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EL MUNDO INDIGENA 2016

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476 IWGIA – <strong>EL</strong> <strong>MUNDO</strong> <strong>INDIGENA</strong> – <strong>2016</strong><br />

El segundo conjunto de compromisos está relacionado con las tierras, los territorios<br />

y los recursos, y se reflejan en los párrafos dispositivos 20, 21, 23 y 24. El párrafo<br />

dispositivo 20 -como el 3-, se centra en el consentimiento libre, previo e informado<br />

pero con especial atención en proyectos que afecten a las tierras, los territorios y<br />

otros recursos de los pueblos indígenas. El párrafo dispositivo 24 hace alusión a las<br />

empresas que operan con transparencia y de manera responsable desde el punto de<br />

vista social y ambiental. Acoplar el consentimiento libre, previo e informado con actividades<br />

empresariales prioriza la importancia de la participación activa de los pueblos<br />

indígenas en tales actividades, aspecto que sigue constituyendo una fuente principal<br />

de conflicto para los pueblos indígenas.<br />

El tercer set de compromisos está relacionado con el medio ambiente y los medios<br />

de vida de los pueblos indígenas, y figuran en los párrafos dispositivos 22, 25-27<br />

y 34-36. El párrafo dispositivo 25, que es una realización del artículo 20 de la Declaración,<br />

se ocupa del desarrollo de políticas, programas y recursos para apoyar los<br />

oficios, las actividades de subsistencia tradicionales, las economías, los medios de<br />

vida, la seguridad alimentaria y la nutrición de los pueblos indígenas. El párrafo dispositivo<br />

36 vincula los conocimientos y estrategias ambientales de los pueblos indígenas<br />

con la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo. Los pueblos<br />

indígenas han abogado desde hace muchos años por el reconocimiento de sus conocimientos<br />

medioambientales en foros nacionales e internacionales. Esta recomendación<br />

provee mayor respaldo a esta defensa reivindicativa.<br />

El cuarto grupo de compromisos se refiere a medidas sociales. El párrafo dispositivo<br />

9 menciona, en especial, a las personas indígenas con discapacidad, especificando<br />

que se deben desarrollar políticas y programas que incluyan sus aportaciones.<br />

Los párrafos dispositivos 15-19 contienen estipulaciones sobre el empoderamiento y<br />

el desarrollo de la capacidad de los jóvenes indígenas, el reconocimiento de los sistemas<br />

de justicia indígenas, así como también la prevención y eliminación de todas<br />

las formas de violencia y discriminación contra los pueblos y las personas indígenas,<br />

en particular las mujeres, los niños, los jóvenes, las personas de edad y las personas<br />

con discapacidad. Los párrafos dispositivos 11-14 versan sobre la educación, la salud,<br />

la vivienda así como el derecho de todos los niños a practicar su propia religión<br />

y emplear su propio idioma.<br />

El último conjunto de compromisos atañe a los avances internacionales y engloba<br />

la revisión del mandato del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los<br />

Pueblos Indígenas (EMRIP) (párrafo dispositivo 28), la asignación de un punto focal<br />

en el sistema de las Naciones Unidas y la creación de un plan de acción para todo<br />

este sistema (párrafos dispositivos 31 y 32), así como un compromiso dirigido a dotar

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