12.07.2015 Views

Decreto Numero 2706 de 2012

Decreto Numero 2706 de 2012

Decreto Numero 2706 de 2012

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

I ""MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMODECRETO NÚMERO '- 2106 DE1111& 21 Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong> información financiera paralas microempresasEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIAEn uso <strong>de</strong> sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 <strong>de</strong>l articulo189 <strong>de</strong> la Constitución Política yel articulo 6° <strong>de</strong> la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009, yCONSIDERANDOQue mediante la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009, se regulan los principios y normas <strong>de</strong> contabilidad e información financiera y<strong>de</strong> aseguramiento <strong>de</strong> la información, aceptados en Colombia, se señalan las autorida<strong>de</strong>s competentes, elprocedimiento para su expedición yse <strong>de</strong>terminan las entida<strong>de</strong>s responsables <strong>de</strong> vigilar su cumplimiento.Que la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 tiene como objetivo la conformación <strong>de</strong> un sistema único y homogéneo <strong>de</strong> alta calidad,comprensible y <strong>de</strong> forzosa observancia, <strong>de</strong> normas <strong>de</strong> contabilidad, <strong>de</strong> información financiera y <strong>de</strong> aseguramiento<strong>de</strong> la información.Que con observancia <strong>de</strong> los principios <strong>de</strong> equidad, reciprocidad y conveniencia nacional, con el propósito <strong>de</strong>apoyar la internacionalización <strong>de</strong> las relaciones económicas, la acción <strong>de</strong>l Estado se dirigirá hacia la convergencia<strong>de</strong> las normas <strong>de</strong> contabilidad, <strong>de</strong> información financiera y <strong>de</strong> aseguramiento <strong>de</strong> la información, con estándaresinternacionales <strong>de</strong> aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución <strong>de</strong> los negocios.Que el 22 <strong>de</strong> junio <strong>de</strong> 2011 el Consejo Técnico <strong>de</strong> la Contaduría Pública, en cumplimiento <strong>de</strong> su función, presentóal Gobierno Nacional el Direccionamiento Estratégico <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> convergencia <strong>de</strong> las normas <strong>de</strong> contabilida<strong>de</strong> información financiera y <strong>de</strong> aseguramiento <strong>de</strong>la información, con estándares internacionales.Que el 22 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2011, el CTCP publicó cara comentarios un proyecto <strong>de</strong> norma <strong>de</strong> informaciónfinanciera para las microempresas. El objetivo <strong>de</strong>l proyecto fue proponer ante el público interesado una norma <strong>de</strong>contabilidad simplificada, que fuera a<strong>de</strong>cuada a las nS';esida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> las entida<strong>de</strong>s clasificadas en el grupo 3 <strong>de</strong>acuerdo con el documento <strong>de</strong>l Direccionamiento Estratégico. Los comentarios se recibieron hasta el 31 <strong>de</strong> marzo<strong>de</strong> <strong>2012</strong>.Que el16 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> <strong>2012</strong> el Consejo Técnico <strong>de</strong> la Contaduría Pública, en cumplimiento <strong>de</strong> su función, presentóal Gobierno Nacional el Direccionamiento Estratéglro modificado <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> convergencia <strong>de</strong> las normas <strong>de</strong>contabilidad e información financiera y <strong>de</strong> aseguramiento <strong>de</strong> la información, con estándares internacionales.Que el 28 <strong>de</strong> septiembre <strong>de</strong> <strong>2012</strong>, el Consejo Técnico <strong>de</strong> la Contaduría Pública CTCP publicó las bases <strong>de</strong>conclusiones <strong>de</strong>l documento "Norma <strong>de</strong> Información Financiera para las Microempresas", producto <strong>de</strong>l análisis <strong>de</strong>los comentarios recibidos sobre el documento en mención e indicó los fundamentos que guiaron la elaboración <strong>de</strong>dicho documento.GD-FM-14.V1


DECRETO NÚMI!!f«) .::~~!.º 6<strong>de</strong> __ Hoja N°.2Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Que el Consejo Técnico <strong>de</strong> la Contaduría Pública consi<strong>de</strong>ró las recomendaciones producto <strong>de</strong>l análisis <strong>de</strong> losimpactos, así como los comentarios relacionados con el proyecto <strong>de</strong> norma <strong>de</strong> información financiera para lasmicroempresas que les fueron allegados, previas comunicaciones enviadas a los organismos encargados <strong>de</strong> lapolítica económica, a los organismos <strong>de</strong> control yvigilancia <strong>de</strong>l país ya la DIAN.Que esta norma <strong>de</strong> información financiera para las microempresas se ha elaborado en <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> la Ley 1314<strong>de</strong> 2009, la cual estableció que el Estado, bajo la dirección <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Republica, intervendrá laeconomía para expedir normas contables, <strong>de</strong> información financiera y <strong>de</strong> aseguramiento <strong>de</strong> la información, quebrin<strong>de</strong>n información financiera útil para la toma <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisiones económicas por parte <strong>de</strong>l Estado, los propietarios,funcionarios yempleados <strong>de</strong> las microempresas.Que el artículo 2° <strong>de</strong> la Ley antes indicada, al <strong>de</strong>finir el ámbito <strong>de</strong> su aplicación estableció: "En <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> estaLey y en atención al volumen <strong>de</strong> sus activos, <strong>de</strong> sus ingresos, al número <strong>de</strong> sus empleados, a su forma <strong>de</strong>organización jurídica o <strong>de</strong> sus circunstancias socio-económicas, el Gobierno autorizará <strong>de</strong> manera general queciertos obligados lleven contabilidad simplificada, emitan estados financieros y revelaciones abreviados o queestos sean objeto <strong>de</strong> aseguramiento <strong>de</strong> información <strong>de</strong> nivel mo<strong>de</strong>rado".Que adicionalmente, el artículo 2° dispuso: "En <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> programas <strong>de</strong> formalización empresarial o porrazones <strong>de</strong> política <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo empresarial, el Gobierno establecerá normas <strong>de</strong> contabilidad y <strong>de</strong> informaciónfinanciera para las microempresas, sean personas jurídicas o naturales, que cumplan los requisitos establecidosen los numerales <strong>de</strong>l artículo 499 <strong>de</strong>l Estatuto Tributario" (ET).Que esta norma también aplicará a las microempresas que se encuentran en el proceso <strong>de</strong> formalización <strong>de</strong> quetrata la Ley 1429 <strong>de</strong> 2010 y pertenezcan al régimen simplificado, según lo dispuesto en el Art. 499 ET. Se hacereferencia al Estatuto Tributario únicamente con el fin <strong>de</strong> establecer unas características comunes para un grupo<strong>de</strong> usuarios, pero observando en todo momento la in<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia y autonomía <strong>de</strong> las normas tributarias frente alas <strong>de</strong> contabilidad y <strong>de</strong> información financiera, según lo dispuesto en el artículo 4° <strong>de</strong> la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009.Que este <strong>Decreto</strong> preten<strong>de</strong> establecer un régimen simplificado <strong>de</strong> contabilidad <strong>de</strong> causación para lasmicroempresas, tanto formales, como informales que quieran formalizarse, las cuales requieren <strong>de</strong> un marco <strong>de</strong>contabilidad para la generación <strong>de</strong> información contable básica. En ese or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> i<strong>de</strong>as, por tratarse <strong>de</strong> normascontables aplicables a las microempresas y a las personas y entida<strong>de</strong>s que se formalicen, los requerimientoscontables son simples o simplificados y, por lo tanto, muchas <strong>de</strong> las disposiciones <strong>de</strong> la Norma <strong>de</strong> InformaciónFinanciera NIIF para PYMES no fueron incluidas en su contenido.Que para dar cumplimiento a lo anterior, se estructuró por parte <strong>de</strong>l Consejo Técnico <strong>de</strong> la Contaduría Públicaesta norma <strong>de</strong> información financiera para las microempresas, tomando como base la Norma Internacional <strong>de</strong>Información Financiera NIIF para PYMES emitidas por el Consejo <strong>de</strong> Normas Internacionales <strong>de</strong> Contabilidad(lASB por sus siglas en inglés - International Accounting Standards Board-), así como el estudio realizado por elGrupo <strong>de</strong> Trabajo Intergubernamental <strong>de</strong> Expertos en Normas Internacionales <strong>de</strong> Contabilidad y Presentación <strong>de</strong>Informes (lSAR), <strong>de</strong> la Conferencia sobre Comercio y Desarrollo <strong>de</strong> las Naciones Unidas (UNCTAD).Que esta norma a<strong>de</strong>más establece los requerimientos <strong>de</strong> reconocimiento, medición, presentación e información arevelar <strong>de</strong> las transacciones y otros hechos y condiciones que son importantes en los estados financieros conpropósito <strong>de</strong> información general. .Que el haber tomado como referente la NIIF para PYMES y el documento elaborado por el Grupo ISAR <strong>de</strong> laUNCTAD, se fundamenta en los siguientes aspectos:(a) El artículo 1° <strong>de</strong> la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 requiere la expedición <strong>de</strong> normas contables, <strong>de</strong> informaciónfinanciera y <strong>de</strong> aseguramiento <strong>de</strong> la información, que conformen un sistema único y homogéneo.Siguiendo este lineamiento, el Consejo Técnico <strong>de</strong> la Contaduría Pública CTCP ha propuesto comoreferente normativo en materia <strong>de</strong> información financiera los estándares emitidos por el Consejo <strong>de</strong>


DECRETO NÚMERO 27 06 <strong>de</strong> __3Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Normas Internacionales <strong>de</strong> Contabilidad ·(IASB por sus siglas en inglés). De acuerdo con ellos, lasentida<strong>de</strong>s que cumplen con las caracteriticas <strong>de</strong>finidas para el Grupo 1 en el DireccionamientoEstratégico <strong>de</strong>l CTCP, <strong>de</strong>ben aplicar las llamadas NIIF y las pertenecientes al Grupo 2, la NIIF paraPYMES. Consi<strong>de</strong>rando que ellASB no cuenta con un cuerpo normativo para microempresas, perobuscando mantener la misma columna· vertebral que son los estándares emitidos por el IASB, setomó como referente la NIIF para las PYMES, simplificando su contenido para hacerlo más sencillo ypráctico para ser aplicada por las microempresas.Adicionalmente, el documento preparado por Naciones Unidas <strong>de</strong>nominado "Directrices para laContabilidad e Información Financiera <strong>de</strong> las Pequeñas y Medianas Empresas, Orientación <strong>de</strong>l Nivel3", que correspon<strong>de</strong> a las microempresas, se construyó sobre la base <strong>de</strong> las normas internacionales<strong>de</strong> contabilidad y <strong>de</strong> información financiera establecidas por el IASB y, por lo tanto, también ha sidoutilizado como referente para la <strong>de</strong>finición <strong>de</strong> la presente norma.(b) Cumplir con lo establecido en las Leyes 1429 <strong>de</strong> 2010 y 1450 <strong>de</strong> 2011, relacionadas con laFormalización y Generación <strong>de</strong> Empleo y con el Plan Nacional <strong>de</strong> Desarrollo, respectivamente. En<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las precitadas leyes, se establece que para facilitar el proceso <strong>de</strong> formalización <strong>de</strong> losmicroempresarios que se encuentran en la informalidad, <strong>de</strong>berán contar con un sistema simplificado<strong>de</strong> contabilidad que puedan cumplir yque esté acor<strong>de</strong> con su realidad económica y con su capacidadtécnica. En este sentido, se tomó como referente la Norma Internacional <strong>de</strong> Información Financierapara PYMES emitidas por eIIASB, (NIIF para PYMES), así como el estudio realizado por el Grupo <strong>de</strong>Trabajo Intergubernamental <strong>de</strong> Expertos en Normas Internacionales <strong>de</strong> Contabilidad y Presentación<strong>de</strong> Informes (lSAR), <strong>de</strong> la UNCTAD.Que el objetivo <strong>de</strong> esta norma es presentar las directrices que conforman el marco técnico <strong>de</strong> contabilidad paralas microempresas, las cuales <strong>de</strong>ben ser consi<strong>de</strong>radas al. momento <strong>de</strong> elaborar y presentar los estadosfinancieros <strong>de</strong> propósito general, según las necesida<strong>de</strong>s y el sector <strong>de</strong> la economía en que se encuentre elmicroempresario.Que esta norma permitirá que los usuarios <strong>de</strong> la información <strong>de</strong> las microempresas tengan una visión <strong>de</strong> lasituación financiera y<strong>de</strong>l <strong>de</strong>sempeño <strong>de</strong> ellas.Que utilizando un lenguaje sencillo, en esta norma se establecen los elementos básicos que <strong>de</strong>ben serconsi<strong>de</strong>rados por los microempresarios al momento <strong>de</strong> elaborar y presentar sus estados financieros.Que <strong>de</strong> acuerdo con el artículo 6° <strong>de</strong> la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009, bajo la dirección <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República y conrespeto <strong>de</strong> las faculta<strong>de</strong>s regulatorias en materia <strong>de</strong> contabilidad pública a cargo <strong>de</strong> la Contaduría General <strong>de</strong> laNación, los Ministerios <strong>de</strong> Hacienda y Crédito Público y <strong>de</strong> Comercio, Industria y Turismo, obrandoconjuntamente, expedirán principios, normas, interpretaciones y guías <strong>de</strong> contabilidad e información financiera y<strong>de</strong> aseguramiento <strong>de</strong> la información, con fundamento en las propuestas que <strong>de</strong>berá presentarles el ConsejoTécnico <strong>de</strong> la Contaduría Pública, como organismo <strong>de</strong> normalización técnica <strong>de</strong> normas contables, <strong>de</strong> informaciónfinanciera y <strong>de</strong> aseguramiento <strong>de</strong> la información.Que el Consejo Técnico <strong>de</strong> la Contaduría Pública, en cumplimiento <strong>de</strong>l procedimiento establecido en la Ley 1314<strong>de</strong> 2009, mediante oficio con radicación No. 1-<strong>2012</strong>-067544 <strong>de</strong> fecha 1° <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> <strong>2012</strong>; presentó a losMinisterios <strong>de</strong> Hacienda y Crédito Público y <strong>de</strong> Comercio, Industria y Turismo la propuesta normativa relativa a laNorma <strong>de</strong> Información Financiera para las microempresas.Que los Ministerios <strong>de</strong> Hacienda y Crédito Público y <strong>de</strong> Comercio, Industria y Turismo, bajo la dirección <strong>de</strong>lPresi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República, observando el procedimiento establecido en el artículo ]O <strong>de</strong> la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009proce<strong>de</strong>n aexpedir la Norma <strong>de</strong> Información Financiera para las microempresas.


