LA FORMALIZACION EN LA PESQUERIA DEL PERU
Este suplemento especial presenta el tema de la formalización de la pesca artesanal en el Perú. Esta actividad se viene tratando desde hace muchos años con poco éxito y basada en una indebida definición de la formalización, entendiéndola tan solo como otorgar un permiso de pesca a la embarcación.
Este suplemento especial presenta el tema de la formalización de la pesca artesanal en el Perú.
Esta actividad se viene tratando desde hace muchos años con poco éxito y basada en una indebida definición de la formalización, entendiéndola tan solo como otorgar un permiso de pesca a la embarcación.
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EDICION DIGITAL SUPLEMENTO MAYO 2020 www.revistapesca.blogspot.com
LA FORMALIZACION EN LA
PESQUERIA DEL PERU
DIFERENCIAS ENTRE ATN Y BONITO
¿SERA POSIBLE?
¿QUIEN DEPREDO EL JUREL
EN EL PACIFICO SUR?
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 1
Fundada en 1960 SUPLEMENTO ESPECIAL: POLITICA MAYO 2020
La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería.
El objetivo de la revista Pesca es difundir información, ideas y corrientes de opinión para crear conciencia de la
necesidad de hacer sostenible la extracción de los recursos marinos, de seguridad alimentaria y del cuidado del
medio ambiente.
Pero sobre todo, contribuir con información para que el lector empiece a formarse una opinión propia sobre la
problemática pesquera., que permita ampliar nuestra visión de la pesquería mediante la lectura y el análisis individual.
http://revistapesca.blogspot.pe/
Correo electrónico:
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DIFERENCIAS ENTRE ATN Y BONITO
Presidente de la Revista Pesca: Marcos Kisner Bueno
La revista Pesca no se solidariza necesariamente con las opiniones vertidas en los artículos firmados,
los cuales son de responsabilidad de sus autores.
Este suplemento especial presenta el tema de la formalización de la pesca artesanal en el Perú.
Esta actividad se viene tratando desde hace muchos años con poco éxito y basada en una indebida
definición de la formalización, entendiéndola tan solo como otorgar un permiso de pesca a la
embarcación.
¿QUIEN DEPREDO EL JUREL
EN EL PACIFICO SUR?
El permiso de pesca no significa formalizar en su verdadera dimensión. Más allá del documento
que lo autoriza a pescar y la posible base de datos que se genere, no resuelve la problemática de
salud y pensiones de los pescadores (que podría hacerlo) ni incorpora tributariamente a las unidades
de negocio que constituyen las embarcaciones pesqueras, no solo artesanales sino las de menor
escala y probablemente algunas de mayor escala.
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 2
Ocupar las calles es una de las
herramientas más efectivas para crear
cambio social porque
demuestra poder y unión.
A veces es la única vía.
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 1
LO QUE SE DEBE CONOCER PARA ENTENDER LA
FORMALIZACION DE LOS PESCADORES
La formalización en la pesca requiere entender primero,
que no es lo mismo el armador pesquero que el tripulante
o pescador embarcado. El primero es el dueño de la
embarcación, o sea el empresario y responsable de que
esté en perfectas condiciones para navegar, con todos
los equipos, avituallamiento y demás material necesario
para su correcto funcionamiento.
El armador y el patrón pueden ser la misma persona,
pero no necesariamente. El primero puede contratar a
un patrón, que a su vez contrata o embarca a sus tripulantes,
que son pescadores embarcados.
El barco o embarcación es una unidad de negocio, por lo
tanto se tipifica como una empresa. El tripulante es, finalmente
el empleado con que cada embarcación realiza
la labor de pesca, la cual genera ingresos y requiere de
capital de trabajo, pero es muy diferente del pescador o
tripulante.
La figura aplica también a los pescadores industriales,
con la diferencia que por lo general las embarcaciones
de mayor escala pertenecen a empresas relativamente
grandes o medianas y por tanto formales, con algunas
excepciones de algunas que siguen en la informalidad.
También hay que saber que el pescador artesanal no
embarcado es muy diferente del pescador artesanal embarcado,
así como del pescador industrial embarcado.
asunto totalmente diferente es formalizar pescadores no
embarcados, lo que requiere el diseño de otra metodología
y otra estrategia que nadie se ha atrevido a iniciar, o
por lo menos con resultados visibles y eficaces.
Lo que PRODUCE viene intentando hacer desde hace
varios años, es otorgar permisos de pesca a embarcaciones,
bajo la impropia denominación de formalización y
sustentado en diversas normas legales dictadas para el
efecto como el SIFORPA. Pero que no incluye a todo el
universo de embarcaciones pesqueras.
