Victimologia
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NUEVA EDICIÓN 2018<br />
VICTIMOLOGÍA:<br />
NUEVA CIENCIA<br />
VICTIMOLOGIA<br />
COMO CIENCIA?<br />
Special<br />
DERECHOS DE LA<br />
VICTIMA<br />
JUSTTICIA A LAS<br />
VICTIMAS
2 Summary<br />
DECANO VIRGILIO SOUSA VALDÉS<br />
Ha ocupado cargos públicos como<br />
Director Nacional de Comercio,<br />
Director de Panamá Emprende,<br />
representante de Panamá<br />
ante la Organización Mundial<br />
de Propiedad Intelectual OMPI.<br />
Director Administrativo, Asesor<br />
legal y Defensor laboral del<br />
MITRADEL y Expresidente de<br />
la Junta Técnica de Contabilidad<br />
del Ministerio de Comercio,<br />
Expresidente y miembro<br />
principal del Tribunal de Honor<br />
del Colegio Nacional de abogados<br />
de Panamá, actualmente<br />
vicepresidente de la Asociación<br />
Nacional de Juristas de Panamá<br />
y Miembro de la Federación<br />
Interamericana de Abogados.<br />
Actualmente Abogado y Docente,<br />
profesional del Derecho<br />
con especialización y postgrado<br />
en Derecho Penal Económico,<br />
Derechos Humanos, Mediación<br />
y Alta Gerencia estudios<br />
superiores de maestría en Docencia<br />
Superior, Dirección Empresarial<br />
MBA y Derecho de<br />
Familia Niñez y Adolescencia<br />
con amplia trayectoria, en<br />
sector público, privado y en<br />
organismos internacionales.<br />
Facultad de<br />
Derecho y Ciencias<br />
Politicas
Summary<br />
3<br />
Nuestra institución, la Universidad Interamericana<br />
de Panamá fue aprobada en<br />
1992 por Decreto Presidencial e inició operaciones<br />
en 1994, con 90 alumnos matriculados.<br />
Nuestra evolución como institución<br />
va en paralelo al desarrollo del país,<br />
con el cual tenemos un firme compromiso.<br />
En el año 2003 se integró a la red de universidades<br />
privadas más importante del mundo,<br />
Laureate International Universities, líder en<br />
servicios de educación superior de calidad,<br />
que cuenta con universidades en 5 continentes<br />
y presencia en 25 países, tales como Alemania,<br />
Brasil, Chile, China, Chipre, Costa<br />
Rica, Ecuador, España, EE.UU., Francia,<br />
Reino Unido, Honduras, México, Panamá,<br />
Perú, Suiza, Australia, Indonesia; con<br />
más de 1,000,000 de estudiantes en más<br />
de 75 instituciones alrededor del mundo.<br />
Fruto de nuestra evolución y con el objetivo<br />
de ofrecer los mejores servicios a nuestros estudiantes,<br />
en 2005 se inauguró una nueva sede<br />
de Maestrías, en 2006 la Facultad de Hotelería<br />
y Turismo, en 2008 la sede de La Chorrera.<br />
En 2011 se inauguró la nueva sede<br />
de Maestrías en Vía Brasil, que cuenta<br />
con instalaciones de primer nivel.<br />
En enero de 2015 se realiza la inauguración<br />
del nuevo Campus UIP ubicado en la Ave.<br />
Ricardo J. Alfaro, con una moderna estructura<br />
arquitectónica que sorprende a propios<br />
y a extraños, gracias a su diseño vanguardista<br />
y a sus lugares de esparcimiento que estimulan<br />
la creatividad de todos los estudiantes.<br />
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4<br />
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BEATRIZ PIMENTEL VILLAR<br />
• Licenciada en Derecho y Ciencias Políticas “Laureate International University (Ulacit)<br />
• Maestría en Mediación Negociación y Arbitraje Internacional University. (Ulacit)<br />
• Maestria en Docencia Superior universidad de Panamá<br />
• Posgrado en Docencia Superior Universidad de Panamá<br />
• Posgrado en Resolución de Conflictos. (Ulacit)<br />
• Isae universidad Especializacion en Sistema Acusatorio<br />
• Diplomado en Sistema Acusatorio Ulacit<br />
• Diplomado de Facilitadores Judiciales (OEA)<br />
• Técnico Superior en Seguridad Pública Policia Nacional de Panama<br />
• Instructor en Procedimientos del Primer Interviniente en el Sistema Penal Acusatorio. (Estamentos<br />
de seguridad, bomberos, Policia municipal)<br />
• Curso del Desarrolo del Instructor Policia Nacional de Panamá<br />
• Curso de Tecnicas Docentes Policia Nacional de Panamá<br />
• Formacion de Formadores Interinstitucionales del Sistema Penal Acusatorio (FFISPA) con<br />
el Órgano Judicial y la Embajada de los Estados Unidos.<br />