" DECRETO NÚMEfw-------2106<strong>de</strong> __ Hoja N°,4Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"------------_.,-'-"'--',,---------------­DECRETAARTíCULO 1°. Marco técnico normativo <strong>de</strong> Información Financiera para las microempresas. Se estableceun régimen simplificado <strong>de</strong> contabilidad <strong>de</strong> causación para las microempresas, conforme al marco regulatoriodispuesto en el anexo <strong>de</strong> este <strong>Decreto</strong>. Dicho marco regulatorio establece, a<strong>de</strong>más, los requerimientos <strong>de</strong>reconocimiento, medición, presentación e información arevelar <strong>de</strong> las transacciones y otros hechos y condiciones<strong>de</strong> los estados financieros con propósito <strong>de</strong> información general, que son aquellos que están dirigidos a aten<strong>de</strong>rlas necesida<strong>de</strong>s generales <strong>de</strong> información financiera <strong>de</strong> un amplio espectro <strong>de</strong> usuarios que no están encondiciones <strong>de</strong> exigir informes a la medida <strong>de</strong> sus necesida<strong>de</strong>s específicas <strong>de</strong> información.ARTíCULO 2° Ámbito <strong>de</strong> aplicación. El presente <strong>de</strong>creto será aplicable a las microempresas <strong>de</strong>scritas en elcapítulo 1 ° <strong>de</strong>l marco técnico normativo <strong>de</strong> información financiera anexo a este <strong>de</strong>creto.ARTíCULO 3°. Cronograma <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong>l marco técnico normativo <strong>de</strong> información financiera para lasmicroempresas. Para efectos <strong>de</strong> la aplicación <strong>de</strong>l marco técnico normativo <strong>de</strong> información financiera para lasmicroempresas <strong>de</strong>berán observarse los siguientes períodos:1. Periodo <strong>de</strong> preparación obligatoria: Este período está comprendido entre el 1 ° <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2013 y el31 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2013.Se refiere al tiempo durante el cual las microempresas <strong>de</strong>berán realizar activida<strong>de</strong>s relacionadas con elproyecto <strong>de</strong> convergencia y en el que los supervisores podrán solicitar información a los vigilados sobreel <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l proceso. Tratándose <strong>de</strong> preparación obligatoria, la información solicitada <strong>de</strong>be sersuministrada con todos los efectos legales que esto implica, <strong>de</strong> acuerdo con las faculta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los órganos<strong>de</strong> inspección, control y vigilancia. Para el efecto, estas entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>berán coordinar la solicitud <strong>de</strong>información, <strong>de</strong> tal manera que esta obligación resulte razonable y acor<strong>de</strong> a las circunstancias <strong>de</strong> los<strong>de</strong>stinatarios <strong>de</strong> este <strong>de</strong>creto.Las microempresas que no son objeto <strong>de</strong> inspección, vigilancia y control, igualmente <strong>de</strong>berán observareste marco técnico normativo para todos los efectos y podrán consultar las inquietu<strong>de</strong>s para su aplicaciónal Consejo Técnico <strong>de</strong> la Contaduría Pública.2. Fecha <strong>de</strong> transición: 1 ° <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2014. Es el momento a partir <strong>de</strong>l cual <strong>de</strong>berá iniciarse laconstrucción <strong>de</strong>l primer año <strong>de</strong> información financiera <strong>de</strong> acuerdo con los nuevos estándares, que servirácomo base para la presentación <strong>de</strong> estados financieros comparativos.3. Estado <strong>de</strong> situación financiera <strong>de</strong> apertura: 1 ° <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2014. Es el estado en el que por primeravez se medirán <strong>de</strong> acuerdo con los nuevos estándares los activos, pasivos y patrimonio <strong>de</strong> las entida<strong>de</strong>safectadas. Su fecha <strong>de</strong> corte es la fecha <strong>de</strong> transición.4. Periodo <strong>de</strong> transición. Este período estará comprendido entre el 1° <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2014 y 31 <strong>de</strong> diciembre<strong>de</strong> 2014. Es el año durante el cual <strong>de</strong>berá llevarse la contabilidad para todos lo efectos legales <strong>de</strong>acuerdo con los <strong>Decreto</strong>s 2649 y 2650 <strong>de</strong> 1993 y las normas que los modifiquen o adicionen y la <strong>de</strong>másnormatividad contable vigente sobre la materia para ese entonces, pero a su vez, un paralelo contable <strong>de</strong>acuerdo con los nuevos estándares con el fin <strong>de</strong> permitir la construcción <strong>de</strong> información que pueda serutilizada el siguiente año para fines comparativos. Los estados financieros que se preparen <strong>de</strong> acuerdocon la nueva normatividad con corte a la fecha referida en el presente acápite, no serán puestos enconocimiento <strong>de</strong>l público ni tendrán efectos legales en este momento.5. Últimos estados financieros conforme a los <strong>de</strong>cretos 2649 y 2650 <strong>de</strong> 1993 ynormatividad vigente:Se refiere alos estados financieros preparados al31 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2014 inmediatamente anterior alafecha <strong>de</strong> aplicación. Para todos los efectos legales, esta preparación se hará <strong>de</strong> acuerdo con lo previsto


DECRETO N ÚM ERO _,.....!O2"--.:1:.......:0:.....,:6-=-----_-----'-<strong>de</strong> __Hoja N°. 5Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"en los <strong>Decreto</strong>s 2649 y 2650 <strong>de</strong> 1993 y las normas que los modifiquen o adicionen y la <strong>de</strong>másnormatividad contable vigente sobre la materia para ese entonces.6. Fecha <strong>de</strong> a'plicación: 1 ° <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2015. Es aquella fecha a partir <strong>de</strong> la cual cesará la utilización <strong>de</strong> lanormatividad contable actual y comenzará la aplicación <strong>de</strong> los nuevos estándares para todos los efectos,incluyendo la contabilidad oficial, libros <strong>de</strong> comercio y presentación <strong>de</strong> estados financieros.7. Primer periodo <strong>de</strong> aplicación: Período comprendido entre el 1° <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2015 al31 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong>2015. Es aquel durante el cual, por primera vez,la contabilidad se llevará para todos los efectos <strong>de</strong>acuerdo con los nuevOs estándares.8. Fecha <strong>de</strong> reporte: 31 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2015, Es aquella fecha a la que se presentarán los primerosestados financieros comparativos <strong>de</strong> acuerdo con los nuevos estándares.PARÁGRAFO PRIMERO. Los órganos que ejercen inspección, vigilancia y control <strong>de</strong>berán tomar las medidasnecesarias para a<strong>de</strong>cuar sus recursos en or<strong>de</strong>n a observar lo dispuesto y para los fines contemplados en este<strong>de</strong>creto.PARÁGRAFO SEGUNDO. Las entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> inspección, vigilanCia y control <strong>de</strong>berán expedir coordinadamente<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los tres primeros meses <strong>de</strong>l período obligatorio <strong>de</strong> preparación, las normas técnicas, interpretaciones yguías en materia <strong>de</strong> contabilidad . e información financiera, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l marco legal dispuesto en la Ley 1314 <strong>de</strong>.2009 Yen este <strong>Decreto</strong>, que permitan una a<strong>de</strong>cuada preparación obligatoria a las microempresas a este régimen.PARÁGRAFO TERCERO. El Consejo Técnico <strong>de</strong> la Contaduría Pública, resolverá las inquietu<strong>de</strong>s que seformulen en <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> la a<strong>de</strong>cuada aplicación <strong>de</strong>l marco técnico normativo <strong>de</strong> información financiera para lasmicroempresas.ARTíCULO 4°. REFERENCIAS NORMATIVAS INTERNACIONALES SOBRE INFORMACiÓN FINANCIERA.Todas las referencias para la aplicación <strong>de</strong> normas int~rnacionales <strong>de</strong> información financiera <strong>de</strong> que trata elmarco técnico normativo <strong>de</strong> información financiera para las microempresas, serán aplicables en la fecha <strong>de</strong>expedición <strong>de</strong> tales normas internacionales <strong>de</strong> información financiera, en los términos <strong>de</strong> la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009.ARTíCULO 5°. VIGENCIA. El presente <strong>Decreto</strong> rige a partir <strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> su publicación y respecto <strong>de</strong> lasmicroempresas <strong>de</strong>finidas en este <strong>Decreto</strong>, a partir <strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> aplicación establecida en el numeral 6 <strong>de</strong>lartículo 3 <strong>de</strong>l presente <strong>de</strong>creto, no les será aplicable lo dispuesto en los <strong>Decreto</strong>s 2649 y 2650 <strong>de</strong> 1993 y lasnormas que los modifiquen o adicionen y la <strong>de</strong>más normatividad contable vigente sobre la materia para ese,entonces. ' . ftNfi ".SilPÚBUQUESE y CÚMPLASE 21 u~(, ,,; ¡kIDado en Bogotá, D.C., a losEl MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICOMAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA


DECRETO NÚMERÓ·<strong>2706</strong> <strong>de</strong> __ .-----------6Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo. <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO~~SERGIO DJAZ-GRANADOS GUIDA


DECRETO NÚMERO '. 2106 <strong>de</strong>-- HojaW.7Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"ANEXOMARCO TÉCNICO NORMATIVO DE INFORMACiÓN FINANCIERA PARA LAS MICROEMPRESASINTRODUCCiÓNIN Esta norma <strong>de</strong> información financiera para las. microempresas se ha elaborado en <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> la Ley 1314, la'cual estableció que el Estado, bajo la dirección <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Republi


