Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos ... - e-deporte
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Artículo 56. Contra las resoluciones de las autoridades y organismos deportivos<strong>que</strong> impongan sanciones procederá el cargo de reconsideración ante quien la emitió, afinde <strong>que</strong> revo<strong>que</strong>, confirme o modifi<strong>que</strong> la resolución, sin perjuicio de promover elrecurso de inconformidad <strong>que</strong> establezca el reglamento respectivo.Artículo 57. Las resoluciones <strong>que</strong> impongan sanciones, agotada lareconsideración, podrán impugnarse con el recurso de inconformidad <strong>que</strong> se tramitaráante la Comisión Resolutiva de Inconformidades.Artículo 58. El Ejecutivo estatal, a través del director del Instituto Veracruzanodel Deporte expedirá el Reglamento de las Sanciones y Recursos establecidos en estaley.CAPÍTULO XIIIDe la Comisión Resolutiva de InconformidadesArtículo 59. La Comisión Resolutiva de Inconformidades tendrá las siguientesatribuciones:Atender y resolver las inconformidades <strong>que</strong> los deportistas, organizaciones,árbitros y técnicos presenten en contra de las sanciones <strong>que</strong> apli<strong>que</strong>n las autoridadesdeportivas.Artículo 60. La Comisión Resolutiva de Inconformidades se constituirá por cincomiembros titulares con conocimiento en el ámbito jurídico y deportivo, así como conreconocido prestigio y calidad moral, los cuales serán:I. El director del Instituto Veracruzano del Deporte, quien será el presidente;II. El director de Desarrollo del Deporte, quien f<strong>un</strong>girá como secretario;III. Un representante de los Comudes, por cada región deportiva en la entidad, deentre los cuales <strong>un</strong>o de ellos f<strong>un</strong>girá como vocal;IV. Un representante de las asociaciones deportivas, quien también será vocal, yV. Un representante de los deportistas, elegido entre los ganadores del premioEstatal del Deporte, <strong>que</strong> será vocal,cada <strong>un</strong>o de los anteriores miembros tendrá <strong>un</strong> suplente.