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DIRECTORIO<br />
‣ Callejas Hernández Luis Antonio:<br />
A cargo de portada<br />
Índice<br />
Te ma 3 el derecho<br />
Te ma 8 estado elementos que lo constituyen<br />
Te ma 14 vigencias de <strong>la</strong> ley.<br />
‣ Ve lázquez Primero Moisés:<br />
A cargo de editorial<br />
Artículos<br />
Te ma 5 fuentes del derecho<br />
Te ma 10 <strong>la</strong> división y funciones de poderes<br />
Te ma 10.1 el poder ejecutivo<br />
Te ma 10.1.1 <strong>la</strong> administración pública general<br />
Te ma 10.2 el poder legis<strong>la</strong>tivo<br />
Te ma 10.3 el poder judicial<br />
‣ Hernández Osornio Lizbeth Galilea:<br />
A cargo de directorio<br />
Entrevistas<br />
Te ma 1 el individuo y <strong>la</strong> <strong>sociedad</strong><br />
Te ma 6 c<strong>la</strong>sificaciones de <strong>la</strong>s ramas del derecho<br />
Te ma 11 el proceso de creación de leyes<br />
‣ Barrón Alegría Mirna Pame<strong>la</strong>:<br />
A cargo de publicidad<br />
Fotos o ilustración<br />
Te ma 4 Diferentes acepciones del derecho<br />
Te ma 9 formas de estado y de gobierno<br />
Te ma 15 delitos, infracciones y sanciones<br />
‣ Treviño Lozano Mariana:<br />
A cargo de entrevistas<br />
Contraportada<br />
Tema 2 <strong>la</strong>s re<strong>la</strong>ciones sociales y sus normas<br />
Tema 7 constitución política de los estados unidos<br />
me xicanos<br />
Tema 13 <strong>la</strong> jurisdicción de <strong>la</strong>s leyes en México
<strong>Los</strong> <strong>individuos</strong> y <strong>la</strong> <strong>sociedad</strong><br />
El sujeto no existe sino hay <strong>sociedad</strong> y no existe <strong>sociedad</strong> sino existen sujetos…<br />
Para que exista sujeto, el ámbito de lo social tiene que ir construyendo al individuo y de<br />
acuerdo a lo que vaya internalizando va ir construyendo su subjetividad de acuerdo a <strong>la</strong><br />
mirada de los otros que lo rodean, todos los seres humanos vamos estructurando nuestro<br />
pensamiento según <strong>la</strong>s re<strong>la</strong>ciones, experiencias y argumentaciones que tengamos en <strong>la</strong><br />
interacción con <strong>la</strong> <strong>sociedad</strong>. Retomado a Piera Au<strong>la</strong>gnier; el<strong>la</strong> menciona que el sujeto se va<br />
constituyendo a partir de <strong>la</strong> realidad, por lo tanto quiere decir que aquello que rodea y es<br />
evidente para el sujeto va a ser parte importante para que auto engendre <strong>la</strong> suya, o sea que<br />
todo lo que oiga, sienta y vea va ser de gran importancia para ir estructurando su realidad y<br />
de igual manera su biografía pero también será importante que ésta sea construida por <strong>la</strong><br />
mirada de los otros que lo rodean.
Re<strong>la</strong>ciones sociales y sus normas<br />
Una de <strong>la</strong>s características más importantes en todo grupo social es su conjunto de normas,<br />
<strong>la</strong>s cuales pueden ser formales y explícitas, que se encuentran escritas en códigos, o<br />
informales e implícitas, que no están escritas, pero son acatadas por los miembros del<br />
grupo.<br />
Existen cinco tipos de normas que regu<strong>la</strong>n a <strong>la</strong> <strong>sociedad</strong>:<br />
fracaso.<br />
1.- Normas técnicas: Nos sirven para poder lograr<br />
realizar una actividad adecuadamente, a través de una<br />
serie de pasos. Su sanción trae como consecuencia el<br />
2.- Normas religiosas: Son todas aquel<strong>la</strong>s órdenes que un dios dicta para <strong>la</strong>s personas,<br />
debiendo estas seguir<strong>la</strong>s al pie de <strong>la</strong> letra. Su sanción trae como consecuencia el<br />
premio o castigo en <strong>la</strong> vida eterna.
