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Módulo 2- Unid 1

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UNIDAD 1:<br />

REGULACIÓN<br />

LABORAL


DERECHOS Y DEBERES DE LOS COLABORADORES<br />

Conoce tus derechos<br />

Y Cumple tus deberes.<br />

1. Tener espacios y<br />

elementos adecuados de<br />

protección contra accidentes<br />

y enfermedades profesionales<br />

de forma que se garantice<br />

razonablemente la seguridad<br />

y la salud.<br />

1. Procurar completa<br />

armonía con los superiores<br />

y compañeros de trabajo<br />

en las relaciones<br />

personales y en la<br />

ejecución de labores.<br />

2. Recibir de inmediato los<br />

primeros auxilios en caso de<br />

accidentes o enfermedad.<br />

2. Respeto a los compañeros<br />

de trabajo.<br />

3. Recibir la remuneración<br />

pactada en las condiciones,<br />

períodos y lugares<br />

convenidos.<br />

3. Respeto y subordinación<br />

a los superiores.<br />

4. Respeto a la dignidad<br />

personal, a sus creencias y<br />

sentimientos.<br />

4. Guardar buena<br />

conducta en todo sentido<br />

y obrar con espíritu de leal<br />

colaboración en el orden<br />

moral y disciplina de la<br />

clínica.<br />

.


Conoce tus derechos<br />

Y Cumple tus deberes.<br />

5. Conceder licencias<br />

necesarias para los fines y en<br />

los términos indicados en el<br />

artículo 24 del reglamento<br />

interno.<br />

5. Ejecutar los trabajos con<br />

honradez, buena voluntad y<br />

de la mejor manera posible.<br />

6. Recibir, en caso de<br />

solicitarlo, a la expiración del<br />

contrato, una certificación en<br />

que conste el tiempo de<br />

servicio, índole de la labor y<br />

salario devengado.<br />

6. Hacer las observaciones,<br />

reclamos y solicitudes a que<br />

haya lugar por conducto del<br />

respectivo superior y de<br />

manera fundada, cometida y<br />

respetuosa.<br />

7. Conservar su puesto<br />

cuando este disfrutando de<br />

los descansos remunerados, o<br />

de licencia de enfermedad<br />

motivada por el embarazo o<br />

parto.<br />

7. Recibir y aceptar las<br />

órdenes, instrucciones y<br />

correcciones relacionadas<br />

con el trabajo, con su<br />

verdadera intención que es<br />

en todo caso la de<br />

encaminar y perfeccionar los<br />

esfuerzos en provecho<br />

propio y de la empresa.


Conoce tus derechos<br />

Y Cumple tus deberes.<br />

8. Tener durante el período de<br />

lactancia los descansos<br />

ordenados por el artículo 238<br />

del Código Sustantivo del<br />

Trabajo.<br />

8. Permanecer durante la<br />

jornada de trabajo en el<br />

lugar en donde debe<br />

desempeñar sus labores.<br />

9. Pagar al trabajador los<br />

gastos razonables de venida<br />

y regreso, si para prestar su<br />

servicio lo hizo cambiar de<br />

residencia, salvo si la<br />

terminación del contrato se<br />

origina por culpa o voluntad<br />

del trabajador.<br />

9. Observar<br />

rigurosamente las medidas y<br />

precauciones que le indique<br />

su respectivo Jefe para el<br />

manejo de las máquinas o<br />

instrumentos de trabajo.<br />

10. Abrir y llevar al día<br />

los registros de horas extras.<br />

10. Observar las<br />

medidas preventivas<br />

higiénicas prescritas por el<br />

médico de la Clínica o por las<br />

autoridades del ramo y<br />

observar con suma diligencia<br />

y cuidado las instrucciones y<br />

órdenes preventivas de<br />

accidentes o de<br />

enfermedades profesionales.


