GUIA-DEL-INVERSIONISTA-FINAL DE PROBARRANQUILLA
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Guía del Inversionista 2013<br />
Cómo ubicarse en Barranquilla<br />
Los pasos 2, 3, 6 y 8 se realizan en las diferentes sedes de la Cámara de Comercio<br />
de Barranquilla, a excepción de la sede principal ubicada en el Antiguo Edificio de<br />
la Aduana, Vía 40 No. 36-135.<br />
3.2.2. Registrar la inversión<br />
De acuerdo con el Ministerio de Industria y Comercio, toda inversión de capital<br />
del exterior en territorio colombiano, incluidas las zonas francas colombianas,<br />
por personas no residentes en Colombia se considera inversión extranjera. La<br />
legislación colombiana contempla dos tipos de inversión extranjera:<br />
Inversión extranjera directa: es aquella en la cual se adquieren derechos sobre<br />
el capital de una empresa nacional mediante la compra de acciones, cuotas<br />
sociales, bonos convertibles en acciones o a través de cualquier contribución al<br />
capital de una empresa; se adquieren de derechos sobre patrimonios autónomos<br />
constituidos mediante contrato de fiducia mercantil como medio para desarrollar<br />
una empresa o para la compra, venta y administración de participaciones en<br />
empresas no registradas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios; en<br />
la adquisición de inmuebles, títulos de participación en procesos de titularización<br />
inmobiliaria o a través de fondos inmobiliarios; en aportes de actos o contratos si<br />
estos no representan una participación en la sociedad y las rentas que generen<br />
dependen de las utilidades de la empresa.<br />
Inversión de portafolio: es la que se realiza a través de intermediarios, como los<br />
fondos de inversión de capital extranjero, por medio de los cuales se adquieren<br />
acciones, bonos obligatoriamente convertibles en acciones y otros valores<br />
negociables en el mercado de valores. Dichos fondos son patrimonios organizados<br />
bajo cualquier modalidad en Colombia o en el extranjero. Estos reciben aportes de<br />
entidades, personas naturales o jurídicas extranjeras, con el fin de hacer inversiones<br />
a través de la canalización de los recursos hacia empresas que los necesitan,<br />
utilizando como vía el mercado público de valores.<br />
Beneficios del registro de la inversión<br />
Todas las inversiones del exterior, cualquiera que sea el tipo o la modalidad, deben<br />
registrarse como condición necesaria para que el inversionista extranjero pueda<br />
ejercer los derechos cambiarios que le confiere la Ley.<br />
• Remitir al exterior las utilidades netas comprobadas que generen<br />
periódicamente sus inversiones.<br />
• Reinvertir las utilidades o retener en el superávit las utilidades no distribuidas<br />
con derecho a giro.<br />
• Capitalizar las sumas con derecho a giro, producto de obligaciones derivadas de<br />
la inversión.<br />
• Remitir al exterior las sumas recibidas como producto de la enajenación de la<br />
inversión dentro del país, o de la liquidación de la empresa o portafolio, o de la<br />
reducción de su capital.<br />
Fuente: Proexport.<br />
Nota: El Banco de la Repúbica de Barranquilla, es la entidad ante la cual se registra la inversión.<br />
Para mayor información de ésta, remitirse al Directorio en Anexos<br />
3.2.3. Trámites para el arriendo o adquisición de inmuebles y<br />
recomendaciones<br />
Para establecerse en una propiedad se puede recurrir a dos opciones: al arriendo o<br />
compra de un inmueble. Para hacer ambas transacciones se debe poseer la cédula<br />
de extranjería o si se encuentra en el extranjero debe realizar un poder escrito donde<br />
se autorice a la persona que va a hacer los trámites. Para obtener información acerca<br />
del proceso de arrendamiento de un inmueble, remitirse a la sección 8.1.<br />
Por su parte, si usted es un inversionista extranjero que necesita comprar algún<br />
inmueble en territorio colombiano, siga los siguientes pasos y recomendaciones<br />
señaladas por Proexport:<br />
1. Registro de la inversión: La adquisición por parte de extranjeros de algún<br />
inmueble nacional debe ser registrada ante el Banco de la República. Para mayor<br />
información, remitirse al Directorio en Anexos<br />
2. Verificar la información de la propiedad: Consiste en la adquisición de la<br />
“historia del inmueble”, el cual se encuentra en el Certificado de Tradición y<br />
Libertad. Este certificado contiene la lista de las personas que han sido dueñas<br />
del inmueble y los derechos que un tercero pueda tener sobre ese inmueble.<br />
Nota: para solicitar el certificado, debe tener al menos uno de los siguientes<br />
datos de información:<br />
I. El número de matrícula inmobiliaria (número de identificación que tienen<br />
los inmuebles en Colombia).<br />
II. La dirección del inmueble.<br />
III. El número de identificación (cédula) del propietario del inmueble.<br />
Este trámite se realiza ante la oficina de Registros de Instrumentos Públicos.<br />
Para mayor información, remitirse al Directorio en Anexos<br />
3. Verificar estado de pago del predial: El predial es el impuesto cobrado<br />
por poseer inmuebles. Ante la Secretaría de Hacienda de cada municipio el<br />
inversionista debe solicitar el paz y salvo y demostrar que los impuestos del<br />
inmueble están al día. Para mayor información acerca de las secretarías de Hacienda del AMB<br />
y Sabanagrande, remitirse al Directorio en Anexos<br />
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