" <strong>2706</strong>DECRETO NÚMERO'-,-------- <strong>de</strong>Hoja N°.8Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas" .microempresas, pero buscando mantener la misma columna vertebral que son los estándares emitidos por elIASB, se tomó como referente la NIIF para las PYMES, simplificando su contenido para hacerlo más sencillo ypráctico para ser aplicada por las microempresas.Adicionalmente, el documento preparado por Naciones Unidas <strong>de</strong>nominado "Directrices para la Contabilidad eInformación Financiera <strong>de</strong> las Pequeñas y Medianas Empresas, Orientación <strong>de</strong>l Nivel 3", que correspon<strong>de</strong> a lasmicroempresas, se construyó sobre la base <strong>de</strong> las normas internacionales <strong>de</strong> contabilidad y <strong>de</strong> informaciónfinanciera establecidas por ellASB y, por lo tanto, también ha sido utilizado como referente para la <strong>de</strong>finición <strong>de</strong>la presente norma.(b) Cumplir con lo establecido en las Leyes 1429 <strong>de</strong> 2010 y 1450 <strong>de</strong> 2011, relacionadas con la Formalización yGeneración <strong>de</strong> Empleo y con el Plan Nacional <strong>de</strong> Desarrollo, respectivamente. En <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las precitadasleyes, se establece que para facilitar el proceso <strong>de</strong> formalización <strong>de</strong> los microempresarios que se encuentran enla informalidad, <strong>de</strong>berán contar con un sistema simplificado <strong>de</strong> contabilidad que puedan cumplir y que esté acor<strong>de</strong>con su realidad económica y con su capacidad técnica. En este sentido, se tomaron como referentes la NormaInternacional <strong>de</strong> Información Financiera para PYMES emitidas por el IASB, (NIIF para PYMES), así como elestudio realizado por el Grupo <strong>de</strong> Trabajo Intergubemamental <strong>de</strong> Expertos en Normas Internacionales <strong>de</strong>Contabilidad y Presentación <strong>de</strong> Informes (lSAR), <strong>de</strong> la UNCTAD.IN 9 El objetivo <strong>de</strong> esta norma es presentar las directrices que conforman el marCO técnico <strong>de</strong> contabilidad paralas microempresas, las cuales <strong>de</strong>ben ser consi<strong>de</strong>radas al momento <strong>de</strong> elaborar y. presentar los estadosfinancieros <strong>de</strong> propósito general, según las necesida<strong>de</strong>s y el sector <strong>de</strong> la economía en que se encuentre elmicroernpresario.IN 10 Finalmente, esta norma permitirá que los usuarios <strong>de</strong> la información <strong>de</strong> las microempresas tengan unavisión <strong>de</strong> la situación financiera y <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sempeño <strong>de</strong> ellas.IN11 Utilizando un lenguaje sencillo, en esta norma se establecen los elementos básicos que <strong>de</strong>ben serconsi<strong>de</strong>rados por los microempresarios al momento <strong>de</strong> elaborar y presentar sus estados financieros.MARCO LEGALIN 12 Para el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> esta norma se tuvo en cuenta lo siguiente:Tipo y número <strong>de</strong> la normaTemáticaLey 590 <strong>de</strong>l 10 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 2000Por la cual se dictan disposiciones para promover el<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las Micro, Pequeñas y MedianasEmpresas.Ley 905 <strong>de</strong>l 2<strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 2004Por la cual se modifica la Ley 590 <strong>de</strong> 2000 sobrepromoción <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> la micro, pequeña ymediana empresa Colombiana.Articulo 75 <strong>de</strong> la Ley 1151 <strong>de</strong> 2007Por el cual se expi<strong>de</strong> el Plan nacional <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo2006·2010<strong>Decreto</strong> 1878 <strong>de</strong> 2008 Por el cual se modifica parcialmente el <strong>Decreto</strong> 2649<strong>de</strong> 1993.Ley 1429 <strong>de</strong> 2010Parla cual se expi<strong>de</strong> la .Iey <strong>de</strong> formalización ygeneración <strong>de</strong> empleoArticulo 43 <strong>de</strong> la Ley 1450 <strong>de</strong> 2011Por el cual se expi<strong>de</strong> el Plan Nacional <strong>de</strong> Desarrollo2010 ­ 2014ORGANIZACiÓN DE LA NORMA DE INFORMACION FINANCIERA PARALAS MICROEMPRESASIN 13 La norma <strong>de</strong> información financiera para las microempresas está organizado por temas, presentándosecada tema en un capítulo numerado por separado. Las referencias a párrafos se i<strong>de</strong>ntifican por el número <strong>de</strong>l.


... DECRETO NÚMERC>- ,<strong>2706</strong> <strong>de</strong> Hoja N°.9Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Porel cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas" .capitulo seguido por el número <strong>de</strong>l párrafo. Los nümeros <strong>de</strong> párrafo tienen el formato xX.yy, don<strong>de</strong> xx es el número <strong>de</strong>l capitulo e yy es el número <strong>de</strong>l párrafo secuencial <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> dicho capítulo.' IN 14 Todos los párrafos <strong>de</strong> la norma tienen la misma autoridad .. INDICENúmero <strong>de</strong> capítuloTEMASIntroducciónMarco legalIndice, 1 • MicroempresasI2 Conceptos y principios generales3IPresentación <strong>de</strong> estados financieros'4 Estado <strong>de</strong> situación' financiera !5 Estado <strong>de</strong> resultados6 Inversiones7 Cuentas por cobrar ¡8 Inventarios!9 Propjeda<strong>de</strong>s, planta y equipo10 ' Obligaciones financieras y cuentas por pagar11 Obligaciones .laborales12 Ingresos13 Arrendamientos! 14 ' Entes económicos en etapa <strong>de</strong> formalización.,15 I Aplicación por primera vez <strong>de</strong> la norma <strong>de</strong> mformaClon ifinanciera para las microempresasI, Alcance <strong>de</strong> este capítuloCapítulo 1MICROEMPRESAS1.1 Este capítulo <strong>de</strong>scribe las características.<strong>de</strong> las microempresas.Descripción <strong>de</strong> las microempresas1.2 Se consi<strong>de</strong>ra una microempresa si:(a) Cuenta con una planta <strong>de</strong> personal no superior adiez (10) trabajadores, o(b) Posee activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legalesvigentes.De acuerdo con lo establecido en el artículo 2° <strong>de</strong> la Ley 1314, esta norma será aplicable a todas lasentida<strong>de</strong>s obligadas a llevar contabilidad que cumplan los parámetros <strong>de</strong> los anteriores literales,in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> si tienen o no ánimo <strong>de</strong> lucro.Para la clasificación <strong>de</strong> aquellas microempresas que presenten combinación <strong>de</strong> parámetros <strong>de</strong> planta <strong>de</strong>personaJ y activos totales diferentes a los indicados, el factor <strong>de</strong>terminante para dicho efecto será el <strong>de</strong> losactivos totales.


DECRETO NÚMERO: ", ,.<strong>2706</strong><strong>de</strong> __ Hoja N°.10Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"1.3 Las microempresas que pertenecen al régimen simplificado, son aquellas que cumplen con la totalidad <strong>de</strong> losrequisitos establecidos en el artículo 499 <strong>de</strong>l Estatuto Tributario (o las normas que la modifiquen o adicionen),el cual establece:1. Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes <strong>de</strong> la actividad, inferiores acuatro mil (4,000) UVT.2. Que tengan máximo un establecimiento <strong>de</strong> comercio, oficina, se<strong>de</strong>, local o negocio don<strong>de</strong> ejercen suactividad. .3. Que en el establecimiento <strong>de</strong> comercio, oficina, se<strong>de</strong>, local o negocio no se désarrollen activida<strong>de</strong>s bajofranquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación <strong>de</strong>il1tangibles.4. Que no sean usuarios aduaneros.5. Que no hayan' celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos <strong>de</strong> venta <strong>de</strong>bienes o prestación <strong>de</strong> servicios gravados por valor individual y superior a 3:300 UVT.6. Que el monto <strong>de</strong> sus consignaciones bancarias, <strong>de</strong>pósitos o inversiones financieras durante el añoanterior o durante el respectivo año no supere la suma <strong>de</strong> 4.500 UVT.1.4 Si una microempresa que no cumple' con los requisitos mencionados anteriormente <strong>de</strong>ci<strong>de</strong> utilizar estanorma, sus estados financieros no se enten<strong>de</strong>rán como en conformidad con la norma' para lasmicroempresas, <strong>de</strong>biendo ajustar su información con base en su marcoregulatorio correspondiente.Disposición general1.5 En el evento <strong>de</strong> presentarse alguna .duda en cuanto al reconocimiento <strong>de</strong> los hechos económicos, en todoslos casos se <strong>de</strong>berán tener en cuenta los Conceptos y Principios Generales establecidos en el capítulo 2<strong>de</strong> la presente norma. .Alcance <strong>de</strong> este capítuloCapítulo 2CONCEPTOS YPRINCIPIOS GENERALES2.1 Este capítulo <strong>de</strong>scribe los objetivos <strong>de</strong> los estados financieros y las cualida<strong>de</strong>s que hacen que la informaciónfinanciera sea útil. También establece los conceptos y principios básicos subyacentes a los estadosfinancieros <strong>de</strong> las microempresas.2.2 El estado <strong>de</strong> resultados y el estado <strong>de</strong> situación financiera <strong>de</strong> las microempresas, pue<strong>de</strong>n enmarcarse en unsistema simplificado <strong>de</strong> contabilidad, basado en contabilidad <strong>de</strong> causación. La base principal <strong>de</strong> mediciónque <strong>de</strong>be ser utilizada por las microempresas es el costo histórico. Las situaciones en las cuales se utiliceuna base <strong>de</strong> medición distinta, están indicadas en este documento. No obstante lo anterior, lasmicroempresas podrán utilizar, <strong>de</strong> acuerdo con las circunstancias, bases <strong>de</strong> medición que estén incluídasenlas NIIF o en la NIIF para PYMES. Si éste es el caso, la microempresa <strong>de</strong>berá cumplir todos losrequerimientos que implique la nueva base utilizada.2.3 Los estados financieros <strong>de</strong> una microempresa se elaboran partiendo <strong>de</strong>l supuesto <strong>de</strong> que la microempresaestá en plena actividad y que seguirá funcionando en el futuro previsible.


,-2106DECRETO NÚMERO .-------- <strong>de</strong>11Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Los rubros utilizados en el numeral 4.8 <strong>de</strong>l presente documento, <strong>de</strong>berán ser tomados como referentes. Asílas cosas, <strong>de</strong>pendiendo <strong>de</strong> la actividad económica en que se encuentre el microempresario, se podránutilizar otros rubros o mo<strong>de</strong>los <strong>de</strong> acuerdo con sus necesida<strong>de</strong>s.. Objetivos <strong>de</strong> los estados financieros2.4 El objetivo <strong>de</strong> los estados financieros es suministrar información sobre la situación financiera y el resultado<strong>de</strong> las operaciones <strong>de</strong> la microempresa, que sea útil para la toma <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisiones económicas por parte <strong>de</strong> losusuarios. Por consiguiente, los estados financieros están concebidos para reflejar las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> losusuarios, entendiendo. que los principales usuarios <strong>de</strong> los estados financieros <strong>de</strong> las microempresas suelenser: los propietarios, sus directores, las entida<strong>de</strong>s financieras, los acreedores, el Gobierno Nacional y susorganismos, entre otros.2.5 Otro <strong>de</strong> los objetivos es dar cuenta <strong>de</strong> la gestión <strong>de</strong> la administración.Características cualitativas <strong>de</strong> la informaci6n en los estados financierosLas siguientes características hacen que la información en los estados financieros sea útil a los usuarios:Comprensibilidad2.6 La información es comprensible cuando es clara y fácil <strong>de</strong> enten<strong>de</strong>r. Sin embargo, la necesidad <strong>de</strong>comprensibilidad no permite omitir información relevante por el mero hecho <strong>de</strong> que ésta pueda ser difícil <strong>de</strong>compren<strong>de</strong>r para <strong>de</strong>terminados usuarios.Relevancia2.7 La información tiene la cualidad <strong>de</strong> relevancia cuando pue<strong>de</strong> ejercer influencia sobre las <strong>de</strong>cisioneseconómicas <strong>de</strong> quienes la utilizan, ayudándoles a evaluar sucesos pasados, presentes o futuros, o bien aconfirmar o corregir evaluaciones realizadas con anterioridad.Materialidad o importancia relativa2.8 La información es material y, por ello, es relevante, si su omisión o su presentación errónea pue<strong>de</strong>n influir enlas <strong>de</strong>cisiones económicas que los usuarios tomen a partir <strong>de</strong> los estados financieros. La materialidad(importancia relativa) <strong>de</strong>pen<strong>de</strong> <strong>de</strong> la cuantía <strong>de</strong> la partida o <strong>de</strong>l error, juzgados en las circunstanciasparticulares <strong>de</strong> la omisión o <strong>de</strong> la presentación errónea. Sin embargo, no es a<strong>de</strong>cuado incurrir en, o <strong>de</strong>jar sincorregir, <strong>de</strong>sviaciones que s~ consi<strong>de</strong>ren inmateriales <strong>de</strong> la Norma para las Microempresas, con el fin <strong>de</strong>obtener una presentación particular <strong>de</strong> la situación financiera, o <strong>de</strong> los resultados <strong>de</strong> la microempresa.Fiabilidad2.9 La información suministrada en los estados financieros <strong>de</strong>be ser fiable. La información es fiable cuando estálibre <strong>de</strong> error significativo y sesgo, y' representa fielmente lo que preten<strong>de</strong> representar o pue<strong>de</strong> esperarserazonablemente que represente. Los estados financieros no están libres <strong>de</strong> sesgo (es <strong>de</strong>cir, no sonneutrales) si, <strong>de</strong>bido a la selección o presentación <strong>de</strong> la información, preten<strong>de</strong>n influir en la toma <strong>de</strong> una<strong>de</strong>cisión o en la formación <strong>de</strong> un juicio, para conseguir un resultado o <strong>de</strong>senlace pre<strong>de</strong>terminado.Esencia sobre forma