DEFINICIONES
LA RM 032-2014-PRODUCE aprueba la DIRECTIVA Nº
001 -2014-PRODUCE que establece la definición formal
de armador en el artículo 5.1, de la siguiente manera:
Armador pesquero.- Persona natural o jurídica que cuenta
con embarcación pesquera con permiso de pesca
otorgado por el Ministerio de la Producción, para realizar
actividades de extracción de recursos hidrobiológicos.
Embarcación pesquera- Bien mueble inscrito en el registro
correspondiente, con matrícula, destinada a la extracción
de recursos hidrobiológicos, según los parámetros
establecidos por el Ministerio de la Producción.
El reglamento de la ley general de pesca define que la
extracción, en el ámbito marino, se clasifica en:
En cuanto a las embarcaciones, pueden ser artesanales,
de menor escala y de mayor escala.
Formalizar embarcaciones es un asunto totalmente diferente
a formalizar pescadores.
La formalización de pescadores embarcados es sencilla
porque en la práctica son empleados de alguien; pero un
Comercial:
Artesanal o menor escala:
1.1. Artesanal: La realizada por personas naturales o jurídicas
artesanales
1.1.1 Sin el empleo de embarcación.
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1.1.2 Con el empleo de embarcaciones de hasta 32,6
metros cúbicos de capacidad de bodega y hasta 15 metros
de eslora, con predominio del trabajo manual.
1.2. Menor escala: la realizada con embarcaciones de
hasta 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega, implementadas
con modernos equipos y sistemas de pesca,
cuya actividad extractiva no tiene la condición de actividad
pesquera artesanal.
2. Mayor escala: la realizada con embarcaciones mayores
de 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega.
Ya en esta clasificación está creada una confusión al
mencionar artesanal o menor escala en el artículo 1.1 y
luego vuelve a mencionar menor escala en al artículo
1.2.
Mediante el Decreto Supremo Nº 005-2017-PRODUCE,
publicado el 14 de abril del 2017, se aprobó el Reglamento
de Ordenamiento Pesquero (ROP) del Recurso
Anchoveta para Consumo Humano Directo.
El ROP establece que las embarcaciones de cerco artesanal
y de menor escala pueden presentar la misma capacidad
de bodega (32,6 metros cúbicos) y el mismo tamaño
(eslora de hasta 15 metros lineales), pero especifica
que la utilización de “medios mecanizados u otros medios
accionados con el motor de propulsión ubicado bajo
la cubierta o con el motor o equipo auxiliar conectado al
motor de propulsión” para llevar a cabo las operaciones
de lance, cierre o cobrado de la red de cerco, determinará
que una embarcación sea considerada como de menor
escala.
A partir de esta definición los Gobiernos Regionales deberán
remitir a Produce los expedientes (en trámite y
concluidos) de aquellas embarcaciones consideradas como
artesanales con anterioridad a la entrada en vigencia
del nuevo ROP y que ahora deben ser clasificadas como
de menor escala, con el fin de realizar la adecuación de
sus permisos de pesca.
El Artículo 5, Permiso de pesca, del DECRETO SUPREMO
Nº 005-2017-PRODUCE, establece que los permisos de
pesca para la operación de embarcaciones pesqueras de
menor escala son otorgados por el Ministerio de la Producción
y para operar embarcaciones pesqueras artesanales
por los Gobiernos Regionales, en el ámbito de sus
competencias.
Pero esto va dirigido solamente a las embarcaciones que
capturan anchoveta.
Las demás, que se dirigen a otros recursos, como la
merluza, quedaron en una suerte de limbo.
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“La Ley General de Pesca, considera pesquería artesanal
a toda practica pesquera que se hace con predominio
del trabajo manual, embarcaciones de 32.6 M3 de
capacidad de bodega y una eslora máxima de 15 Mt.
Sin embargo dentro de este grupo de pescadores, existen
3 tipos claramente diferenciados.
El primer grupo es el pescador artesanal de orilla, embarcado
y no embarcado, o llamado por muchos pescadores
también “pescador selectivo”. Este grupo en particular
es la razón de ser de muchas normas que el estado
peruano ha dado a través de la historia reciente,
básicamente por que muchos pescadores artesanales
tienen conocimientos ancestrales que el estado pretende
proteger, y sobre todo por que su esfuerzo pesquero
es selectivo, de menor cuantía y bajo impacto.
Este grupo como ya hemos dicho se diferencia claramente
de los demás, por que practica su pesquería en
lugares no muy lejanos de la vista de costa, y principalmente
en fondos rocosos o madrepóricos, cavernosos,
o planos con praderas de algas, que alcanzan máximo
los 80 metros de profundidad, que es la profundidad
máxima a la que llega la luz solar. Estos medio ambientes
son los que concentran la mayor biodiversidad bentónica
costera y donde el pescador artesanal de orilla
embarcado o no embarcado practica sus faenas.
