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CAPÍTULO 2. EDUCACIÓN INICIAL Y ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA EN COLOMBIA – 131<br />

Anexo 2.A1<br />

Iniciativas clave de la EIAIPI (1970-2014)<br />

Tabla 2.A1.1 Iniciativas clave de la EIAIPI (1970-2014)<br />

Políticas<br />

Ley 75 del 1968<br />

Ley 27 del 1974<br />

Ley 07 del 1979<br />

Ley 89 del 1988<br />

Ley General de<br />

Educación (Ley<br />

115 de 1994)<br />

Decreto 2247 de<br />

1997<br />

Código de Infancia<br />

y Adolescencia<br />

(Ley 1098 del<br />

2006)<br />

Conpes 109 del<br />

2007<br />

Objetivos clave<br />

Crea y define el propósito del ICBF, de "proteger a los menores y en general, mejorar la<br />

estabilidad y bienestar de las familias colombianas" (Artículo 53). También estableció el<br />

proyecto piloto Centros de Bienestar Familiar y recomendó enlaces entre grupos comunitarios,<br />

familias y protección infantil.<br />

Creó los Centros de Atención Integral al Preescolar (CAIP), y estableció su financiación con<br />

base en el 2% del valor de la nómina mensual de entidades públicas y privadas.<br />

La enmienda a la Ley 27 amplía el acceso a una porción mayor de la población, adicional a<br />

los hijos de madres trabajadoras.<br />

Introdujo el proyecto de Hogares Comunitarios de Bienestar (HCB), a fin de abordar la<br />

pobreza y proporcionar servicios de cuidado a los niños menos favorecidos.<br />

En 1991, el ICBF introdujo el programa Familia, Mujer e Infancia (FAMI), dirigido a niños<br />

menores de 2 años de edad y mujeres embarazadas y lactantes en condiciones de pobreza<br />

extrema.<br />

Estableció la educación preescolar para promover el "desarrollo biológico, cognitivo,<br />

psicomotor, socioeconómico y espiritual integrado de los niños a través de experiencias<br />

de socialización en la enseñanza y la recreación". También declaró obligatorio el grado de<br />

transición (Grado 0) (Artículo 15, Ley 115/94).<br />

Establece normas específicas para el MEN respecto a la educación preescolar.<br />

Estableció la obligación de diseñar, ejecutar y evaluar las políticas para niños y adolescentes,<br />

y declaró que todos los niños en edad de Educación Inicial y Atención Integral a la Primera<br />

Infancia tienen el derecho a un desarrollo integral.<br />

Instituyó la Política Pública Nacional de EIAIPI como la forma de promover el desarrollo<br />

integral de los niños desde el nacimiento hasta los 6 años de edad, satisfacer sus<br />

necesidades y contribuir a abordar la inequidad en Colombia. Igualmente creó una alianza<br />

entre el MEN, el ICBF y el Ministerio de Protección Social para implementar el Programa de<br />

Atención Integral a la Primera Infancia (PAIPI).<br />

REVISIÓN DE POLÍTICAS NACIONALES DE EDUCACIÓN: EDUCACIÓN EN COLOMBIA

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