,:~. ,-2106DECRETO NÚMERO-------<strong>de</strong> __ Hoja N°. 12Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314' <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas':2.10 Las transacciones y <strong>de</strong>más sucesos y condiciones <strong>de</strong>ben contabilizarse y presentarse <strong>de</strong> acuerdo con surealidad económica y no solamente en consi<strong>de</strong>ración asu forma legal.Pru<strong>de</strong>ncia2.11 Cuando quiera que e,xistan dificulta<strong>de</strong>s para medir <strong>de</strong> manera confiable y verificable un hecho económicorealizado, se <strong>de</strong>be optar por registrar la alternativa que tenga menos probabilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> sobrestimar losactivos y los ingresos, o <strong>de</strong> subestimar los pasivos y los gastos.Integridad2,12 La información en los estados financieros <strong>de</strong>be ser completa <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los límites <strong>de</strong> la importancia relativay el costo, puesto que este es un presupuesto <strong>de</strong> la fiabilidad. Una omisión pue<strong>de</strong> causar que lainformación sea falsa o equívoca, y por tanto no fiable y <strong>de</strong>ficiente en términos <strong>de</strong> relevancia.Comparabilidad2.13 Los estados financieros <strong>de</strong> una microempresa <strong>de</strong>ben ser comparables a lo largo <strong>de</strong>l tiempo, para i<strong>de</strong>ntificarlas ten<strong>de</strong>ncias <strong>de</strong> su situación financiera y en el' resultado <strong>de</strong> sus operaciones. Por tanto, la medida ypresentación <strong>de</strong> transacciones similares y otros sucesos y condiciones <strong>de</strong>ben ser llevadas a cabo <strong>de</strong> unaforma uniforme a través <strong>de</strong>,l tiempo.Oportunidad2.14 La oportunidad implica suministrar información <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l, periodo <strong>de</strong> tiempo que sea útil para la. toma <strong>de</strong><strong>de</strong>cisiones. Si hay un retraso en la presentación <strong>de</strong> la información, ésta pue<strong>de</strong> per<strong>de</strong>r su relevancia. Lagerencia pue<strong>de</strong> necesitar sopesar los méritos relativos <strong>de</strong> la presentación a tiempo, frente al suministro <strong>de</strong>información fiable.Equilibrio entre costo y beneficio2.15 Los beneficios <strong>de</strong>rivados <strong>de</strong> la información <strong>de</strong>ben exce<strong>de</strong>r los costos <strong>de</strong> suministrarla. Esta evaluación essustancialmente, un proceso <strong>de</strong> juicio.'Situación financiera2.16 La situación financiera <strong>de</strong> una microempresa muestra la relación entre los activos, pasivos y patrimonio enuna fecha específica al final <strong>de</strong>l periodo sobre el que se informa. Estos elementos se <strong>de</strong>finen como sigue:(a)(b){c}Un activo es un recurso controlado por la microempresa como resultado <strong>de</strong> sucesos pasados, <strong>de</strong>l quela microempresa espera obtener, en el futuro, beneficios económicos.Un pasivo es una obligación actual <strong>de</strong> la microempresa, surgida a raíz <strong>de</strong> sucesos pasados, cuyaliquidación se espera que dé lugar a una transferencia <strong>de</strong> recursos que incorporan beneficioseconómicos. .Patrimonio es la parte residual <strong>de</strong> los activos <strong>de</strong> la rnicroempresa, una vez <strong>de</strong>ducidos todos suspasivos.2.17 Es posible que algunas partidas que cumplen con la <strong>de</strong>finición <strong>de</strong> activo o pasivo no se reconozcan como~activos o como pasivos en el estado <strong>de</strong> situación financiera porque no satisfacen el criterio <strong>de</strong>reconocimiento establecido en el subtítulo <strong>de</strong> este capítulo <strong>de</strong>nominado: "Reconocimiento <strong>de</strong> activos,pasivos, ingresos y gastos". En particular, la expectativa <strong>de</strong> que los beneficios económicos futuros fluirán auna microempresa o <strong>de</strong>s<strong>de</strong> ella, <strong>de</strong>be ser suficientemente cierta como para cumplir con el críterio <strong>de</strong>probabilidad antes <strong>de</strong> que se reconozca un activo o un pasivo.


DECRETO NÚMERO~ ~ 210 6 <strong>de</strong>-­13Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el clJal se reglamenta la Ley 1314<strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Utilidad o pérdida2.18 Es la diferencia entre los ingresos y los gastos <strong>de</strong> una microempresa durante el periodo sobre el que seinforma. Esta norma permite a las microempresas presentar el resultado en un único estado financiero. Losingresos y los gastos se <strong>de</strong>finen así:(a) Ingresos: son los incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo <strong>de</strong>l periodo sobreel que se informa, en forma <strong>de</strong> entradas a incrementas <strong>de</strong> valar <strong>de</strong> las activas, a bien camadisminuciones <strong>de</strong> las obligaciones, que dan coma resultada aumentas <strong>de</strong>l patrimonio, y na estánrelacionadas can las apartes <strong>de</strong> las propietarias.(b) Gastas: san las disminuciones en las beneficias económicas, producidas a la largo <strong>de</strong>l periodocantable, en forma <strong>de</strong> salidas a disminuciones <strong>de</strong>l valor <strong>de</strong> las activas, a bien <strong>de</strong> surgimiento aaumenta <strong>de</strong> las pasivas, que dan cama resultada disminuciones en el patrimonio, y no estánrelacionadas con las distribuciones realizadas a las propietarias <strong>de</strong>l patrimonio.Reconocimiento <strong>de</strong> activos, pasivos, ingresos y gastos2.19 Reconocimiento es el procesa <strong>de</strong> incorporar en las estadas financieros una partida que cumple con la<strong>de</strong>finición <strong>de</strong> activa, pasiva, ingreso a gasta y que cumpla las siguientes criterios:(a) es probable que cualquier beneficia económica futuro asociado con la partida entre o salga <strong>de</strong> lamicroempresa; y(b) 'la partida tiene un casto o valar que pueda ser medido con fiabilidad.2.20 La falta <strong>de</strong> reconocimiento en los estados financieros <strong>de</strong> una partida que satisface esas criterios, na serectifica m~diante la revelación <strong>de</strong> las políticas contables seguidas, ni tampoco a'través <strong>de</strong> notas u otro 'material explicativa.La probabilidad <strong>de</strong> obtener beneficios económicos,futuros2.21 El concepto <strong>de</strong> probabilidad se utiliza, en el primer criterio <strong>de</strong> reconocimiento, can referencia al grada <strong>de</strong>incertidumbre con que los beneficios económicas futuros asociadas al misma llegarán a, a saldrán, <strong>de</strong> lamicroempresa. La evaluación <strong>de</strong>l grada <strong>de</strong> incertidumbre correspondiente al flujo <strong>de</strong> las beneficias futurosse realiza sobre la base <strong>de</strong> la evi<strong>de</strong>ncia relacionada can las condiciones al final <strong>de</strong>l periodo sobre el que seinforma que esté disponible cuando se preparan las estadas financieros. Esas evaluaciones se realizanindividualmente para partidas individualmente significativas, y para un grupa para un gran número <strong>de</strong>elementos individualmente insignificantes.Fiabilidad <strong>de</strong> la medición2.22 El segunda criterio para el reconocimiento <strong>de</strong> una partida es que tenga un costo a un valor que puedamedirse <strong>de</strong> forma fiable. En muchos casos, el casta a valar <strong>de</strong> una partida es conocida. En otras casas<strong>de</strong>be estimarse. La utilización <strong>de</strong> estimaciones razonables eS,una parte esencial <strong>de</strong> la elaboración <strong>de</strong> lasestados financieros, y no menoscaba su fiabilidad. Cuando na pue<strong>de</strong> hacerse una estimación razonable, lapartida na se reconoce en las estadas financieros.2.23 Una partida que no cumple las criterios para su reconocimiento pue<strong>de</strong> cumplir las condiciones para sureconocimiento en una fecha posterior coma resultado <strong>de</strong> circunstancias o <strong>de</strong> sucesos posteriores.2.24 Una partida que na cumple los criterios para su reconocimiento pue<strong>de</strong>, sin embarga, ser revelada a través<strong>de</strong> notas, material informativo a cuadros complementarias. Esta es apropiado cuando el conocimiento <strong>de</strong>


•DECRETO NÚMERO~''. 27 O 6 <strong>de</strong>-- 14Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por/el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"tal partida se consi<strong>de</strong>re relevante por los usuarios <strong>de</strong> los estados financieros para la evaluación <strong>de</strong> lasituación financiera, el rendimiento y los cambios en la situación financiera <strong>de</strong> una microernpresa.Medición <strong>de</strong> activos, pasivos, ingresos y gastos2.25 Medición es el proceso <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminar cuantías o valores en los que una microempresa mi<strong>de</strong> los activos,pasivos, ingresos y gastos en sus estados financieros. La medición involucra la selección <strong>de</strong> una base <strong>de</strong>medición.2.26 La base <strong>de</strong> medición para las microempresas, al preparar sus estados financieros, será el costo histórico.2.27 El costo histórico es el que representa el monto original consumido u obtenido en efectivo, o en suequivalente: en el momento <strong>de</strong> realización <strong>de</strong> un hecho económico. El costo histórico está representado, enla mayoría <strong>de</strong> los casos, por el valor pagado más todos los costos y gastos directamente incurridos paracolocar un activo en condiciones <strong>de</strong> utilización o venta.Reconocimiento en los estados financierosActivos2.28 Una microempresa reconocerá un activo en el estado <strong>de</strong> situación financiera cuando:. (a) sea probable que <strong>de</strong>l mismo se obtengan beneficios económicos futuros para la microempresa y,(b) el activotenga un costo o valor que pueda ser medido con fiabilidad.2.29 Una microempresa no reconocerá un <strong>de</strong>recho contingente como un activo, excepto cuando el flujo <strong>de</strong>beneficios económicos futuros hacia la microempresa tenga un alto nivel <strong>de</strong> certeza.Pasivos2.30 Una rnicroernpresa reconocerá un pasivo en el estado <strong>de</strong> situación 'financiera cuando:(a) tiene una obligación actual como resultado <strong>de</strong> un evento pasado;(b) es probable que se requerirá la transferencia <strong>de</strong> recursos que incorporen beneficios económicospara cancelarla obligación; y(c) el valor <strong>de</strong> la obligación pue<strong>de</strong> medirse <strong>de</strong> forma confiable.2.31 Un pasivo contingente es una obligación posible pero incierta o una obligación actual que no se reconoce,porque no cumple con algunas <strong>de</strong> las condiciones <strong>de</strong>l párrafo 2.30.Ingresos2.32 El reconocimiento <strong>de</strong> los ingresos ocurre simultáneamente con el reconocimiento <strong>de</strong> los incrementos en losactivos o <strong>de</strong> las disminuciones en los pasivos, si se pue<strong>de</strong>n medir con fiabilidad.Gastos2.33 El reconocimiento <strong>de</strong> los gastos ocurre simultáneamente con el reconocimiento <strong>de</strong> la disminución en losactivos o <strong>de</strong>l aumento en los pasivos, si se pue<strong>de</strong> medir con fiabilidad.Deterioro y valor recuperable


•• DECRETO NÚMERO <strong>de</strong> __ Hoja N°. 15-------Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Reconocimiento2.34 Al final <strong>de</strong> cada periodo sobre el que se informa, una microempresa evaluará si existe evi<strong>de</strong>ncia objetiva <strong>de</strong><strong>de</strong>terioro o <strong>de</strong> recuperación <strong>de</strong>l valor <strong>de</strong> los activos, <strong>de</strong> que trata esta norma. Cuando exista evi<strong>de</strong>nciaobjetiva <strong>de</strong> <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong>l valor, la microempresa reconocerá inmediatamente en cuentas <strong>de</strong> resultado unapérdida por <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong>l valor.2.35 La microempresa mediráJa pérdida por <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong>l valor <strong>de</strong> la siguiente forma: la pérdida por <strong>de</strong>terioro .esla diferencia entre el valor en libros <strong>de</strong>l activo y la mejor estimación (que necesariamente tendrá que seruna aproximación) <strong>de</strong>l valor (que podría ser cero) que ésta recibiría por el activo si se llegara a ven<strong>de</strong>r orealizar en la fecha sobre la que se informa.Reversión2.36 Si en periodos posteriores se disminuye la cuantía <strong>de</strong> una pérdida por <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong>l valor y la disminuciónpue<strong>de</strong> relacionarse objetivamente con un hecho ocurrido con posterioridad al reconocimiento inicial <strong>de</strong>l<strong>de</strong>terioro, la microempresa revertirá la pérdida por <strong>de</strong>terioro reconocida con anterioridad. La recuperación<strong>de</strong>l <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong> valor no pue<strong>de</strong> llevar el valor <strong>de</strong>l activo a un monto neto en libros superior al que hubieratenido: si no hubiera sufrido ese <strong>de</strong>terioro. La microempresa reconocerá inmediatamente el monto <strong>de</strong> lareversión en las cuentas <strong>de</strong> resultado.Base contable <strong>de</strong> acumulación o<strong>de</strong>vengo2.37 Una microempresa elaborará sus estados financieros utilizando la base contable <strong>de</strong> causación(acumulación o <strong>de</strong>vengo). Los efectos <strong>de</strong> las transacciones y <strong>de</strong>más sucesos se reconocen cuandoocurren y no cuando se recibe o pagá dinero u otro equivalente al efectivo en los periodos con los cualesse relacionan.Compensación2.38 No se compensarán activos con pasivos, ni ingresos con gastos. Tanto las partidas <strong>de</strong> activo y pasivo,como las <strong>de</strong> gastos e ingresos, se <strong>de</strong>ben presentar por separado, a menos que las normas legales o lostérminos contractuales permitan lo contrario.Correcciones <strong>de</strong> errores <strong>de</strong> periodos anteriores2.39 Son errores <strong>de</strong> periodos anteriores las omisiones e inexactitu<strong>de</strong>s en los estados financieros <strong>de</strong> unamicroempresa. correspondientes a uno o más periodos anteriores, que surgen <strong>de</strong> no emplear, o <strong>de</strong> un erroral utilizar, información fiable que:a) estaba disponible cuando los estados financieros para esos periodos fueron autorizados aemitirse, yb) podria esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboración ypresentación <strong>de</strong> esos estados financieros.2.40 El efecto <strong>de</strong> las correcciones <strong>de</strong> errores anteriores se reconocerá en resultados en el mismo periodo enque el error es <strong>de</strong>tectado. La microempresa <strong>de</strong>berá revelar la siguiente información: a) la naturaleza <strong>de</strong>lerror y, b) el monto <strong>de</strong> la corrección para cada rubro en los estados financieros.Capítulo 3


