (PÁRRAFOS<br />

4,5,6,7 Y 8) DEL CONVENIO STCW; SECCIÓN A-<br />

V/2 Y A-V/3 (PÁRRAFOS 1,2,3,4 Y 5) DEL<br />

CÓDIGO DE FORMACIÓN.<br />

JOSE LUIS COT GONZALEZ (Instructor/evaluador<br />

Principal)<br />

ALBERTO SANCHEZ ROS<br />

CARLOS ESTEBAN PEREZ GALVEZ<br />

VICTOR JOSE ARIAS TOMAS<br />

RAMON GARCIA SANJAIME<br />

MIGUEL MONTESINOS ROIG<br />

JOSE GARCIA MURCIA<br />

FRANCISCO PORRAS ROBLES (Primeros auxilios)<br />

JOSÉ ALISES VALLES (Primeros auxilios)


RELACIÓN DE PROFESORES DEL CENTRO:<br />

DOS APELLIDOS<br />

NOMBRE DEL<br />

PROFESOR<br />

COT GONZALEZ,<br />

JOSÉ LUIS<br />

SANCHEZ ROS,<br />

ALBERTO<br />

ESTEBAN PEREZ<br />

GALVEZ, CARLOS<br />

ARIAS TOMAS,<br />

VICTOR JOSE<br />

GARCIA SANJAIME,<br />

RAMÓN<br />

MONTESINOSROIG,<br />

MIGUEL<br />

GARCIA MURCIA,<br />

JOSÉ<br />

PORRAS ROBLES,<br />

FRANCISCO<br />

ALISES VALLES,<br />

JOSÉ<br />

TITULACIÓN<br />

FORMACIÓN<br />

ESPECIFICA<br />

-Patrón de Cabotaje<br />

Marina Mercante.<br />

-Patrón de Pesca de 1ª<br />

clase Litoral.<br />

-Formador de Formadores<br />

en Seguridad Marítima.<br />

Capitán Marina Mercante.<br />

Piloto de 1ª clase Marina<br />

Mercante.<br />

Piloto de 1ª clase Marina<br />

Mercante.<br />

Jefe de Maquinas Marina<br />

mercante.<br />

Oficial de 1ª de maquinas<br />

de Marina mercante.<br />

-Mecánico Naval Mayor<br />

Marina Mercante<br />

-Mecánico Naval de 1ª<br />

clase barcos de Pesca.<br />

-Patrón mayor de<br />

Cabotaje<br />

-Patrón de Pesca de<br />

Altura.<br />

-Licenciado en Medicina<br />

y Cirugía Universidad de<br />

Valencia<br />

-Patrón de Pesca de 2ª<br />

clase Litoral.<br />

-Diplomado Universitario<br />

en Enfermería.<br />

Universidad de Valencia.<br />

-Titulado Superior en<br />

Prevención de Riesgos<br />

Laborales (Especialidad<br />

Ergonomía e Higiene)<br />

CURSOS O MATERIAS QUE<br />

IMPARTE<br />

INSTRUCTOR PRINCIPAL DE:<br />

-FORMACIÓN BÁSICA<br />

-BUQUES RO-RO DE PASAJE Y<br />

BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO<br />

-FORMACIÓN BÁSICA<br />

-BUQUES RO-RO DE PASAJE Y<br />

BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO<br />

-FORMACIÓN BÁSICA<br />

-BUQUES RO-RO DE PASAJE Y<br />

BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO<br />

-FORMACIÓN BÁSICA<br />

-BUQUES RO-RO DE PASAJE Y<br />

BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO<br />

-FORMACIÓN BÁSICA<br />

-BUQUES RO-RO DE PASAJE Y<br />

BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO<br />

-FORMACIÓN BÁSICA<br />

-BUQUES RO-RO DE PASAJE Y<br />

BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO<br />

-FORMACIÓN BÁSICA<br />

-BUQUES RO-RO DE PASAJE Y<br />

BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO<br />

-FORMACIÓN BÁSICA<br />

-BUQUES RO-RO DE PASAJE Y<br />

BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO<br />

ESPECIALIDAD PRIMEROS AUXILIOS<br />

-FORMACIÓN BÁSICA<br />

-BUQUES RO-RO DE PASAJE Y<br />

BUQUES DE PASAJE DISTINTOS A<br />

BUQUES RO-RO<br />

TELF. o<br />

EXT. FAX<br />

EMAIL<br />

96 340 10 00 jlcot@cotnavegarium.com<br />

96 340 10 00 jlcot@cotnavegarium.com<br />

96 340 10 00 jlcot@cotnavegarium.com<br />

96 340 10 00 jlcot@cotnavegarium.com<br />

96 340 10 00 jlcot@cotnavegarium.com<br />

96 340 10 00 jlcot@cotnavegarium.com<br />

96 340 10 00 jlcot@cotnavegarium.com<br />

96 340 10 00 jlcot@cotnavegarium.com<br />

657468640<br />

Se adjunta carta de intenciones entre FOREM PV y COT-NAVEGARIUM y entre FOREM PV y JOSÉ ALISES VALLÉS referido a<br />

prestación de servicios docentes.


