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GUIA-DEL-INVERSIONISTA-FINAL DE PROBARRANQUILLA

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Guía del Inversionista 2013<br />

Cómo ubicarse en Barranquilla<br />

Los pasos 2, 3, 6 y 8 se realizan en las diferentes sedes de la Cámara de Comercio<br />

de Barranquilla, a excepción de la sede principal ubicada en el Antiguo Edificio de<br />

la Aduana, Vía 40 No. 36-135.<br />

3.2.2. Registrar la inversión<br />

De acuerdo con el Ministerio de Industria y Comercio, toda inversión de capital<br />

del exterior en territorio colombiano, incluidas las zonas francas colombianas,<br />

por personas no residentes en Colombia se considera inversión extranjera. La<br />

legislación colombiana contempla dos tipos de inversión extranjera:<br />

Inversión extranjera directa: es aquella en la cual se adquieren derechos sobre<br />

el capital de una empresa nacional mediante la compra de acciones, cuotas<br />

sociales, bonos convertibles en acciones o a través de cualquier contribución al<br />

capital de una empresa; se adquieren de derechos sobre patrimonios autónomos<br />

constituidos mediante contrato de fiducia mercantil como medio para desarrollar<br />

una empresa o para la compra, venta y administración de participaciones en<br />

empresas no registradas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios; en<br />

la adquisición de inmuebles, títulos de participación en procesos de titularización<br />

inmobiliaria o a través de fondos inmobiliarios; en aportes de actos o contratos si<br />

estos no representan una participación en la sociedad y las rentas que generen<br />

dependen de las utilidades de la empresa.<br />

Inversión de portafolio: es la que se realiza a través de intermediarios, como los<br />

fondos de inversión de capital extranjero, por medio de los cuales se adquieren<br />

acciones, bonos obligatoriamente convertibles en acciones y otros valores<br />

negociables en el mercado de valores. Dichos fondos son patrimonios organizados<br />

bajo cualquier modalidad en Colombia o en el extranjero. Estos reciben aportes de<br />

entidades, personas naturales o jurídicas extranjeras, con el fin de hacer inversiones<br />

a través de la canalización de los recursos hacia empresas que los necesitan,<br />

utilizando como vía el mercado público de valores.<br />

Beneficios del registro de la inversión<br />

Todas las inversiones del exterior, cualquiera que sea el tipo o la modalidad, deben<br />

registrarse como condición necesaria para que el inversionista extranjero pueda<br />

ejercer los derechos cambiarios que le confiere la Ley.<br />

• Remitir al exterior las utilidades netas comprobadas que generen<br />

periódicamente sus inversiones.<br />

• Reinvertir las utilidades o retener en el superávit las utilidades no distribuidas<br />

con derecho a giro.<br />

• Capitalizar las sumas con derecho a giro, producto de obligaciones derivadas de<br />

la inversión.<br />

• Remitir al exterior las sumas recibidas como producto de la enajenación de la<br />

inversión dentro del país, o de la liquidación de la empresa o portafolio, o de la<br />

reducción de su capital.<br />

Fuente: Proexport.<br />

Nota: El Banco de la Repúbica de Barranquilla, es la entidad ante la cual se registra la inversión.<br />

Para mayor información de ésta, remitirse al Directorio en Anexos<br />

3.2.3. Trámites para el arriendo o adquisición de inmuebles y<br />

recomendaciones<br />

Para establecerse en una propiedad se puede recurrir a dos opciones: al arriendo o<br />

compra de un inmueble. Para hacer ambas transacciones se debe poseer la cédula<br />

de extranjería o si se encuentra en el extranjero debe realizar un poder escrito donde<br />

se autorice a la persona que va a hacer los trámites. Para obtener información acerca<br />

del proceso de arrendamiento de un inmueble, remitirse a la sección 8.1.<br />

Por su parte, si usted es un inversionista extranjero que necesita comprar algún<br />

inmueble en territorio colombiano, siga los siguientes pasos y recomendaciones<br />

señaladas por Proexport:<br />

1. Registro de la inversión: La adquisición por parte de extranjeros de algún<br />

inmueble nacional debe ser registrada ante el Banco de la República. Para mayor<br />

información, remitirse al Directorio en Anexos<br />

2. Verificar la información de la propiedad: Consiste en la adquisición de la<br />

“historia del inmueble”, el cual se encuentra en el Certificado de Tradición y<br />

Libertad. Este certificado contiene la lista de las personas que han sido dueñas<br />

del inmueble y los derechos que un tercero pueda tener sobre ese inmueble.<br />

Nota: para solicitar el certificado, debe tener al menos uno de los siguientes<br />

datos de información:<br />

I. El número de matrícula inmobiliaria (número de identificación que tienen<br />

los inmuebles en Colombia).<br />

II. La dirección del inmueble.<br />

III. El número de identificación (cédula) del propietario del inmueble.<br />

Este trámite se realiza ante la oficina de Registros de Instrumentos Públicos.<br />

Para mayor información, remitirse al Directorio en Anexos<br />

3. Verificar estado de pago del predial: El predial es el impuesto cobrado<br />

por poseer inmuebles. Ante la Secretaría de Hacienda de cada municipio el<br />

inversionista debe solicitar el paz y salvo y demostrar que los impuestos del<br />

inmueble están al día. Para mayor información acerca de las secretarías de Hacienda del AMB<br />

y Sabanagrande, remitirse al Directorio en Anexos<br />

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