2106, .DECRETO NÚMERO ____ 1___ <strong>de</strong> __16Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314<strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Alcance <strong>de</strong> este capítuloPRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS3.1 Este capítulo explica la presentación razonable <strong>de</strong> los estados financieros, los requerimientos para elcumplimiento <strong>de</strong> la norma para las microempresas y qué es un conjunto completo <strong>de</strong> estados financieros. Enel caso <strong>de</strong> otras transaccionE:,!s o activida<strong>de</strong>s no incluidas en estas directrices, remítase a los criteriospertinentes que figuran en las directrices establecidas en la NIIF para las PYMES.Presentación razonable3.2 Los estados financieros <strong>de</strong>ben presentar razonablemente la situación financiera y los resultados <strong>de</strong> lasoperaciones <strong>de</strong> una' microempresa. Lo anterior implica la representación fiel <strong>de</strong> los efectos <strong>de</strong> lastransacciones, otros sucesos y condiciones, <strong>de</strong> acuerdo con las <strong>de</strong>finiciones y criterios <strong>de</strong> reconocimiento <strong>de</strong>activos, pasivos, ingresos y gastos establecidos en el capítulo 2 Conceptos y Principios Generales.Hipótesis <strong>de</strong> negocio en marcha3.3 Al preparar los estados financieros, la administración evaluará la capacidad que tiene la microempresa paracontinuar en funcionamiento. Una microempresa es un negocio en marcha, salvo que sus propietariostengan la intención <strong>de</strong> liquidarla o <strong>de</strong> hacer cesar sus operaciones, o cuando no exista otra alternativa másrealista que proce<strong>de</strong>r <strong>de</strong> una <strong>de</strong> estas formas. La evaluación <strong>de</strong> esta hipótesis <strong>de</strong>berá cubrir las expectativas<strong>de</strong> funcionamiento en los siguientes doce meses.Frecuencia <strong>de</strong> la información3.4 .Una microempresa preparará y difundirá un juego completo <strong>de</strong> estados financieros (incluyendo informacióncomparativa) al menos una vez al año, con corte a 31 <strong>de</strong> diciembre, o en periodos inferiores si laadministración o los propietarios lo consi<strong>de</strong>ran conveniente.Uniformidad en la presentación3.5 Una microempresa mantendrá la presentación y clasificación <strong>de</strong> las partidas en lbs estados financieros <strong>de</strong> unperiodo a otro, a menos que, tras un cambio importante en la naturaleza <strong>de</strong> las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> lamicroempresa o una revisión <strong>de</strong> sus estados financieros, se ponga <strong>de</strong> manifiesto que sería más apropiadaotra presentación o clasificaCión. Con el fin <strong>de</strong> mejorar la presentación o calidad <strong>de</strong> los estados financieros,las causas <strong>de</strong>l cambio que afecte la uniformidad <strong>de</strong> la presentación <strong>de</strong> los estados financieros, <strong>de</strong>beráninformarse en una nota a los estados financieros..Información comparativa3.6 Una microempresa revelará información comparativa respecto <strong>de</strong>l periodo comparable anterior para todoslos montos presentados en los estados financieros <strong>de</strong>l periodo corriente. Adicionalmente, incluirá informacióncomparativa para la información <strong>de</strong> tipo <strong>de</strong>scriptivo y narrativo, cuando esto sea relevante para lacomprensión <strong>de</strong> los estados financieros <strong>de</strong>l periodocorriente.Materialidad (importancia relativa)3.7 Un hecho económico es importante cuando, <strong>de</strong>bido a su naturaleza o cuantía, su conocimiento o<strong>de</strong>sconocimiento, teniendo en cuenta las circunstancias que lo ro<strong>de</strong>an, pue<strong>de</strong> alterar significativamente las<strong>de</strong>cisiones económicas <strong>de</strong> los usuarios <strong>de</strong> la información.Conjunto completo <strong>de</strong> estados financieros


· 'DECRETO NÚMERO ..~2106"~-------<strong>de</strong>17Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual Se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"3.8 Un conjunto completo <strong>de</strong> estados financieros <strong>de</strong> una microempresa compren<strong>de</strong>:(a) Un estado <strong>de</strong> situación financiera,(b) Un estado <strong>de</strong> resultados,(c) Notas a los estados financieros: son parte integral <strong>de</strong> los estados financieros y <strong>de</strong>ben prepararse por laadministracipn, con sujeción a las siguientes reglas:1. Cada nota <strong>de</strong>be aparecer i<strong>de</strong>ntificada mediante números o letras y <strong>de</strong>bidamente titulada, con elfin <strong>de</strong> facilitar su lectura y cruce con los estados financieros respectivos.2. Cuando sea práctico y significativo, las notas se <strong>de</strong>ben referenciar a<strong>de</strong>cuadamente en el cuerpo'<strong>de</strong> los estados financieros.3. Las primeras notás <strong>de</strong>ben i<strong>de</strong>ntificar el ente econ6mico, resumir sus políticas y prácticascontables y los asuntos <strong>de</strong> importancia relativa.4. Las notas <strong>de</strong>ben ser presentadas en una secuencia lógica, guardando, en cuanto, sea posible elmismo or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> los rubros' <strong>de</strong> los estados financieros. Las notas no son un sustituto <strong>de</strong>la<strong>de</strong>cuado tratamiento contable en los estados financieros.En forma comparativa cuando sea el caso, los estados financieros <strong>de</strong>ben revelar por separado comomínimo la naturaleza y cuantía dEl cada uno <strong>de</strong> los siguientes asuntos:1. Ente económico: Nombre, <strong>de</strong>scripción <strong>de</strong> la naturaleza, fecha <strong>de</strong> constitución, duración yactividad económica <strong>de</strong> la microempresa reportante.2. Fecha <strong>de</strong> corte o período al cual corresponda la ínformaci6n.3. Principales políticas y prácticas contables, con expresa indicaci6n <strong>de</strong> los cambios contablesque hubieren ocurrido <strong>de</strong> un período a otro. '4. Activos y pasivos, clasificados en corrientes y no corrientes, <strong>de</strong> acuerdo con los numerales4.3 a 4.6. '5. La <strong>de</strong>preciaci6n acumulada y el <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong>l valor <strong>de</strong> un activo se <strong>de</strong>ben presentarasociados con el activo respectivo.6. Clases <strong>de</strong> ingresos y gastos.7. La microempresa <strong>de</strong>be indicar en una nota adicional 'a los estados financieros, losmovimientos <strong>de</strong>l patrimonio durante el ejercicio contable, si los hubiere.Las microempresas podrán, preparar cualquier otro estado financiero que consi<strong>de</strong>ren necesario para unamejor comprensibilidad <strong>de</strong> su situación financiera o <strong>de</strong>l resultado <strong>de</strong> sus operaciones.'I<strong>de</strong>ntificaci6n <strong>de</strong> los estados financieros',3.9 Las microempresasi<strong>de</strong>ntificarán claramente cada uno <strong>de</strong> los estados financieros. A<strong>de</strong>más, presentarán lasiguiente informaci6n <strong>de</strong> forma <strong>de</strong>stacada, y la repetirán cuando sea necesario para la comprensi6n <strong>de</strong> lainformación presentada:..


DECRETO NÚMERO ,"J .... <strong>2706</strong><strong>de</strong> __18Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>. información financiera para las microempresas" .(a) El nombre <strong>de</strong> la microempresa que informa y cualquier cambioen su nombre <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el final <strong>de</strong>l periodoprece<strong>de</strong>nte. .(b) La fecha <strong>de</strong>l estado <strong>de</strong> situación financiera y el periodo a que se refiere el estado <strong>de</strong> resultados.(c) La moneda legal en Colombia.Alcance <strong>de</strong> este capítuloCapítulo 4ESTADO DE SITUACiÓN FINANCIERA4.1 Este capítulo establece la información a revelar en el estado <strong>de</strong> situación financiera y cómo presentarla. Elestado <strong>de</strong> situación financiera revela los activos, pasivos y patrimonio <strong>de</strong> una microempresa en una fechaespecifica al final <strong>de</strong>l periodo sobre el que se informa.Distinción entre partidas corrientes y no corrientes. 4.2 Una microempresa revelará en el estado <strong>de</strong> situación financiera, sus activos y pasivos clasificados encorrientes y no corrientes, <strong>de</strong> acuerdo con lo establecido en los párrafos 4.3 a 4.6, excepto cuando unapresentación basada en el grado <strong>de</strong> liqui<strong>de</strong>z proporcione una información fiable que sea más relevante. Eneste último caso, todos los activos y pasivos se presentarán <strong>de</strong> acuerdo con su liqui<strong>de</strong>z aproximada(ascen<strong>de</strong>nte o <strong>de</strong>scen<strong>de</strong>nte).Activos corrientes4.3 Una microempresa clasificará un activo como corriente cuando:(a) Espera convertirlo en efectivo o se lo mantiene para la venta o para el consumo en el curso normal<strong>de</strong>l ciclo <strong>de</strong> operaciones <strong>de</strong> la microempresa, que generalmente es <strong>de</strong> un año. Cuando el ciclo normal<strong>de</strong> operación no sea claramente i<strong>de</strong>ntificable, se supondrá que su duración es <strong>de</strong> doce meses.(b) Mantiene el activo principalmente con fines <strong>de</strong> negociación;(c) Espera realizar el activo <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los doce meses siguientes <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la fecha sobre la que se informa;o(d) Se trate <strong>de</strong> efectivo o un equivalente al efectivo. 4,4 . Una microempresa clasificará todos los <strong>de</strong>más activos como no corrientes. Pasivos corrientes4.5 Una microempresa clasificará un pasivo como corriente cuando:(a) .Espera liquidarlo o pagarlo en el curso normal <strong>de</strong>l ciclo <strong>de</strong> operación <strong>de</strong> la microempresa;(b) El pasivo <strong>de</strong>be liquidarse <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los doce meses siguientes a la fecha sobre la que se informa,4.6 Una microempresa,clasificará todos los <strong>de</strong>más pasivos como no corrientes.Or<strong>de</strong>nación y form~to <strong>de</strong> las partidas <strong>de</strong>l estado <strong>de</strong> situación Financiera


