11.11.2014 Views

Nuevo Contrato Marco - Actinver

Nuevo Contrato Marco - Actinver

Nuevo Contrato Marco - Actinver

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

V5.1013<br />

<strong>Contrato</strong> <strong>Marco</strong> de Productos y Servicios Bancarios Múltiples<br />

RECA: 1627-437-000140/12-22625-1113<br />

Banco<br />

<strong>Contrato</strong> <strong>Marco</strong> de Productos y Servicios Bancarios Múltiples (en lo sucesivo, el “<strong>Contrato</strong>”) que suscriben, por una parte, la(s) persona(s) cuyo(s) nombre(s), denominación<br />

o razón social aparece(n) en la Carátula de este <strong>Contrato</strong> (en lo sucesivo denominados indistintamente en lo individual y/o en conjunto como, el “Cliente”) y, por la otra,<br />

Banco <strong>Actinver</strong>, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero <strong>Actinver</strong> (en lo sucesivo, el “Banco”), de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas,<br />

considerando los términos definidos contenidos en este <strong>Contrato</strong>, y en especial, los términos definidos contenidos en la Cláusula Primera de este <strong>Contrato</strong>:<br />

Declaraciones<br />

I. Declara el Banco bajo protesta de decir verdad y por conducto de sus representantes,<br />

que:<br />

a) Es una sociedad anónima constituida y existente de conformidad con las<br />

leyes de los Estados Unidos Mexicanos (en lo sucesivo, “México”, según el<br />

contexto lo requiera) y se encuentra autorizada por la Secretaría de Hacienda<br />

y Crédito Público para operar como una institución de banca múltiple y<br />

prestar los servicios a que se refiere el artículo 46 de la Ley de Instituciones<br />

de Crédito, según consta en la escritura pública número 69,375, de fecha<br />

15 de noviembre de 2006, otorgada ante la fe del licenciado F. Javier<br />

Gutiérrez Silva, titular de la notaría pública número 147 del Distrito Federal,<br />

cuyo primer testimonio se encuentra inscrito en el Registro Público de<br />

Comercio del Distrito Federal, en el folio mercantil número 357,980, el 8 de<br />

enero de 2007, y conforme a la escritura pública número 35,694 de fecha<br />

1º de marzo de 2010, otorgada ante la fe del licenciado Héctor Cárdenas<br />

Villareal, titular de la notaría pública número 201 del Distrito Federal, cuyo<br />

primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio<br />

del Distrito Federal, en el folio mercantil número 357,980, mediante la<br />

cual consta su cambio de denominación social por Banco <strong>Actinver</strong>, S.A.,<br />

Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero <strong>Actinver</strong>.<br />

b) Sus representantes cuentan con las facultades necesarias para celebrar el<br />

presente <strong>Contrato</strong> y obligarse en los términos del mismo en representación<br />

del Banco, las cuales a la fecha no les han sido revocadas, limitadas o<br />

modificadas en forma alguna.<br />

c) Que los Ejecutivos de Cuenta y/o Promotores de su representada, quienes<br />

efectuarán las operaciones relacionadas con las instrucciones del Cliente,<br />

se encuentran debidamente autorizados por la Comisión Nacional Bancaria<br />

y de Valores para realizar las operaciones objeto del presente <strong>Contrato</strong>.<br />

d) Que es distribuidor integral de Operadora <strong>Actinver</strong>, S.A. de C.V., Sociedad<br />

Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero <strong>Actinver</strong>, en virtud<br />

de lo cual está en aptitud para realizar operaciones sobre las acciones de<br />

todas las sociedades de inversión administradas por dicha operadora de<br />

fondos.<br />

II. Declara el Cliente, bajo protesta de decir verdad, que:<br />

a) La información y datos de identificación proporcionada al Banco en el<br />

documento denominado Carátula del <strong>Contrato</strong> <strong>Marco</strong> de Productos y<br />

Servicios Bancarios Múltiples (en lo sucesivo, la “Carátula”) y/o, en su<br />

caso, en las Condiciones Específicas, así como aquella documentación<br />

entregada al Banco de cualquier forma, es cierta en todos sus aspectos de<br />

importancia por lo que tanto la Carátula y/o, en su caso, las Condiciones<br />

Específicas formarán parte integrante de este <strong>Contrato</strong> para todos los<br />

efectos legales que haya lugar.<br />

b) Es su deseo contratar los productos y servicios que se señalan en este<br />

<strong>Contrato</strong>.<br />

c) Los recursos que destine para la celebración de las operaciones objeto de<br />

este <strong>Contrato</strong> provienen, y en todo momento provendrán de actividades<br />

lícitas, y que ha señalado en la Carátula, el número, periodicidad y montos<br />