• Curso de Malla Curricular Programa de Formardor de Formadores Del Sistema Acusatorio<br />
• Curso Tecnicas Docentes Programa de Formardor de Formadores Del Sistema Acusatorio<br />
• Actualmente cursa estudio Instituto de Estudio e Investigación Jurídica (INEJ) MAESTRIA<br />
EN DERECHO PENAL Y DERECHO PROCESAL PENAL.<br />
• Actualmente cursa Estudios de Maestria en Sistema Penal Acusatorio ISAE PANAMA
5<br />
ORGANIZADORES<br />
Directora de la Revista<br />
Sub-directora<br />
Directora del boletín informativo<br />
Directora de invitaciones<br />
Directora de preparativos del salón<br />
Ayudante de Preparativos del salón<br />
Fotógrafo del evento<br />
Maestros de Ceremonia<br />
Jisslena Domínguez<br />
Nicole Aguilar<br />
Nicole Orocú<br />
Damiana Álvarez<br />
Katherine Dupuy<br />
Zoraida Martínez<br />
Eucaris Fajardo<br />
Juan Diego Vásquez<br />
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6<br />
Contents<br />
06<br />
Jisslena Dominguez<br />
Historia de la <strong>Victimologia</strong> y<br />
la <strong>Victimologia</strong> en América<br />
Latina<br />
Alejandra Aguilar<br />
10<br />
Neutralización de la Victimas y La<br />
Victima como objeto de estudio de<br />
la Criminología<br />
14<br />
Damiana Alvavarez<br />
LAVICTIMOLOGÍA COMO NUEVA<br />
CIENCIA Y LA LEY 31 DE MAYO DE 1998<br />
16<br />
Angela Casteblanco<br />
CONCEPTO DE<br />
VICTIMOLOGÍA
Contents<br />
7<br />
Katherine Duplyn 18<br />
Factores Victimógenos y Relaciones<br />
entre el derecho penal y<br />
la victimología.<br />
Incidencia del planteamiento victimológico<br />
en fundamentos del proceso<br />
Juan Vázquez<br />
20<br />
penal. Reparación y Conciliación.<br />
y<br />
Código Procesal Penal Ley 63, sus menciones<br />
de la víctima en el Sistema Acusatorio<br />
y la víctima como sujeto del proceso.<br />
22<br />
Nicole Orocú<br />
Planteamiento general del<br />
problema: Ayuda pública frente a la<br />
tradicional indemnización privada<br />
Carlos Menodza<br />
24<br />
El Redescubrimiento de las víctimas<br />
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8<br />
Network security<br />
Historia de la <strong>Victimologia</strong> y la<br />
<strong>Victimologia</strong> en América Latina<br />
Desde los tiempos en los que se practicaba<br />
la Ley del Talión, basada en la venganza del<br />
“ojo por ojo y diente por diente”, pasando por<br />
el momento en el que el Estado se hizo cargo<br />
de la instauración de justicia y, hasta los<br />
años 30 del pasado siglo, la víctima ha estado<br />
históricamente fuera del proceso judicial.<br />
La victimología, aunque había sido un<br />
tema tratado de forma somera por autores<br />
asociados a los albores de la Criminología,<br />
como Beccaria o Lombroso, no<br />
aparece como ciencia hasta el siglo XX.<br />
Jisslena Dominguez
Network security<br />
9<br />
La primera publicación<br />
dedicado exclusivamente<br />
a las víctimas apareció<br />
en La Habana en el<br />
año 1930 y se componía<br />
de tres escritos sobre la<br />
protección de la víctima<br />
del delito que habían<br />
sido temas en una conferencia<br />
celebrada en<br />
la misma ciudad el año<br />
Es en 1945 cuando se publica<br />
una de las primeras<br />
obras escritas y dedicadas<br />
en exclusividad a la teoría<br />
victimológica. Escrita<br />
por el autor Hans Von<br />
Hentig, “El criminal y su<br />
víctima” trata de definir<br />
la dicotomía víctima-victimario<br />
y realiza una<br />
Paralelamente a Von<br />
Hentig, el abogado rumano<br />
Mendelsohn, defendió<br />
la Victimología<br />
como ciencia independiente<br />
a la Criminología.<br />
Su labor de difusión internacional<br />
de esta nueva<br />
área de conocimiento<br />
se desarrolló en los<br />
anterior. Más adelante,<br />
en el año 1945, aparece<br />
por primera vez el<br />
término “victimología”<br />
en el libro del psiquiatra<br />
norteamericano Frederick<br />
Wertham “The<br />
show of violence”, que<br />
trataba sobre la mitificación<br />
de los personajes<br />
malvados de los cómics.<br />
clasificación de los tipos<br />
de personas que, por sus<br />
características, son más<br />
proclives a convertirse en<br />
víctimas, y otra categorización<br />
de las personas<br />
que, por sus condiciones<br />