,-<strong>2706</strong>DECRETO NÚMERO _____________<strong>de</strong> __19Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"4.7 Esta norma establece que las partidas que conforman el estado <strong>de</strong> situación financiera se presententomando como base su liqui<strong>de</strong>z, en el caso <strong>de</strong> los activos y su exigibilidad en el <strong>de</strong> los pasivos. A<strong>de</strong>más: .(a) Se incluirán otras partidas cuando el tamaño, naturaleza o función <strong>de</strong> una partida o grupo <strong>de</strong> partidassimilares sea tal que la presentaCión por separado sea relevante para compren<strong>de</strong>r la situación financiera<strong>de</strong> la microempresa, y(b) Las <strong>de</strong>nominaciones utilizadas y la or<strong>de</strong>nación <strong>de</strong> las partidas o agrupaciones <strong>de</strong> partidas similares. podrán m{)dificarse <strong>de</strong> acuerdo con la naturaleza <strong>de</strong> la microempresa y <strong>de</strong> sus transacciones, parasuministrar información que sea relevante para la comprensi,ón <strong>de</strong> la situación financiera <strong>de</strong> lamicroempresa.Información a revelar en el estado <strong>de</strong> situación financiera o en las notas4.8 Una microempresa revelará como mínimo en el estado <strong>de</strong> situación financiera o en las notas las siguientespartidas: .(a) Efectivo y equivalentes al efectivo(b) Inversiones(c) Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar que muestren por separado los montos por cobrar <strong>de</strong>terceros y cuentas por cobrar proce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> ingresos causados (o <strong>de</strong>vengados) pendientes <strong>de</strong> cobro.(d) Cuando no se tenga certeza <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r cobrar una <strong>de</strong>uda comercial, <strong>de</strong>berá establecerse una cuenta quemuestre el <strong>de</strong>terioro (provisión) <strong>de</strong> las cuentas por cobrar.(e) Inventarios que muestren por separado las cuantías:a. Que se mantienen para la venta en el curso normal <strong>de</strong> las operaciones.b. En forma <strong>de</strong> materiales o süministros, para ser consumidos en el proceso <strong>de</strong> producción, o en laprestación <strong>de</strong> servicios.(n Propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo que muestrenel valor <strong>de</strong> la <strong>de</strong>preciación acumulada.(g) Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar, que muestren por separado los montos por pagar aproveedores, ingresos diferidos y gastos acumulados por pagar.(h) Obligaciones financieras.(i)Obligaciones laborales. O) Pasivo por impuestos. (k) Provisiones: correspon<strong>de</strong>n al reconocirniento <strong>de</strong> las estimaciones <strong>de</strong> obligaciones presentes, surgidas <strong>de</strong>eventos pasados, sobre las cuales se <strong>de</strong>sconoce con certeza su fecha <strong>de</strong> liquidación o pago o su monto.. . '(1) Patrimonio, que compren<strong>de</strong> partidas tales como capital pagado, ganancias acumuladas y utilidad opérdida <strong>de</strong>l ejercicio,Capítulo 5


<strong>2706</strong>DECRETO NÚMERO ______<strong>de</strong>20Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Alcance <strong>de</strong> este capítuloESTADO DE RESULTADOS5.1 Este capítulo precisa que una microempresa presente el resultado <strong>de</strong> sus operaciones <strong>de</strong>l periodo.Adicionalmente establece la información que se tiene que presentar en este estado, y cómo presentarla.Presentación <strong>de</strong>l resultado5.2 Una microempresa presentará el resultado <strong>de</strong> sus operaciones, obtenido en un periodo <strong>de</strong>terminado, en elestado <strong>de</strong> resultados, el cual incluirá todas las partidas <strong>de</strong> ingresos y gastos reconocidas en el periodo.. Estructura <strong>de</strong>l estado <strong>de</strong> resultados5.3 La utilidad bruta refleja la diferencia entre las ventas netas y los costos <strong>de</strong> ventas. De la utilidad bruta se<strong>de</strong>ducen todos los gastos incurridos, se suman los otros ingresos causados y se resta la provisión paraimpuesto sobre la renta para establecer el resultado <strong>de</strong>l periodo.5.4 El impuesto sobre la renta que figura en el estado <strong>de</strong> resultados correspon<strong>de</strong> a la mejor estimación <strong>de</strong>l gastopor éste concepto a la fecha <strong>de</strong> cierre. .5.5 Toda pérdida o ganancia que sea irnportante <strong>de</strong>be revelarse por separado en el estado <strong>de</strong> resultados,atendiendo los criterios establecidos en el numeral 2.8.Alcance <strong>de</strong> este capítuloCapítulo 6. INVERSIONES .6.1 Este capítulo hace referencia a los principios para el reconocimiento y medición <strong>de</strong> las inversiones.Las inversiones son instrumentos financieros'en los que la microempresa tiene control sobre susbeneficios, con el fin <strong>de</strong> obtener ingresos financieros. Generalmente correspon<strong>de</strong>n a instrumentos <strong>de</strong><strong>de</strong>uda o patrimonio emitidos por terceros..'Reconocimiento inicial <strong>de</strong> las inversiones6.2 Una microempresa reconocerá las inversiones cuando cumpla los criterios establecidos en el párrafo 2.19Medición6.3 Las inversiones se medirán al cósto histórico.6.4 El valor histórico <strong>de</strong> las inversiones, el cual incluye los costos originados en su adquisición, <strong>de</strong>be medirse alfinal <strong>de</strong>l período, conforme se establece en los párrafos 2.25 a 2.27.6.5 La microempresa <strong>de</strong>be efectuar la causación <strong>de</strong> los intereses pendientes <strong>de</strong> cobro, registrándolos en elestado <strong>de</strong> resultados y afectando la respectiva cuenta por cobrar por intereses, <strong>de</strong> acuerdo con la tasapactada en.el instrumento, causada <strong>de</strong> manera lineal durante el tiempo.en que se mantenga la inversión.Presentaci'ón <strong>de</strong> los estados financieros


.. DECRETO NÚMERO e. '. 2106 <strong>de</strong>-,-_ Hoja N°.21Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre él marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"6.6 Una microempresa clasificará las inversiones como activos,corrientes, cuando se rediman antes <strong>de</strong> un año, ycomo no corrientes cuando se rediman <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>un año.Información a revelar6.7 Una microempresa revelará:(a) El valor en libros <strong>de</strong> las inversiones.(b) Los divi<strong>de</strong>ndos y otras distribuciones reconocidas como ingresos en el periodo. Alcance <strong>de</strong> este capítuloCapítulo 7 CUENTAS POR COBRAR7.1 Este capítulo hace referencia a la medición e información a revelar <strong>de</strong> las cuentas por cobrar.las cuentas por cobrar, documentos por cobrar y otras cuentas por cobrar son <strong>de</strong>rechos contractuales pararecibir dinero u otros activos financieros <strong>de</strong> terceros, a partir <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s generadas directamente por lamicroempresa.Reconocimiento inicial <strong>de</strong> las cuentas por cobrar7.2 Una microempresa reconocerá las cuentas por cobrar cuando cumpla con los criterios establecidos en elpárrafo 2.19.Medición7.3 Las cuentas por cobrar se medirán al costo histórico.7.4 Las cuentas por cobrar se registran por el valor expresado en la factura o documento <strong>de</strong> cobro equivalente,7,5 Cuando no se tenga certeza <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r recuperar una cuenta por cobrar, <strong>de</strong>be establecerse una cuenta quemuestre el <strong>de</strong>terioro (provisión) que disminuya las respectivas cuentas por cobrar. Ver párrafos 2.34 a 2.367.6 La microempresa <strong>de</strong>be efectuar la causación <strong>de</strong> los intereses pendientes <strong>de</strong> cobro, registrándolos en elestado <strong>de</strong> resultados y afectando la respectiva cuenta por cobrar por intereses.Presentación <strong>de</strong> los estados financieros .7.7 Una microempresa clasificará sus cuentas por cobrar como activos corrientes, si se esperan cobrar <strong>de</strong>ntro<strong>de</strong> un año, o no corrientes, si se esperan cobrar durante un periodo <strong>de</strong> más <strong>de</strong> un año. Debe separarse laporción corriente <strong>de</strong> la no corriente, .Información a revelar7,8 Una microempresa revelará:(a) El valor en libros <strong>de</strong> los recursos pendientes <strong>de</strong> cobro.(b) El valor estimado por <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong> las cuentas por cobrar.


DECRETO NÚMERO"" '. 2106 <strong>de</strong> Hoja N°. 22Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>cretd: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"(c) El monta <strong>de</strong> las intereses pendientes <strong>de</strong> cabra.(d) Mostrar en nata a los estados financieros el rilovimíento <strong>de</strong> las cuentas estimadas par <strong>de</strong>terioro durante elaño.INVENTARIOSAlcance <strong>de</strong> este capítuloCapítulo 8.8.1 Este capítulo establece los principios para el reconocimiento y medición <strong>de</strong> las inventarias. Los inventariossan activos:a} mantenidas para la venta en el curso normal <strong>de</strong> las operaciones;b} en proceso <strong>de</strong> producción; oc) en forma <strong>de</strong> materiales o suministros, para ser consumidos en el proceso <strong>de</strong> producción, o en .Iaprestación <strong>de</strong> servicios.Medición <strong>de</strong> los inventarios8.2 Las inventarios <strong>de</strong>ben medirse al costo.8.3 Las microempresas que <strong>de</strong>sarrollen activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> transformadón <strong>de</strong> bienes, si lo estiman conveniente,podrán llevar contabilidad <strong>de</strong> costos, <strong>de</strong>finida cama un sistema <strong>de</strong> información para pre<strong>de</strong>terminar,registrar, acumular, distribuir, controlar, analizar, interpretare informar <strong>de</strong> los costos <strong>de</strong> producción <strong>de</strong>una entidad.Costo <strong>de</strong> los inventarios8.4 El casto <strong>de</strong> los inventarias <strong>de</strong>be incluir su costo <strong>de</strong> adquisición y los <strong>de</strong>más costos en que se haya incurridopara que las inventarias se encuentren listos para su uso coma factor <strong>de</strong> la producción a venta.Costos <strong>de</strong> adquisición8.5 El costa <strong>de</strong> adquisición <strong>de</strong> los inventarios compren<strong>de</strong>rá, entre otros, el precia <strong>de</strong> compra, impuestos na .recuperables (no <strong>de</strong>scontables), el transporte, la manipulación y otros costas directamente atribuibles a laadquisición <strong>de</strong> las mercancías, materiales o servicias. Las <strong>de</strong>scuentos comerciales, las rebajas y otraspartidas similares se restarán para <strong>de</strong>terminar el costo <strong>de</strong> adquisición. Las <strong>de</strong>scuentas posteriores a lacompra, tales como las <strong>de</strong>scuentos por pronta paga, se lIevárán al estada <strong>de</strong> resultadas,8.6 Cuando una microempresa adquiera inventarios a crédito, los intereses <strong>de</strong> financiación y I~s diferencias encambia, si las hay, se reconocerán cama gastos en el estada <strong>de</strong> resultados.SistelTías <strong>de</strong> inventarios8.7 Una microempresa que aplique esta norma podrá utilizar, según sus necesida<strong>de</strong>s, el sistema <strong>de</strong> inventarioperiódico a el sistema <strong>de</strong> inventario permanente. En caso <strong>de</strong> optar por el sistema <strong>de</strong> inventario periódico,<strong>de</strong>berá realizarse por lo menos una toma física anual <strong>de</strong>l inventario. '.Método <strong>de</strong> cálculo <strong>de</strong>l costo


i .DECRETO NÚMERO. "\"2106<strong>de</strong> __23Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se regla·menta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempre$as" .8.8 Una microempresa medirá el costo <strong>de</strong> los inventarios, utilizando los métodos <strong>de</strong> primeras en entrar primerasen salir (PEPS) o costo promedio pon<strong>de</strong>rado, o cualquier otro método <strong>de</strong> reconocido valor técnico. Utilizaráel mismo método para todos sus inventarios. El método últimas en entrar primeras en salir (UEPS) nó estápermitido en esta norma. .I .Deterioro <strong>de</strong>l valor <strong>de</strong> los inventarios8.9 La microempresa evaluará al final <strong>de</strong> cada periodo sobre el que se informa silos inventarios están<strong>de</strong>teriorados, es <strong>de</strong>cir, si el valor en libros no es totalmente recuperable (por ejemplo, por daños,obsolescencia o precios <strong>de</strong> venta <strong>de</strong>crecientes). Si. una partida (o grupo <strong>de</strong> partidas) <strong>de</strong> inventario está<strong>de</strong>teriorada, la microempresa medirá el inventario <strong>de</strong> acuerdo con los criterios establecidos en los ·numerales2.34 a 2.36. Si las circun'stancias que originaron el <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong> valor han cambiado y se ha recuperado lapérdida por <strong>de</strong>terioro, ésta se revertirá contra resultados.Reconocimiento como costo8.10· Cuando los inventarios se vendan, la microempresa reconocerá el valor en libros <strong>de</strong> éstos como costo <strong>de</strong>ventas en el periodo en el que se reconozcan los correspondientes ingresos. Si la microempresa utiliza elsistema <strong>de</strong> inventario periódico, la adquisiCión <strong>de</strong> materias primas y/o materiales y suministros secontabilizarán como compras <strong>de</strong>l periodo y el costo <strong>de</strong> ventas se <strong>de</strong>terminará por el sistema <strong>de</strong> inventarioperiódico, una vez realizado el respectivo conteo físico <strong>de</strong> los inventarios en existencia.Presentación <strong>de</strong> los estados financieros8.11 Una microempresa clasificará sus inventarios como activos corrientes. Información a revelar 8.12 Una microempresa revelará las pérdidas por <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong>l valor reconocidas en cuentas <strong>de</strong> resultado, asícomo la recuperación <strong>de</strong> las pérdidas por <strong>de</strong>terioro ocurrida durante el periodo.Alcance <strong>de</strong> este capítulo Capítulo 9PROPIEDADES, PLANTA YEQUIPO. 9.1 Las propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo son activos tangibles que: (a) se mantienen para su uso en la producción o en el suministro <strong>de</strong> bienes o servicios,para arrendarlos aterceros, con propósitos administrativos o con fines <strong>de</strong> valorización, y(b) se esperan usar durante más <strong>de</strong> un periodo contable.Reconocimiento9.2 Las microempresasreconocerán el costo <strong>de</strong> las propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo <strong>de</strong> acuerdo con los criteriosestablecidos en el numeral 2.19. .9.3 Los terrenos y los edificios se contabilizarán por separado, incluso sí hubieran sido adquiridos en. formaconjunta.


