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Retos del Hábitat

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los derechos a la propiedad individual, a la libre<br />

circulación en el territorio y a la autonomía<br />

individual. Pero para grupos colectivos, obviamente,<br />

la idea de que mi identidad la construye<br />

es el territorio, el derecho al territorio, es una<br />

“innovación doctrinaria fundamental” y es lo<br />

que “está en disputa entre estos distintos tipos<br />

de globalizaciones” generando complejidades<br />

en los manejos jurídicos <strong>del</strong> mundo actual.<br />

Derecho al territorio: idea socialmente<br />

consolidada pero no reconocida en pactos<br />

Vivimos hoy una época muy interesante<br />

pero muy compleja, porque crecientemente<br />

está emergiendo con más fuerza la idea de<br />

que hay un derecho al territorio y de que ese<br />

derecho debe ser respetado. Al menos en Colombia<br />

es una idea consolidada, pero no es una<br />

idea reconocida en pactos. El Convenio 169, el<br />

más fuerte en estos temas, no lo reconoce pero<br />

sí lo enuncia a través <strong>del</strong> reconocimiento a la<br />

autonomía y el reconocimiento a la consulta<br />

previa; la Declaración de las Naciones Unidas<br />

sobre Pueblos Indígenas lo reconoce con más<br />

fuerza, pero este no es un tratado vinculante,<br />

sino un documento de softlaw, o derecho suave,<br />

mientras el derecho es por esencia duro. 19 El<br />

derecho suave se supone que está entre la pura<br />

doctrina y por consiguiente no es de regulaciones<br />

vinculantes, y el derecho duro es el que<br />

está establecido en los tratados vinculantes.<br />

19 No se puede decir “le prohíbo matar, bueno si usted quiere”; no,<br />

“le prohíbo matar y si usted mata lo meto a la cárcel”, “le prohíbo<br />

hacer tal cosa, bueno, ojalá no lo haga”.<br />

Derecho suave son todos los documentos como<br />

las declaraciones de la O NU, de la Asamblea<br />

General, que no son tratados y que no son formalmente<br />

normas vinculantes, pero de todas<br />

formas son aprobados por la Asamblea General<br />

de Naciones Unidas que reúne a todos los<br />

Estados <strong>del</strong> mundo; lo cual pesa mucho, no es<br />

cualquier cosa. En ese derecho suave se empieza<br />

a reconocer el derecho al consentimiento<br />

informado, a los territorios que son principios<br />

emergentes en construcción.<br />

Desafíos teóricos y prácticos: pluralismo<br />

democrático, multiculturalidad<br />

e interculturalidad<br />

Vivimos una época interesante en la cual<br />

se trata de armonizar esa visión clásica que<br />

sigue teniendo sentido; todavía vivimos en<br />

Estados-Naciones que siguen siendo todavía<br />

Estados civilizatorios. Debemos avanzar hacia<br />

un constitucionalismo global, por eso hay<br />

que luchar, pero eso está relativamente lejos;<br />

tenemos que seguir pensando muchos temas<br />

en términos nacionales sin dejar de pensarlos<br />

globalmente y, por consiguiente, tenemos unos<br />

desafíos de cómo articulamos el derecho al territorio<br />

para lograr garantizar de manera universal<br />

e igualitaria los derechos, para superar lo<br />

que Mauricio García llama el “apartheid institucional”,<br />

en el cual “reconocemos derechos<br />

a todo el mundo pero su goce es diferenciado<br />

porque la presencia estatal es diferenciada”,<br />

para lograr unos pluralismos jurídicos que se<br />

refuercen democráticamente y no pluralismos<br />

27 HÁBITAT:<br />

vida,<br />

equidad y<br />

derecho...

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