Este grupo incluye a pescadores de cordel de orilla, saltamocheros,
rascaplayas, chinchorreros, que son los
“no embarcados”, y los cortineros, pinteros y buzos con
compresora que son los “embarcados”.
Valga la verdad, muchos de estos pescadores pueden
resultar siendo también tripulantes de otras embarcaciones
artesanales o industriales. La mayoría de los pescadores
son “mil oficios”, solo una minoría es mano de
obra constante, calificada y con experiencia. Entre ellos
suele surgir siempre alguien con actitudes de emprendedor
o empresario, que frecuentemente es un patrón
de lancha exitoso, que ha logrado construirse una embarcación
y contratar pescadores como tripulantes. Los
fundadores de muchas empresas de la pesquería peruana
de anchoveta, fueron patrones de pesca exitosos.
Los bolichitos usan la técnica del cerco o boliche para
sus capturas y pescan anchoveta, caballa, cojinova,
corvina, jurel, lorna, cabinza. Pero gran detalle; no hay
bolichito que no use “macaco”, y el usar un “macaco”
no significa “uso predominante del trabajo manual”, el
“macaco” es un equipo hidráulico que permite calar
redes de gran peso y tamaño, algo que manualmente
seria imposible manipular. Pero si se pretende ser artesanal,
no debería tener un equipo hidráulico como un
“macaco”, la red debería recogerse a mano.
El “arrastrero” artesanal, tampoco tiene un predominio
manual, cuentan con winches para halar sus redes y su
practica por ser “arrastre de fondo” costero, es muy
destructiva con los fondos marinos y "barre" los hábitats
de las especies objetivo de los pescadores selectivos
o de orilla. Eso en el norte del Perú donde la plataforma
es extensa y la biodiversidad costera abundante,
representa un serio conflicto entre dos pesquerías artesanales.
Finalmente están los llamados “artesanales de altura”.
Este grupo se dedica básicamente a la pesca de la pota
y del perico, según la estación. Esta flota es capaz de
capturar cerca de 500 Mil Tm de pota y unos 3 mil toneladas
de perico al año. Produciendo exportaciones
que alcanzan los US$500 millones al año, navegando
mas de una ves mas allá de las 200 millas. Si bien en
estas embarcaciones si predomina el trabajo manual, al
acogerse al régimen artesanal, no pueden tener embarcaciones
de mayor eslora que los 15 metros.
Esto resulta muy importante, por que la capacidad de
bodega de 32.6 M3 es mas que suficiente para una embarcación
artesanal, pero con 15 metros de eslora, es
complicadísimo contar con mayores depósitos de combustible,
camarotes para la tripulación, y baños adecuados;
para un trabajo que se realiza por 10 o 15 días de
pesca y navegación lejos de la costa”.
Fuente
http://www.oannes.org.pe/editorial/formalizar-la-pescaartesanal-soluciona-sus-problemas/
Eso genera un segundo grupo en la pesca artesanal,
nosotros los identificamos como “los bolichitos” en el
sur, centro y norte o los “arrastreros artesanales” del
norte ecuatorial.
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LA PESCA ARTESANAL Y SU PLAN DE DESARROLLO:
UN ANTECEDENTE INTERESANTE
A inicios del 2002, la Dirección Nacional de Pesca Artesanal
empezó a elaborar un Plan Integral de Desarrollo de
la Pesca Artesanal, el que plasmaba la problemática del
sector artesanal.
El Plan Nacional para el desarrollo de la pesca artesanal
elaborado fue aprobado con RM N° 207-2002-
PRODUCEen 2004, fijó entre otros temas el que se transcribe
a continuación:
V. PROBLEMÁTICA
• Alto porcentaje de pescadores artesanales que no poseen
carnet de pescador, debido a :
o trámites burocráticos y costosos (DICAPI), o gran cantidad
de personas que incursionan en esta actividad en
forma eventual o permanente.
El mismo que no le permite acceder a programas sociales
ni crediticios orientados a su bienestar y desarrollo de
su comunidad.
• Alto porcentaje de armadores artesanales que no registran
sus embarcaciones, debido a trámites burocráticos y
costosos (Registro Públicos), esto no les permite usar
sus bienes como garantía a posibles crédito.
• Desconfianza de los pescadores por el rumor extendido
que con la formalización se convertirían en agente tributarios.
• Existe información aislada de registro de embarcaciones
pesqueras, por un lado el que maneja Registro Públicos
– SUNARP, DICAPI y DNEPP. No existe un registro
único de embarcaciones pesquera artesanales.
• El alto porcentaje de informalidad que se observa en
esta actividad, imposibilita a las entidades del gobierno
actualizar su información estadística a través de los gremios
de pescadores artesanales; como consecuencia de
ello los programas que se desarrollen, muchas veces podrían
no ajustarse a la realidad, puesto que los datos
corresponderían solo a pescadores formalizados.