3.- Normas morales: Son los principios rectores que le indican a cada persona cuáles<br />
son <strong>la</strong>s acciones buenas o ma<strong>la</strong>s, para hacer<strong>la</strong>s o evitar<strong>la</strong>s (esto depende de <strong>la</strong> persona).<br />
Su sanción trae como consecuencia el remordimiento.<br />
4.- Normas de etiqueta: Son todas aquel<strong>la</strong>s reg<strong>la</strong>s que impone un grupo social para<br />
poder compaginar con él. Su sanción trae como consecuencia el ridículo ante los demás miembros de ese grupo.<br />
5.- Normas jurídicas: Su principal objetivo es organizar <strong>la</strong> vida social, previniendo<br />
los conflictos y dando <strong>la</strong>s bases para su solución. Su sanción depende del acto que se cometa y es determinada<br />
por <strong>la</strong> autoridad.<br />
EL DERECHO:
ETIMOLOGIA DEL DERECHO<br />
La pa<strong>la</strong>bra de recho proviene del <strong>la</strong>tín directus, que significa lo recto, lo rígido, lo correcto. A<br />
su<br />
vez, esta se deriva del verbo dirigere, que significa conducir, enderezar, regir, llevar<br />
rectamente hacia un lugar. Esta voz, asimismo, procede de regere, que hace referencia a<br />
conducir o dirigir a un fin.
CONCEPTO DEL DERECHO<br />
Derecho es un sistema racional de normas sociales de<br />
Conducta, dec<strong>la</strong>radas obligatorias por <strong>la</strong> autoridad, por considéra<strong>la</strong>s soluciones justas<br />
A los problemas surgidos de <strong>la</strong> realidad histórica<br />
ANTECEDENTES, ESTRUCTURA E IMPORTANCIA:
ACEPCIONES DEL DERECHO<br />
La pa<strong>la</strong>bra Aceptación se usa también como sinónimo de aprobación<br />
Para entender mejor ente término daremos el ejemplo de<br />
Batería que puede ser tanto un instrumento musical<br />
como también un dispositivo que almacena energía<br />
Las acepciones de <strong>la</strong> pa<strong>la</strong>bra derecho principales son el<br />
derecho objetivo, subjetivo, sustantivo, adjetivo, positivo,<br />
natural, vigente, público y privado.<br />
o El derecho Objetivo: comprende a todas <strong>la</strong>s<br />
obligaciones impuestas por el estado, cuyo poder<br />
legis<strong>la</strong>tivo tiene <strong>la</strong> facultad de establecer un<br />
complejo sistema de normas para regu<strong>la</strong>r el<br />
comportamiento humano en <strong>la</strong> <strong>sociedad</strong>. El derecho objetivo viene acompañado del<br />
Derecho Subjetivo, el cual, representa <strong>la</strong> otra cara del derecho, completamente opuesto, ya<br />
este no es más que <strong>la</strong> facultad del ser humano de acatar <strong>la</strong>s normas que el derecho objetivo<br />
El derecho objetivo es una obligación, se aplica en todo el mundo y en todas <strong>la</strong>s <strong>sociedad</strong>es para<br />
garantizar seguridad y bienestar a <strong>la</strong> familia<br />
o Derecho subjetivo: Este tipo de derecho es aquel con el que cuenta un individuo para<br />
rec<strong>la</strong>mar el cumplimiento de una norma jurídica que le favorece y tute<strong>la</strong>.<br />
El derecho subjetivo es el conjunto de facultades emanadas de <strong>la</strong>s normas de derecho objetivo que<br />
tienen los destinatarios de <strong>la</strong>s mismas, se l<strong>la</strong>ma subjetivo porque ser refiere al sujeto, es decir, a<br />
<strong>la</strong> persona a <strong>la</strong> cual se otorga <strong>la</strong> facultad derivada de una norma jurídica<br />
El derecho objetivo es <strong>la</strong> norma jurídica que permite o prohíbe y el derecho subjetivo es el<br />
permiso que deriva de esa norma para <strong>la</strong> persona quien <strong>la</strong> ejerce<br />
o Derecho sustantivo: Se trata del derecho que<br />
imp<strong>la</strong>nta <strong>la</strong>s conductas que deben seguir los<br />
sujetos pertenecientes a una dada <strong>sociedad</strong>;<br />
en él se hal<strong>la</strong>n un conjunto de ordenamientos<br />
sustantivos que establecen sanciones. El derecho<br />
sustantivo se encuentra anexado, como bien se dijo<br />
en normas de contenido sustantivo, tales como el<br />
Código Penal, el Código Civil, entre otros. En otras<br />
pa<strong>la</strong>bras, el derecho sustantivo se ocupa de <strong>la</strong><br />
regu<strong>la</strong>ción y fundamentación directa de los<br />
deberes y facultades de estos.
