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Guía IRPF 2008

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DeclaraciónAnexo ADeducción por inversión en vivienda habitual– Las obras que impliquen una reforma del interiorde la vivienda.– La modificación de elementos comunes del edificioque sirvan de paso necesario entre la vía públicay la finca urbana, tales como escaleras, ascensores,pasillos, portales o cualquier otro elemento arquitectónico.– Las necesarias para la aplicación de dispositivoselectrónicos que sirvan para superar barreras de comunicaciónsensorial o de promoción de la seguridad.Requisito de carácter general.Las obras e instalaciones de adecuación deberán sercalificadas como necesarias para la accesibilidad y comunicaciónsensorial que facilite en cada caso el desenvolvimientodigno y adecuado de la persona condiscapacidad, mediante certificado emitido por elIMSERSO u órgano competente de las ComunidadesAutónomas en materia de valoración de minusvalías,basándose en el dictamen emitido por los Equipos deValoración y Orientación dependientes de la misma.Requisitos subjetivos de la deducciónLos requisitos subjetivos que deben cumplirse paratener derecho a deducción por este concepto son lossiguientes:1. Que la persona con discapacidad sea el contribuyente,su cónyuge o un pariente, en línea directao colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercergrado inclusive, que conviva con él.2. Que la vivienda esté ocupada por cualquierade las citadas personas a título de propietario, arrendatario,subarrendatario o usufructuario.O Importante: tratándose de obras de modificaciónde los elementos comunes del edificio quesirvan de paso necesario entre la finca urbana y lavía pública, así como de las necesarias para la aplicaciónde dispositivos electrónicos que sirvan parasuperar barreras de comunicación sensorial o depromoción de su seguridad, podrán aplicar esta deducción,además del contribuyente en quien concurranlos requisitos mencionados, los contribuyentesque sean copropietarios del inmueble en el que seencuentre la vivienda.Cantidades invertidas con derecho a deducción:base de la deducciónLa base de la deducción está constituida por el importesatisfecho por el contribuyente en el ejercicioen concepto de obras e instalaciones de adecuaciónde la vivienda habitual de la persona con discapacidad,incluidos, en su caso, los intereses y demás gastosde financiación.Límite de la deducción (inversión máxima deducible).El importe máximo de la inversión con derecho a estadeducción está establecido en 12.020 euros anuales,sin que el eventual exceso de las cantidades invertidassobre dicho importe pueda trasladarse a ejerciciosfuturos.O Recuerde: este límite es independiente del límitede 9.015 euros establecido para las demás modalidadesde la deducción por inversión en viviendahabitual.Importe de la deducciónEsta deducción se estructura en dos partes o tramosdiferenciados: estatal y autonómico.El importe de la deducción correspondiente acada uno de dichos tramos será la cantidad que resultede aplicar a la base de la deducción el porcentajeque en cada caso corresponda de los que se indicanen el cuadro que se reproduce en la parte inferiorde esta página, en función de cuál sea la Comunidado Ciudad Autónoma de residencia del contribuyenteen el ejercicio <strong>2008</strong>.Cumplimentación de la declaraciónEn la casilla D se consignará el importe de las cantidadesinvertidas en el ejercicio con derecho a deduccióncorrespondientes a las obras e instalaciones deadecuación de la vivienda habitual.O Atención: el importe consignado en esta casillano podrá superar la cantidad de 12.020 euros.A continuación, en las casillas 786 y 787 se haránconstar los importes de las dos partes de la deducción,estatal y autonómica, correspondientes a estamodalidad de inversión en vivienda habitual.El importe correspondiente a la parte estatal dela deducción (casilla 786) será la cantidad que resultede aplicar a la cantidad consignada en la casilla D, enconcepto de base de la deducción, el porcentaje del13,40 por 100. Es decir:Casilla 786 = casilla D x 13,40%Del mismo modo, el importe correspondiente a laparte autonómica de la deducción (casilla 787) serála cantidad que resulte de aplicar a la cantidad consignadaen la casilla D, en concepto de base de la deducción,el porcentaje que en cada caso proceda delos que se indican en el cuadro que se reproduce enla parte inferior de esta misma página, en función decuál sea la Comunidad o Ciudad Autónoma de residenciadel contribuyente en el ejercicio <strong>2008</strong>.O Atención: no olvide cumplimentar el epígrafe"Importe total de la deducción por inversión en viviendahabitual" hasta determinar el importe de lascasillas 700 y 701.Importe total de la deducción por inversión envivienda habitualEn este epígrafe del anexo A se totalizan los importesde las dos partes o tramos, estatal y autonómico, dela deducción por inversión en vivienda habitual correspondientea las diferentes modalidades contempladasen los epígrafes anteriores de este apartadode la declaración.A tal efecto, en cada una de las casillas 700 y 701se consignarán las cantidades que resulten de lasoperaciones que en el propio impreso de declaraciónse indican.O Atención: no olvide trasladar los importes de lascasillas 700 y 701 a las casillas de igual numeraciónde la página 12 de la declaración.Deducción por inversión en vivienda habitual:datos adicionalesDeberán cumplimentar los datos solicitados en esteepígrafe los siguientes contribuyentes:a) Los contribuyentes que, habiendo practicadola deducción por inversión en vivienda habitualen cualquiera de sus modalidades, hayan realizadodirectamente pagos al promotor o al constructorde su vivienda habitual o, en su caso, al contratistade las obras e instalaciones de adecuación de la misma.En este caso, en la casilla 788 se consignará el importetotal de las cantidades pagadas en el ejercicioal promotor, constructor o contratista de que se trate,con independencia de la cuantía de las mismas efectivamenteconsiderada, en su caso, para determinarel importe de la deducción aplicada.En la casilla 789 se hará constar el número deidentificación fiscal (NIF) del promotor, constructor ocontratista a quien se hayan efectuado los correspondientespagos.b) Los contribuyentes que hayan practicado ladeducción por inversión en vivienda habitual en lamodalidad de adquisición de la misma.En este caso, se hará constar en la casilla 790 lafecha (día, mes y año) en la que tuvo lugar la adquisiciónde la vivienda por la que se practica la deducción.c) Los contribuyentes que, para la adquisiciónde la vivienda por la que practican la deducción porinversión en vivienda habitual, hayan utilizado financiaciónajena consistente en un único préstamode naturaleza hipotecaria.En este caso, en la casilla 791 se consignará el númeroidentificativo (CCC) del préstamo hipotecariocontratado, indicando en la casilla 792, expresado enporcentaje, la parte del importe total del capital prestadoque el contribuyente ha destinado efectivamentea la adquisición de su vivienda habitual.Si la financiación ajena consistiera en más de unpréstamo o si el préstamo contratado no fuese de naturalezahipotecaria (v. gr.: préstamos personales), noconsigne ningún dato en estas casillas.Obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad.Porcentajes de deducción aplicablesTramo estatalTramo autonómicoInversión en obras e instalaciones deadecuación con derecho a deducciónAplicable por todos loscontribuyentesContribuyentes residentesen CataluñaContribuyentes residentesen las Illes Balears (*)Restantes contribuyentesHasta 12.020 euros: 13,40% 8,60% 9,90% 6,60%(*) Este porcentaje únicamente resulta aplicable a los contribuyentes residentes en las Illes Balears cuyo período impositivo haya finalizado a partir del día 12 deoctubre de <strong>2008</strong>, fecha de entrada en vigor del Decreto-ley 1/<strong>2008</strong>, de 10 de octubre, de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.PÁGINA 83

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