• La autoridad marítima no reconoce la certificación de
capacitación que otorga CEP PAITA con fines de acreditación
y obtención de la libreta de embarque, títulos motoristas,
patrones, buzos, etc.
• Oficialmente no se conoce que cantidad de embarcaciones
están inscritas en los Registros Públicos, debido a
la modalidad registral que aplican para registrar la propiedad
de las embarcaciones.
• Existe dos formas de reconocimiento de pescador formal:
con “carnet pescador artesanal embarcado” expedida
por DICAPI y con “certificación artesanal” expedida
por DNPA.
• Con respecto al Registro General de Pesquería del Ministerio
de Producción no esta actualizado.
En su momento se organizó el taller de trabajo y presentación
del Plan Nacional para el desarrollo de la pesca
artesanal en septiembre de 2002. El 5 de febrero de
2004 se aprobó el documento final del plan, el cual fue
aprobado con la RM 248-2004-PRODUCE
Fuente
https://es.calameo.com/read/000453377aad352d4cb74
Como se podrá observar, si se lee el documento, han
transcurrido 16 años y los problemas identificados siguen
vigentes, son los mismos. Las acciones diseñadas en el
plan para resolverlos, o fracasaron o no se ejecutaron
por la excesiva rotación de funcionarios, la falta de continuidad
en las administraciones de pesquería, la ausencia
de políticas de largo plazo, la inexistencia de voluntad
política o la ignorancia.
El daño que la improvisación de cada gobierno le ha hecho
a la pesquería artesanal por la ausencia de una
agenda pesquera coherente, es incalculable. La politiquería
barata, los intereses personales y la ambición de
un puñado de personas, ha utilizado el poder para su
propio beneficio o para nada.
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EL LARGO CAMINO HACIA LA FORMALIZACION
Entendidas las diferencias entre armadores, patrones y
tripulantes y, conocida la problemática que tiene más de
una década sin poder resolverse, cabe distinguir, en
cuanto al término formalización, las diferencias entre tener
un permiso de pesca y ser “formal”.
“En el lenguaje económico se conoce como formalización
(laboral o empresarial) la transición de un trabajador o
de una empresa de la economía informal a la formal. Las
políticas que pretenden conseguir o acelerar esta transición
se denominan "políticas de formalización". La formalización
de una empresa requiere que se inscriba en
el correspondiente registro y se ponga a cumplir sus obligaciones
fiscales y laborales. La formalización de un trabajador
requiere, a su vez, que se inscriba (normalmente
en un registro diferente; según los países y sectores esta
inscripción puede realizarse por el propio trabajador, o
bien por su empresario) y se ponga a cotizar al sistema
de seguridad social”
Fuente:
https://es.wikipedia.org/wiki/Formalizaci%C3%B3n
“¿Qué significa formalizar una empresa?
La formalización es el proceso que llevan a cabo las empresas
para incorporarse a la economía formal.
Presenta diversas dimensiones:
• Registro y concesión de licencias por parte de
las autoridades nacionales, provinciales y municipales;
• Acceso a la seguridad social para el propietario
de la empresa y sus empleados;
• Cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente,
entre otras cosas en materia de impuestos, cotizaciones
a la seguridad social y legislación laboral.
La formalización es un proceso gradual. Un empresario
podrá, por ejemplo, contar con una licencia municipal de
funcionamiento para llevar a cabo sus actividades desde
su ubicación sin haberse registrado en la agencia tributaria,
la oficina de empleo y la seguridad social.
¿Por qué promueve la OIT la formalización de las empresas?
El objetivo último de las iniciativas de formalización empresarial
es crear más y mejores empleos, reducir la pobreza
y abordar la marginalización de quienes son especialmente
vulnerables a los déficits más graves en materia
de trabajo decente en la economía informal, incluyendo,
aunque no únicamente, a las mujeres, los jóvenes,
los migrantes, las personas mayores, los pueblos indígenas
y tribales, las personas que viven con el VIH o que
están afectadas por el VIH o el sida y las personas con
discapacidad.
Para los gobiernos y la sociedad, la formalización de las
microempresas y las pequeñas y medianas empresas
guarda una estrecha correlación con un entorno empresarial
propicio, el crecimiento económico y la mejora de
las condiciones de trabajo. También permite incrementar
los ingresos fiscales que, a su vez, son necesarios para
proporcionar bienes y servicios públicos. Las empresas
formales se benefician de los procesos de formalización,
porque con ellos se reduce la competencia desleal que
representan las empresas informales. Las empresas formalizadas
tienen acceso a financiación, servicios y tecnologías
de desarrollo empresarial, y se exponen en menor
medida a sanciones gubernamentales.
También pueden participar en licitaciones públicas o actuar
en calidad de proveedoras o minoristas de empresas
más grandes.
