10.07.2015 Views

Cafeterías (hostelería)

Cafeterías (hostelería)

Cafeterías (hostelería)

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

oletín oficial de la provincia - alicante, 2 septiembre 2009 - n.º 167 44butlletí oficial de la província - alacant, 2 setembre 2009 - n.º 167- 1º máxima puntuación obtenida en el segundo ejerciciode la fase de oposición.- 2º máxima puntuación obtenida en el primer ejerciciode la fase de oposición.- 3º máxima puntuación obtenida en el mérito de laexperiencia.- 4º máxima puntuación obtenida en el mérito delvalenciano.Base novena.Lista de aprobados y propuesta de tribunal.Terminadas las pruebas selectivas, el Tribunal publicarála relación definitiva de aspirantes aprobados, por ordende puntuación alcanzada y con indicación de su documentonacional de identidad, y la elevará, junto con el acta de laúltima sesión, al órgano competente para que éste apruebela pertinente propuesta de nombramiento. El número deaprobados incluidos en la aludida relación no podrá sersuperior al de las plazas convocadas, pero en dicha actadeberá figurar, en su caso, la relación de aspirantes que,habiendo aprobado todos los ejercicios, no hubieren superadoel proceso selectivo.Las puntuaciones obtenidas en la fase de concursosumadas a las de la fase de oposición servirán para decidirqué aspirantes han superado las pruebas selectivas y obtenidoderecho a plaza, teniendo en cuenta, no obstante, quelos puntos obtenidos en la fase de concurso no podránutilizarse para superar los ejercicios de la fase de la oposición.Base décima.Presentación de documentos.1.- El aspirante/s propuesto/s por el tribunal presentaránen el Registro General o en el Servicio de RecursosHumanos y Organización del Ayuntamiento de El Campello,dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partirdel siguiente a la publicación de la relación de aspirantesaprobados en el tablón de edictos del Ayuntamiento, losdocumentos acreditativos de las condiciones exigidas en laconvocatoria de la plaza y los siguientes:a) Certificado de nacimiento expedido por el RegistroCivil correspondiente o D.N.I. original, y en su caso, elNúmero de Identificación Fiscal (NIF) que se presentaráncon el original para su compulsa.b) Certificado acreditativo de poseer la capacidad funcionalpara el desempeño de las funciones de la plaza a laque se aspira.c) Declaración jurada de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario del servicio de cualquier AdministraciónPública, ni hallarse incapacitado, ni en situaciónde incompatibilidad para ocupar la plaza de que se trate.d) Modelo firmado de antecedentes penales.e) En cuanto a las titulaciones, y en su caso permisos deconducir y demás documentos que se exijan en las bases, sepresentará copia autentificada o fotocopia acompañada deloriginal para su compulsa o justificante de haber abonado losderechos para su expedición, sin perjuicio de la justificacióntan pronto como sea posible de la posesión de los títulos,carnets y demás documentación exigida. Si estos documentosfueron expedidos después de la fecha en que expiró elplazo de presentación de instancias, deberá justificarse elmomento en que se terminaron los estudios correspondientes,con fecha anterior al último día de presentación deinstancias.2.- Quien estuviera en la condición de funcionario públicoestará exento de justificar documentalmente las condicionesy requisitos y acreditados para obtener su anteriornombramiento. En todo caso, deberá presentar certificaciónde la Administración Pública de la que dependan justificativade su condición de funcionarios y de que cumplen lasexpresadas condiciones y requisitos y el título académicoexigido en la convocatoria No obstante lo anterior, si en laconvocatoria se exigen condiciones o requisitos que noconstan en su expediente personal, deberán acreditarse enla forma antes señalada.3.- Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos defuerza mayor, debidamente acreditados, no presentara ladocumentación o no reuniera los requisitos exigidos, nopodrá ser nombrado, quedando anuladas y sin efecto todaslas actuaciones anteriores, sin perjuicio de la responsabilidaden que hayan podido incurrir, por haber cometido falsedaden la instancia presentada para tomar parte en lasconvocatorias.En este caso, la Alcaldía-Presidencia formulará propuestaa favor de los aspirantes que, habiendo aprobadotodas las pruebas selectivas, tengan cabida, como consecuenciade la referida anulación.Base undécima.Nombramiento, toma de posesión y prestación de juramentoo promesa.1. Presentada la documentación por los interesados yconsiderada conforme y suficiente por Resolución de Alcaldía,éste efectuará el nombramiento como funcionarios decarrera de los aspirantes propuestos por el tribunal.2. El correspondiente nombramiento será notificado alos interesados, quienes deberán tomar posesión en el plazode veinte días, contados a partir del día siguiente a aquel enque le sea notificado.Quienes, sin causa justificada, no tomen posesión dentrodel plazo señalado, perderán todos los derechos derivadosde la superación de las pruebas selectivas y del subsiguientenombramiento referido.En el acto de toma de posesión, el funcionario nombradodeberá prestar juramento o promesa, de conformidad conla fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979 de 5 de abrily en el artículo 62.1c) de la Ley 7/2007, reguladora delEstatuto Básico del Empleado Público.Base decimotercera.Constitución bolsa de trabajo.La bolsa de trabajo se constituirá con el personal aspiranteque habiendo participado en las presentes pruebasselectivas, hayan superado al menos el primer ejercicio, quepasará a formar parte de la bolsa destinada a cubrir bajas,vacantes o ausencias temporales o contingencias análogasque se produzcan. Dicha bolsa estará vigente hasta laterminación de un nuevo proceso selectivo o constitución debolsa específica.La inclusión en la Bolsa de Trabajo conforme a loseñalado en las presentes Bases no supone la adquisiciónde derecho alguno frente al Ayuntamiento.Los aprobados que rechacen una oferta de empleo,salvo supuestos de Incapacidad Temporal o maternidad ocontrato en activo, pasarán a situarse al final de la lista deaprobados.La renuncia a un puesto de trabajo una vez efectuada lacontratación, cualquiera que sea su causa supondrá laexclusión automática de la bolsa de Trabajo.El Ayuntamiento requerirá mediante notificación fehaciente(vía telefónica acompañada de diligencia del funcionariodel Servicio de Recursos Humanos, fax o telegrama) alos integrantes de la Bolsa cada vez que haya de cubrirse unanecesidad para conocer si están interesados y puedanrealizar las tareas objeto del contrato.El solicitante dispondrá de un plazo de 48 h. parapresentarse ante el Servicio de Recursos Humanos, salvocuando la urgencia de la situación de hecho lo requiera encuyo caso dispondrá de 24 h. En el supuesto de que nocomparezca se entenderá que rechaza la oferta, y se lesituará al final de la lista de aprobados de la Bolsa a la quese refiere la oferta de trabajo, procediéndose a efectuarllamamiento a favor del siguiente candidato.En cuanto al funcionamiento de la bolsa de trabajo sólose guardará la posición en la Bolsa si se rechaza por causajustificada (desempeñar actualmente otro puesto de trabajo,bajas por IT o similares). En el resto de supuesto pasarán asituarse al final de la lista. Sólo en el supuesto de ser llamadopara un contrato o nombramiento por periodo inferior a seismeses, podrá mantener el aspirante su posición en la lista deaprobados.Base decimocuarta.Incidencias.El tribunal queda facultado para realizar los trámitesnecesarios y resolver las incidencias que se produzcan y la

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!