RELACIÓN DE AULAS DEL CENTRO:<br />

TEÓRICAS<br />

Nº DE<br />

AULA<br />

1<br />

2<br />

3<br />

1 (2ª planta)<br />

2 (2ª planta)<br />

Informática<br />

1 (2º planta)<br />

Informática 2<br />

(2ª planta)<br />

SUPERFICIE CA-<br />

PACI-<br />

DAD<br />

30,28 m2 15<br />

33,22 m2 15<br />

54,92 m2 15<br />

64,22 m2 15<br />

45,17 m2 15<br />

EQUIPAMIENTO /<br />

DOTACIÓN<br />

Mobiliario docente para 15<br />

plazas, además de los<br />

elementos auxiliares; un tablón<br />

de anuncios, una percha, una<br />

papelera y un armario.<br />

Mobiliario docente para 15<br />

plazas, además de los<br />

elementos auxiliares; un tablón<br />

de anuncios, una percha, una<br />

papelera y un armario.<br />

Mobiliario docente para 15<br />

plazas, además de los<br />

elementos auxiliares; un tablón<br />

de anuncios, una percha, una<br />

papelera y un armario.<br />

Mobiliario docente para 15<br />

plazas, además de los<br />

elementos auxiliares; un tablón<br />

de anuncios, una percha, una<br />

papelera y un armario.<br />

Mobiliario docente para 15<br />

plazas, además de los<br />

elementos auxiliares; un tablón<br />

de anuncios, una percha, una<br />

papelera y un armario.<br />

63,62 m2 15 Equipamiento informático.<br />

Mesas para ordenador, mesas<br />

para impresoras, sillas para<br />

alumnos/as y mesa y silla para<br />

el/la docente y un armario.<br />

46,43 m2 15 Equipamiento informático.<br />

Mesas para ordenador, mesas<br />

para impresoras, sillas para<br />

alumnos/as y mesa y silla para<br />

el/la docente y un armario.<br />

Se adjunta planos de las instalaciones y aulas del centro de formación.<br />

CARACTERÍSTICAS OTROS<br />

DATOS<br />

Iluminación: uniforme de 250 a<br />

350 lux.<br />

Ventilación: natural y/o artificial.<br />

Condiciones ambientales: en<br />

torno a 20º C.<br />

Iluminación: uniforme de 250 a<br />

350 lux.<br />

Ventilación: natural y/o artificial.<br />

Condiciones ambientales: en<br />

torno a 20º C.<br />

Iluminación: uniforme de 250 a<br />

350 lux.<br />

Ventilación: natural y/o artificial.<br />

Condiciones ambientales: en<br />

torno a 20º C.<br />

Iluminación: uniforme de 250 a<br />

350 lux.<br />

Ventilación: natural y/o artificial.<br />

Condiciones ambientales: en<br />

torno a 20º C.<br />

Iluminación: uniforme de 250 a<br />

350 lux.<br />

Ventilación: natural y/o artificial.<br />

Condiciones ambientales: en<br />

torno a 20º C.<br />

Iluminación: uniforme de 250 a<br />

350 lux.<br />

Ventilación: natural y/o artificial.<br />

Condiciones ambientales: en<br />

torno a 20º C.<br />

Iluminación: uniforme de 250 a<br />

350 lux.<br />

Ventilación: natural y/o artificial.<br />

Condiciones ambientales: en<br />

torno a 20º C.<br />

Aula<br />

polivante.<br />

Informática<br />

Aula<br />

polivante.<br />

Informática


RELACIÓN DE EQUIPAMIENTO DE COMUNICACIONES Y SIMULACIÓN DEL CENTRO:<br />

PRACTICAS<br />

EQUIPO DE: MARCA /<br />

MODELO<br />

(*)<br />

Nº DE<br />

EQUIPOS<br />

CARACTERÍSTICAS<br />

TÉCNICAS MAS<br />

IMPORTAN-TES<br />

FECHA<br />

DE<br />

COMPRA<br />

FECHA DE<br />

REVISIÓN<br />

(*) El equipamiento de comunicaciones y simulación del centro será provisto por parte de las tres<br />

entidades con las que se ha acordado la prestación de servicios en materia de equipamiento para<br />

prácticas:<br />

García SanJaime, S.L.<br />

Autoridad Portuaria de Valencia<br />

Escuela Mediterránea de Emergencias, S.L.<br />

Se adjuntan los Acuerdos de colaboración suscritos entre FOREM PV y dichas entidades.


BIBLIOGRAFÍA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL TEMA:<br />

CONVENIOS:<br />

1. CONVENIO de la IMO MARPOL de Lucha Contra la Contaminación.<br />

2. CONVENIO de la IMO SOLAS /74 y enmiendas posteriores hasta el año<br />

3. Código Internacional de Seguridad para Naves de Gran Velocidad<br />

4. Sistema Global de Socorro y Seguridad Marítima (GMDSS) IMO.<br />

5. Sistema de Búsqueda y Rescate ( SAR) IMO.<br />

REGLAMENTOS:<br />

1. Sesión 65º del MSC (comité de seguridad marítima).(DIRECTIVA CEE)<br />

2. Directiva 93/75/CEE de 13 de septiembre de 1993. (DIRECTIVA CEE)<br />

PUBLICACIONES:<br />

1. Manual de Supervivencia en la mar primer nivel SEGANOSA.<br />

2. Manual de Lucha Contra-incendios primer nivel, SEGANOSA<br />

3. Prevención Básica de Riesgos Laborales de ASEPEYO.<br />

4. Prevención Básica de Riesgos Laborales en la Mar de MAPFRE.<br />

5. Nudos de pesca de GEOFFREY BUDWORTH Editorial PAIDOTRIBO.<br />

6. Cables y Cabos de Labor de MIGUEL GARCIA IDOATE Instituto Politécnico Marítimo<br />

Pesquero de Alicante.<br />

7. Cabos y nudos de ENRRIQUE BARBUDO DUARTE. Ediciones FRAGATA.<br />

8. Manual de Maniobra para Patrones de Litoral de MIGUEL GARCIA IDOATE Instituto<br />

Politécnico Marítimo Pesquero de Alicante. (PUBLICACIONES)<br />

9. Estiba y Trincaje de la Carga de JOSE GARCIA DE PAREDES Y CASTRO Ediciones<br />

FRAGATA.<br />

10. Cuerdas, Cables, Cadenas Eslingas y Aparejos. MUTUA UNIVERSAL Mugenat San<br />

Sebastián.<br />

11. Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes ( RIPA )<br />

de JOSE SIMON QUINTANA.<br />

12.Teoría del Buque de CESAREO DIAZ FERNANDEZ 1.969 Barcelona.<br />

13. SEGURIDAD EN BUQUES DE PASAJE Y TRANSPORTE RODADO RO-PAX.<br />

Dr. JAIME RODRIGO DE LARRUCEA, Profesor de Derecho Marítimo (UPC)<br />

14. Código (SGA) de Asignación de los Elementos de Etiquetado de Mercancías<br />

Peligrosas<br />

15. Curso Básico del CODIGO DE GESTION DE SEGURIDAD. CAPITAN VICENTE<br />

GENERO BUENOS AIRES 1.999


PUBLICACIONES OFICIALES:<br />

1. Manual de Supervivencia en la Mar de la Dirección General de la marina Mercante<br />

2. Guía practica de recreo y deportes náuticos de la Sociedad Estatal de Salvamento<br />

Marítimo.<br />

3. Manual de Supervivencia en la mar primer nivel del Instituto Social de la Marina.<br />

4. Manual de Supervivencia en la mar primer nivel Centro de Formación de<br />

“JOVELLANOS” de la Sociedad Estatal de Salvamento.<br />

5. Manual de Lucha Contra-incendios primer nivel, Centro de Formación de<br />

“JOVELLANOS” de la Sociedad Estatal de Salvamento.<br />

6.Curso de Formación Sanitaria Básica del Instituto Social de la Marina.<br />

7. Manual de Primeros auxilios y Socorrismo de la Compañía<br />

Nacional de la Telefónica<br />

8.Guía Sanitaria de a Bordo. del Instituto Social de la Marina.<br />

9.Curso de Primeros Auxilios para Marinos de la Subsecretaria de la Marina Mercante<br />

10. Manual de Primeros Auxilios Sanitarios de la Subsecretaria de la Marina Mercante.<br />

11. Derroteros, libros de Faros, Anuario de Mareas del Instituto Hidrográfico de la<br />

Marina.<br />

12. DIRECTIVA 98/41/CE de 18 de junio de 1998.<br />

13. DIRECTIVA 1999/35/CE de abril de 1999.<br />

14. DIRECTIVA 2003/25/CE de abril de 2003.<br />

15. DIRECTIVA 2005/12/CE de febrero de 2005.<br />

16. Real Decreto 1907/2000 de noviembre del 2000 (BOE).<br />

17. Real Decreto 91/2003 de 24 de enero (BOE)<br />

18. Real Decreto 1036/2004 de 7 de mayo (BOE)<br />

19. Real Decreto 1861/2004 de 6 de septiembre (BOE)<br />

20. RESOLUCION A.865 (20) de la IMO, Sobre los mínimos de Formación que debe de<br />

satisfacer el Personal designado para prestar asistencia a los pasajeros en<br />

situaciones de emergencia en los buques de pasaje..<br />

21. RESOLUCION MSC. 98(73) Adopción del Código Internacional de Sistemas de<br />

Seguridad Contra Incendios.


ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR


DESARROLLO GENERAL CURSOS<br />

ÁREA MARINA MERCANTE<br />

PROPUESTA FORMATIVA<br />

Desarrollo de la propuesta formativa a ofertar para la<br />

obtención de los CERTIFICADOS de:<br />

FORMACIÓN BÁSICA<br />

BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE<br />

PASAJE DISTINTOS A BUQUES RO-RO


Índice<br />

1. PLAN DESARROLLO FORMACIÓN BÁSICA.<br />

(Desarrollo modular, docentes, materiales y<br />

equipamiento)...............................................................................................................................1<br />

2. DESARROLLO MODULAR BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES<br />

PASAJE DISTINTOS A BUQUES RO-RO<br />

(Desarrollo modular, docentes, materiales y<br />

equipamiento).............................................................................................................................11<br />

3. METODOLOGÍA.................................................................................................................. 16<br />

4. EVALUACIÓN..................................................................................................................... 17<br />

5. LUGAR DE IMPARTICIÓN...................................................................................................18


DURACIÓN<br />

FORMACIÓN BÁSICA<br />

Duración mínima de 75 horas. Presencial<br />

47 Teóricas. 28 Prácticas<br />

Las fechas de realización se notificarán junto a la comunicación de inicio del curso<br />

Se ha ampliado en un total de 5 horas la duración del curso, a fin de afianzar el aprendizaje práctico<br />

y el desarrollo de los módulos 3 y 4.<br />

DESARROLLO MODULAR<br />

1. MÓDULO DE SUPERVIVENCIA EN LA MAR EN CASO DE ABANDONO DEL BARCO<br />

DURACIÓN: mínima de 22 HORAS Teoría: 10 horas Práctica: 12 horas<br />

OBJETIVOS:<br />

Familiarizar al alumnado en el empleo de las técnicas y métodos para la supervivencia en la mar.<br />

Que el alumnado sepa manipular y mantener los distintos dispositivos y elementos salvamento marítimo.<br />

2. MÓDULO DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA INCENDIOS<br />

DURACIÓN: mínima de 22 HORAS Teoría: 15 horas Práctica: 7 horas<br />

OBJETIVOS:<br />

Familiarizar al alumnado en el empleo de las técnicas y métodos para la lucha contra incendios<br />

Que el alumnado sepa manipular y mantener los distintos dispositivos y elementos que intervienen en la<br />

lucha contra-incendios.<br />

3. MÓDULO SOBRE ADOPCIÓN DE NORMAS MÍNIMAS DE COMPETENCIA EN PRIMEROS<br />

AUXILIOS<br />

DURACIÓN: mínima de 19 HORAS Teoría: 11 horas Práctica: 7 horas<br />

OBJETIVOS:<br />

Familiarizar al alumnado en el empleo de las técnicas y métodos para la realización de los primeros<br />

auxilios ante una emergencia sanitaria<br />

Que el alumnado sepa evaluar las situaciones de emergencia y realizar los distintos métodos de cura y<br />

técnicas que se aplican en los primeros auxilios<br />

1<br />

MODALIDAD


4. MÓDULO DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y RESPONSABILIDADES SOCIALES<br />

DURACIÓN: mínima de 13 HORAS Teoría: 9 horas Práctica: 4 horas<br />

OBJETIVOS:<br />

Familiarizar al alumnado en el empleo de las técnicas y métodos que se emplean en la seguridad y<br />

protección en el trabajo<br />

Que el alumnado sepa manipular y mantener los distintos dispositivos y elementos que componen los<br />

medios de protección y seguridad laboral.<br />

Que el alumnado conozca sus derechos y obligaciones laborales<br />

2


DOCENTES<br />

Todo el profesorado es titulado de la Marina Mercante y Pesca y esta cualificado para impartir las<br />

materias del curso de Formación Básica, por tanto serán docentes válidos de los diferentes módulos<br />

del curso de acuerdo a las necesidades que se planteen en su desarrollo y planificación. Salvo en el<br />

caso del modulo de Primeros Auxilios que será desarrollado por un licenciado en Medicina o bien<br />

por un diplomado universitario en Enfermería.<br />

La situación de estos docentes respecto del centro será de acuerdo de prestación de servicios.<br />

(Se adjunta convenio de colaboración junto a la solicitud)<br />

Instructor y evaluador Principal:<br />

JOSE LUIS COT GONZALEZ DNI. 19.867.488<br />

Patrón de Cabotaje Marina Mercante.<br />

Patrón de Pesca de 1ª clase Litoral.<br />

Formador de Formadores en Seguridad Marítima.<br />

Otro personal docente:<br />

ALBERTO SANCHEZ ROS DNI. 36.544.482<br />

Capitán Marina Mercante.<br />

CARLOS ESTEBAN PEREZ GALVEZ DNI. 22.655.847<br />

Piloto de 1ª clase Marina Mercante.<br />

VICTOR JOSE ARIAS TOMAS DNI. 22.506.633<br />

Piloto de 1ª clase Marina Mercante.<br />

RAMON GARCIA SANJAIME DNI. 21.332.444<br />

Jefe de Maquinas Marina mercante.<br />

MIGUEL MONTESINOS ROIG DNI 19.909.562<br />

Oficial de 1ª de maquinas de Marina mercante.<br />

JOSE GARCIA MURCIA DNI. 22.655.410<br />

Mecánico Naval Mayor Marina Mercante<br />

Mecánico Naval de 1ª clase barcos de Pesca.<br />

Patrón mayor de Cabotaje<br />

Patrón de Pesca de Altura.<br />

FRANCISCO PORRAS ROBLES DNI. 19.877.996<br />

Licenciado en Medicina y Cirugía Universidad de Valencia<br />

Patrón de Pesca de 2ª clase Litoral.<br />

JOSÉ ALISES VALLÉS DNI. 19834717<br />

Diplomado universitario Enfermería Universidad de Valencia<br />

Titulado Superior en Prevención de Riesgos Laborales<br />

(Especialidad Ergonomía e Higiene)<br />

3


MATERIAL DIDÁCTICO<br />

Maletín de FOREM P.V.<br />

Cuaderno.<br />

Material para escritura.<br />

Manual teórico/práctico de la materia a impartir.<br />

Guía del Alumnado.<br />

Documentación didáctica: Programa curricular. Desarrollos Temporales. Diagnóstico, Evaluación,…<br />