Conoce tus derechos<br />

Y Cumple tus deberes.<br />

11 Si el trabajador<br />

prefiere radicarse en otro<br />

lugar, el empleador le debe<br />

costear su traslado hasta<br />

concurrencia de los gastos<br />

que demandaría su regreso<br />

al lugar donde residía<br />

anteriormente. En los gastos<br />

de traslado del trabajador,<br />

se entienden comprendidos<br />

los de familiares que con él<br />

convivieren.<br />

11. Realizar personalmente<br />

la labor en los términos<br />

estipulados; Observar los<br />

preceptos de este<br />

reglamento, acatar y cumplir<br />

las órdenes e instrucciones<br />

que de manera particular le<br />

imparta la Clínica o sus<br />

representantes según el<br />

orden<br />

jerárquico<br />

establecido.<br />

12. Llevar un registro de<br />

inscripción de todas las<br />

personas menores de edad<br />

que emplee, con indicación<br />

de la fecha de nacimiento de<br />

las mismas.<br />

12. Cumplir el trabajo dentro<br />

de los principios y valores de la<br />

Orden Hospitalaria de San<br />

Juan de Dios.<br />

Para ampliar esta información recuerde<br />

revisar el Reglamento Interno de Trabajo<br />

de la Clínica.


HORARIOS<br />

Los horarios de entrada y salida de los colaboradores, son:<br />

AREAS ADMINISTRATIVAS Y DE APOYO<br />

Lunes a viernes<br />

De 7:00 am a 5:00 pm ó 7:30 am a 5:30 p.m.<br />

Con media hora de almuerzo<br />

Entre las 12:00 p.m. y la 1:30 p.m.<br />

AREAS ASISTENCIALES (ENFERMERÍA, MÉDICOS,<br />

PSIQUIATRAS, FARMACIA)<br />

En turnos rotativos y alternos así:<br />

Lunes a Sábado<br />

De 06:00 a.m. a 2: 00 p.m.<br />

De 02:00 a.m. a 9:00 p.m.<br />

De 09:00 p.m. a 6:00 a.m.<br />

Con 15 minutos de descanso<br />

MÉDICOS GENERALES DE LUNES A SÁBADO DIURNO<br />

De 07:00 a.m. a 1: 00 p.m.<br />

De 01:00 P.m. a 7:00 p.m.<br />

Con 15 minutos de descanso<br />

MÉDICOS GENERALES DE FIN DE SEMANA<br />

De 07:00 a.m. a 7: 00 p.m.<br />

De 07:00 p.m. a 7:00 a.m.<br />

Con 2 horas de descanso en el turno


MÉDICOS GENERALES NOCHE<br />

De 7:00 p.m a 7:00 a.m<br />

Con 2 horas de descanso en el turno<br />

DEPARTAMENTO DE PSICOLOGÍA<br />

Lunes a viernes<br />

De 7:30 am a 5:30 pm<br />

Con media hora de almuerzo<br />

Entre las 12:00 p.m. y la 1:30 p.m.<br />

DEPARTAMENTO TRABAJO SOCIAL Y TERAPIAS<br />

Lunes a viernes<br />

De 7:00 am a 5:00 pm<br />

Con media hora de almuerzo<br />

Entre las 12:00 p.m. y la 1:30 p.m.<br />

PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES<br />

En turnos rotativos y alternos así:<br />

Lunes a Sábado<br />

De 06:00 a.m. a 2: 00 p.m.<br />

De 02:00 a.m. a 10:00 p.m.<br />

De 10:00 p.m. a 6:00 a.m.<br />

Con 15 minutos de descanso


PERSONAL DE COCINA<br />

En turnos rotativos así:<br />

Lunes a Sábado<br />

De 06:00 a.m. a 2: 00 p.m.<br />

Con media hora de almuerzo<br />

Entre las 12:30 p.m. y la 1:00 p.m.<br />

De 10:30 p.m. a 6:30 a.m.<br />

Con media hora de almuerzo<br />

Entre las 01:00 p.m. y la 1:30 p.m.<br />

PERSONAL DE SIBATÉ<br />

EQUIPO INTERDISCIPLINARIO (FISIOTERAPÍA, TRABAJO<br />

SOCIAL, PSICOLOGÍA, TERAPÍA OCUPACIONAL)<br />

Lunes a viernes<br />

De 07:00 a.m. a 1: 00 p.m.<br />

Un sábado al mes<br />

De 07:00 a.m. a 1: 00 p.m.<br />

Con 15 minutos de descanso<br />

Para el personal contratado por horas su horario será acordado<br />

y publicado mensualmente de acuerdo a programación y<br />

horas contratadas por mes.


