seguridad_maquinas_2016
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Puede haber dos tipos de funcionamiento:<br />
1- Enclavamiento: La máquina se detiene cuando se abren y no puede arrancar mientras no<br />
se cierran.<br />
2- Enclavamiento y bloqueo: El resguardo no puede abrirse cuando la máquina funciona<br />
y permanece bloqueado hasta que haya desaparecido el riesgo de contacto con las partes<br />
móviles que protege.<br />
Pero en ninguno de los dos casos el cierre del resguardo puede dar orden de puesta en marcha.<br />
A<br />
B<br />
Foto 34 A y B: resguardo móvil con enclavamiento y bloqueo. El bloqueo manual no se puede considerar como tal.<br />
El factor/aspecto fundamental en la materialización<br />
de accidentes originados por los<br />
resguardos movibles no es eléctrico ni mecánico<br />
sino organizativo. El Real Decreto de<br />
equipos que nos dice que no podrán usarse<br />
las <strong>maquinas</strong> o equipos sin sus elementos de<br />
protección previstos. Es decir, no se tienen<br />
que retirar, modificar, sabotear o puentear<br />
las protecciones y sus enclavamientos. Esto<br />
es aplicable a todos los elementos de protección.<br />
Los enclavamientos tienen que ser respetados<br />
y violarlos va en contra de la propia<br />
<strong>seguridad</strong> y la de los compañeros. Aunque<br />
no siempre se entiende así y nos encontramos<br />
con sistemas alterados o puenteados<br />
como los de las siguientes fotos.<br />
A<br />
B<br />
Foto 35 A y B: máquina con marcado CE con dispositivo<br />
de <strong>seguridad</strong> modificado colocado sobre el resguardo<br />
para un puenteado más cómodo.<br />
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