Relación de Empresas Navieras y de Pesca, para solicitar trabajo.<br />

RECURSOS DIDÁCTICOS<br />

EQUIPAMIENTO MATERIAL CLASES TEÓRICAS:<br />

Mesa y sillas para el profesor/a y el alumnado.<br />

Pizarra<br />

Tablón de anuncios<br />

Perchas<br />

Armarios<br />

1 Televisión<br />

1 Reproductor<br />

1 Retroproyector<br />

1 Pantalla de proyección<br />

Planos de Barcos<br />

Muestras de cuadro de obligaciones y consignas, y señalización de seguridad<br />

EQUIPAMIENTO MARTERIAL PRÁCTICAS Y EVALUACIÓN<br />

Lámina de agua cedida en dársena del Puerto de Valencia por la Autoridad Portuaria de Valencia.<br />

Chalecos salvavidas rígidos e inflables: uno por alumno/a.<br />

Juegos de aros salvavidas, trajes de inmersión y ayudas térmicas, para asegurar su utilización por cada<br />

alumno/a.<br />

1 Juego completo de señales pirotécnicas.<br />

1 Balsa salvavidas operativa con todo su equipo completo. Zafa hidrostática.<br />

Equipos personales de protección contra el fuego (traje, casco, guantes, botas, equipo de respiración<br />

autónomo (ERA), máscaras)<br />

Hidrantes o equipo similar que garantice el suministro de agua suficiente.<br />

4


Extintores portátiles de todo tipo. ( Hídrico de presión incorporada, polvo polivalente presión<br />

Adosada, de gas de C0 2).<br />

Mangueras y boquillas de uso en los barcos.<br />

1 Eslinga de recogida de helicópteros.<br />

1 Radio-baliza de localización de siniestros de 406 Mhz.tipo (E.PI.R.B.)<br />

1 Respondedor Radar.<br />

1 Aparato bidireccional de ondas métricas<br />

Botiquín de primeros auxilios y material sanitario adecuado y suficiente<br />

5


CERTIFICADO BUQUES RO-RO DE PASAJE Y BUQUES DE PASAJE<br />

DISTINTOS A BUQUES RO-RO<br />

DURACIÓN<br />

Duración mínima de 40 horas. Presencial<br />

24 Teóricas. 12 Prácticas<br />

Las fechas de realización se notificarán junto a la comunicación de inicio del curso<br />

Se ha ampliado en un total de 8 horas la duración del curso, a fin de afianzar el aprendizaje práctico<br />

y el desarrollo de los diferentes módulos del curso.<br />

DESARROLLO MODULAR<br />

1.MÓDULO DE FORMACIÓN SOBRE FAMILIARIZACIÓN<br />

DURACIÓN: mínima de 8 HORAS Teoría: 5 horas Práctica: 3 horas<br />

OBJETIVOS:<br />

Que el alumnado sepa manipular y utilizar adecuadamente los elementos de salvamento marítimo.<br />

Que el alumnado reconozca los símbolos pictográficos relativos a la seguridad del buque.<br />

Que el alumnado sepa mantener en condiciones óptimas los elementos que se utilizan en el abandono<br />

del buque.<br />

2. MÓDULO DE FORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD PARA EL PERSONAL EN CONTACTO<br />

DIRECTO CON LOS/AS PASAJEROS/AS EN ESPACIOS A ELLOS/AS DESTINADOS.<br />

DURACIÓN: mínima de 4 HORAS Teoría: 3 horas Práctica: 1 hora<br />

OBJETIVOS:<br />

Familiarizar al alumnado en el empleo de las técnicas y métodos para la lucha contra incendios<br />

Que el alumnado sepa manipular y mantener los distintos dispositivos y elementos que intervienen en la<br />

lucha contra-incendios.<br />

3. MÓDULO DE FORMACIÓN EN CONTROL DE MULTITUDES<br />

DURACIÓN: mínima de 6 HORAS Teoría: 4 horas Práctica: 2 horas<br />

OBJETIVOS:<br />

Que el alumnado sepa aplicar las técnicas de los primeros auxilios, rescate de y evacuación de los heridos<br />

Formar y capacitar al alumnado en el control y liderazgo de los pasajeros en situaciones de emergencia<br />

7<br />

MODALIDAD


4. MÓDULO DE FORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD DE LOS/AS PASAJEROS/AS, LA CARGA E<br />

INTEGRIDAD DEL CASCO<br />

DURACIÓN: mínima de 11 HORAS Teoría: 7 horas Práctica: 4 horas<br />

OBJETIVOS:<br />

Que el alumnado comprenda la importancia de seguir los manuales de trinca de la carga.<br />

Que sepa manipular y utilizar adecuadamente los elementos de trincaje.<br />

Que sepa realizar un mantenimiento correcto de los elementos de trincaje.<br />

Que el alumnado sepa identificar e interpretar los pictogramas y etiquetados de las mercancías<br />

peligrosas.<br />

5. MÓDULO DE FORMACIÓN SOBRE GESTIÓN DE EMERGENCIAS Y COMPORTAMIENTO<br />

HUMANO<br />

DURACIÓN: mínima de 11 HORAS Teoría: 7 horas Práctica:4 horas<br />

OBJETIVOS:<br />

Que el alumnado comprenda la importancia de la realización periódica de los ejercicios de prácticas de<br />

emergencias<br />

Que el alumnado sepa manipular y utilizar adecuadamente los elementos de salvamento marítimo<br />

Que el alumnado sepa realizar y aplicar las técnicas de supervivencia en la mar<br />

Que el alumnado reconozca las diferencias y técnicas de uso de las señales pirotécnicas<br />

8


DOCENTES<br />

Todo el profesorado es titulado de la Marina Mercante y Pesca y esta cualificado para impartir las<br />

materias del curso de Buques RO-RO de pasaje y buques de pasaje distintos a buques RO-RO,<br />

por tanto serán docentes válidos de los diferentes módulos del curso de acuerdo a las necesidades<br />

que se planteen en su desarrollo y planificación. Salvo en el caso del modulo de Primeros Auxilios<br />

que será desarrollado por un licenciado en Medicina o bien por un diplomado universitario en<br />