DECRETO NÚMERO"" l 27 O 6 <strong>de</strong> __24Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cUal se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo<strong>de</strong>información financiera para las microempresas"9.4 Las pie'zas ,<strong>de</strong> repuesto y el equipo auxiliar se registran habitualmente como inventarios, y se reconócenenel resultado <strong>de</strong>l periodo cuando se consUmen. Sin embargo, las piezas <strong>de</strong> repuesto importantes y el equipo<strong>de</strong> mantenimiento permanente son propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo cuando la entidad espera utilizarlas durantemás <strong>de</strong> un periodo. De forma similar, si las piezas <strong>de</strong> repuesto y el equipo auxiliar solo pue<strong>de</strong>n ser utilizadoscon relación a un elemento <strong>de</strong> propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo, se, consi<strong>de</strong>rarán también propieda<strong>de</strong>s, planta yequipo.9.5 Ciertos componentes <strong>de</strong> algunos elementos <strong>de</strong> propieda<strong>de</strong>s, ,planta y equipo pue<strong>de</strong>n requerir su reemplazo aintervalos regulares (por ejemplo, el techo <strong>de</strong> un edificio). Estos componentes se reconocerán por separado.Una entidad añadirá el costo <strong>de</strong> reemplazar componentes <strong>de</strong> tales elementos al valor en libros <strong>de</strong> unelemento <strong>de</strong> propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo cuando se incurra en ese costo, si se espera que el componentereemplazado vaya a suministrar beneficios futuros adicionales a la entidad. El valoren libros <strong>de</strong> estoscomponentes sustituidos se dará <strong>de</strong> baja en cuentas <strong>de</strong> acuerdo con los párrafos 9.13 a 9,15.Medición en el momento <strong>de</strong>l reconocimiento9.6 Las propieda<strong>de</strong>s, planta yequipo <strong>de</strong>ben ser valorados a su costo.Componentes <strong>de</strong>l costo- medición inicial9.7" El costo <strong>de</strong> los terrenos, instalaciones o equipos compren<strong>de</strong> su precio <strong>de</strong> adquisición, incluidos los <strong>de</strong>rechos<strong>de</strong> importación y los impuestos indirectos no reembolsables y cualquier costo directainente atribuible alacondicionamiento <strong>de</strong>l activo para el uso previsto. Al <strong>de</strong>terminar el precio <strong>de</strong> adquisición se <strong>de</strong>berán <strong>de</strong>ducirlos <strong>de</strong>scuentos y rebajas comerciales.Medición posterior al reconocimiento inicial9.8 Una microempresa medirá todos 'los elementos <strong>de</strong> propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo tras su reconocimientoinicial al costo menos la <strong>de</strong>preciación acumulada y las pérdidas por <strong>de</strong>terioro <strong>de</strong>l valor acumul¡;¡das.. Depreciación9,9 El monto <strong>de</strong>preciable <strong>de</strong> las propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo <strong>de</strong>be reconocerse como gasto a lo largo <strong>de</strong> su vidaútil, entendiéndose por ésta, el periodo durante el cual se espera que un activo esté disponible para el uso<strong>de</strong> la microempresa, o el número <strong>de</strong> unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> producción esperadas <strong>de</strong>l activo por la microempresa.9,10Los terrenos por tener vida 'ilimitada, no son objeto <strong>de</strong> <strong>de</strong>preciación. Las construcciones tienen una vidalimitada, ratón por la cual son <strong>de</strong>preciables,, Valor <strong>de</strong>preciable y periodo <strong>de</strong> <strong>de</strong>preciación9.11 Una microempresa distribuirá el valor <strong>de</strong>preciable <strong>de</strong> forma sistemática a lo largo <strong>de</strong> su vida útil.9.12 La <strong>de</strong>preciación <strong>de</strong> un activo comenzará cuando esté disponible para su uso, esto es, cuando se encuentreen las condiciones necesarias para operar en la forma que lo ha previsto la microempresa, La <strong>de</strong>preciación<strong>de</strong> un activo termina cuando se elimina (o se da <strong>de</strong> baja) <strong>de</strong> los estados financieros, La <strong>de</strong>preciación nocesará cuando el activo esté sin utilizar o se haya retirado <strong>de</strong>l uso activo, a menos que se encuentre, <strong>de</strong>preciado por completo. Una microempresa distribuirá el valor· <strong>de</strong>preciable <strong>de</strong> un activo <strong>de</strong> formasistemática a lo largo <strong>de</strong> su vida útil. El método más simple es la <strong>de</strong>preciación lineal, lo que no quiere <strong>de</strong>cirque no se puedan utilizar otros métodos <strong>de</strong> reconocido valor técnico.Baja en cuentas


..DECRETO NÚMERO ----'------ <strong>de</strong>_--,­25Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"9.13 Una microempresa dará <strong>de</strong> baja en cuentas un elemento <strong>de</strong> propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo:(a) cuando disponga <strong>de</strong> él; o(b) cuando no se espera obtener beneficios económicos futuros por su uso o disposición.9.14 Una microempresa reconocerá la ganancia o pérdida por la baja en cuentas <strong>de</strong> un elemento <strong>de</strong>propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo en el resultado <strong>de</strong>l periodo en que el elemento sea dado <strong>de</strong> baja en cuentas.9.15 Una microempresa <strong>de</strong>terminará la ganancia o pérdida proce<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la baja en cuentas <strong>de</strong> un elemento <strong>de</strong>propieda<strong>de</strong>s, planta y equipo, como la diferencia entre el producto neto <strong>de</strong> la disposición, silo hubiera, yelvalor en libros <strong>de</strong>l elemento.Presentación <strong>de</strong> los estados financieros9.16 Una micr<strong>de</strong>mpresa clasificará sus propieda<strong>de</strong>s planta yequipo como activos no corrientes. .. Información a revelar9.17 En notas a los estados financieros <strong>de</strong>be revelarse, para cada categoría <strong>de</strong> estos activos, una conciliación <strong>de</strong>lvalor contable al comienzo y al final <strong>de</strong>l periodo en la que se indiquen:(a) Las adiciones;(b) Las enajenaciones;(c) La <strong>de</strong>preciación; y(d) Otros movimientos. Alcance <strong>de</strong> este capítuloCapítulo 10 OBLIGACIONES FINANCIERAS YCUENTAS POR PAGAR10.1 Este capitulo <strong>de</strong>sarrolla el reconocimiento, medición, baja en cuentas e información a revelar <strong>de</strong> lasobligaciones financieras y las cuentas por pagar.Un pasivo financiero (cuentas por pagar comerciales, documentos por pagar y préstamos por pagar), esuna obligación· contractual para entregar dinero u otros activos financieros a terceros (otra entidad opersona natural).Reconocimiento inicial <strong>de</strong> las obligaciones financieras y cuentas por pagar. 10.2 . Las obligaciones financieras y cuentas por pagar se reconocerán en los estados financieros solo cuandocumplan las condiciones para reconocimiento <strong>de</strong> pasivos incluidos en el numeral 2.19. .Medición10.3 Tanto las obligaciones financieras como las cuentas por pagar se medirán a su costo histórico.10.4 Las microempresas <strong>de</strong>ben efectuar la causación <strong>de</strong> los intereses en forma periódica, registrándolos en elestado <strong>de</strong> resultados y afectando las correspondientes cuentas <strong>de</strong>l estado <strong>de</strong> situación financiera. .


,.­•DECRETO NÚMERO' •. l 27 O 6 <strong>de</strong>26Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Baja en cuentas10.5 Una entidad dará <strong>de</strong> baja en cuentas un elemento <strong>de</strong> obligaciones financieras y cuentas por pagar: a) Cuando haya sido pagada ocancelada en su totalidad, o bien haya expirado.. .b) Cuando se realice una permuta entre un prestamista y un prestatario.• c)Cuando se condone la obligación o cuenta por pagar; o d) Cuando se realice su castigo. Presentación <strong>de</strong> los estados financieros10.6 Una microempresa clasificará sus obligaciones financieras y cuentas por pagar, conforme lo <strong>de</strong>scrito en losnumerales 4.5 y 4.6 <strong>de</strong> esta norma.Información a revelar10.7 Una microempresa revelará:(a) El valor en libros <strong>de</strong> las obligaciones financieras ycuentas por pagar asu cargo.(b) El valor <strong>de</strong> los intereses correspondientes al periodo contable, que Se encuentran pendientes <strong>de</strong> pagoAlcance <strong>de</strong> este capítulo .Capítulo 11OBLIGACIONES LABORALES11.1 Este capítulo compren<strong>de</strong> todos los tipos <strong>de</strong> contraprestaciones que las microempresas proporcionan a lostrabajadores a cambio <strong>de</strong> sus serVicios.Principio <strong>de</strong> reconocimiento general para todos los beneficios a los empleados11.2 Una microempresa reconocerá el costo <strong>de</strong> todos los beneficios a los empleados a los. que éstos tengan<strong>de</strong>recho como un gasto, a menos que otro capítulo <strong>de</strong> esta Norma requiera que el costo se. reconozcacomo parte' <strong>de</strong>l costo <strong>de</strong> un activo, tal como en la construcción '<strong>de</strong> propieda<strong>de</strong>s, planta yequipo.Obligaciones laborales a corto plazo. 11.3 . Las obligaciones a corto plazo a los empleados compren<strong>de</strong>n partidas tales como las siguientes:(a) Salarios y aportes a la seguridad social;(b) Prestaciones sociales básicas (primas, vacaciones, cesantías e intereses a las cesantías).Medición <strong>de</strong> beneficios a corto plazo11.4 Cuando un empleado haya prestado sus servicios a una microempresa durante el periodo sobre el que se.informa, se medirá el valor reconocido <strong>de</strong> acuerdo con el párrafo 11.2 por el valor que se espera que h¡;¡yaque pagar por esos servicios.


• ,2106--------DECRETO NÚMERO <strong>de</strong> __ Hoja N°. 27Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Reconocimiento11.5 Puesto que los beneficios por terminación <strong>de</strong>l período <strong>de</strong> empleo en la mitroempresa no proporcionanbeneficios económicos futuros, una microempresa los reconocerá en resultados como gasto <strong>de</strong> formainmediata. No se reconocerán provisiones para <strong>de</strong>spido sin justa causa, a menos que se trate <strong>de</strong> acuerdos<strong>de</strong> terminación aprobados legalmente con anterioridad e informados a los afectados.Presentación <strong>de</strong> los estados financieros11.6 Una microempresa clasificará sus obligaciones laborales conforme lo <strong>de</strong>scrito en los numerales 4.5 y 4,6. <strong>de</strong> esta norma.Obligaciones laborales a largo plazo11.7 Aunque este tipo <strong>de</strong> retribuciones no es usual en las microempresas, <strong>de</strong> presentarse, se medirán por lamejor estimación <strong>de</strong>l probable <strong>de</strong>sembolso,Información a revelar11,8 Este capitulo no requiere información a revelar específica sobre beneficios a los empleados a corto plazo.Para los beneficios a largo plazo que una microempresa proporcione a sus empleados, revelará lanaturaleza <strong>de</strong> los beneficios y el monto <strong>de</strong> su obligación, Para los beneficios por terminación que unamícroempresa proporcione a sus empleados, revelará la naturaleza <strong>de</strong> los beneficios y el monto <strong>de</strong> suobligación.. Alcance <strong>de</strong> este capítuloCapítulo 12INGRESOS. . .12.1 Este capítulo se aplicará al contabilizar los ingresos proce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> las siguientes transacciones:(a) La venta <strong>de</strong> bienes,(b) La prestación <strong>de</strong> servicios.(c)Otros ingresos. Medición <strong>de</strong> los ingresos 12.2 Una microempresa incluirá en los ingresos solamente los valores brutos <strong>de</strong> los beneficios económicosrecibidos y por recibir por cuenta propia. Para <strong>de</strong>terminar el valor <strong>de</strong> los ingresos, la microempresa.<strong>de</strong>berátener en cuenta el valor <strong>de</strong> cualesquier <strong>de</strong>scuento comercial, <strong>de</strong>scuento por pronto pago y rebaja porvolumen <strong>de</strong> ventas que sean reconocidas por la microempresa.12.3 En los ingresos se <strong>de</strong>ben excluir los impuestos sobre bienes y servicios.12.4 Los ingresos proce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> la venta <strong>de</strong> mercancías (o bienes) <strong>de</strong>ben reconocerse cuando lamicroempresa ha transferido al comprador los riesgos y beneficios sustanciales que van aparejados a lapropiedad <strong>de</strong> esas mercancías.