La formalización empresarial es parte de un enfoque
multidimensional y equilibrado, tal como se indica en la
Recomendación núm. 204 de la OIT, sobre la transición
de la economía informal a la economía formal. También
es fundamental para la formalización del empleo en esas
empresas. Como tal, contribuye a los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (en concreto, a la meta 8.3, que versa
sobre la creación de empleo decente y formalización y
crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas
empresas)”.
Fuente:
https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_emp/--
- em p_e nt / -- -i fp_ se ed/ doc um en ts/ pu bli cat ion/
wcms_549523.pdf
Dentro de este criterio, los intentos que PRODUCE viene
haciendo hace años, no califican exactamente como formalización
puesto que se orientan únicamente a que la
embarcación obtenga su permiso de pesca.
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¿UN ARMADOR PESQUERO ES UN EMPRESARIO?
“Una empresa es una unidad económico-social,
integrada por elementos humanos, materiales y
técnicos, que tiene el objetivo de obtener utilidades
a través de su participación en el mercado de
bienes y servicios. Para esto, hace uso de los factores
productivos (trabajo, tierra y capital).
Las empresas puedan clasificarse según la actividad
económica que desarrollan. Así, nos encontramos
con empresas del sector primario (que
obtienen los recursos a partir de la naturaleza,
como las agrícolas, pesqueras o ganaderas), del
sector secundario (dedicadas a la transformación
de bienes, como las industriales y de la construcción)
y del sector terciario (empresas que se dedican
a la oferta de servicios o al comercio).
Otra clasificación valida para las empresas es de
acuerdo a su constitución jurídica. Existen empresas
individuales (que pertenecen a una sola persona)
y societarias (conformadas por varias personas).
En este último grupo, las sociedades a su
vez pueden ser anónimas, de responsabilidad limitada
y de economía social (cooperativas), entre
otras”.
Fuente: https://definicion.de/empresa/
La primera es una embarcación anchovetera
de mayor escala que puede
ser formal; pero también puede
ser informal.
La segunda es una embarcación
anchovetera de menor escala, que
por lo general es informal.
Ambas tienen como especie objetivo
la anchoveta.
Solo las primeras son mayormente
formales y pertenecen a empresas
constituidas debidamente que tributan
y contratan debidamente s sus
tripulantes.
¿Cómo es que durante tantos años
se viene aceptando la existencia de
dos tipos de embarcaciones que
pescan la misma especie pero que
son administrativa y tributariamente
tan distintas?
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LAS CIFRAS
Solo existen dos fuentes oficiales que muestran estadísticas
del sector pesquero artesanal: la ENEPA III realizada
en 2015 y el Censo de Pescadores Artesanales realizado
en 2012. Ambos documentos ya tienen un desfase al
2020.
Cada año se incrementan embarcaciones y pescadores
sin ningún control, proliferando la construcción ilegal de
embarcaciones.
Sin embargo, de alguna manera muestran el universo de
pescadores y embarcaciones que deberían ser formalizados,
cuya cantidad supone un reto considerable para la
autoridad de pesquería y debería ser asumido con mayor
diligencia e integralidad, yendo más allá del permiso de
pesca solamente.
LAS ENCUESTAS ESTRUCTURALES
DE LA PESCA ARTESANAL
El Instituto del Mar del Perú realizó dos encuestas estructurales de la pesca artesanal en el litoral peruano. La ENE-
PA I se llevó a cabo durante los meses de noviembre de 1995 a abril de 1996, en 109 puntos de desembarque, obteniendo
también información sobre artes de pesca, niveles socioeconómicos y culturales, además de la problemática
de la actividad pesquera en nuestro país. Y la ENEPA II, realizada entre setiembre de 2004 y agosto de 2005,
analizó un total de 122 puntos de desembarque y permitió medir los cambios de las variables de la encuesta anterior,
particularmente en lo que hace al número y clasificación de pescadores y embarcaciones.
El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) realizó la Tercera Encuesta Estructural de la Pesquería Artesanal en el Litoral
Peruano (Enepa III 2015), cuya finalidad fue facilitar al sector pesquero y, en general a cualquier persona o entidad
interesada o relacionada con el sector, un conocimiento actualizado de la pesca artesanal, así como de los principales
cambios suscitados, después de la Segunda Encuesta Estructural de la Pesquería Artesanal en el Litoral Peruano
(Enepa II 2004-05) con el propósito de promover e implementar programas integrales para el desarrollo y el mejor
manejo de esta pesquería. Es preciso mencionar que la metodología empleada en la recolección de los datos en la
Enepa III es diferente al I Cenpar 2012, por tratarse la primera de una encuesta y la segunda de un censo.
Pescador artesanal embarcado
La población total de pescadores artesanales en el litoral peruano se estimó en 67.427 pescadores. La evolución de
la población de pescadores artesanales de los últimos 20 años, es presentada en la Tabla 1.
