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Tu mejor aliado - CRECEmype

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Suplemento Produce<br />

7<br />

socIedad de Garantía recíproca (sGr)<br />

El próximo jugador<br />

en el sistema<br />

financiero<br />

El problema a resolver:<br />

• Las micro y pequeñas empresas<br />

necesitan nuevos,<br />

<strong>mejor</strong>es y versátiles instrumentos<br />

que le permitan sortear<br />

eficazmente las barreras<br />

de acceso al financiamiento<br />

formal.<br />

• La carencia de garantías, la<br />

MIPYME no tiene muchos<br />

“activos” para respaldar sus<br />

créditos.<br />

• Las garantías no son fraccionables<br />

ni divisibles.<br />

• La MIPYME tiene limitaciones<br />

para trasladar sus garantías<br />

entre instituciones del sistema<br />

financiero.<br />

Acciones realizadas:<br />

En un esfuerzo orientado a<br />

reducir los obstáculos de acceso<br />

al financiamiento para las<br />

micro y pequeñas empresas<br />

(MIPYME), el Ministerio de la<br />

Producción (PRODUCE) impulsó<br />

el proyecto de ley que<br />

modificó un artículo de la Ley<br />

de Bancos, que permite crear<br />

este tipo de empresas financieras<br />

denominadas Sociedades<br />

de Garantía<br />

Recíproca (SGR).<br />

• El objeto de las SGR es otorgar<br />

y afianzar garantías a la<br />

MIPYME en sus solicitudes<br />

de crédito en el sistema financiero.<br />

Además pueden<br />

brindar asesoramiento técnico,<br />

económico y financiero<br />

a la MIPYME.<br />

• Estarán supervisadas y reguladas<br />

por la Superintendencia<br />

del sistema financiero<br />

(SBS).<br />

• El reglamento de cómo constituir<br />

una SGR se encuentra<br />

en la página web de la SBS<br />

(www.sbs.gob.pe)<br />

Ventajas<br />

PARA lAS MIPYME<br />

uMayores plazos y montos de créditos (condiciones más competitivas).<br />

uMayor capacidad de negociación en el sistema financiero.<br />

uMovilidad y divisibilidad de sus garantías.<br />

PARA El SISTEMA FINANCIERO<br />

uMayor bancarización.<br />

uMenor riesgo.<br />

uMayor oferta de créditos para la MIPYMe.<br />

PARA lA SGR<br />

uMayor escala de operaciones.<br />

uRápida aceptación de la MIPYMe.<br />

PARA El ESTADO<br />

uApoyo a la MIPYMe en su acceso al financiamiento formal.<br />

uRentabilidad de recursos aportados al fondo de garantía utilizado por las SGR.<br />

cÓmo sacarle el JuGo<br />

La factura<br />

negociable<br />

u PASO 1:<br />

Acuda a una imprenta autorizada por la<br />

SUNAT y solicite la impresión de un talonario<br />

para facturas negociables.<br />

Recuerde que este nuevo talonario lleva<br />

una serie diferenciada.<br />

u PASO 2:<br />

Si realiza una venta al crédito, por ejemplo<br />

mayor a 30 días, y desea hacer uso de<br />

la Factura Negociable, debe informarle al<br />

cliente para que le brinde la información<br />

de la fecha de pago. De lo contrario, se<br />

supondrá que vence a los 30 días de emitido.<br />

Infórmele también que ante cualquier<br />

eventualidad en la entrega del bien<br />

o servicio podrá solicitarle las soluciones<br />

del caso sin que ello desvirtúe el pago de<br />

la factura negociable al tercero.<br />

u PASO 3:<br />

Para trasferir la factura negociable a un<br />

tercero, deberá indicar al reverso del documento<br />

la información que señala la Ley,<br />

como fecha de vencimiento, monto neto a<br />

pagar, fecha y constancia de recepción del<br />

bien o prestación del servicio, entre otros.<br />

u PASO 4:<br />

Cuando cumpla con la entrega del bien o<br />

servicio solicitado, deberá entregar además<br />

una copia de la factura negociable al<br />

cliente.<br />

u PASO 5:<br />

El cliente, una vez reciba el bien y la factura<br />

negociable, deberá colocar su visto bueno<br />

en el casillero correspondiente a recepción<br />

de bienes o servicios. Si el cliente quiere<br />

verificar el contenido de la factura negociable,<br />

se aconseja brindarle una copia.<br />

u PASO 6:<br />

Si luego de ocho días el cliente no ha<br />

manifestado su conformidad o disconformidad,<br />

se presume por Ley que existe una<br />

conformidad implícita del bien o servicio.<br />

Más información: www.crecemype.pe

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