Enfermería.<br />

La situación de estos docentes respecto del centro será de acuerdo de prestación de servicios. (Se<br />

adjunta convenio de colaboración junto a la solicitud)<br />

Instructor/evaluador principal:<br />

JOSE LUIS COT GONZALEZ DNI. 19.867.488<br />

Patrón de Cabotaje Marina Mercante.<br />

Patrón de Pesca de 1ª clase Litoral.<br />

Formador de Formadores en Seguridad Marítima.<br />

Otro personal docente:<br />

ALBERTO SANCHEZ ROS DNI. 36.544.482<br />

Capitán Marina Mercante.<br />

CARLOS ESTEBAN PEREZ GALVEZ DNI. 22.655.847<br />

Piloto de 1ª clase Marina Mercante.<br />

VICTOR JOSE ARIAS TOMAS DNI. 22.506.633<br />

Piloto de 1ª clase Marina Mercante.<br />

RAMON GARCIA SANJAIME DNI. 21.332.444<br />

Jefe de Maquinas Marina mercante.<br />

MIGUEL MONTESINOS ROIG DNI 19.909.562<br />

Oficial de 1ª de maquinas de Marina mercante.<br />

JOSE GARCIA MURCIA DNI. 22.655.410<br />

Mecánico Naval Mayor Marina Mercante<br />

Mecánico Naval de 1ª clase barcos de Pesca.<br />

Patrón mayor de Cabotaje<br />

Patrón de Pesca de Altura.<br />

FRANCISCO PORRAS ROBLES DNI. 19.877.996<br />

Licenciado en Medicina y Cirugía Universidad de Valencia<br />

Patrón de Pesca de 2ª clase Litoral.<br />

JOSÉ ALISES VALLÉS DNI. 19834717<br />

Diplomado universitario Enfermería Universidad de Valencia<br />

Titulado Superior en Prevención de Riesgos Laborales<br />

(Especialidad Ergonomía e Higiene)<br />

9


MATERIAL DIDÁCTICO<br />

Maletín de FOREM P.V.<br />

Cuaderno.<br />

Material para escritura.<br />

Manual teórico/práctico de la materia a impartir.<br />

Guía del Alumnado.<br />

Documentación didáctica: Programa curricular. Desarrollos Temporales. Diagnóstico, Evaluación,…<br />

Normativa y guías determinada en el programa del curso.<br />

RECURSOS DIDÁCTICOS<br />

EQUIPAMIENTO MATERIAL CLASES TEÓRICAS:<br />

Mesa y sillas para el profesor/a y el alumnado.<br />

Pizarra<br />

Tablón de anuncios<br />

Perchas<br />

Armarios<br />

1 Televisión<br />

1 Reproductor<br />

1 Retroproyector<br />

1 Pantalla de proyección<br />

Planos de buques de pasaje y ro-ro de pasaje.<br />

Muestras de cuadro orgánicos y consignas y señalización de emergencia y seguridad<br />

EQUIPAMIENTO MARTERIAL PRÁCTICAS Y EVALUACIÓN<br />

Dispositivos individuales de salvamento (chalecos y aros salvavidas)<br />

Balsa salvavidas<br />

10


METODOLOGÍA<br />

La metodología propuesta desde FOREM PV, para estos cursos se basará principalmente en<br />

la SIMULACIÓN. Con la puesta en marcha de esta metodología pretendemos desarrollar<br />

habilidades y destrezas reales de un oficio o tareas, de manera que esa visión real del puesto<br />

de trabajo, capacite a los alumnos/as en la realidad cotidiana laboral.<br />

El alumnado aprenderá en un sistema de trabajo simulado, que planteará problemas y<br />

decisiones " reales como la vida misma " y que conseguirá motivarle de una manera superior<br />

a la formación tradicional.<br />

El programa formativo se dividirá en las siguientes FASES:<br />

1. Fase teórica: Consistirá en unificar los conocimientos de los alumnos para alcanzar un nivel<br />

óptimo de trabajo y facilitar la rotación posterior en la etapa de simulación.<br />

2. Fase de simulación: Más extensa que la anterior, en la cual se emulará el puesto de<br />

trabajo. Esta fase formará al alumnado en las cuestiones prácticas del trabajo aprendidas<br />

anteriormente en su formación. Según las características del alumnado se realizará un<br />

programa formativo individualizado, en el cual estos tendrán una rotación por los<br />

diferentes puestos simulados.<br />

Además, a lo largo de la impartición de la acción formativa, se utilizará una<br />

METODOLOGÍA ACTIVA y PARTICIPATIVA en la cual el/la sujeto es el/la protagonista de<br />

su propio proceso de aprendizaje. Las actividades en el aula se basarán en el trabajo<br />

activo por parte del/de la alumno/a, implicando al alumnado en la toma de decisiones<br />

sobre algunos procesos metodológicos, en la evaluación y normas de convivencia.<br />

El proceso de enseñanza-aprendizaje será eminentemente PRÁCTICO, facilitando la<br />

comprensión de los conocimientos teóricos impartidos. Se tratará por tanto de favorecer<br />

que el alumnado aprenda haciendo, dando sentido a los conocimientos teóricos desde el<br />

trabajo individual y grupal.<br />

11


EVALUACIÓN<br />

En el inicio del curso, el/la formador/a realizará una valoración del nivel de conocimientos<br />

del que parten los/as alumnos/as. Se servirá para ello de una "Prueba diagnóstica" que<br />

incluye preguntas básicas relacionadas con los objetivos y contenidos del curso. De este<br />

modo, se conocerán sus expectativas y se adaptará el programa al perfil de los/as<br />

participantes.<br />

Durante el curso, el profesorado llevará a cabo una evaluación de proceso en la que<br />

valorará el rendimiento y las posibles dificultades de los/as alumnos/as, resolviéndolas en<br />

el momento de su aparición y evitando posibles estancamientos durante el curso. El<br />

alumnado conocerá esta información acerca de su desarrollo del proceso formativo.<br />

Al finalizar el curso, se realizará, asimismo una evaluación sumativa, en tanto que certificará<br />

los resultados finales del alumnado en el curso. Este sistema evaluativo permite emitir, un<br />

juicio de valor lo más objetivo posible, expidiendo a los/as alumnos/as con valoraciones<br />

positivas un Certificado de Aprovechamiento.<br />

12


LUGAR DE IMPARTICIÓN<br />

La impartición se realizará en el centro FOREM PV sito en la calle Convento Carmelitas, 1<br />

de Valencia. Este centro dispone dotaciones homologadas por la Conselleria de Empleo<br />

para la impartición de acciones formativas. Además, el sistema de gestión de la calidad<br />

desarrollado e implantado en nuestra Fundación ha sido reconocido por la Asociación<br />

Española de Normalización y Certificación (AENOR), expidiendo el 28 de octubre de 2003<br />

la CERTIFICACION, conforme a las exigencias de la Norma Española UNE-EN ISO<br />

9001:2000, Sistemas de Gestión de Calidad, renovándose la certificación a la actual Norma<br />

ISO 9001:2008, para la "Impartición de acciones formativas de Formación Ocupacional Y<br />