Un ejemplo de esto, es aquel<strong>la</strong> normativa que manifiesta que aquel que cause un daño a otro,<br />
está en <strong>la</strong> obligación de repararlo, se le conoce como una típica norma de Derecho Sustantivo<br />
o Material, debido a que impone una obligación jurídica de reparación o indemnización a favor<br />
de <strong>la</strong> víctima, por parte del victimario.<br />
FUENTES DEL DERECHO<br />
Cuando se hab<strong>la</strong> de fuentes del Derecho nos referimos a quién hace e l Derecho, de dónde surge y<br />
cómo se manifiesta en el exterior dicho Derecho.<br />
En México son fuentes directas, <strong>la</strong> ley y <strong>la</strong> jurisprudencia.<br />
Fuentes materiales o reales: son<br />
todos aquellos hechos, acontecimientos,<br />
circunstancias de tipo social, político,<br />
cultural, económico que tiene como<br />
consecuencia <strong>la</strong> creación de una norma<br />
jurídica.
Por ejemplo: <strong>la</strong> revolución mexicana que dio origen a los artículos 27 (propiedad y<br />
repartición de tierras) y 123 (protección al trabajador) constitucionales.<br />
Fuentes Históricas: Son todos los acontecimientos, documentos, vestigios que<br />
en su momento encerraron una<br />
que le sirve al legis<strong>la</strong>dor para crear<br />
Por ejemplo: <strong>la</strong>s leyes de indias, el código de<br />
Hammurabi, <strong>la</strong> dec<strong>la</strong>ración de los derechos del<br />
hombre y el ciudadano de 1789, etc.<br />
norma o ley jurídica y<br />
nuevas leyes.<br />
Fuentes Formales: Son los procesos de creación de <strong>la</strong>s normas jurídicas. Cada fuente formal<br />
está constituida por diversas etapas que se suceden en cierto orden y deben realizar determinados<br />
supuestos.<br />
1. Proceso legis<strong>la</strong>tivo: Son dos los poderes que en nuestro país intervienen en <strong>la</strong> e<strong>la</strong>boración de<br />
<strong>la</strong>s leyes federales: legis<strong>la</strong>tivo y ejecutivo. En este proceso existen seis diversas etapas:<br />
•Iniciativa.- acto por el cual determinados órganos del estado someten a consideración del congreso<br />
un proyecto de ley, que compete a:<br />
•El Presidente de <strong>la</strong> República<br />
•<strong>Los</strong> Diputados y Senadores del Congreso de <strong>la</strong> Unión<br />
•Las Legis<strong>la</strong>turas de los Estados<br />
•Discusión.- <strong>la</strong>s Cámaras deliberan acerca de <strong>la</strong>s iniciativas, a fin de determinar si deben ser<br />
aprobadas o no <strong>la</strong> formación de leyes o decretos puede comenzar indistintamente en cualquiera de<br />
<strong>la</strong>s dos Cámaras.<br />
•Aprobación.- acto por el cual <strong>la</strong>s Cámaras aceptan un proyecto de ley; <strong>la</strong> aprobación puede ser total<br />
o parcial.<br />
•Sanción.- a <strong>la</strong> aceptación de una iniciativa por el Poder Ejecutivo; <strong>la</strong> Sanción debe ser posterior a <strong>la</strong><br />
aprobación del proyecto por <strong>la</strong>s Cámaras. (Derecho de veto: el presidente de <strong>la</strong> república puede negar su<br />
sanción a un proyecto ya admitido por el congreso).