psicológicas, tienen más<br />
probabilidades de ser<br />
víctimas de un delito.<br />
años 30 y 40, aportando<br />
una tipología clásica de<br />
las víctimas, poniendo<br />
el foco en el tratamiento<br />
de las mismas tras<br />
la comisión del delito<br />
y la necesidad de realizar<br />
un ejercicio de<br />
prevención para evitar<br />
futuras victimizaciones.<br />
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10<br />
En la década de los 50, encontramos<br />
estudios que enfocan su análisis ya no<br />
sólo en realizar clasificaciones de los<br />
distintos tipos de víctimas, sino en el<br />
riesgo victimal, como el norteamericano<br />
Ellenberg, o en la posterior compensación<br />
a una persona al haberse<br />
convertido en la víctima de un delito,<br />
como es el caso de Margery Fry.<br />
Una década después encontramos<br />
como uno de los máximos exponentes<br />
de la Victimología al autor egipcio Abdel<br />
Ezzat Fattah el cual, bajo la influencia<br />
de Von-hentig y Mendelsohn,<br />
realiza una nueva clasificación de los<br />
tipos de víctimas entre los que encontramos<br />
la víctima participante, la víctima<br />
latente, o la víctima provocativa.<br />
Uno de los grandes hitos que marcó<br />
el despegue de la Victimología como<br />
materia de estudio es la I Conferencia<br />
Internacional de Victimólogos, celebrada<br />
en el año 1973 en Jerusalén.<br />
Unos años después, en 1979, se fundó<br />
la World Society of Victimology.<br />
En la actualidad la Victimología es un<br />
área de conocimiento en auge que se nutre<br />
de muy diversas ciencias y disciplinas<br />
tales como la Psicología, la Sociología, la<br />
Medicina, etc. Los análisis son más integrales,<br />
que ponen en el centro a la víctima,<br />
pero sin olvidar al victimario y dando<br />
valor a la prevención y al posterior<br />
tratamiento de la víctima y su entorno.
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11<br />
El Desarrollo de la Victimología en América Latina<br />
“El Mendelsohn” de la victimología en<br />
América Latina no es una sola persona<br />
sino un grupo de profesionales, tan<br />
dispersos como sus colegas europeos o<br />
norteamericanos de mediados del siglo<br />
veinte. Las comunicaciones han sido<br />
difíciles y no se han dado reuniones que<br />
permitan a dichos precursores compartir<br />
y discutir los desarrollos en este campo.<br />
De hecho, desde 1973, los victimólogos de<br />
América Latina se han encontrado más<br />
frecuentemente en los simposios internacionales<br />
de la Sociedad Mundial de<br />
Victimología, que en eventos regionales.<br />
Los servicios legales alternativos: a fines de los setenta aparecieron los programas<br />
de acceso a la justicia con una oferta innovadora de programas de asesoría legal<br />
gratuita para poblaciones pobres. Inicialmente, la estrategia centró su impulso<br />
en los procesos autorizados por los ministerios de Justicia de cada país de América<br />
Latina y de las universidades, especialmente por parte de las facultades de Derecho.<br />
El movimiento social de mujeres: desde 1975, tras la Conferencia de Naciones<br />
Unidas sobre la Mujer en México, se abrió camino a una serie de desarrollos<br />
que visibilizaron a la población femenina como sujeto de derechos<br />
violados sistemáticamente por las sociedades en las cuales convivían.<br />
Reforma de la administración de justicia: en los últimos veinte años, los países del<br />
subcontinente han introducido muchos cambios legislativos e institucionales en<br />
la justicia formal y comunitaria y especialmente en el campo de la justicia penal.<br />
Estas reformas incluyen un mayor reconocimiento de los derechos de la víctima.<br />
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12<br />
Neutralización de la Victimas<br />
Hay algo que nuestra sociedad actual no<br />
puede negar: la víctima ha existido siempre.<br />
Desde el mismo momento en que se<br />
cometió el primer hecho delictivo existió<br />
una víctima de ahí que podamos decir que<br />
la víctima nace prácticamente con el delito.<br />
En el Libro del Génesis del Antiguo Testamento,<br />
nos encontramos con el primer<br />
asesinato de la historia de la humanidad: la<br />
muerte de Abel a manos de su hermano Caín.
