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EDICION 7 REVISTA FAMIPYMMES OCTUBRE- NOVIEMBRE 2019

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6. Inclusión. Se promoverá el desarrollo de las industrias<br />

creativas, con miras a que estas se conviertan en vehículos<br />

de integración y resocialización como generadoras de oportunidades<br />

laborales y económicas.<br />

En este sentido, se fortalecerán espacios de circulación<br />

independientes de todas las artes en general mediante el<br />

reconocimiento de los mismos espacios y equipamientos<br />

culturales. A través de la difusión de contenidos locales independientes,<br />

se impulsarán vías de circulación tales como<br />

radio pública y comunitaria, tv pública, salas alternas de cine,<br />

librerías, espacios de circulación de música en vivo y artes<br />

escénicas habituales y no habituales y otros mecanismos de<br />

circulación de bienes y servicios culturales que beneficien<br />

principalmente la comercialización y consumo de contenidos<br />

locales y nacionales.<br />

7. Inspiración. Se promoverá la participación en escenarios<br />

locales, virtuales, nacionales e internacionales que permitan<br />

mostrar el talento nacional, conocer el talento internacional,<br />

e inspirar la cultura participativa desarrollando la<br />

Economía Creativa en todas sus expresiones.<br />

Artículo 6°. Cuenta satélite de cultura y economía naranja.<br />

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística<br />

(DANE) en coordinación con el Ministerio de Cultura, levantarán,<br />

ampliarán, adecuarán y actualizarán los sectores y alcances<br />

de la cuenta satélite de cultura, la cual se denominará<br />

Cuenta Satélite de Cultura y Economía Naranja. El Ministerio<br />

de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el<br />

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio del<br />

Interior y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales<br />

(DIAN) deberán proveer la información requerida por el DANE<br />

y el Ministerio de Cultura, para el fin señalado.<br />

Para ello se tendrán en cuenta todos los sectores asociados<br />

a las industrias culturales y creativas.<br />

Parágrafo. El Gobierno nacional fomentará en los entes<br />

territoriales el mapeo de los sectores creativos. El DANE publicará<br />

periódicamente el documento denominado “Reporte<br />

Naranja” de estadísticas básicas sobre la economía creativa<br />

en Colombia.<br />

Artículo 7°. Institucionalidad. El Estado promoverá el fortalecimiento<br />

de instituciones públicas, privadas y mixtas, orientadas<br />

a la promoción, defensa, divulgación y desarrollo de las actividades<br />

culturales y creativas, desarrollando adecuadamente<br />

el potencial de la Economía Creativa. Para tal fin se creará y<br />

conformará el Consejo Nacional de la Economía Naranja, como<br />

coordinador institucional de la economía creativa. Este Consejo<br />

estará conformado por:<br />

1. El Ministro de Hacienda y Crédito Público.<br />

2. El Ministro del Trabajo.<br />

3. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo.<br />

4. El Ministro de Educación Nacional.<br />

5. El Ministro de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.<br />

6. El Ministro del Interior.<br />

7. El Ministro de Cultura (quien lo presidirá).<br />

8. El Director Nacional de Planeación (DNP).<br />

9. El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística<br />

(DANE).<br />

10. El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).<br />

11. El Director de la Dirección Nacional de Derecho de Autor<br />

(DNDA).<br />

12. El Presidente de la Financiera del Desarrollo Territorial (Findeter).<br />

Parágrafo. La participación en este Consejo solamente podrá<br />

delegarse en los viceministros, vicepresidentes o subdirectores<br />

de la entidad correspondiente.<br />

Artículo 8°. Incentivos. El Gobierno nacional identificará acciones<br />

e incentivos para el desarrollo y crecimiento de las<br />

industrias creativas y culturales, incluyendo facilitación de<br />

procesos de importación y exportación de bienes y servicios<br />

vinculados a actividades creativas y culturales, facilitación migratoria,<br />

promoción de agremiaciones dentro del sector, administración<br />

adecuada de las sociedades de gestión colectiva y el<br />

establecimiento de incentivos estratégicos sectoriales, entre<br />

otras acciones. Las entidades territoriales velarán para que los<br />

permisos, autorizaciones y demás requerimientos necesarios<br />

a nivel local para el desarrollo de actividades creativas y culturales<br />

sean fácilmente previsibles, transparentes y expeditos.<br />

FAMIPYMES<br />

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