•Publicación.- acto por el cual <strong>la</strong> ley ya aprobada y sancionada se da a conocer a quienes deben<br />
cumplir<strong>la</strong>; <strong>la</strong> publicación se hace en el Diario Oficial de <strong>la</strong> Nación.<br />
•Iniciación de <strong>la</strong> vigencia<br />
2. Jurisprudencia: Es el conjunto de sentencias o<br />
resoluciones judiciales emitidas por órganos judiciales<br />
y que pueden repercutir en sentencias posteriores.<br />
Es <strong>la</strong> interpretación que de <strong>la</strong> ley hacen los tribunales<br />
federales en 5 tesis ininterrumpidas por alguna en<br />
contrario, en el mismo sentido y aprobada por <strong>la</strong><br />
mayoría de los ministros o magistrados.<br />
derecho.<br />
3. La Doctrina: Son a los estudios realizados por<br />
los estudiosos del derecho l<strong>la</strong>mados juristas realizados<br />
a un tema específico del derecho; es decir, <strong>la</strong> opinión<br />
de uno o varios autores que realizan con el propósito<br />
de interpretar, comprender y aplicar correctamente el
CLASIFICACION DE LAS RAMAS DEL DERECHO<br />
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos<br />
Ley Suprema del sistema jurídico mexicano. Fue promulgada el 5 de febrero de 1917 por<br />
Venustiano Carranza en el<br />
Teatro de <strong>la</strong> República de <strong>la</strong><br />
ciudad de Querétaro. Entró<br />
en vigor en mayo de ese<br />
mismo año.<br />
La Constitución contiene los principios y objetivos de <strong>la</strong> nación. Establece <strong>la</strong> existencia de órganos de<br />
autoridad, sus facultades y limitaciones, así como los derechos de los <strong>individuos</strong> y <strong>la</strong>s vías para hacerlos<br />
efectivos. Contiene 136 artículos y 19 transitorios, distribuidos en nueve títulos.<br />
ELEMENTOS Y QUE CONSTITUYE EL ESTADO:<br />
Elementos que constituyen el Estado.<br />
De lo anterior se pueden obtener los elementos que<br />
constituyen a un Estado los cuales son:<br />
Territorio.- Suele definirse como <strong>la</strong> porción<br />
del espacio en que el Estado ejercita su<br />
poder.<br />
La significación del territorio se manifiesta en dos formas distintas una<br />
negativa, positiva <strong>la</strong> otra.
Pob<strong>la</strong>ción.- <strong>Los</strong> hombres que pertenecen a un Estado componen <strong>la</strong> pob<strong>la</strong>ción<br />
de éste. La pob<strong>la</strong>ción desempeña, desde el punto de vista jurídico, un papel<br />
doble<br />
La pertenencia al Estado hal<strong>la</strong>se condicionada por un vínculo jurídico<br />
específico: <strong>la</strong> nacionalidad. Esta última debe ser distinguida de <strong>la</strong> ciudadanía,<br />
que implica <strong>la</strong> facultad de intervenir, con el carácter de órgano, en <strong>la</strong> vida<br />
pública. Arts. 34,35,36,37 y 38 de <strong>la</strong> Constitución Federal.<br />
Poder.- Toda <strong>sociedad</strong> organizada ha menester de una voluntad que <strong>la</strong> dirija.<br />
Esta voluntad constituye el poder del grupo.<br />
QUE CONSTITUYE EL ESTADO<br />
Las funciones del Estado.<br />
Las funciones del Estado pueden definirse como medios o formas diversas que adopta el<br />
derecho para realizar los fines del Estado. Las funciones del Estado tienen un sustento<br />
lógico y jurídico. Es mediante los fines que se reconocen <strong>la</strong>s etapas para alcanzar un<br />
objetivo específico, por <strong>la</strong>s funciones se consagran procedimientos de <strong>la</strong> legis<strong>la</strong>ción que<br />
necesitan para LA realización de <strong>la</strong>s tres funciones esenciales del Estado:<br />
La función legis<strong>la</strong>tiva. Se encarga de establecer <strong>la</strong>s normas jurídicas generales. El Estado<br />
moderno es el creador del orden jurídico nacional.<br />
La función administrativa. Se encarga de regu<strong>la</strong>r <strong>la</strong> actividad concreta y tute<strong>la</strong>r el Estado,<br />
bajo el orden jurídico. La ley debe ser ejecutada particu<strong>la</strong>rizando su aplicación.
