Reglamento Estudiantil - Universidad El Bosque
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<strong>Reglamento</strong> <strong>Estudiantil</strong> - <strong>Universidad</strong> <strong>El</strong> <strong>Bosque</strong> {13<br />
c. <strong>El</strong> cincuenta por ciento (50%), si la solicitud de reembolso se hace<br />
dentro de los 15 días anteriores a la iniciación de las clases.<br />
Parágrafo. No habrá derecho a reembolso si la solicitud se hace una vez<br />
iniciadas las clases.<br />
ARTÍCULO 12º. DE LAS TRANSFERENCIAS: Se denomina transferencia al<br />
proceso a través del cual la <strong>Universidad</strong> admite a un aspirante proveniente<br />
de otro programa de educación superior debidamente aprobado, para que<br />
pueda continuar sus estudios en un programa del mismo nivel.<br />
<strong>El</strong> estudiante que ingresa por transferencia, deberá cursar en la <strong>Universidad</strong> <strong>El</strong><br />
<strong>Bosque</strong> como mínimo el cincuenta por ciento (50%) del total de los créditos<br />
del programa al cual se inscribe. <strong>El</strong> estudiante que aspire a ingresar por transferencia<br />
no puede haber perdido la calidad de estudiante en la institución de<br />
procedencia, por razones de orden disciplinario.<br />
ARTÍCULO 13º. Del estudio de la transferencia: Corresponde al<br />
Consejo de Facultad realizar el estudio de la solicitud de transferencia y su<br />
concepto deberá remitirse al Consejo Directivo, para la decisión final.<br />
Parágrafo 1º. De los requisitos: Para la realización del estudio de transferencia,<br />
el aspirante deberá anexar la siguiente documentación:<br />
a. Certificado original de las calificaciones obtenidas y créditos de las<br />
asignaturas cursadas en la institución de procedencia.<br />
b. <strong>El</strong> programa y contenido de las asignaturas cursadas, refrendado con<br />
firma y sello por la institución de procedencia.<br />
c. <strong>El</strong> certificado de buena conducta expedido por la autoridad competente<br />
de la institución de procedencia.<br />
d. Solicitud escrita y motivada para que se inicie el proceso de transferencia.<br />
Parágrafo 2º. Quienes aspiren a ingresar por transferencia deberán<br />
realizar su inscripción y anexar la documentación respectiva, durante las<br />
fechas establecidas por cada Facultad.<br />
ARTÍCULO 14º. Del mecanismo de transferencia: <strong>El</strong> proceso de<br />
transferencia se realiza mediante la homologación de asignaturas.<br />
ARTÍCULO 15º. De la homologación: Se entiende por homologación<br />
el acto por el cual la <strong>Universidad</strong> reconoce una asignatura cursada en