13<br />
Sin embargo, la víctima durante muchísimo<br />
tiempo fue “invisible”, no fue tenida en cuenta<br />
centrándose el protagonismo en la figura<br />
del delincuente que se abordó desde distintas<br />
perspectivas: el derecho (atendiendo a la penas<br />
punitivas, al castigo y su resocialización), la<br />
psicología (incluyendo estudios sobre la personalidad<br />
del delincuente, su motivación o<br />
su medio ambiente), la psiquiatría (estableciendo<br />
modelos clínicos de clasificación de los<br />
delincuentes), etc. A lo largo de nuestra historia<br />
siempre ha sido más enérgico e intenso<br />
el empeño por ocuparse del delincuente y<br />
de ajustar cuentas penales, que el de ajustar<br />
cuentas sociales y solidarias con las víctimas.<br />
Con el paso del tiempo, luego de sucesos como<br />
La Ley de Talión, y El Código Hammurabi; se<br />
llega a la neutralización de la víctima. En el estado<br />
Moderno español los Reyes Católicos son<br />
los primeros en hacer que la justicia sea pública<br />
de modo que quien se hacía cargo del castigo<br />
era el Estado. Se introduce la proporcionalidad<br />
y la neutralidad de modo que la víctima pasa<br />
a un segundo plano, ya que esta no interviene<br />
en el proceso penal moderno ni se tienen en<br />
cuenta los intereses de la víctima, sino que se<br />
vela por los intereses generales de la sociedad<br />
y del Estado. Este olvido hacia la víctima es el<br />
que justifica el nacimiento de la Victimología<br />
ya que a partir del momento en el que el Estado<br />
monopoliza el castigo al delincuente, es decir,<br />
desde que se prohíbe a las víctimas castigar las<br />
lesiones de sus intereses, el papel, de las mismas<br />
se va difuminando hasta casi desaparecer.<br />
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14<br />
La Victima como objeto de estudio<br />
de la Criminología<br />
Como sabemos la criminología tiene<br />
como principal objeto de estudio a<br />
la conducta antisocial, es decir, es<br />
la base de toda la estructura criminológica<br />
y de donde pueden partir<br />
objetos secundarios de estudio, como<br />
pueden ser el crimen, criminalidad y<br />
criminal, el control social, la víctima,<br />
entre otros. La criminología estudia<br />
el acto de causar daño a otro ser humano<br />
(o al medio ambiente), bajo las<br />
condiciones culturales y sociales que<br />
sean, y, en resumen, de la violencia,<br />
y una vez alcanzada la certidumbre,<br />
intentar prevenir y disminuirla.<br />
Sin embargo en esta ocasión nos centraremos<br />
específicamente en la victima<br />
como otro objeto de estudio de<br />
la criminología. El interés por la víctima<br />
como objeto es un fenómeno<br />
reciente: a partir de la Segunda Guerra<br />
Mundial. El dispositivo penal el<br />
sustantivo y el procesal no toman en<br />
cuenta a la víctima para neutralizarla,<br />
a fin de recobrar para el Estado el<br />
monopolio de la reacción penal.<br />
La Criminología olvidó a la víctima porque quizá la sociedad se identifica<br />
con quien realiza la conducta prohibida. Aunque considero que gracias<br />
al impulso que está tomando la Victimología, que es la ciencia que estudia<br />
a la víctima, bajo una perspectiva más especializada, y se aplaude<br />
éste hecho ya que antes no era tomado en cuenta. Esta dejara de ser objeto<br />
de estudio de la Criminología para ser una ciencia única como tal.
