Nuestro derecho de asociación sindical - Luis Emilio Recabarren
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Obstáculo para el <strong>de</strong>sarrollo <strong>sindical</strong> y para el avance <strong>de</strong> los<br />
intereses <strong>de</strong>l mundo laboral radica en orientaciones que,<br />
observando al trabajador como un medio y no como un fin en sí<br />
mismo, fomentan la amplia facultad o arbitrio <strong>de</strong> los<br />
empleadores para <strong>de</strong>spedir libremente.<br />
Y tales criterios económicolaborales operan como invitación al<br />
Estado y a sus organismos para que éstos adopten un mero<br />
papel secundario o <strong>de</strong> espectador frente a las relaciones y<br />
conflictos entre patrones y trabajadores.<br />
Así, impidiendo la libre asociación y la <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong> <strong><strong>de</strong>recho</strong>s<br />
laborales, se conserva intacta como herramienta clave <strong>de</strong>l<br />
neoliberalismo (neoconservadurismo), el libre <strong>de</strong>spido<br />
(flexibilidad) por antojo patronal, cobijado en el artículo 161 <strong>de</strong>l<br />
Código <strong>de</strong>l trabajo, y que recientes modificaciones (ley 20.087),<br />
no eliminan.<br />
Hoy, muchos aparecen críticos <strong>de</strong>l neoliberalismo, pero evitan<br />
aludir a quienes lo protegen legal y administrativamente;<br />
también evitan atacar <strong>de</strong>rechamente las medidas que le dan<br />
vida, por ejemplo la citada norma legal; omisión extraña, ya que<br />
se trata <strong>de</strong> conductas y preceptos sin los cuales el<br />
neoconservadurismo no podría existir.