Formación Continua", cuenta con la infraestructura completa y adecuada de aulas y<br />

despachos necesaria para la impartición de los cursos propuestos, ofreciendo las medidas<br />

de seguridad reglamentarias: salida de emergencia y extintores. Las condiciones<br />

higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad desarrolladas en el local atienden a la<br />

normativa vigente.<br />

El centro está situado en el núcleo de la población, siendo accesible a través de diversos<br />

medios de comunicación públicos (tren y autobús).<br />

El centro dispone de:<br />

Secretaría, despachos de dirección y sala de profesores y actividades de coordinación, de<br />

superficie adecuada a la capacidad del mismo.<br />

Dotación telemática y de reprografía:<br />

- Líneas ADSL para comunicaciones telemáticas<br />

- Fax<br />

- Líneas telefónicas<br />

- Fotocopiadora capaz de realizar ampliaciones y reducciones.<br />

Aseos y servicios higiénico-sanitarios en número adecuado a la capacidad del centro.<br />

La Fundación garantiza que en el caso de que la acción formativa se impartiese en un aula<br />

externa a las propias de FOREM-PV está cumplirá con los requisitos arriba mencionados, ya<br />

que todo Centro que colabora con la Fundación es sometido a un proceso de<br />

HOMOLOGACIÓN interno sujeto a una auditoría, cuyos resultados son validados documental<br />

e informáticamente.<br />

13


Las características de las aulas existentes en este centro son las siguientes:<br />

AULAS TEÓRICAS<br />

Aulas 1, 2, 3 en la primera planta y 1, 2 en la segunda planta.<br />

Superficie: más de 2 m2 por alumno/a: 30,28 m2, 33,22m2, 54,92 m2, 64,22 m2, 45,17 m2 respectivamente.<br />

Mobiliario: estará equipada con mobiliario docente para 15 plazas, además de los elementos auxiliares; un<br />

tablón de anuncios, una percha, una papelera y un armario.<br />

Iluminación: uniforme de 250 a 350 lux.<br />

Ventilación: natural y/o artificial.<br />

AULAS PRÁCTICAS: Aula taller polivalente informática/ordenografía.<br />

Aulas: 1,2 Informáticas en la segunda planta<br />

Superficie: más de 2 m2 por alumno/a: 64,22 m2 y 46,43 m2 respectivamente.<br />

Mobiliario: mesas para ordenador, mesas para impresoras, sillas para alumnos/as y mesa y silla para el/la<br />

docente y un armario.<br />

Acondicionamiento eléctrico: cumple las normas de baja tensión y está preparado de forma que permita la<br />

realización de las prácticas.<br />

Zona equipada como oficina: 2 estanterías, armarios, 5 archivadores, 1 módem, 15 agendas, 1 agenda<br />

electrónica y documentación adeministrativa, útiles y material de oficina diverso.<br />

Instalación de climatización: calefacción-refrigeración.<br />

Iluminación: uniforme de 250 a 350 lux.<br />

Condiciones ambientales: en torno a 20º C.<br />

HOMOLOGACIONES<br />

Centro homologado por Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo para la impartición de la<br />

Formación Profesional Ocupacional. Dispone también de las homologaciones siguientes:<br />

ACCION FORMATIVA<br />

VIGENCIA DE LA HOMOLOGACIÓN ENTIDAD ACREDITATIVA<br />

Prevención de Riesgos Laborales DEFINITIVA Conselleria de<br />

14<br />

Economía, Hacienda y<br />

Empleo


_ --:-:--<br />

/',;5,- l<br />

/t, ii5.' i<br />

/; ; ;i,./<br />

i qBs- i!^-q/<br />

'<br />

"'É3/<br />

ñ<br />

l,l<br />

r*i<br />

t"¡<br />

EI<br />

i f I<br />

l;l<br />

;<br />

F<br />

i<br />

!<br />

".*nóÉl<br />

ii:l: l: i<br />

: i.is F¡ =<br />

I<br />

¡<br />

,r i s ¡ ¡ ¡ ?<br />

¡e:lÉlr?<br />

úl ¡:'F<br />

;i<br />

E f<br />

3<br />

,,,, ¡Í \'<br />

!<br />

¿<br />

E<br />

¡ill:8,<br />

¡i<br />

',<br />

r5<br />

::<br />

E'<br />

3!<br />

3<br />

:<br />

.<br />

E<br />

EE


é<br />

F<br />

F-<br />

¡<br />

$<br />

ü "-9 É.',;'i<br />

q s<br />

:<br />

¡ ! * Í<br />

!! ,\<br />

i t á<br />

E<br />

I E<br />

l<br />

I I<br />

¡ :<br />

!<br />

¡<br />

i<br />

T<br />

5<br />

z<br />

! g<br />

E<br />

e<br />

p<br />

li<br />

!r<br />

.gí<br />

3!<br />

¡!<br />

9<br />

É<br />

ó


MEMORIA FOREM PV<br />

FORMACIÓN MARINA<br />

PROPUESTA FORMATIVA<br />

Nuestra propuesta formativa se diseña pensando en las<br />

necesidades presentes y futuras de los trabajadores y<br />

trabajadoras, adaptada a la realidad del mercado<br />

laboral de la Comunidad Valenciana.<br />

Somos conscientes de que la formación es un<br />

instrumento esencial:<br />

Garantiza la formación a lo largo de la vida ante los<br />

continuos cambios producidos por las innovaciones<br />

tecnológicas.<br />

Amplia las competencias y cualificaciones de las<br />

personas participantes en las acciones formativas.<br />

Mejora la competitividad de las empresas dentro del<br />

mercado.<br />

Para más información consulte<br />

nuestra página web<br />

www.forempv.ccoo.es


Índice<br />

1. FOREM PV.....................................................................................................................1<br />

2. EXPERIENCIA EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN<br />

EN EL ÁMBITO DEL MAR.............................................................................................. 4<br />

3. EXPERIENCIA EN MATERIA DE FORMACIÓN MARINA<br />

Y DE IMPARTICIÓN DE CURSOS ESPECIALIZADOS.................................................. 5<br />

4. CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO FORMATIVO.................................................... 10


FOREM PV<br />

En la actualidad FOREM P.V. es un proyecto consolidado en la Comunidad<br />

Valenciana que ofrece cobertura formativa a las empresas en cualquier lugar de la<br />

geografía nacional. Nuestra fundación, promovida por CCOO PV, se constituye<br />

como herramienta técnica de formación profesional ocupacional y continua. Entre<br />

sus actividades destaca la gestión de planes de formación estatales y autonómicos<br />

en todos los sectores económicos; el desarrollo de contratos programa financiados<br />

por el Servicio Valenciano de Empleo; la reflexión desde la investigación en la<br />

formación profesional. Todo ello nos ha permitido situarnos en una posición de<br />

privilegio para ofrecer respuestas a las necesidades de formación en las empresas.<br />