La función jurisdiccional. Es actividad del Estado encaminada a resolver <strong>la</strong>s controversias,<br />
estatuir o dec<strong>la</strong>rar el derecho. La superioridad del Poder Judicial en <strong>la</strong> <strong>sociedad</strong> moderna, lo<br />
coloca como el órgano orientador de <strong>la</strong> vida jurídica nacional.<br />
Formas de gobierno<br />
El gobierno es el medio por el cual se hace cumplir <strong>la</strong> política del Estado, así<br />
como el mecanismo para <strong>la</strong> determinación de <strong>la</strong> política del Estado. El Gobierno<br />
normalmente se conforma de legis<strong>la</strong>dores, administradores y árbitros. <strong>Los</strong> gobiernos<br />
pueden c<strong>la</strong>sificarse en varias formas.<br />
• Aristocracia: Una de <strong>la</strong>s primeras c<strong>la</strong>sificaciones de gobierno <strong>la</strong> formuló Aristóteles<br />
(384 - 322 aC). Consideraba que los gobiernos se dividían<br />
en formas puras y en formas impuras. Para establecer su<br />
c<strong>la</strong>sificación él toma en cuenta el número de gobernantes y<br />
<strong>la</strong> manera de ejercer el poder. Así tenemos:<br />
a) Las formas puras: Buscan el bien común y practican<br />
rigurosamente <strong>la</strong> justicia.<br />
b) Las formas impuras, l<strong>la</strong>madas también rechazables o ilegales:<br />
Buscan el interés de los gobernantes exclusivamente . Son <strong>la</strong><br />
degeneración de <strong>la</strong>s formas puras<br />
Muchas monarquías realmente han sido gobernadas por aristócratas.<br />
Hoy en día, por lo general, el término "aristocracia" se utiliza negativamente al acusar a una<br />
república de estar dominada por los ricos, como diciendo: "Estados Unidos se ha convertido<br />
en una aristocracia"<br />
• Un gobierno democrático es aquel que se compone de una forma de organización del<br />
estado y de convivencia social basada en <strong>la</strong> igualdad y <strong>la</strong> libertad de todos los<br />
habitantes de un territorio determinado. Las maneras de participación popu<strong>la</strong>r de <strong>la</strong><br />
de mocracia pueden ser de dos maneras: directa o indirecta.<br />
a) Democracia indirecta: Es cuando son los mismos ciudadanos, sin intermediación de<br />
representantes, participan directamente en <strong>la</strong> toma de decisiones de carácter político a
través del voto directo. Hoy en día, <strong>la</strong> podemos encontrar en forma de asambleas vecinales<br />
o ciudadanas, así como en referendos de nivel local o nacional.<br />
b) Democracia indirecta: También l<strong>la</strong>mada democracia representativa. Es aquel<strong>la</strong> donde los<br />
ciudadanos ejercen el poder político a través de sus representantes, elegidos mediante el<br />
voto, en elecciones libres y periódicas.<br />
La democracia representativa es el sistema mayormente practicado en el mundo, como por<br />
e jemplo: México, por ejemplo.<br />
• Republica: Es un sistema en donde el pueblo puede ejercer una<br />
soberanía, por medio de los gobiernos que eligen, por un<br />
determinado tiempo y donde ejercen un determinado cargo. Una de <strong>la</strong>s características<br />
importantes que distingue un gobierno republicano es que se rigen por un conjunto<br />
de leyes fundamentales, en <strong>la</strong>s que se establece <strong>la</strong> creación de <strong>la</strong> <strong>sociedad</strong>, <strong>la</strong> forma<br />
de gobierno y los derechos de los ciudadanos, todo está establecido en una<br />
constitución.<br />
Algunos de los gobiernos republicanos son los siguientes:<br />
Canadá, México, Rusia, Estados Unidos, Chile, Uruguay, Francia, Paraguay, Argentina.<br />
La característica fundamental de éste sistema es <strong>la</strong> división de poderes, que son establecido<br />
constitucionalmente tres, siendo divido en cuanto a <strong>la</strong>s funciones específicas que<br />
desarrollen:<br />
Poder ejecutivo.<br />
Poder legis<strong>la</strong>tivo.<br />
Poder judicial.<br />
