Tabla de contenidoI. Presentación 2II. La decisión del TSJ 4III. Primeras reacciones y efectos inmediatos 6IV.Allanamientos y acusaciones a organizaciones y personas dela sociedad civil10V. Ataques a universidades 14a. Ataque a Universidad Fermín Toro 15b. Ataque a la Universidad Católica Andrés Bello 16c. Ataque a la Universidad Metropolitana 18d. Ataque a la Universidad Rafael Belloso 18VI. Nueva oleada de detenciones masivas 20a. Madrugada del 9 de mayo: desmantelamiento de campamentos 20b. Marchas de lunes 12 y miércoles 14 de mayo en Caracas 23VIIManiobras de la defensa pública 26VIII. Conclusiones 29
LICENCIA PARA PROTESTARI. PresentaciónComo ya es sabido, a inicios de febrero de 2014 comenzó a realizarse una serie deprotestas estudiantiles en varias ciudades del país, todas espontáneas, principalmente encontra de la inseguridad. Salvo la que tuvo lugar en el estado Táchira, ninguna fuereprimida.Posteriormente, el 12 de febrero, Día del Estudiante, tan solo en Caracas se produjeronmás de 80 detenciones. El mensaje era claro: aún con el “permiso” no se tolerarían másprotestas. Éstas eran producto, se dijo, de un plan desestabilizador. De esta manera, sepretende descalificar el carácter social de las manifestaciones y se las coloca en un planopolítico y, de forma coordinada entre todas las ramas del Poder Público, se asume la tareade detener, presentar cargos penales, encarcelar a miles de personas, en su mayoríajóvenes estudiantes, y hasta negar a priori las denuncias de tortura.El 24 de abril de 2014, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ensentencia N° 276, admite y se pronuncia respecto a la interpretación del artículo 68 de laConstitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra el derecho a lamanifestación pacífica, así como de los artículos 41, 43, 44, 46 y 50 de la Ley de PartidosPolíticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones 1 .El presente informe tiene por objeto identificar las restricciones de hecho y de derecho alejercicio de la manifestación y reunión pacíficas a partir de la decisión del TSJ, así como lasrepresalias que han enfrentado los participantes en protestas, con posterioridad al 24 deabril y a lo largo del mes de mayo de 2014.No solo se ha obstaculizado el desarrollo de marchas, aún aquellas que habían sidodebidamente notificadas, sino que crece el número de detenciones masivas, registrándose1G.O N° 6.013 Extraordinario de fecha 23 de diciembre de 20102