\, •DECRETO. NlIMERO _---'-;,_2_7_0_6__ <strong>de</strong>-- Hoja N°.28Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"12.5 Los ingresos proce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> la prestación <strong>de</strong> servicios <strong>de</strong>ben reconocerse hasta el grado en que se haprestado el servicio, consi<strong>de</strong>rando <strong>de</strong> las siguientes alternativas la que mejor refleje el trabajo realizado:(a) la proporción <strong>de</strong> los costos incurridos por el trabajo ejecutado hasta la fecha, en relacióncon los costostotales estimados. Los costos incurridos por el trabajo ejecutado no incluyen los costos relaCionados conactivida<strong>de</strong>s futuras, tales como materiales o pagos anticipados.(b) inspecciones <strong>de</strong>l trabajo ejecutado.(c) la terminación <strong>de</strong> una proporción física <strong>de</strong> la transacción <strong>de</strong>l servicio o <strong>de</strong>l contrato <strong>de</strong> trabajo.12.6. Los otros ingresos correspon<strong>de</strong>n a aquellos que cumplan la <strong>de</strong>finición <strong>de</strong> ingresos contenida en el párrafo2.18 a), diferentes <strong>de</strong> la venta' <strong>de</strong> bienes y la prestación <strong>de</strong> servicios. Su medición inicial se hará conreferencia al valor <strong>de</strong> la contrapartida recibida o por recibir:Presentación <strong>de</strong> los estados financieros12.7 Una microempresa presentará sus ingresos conforme lo <strong>de</strong>scrito en los numerales 5.2 <strong>de</strong> esta norma.Información a revelar12.8 Los ingresos por la venta <strong>de</strong> bienes y prestación <strong>de</strong> servicios se revelarán por separado en el estado <strong>de</strong>resultados.Alcance <strong>de</strong> este capítuloCapítulo 13ARRENDAMIENTOS13.1 Este capítulO se aplicará a los acuerdos que transfieren el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> uso <strong>de</strong> activos, incluso en el caso <strong>de</strong>que el arrendador que<strong>de</strong> obligado a suministrar servicios <strong>de</strong> cierta importancia en relación con la operacióno el mantenimiento <strong>de</strong> estos activos.Reconocimiento inicial13.2 Los pagos por concepto <strong>de</strong> arrendamiento, ya sea que se trate <strong>de</strong> arrendamiento operativo o financiero, asícomo los pagos en virtud <strong>de</strong> contratos <strong>de</strong> arrendamiento con opción <strong>de</strong> compra <strong>de</strong>ben reconocerse comogasto.13.3 Para efectos <strong>de</strong> esta norma, cualquier contrato <strong>de</strong> arrendamiento que afecte a una microempresa se tratarácomo arrendamiento operativo. No habrá lugar a ningún registro contable al inicio <strong>de</strong> un contrato <strong>de</strong>arrendamiento.13.4 En lo sucesivo, los pagos que se <strong>de</strong>riven <strong>de</strong>l contrato se llevarán al estado <strong>de</strong> resultados.13.5 Si el contrato incluye una cláusula <strong>de</strong> opci.ón <strong>de</strong> compra y ésta se ejerce, el valor <strong>de</strong> la opción se registrarácomo activo <strong>de</strong> acuerdo con su naturaleza.Medición13.6 Los pagos por concepto <strong>de</strong> arrendamiento se medirán al costo, según lo estipulado en el respectivocontrato <strong>de</strong> arrendamiento.. Presentación <strong>de</strong> los estados financieros


• .,10' r.'.. " oDECRETO NÚMERO---~---<strong>de</strong> __ Hoja N°.29Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"13.7 Una microempresa presentará sus gastos conforme lo <strong>de</strong>scrito en los numerales 5.2 <strong>de</strong> esta norma.Información a revelar13.8 Un arrendatario revelará la siguiente información:. (a) Los pagos por arrendamiento reconocidos como un gasto en el periodo.(b) Una <strong>de</strong>scripción general <strong>de</strong> los acuerdos <strong>de</strong> arrendamiento significativos incluyendo, por ejemplo,información sobre cuotas contingentes, opciones <strong>de</strong> renovación o adquisición y cláusulas <strong>de</strong> revisión,subarrendamientos y restricciones impuestas por los acuerdos <strong>de</strong> arrendamiento.'.Capítulo 14ENTES ECONÓMICOS EN ETAPA DE FORMALIZACIÓN.Alcance <strong>de</strong> este capítulo14.1 Esta norma será aplicable a todas las microempresas <strong>de</strong>finidas <strong>de</strong> acuerdo con la ley y que cumplen losrequisitos ~stablecidos en el artículo 499 <strong>de</strong>l Estatuto Tributario (ola norma que la sustituya el modifique).Estado <strong>de</strong> situación financiera <strong>de</strong> apertura14.2 Al formalizarse, las microempresas a las cuales se refiere el alcance <strong>de</strong>l presente capítulo, <strong>de</strong>ben elaborarun estado <strong>de</strong> ?ituación financiera <strong>de</strong> apertura que permita conocer <strong>de</strong> manera clara y completa su situaciónfinanciera; éste <strong>de</strong>berá elaborarse <strong>de</strong> acuerdo con los criterios establecidos en el párrafo 15.7 <strong>de</strong> estanorma.Se entien<strong>de</strong> que los activos y pasivos que <strong>de</strong>ben incorporarse en el estado <strong>de</strong> situación fihanciera<strong>de</strong>apertura, serán lo,s que se relacionen <strong>de</strong> manera directa con la actividad <strong>de</strong> la microempresa. .Capítulo 15APLICACIÓN POR PRIMERA VEZ DE LA NORMA DE INFORMACION FINANCIERA PARA LASMICROEMPRESASAlcance <strong>de</strong> este capítulo15.1 Este capítulo se aplicará a unamicroempresa que adopte por primera vez la Norma <strong>de</strong> informaciónfinanciera para las Microempresas, in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> si su marco contable anterior estuvo basado enlas NIIF, NIIF para PYMES, o en otro marco contable.15.2 Una microempresa pue<strong>de</strong> adoptar por primera vez la Norma <strong>de</strong> información financiera p!3ra lasMícroempresas en una única ocasión. Si una microempresa que utiliza la norma <strong>de</strong> información financierapara las microempresas <strong>de</strong>ja <strong>de</strong> usarla durante uno o más periodos sobre los que se informa y se lerequiere o elige adoptarla nuevamente con posterioridad, las exenciones especiales, simplificaciones yotros requerimientos <strong>de</strong> esta sección no serán aplicables a la nueva adopción.Adopción por primera vez15.3 Una microempresa que adopte por primera vez la Norma <strong>de</strong> información financiera para las Microempresasaplicará este capítulo en la preparación <strong>de</strong> sus primeros estados financieros preparados conforme a estaNorma. .


• DECRETO NÚMERO-;. L2106<strong>de</strong> __30Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Porel cúal se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"15.4 Los primeros estados financieros <strong>de</strong> una microempresa conforme a esta Norma, son los estados. financieros anuales en los cuales la microempresa hace una <strong>de</strong>claración inicial, explícita y sin reservas, <strong>de</strong>lcumplimiento con la Norma <strong>de</strong> información financiera para las Microempresas~ Los estados financierospreparados <strong>de</strong> acuerdo con esta Norma son los primeros estados financieros <strong>de</strong> una microempresa si ella,por ejemplo:(a) no presentó estados financieros en los periodos anteriores;(b) presentó sus estados financieros más recientes según el marco contable anterior que no son coherentescon todos los aspectos <strong>de</strong> esta Norma; o '(c) presentó sus estados financieros más recientes <strong>de</strong> conformidad con las NIIF o NIIF para PYMES,15.5 . El párrafo 3.8 <strong>de</strong> esta Norma <strong>de</strong>fine un conjunto completo <strong>de</strong> estados financieros.15.6 El párrafo 3.6 requiere que una microempresa revele información comparativa con respecto al periodocomparable anterior para todos los valores monetarios presentados en los estados 'financieros, así comoinformación comparativa específica. Una microempresa pue<strong>de</strong> presentar información comparativa conrespecto a más <strong>de</strong> un periodo anterior comparable. La fecha <strong>de</strong> transición a la norma <strong>de</strong> informaciónfinanciera para las microempresas <strong>de</strong> una microempresa es la fecha en la que prepara su estado <strong>de</strong>situación financiera <strong>de</strong> apertura conforme aesta norma.Procedimientos para preparar los estados financieros en la fecha<strong>de</strong> transición15.7 Una microempresa <strong>de</strong>berá, en su estado <strong>de</strong> situación financiera <strong>de</strong> apertura en la fecha <strong>de</strong> transición a lanorma <strong>de</strong> información financiera para las microempresas(es <strong>de</strong>cir, al comienzo <strong>de</strong>l primer periodopresentado):(a) reconocer todos los activos y pasivos <strong>de</strong> acuerdo con lo señalado en esta norma;(b) no reconocer partidas como activos o pasivos si esta Norma no lo permite;(c) reclasificar las partidas que reconoció, según su marco contable anterior, como activo, pasivo ocomponente <strong>de</strong> patrimonio, pero que son <strong>de</strong> un tipo diferente <strong>de</strong> acuerdo, con esta Norma; y'(d) aplicar esta Norma al medir todos los activos y pasivos reconocidos.15.8 Las políticas contables que una microempresa utilice en su estado <strong>de</strong> situación financiera <strong>de</strong> aperturaconforme a esta norma pue<strong>de</strong>n diferir <strong>de</strong> las que aplicaba en la misma fecha utilizando su sistema contableanterior. Los ajustes resultantes surgen <strong>de</strong> transacciones, otros sucesos o condiciones anteriores a lafecha <strong>de</strong> transición a esta Norma. Por lo tanto, una microempresa recoriocerá tales ajustes, en la fecha <strong>de</strong>transición aesta norma, directamente'en I~ cuenta <strong>de</strong> resultados acumulados.Revaluación como costo atribuido15.9 Una microempresa que aplica por primera vez esta norma, podrá utilizar como costo <strong>de</strong> las propieda<strong>de</strong>s,planta y equipo en el estado situación financiera <strong>de</strong> apertura, cualquiera <strong>de</strong> los siguientes criterios:a) un avalúo técnico efectuado en la fecha <strong>de</strong> transición.b) el saldo que se trae en los registros contables anteriores, siempre y cuando cumplan con los criterios <strong>de</strong>reconocimiento <strong>de</strong> esta norma., .En lo sucesivo, este valor será la base para aplicar las disposiciones contenidas en la presente norma'.


• • ------- -­. DECRETO NÚMERQ \.. 2106 <strong>de</strong> Hoja N°,31,.,;._------------------------------------...,Continuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto: "Por el cual se reglamenta la Ley 1314 <strong>de</strong> 2009 sobre el marco técnico normativo <strong>de</strong>información financiera para las microempresas"Revelación <strong>de</strong> la transición a la norma <strong>de</strong> información financiera para las microempresas15.10 Una microempresa explicará en una nota a los estados financieros, cómo ha efectuado la transición <strong>de</strong>s<strong>de</strong>el marco contable anterior aesta norma. . ,Conciliaciones15.11 Para cumplir con el párrafo 15.10, los primeros estados financieros preparados conforme a esta normaincluirán:.(a) Una <strong>de</strong>scripción <strong>de</strong> la naturaleza <strong>de</strong> cada cambio en la política contable.(b) Conciliación <strong>de</strong> su patrimonio <strong>de</strong>terminado <strong>de</strong> acuerdo con su marco contable anterior y con el patrimonio<strong>de</strong>terminado <strong>de</strong> acuerdo con esta Norma, para cada una <strong>de</strong> las siguientes fechas:(m) lafecha <strong>de</strong> transición aesta norma; y(ji)el final <strong>de</strong>l último periodo presentado en los estados financieros anuales más recientes <strong>de</strong> lamicroempresa <strong>de</strong>terminado <strong>de</strong> acuerdo con su marco contable anterior.(c) Una conciliación <strong>de</strong>l resultado <strong>de</strong> sus operaciones, <strong>de</strong>terminado <strong>de</strong> acuerdo con su marco contableanterior, para el último periodo incluido ,en los estados financieros anuales más recientes <strong>de</strong> lamicroempresa, con el resultado <strong>de</strong>terminado <strong>de</strong> acuerdo con esta norma para ese mismo periodo., 15,12 . Si una microempresa no presentó estados financieros en periodos anteriores, revelará este hecho en susprimeros estados financieros preparados conforme aesta norma.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!