• Monarquía: El significado de monarquía es también reino cuando el monarca es el rey<br />
o <strong>la</strong> reina y <strong>la</strong> familia real de un país. En este caso, <strong>la</strong> monarquía es lo mismo que <strong>la</strong><br />
realeza. La monarquía hereditaria es el sistema más común de<br />
escoger a un monarca.<br />
Actualmente en el reino unido se tiene una reina de una familia de<br />
monarquía, sin embargo reino unido es una república por lo tanto<br />
<strong>la</strong> reina no tiene ningún poder político<br />
• Dictadura: Todos los poderes del Estado se concentran en un<br />
individuo, un grupo o un partido. El dictador no permite <strong>la</strong>
oposición a sus acciones y a sus ideas, tiene poder y autoridad absolutos. Se trata de<br />
un régimen no democrático y autocrático, donde no existe <strong>la</strong> participación del pueblo.<br />
En <strong>la</strong> forma republicana de <strong>la</strong> democracia, el poder se divide en tres, el poder<br />
legis<strong>la</strong>tivo, el poder ejecutivo y el poder judicial; en <strong>la</strong> dictadura, no hay tal división,<br />
están todos los poderes en una so<strong>la</strong> persona o en un solo grupo o partido.<br />
• Presidencialismo: Se denomina "presidencialismo" a aquel<strong>la</strong> forma de gobierno en <strong>la</strong><br />
que, constituida una república, <strong>la</strong> Constitución establece una división de poderes<br />
entre el Legis<strong>la</strong>tivo, el Ejecutivo y el Judicial y en <strong>la</strong> que el Jefe del Estado, además de<br />
ostentar <strong>la</strong> representación formal del país, es también parte activa del poder<br />
Ejecutivo, ya que es el Jefe de Gobierno, ejerciendo así una doble función.<br />
LOS TRES<br />
PODERES<br />
RECUERDE QUE:<br />
• La división de poderes constituye <strong>la</strong> base de <strong>la</strong> organización política de <strong>la</strong>s<br />
<strong>sociedad</strong>es actuales.<br />
• En México, el poder público federal y estatal está organizado bajo el principio de<br />
<strong>la</strong> división de poderes.<br />
Sabía que:<br />
• Con <strong>la</strong> Revolución Francesa, a finales del siglo XVIII, surge <strong>la</strong> república<br />
democrática como <strong>la</strong> forma de gobierno del Estado moderno.<br />
• La república democrática, donde los gobernantes son elegidos por el pueblo, es<br />
lo opuesto a <strong>la</strong> monarquía absolutista, donde el gobierno del Estado se<br />
Concentraba en una so<strong>la</strong> persona, que era el monarca.<br />
• La ejecución de Luis XVI es un símbolo de <strong>la</strong> derrota del régimen absolutista por<br />
los movimientos democráticos.<br />
LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE MÉXICO<br />
Está depositado en una so<strong>la</strong> persona, el<br />
presidente de <strong>la</strong> república, quien es electo
En forma popu<strong>la</strong>r, directa, secreta y mayoritaria. Dura 6 años en su cargo y jamás puede volver a<br />
desempeñarlo.<br />
Su función principal es ejecutar <strong>la</strong>s leyes aprobadas por los órganos legis<strong>la</strong>tivos, es decir, está<br />
facultado para organizar <strong>la</strong> administración pública de acuerdo con <strong>la</strong>s leyes constitucionales.<br />
Para realizar <strong>la</strong>s funciones que le competen, el presidente de <strong>la</strong> república recibe apoyo de los<br />
secretarios de Estado y de otros funcionarios.<br />
Son facultades del presidente de <strong>la</strong> república:<br />
• Organizar y dirigir <strong>la</strong> política y administración pública, a través de <strong>la</strong>s<br />
secretarías de Estado y otras dependencias.<br />
• Promulgar y ejecutar <strong>la</strong>s leyes que expida el Congreso de <strong>la</strong> Unión.<br />
• Nombrar a los secretarios de Estado.<br />
• Dirigir <strong>la</strong> política exterior y celebrar tratados internacionales con aprobacióndel<br />
Senado.<br />