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 9
Armador artesanal
El armador artesanal es el propietario de una o más embarcaciones pesqueras artesanales y tiene como actividad
principal la pesca artesanal para consumo humano directo, pudiendo participar o no de las faenas de pesca.
Se ha encuestado un total de 3.835 armadores pesqueros artesanales en las regiones del litoral, el 93% está conformado
por hombres (Tabla 52).
Flota pesquera artesanal
Los resultados de la Enepa III señalan que existen 17.920 embarcaciones pesqueras artesanales en el litoral peruano,
siendo notable el incremento entre las dos últimas Enepa, pasando de 9.667 a 17.920 embarcaciones, lo que
significa 8.253 embarcaciones más en el lapso de diez años (Tabla 64, Fig. 4). El crecimiento entre los años 2012 y
2015 fue de 2.206 embarcaciones (14%), lo que demuestra que a pesar que la ley lo prohíbe, aún siguen construyéndose
embarcaciones artesanales.
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 10
Fuente
Instituto del Mar del Perú
INFORME
ISSN 0378-7702
Volumen 45, Número 3, Julio - Setiembre 2018
[Inf Inst Mar Perú 45(3)]
Tercera encuesta estructural de la pesquería artesanal en el litoral peruano. Resultados generales
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 11
CENPAR 2012
El Ministerio de la Producción, a través del Viceministerio de Pesquería, conjuntamente con el Instituto Nacional de
Estadística e Informática, ejecutaron el I Censo Nacional de la Pesca Artesanal del Ámbito Marítimo 2012, dirigido a
pescadores, armadores y embarcaciones pesqueras artesanales. Paralelamente, se captó información sobre los desembarcaderos
pesqueros artesanales y otros puntos de desembarque; lo mismo que de astilleros y carpinterías navales
artesanales.
INFORMACIÓN DEL ARMADOR ARTESANAL Y SUS EMBARCACIONES
El I Censo Nacional de la Pesca Artesanal del Ámbito Marítimo 2012, registró información de 12 398 armadores artesanales;
Estado y Documentación de las Embarcaciones
Los resultados del censo con respecto al estado de la embarcación pesquera artesanal declarada por el armador, nos
muestra que 15 579 embarcaciones pesqueras artesanales empadronadas están operativas, lo que representa el
96,0%, 388 embarcaciones están inoperativas temporalmente (2,4%), 244 están en construcción o reconstrucción
(1,5%) y 20 embarcaciones se encuentran en estado de abandono (0,1%).
Asimismo, la información registrada sobre la tenencia de documentación de las embarcaciones pesqueras artesanales,
muestra que 10 587 embarcaciones tienen licencia de construcción (65,2%) y 8 994 (55,4%) cuentan con planos
de construcción.
Embarcación por número de Propietarios
Los resultados muestran que de las 16 045 embarcaciones registradas, 13 620 tienen un solo propietario, esto representa
el 84,9%; le sigue las embarcaciones que tienen dos propietarios, estas suman 1 970 (12,3%); 197 (1,2%)
tienen tres propietarios y aquellas embarcaciones que tienen de cuatro a más propietarios representan el 0,8%.
Del total de las embarcaciones declaradas por los armadores artesanales, 9.760 son botes, esto representa el 60,8%,
3 344 (20,8%) son lanchas, las chalanas suman 2 312 (14,4%), los zapatos suman 169 (1,1%) y las balsillas participan
con 27 (0,2%) embarcaciones.
Tenencia del Certificado de Matrícula
Los resultados de las 16 045 embarcaciones pesqueras artesanales empadronadas, muestran que 13 459 (83,9%)
embarcaciones tienen certificado de matricula.
Permiso de Pesca Vigente
De las 16 045 embarcaciones registradas en el censo pesquero, 9 566 no tienen permiso de pesca vigente, esto representa
el 59,6%, mientras que 6.333 (39,5%) si tienen el documento.
Del Pescador Artesanal
El I Censo Nacional de la Pesca Artesanal del Ámbito Marítimo 2012, registró información de 44 161 pescadores artesanales;
de estos, 42 806 (96,9%) son hombres; mientras que 1 355 (3,1%) son mujeres.
Organización del Pescador Artesanal
La información registrada del censo, indica que de los 44 161 pescadores artesanales, 42 927 (97,2%) declaró tener
la organización jurídica como Persona Natural, 1 061 (2,4%), manifestaron estar como Persona Jurídica.
Condición del Pescador Artesanal
Los resultados del censo indican que del total de pescadores artesanales según su condición como tales, 34 654 indi-
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 12
ca que su condición es de embarcado que representa el 78,5%, los 9 507 (21,5%) pescadores artesanales restantes
manifiestan tener la condición de no embarcados.