15<br />
Es un derecho humano fundamental<br />
de todo ciudadano, el<br />
libre acceso a los tribunales de<br />
justicia para exigir la reparación<br />
del daño causado. El derecho a la<br />
tutela judicial efectiva requiere<br />
que las personas, en este caso la<br />
víctima del delito, esté informada<br />
de cuáles son sus derechos y<br />
que el Estado desarrolle los mecanismos<br />
para garantizar a sus<br />
asociados la protección de los<br />
derechos conculcados, lo cual<br />
implica no sólo la asesoría jurídica<br />
y medidas de protección, sino<br />
también la representación legal<br />
gratuita, en los mismo términos<br />
que se le brinda a la parte investigada,<br />
imputada o acusada.<br />
Alejandra Aguilar<br />
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16 Creativity<br />
LA VICTIMOLOGÍA COMO NUEVA CIENCIA Y<br />
LA LEY 31 DE MAYO DE 1998<br />
La victimología es considerada como una ciencia nueva<br />
que empezó a darse a conocer a partir de la década de los 70.<br />
La victimología, nace para dar respuesta a la víctima, que es la persona<br />
que sufre la agresión cometida contra su persona por otro.<br />
La importancia de la victimología es la disciplina que tiene<br />
por objeto el estudio de la víctima del delito, de su personalidad,<br />
de sus características biológicas, psicológicas, morales,<br />
sociales y culturales; de sus relaciones con el delincuente.
Creativity<br />
17<br />
EN PANAMÁ, SE APRUEBA<br />
LA LEY 31 DE 28 DE MAYO DE<br />
1998<br />
Dicha ley se tuvo la iniciativa<br />
de crear por primera vez en<br />
Panamá, un Departamento<br />
de Asesoría Legal Gratuita<br />
para las Víctimas del Delito.<br />
“Protección a las Víctimas<br />
del Delito”. El objetivo de dicha<br />
decisión es garantizar<br />
a las víctimas la protección<br />
de sus derechos, indemnizaciones<br />
y fácil acceso<br />
a los procesos. Garantías<br />
de la Víctima consagradas<br />
en la Ley 31 de 1998.<br />
Se establece normativas<br />
que son derechos<br />
de la víctima:<br />
• Derecho a recibir atención<br />
médica de urgencia<br />
cuando la requiera.<br />
• Derecho a intervenir sin mayores formalidades<br />
como querellante en el proceso<br />
y obtener indemnización civil.<br />
• Este derecho del que goza la víctima se observa<br />
aún más reforzado, le confiere la calidad de parte<br />
al señalar que: “El querellante es sujeto esencial<br />
del proceso y, como tal, podrá ejercer todos<br />
los derechos reconocidos por la Ley a las partes”.<br />
• Derecho a ser considerada<br />
su seguridad personal<br />
y la de su familia.<br />
En la parte que refiere<br />
a fianza de excarcelación<br />
o a la concesión<br />
de alguna medida preventiva<br />
a favor del imputado,<br />
es indispensable<br />
se tome en cuenta<br />
el grado de peligro que<br />
pueda representar para<br />
la integridad personal<br />
de la víctima y de su<br />
familia, el otorgamiento<br />
de las mismas.<br />
DAMIANA ÁLVAREZ<br />
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18 Creativity<br />
CONCEPTO DE VICTIMOLOGÍA<br />
Angela Castelblanco<br />
La victimología se encarga de estudiar<br />
el origen del porque ciertas<br />
personas son víctimas, basándose<br />
en factores como por ejemplo el estilo<br />
de vida que lleva a una persona<br />
hacer mayor o menor la probabilidad<br />
de convertirse víctima, es decir,<br />
es una ciencia que estudia científicamente<br />
a la víctima y que nivel o papel<br />
juega en un determinado hecho.<br />
La mayoría de personas al escuchar<br />
el término de victimología lo asocian<br />
con alguien que fue víctima<br />
de delitos básicos o comunes como<br />
robo o hurto, pero no solo se limita<br />
a ello sino al acoso, maltrato psicológico,<br />
personas que han perdido<br />
alguien importante en su vida por<br />
negligencia médica, estos son unos<br />
pocos ejemplos, pero hay muchas<br />
clases de víctimas que hasta ahora<br />
no se consideraban que lo fueran.