PAGOS<br />

L M M J V S D<br />

1 2 3 4 5 6 7<br />

8 9 10 11 12 13 14<br />

15 16 17 18 19 20 21<br />

22 23 24 25 26 27 28<br />

29 30<br />

Los pagos se realizan de manera mensual el último<br />

día hábil del mes. El pago se realiza mediante<br />

transferencia electrónica.


PERMISOS<br />

Los permisos serán otorgados, según su duración por:<br />

LUNES<br />

MARTES MIÉRCOL JUEVES VIERNES<br />

Duración hasta de ocho<br />

(8) horas, serán<br />

concedidas por el jefe<br />

inmediato.<br />

LUNES<br />

MARTES MIÉRCOL JUEVES VIERNES<br />

Duración de máximo de<br />

tres (3) días, serán<br />

concedidos por el Sub-<br />

Director del área.<br />

LUNES<br />

MARTES MIÉRCOL JUEVES VIERNES<br />

Duración superior a tres (3)<br />

días, serán evaluados y<br />

concedidos por el gestor<br />

de talento humano y/o la<br />

Dirección General.


Los permisos son otorgados en los siguientes<br />

casos (se incluyen licencias de ley):<br />

Licencia de<br />

maternidad<br />

Licencia de<br />

paternidad<br />

Descansos<br />

por lactancia<br />

Calamidad<br />

doméstica<br />

Licencia<br />

por luto<br />

El ejercicio del<br />

Sufrágio<br />

Consulta a<br />

la EPS<br />

Reuniones de padres de familia citadas por la<br />

institución educativa de los hijos previa<br />

presentación de citación y reposición del tiempo


CONDUCTO REGULAR<br />

El conducto regular para comunicar, solicitar o<br />

suministrar información así como para la toma de<br />

decisiones, de acuerdo a los cargos existentes en la<br />

Clínica es:<br />

Director General<br />

Sub-Director científico y/o Sub-<br />

Director Administrativo y<br />

Financiero<br />

Gestor de talento Humano<br />

Gestores de área<br />

Coordinadores o supervisores<br />

Colaborador<br />

Jefes de Servicio


CONTRATACIÓN<br />

Todos los colaboradores de la Clínica son<br />

vinculados mediante contrato de trabajo a<br />

termino fijo, el cual es prorrogable por tres<br />

periodos iguales, al cabo de los cuales, la<br />

renovación se realizará por un año.<br />

En caso de colaboradores que se vinculen de<br />

manera transitoria para cubrir incapacidades,<br />

licencias o vacaciones, la vinculación se realizará<br />

a través de la empresa de servicios temporales.<br />

Esporádicamente y solo en los casos en donde se<br />

requiera, se podrá contratar por obra o labor o<br />

por prestación de servicios, siempre y cuando las<br />

condiciones dadas en cada caso estén<br />

contempladas y soportadas por la legislación<br />

Colombiana.


COMITÉS<br />

CONVIVENCIA LABORAL<br />

Es el órgano de enlace<br />

entre la organización y los<br />

colaboradores, que realiza<br />

recomendaciones y<br />

sugerencias pertinentes<br />

respecto a casos<br />

complicados del ambiente<br />

laboral.<br />

Para los efectos relacionados con la búsqueda de solución<br />

de las conductas de acoso laboral, la Clínica tendrá este<br />

comité, integrado en la forma como lo establece la<br />

resolución No 652 de 2012 y 1356 de 2012.


COPASST<br />

(Comité Paritario de Salud y Seguridad<br />

en el Trabajo)<br />

Es el organismo de<br />

promoción y vigilancia<br />

de las normas y<br />

reglamentos de Salud<br />

Ocupacional dentro de<br />

la empresa.<br />

INTEGRANTES:<br />

El comité está conformado por representantes del<br />

empleador y representantes por los trabajadores, los cuales<br />

son elegidos por votación popular de todos los<br />

trabajadores para un periodo de dos años.


SISTEMA DE GESTIÓN DE<br />

SEGURIDAD Y SALUD EN EL<br />

TRABAJO (SG-SST)<br />

La Seguridad y Salud en el Trabajo es una actividad<br />

multidisciplinaria dirigida a proteger y promover la<br />

salud de los trabajadores mediante la prevención y<br />

el control de enfermedades y accidentes, y la<br />

eliminación de los factores y condiciones que<br />

ponen en peligro la salud y la seguridad en el<br />

trabajo.


