10.07.2015 Views

Guía IRPF 2008

Guía IRPF 2008

Guía IRPF 2008

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DeclaraciónPágina 8F .Regímenes especiales (salvo los regímenes especiales de imputación de rentas inmobiliarias y paratrabajadores desplazados)dad de socio o de empresa miembro de la entidad deque se trate el día de la conclusión del período impositivo,consignando para ello la expresión "Primerdeclarante", "Cónyuge", "Hijo 1º", "Hijo 2º", ..., etc.Casilla 231. Número de identificación fiscal de laentidad.Se consignará en la casilla prevista al efecto el númerode identificación fiscal (NIF) de cada una de las entidadescuyas imputaciones deban incluirse en esteapartado de la declaración.Casilla 232. Criterio de imputación temporal.Se indicará en esta casilla el criterio de imputacióntemporal por el que opta el contribuyente para elcómputo en su declaración del <strong>IRPF</strong> de las imputacionesde cada una de las agrupaciones de interéseconómico o uniones temporales de empresas de lasque sea socio o empresa miembro.A tal efecto, se consignará la clave que en cadacaso corresponda de las dos siguientes:Clave Criterio de imputación temporal1 En el período impositivo siguiente a lafecha en que se produzca el cierre delejercicio de la entidad.2 En la misma fecha en que se produzca elcierre del ejercicio de la entidad.La opción por realizar la imputación temporal enla misma fecha de cierre del ejercicio deberá mantenersedurante, al menos, tres años.Imputaciones de bases imponibles y deduccionesCasilla 233. Base imponible imputada.La base imponible imputada a los socios o miembrosde la entidad será, con carácter general, la que resultede las normas del Impuesto sobre Sociedades, conindependencia de la naturaleza de las rentas de quederive.La imputación se efectuará a las personas o entidadesque ostenten los derechos económicos inherentesa la cualidad de socio o de empresa miembroel día de la conclusión del período impositivo de laentidad sometida a este régimen, en la proporciónque resulte de la escritura de constitución de la mismay, en su defecto, por partes igualesO No olvide hacer constar en la casilla 245 la sumade los importes consignados en todas y cada una delas casillas 233 de este apartado.Casillas 234 a 237. Imputación de deducciones.Las deducciones y bonificaciones a las que tenga derechola entidad se imputarán a los socios en la mismaproporción que la base imponible.Con excepción de la deducción por creación deempleo, de la que, en su caso, se consignará directamenteen la casilla 235 el importe deducible imputado,las imputaciones de las demás deducciones de lacuota se expresarán en términos de bases de cálculo.A partir de dichos datos, el contribuyente habráde determinar el importe que, por cada concepto,proceda deducir de la cuota en su liquidación, paralo cual habrá de atenerse a las normas específicas delImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas encuanto al cálculo y límites de las respectivas deducciones.En particular, los importes de las deducciones aque se refieren las casillas 234 y 235 se trasladarán alos regímenes de deducciones por inversiones y creaciónde empleo que procedan de los recogidos en elanexo C de la declaración, quedando sometidos a laslimitaciones propias de cada uno de ellos.Imputaciones de retenciones e ingresos acuentaCasilla 239. Retenciones e ingresos a cuenta imputados.En esta casilla se consignará el importe imputado porla entidad en concepto de retenciones e ingresos acuenta.O No olvide hacer constar en la casilla 747 la sumade los importes consignados en todas y cada una delas casillas 239 de este apartado.Imputaciones de rentas en el régimen detransparencia fiscal internacionalCumplimentarán este apartado de la declaración loscontribuyentes a quienes resulte de aplicación el régimenespecial de transparencia fiscal internacionalprevisto en el artículo 91 de la Ley del Impuesto.O Importante: los contribuyentes a quienes sea deaplicación este régimen deberán presentar, conjuntamentecon su declaración del <strong>IRPF</strong>, los siguientesdatos y documentos relativos a cada una de las entidadesno residentes en territorio español:a) Nombre o razón social y lugar del domiciliosocial.b) Relación de administradores.c) Balance y cuenta de pérdidas y ganancias.d) Importe de las rentas positivas que debanser imputadas.e) Justificación de los impuestos satisfechosrespecto de