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seguridad_maquinas_2016

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Puede haber dos tipos de funcionamiento:<br />

1- Enclavamiento: La máquina se detiene cuando se abren y no puede arrancar mientras no<br />

se cierran.<br />

2- Enclavamiento y bloqueo: El resguardo no puede abrirse cuando la máquina funciona<br />

y permanece bloqueado hasta que haya desaparecido el riesgo de contacto con las partes<br />

móviles que protege.<br />

Pero en ninguno de los dos casos el cierre del resguardo puede dar orden de puesta en marcha.<br />

A<br />

B<br />

Foto 34 A y B: resguardo móvil con enclavamiento y bloqueo. El bloqueo manual no se puede considerar como tal.<br />

El factor/aspecto fundamental en la materialización<br />

de accidentes originados por los<br />

resguardos movibles no es eléctrico ni mecánico<br />

sino organizativo. El Real Decreto de<br />

equipos que nos dice que no podrán usarse<br />

las <strong>maquinas</strong> o equipos sin sus elementos de<br />

protección previstos. Es decir, no se tienen<br />

que retirar, modificar, sabotear o puentear<br />

las protecciones y sus enclavamientos. Esto<br />

es aplicable a todos los elementos de protección.<br />

Los enclavamientos tienen que ser respetados<br />

y violarlos va en contra de la propia<br />

<strong>seguridad</strong> y la de los compañeros. Aunque<br />

no siempre se entiende así y nos encontramos<br />

con sistemas alterados o puenteados<br />

como los de las siguientes fotos.<br />

A<br />

B<br />

Foto 35 A y B: máquina con marcado CE con dispositivo<br />

de <strong>seguridad</strong> modificado colocado sobre el resguardo<br />

para un puenteado más cómodo.<br />

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