• Convocar al Congreso de <strong>la</strong> Unión a sesiones extraordinarias cuando lo<br />
acuerde <strong>la</strong> Comisión Permanente.<br />
• Designar a los ministros de <strong>la</strong> Suprema Corte de Justicia y a los magistrados de<br />
los tribunales federales.<br />
• Nombrar a los agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del<br />
Senado.<br />
Tiene <strong>la</strong> facultad de e<strong>la</strong>borar <strong>la</strong>s leyes<br />
que rigen <strong>la</strong> vida social o de modificar<br />
<strong>la</strong>s ya<br />
existentes de acuerdo con <strong>la</strong> opinión de<br />
los ciudadanos. En México, el poder Legis<strong>la</strong>tivo se deposita en un Congreso General (Congreso de <strong>la</strong><br />
Unión), constituido por <strong>la</strong> Cámara de Senadores (representantes directos de los ciudadanos de los<br />
estados) y por <strong>la</strong> Cámara de Diputados. En algunos países, <strong>la</strong> reunión de los miembros de este<br />
poder es denominado Par<strong>la</strong>mento, Asamblea Nacional o Congreso.<br />
La Cámara de Diputados se compone de representantes<br />
de <strong>la</strong> Nación electos en su totalidad cada tres años. Son<br />
500 Diputados en total.<br />
La Cámara de Senadores, se compone de dos miembros por cada estado y dos por el Distrito Federa<br />
(64 en total), nombrados en elección directa, se renueva por mitad cada tres años.
Estas Cámaras <strong>la</strong>s integran grupos de ciudadanos, y su función primordial es representar al pueblo<br />
en <strong>la</strong>s <strong>la</strong>bores políticas y <strong>la</strong> e<strong>la</strong>boración de <strong>la</strong>s leyes. Tanto diputados como senadores son electos<br />
por el pueblo mexicano a través del voto directo y secreto.<br />
Las facultades del Congreso de <strong>la</strong> Unión son <strong>la</strong>s siguientes:<br />
• E<strong>la</strong>borar iniciativas de ley, discutir<strong>la</strong>s y aprobar<strong>la</strong>s en su caso.<br />
• Dictar leyes sobre salubridad general de <strong>la</strong> república.<br />
• Admitir nuevos estados en <strong>la</strong> federación.<br />
• Aprobar <strong>la</strong>s contribuciones para cubrir el gasto público.<br />
• Aprobar <strong>la</strong>s bases y condiciones para <strong>la</strong> celebración de empréstitos (préstamo<br />
que toma una entidad).<br />
• Legis<strong>la</strong>r sobre hidrocarburos, minería, comercio y otros aspectos.<br />
• Crear y suprimir empleos públicos de <strong>la</strong> federación.<br />
• Expedir leyes sobre <strong>la</strong>s características y usos de <strong>la</strong> Bandera, Escudo e Himno<br />
Nacionales, Son facultades exclusivas de <strong>la</strong> Cámara de Diputados <strong>la</strong>s siguientes:<br />
• Discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos de <strong>la</strong> federación.<br />
• Erigirse en Colegio Electoral para ejercer <strong>la</strong>s atribuciones respecto a <strong>la</strong> elección<br />
de presidente de <strong>la</strong> República.<br />
SON FACULTADES EXCLUSIVAS DEL SENADO LAS SIGUIENTES:<br />
LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE MÉXICO<br />
• Aprobar los tratados internacionales.<br />
• Aprobar los nombramientos de los ministros de <strong>la</strong> Suprema Corte de Justicia de<br />
<strong>la</strong> Nación.<br />
• Admitir nuevos estados en <strong>la</strong> federación.<br />
Se deposita el poder Judicial de <strong>la</strong> federación en <strong>la</strong><br />
Suprema Corte de Justicia, los<br />
Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en<br />
magistrados y jueces.<br />
los Juzgados de Distrito. Se integran por ministros,<br />
La función principal del poder Judicial consiste en <strong>la</strong> administración de justicia, es decir, se encarga<br />
de conocer y resolver los conflictos que surgen entre los órganos del poder público; entre el poder<br />
público y los particu<strong>la</strong>res o entre los particu<strong>la</strong>res.