New knowledge<br />
19<br />
RELACIÓN CON<br />
LA CRIMINOLOGÍA<br />
Pero lo que debemos de tenemos claro<br />
es que a la criminología le interesan la<br />
relación que hay entre la víctima con el<br />
crimen cometido. Difícilmente puede explicarse<br />
el fenómeno criminal sin su contraparte<br />
el fenómeno victimal. Como se<br />
ha demostrado atreves del tiempo del estudiado<br />
a la criminología, el análisis independiente<br />
del criminal sin considerar<br />
a su víctima ha manifestado su pobreza<br />
en el momento, es decir, la comprensión<br />
de los hechos del delito es corta, si no tenemos<br />
en cuenta el estudio de la víctima.<br />
La victimología no permanece únicamente<br />
ligada a la criminología, sino que<br />
está relacionada con muchos campos de<br />
especulación, necesita estar ligada a estudios<br />
que tengan que ver con la víctima.<br />
La victimología es una ciencia que empezó<br />
a ser apoyada en la década de los<br />
70, es una ciencia nueva, por esta razón<br />
hay muchos aspectos de ella que aún no<br />
están muy claros, un ejemplo es que aún<br />
se debate sus relaciones con otras ciencias<br />
tales como la sociología, psicología,<br />
derecho penal, criminología, entre otras.<br />
Por ello hay varios autores que tratan la<br />
relación de la criminología con la victimología<br />
y viceversa, es decir, autores<br />
que interpretan a la victimología dentro<br />
de la criminología o autores que defienden<br />
la autonomía de la Victimología.<br />
EL PROBLEMA DE<br />
LA CIENTIFICIDAD<br />
Para que una disciplina de estudio pueda<br />
considerarse como científica debe estar<br />
provista de una metodología científica<br />
propia. Ya que la victimología es una<br />
ciencia que mezcla varias disciplinas en<br />
la que cada una conserva sus métodos<br />
y suposiciones sin cambio o desarrollo<br />
de otras, por ello surge la problemática<br />
para establecer una metodología propia.<br />
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20 New knowledge<br />
Factores Victimógenos y Relaciones entre<br />
el derecho penal y la victimología.<br />
Este articulo busca definir desde el<br />
punto de la victimología, los términos<br />
relacionados al mismo, que son<br />
víctima y victimario y por consecuencia,<br />
estudiar los factores relacionados<br />
a los factores victimológicos.<br />
También buscamos relacionar el<br />
tema de los derechos de las victimas<br />
dentro del proceso penal en Panamá.<br />
Estudiar el tratamiento que ha recibido<br />
la víctima en el proceso penal<br />
a través de la historia ha permitido<br />
que en la actualidad se considere<br />
a la víctima como figura sobresaliente<br />
en la respuesta de los delitos<br />
y como sujeto activo no solo en la<br />
toma de decisiones que le conciernen<br />
sino también en la observancia<br />
de sus derechos e intereses.
A look at the past<br />
21<br />
Establecer un criterio unánime<br />
de a quien o quienes<br />
se puede considerar víctimas,<br />
permitirá dentro del<br />
ordenamiento jurídico identificar<br />
mejor el delito, sus<br />
consecuencias y establecer<br />
políticas de protección, prevención<br />
y reparación del<br />
daño, considerando que las<br />
medidas adoptadas deben<br />
estar a la par del incremento<br />
delincuencial y de las nuevas<br />
formas de victimización,<br />
pues se debe tener en cuenta<br />
que la víctima de un delito<br />
deberá acarrear con las consecuencias<br />
que deja el delito,<br />
por tal razón crear proyectos<br />
de protección y tratamientos<br />
psicológicos ayuda a la víctima<br />
en el proceso de trauma<br />
que le queda por parte de los<br />
hechos. Estas consecuencias<br />
no solo serán visibles en el momento<br />
de la comisión del acto<br />
delictivo, sino que pueden<br />
perdurar a posteriori de la<br />
acción. Lo cual en Panamá<br />
faltan muchos proyectos por<br />
crear para así ofrecer y ayudar<br />
a la víctima en el proceso<br />
de recuperación a su vez darle<br />
una verdadera protección.<br />
Considerar a la Victimología<br />
en la investigación<br />
de los delitos, con<br />
sus objetivos y planes de<br />
estudio, permitirá dotar<br />
a la ciencia jurídica de<br />
una herramienta fundamental<br />
en el ejercicio<br />
de la administración de<br />
justicia, relacionando<br />
a todos los nuevos elementos<br />
del delito. Esta<br />
nueva ciencia o rama<br />
que está siendo estudiada,<br />
ha servido de base<br />
para que distintos países<br />
Katherine Duplyn<br />
y Panamá incluyan dentro<br />
de su normativa la<br />
problemática victimal,<br />
se reconozcan sus derechos<br />
y la reparación expedita<br />
del daño sufrido.<br />
En cuanto a esta materia,<br />
la víctima que le interesa<br />
a la Victimología<br />
