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4. El concepto de monitoreo - IIDH

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Monitoreo <strong>de</strong> los Derechos Humanos<strong>4.</strong>1.1. Ejemplo <strong>de</strong> metas operativas y <strong>de</strong> tareas <strong>de</strong> investigación,Artículo 6 <strong>de</strong> la Convención Europea <strong>de</strong> Derechos HumanosNuestra tarea <strong>de</strong> investigación está, como regla, estrechamente unida anuestra meta operativa. No obstante, la manera en que las dos se formulan nosiempre coincidirá, como en el caso <strong>de</strong> “La Policía” (ver Diagrama 6), don<strong>de</strong> lameta operativa es “garantizar que se respeten los <strong>de</strong>rechos humanos cuando losindividuos son arrestados por la policía”, mientras la tarea <strong>de</strong> investigación <strong>de</strong>lestudio <strong>de</strong> <strong>monitoreo</strong> es “estudiar la conducta <strong>de</strong> la policía mientras realizan losarrestos”.Asumamos que nuestra organización se ha fijado el siguiente objetivoestratégico: mejorar la forma como el Artículo 6 <strong>de</strong> la Convención Europea <strong>de</strong>Derechos Humanos se respeta en las cortes distritales.<strong>El</strong> alcance <strong>de</strong>l Artículo 6 <strong>de</strong> la Convención Europea es excepcionalmenteamplio y no sólo se refiere al sistema judicial, sino también a la policía y a otrasinstituciones estatales. Al tratar <strong>de</strong> i<strong>de</strong>ntificar las posibles metas operativas y lastareas <strong>de</strong> la investigación <strong>de</strong>bemos, primero, familiarizarnos con la normativapromulgada por la Corte Europea <strong>de</strong> Derechos Humanos. Esta es una fuente muyrica y nos permitirá conocer muchos problemas interesantes asociados con esteartículo en particular. Con base en esta información, po<strong>de</strong>mos planear los“pequeños pasos” que nos permitirán garantizar el <strong>de</strong>recho al <strong>de</strong>bido proceso, taly como es <strong>de</strong>finido en el Artículo 6.Las metas operativas <strong>de</strong> nuestra acción dirigida a mejorar el respeto al<strong>de</strong>recho al <strong>de</strong>bido proceso, podrán formularse como sigue:• Prevenir la discriminación contra miembros <strong>de</strong> las minorías sociales enla aplicación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho a un <strong>de</strong>bido proceso;• Garantizar la autonomía <strong>de</strong> los tribunales;• Garantizar que en los tribunales se respete el principio <strong>de</strong> imparcialidad;• Garantizar que las audiencias judiciales tengan lugar en un tiemporazonable;• Garantizar que se respete el <strong>de</strong>recho a una audiencia justa;• Garantizar la restricción <strong>de</strong> la publicidad <strong>de</strong> casos, solamente por lasrazones <strong>de</strong>finidas en el Artículo 6;• Garantizar que se respete el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> la parte acusada a una justa<strong>de</strong>fensa;• Etc.68

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