Los objetivos de nuestra fundación son:<br />

Facilitar la inserción sociolaboral de aquellos grupos de personas con<br />

mayores dificultades para encontrar trabajo, como pueden ser los jóvenes<br />

en busca del primer empleo, parados de larga duración, colectivos en<br />

barrios de acción preferente, mujeres, discapacitados/as, emigrantes,<br />

minorías étnicas, etc.<br />

Potenciar la formación profesional continua de los/as trabajadores/as en<br />

activo, que posibilite la adecuación a nuevos empleos y nuevos<br />

requerimientos de cualificación producidos por los cambios tecnológicos o<br />

de organización del trabajo con especial énfasis en atender las necesidades<br />

de los/as trabajadores/as de las PYMES.<br />

Ayudar y fomentar la economía social mediante la formación de los socios y<br />

trabajadores/as de cooperativas, SALES, y trabajadores/as autónomos/as,<br />

etc.<br />

Desarrollar programas educativos básicos dirigidos a personas adultas que<br />

complementen las carencias formativas elementales y que posibiliten una<br />

mayor integración social y laboral de los afectados/as.<br />

Completar la formación con otras actividades que capaciten tanto al<br />

1


personal parado como ocupado a afrontar retos técnicos y laborales del<br />

Mercado Único participando en programas e iniciativas comunitarias.<br />

Dar respuesta a demandas puntuales de formación en las empresas a través<br />

de diferentes modalidades y programas.<br />

Consolidar el propio proyecto a través de una actualización constante de<br />

las competencias del personal formador de FOREM PV y de quienes sean<br />

su soporte administrativo.<br />

Para conseguir estas finalidades, la intervención de FOREM PV se concreta<br />

en el diseño, desarrollo y evaluación de proyectos de: Formación<br />

profesional ocupacional e inserción laboral de los/as desempleados/as.<br />

Formación continua de los/as trabajadores/as en activo e Iniciativas y<br />

Programas Comunitarios.<br />

En cuanto al volumen de la actividad formativa, podemos establecerlo desde dos<br />

indicadores: económicos y de actividad formativa desarrollada a lo largo de los<br />

últimos años.<br />

Presupuesto destinado a la Formación:<br />

Año 2005: 7.925.203,44 €<br />

Año 2006: 8.564.652,03 €<br />

Año 2007: 10.188.847,29 €<br />

Año 2008: 11.917.939,60€<br />

Año 2009: 11.565.063,98€<br />

Indicadores de la formación desarrollada:<br />

Año 2005 2006 2007 2008 2009<br />

Nº de actividades 1.123 1.268 1.369 1.643 1.618<br />

Nº horas 75.833 93.278 84.570 107.141 105.218<br />

Nº de alumnos/as 17.938 20.284 22.870 25.982 25.160<br />

2


FOREM PV cuenta en la actualidad con un total de 32 centros de formación<br />

propios, lo que supone una red importante de infraestructuras destinadas a la<br />

formación de trabajadores y trabajadoras. Además, se firman Cesiones de<br />

Derechos de uso con otros organismos e instituciones: Ayuntamientos, Institutos,<br />

Colegios, Universidades, Residencias,...<br />

Nuestro ámbito de actuación es el de la Comunidad Valenciana disponiendo de<br />

una red propia de centros a lo largo de las diferentes comarcas y de carácter<br />

multisectorial, puesto que se trata de una oferta formativa especializada en la<br />

mayoría de sectores y que tanto desde la Formación Ocupacional como desde la<br />

Formación Continua se dirige al acceso y capacitación en los diversos sectores de<br />

actividad que configuran el tejido empresarial. Por otra parte, los recursos<br />

didácticos son en muchos casos móviles a fin de posibilitar su desplazamiento a<br />

diferentes lugares, de acuerdo con las programaciones preestablecidas, esto<br />

permite mantener una oferta diversa y atender con eficacia la concurrencia de<br />

necesidades prioritarias. La red FOREM nos permite también ofrecer formación en<br />

el ámbito nacional. Somos conscientes de que la confianza que se deposita en<br />

nuestra organización requiere respuestas integrales.<br />

El nivel de calidad viene marcado por la satisfacción del Cliente y por el enfoque<br />

idóneo a sus necesidades formativas<br />

para alcanzar la competitividad y el<br />

conocimiento. La calidad que FOREM<br />

PV. ofrece está avalada por la<br />

certificación de la Fundación en la<br />

norma UNE-EN ISO 9001:2008, con<br />

número de registro de empresa ER-<br />

1691/2003.<br />

Además, el desarrollo de proyectos e iniciativas europeas otorgan un<br />

carácter transnacional al ámbito de actuación de CCOO PV y FOREM P.V.<br />

3


EXPERIENCIA EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN EL<br />

ÁMBITO DEL MAR<br />

FOREM PV cuenta con una extensa experiencia en la participación y desarrollo de<br />

proyectos de investigación. Estos proyectos incluyen estudios, análisis y<br />

elaboración de herramientas de diversa índole, pero llevados a cabo con el<br />

objetivo común de servir de apoyo a la formación y orientación de los/as<br />

trabajadores/as y empresas, tanto del País Valenciano como del resto del territorio<br />

nacional. Entre los proyectos al sector del mar se encuentran:<br />

MARITIM: Análisis económico, ocupacional y mapa formativo del sector de<br />

actividades anexas al transporte marítimo en el estado español. Solicita FOREM<br />

PV. Financia la Fundación Tripartita.<br />

ALFARO: Estructuración y descripción de la formación continua impartida en el<br />

sector de manipulación y depósito de mercancías y otras actividades anexas al<br />

transporte marítimo en el ámbito de estiba y desestiba. Solicita FOREM PV.<br />

Ámbito estatal. Financia la Fundación Tripartita. Este estudio ofrece una<br />

tipificación de las acciones formativas que se están desarrollando en el sector.<br />

PORTOMAR: Producto Formativo para el Transporte de Mercancías Peligrosas Por<br />

Mar. FOREMPV. Financia Fundación Tripartita. Producto formativo para utilizar en<br />

los cursos de formación continua dirigidos a trabajadores y trabajadoras de<br />

empresas transitarías, estibadoras, consignatarias y navieras en el territorio<br />

español, en torno a la gestión del transporte de mercancías peligrosas por mar.<br />

4


EXPERIENCIA EN MATERIA DE FORMACIÓN MARINA Y DE<br />

IMPARTICIÓN DE CURSOS ESPECIALIZADOS<br />

El constante acercamiento al sector que los estudios de investigación realizados<br />

nos han proporcionado a las problemáticas y necesidades de formación del sector,<br />

así como la experiencia previa, a lo largo de sucesivas convocatorias, en formación<br />

transversal (logística, ofimática, gestión de recursos humanos, idiomas: inglés) a<br />

colectivos de este sector, nos animó durante la convocatoria de formación 2010 a<br />

ofertar y gestionar, mediante subcontratación de entidades homologadas, cursos<br />

especializados de formación marina. Es también la razón por la cual solicitamos<br />

ahora el ser centro homologado para llevar a cabo cursos de Formación Básica y<br />

de Buques RO-RO y de buques de pasaje distintos a buques RO-RO y por la que<br />

hemos homologado, en el pasado mes de diciembre, frente a la Conselleria de<br />

