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LA FORMALIZACION EN LA PESQUERIA DEL PERU

Este suplemento especial presenta el tema de la formalización de la pesca artesanal en el Perú. Esta actividad se viene tratando desde hace muchos años con poco éxito y basada en una indebida definición de la formalización, entendiéndola tan solo como otorgar un permiso de pesca a la embarcación.

Este suplemento especial presenta el tema de la formalización de la pesca artesanal en el Perú.
Esta actividad se viene tratando desde hace muchos años con poco éxito y basada en una indebida definición de la formalización, entendiéndola tan solo como otorgar un permiso de pesca a la embarcación.

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EDICION DIGITAL SUPLEMENTO MAYO 2020 www.revistapesca.blogspot.com

LA FORMALIZACION EN LA

PESQUERIA DEL PERU

DIFERENCIAS ENTRE ATN Y BONITO

¿SERA POSIBLE?

¿QUIEN DEPREDO EL JUREL

EN EL PACIFICO SUR?

Revista Pesca Suplemento mayo 2020 1


Fundada en 1960 SUPLEMENTO ESPECIAL: POLITICA MAYO 2020

La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería.

El objetivo de la revista Pesca es difundir información, ideas y corrientes de opinión para crear conciencia de la

necesidad de hacer sostenible la extracción de los recursos marinos, de seguridad alimentaria y del cuidado del

medio ambiente.

Pero sobre todo, contribuir con información para que el lector empiece a formarse una opinión propia sobre la

problemática pesquera., que permita ampliar nuestra visión de la pesquería mediante la lectura y el análisis individual.

http://revistapesca.blogspot.pe/

Correo electrónico:

revistapesca@outlook.com

DIFERENCIAS ENTRE ATN Y BONITO

Presidente de la Revista Pesca: Marcos Kisner Bueno

La revista Pesca no se solidariza necesariamente con las opiniones vertidas en los artículos firmados,

los cuales son de responsabilidad de sus autores.

Este suplemento especial presenta el tema de la formalización de la pesca artesanal en el Perú.

Esta actividad se viene tratando desde hace muchos años con poco éxito y basada en una indebida

definición de la formalización, entendiéndola tan solo como otorgar un permiso de pesca a la

embarcación.

¿QUIEN DEPREDO EL JUREL

EN EL PACIFICO SUR?

El permiso de pesca no significa formalizar en su verdadera dimensión. Más allá del documento

que lo autoriza a pescar y la posible base de datos que se genere, no resuelve la problemática de

salud y pensiones de los pescadores (que podría hacerlo) ni incorpora tributariamente a las unidades

de negocio que constituyen las embarcaciones pesqueras, no solo artesanales sino las de menor

escala y probablemente algunas de mayor escala.

Revista Pesca Suplemento mayo 2020 2


Ocupar las calles es una de las

herramientas más efectivas para crear

cambio social porque

demuestra poder y unión.

A veces es la única vía.

Revista Pesca Suplemento mayo 2020 1


LO QUE SE DEBE CONOCER PARA ENTENDER LA

FORMALIZACION DE LOS PESCADORES

La formalización en la pesca requiere entender primero,

que no es lo mismo el armador pesquero que el tripulante

o pescador embarcado. El primero es el dueño de la

embarcación, o sea el empresario y responsable de que

esté en perfectas condiciones para navegar, con todos

los equipos, avituallamiento y demás material necesario

para su correcto funcionamiento.

El armador y el patrón pueden ser la misma persona,

pero no necesariamente. El primero puede contratar a

un patrón, que a su vez contrata o embarca a sus tripulantes,

que son pescadores embarcados.

El barco o embarcación es una unidad de negocio, por lo

tanto se tipifica como una empresa. El tripulante es, finalmente

el empleado con que cada embarcación realiza

la labor de pesca, la cual genera ingresos y requiere de

capital de trabajo, pero es muy diferente del pescador o

tripulante.

La figura aplica también a los pescadores industriales,

con la diferencia que por lo general las embarcaciones

de mayor escala pertenecen a empresas relativamente

grandes o medianas y por tanto formales, con algunas

excepciones de algunas que siguen en la informalidad.

También hay que saber que el pescador artesanal no

embarcado es muy diferente del pescador artesanal embarcado,

así como del pescador industrial embarcado.

asunto totalmente diferente es formalizar pescadores no

embarcados, lo que requiere el diseño de otra metodología

y otra estrategia que nadie se ha atrevido a iniciar, o

por lo menos con resultados visibles y eficaces.

Lo que PRODUCE viene intentando hacer desde hace

varios años, es otorgar permisos de pesca a embarcaciones,

bajo la impropia denominación de formalización y

sustentado en diversas normas legales dictadas para el

efecto como el SIFORPA. Pero que no incluye a todo el

universo de embarcaciones pesqueras.

DEFINICIONES

LA RM 032-2014-PRODUCE aprueba la DIRECTIVA Nº

001 -2014-PRODUCE que establece la definición formal

de armador en el artículo 5.1, de la siguiente manera:

Armador pesquero.- Persona natural o jurídica que cuenta

con embarcación pesquera con permiso de pesca

otorgado por el Ministerio de la Producción, para realizar

actividades de extracción de recursos hidrobiológicos.

Embarcación pesquera- Bien mueble inscrito en el registro

correspondiente, con matrícula, destinada a la extracción

de recursos hidrobiológicos, según los parámetros

establecidos por el Ministerio de la Producción.

