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Cumplimiento

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Te presentamos<br />

Una nueva sociedad encargada de regular<br />

aspectos financieros de nuestra empresa.


Conoce más sobre CODERCO<br />

¿SABÍAS QUE?<br />

CODERCO es una Sociedad Financiera de Objeto<br />

Múltiple (SOFOM), Entidad No Regulada (E.N.R.)<br />

que tiene la obligación de cumplir con las Disposiciones<br />

de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de<br />

la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 95-Bis<br />

de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares<br />

del Crédito.<br />

Dichas Disposiciones contienen las medidas y procedimientos mínimos<br />

que CODERCO está obligada a observar para prevenir y detectar las<br />

Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Financiamiento al<br />

Terrorismo.<br />

Por lo anterior, es de gran importancia<br />

tenerlas presentes en el desarrollo de<br />

nuestras funciones, consúltalas aquí:<br />

(archivo adjunto)


Manual de PLD y FT<br />

ASPECTOS RELEVANTES<br />

CODERCO cuenta con un Manual de Políticas, Medidas,<br />

Criterios y Procedimientos internos para la Prevención<br />

de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y<br />

Financiamiento al Terrorismo autorizado por la CNBV, que<br />

consta de 243 páginas.<br />

A continuación ponemos a tu alcance, de forma muy sintetizada en 13 puntos,<br />

los aspectos más relevantes del Manual:<br />

1. Al recibir los documentos que le entreguen los Clientes para integrar su expediente de<br />

identificación correspondiente, CODERCO debe revisar que<br />

no tengan tachaduras o enmendaduras.<br />

2. CODERCO no celebrará ninguna clase de Operación<br />

con Clientes cuyo expediente de identificación se<br />

encuentre incompleto.<br />

3. El ejecutivo del Área de Promoción deberá realizar<br />

una visita al domicilio de cada Cliente que sea clasificado<br />

en un Grado de Riesgo alto, en los siguientes supuestos:<br />

Dudas acerca de la veracidad o exactitud de la información;<br />

Cambios significativos en el perfil transaccional y Falta o<br />

desactualización de información del cliente.


Manual de PLD y FT<br />

ASPECTOS RELEVANTES<br />

4. CODERCO considera que las Operaciones<br />

celebradas por los Clientes que sean de alto<br />

Riesgo pueden generar un alto Riesgo a<br />

CODERCO, por lo que requieren la aprobación<br />

del Director de Finanzas para su celebración.<br />

5. Toda Persona Políticamente Expuesta es<br />

clasificada en un Grado de Riesgo alto.<br />

6. CODERCO clasifica a cada uno de sus Clientes<br />

en alguno de los siguientes Grados de Riesgo:<br />

Alto, Medio y Bajo.<br />

7. Al momento de que un Cliente se presente por<br />

primera vez ante CODERCO con la finalidad de<br />

realizar alguna Operación, CODERCO debe<br />

establecer el perfil transaccional del Cliente.<br />

8. CODERCO debe aplicar a sus Clientes que hayan sido catalogados como de Grado de<br />

Riesgo alto, cuestionarios de identificación que permitan obtener mayor información sobre<br />

el origen y destino de los recursos y las actividades y Operaciones que realizan o que<br />

pretendan llevar a cabo.<br />

9. En caso de que algún empleado o funcionario de CODERCO cuente con información<br />

basada en indicios o hechos concretos de que, al pretenderse realizar una Operación, el<br />

origen de los recursos pudiere consistir en actividades ilícitas o pudieren estar destinados a<br />

favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los<br />

delitos de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, debe notificarlo inmediatamente<br />

al Oficial de <strong>Cumplimiento</strong> para el envío del reporte a la CNBV.<br />

10. El Oficial de <strong>Cumplimiento</strong>, miembros del Consejo de Administración, directivos,<br />

miembros del Comité, así como funcionarios, empleados y apoderados, incluyendo aquellos<br />

que laboren en áreas de atención al público o de administración de recursos, deberán<br />

contar con capacitación en la materia de Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento<br />

al Terrorismo y en todo lo relativo al contenido del Manual de PLD y FT.


Manual de PLD y FT<br />

ASPECTOS RELEVANTES<br />

11. Todos los miembros del Consejo de Administración, los miembros del Comité, el Oficial<br />

de <strong>Cumplimiento</strong>, así como los directivos, funcionarios, empleados y apoderados de<br />

CODERCO, deberán mantener absoluta confidencialidad sobre la información relativa a los<br />

reportes previstos en las Disposiciones, salvo cuando la pidiere la SHCP, por conducto de la<br />

Comisión, y demás autoridades expresamente facultadas para ello.<br />

12. CODERCO deberá conservar, por un periodo no menor a diez años contados a partir<br />

de su remisión, copia de los reportes de Operaciones Inusuales, Operaciones Internas<br />

Preocupantes, y Operaciones Relevantes que haya presentado en términos de las<br />

Disposiciones, así como el original o copia o registro contable o financiero de toda la<br />

documentación soporte, la cual deberá ser identificada y conservada como tal por<br />

CODERCO por el mismo periodo.<br />

Los datos y documentos que integran los expedientes de identificación de Clientes,<br />

deberán ser conservados durante toda la vigencia del contrato y, una vez que este concluya,<br />

por un período no menor a diez años contado a partir de dicha conclusión.<br />

13. CODERCO debe proporcionar a la SHCP, por conducto de la CNBV, toda la<br />

información y documentación que le requiera, incluyendo la que contenga imágenes,<br />

relacionada con los reportes previstos en las Disposiciones.


Definiciones<br />

LAVADO DE DINERO.- Proceso a través del cual se<br />

pretende encubrir el origen de los fondos generados<br />

mediante el ejercicio de algunas actividades ilegales o<br />

criminales (tráfico de drogas o estupefacientes, contrabando<br />

de armas, corrupción, fraude, prostitución, extorsión, piratería,<br />

secuestro, robo y cualquier otro delito del crimen organizado).<br />

FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO.- Consiste en la aportación,<br />

financiación o recaudación de fondos económicos o recursos de<br />

cualquier naturaleza, con conocimiento de que serán utilizados, en todo o<br />

en parte, en apoyo de personas u organizaciones que operen o cometan<br />

actos terroristas en el territorio nacional o en el extranjero.


DIFERENCIAS<br />

Lavado de<br />

Dinero<br />

Financiamiento<br />

al Terrorismo<br />

Motivo<br />

Ganancias<br />

Ideologías<br />

Fuente de los<br />

fondos<br />

Detección<br />

Organizaciones Criminales<br />

(procedencia ilícita)<br />

Transacciones sospechosas<br />

(depósitos grandes que no<br />

concuerden con actividad del<br />

cliente.) Hay que investigar el<br />

origen de los fondos.<br />

Autofinanciamiento o<br />

benefactores o donantes<br />

(Procedencia lícita o ilícita).<br />

Relaciones sospechosas<br />

(transferencia entre personas<br />

aparentemente no relacionadas).<br />

Hay que identificar el<br />

destino de los fondos.<br />

Montos<br />

Rastro de<br />

dinero<br />

Cantidades grandes bien<br />

estructuradas para evitar<br />

reporteo.<br />

Circular. El dinero regresa a la<br />

persona que lo genera.<br />

Cantidades pequeñas por<br />

debajo de montos sujetos<br />

a reporte.<br />

Lineal. El dinero es utilizado<br />

para difundir actividades y<br />

grupos terroristas.

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