Tenencia de Carnet de Pescador
Sobre la tenencia de Carnet de Pescador los resultados del censo indican que de los 22 735 pescadores artesanales
que manifestaron contar con algún documento de acreditación en la actividad pesquera, 18 126 de estos cuentan
con carnet de pescador artesanal el cual representa 79,7%, los 4 609 restantes indican no contar con dicho documento
de acreditación que representa el 20,3%.
Tenencia de Patente de Buzo
El censo indica que de los 22 735 pescadores artesanales que manifestaron tener documentos de acreditación en la
actividad pesquera, 496 pescadores artesanales cuentan con Patente de Buzo que representa el 2,2%, 22 239 manifiestan
no contar con dicho documento de acreditación el cual representa 97,8%.
Pertenencia a Organizaciones Sociales de los Pescadores Artesanales (OSPA)
Del total de pescadores artesanales que respondieron a las preguntas del censo (44 161); 23 987 de ellos declararon
que no pertenecen a una o más Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales (OSPA), esto representa el
54,3%; mientras que, 20 174 (45,7%) pescadores mencionan que si pertenecen.
Interés en Constituirse como Micro y Pequeña Empresa (MYPE)
Según resultados del censo, es importante señalar que, 31 836 pescadores artesanales están interesados
en constituirse como MYPE, lo que representa el 72,1% del total.
Fuente
I Censo Nacional de la Pesca Artesanal del Ámbito Marítimo 2012
Lima, Agosto de 2012
RESULTADOS GENERALES
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 13
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 14
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 15
LA FORMALIZACION
¿A DONDE VA ?
En este contexto, un armador es un empresario y como
tal debería formalizarse debidamente, no solamente obtener
su permiso de pesca. El permiso no lo convierte en
empresario formal, es insuficiente. Le falta obtener su
RUC, tener contabilidad, facturar sus ventas e incorporar
a sus empleados, que son los pescadores embarcados, a
fin de que puedan acceder a los beneficios de la seguridad
social y sistema de pensiones.
El armador tendría que contratar debidamente a los pescadores,
ponerlos en planilla y declarar mensualmente a
través del PDT. Este solo hecho les daría automáticamente
derecho a ESSALUD y a pensión, sea ONP o AFP,
resolviendo así esta constante y justa reclamación de los
pescadores. Simultáneamente se generaría una base de
datos de pescadores embarcados que hasta ahora no
existe.
Hasta ahora los reclamos por seguridad social se pretenden
solucionar con improvisaciones u ofreciendo las alternativas
de salud que existen en el mercado a través
del MINSA o ESSALUD a fin de que puedan acceder a
estas prestaciones. Pero nada en cuanto a pensiones.
La verdad es que no ha funcionado. Por tanto, la solución
más adecuada es actuar sobre la formalización de
los empleadores, o sea de los armadores.
La venta de pescado fresco está exonerada del IGV, por
tanto la emisión de boleta de venta no va a incrementar
el costo del producto; pero no se emiten boletas porque
los armadores, como son informales, lo venden sin boleta
o factura. Esto no solamente reduce la posibilidad para
el Estado de recaudar impuesto a la renta, si es que al
final del ejercicio la empresa la tuviese, sino que dificulta
y/o impide implementar la trazabilidad de los productos.
El sistema actual no protege ni otorga los derechos sociales
y laborales que les corresponde a los pescadores,
como a cualquier otro trabajador formal.
La pesca artesanal no tributa; pero demanda mejores
servicios por parte del Estado y más y mejores desembarcaderos.
No son los pescadores los llamados a tributar,
sino los armadores. Los pescadores embarcados solo
son empleados.
El otro problema que nadie está enfrentando con eficacia,
es la atención de salud y seguridad social de los pescadores
no embarcados, que es una situación muy diferente
a la de los pescadores embarcados.
Sin embargo, el MEF sí dispone de recursos, tiempo y
funcionarios para atacar a la industria peruana del atún.
A pesar de que en junio de 2018 se promulgó la Ley
30788, que declara de interés nacional el incentivo al
desarrollo de la industria atunera en el país, la Intendencia
de Aduana de Paita, en 2019, pretende desconocer
las Declaraciones Aduaneras de Mercancías referidas a
las compras de atún a naves extranjeras por parte de
industrias peruanas, y aplicable desde el 2016. Lo que
significa que se pretendería cobrar el impuesto a la renta
desde dicho año. Ahora considera que la pesca de barcos
extranjeros debe asumirse como producto peruano y pagar
30% del valor de cada embarque. Con esta medida
se pone en riesgo todos los acuerdos comerciales firmados
por el Perú, en los que nuestro país se obliga a reconocer
la pesca del mismo origen del pabellón enarbolado
por la nave. Se puede dejar a miles de familias sin sustento,
obligar al cierre de plantas e impedir generar millones
de dólares en exportaciones.