Identificación de riesgos<br />

Todo trabajador está expuesto a un conjunto de riesgos en<br />

el ambiente de trabajo, los cuales varían según la actividad<br />

económica de cada empresa.<br />

En la CNSP por sus diferentes áreas se presentan todos los<br />

riesgos laborales indicados en la tabla de riesgos. Sin<br />

embargo, se considera los tres de mayor incidencia:<br />

Riesgo biológico: (Tipo de<br />

paciente psiquiátrico)<br />

se puede definir como aquel que<br />

surge de la exposición aboral<br />

a<br />

micro<br />

y macrorganismos que puedan<br />

causar daños al trabajador. Estos<br />

en general pueden ser<br />

transmitidos a través del aire, de la<br />

sangre y de los fluidos corporales.


Ergonómico (posturas, manejo<br />

de cargas, manejo de paciente,<br />

contención de pacientes en<br />

crisis):<br />

Representan factores de riesgo:<br />

objetos, puestos de trabajo,<br />

máquinas, equipos y herramientas<br />

cuyo peso, tamaño, forma y diseño<br />

pueden provocar esfuerzo, así<br />

como posturas y movimientos<br />

inadecuados que traen como<br />

consecuencia fatiga física y lesiones<br />

osteo-musculares.<br />

Psicosocial:<br />

Son aquellas características de<br />

las condiciones de trabajo y,<br />

sobre todo, de su organización<br />

que tienen la capacidad de<br />

afectar tanto a la salud del<br />

colaborador como al desarrollo<br />

de su labor.


Accidente laboral:<br />

Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con<br />

ocasión del trabajo y que produzca en el colaborador una<br />

lesión orgánica, una perturbación funcional, invalidez o<br />

muerte.<br />

En la legislación colombiana están excluidos los accidentes de<br />

trayecto, estos son los accidentes que ocurran entre la casa y<br />

el trabajo o viceversa, a menos que el transporte sea<br />

suministrado por el empleador; así mismo NO se consideran<br />

accidentes de trabajo, los ocurridos durante permisos de<br />

trabajo y los accidentes deportivos a excepción de aquellos<br />

que ocurren durante actividades en representación de la<br />

empresa o por cuenta del empleador ( esto quiere decir que<br />

el evento deportivo haya sido organizado, financiado o<br />

patrocinado por la empresa).<br />

Es importante que el trabajador reporte las situaciones que<br />

identifique que pueden causar riesgo para su salud o que<br />

haya generado lesión al Trabajador, el tiempo establecido<br />

para la Clínica en su reporte a la Aseguradora (ARP) que es<br />

de 48 horas a partir de su ocurrencia.


Enfermedad laboral:<br />

“Es todo estado patológico permanente que<br />

sobrevenga como consecuencia obligada y directa de<br />

la clase de trabajo que desempeñe el colaborador o<br />

del medio en que se haya visto obligado a trabajar y<br />

que haya sido determinada como enfermedad laboral<br />

por el Gobierno Nacional”. Se produce por exposición<br />

prolongada a un riesgo:<br />

Físico<br />

Químico<br />

Biológico<br />

Psicosocial<br />

Ambiental<br />

Biomecánico


BIBLIOGRAFÍA<br />

Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, Provincia<br />

Colombiana de Nuestra Señora del Buen Consejo. Cartilla:<br />

Manual de convivencia y responsabilidad (físico). Año<br />

2011.<br />

Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, Provincia<br />

Colombiana de Nuestra Señora del Buen Consejo. Cartilla:<br />

Reglamento interno de trabajo (físico). Año 2012.<br />

Talento humano Clinica Nuestra Señora de la Paz.<br />

Programa: Sistema de gestión de seguridad y salud en el<br />

trabajo (digital).<br />

https://www.arlsura.com/index.php/centro-de-legislacionsp-26862/161-sectorsalud/sector-salud-/946-prevencion-ymanejo-de-los-accidentes-biologicos<br />

Recuerda que puedes ampliar tu conocimiento<br />

acerca de todo lo visto en esta unidad revisando<br />

el Reglamento Interno de Trabajo.

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