la renta positiva imputada.Normas de cumplimentaciónDistinción entre imputaciones correspondientes a diferentesentidades no residentes.Las imputaciones que el contribuyente deba incluiren su base imponible conforme al régimen de transparenciafiscal internacional se reflejarán en esteapartado de la declaración diferenciando las procedentesde cada una de ellas, en el supuesto de tratarsede varias.Hojas adicionales.Cuando deban incluirse en este apartado imputacionescorrespondientes a más de tres entidades, seadjuntarán a la declaración las hojas adicionales quesean necesarias para reflejar los datos relativos a lasimputaciones relativas a todas y cada una de ellas.Para cumplimentar dichas hojas adicionales podránutilizarse simples fotocopias de la página 8 de ladeclaración, debiendo indicarse en la casilla previstaal efecto del impreso original el número de hojas adicionalesque se adjuntan y consignando en la casilla255 la suma de las imputaciones correspondientes ala totalidad de las entidades declaradas.Casilla 250. Contribuyente que debe efectuar laimputación.En declaraciones conjuntas se indicará el miembro dela unidad familiar que deba efectuar la imputaciónde las rentas obtenidas por la entidad no residentede que se trate, consignando para ello la expresión"Primer declarante", "Cónyuge", "Hijo 1º", "Hijo 2º", ....Casilla 251. Denominación de la entidad no residenteparticipada.Se hará constar en esta casilla la denominación o razónsocial de cada una de las entidades no residentescuyas imputaciones deban incluirse en este apartadode la declaración.Casilla 252. Criterio de imputación temporal.Se indicará en esta casilla el criterio de imputacióntemporal por el que opta el contribuyente para elcómputo en su declaración del <strong>IRPF</strong> de las imputacionescorrespondientes a cada una de las entidades.A tal efecto, se consignará la clave que en cadacaso corresponda de las dos siguientes:Clave Criterio de imputación temporal1 En el período impositivo que comprendael día en que la entidad haya concluidosu ejercicio social, que a estos efectos nopodrá entenderse de duración superiora 12 meses.2 En el período impositivo que comprendael día en que se aprueben las cuentascorrespondientes a dicho ejercicio,siempre que no hubieran transcurridomás de 6 meses, contados a partir de lafecha de conclusión del mismo.Casilla 253. Importe de la imputación.Se hará constar en esta casilla el importe de la imputacióncorrespondiente a cada una de las entidadesno residentes por las que proceda la aplicación deeste régimen especial.Dicho importe será el que resulte de la aplicaciónde las reglas establecidas en el artículo 91 de la Leydel Impuesto.O No olvide hacer constar en la casilla 255 la sumade los importes consignados en todas y cada una delas casillas 253 de este apartado.Imputación de rentas por la cesión de derechosde imagenCumplimentarán este apartado de la declaración loscontribuyentes a quienes resulte aplicable el régimenespecial de imputación de rentas por la cesión de derechosde imagen establecido en el artículo 92 de laLey del Impuesto.Casilla 260. Contribuyente que debe efectuar laimputación como consecuencia de la cesión delderecho de imagen.En declaraciones conjuntas se indicará en esta casillael miembro de la unidad familiar que deba efectuarla imputación como consecuencia de la aplicaciónde este régimen especial, consignando para ello laexpresión "Primer declarante", "Cónyuge", "Hijo 1º","Hijo 2º", ..., etc.Casilla 261. Persona o entidad primera cesionariade los derechos de imagen.Se consignará el número de identificación fiscal (NIF),si se trata de una persona o entidad residente en territorioespañol, o la denominación o razón social, enotro caso, de la persona o entidad a que se refiere laletra a) del apartado 1 del artículo 92 de la Ley delImpuesto.Casilla 262. Persona o entidad con la que el contribuyentemantiene la relación laboral.Se consignará el número de identificación fiscal, sise trata de una persona o entidad residente en territorioespañol, o la denominación o razón social, enotro caso, de la persona o entidad a que se refiere laletra b) del apartado 1 del artículo 92 de la Ley delImpuesto.Casilla 265. Cantidad a imputar.La cantidad a imputar que deberá hacerse constar enesta casilla será la establecida en el apartado 3 del artículo92 de la Ley del Impuesto.PÁGINA 39Sigue

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!