Con esa actitud, resulta cuestionable que el MEF y la
SUNAT no actúen sobre la formalización de las embarca-
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ciones ni sobre los pescadores no embarcados y dejen
solo al PRODUCE para que formalice, a medias, a las embarcaciones.
La informalidad va a causar problemas a la flota en el
contexto de las capturas de pota en el ámbito de la
OROP del Pacífico Sur.
b) Administrar, supervisar y fiscalizar la gestión de actividades
y servicios pesqueros bajo su jurisdicción.
Pero no es específica ni clara en cuanto al tipo de pescador,
es decir si es artesanal o industrial, embarcado o no
embarcado. Tampoco en cuanto al tipo de embarcación,
si es artesanal, de menor o de mayor escala.
PRODUCE necesita una agenda que:
Oriente hacia la real formalización administrativa,
tributaria y laboral de la flota en beneficio del tripulante
pescador que sufre la ausencia de seguridad
social.
En términos prácticos ¿dónde terminan las funciones de
PRODUCE y dónde empiezan las de los Gobierno Regionales
en el marco de la formalización real del día de hoy?
Jurídicamente hablando las competencias están definidas
y transferidas, pero en forma difusa y vaga ¿quién es en
la realidad el obligado a formalizar?
Defina y/o aclare las competencias y procedimientos
para la formalización de los pescadores no embarcados,
que es una cosa totalmente distinta de la
formalización de embarcaciones.
Perfeccione y/o actualice las competencias de los
Gobiernos Regionales y las suyas en el marco de la
flota artesanal y de menor escala, así como las definiciones
de embarcación artesanal y de menor
escala.
El tripulante, o pescador embarcado, es finalmente un
empleado cuya situación se resuelve cuando se formaliza
debidamente el armador; pero el pescador no embarcado
es otra realidad.
Las embarcaciones artesanales y las de menor escala
están en una zona gris, que debe ser claramente definida
en cuanto a las competencias de la autoridad para
ejercer el control sobre ellas.
Dentro de las funciones transferidas y/o por transferirse
a los Gobiernos Regionales, de acuerdo a la Ley 27867
Ley orgánica de gobiernos regionales, artículo 52°: Funciones
en materia pesquera, están:
a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar
y administrar los planes y políticas en materia pesquera y
producción acuícola de la región.
Debe mencionarse que, según resultados del censo de
2012, 31,836 pescadores artesanales estaban interesados
en constituirse como MYPE, lo que representa el
72,1% del total. ¿Por qué PRODUCE a través del Despacho
Viceministerial de MYPE e Industria no ha invertido
mayor esfuerzo en este paso de la formalización?
El MEF no ha hecho absolutamente nada en cuanto a la
formalización. Cuando el asunto es simple: la seguridad
social y pensiones dependen de que los beneficiarios estén
en una planilla. ¿y cómo se genera una planilla?
cuando se les contrata debidamente.
El Ministerio de Trabajo no dice ni hace nada tampoco.
Salvo por la cuestionada Ley 30003 que legisla en cuanto
a seguridad social y pensiones de los tripulantes pesqueros
de mayor escala, o industriales, no ha hecho nada
por los tripulantes o pescadores artesanales y de menor
escala.
La DICAPI ¿cuál es su papel en el control de la formalización?
Debería agilizar los procesos para el otorgamiento de
certificados de matrícula, incrementar el control sobre las
embarcaciones que zarpan impidiendo que lo hagan las
informales y detener los zarpes de embarcaciones construidas
ilegalmente.
Revista Pesca Suplemento mayo 2020 17
¿A dónde va PRODUCE?
Debería replantear todos sus esfuerzos por otorgar permisos
de pesca, agregando acciones que faciliten la
creación de pequeñas y micro empresas de armadores
artesanales y de pequeña escala y articular debidamente
con el MEF, el Ministerio de Trabajo, los Gobiernos Regionales
y la DICAPI el resto de acciones que puedan,
coordinada y coherentemente, alcanzar el objetivo de
una formalización integral y no solamente parcial.
¿A dónde van los Gobiernos Regionales?
Y lo más importante ¿a dónde va Palacio de Gobierno en
materia pesquera? Es de allí de donde deberían salir las
directivas para un trabajo integrado entre los sectores
responsables que conduzcan a la verdadera formalización
de la pesca.
La formalización no será posible, en tanto no haya una
voluntad política clara por ordenar la actividad pesquera
dentro de un marco establecido por una política con visión
de largo plazo. Si no se despoja de politiquería a la
administración de la pesca peruana, seguiremos hablando
de los mismos problemas gobierno tras gobierno.
Se requiere un enfoque multisectorial, liderado por Palacio
de Gobierno o por la PCM y que fije objetivos claros y
un cronograma que se cumpla y respete pese a los cambios
políticos que lamentablemente se dan en forma
constante y a veces no para mejor.
Marcos Kisner Bueno
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