es el ser humano que<br />
sufre un daño expresado<br />
en lesiones por razones<br />
de otro, ya sea<br />
por accidentes debidos<br />
a factores humanos,<br />
mecánicos o naturales.<br />
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22 A look at the past<br />
Incidencia del planteamiento victimológico en fundamentos<br />
del proceso penal. Reparación y Conciliación.<br />
Código Procesal Penal Ley 63, sus menciones de la víctima<br />
en el Sistema Acusatorio y la víctima como sujeto<br />
del proceso.<br />
La víctima no debe ser sujeto innovador<br />
a la hora de analizar el<br />
delito. Lo anterior se hace claro,<br />
además de obvio, ya que todos<br />
los delitos tienen una víctima<br />
aún cuando esta es inubicable<br />
o parece no existir. La ley penal<br />
panameña dio un significativo<br />
avance en el año 2007 y 2008<br />
con la aprobación de el nuevo<br />
Código Penal y el Procesal Penal,<br />
respectivamente. Estos códigos<br />
basados en una visión más garantista<br />
del derecho aseguran,<br />
entre muchas otras cosas, la inclusión<br />
de la víctima como sujeto<br />
procesal y le brindan herramientas<br />
que hasta el momento de<br />
su aprobación eran inexistentes.<br />
En cuanto al tema de la Conciliación<br />
y la Mediación el artículo<br />
204 del Código de Procedimiento<br />
Penal establece lo siguiente:<br />
“Artículo 204. Reglas generales. La investigación<br />
o el proceso pueden terminar<br />
a través de las formas alternativas<br />
de resolución de conflictos, las cuales<br />
se rigen por las siguientes reglas:<br />
3. Es necesaria la manifestación de la<br />
voluntad de la víctima o del imputado,<br />
según el caso, de solicitar al Fiscal<br />
o Juez de Garantías la derivación<br />
de la causa a los Centros Alternos de<br />
Resolución de Conflictos, si procede.”
The future<br />
23<br />
Así mismo la reparación de la víctima se profundiza<br />
en el Capitulo I de Garantías, Principios<br />
y Reglas del Código Procesal Penal que menciona:<br />
“Artículo 20. Protección de la víctima, de los denunciantes<br />
y colaboradores. La víctima tiene<br />
derecho a la justicia, a la reparación del daño,<br />
a ser informada, a recibir protección y a participar<br />
en el proceso penal de acuerdo con las<br />
normas de este Código. El Ministerio Público<br />
velará por la protección de la víctima del delito<br />
en todas las etapas del procedimiento penal,<br />
así como por la protección de los denunciantes,<br />
testigos y colaboradores. Los tribunales<br />
garantizan, con arreglo a la ley, la vigencia<br />
de sus derechos durante el procedimiento.”<br />
Las víctimas deben ser el centro del proceso<br />
penal que busca, entre otras cosas, la retribución<br />
social. Por muchos años las víctimas se<br />
han visto desprovistas por la ley. Grandes casos<br />
como el de la intoxicación por Dietilenglycol<br />
y las tantas causas por corrupción que atacan<br />
el propio desarrollo de todos los panameños<br />
son el mejor ejemplo. La ley está, pero queda<br />
ahora a los actores el proceso hacerla cumplir.<br />
A los abogados invocarla en protección de sus<br />
clientes, a las víctimas investigar y exigirla, y<br />
a los jueces hacerla cumplir a como de lugar.<br />
Juan Diego Vásquez<br />
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24 The future<br />
Planteamiento general del problema:<br />
Ayuda pública frente a la tradicional<br />
indemnización privada<br />
Asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.<br />
Parto desde una perspectiva y opinión personal, que una víctima somos todos.<br />
En algún momento nos ha pasado algo trágico, algo inesperado y algo<br />
difícil de superar. A medida que vamos creciendo, vamos tomando conciencia<br />
de lo que nos rodea. En este mundo lleno de violencia, no hay unidad.<br />
Desde este último punto partimos al tema titulado: Ayuda pública frente<br />
a tradicional indemnización privada el cual consta de lo siguiente:<br />
Derecho de las víctimas:<br />
•Recibir atención médica<br />
•Intervenir sin mayores formalidades<br />
como querellante para obtener indemnizaciones<br />
civiles por daños y perjuicios.<br />
•Recibir eficaz protección por las autoridades.<br />
•Ser considerada su seguridad<br />
personal y la de su familia.<br />
•Ser informado sobre el curso del proceso penal.<br />
•Ser oída por el juez cuando se debe decidir<br />
sobre solicitud de archivo, suspensión<br />
condicional o reemplazo de pena.<br />
•A ser oída por el Ejecutivo cuando ésta<br />
decida sobre la rebaja de pena o libertad<br />
condicional a favor del sindicado.<br />
•A recibir los bienes que le han sido decomisado<br />
como prueba en el proceso.<br />
•A recibir patrocinio procesal<br />
gratuito por el estado.