<strong>Los</strong> tribunales de <strong>la</strong> federación están facultados para resolver los problemas que se produzcan por<br />
los actos u omisiones de:<br />
• <strong>Los</strong> funcionarios que violen <strong>la</strong>s garantías individuales.<br />
• Las autoridades federales que limiten <strong>la</strong> soberanía de los estados.<br />
• La autoridades de los estados que invadan <strong>la</strong> autoridad federal.<br />
<strong>Los</strong> ministros de <strong>la</strong> Suprema Corte de Justicia son designados por el presidente de <strong>la</strong> república y los<br />
ratifica <strong>la</strong> Cámara de Senadores. <strong>Los</strong> magistrados y los jueces son designados por <strong>la</strong> Suprema Corte<br />
de Justicia de <strong>la</strong> federación.<br />
El Distrito Federal, capital del país, es <strong>la</strong> sede de los poderes federales<br />
EL PROCESO DE CREACION DE LEYES<br />
El Proceso Legis<strong>la</strong>tivo pasa por <strong>la</strong>s siguientes fases: iniciativa, discusión, aprobación,<br />
sanción, publicación<br />
iniciación de <strong>la</strong> vigencia.
La jurisdicción de <strong>la</strong>s leyes en México<br />
La jurisdicción es <strong>la</strong> función pública, realizada<br />
por órganos competentes del Estado, con <strong>la</strong>s<br />
formas requeridas por ley, en virtud de <strong>la</strong> cual,<br />
por acto de juicio, se determina el derecho de <strong>la</strong>s<br />
partes, con el objeto de dirimir sus conflictos y<br />
controversias de relevancia jurídica, mediante<br />
decisiones con autoridad de cosa juzgada,<br />
eventualmente factibles de ejecución.
VIGENCIA DE LA LEY<br />
-DEROGACON: es dejar sin efecto una norma jurídica o ley, en<br />
alguna de sus partes, esto es, dejar sin efecto parcialmente una ley<br />
-ABROGACION: consiste en dejar sin<br />
efecto <strong>la</strong> totalidad de una ley<br />
Delitos, infracciones y sanciones<br />
prisión, es decir, privación de <strong>la</strong> libertad<br />
Las infracciones se c<strong>la</strong>sifican de <strong>la</strong> siguiente manera:<br />
Es por ello que <strong>la</strong>s infracciones por<br />
incumplimiento de obligaciones<br />
fiscales formales se sancionan con<br />
multas económicas que varían según<br />
el tipo de obligación incumplida; los<br />
delitos fiscales se sancionan con<br />
I. Delitos y faltas : los primeros son los que c<strong>la</strong>sifica y sanciona <strong>la</strong> autoridad juridicial, <strong>la</strong>s<br />
II.<br />
segundas son <strong>la</strong>s que califica y sanciona <strong>la</strong> autoridad<br />
Instantáneas y continuas: Las primeras son aquel<strong>la</strong>s en <strong>la</strong> que <strong>la</strong> conducta se da en un solo<br />
momento, es decir, se consumen y agotan en el momento mismo de cometerse , <strong>la</strong>s segundas<br />
son aquel<strong>la</strong>s en que <strong>la</strong> conducta se prolonga en el tiempo, es decir, que se agotan en el momento<br />
de cometerse si no hasta que cesa <strong>la</strong> conducta
III.<br />
IV.<br />
Simples y complejas: Las primeras son aquel<strong>la</strong>s en que con una conducta se transgrede una so<strong>la</strong><br />
disposición legal; <strong>la</strong>s segundas son aquel<strong>la</strong>s en que con una conducta se transgrede dos o más<br />
disposiciones legales<br />
Leves y graves: Las primeras son aquel<strong>la</strong>s en que con negligencia o descuido del contribuyente<br />
se transgrede <strong>la</strong> ley pero no traen ni pueden traer consigo <strong>la</strong> evasión de un crédito fiscal ; <strong>la</strong>s<br />
segundas son aquel<strong>la</strong>s que se cometen conscientemente con pleno conocimiento y con <strong>la</strong> intención<br />
de evadir el cumplimiento de <strong>la</strong> evasión fiscal, o bien son producto de <strong>la</strong> negligencia o descuido<br />
pero traen consigo <strong>la</strong> evasión de un credito fiscal<br />
Tomando en cuenta<br />
<strong>la</strong> autoridad que lo<br />
impone