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Costas - Vol. 1 - Programa EcoPlata

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Reflexiones sobre la delimitación de zonas costeras y su contribución al Manejo Integrado Costero: el caso de Santiago de Cuba<br />

Los valores asumidos por las naciones muestran rangos<br />

muy variables (Ver Figura 1). Para no establecer<br />

diferencias entre los términos zonas de protección y<br />

zonas de exclusión, en la representación gráfica, han<br />

sido unificados ambos vocablos quedando definida<br />

la terminología de Zona de Protección- Exclusión<br />

(ZP-E).<br />

Como se aprecia en la Figura 1 algunos países coinciden<br />

en las distancias establecidas en la parte terrestre<br />

como límites de zona costera, ejemplo España,<br />

Portugal y Venezuela con distancias mínimas de<br />

500 metros. Sri Lanka, Dinamarca y Cuba coinciden<br />

en definir longitudes de 300 m.<br />

En Cuba se establece un rango para la delimitación<br />

de la ZC según los tipos de costas con distancias<br />

que oscilan entre los 20 y 300 metros. Costa Rica y<br />

Polonia definen distancias de 200 metros delimitadas<br />

desde la Línea de Marea Alta Promedio (LMAP) para<br />

el primer caso y con medidas que oscilan entre 100<br />

y 200 metros para el segundo caso respectivamente.<br />

Los países analizados que mayores distancias por<br />

tierra tienen definido son China con 10 Kilómetros y<br />

Colombia y Brasil con 2 Kilómetros.<br />

Referido a las longitudes establecidas para la delimitación<br />

de la ZP-E se aprecia que las mismas fluctúan<br />

entre los 5 y los 3000 metros. Aquí al igual que en la<br />

delimitación de la zona costera, algunos países refieren<br />

valores alternativos, tal es el caso de Suecia<br />

(100-300m), Costa Rica (50 a 200 m) y Cuba donde<br />

según el artículo 5.1 del Decreto Ley 212 las distancias<br />

para demarcar la zona de protección oscilan entre<br />

20 y 40 metros de anchura mínima según tipos<br />

de costas.<br />

Como se planteó anteriormente, Venezuela define la<br />

faja terrestre de la zona costera con una distancia<br />

mínima de 500 metros tierra adentro. Dentro de esta<br />

distancia se encuentra el área definida como Dominio<br />

Público Terrestre la cual debe tener un mínimo<br />

de 80 metros. Ambas distancias son demarcadas a<br />

partir de la Línea de Marea Alta Promedio (LMAP).<br />

La zona costera marina es también delimitada en<br />

los países analizados. La figura 2 define los límites<br />

por mar según literatura consultada. De igual forma<br />

estas distancias presentan una gran diversidad de<br />

valores y de criterios en su demarcación, algunos de<br />

los cuales son precisados a partir de las 12 millas<br />

náuticas consideradas como mar territorial. Dentro<br />

de estas naciones se encuentran España, Chile, Brasil,<br />

Uruguay y Colombia. Existen algunos países que<br />

emplean más de un criterio para demarcar la zona<br />

marina, tal es el caso de Colombia que también toma<br />

en consideración la isóbata de 200 metros. En China<br />

es definido el límite marino a partir de los 15 metros<br />

de isóbata de profundidad. (Ver Figura 2).<br />

Venezuela maneja diferentes rangos en los límites<br />

por mar: un mínimo de 3 millas náuticas a partir de la<br />

línea de costa; otro de 6 millas náuticas y el límite<br />

máximo de demarcación referido hasta las 12 millas<br />

náuticas. Otros gestores plantean que en la delimitación<br />

marina de la zona costera venezolana debe ser<br />

incluida la Zona de Exclusión Económica que ocupa<br />

prácticamente todas las aguas territoriales de Venezuela<br />

(Machín 2011).<br />

Portugal define el límite marino tomando como referencia<br />

30 metros de batimétrica. Algunos otros<br />

países establecen las longitudes en kilómetros, con<br />

distancias que oscilan entre los 2 kilómetros desde la<br />

Línea de Marea Baja Promedio (LMBP) como es el<br />

caso de Sri Lanka y los 12 kilómetros desde la Línea<br />

de Marea Alta Promedio (LMAP) como es el caso de<br />

Brasil.<br />

Cuba delimita la zona costera a partir del borde de<br />

la plataforma insular del territorio con profundidades<br />

que pueden oscilar entre 100 y 200 metros<br />

Para delimitar la zona costera en ocasiones es<br />

también empleado el término de zonificación. Este<br />

Figura 2 Límites de zona marina en el ámbito internacional.<br />

<strong>Costas</strong> - <strong>Vol</strong>. 1 - Nº.1 - Julio 2012<br />

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