The Photography of XXI century<br />
25<br />
En términos generales, sea informada<br />
en términos claros de las posibilidades<br />
de obtener en el proceso penal la restitución<br />
y reparación del daño sufrido<br />
y de las posibilidades de lograr el beneficio<br />
de la justicia gratuita. Siempre<br />
debe ser con respeto a su situación personal,<br />
a sus derechos y a su dignidad.<br />
Puede hacerse efectiva una indemnización<br />
por los siguientes casos:<br />
1. Por lesiones o daños graves en la<br />
salud<br />
2. En supuestos de fallecimiento<br />
3. Gastos funerarios en caso de fallecimiento<br />
de menor o incapaz<br />
4. En delitos contra la libertad sexual<br />
Considero que luego de estos puntos<br />
antes mencionados, puedo abrir una<br />
breve introducción sobre los delitos<br />
contra la libertad sexual que nuestro<br />
Código Penal vigente tipifica, como<br />
aquellas conductas que tienen por finalidad<br />
lograr el acceso o trato carnal<br />
con otra persona sin su consentimiento<br />
o viciando éste.<br />
Entre los factores endógenos, el más<br />
trascendente es la personalidad del<br />
autor. No es habitual que el agresor<br />
padezca una enfermedad mental, pero<br />
sí es frecuente que sufra alteraciones<br />
de la personalidad y/o del control<br />
impulsivo. Por otra parte, la influencia<br />
del alcoholismo es un alto factor<br />
de este tipo de delitos y es indiscutible,<br />
con una frecuencia que alcanza<br />
el 50% en algunas series estudiadas.<br />
Nicole Orocu<br />
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26<br />
El Redescubrimiento de las víctimas<br />
Carlos Mendoza<br />
Hoy día proceder a hablar acerca de la victimología<br />
como ciencia, resulta cada vez más<br />
fácil, debido a su amplio y constante avance<br />
por parte de los especialistas en el tema.<br />
Conociendo el concepto de Victimología y su<br />
amplio margen de control, puedo brindar un<br />
resumen concreto acerca de la aparición de<br />
la victima dentro de un proceso en el cual estaba<br />
aislada y sin derecho a actuar. Sin recaer<br />
en la historia podemos denotar que sus principales<br />
activistas fueron personas alejadas de<br />
la ciencia jurídica y que con solo el deseo de<br />
investigar y buscar un equilibrio social, pudieron<br />
rescatar poco a poco los valores y derechos<br />
a los que tenemos por naturaleza; pero<br />
nos preguntamos ¿qué relación tiene hoy día<br />
la doctrina penal con la persona afectada?<br />
Hoy más que nunca me atrevo a decir que el<br />
avance ha sido significativo y que cualquier investigación<br />
de aquel siglo XX no fue en vano.<br />
Con la aparición del sistema penal acusatorio,<br />
la víctima suma su protagonismo y asume un<br />
papel fundamental dentro del proceso y sus<br />
derivados, se cuenta con diferentes organizaciones<br />
y entidades en pro de la persona<br />
afectada brindando un servicio optimo para<br />
el necesitado, y sobre todo para mí la más importante,<br />
tenemos distintos canales de información<br />
enfocados a la sociedad, enseñando<br />
a ser más culto, respetuoso y colaborador.
27<br />
Yo como persona perteneciente a<br />
una comunidad puedo rescatar que<br />
todo no está perdido y que el ser humano<br />
puede dar ese giro total en su<br />
vida y por ende la de los suyos, si la<br />
globalización ataca que sea de manera<br />
optima para nuestro desarrollo<br />
y que así como lo hicieron las primeras<br />
personas, sin conocer a fondo<br />
del tema y sin ser especialistas.<br />
Pueden marcar y dejar su huella en<br />
nuestra historia. poder hablar de la<br />
víctima en la relación a la legislación<br />
panameña, resulta un poco complicado<br />
debido a su corta evolución en<br />
los últimos años, sin embargo, dentro<br />
de un sistema antiguo, podemos<br />
denotar avances significativos con<br />
miras al progreso y debido proceso.<br />
Uno de ellos obviamente es la adaptación<br />
del nuevo sistema penal acusatorio<br />
y por supuesto la ley siguiente:<br />
LEY 63 DE 28 DE AGOSTO DE 2008<br />
artículos 20-79-80, artículos<br />
331-338(donde se habla específicamente<br />
de las víctimas de violencia<br />
doméstica, lesiones, etc.). en esta se<br />
presentan medidas de protección a<br />
la víctima ante algún delito cometido<br />
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VICTIMOLOGÍA<br />
PROFESORA: BEATRIZ PIMENTEL VILLAR<br />
Magical Art Studio<br />
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