Agricultura y Pesca de Valencia el curso de Marinero Pescador. El objetivo es dar<br />

respuesta a la formación demanda, pero también colaborar mediante esta<br />

formación en el aseguramiento de unas condiciones de seguridad y prevención<br />

adecuadas a las exigencias específicas de estas ocupaciones.<br />

Se relacionan a continuación los contenidos, duración y modalidad de impartición<br />

de los cursos especializados en el ámbito marino que FOREM PV ha gestionado<br />

durante la convocatoria 2010 e inicio de 2011. Estos cursos han sido desarrollados<br />

por la entidad PAXCOL Escuela Náutica y son los siguientes:<br />

Marinero/Pescador<br />

Patrón Navegación Básico<br />

Así mismo, se subcontrato a la entidad SALVACON para la impartición del curso:<br />

Operador restringido SMSSM<br />

5


MODALIDAD<br />

Presencial<br />

DURACIÓN<br />

50 horas. 20 Teóricas. 30 Prácticas<br />

CONOCIMIENTOS TEÓRICO-PRÁCTICOS<br />

MARINERO/A PESCADOR<br />

1. Concepto, conocimiento y denominación de los diferentes elementos y equipos del buque.<br />

Definición de buque, dimensiones principales, ligera descripción de su estructura. Cubiertas y<br />

bodegas. Obra viva y obra muerta. Calados, elementos fijos y móviles. Caballería: jarcia firme y de<br />

labor. Anclas, rezones, cadenas y cables. Operaciones con cabos y alambres: nudos, gazas, ayustes<br />

y costuras.<br />

2. Gobierno del buque, servicios de vigía y guardia. Utilización de compases magnéticos y<br />

girocompás. Órdenes al timonel. Deberes del vigía. Nociones sobre el Reglamento Internacional de<br />

Señales (señales acústicas, luces y otros objetos).<br />

3. Operaciones de carga y descarga. Movimiento de pesos a bordo. Embarque, desembarque y<br />

estiba de pescado, pertrechos y provisiones.<br />

4. Maniobras del buque en el puerto. Manejo de chigres y maquinillas. Dar y largar amarras. Abozar<br />

cabos y estachas. Encapillar y desencapillar cabos y estachas en norays o bitas. Maniobras básicas<br />

de atraque, desatraque, fondeo y remolque. Expresiones comunes utilizadas durante las maniobras.<br />

5. Operaciones de mantenimiento a bordo. Mantenimiento del buque: rascado y pintado de<br />

superestructuras y equipos de cubierta.<br />

6. Seguridad y salud en las faenas de la pesca. Clases de buques pesqueros.<br />

7. Manipulación y conservación de los productos de la pesca y la acuicultura. (Se eximirá de este<br />

apartado a quien posea el Certificado de Manipulador de Alimentos expedido por la comunidad<br />

autónoma competente).<br />

8. Protección del medio marino y sus recursos.<br />

6


MODALIDAD<br />

Presencial<br />

DURACIÓN<br />

18 Horas. 4 Teóricas. 14 Prácticas<br />

CONOCIMIENTOS TEÓRICO-PRÁCTICOS<br />

1. Nomenclatura náutica<br />

2. Seguridad en el mar<br />

3. Navegación<br />

4. Balizamiento<br />

5. Reglamento de abordajes<br />

6. Legislación<br />

7. Radiocomunicaciones<br />

8. Prácticas básicas de seguridad y navegación<br />

9. Prácticas básicas de radiocomunicaciones<br />

PATRÓN NAVEGACIÓN BÁSICO<br />

7


MODALIDAD<br />

Presencial<br />

DURACIÓN<br />

40 Horas. 15 Teóricas. 25 Prácticas<br />

CONOCIMIENTOS TEÓRICO-PRÁCTICOS<br />

OPERADOR RESTRINGIDO SMSSM<br />

1. Los principios generales y las características básicas del servicio móvil marítimo.<br />

2. Conocimientos prácticos y habilitación del equipo básico de la estación de un barco. Conocimientos<br />

básicos de los equipos de una estación en un barco. Llamada Selectiva Digital (LSD)<br />

3. Procedimientos operacionales y operación detallada de la práctica de los sistemas smssm y sus<br />

subsistemas. Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima. NAVTEX. Radiobalizas de socorro<br />

(RBLS). Respondedor radar de búsqueda y salvamento (SART). Procedimientos de comunicación en el<br />

SMSSM.<br />

4. Capacidades y procedimientos operacionales para las comunicaciones generales.<br />

5. Muestra de equipos<br />

6. Construcción de antena de emergencia.<br />

7. Envío y recepción de llamadas de socorro, urgencia y seguridad con cada uno de los equipos del<br />

SMSSM de la zona A-1<br />

8. Composición TX MSG en equipos DSC.<br />

9. Composición TX en distintos tipos de comunicaciones.<br />

10. Manejo de equipo NAVTEX.<br />

11. Visualización y manejo de distintos tipos de documentos de radio y cumplimentación.<br />

12. Manejo de nomenclaturas.<br />

13. Manejo de manuales de los principales equipos del SMSSM de la zona A-1 y comprensión de<br />

abreviaturas y términos.<br />

14. Demostración de chequeo de equipos.<br />

15. Realización de todo tipo de llamadas con DSC VHF.<br />

16. Realización de llamadas en VHF empleando inglés normalizado OMI.<br />

8


CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO FORMATIVO<br />

Metodología activa- participativa<br />

Cuidamos al máximo los aspectos metodológicos de los cursos porque creemos que la forma<br />

mediante la cual las personas aprenden es tan importante o más que los propios contenidos.<br />

Un proceso activo y participativo de enseñanza y aprendizaje garantiza una mayor y mejor<br />

asimilación de los contenidos.<br />

Tratamiento personalizado<br />

Lo importante para nuestra Fundación es la formación personalizada, los protagonistas son<br />

nuestros propios alumnos y alumnas, de modo que la enseñanza se adaptará a la<br />

heterogeneidad del grupo partiendo siempre del nivel de competencias y conocimientos<br />

previos del alumnado.<br />

Materiales didácticos<br />

Durante los cursos se les ofrece un material didáctico de calidad fundamental para el<br />

desarrollo de los conocimientos técnicos. Garantizamos el uso de materiales didácticos, en<br />

cantidad y calidad suficiente para la óptima y eficaz ejecución del mismo.<br />

Expertos/as en formación<br />

Los formadores y formadoras de FOREM PV son expertos/as en su materia. Su perfil en<br />

nuestra Fundación unifica una fuerte experiencia profesional con una sólida formación<br />

docente.<br />

Evaluamos la formación que impartimos<br />

La evaluación forma parte indisociable del proceso de formación. El alumnado participa de<br />

manera constante en la evaluación continua de los cursos, lo cual nos permite garantizar una<br />

mejora continua de la calidad.<br />

10


ELABORACIÓN MATERIAL FORMATIVO DETERMINADAS ACTIVIDADES SECTOR DEL MAR

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!