estimados de operaciones a fin de que el Banco pueda determinar la<br />

transaccionalidad del Cliente en términos de las disposiciones legales<br />

aplicables.<br />

d) Conoce el contenido y las consecuencias jurídicas de las disposiciones<br />

legales que se encuentren vigentes en cualquier momento y que<br />

sean aplicables al Banco y al Cliente conforme a, derivado de, o como<br />

consecuencia de este <strong>Contrato</strong>.<br />

e) Que reconoce expresamente que por la naturaleza de las inversiones<br />

en el mercado de valores, incluso aquellas realizadas en acciones de<br />

sociedades de inversión, no es posible asegurar rendimiento alguno<br />

ni garantizar tasas distintas a las que se obligan a cubrir los emisores,<br />

estando sus inversiones sujetas, por tanto, a pérdidas o ganancias,<br />

debidas en lo general a las fluctuaciones del mercado. Cualquier<br />

rendimiento que se garantice, no importando el medio, se tendrá por<br />

inexistente, salvo tratándose de operaciones de reporto y préstamo.<br />

f) Que reconoce que para los efectos de este contrato, ha manifestado<br />

al Banco el nivel de riesgo que está dispuesto a asumir, el cual se irá<br />

actualizando de acuerdo con las operaciones que realice al amparo del<br />

presente contrato.<br />

g) Que otorga su consentimiento para que la Comisión Nacional Bancaria<br />

y de Valores investigue actos o hechos que contravengan lo previsto en<br />

dicha Ley, para lo cual le podrá practicar visitas de inspección que versen<br />

sobre tales actos o hechos, así como emplazarlo, requerirle información<br />

que pueda contribuir al adecuado desarrollo de la investigación y tomar<br />

su declaración en relación con dichos actos.<br />

Exclusivo para personas físicas:<br />

h) No es una Persona Políticamente Expuesta, y que en caso de que fuese<br />

una Persona Políticamente Expuesta a la celebración del <strong>Contrato</strong> llenará<br />

y firmará los formatos que le sean proporcionados por el Banco; o bien,<br />

en caso de que no lo fuera a la celebración del <strong>Contrato</strong> y llegase a serlo<br />

en el futuro, o lo hubiese sido durante el año anterior a aquél en que se<br />

celebre este <strong>Contrato</strong> informará y notificará por escrito al Banco de dicha<br />

circunstancia de forma inmediata y procederá a llenar y firmar los formatos<br />

que le sean proporcionados por el Banco, como ya quedó antes señalado.<br />

Para los efectos de este <strong>Contrato</strong>, “Persona Políticamente Expuesta”<br />

significa cualquier persona que desempeñe o haya desempeñado<br />

funciones públicas destacadas en un país extranjero o en territorio<br />

nacional, considerando, entre otros, a los jefes de estado o de gobierno,<br />

líderes políticos, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta<br />

jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios o miembros<br />

importantes de partidos políticos. Se asimilan a dichas personas, el cónyuge,<br />

la concubina, el concubinario y las personas con las que mantengan<br />

parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así<br />

como las personas morales en las que la Persona Políticamente Expuesta<br />

mantenga vínculos patrimoniales.<br />

Exclusivo para personas morales:<br />

i) Declara el Cliente por conducto de su(s) representantes(s) que (i) es una<br />

persona moral constituida y existente conforme a las leyes de México o, en<br />

su caso, conforme a las leyes del país en donde el Cliente se constituyó; y (ii)<br />

su(s) representante(s) cuenta(n) con las facultades necesarias y suficientes<br />

para celebrar el presente <strong>Contrato</strong> y para obligarla en todos sus términos en<br />

su representación, las cuales a la fecha no les han sido revocadas, limitadas<br />

o modificadas en forma alguna.<br />

III. Declaran ambas partes:<br />

a) Que en caso de resultar Prestatario derivado de la celebración de un<br />

contrato de apertura de crédito para la adquisición y venta de acciones o<br />

de Préstamo de Valores o de cualquier otra que requiera ser garantizada y<br />

estar obligado a constituir garantías sobre Valores, desea constituir Prenda<br />

Bursátil en los términos establecidos en el presente <strong>Contrato</strong> u otro tipo<br />

de garantía que se encuentre autorizada por las disposiciones legales<br />

aplicables y pactada en documento por separado entre las partes sobre<br />

los Activos Elegibles, en favor del Acreedor de la garantía sobre Valores.<br />

b) Ser el legítimo propietario o tener la facultad de disponer de todos y<br />

cualquier Activo Elegible que pueda ser otorgado en garantía conforme al<br />

Capítulo XII Bis relativo a la Prenda Bursátil, y, en su caso, dicho Activo<br />

Elegible se encuentra libre de todo gravamen y limitación de dominio.<br />

c) Que es su deseo otorgar en Prenda los Activos Elegibles que se señalen<br />

en el Anexo de este <strong>Contrato</strong> o los que las partes acuerden por escrito (de<br />

3

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!