El reglamento de la ley general de pesca define que la

extracción, en el ámbito marino, se clasifica en:

En cuanto a las embarcaciones, pueden ser artesanales,

de menor escala y de mayor escala.

Formalizar embarcaciones es un asunto totalmente diferente

a formalizar pescadores.

La formalización de pescadores embarcados es sencilla

porque en la práctica son empleados de alguien; pero un

Comercial:

Artesanal o menor escala:

1.1. Artesanal: La realizada por personas naturales o jurídicas

artesanales

1.1.1 Sin el empleo de embarcación.

Revista Pesca Suplemento mayo 2020 2


1.1.2 Con el empleo de embarcaciones de hasta 32,6

metros cúbicos de capacidad de bodega y hasta 15 metros

de eslora, con predominio del trabajo manual.

1.2. Menor escala: la realizada con embarcaciones de

hasta 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega, implementadas

con modernos equipos y sistemas de pesca,

cuya actividad extractiva no tiene la condición de actividad

pesquera artesanal.

2. Mayor escala: la realizada con embarcaciones mayores

de 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega.

Ya en esta clasificación está creada una confusión al

mencionar artesanal o menor escala en el artículo 1.1 y

luego vuelve a mencionar menor escala en al artículo

1.2.

Mediante el Decreto Supremo Nº 005-2017-PRODUCE,

publicado el 14 de abril del 2017, se aprobó el Reglamento

de Ordenamiento Pesquero (ROP) del Recurso

Anchoveta para Consumo Humano Directo.

El ROP establece que las embarcaciones de cerco artesanal

y de menor escala pueden presentar la misma capacidad

de bodega (32,6 metros cúbicos) y el mismo tamaño

(eslora de hasta 15 metros lineales), pero especifica

que la utilización de “medios mecanizados u otros medios

accionados con el motor de propulsión ubicado bajo

la cubierta o con el motor o equipo auxiliar conectado al

motor de propulsión” para llevar a cabo las operaciones

de lance, cierre o cobrado de la red de cerco, determinará

que una embarcación sea considerada como de menor

escala.

A partir de esta definición los Gobiernos Regionales deberán

remitir a Produce los expedientes (en trámite y

concluidos) de aquellas embarcaciones consideradas como

artesanales con anterioridad a la entrada en vigencia

del nuevo ROP y que ahora deben ser clasificadas como

de menor escala, con el fin de realizar la adecuación de

sus permisos de pesca.

El Artículo 5, Permiso de pesca, del DECRETO SUPREMO

Nº 005-2017-PRODUCE, establece que los permisos de

pesca para la operación de embarcaciones pesqueras de

menor escala son otorgados por el Ministerio de la Producción

y para operar embarcaciones pesqueras artesanales

por los Gobiernos Regionales, en el ámbito de sus

competencias.

Pero esto va dirigido solamente a las embarcaciones que

capturan anchoveta.

Las demás, que se dirigen a otros recursos, como la

merluza, quedaron en una suerte de limbo.

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“La Ley General de Pesca, considera pesquería artesanal

a toda practica pesquera que se hace con predominio

del trabajo manual, embarcaciones de 32.6 M3 de

capacidad de bodega y una eslora máxima de 15 Mt.

Sin embargo dentro de este grupo de pescadores, existen

3 tipos claramente diferenciados.

El primer grupo es el pescador artesanal de orilla, embarcado

y no embarcado, o llamado por muchos pescadores

también “pescador selectivo”. Este grupo en particular

es la razón de ser de muchas normas que el estado

peruano ha dado a través de la historia reciente,

básicamente por que muchos pescadores artesanales

tienen conocimientos ancestrales que el estado pretende

proteger, y sobre todo por que su esfuerzo pesquero

es selectivo, de menor cuantía y bajo impacto.

Este grupo como ya hemos dicho se diferencia claramente

de los demás, por que practica su pesquería en

lugares no muy lejanos de la vista de costa, y principalmente

en fondos rocosos o madrepóricos, cavernosos,

o planos con praderas de algas, que alcanzan máximo

los 80 metros de profundidad, que es la profundidad

máxima a la que llega la luz solar. Estos medio ambientes

son los que concentran la mayor biodiversidad bentónica

costera y donde el pescador artesanal de orilla

embarcado o no embarcado practica sus faenas.

Este grupo incluye a pescadores de cordel de orilla, saltamocheros,

rascaplayas, chinchorreros, que son los

“no embarcados”, y los cortineros, pinteros y buzos con

compresora que son los “embarcados”.

Valga la verdad, muchos de estos pescadores pueden

resultar siendo también tripulantes de otras embarcaciones

artesanales o industriales. La mayoría de los pescadores

son “mil oficios”, solo una minoría es mano de

obra constante, calificada y con experiencia. Entre ellos

suele surgir siempre alguien con actitudes de emprendedor

o empresario, que frecuentemente es un patrón

de lancha exitoso, que ha logrado construirse una embarcación

y contratar pescadores como tripulantes. Los

fundadores de muchas empresas de la pesquería peruana

de anchoveta, fueron patrones de pesca exitosos.

Los bolichitos usan la técnica del cerco o boliche para

sus capturas y pescan anchoveta, caballa, cojinova,

corvina, jurel, lorna, cabinza. Pero gran detalle; no hay

bolichito que no use “macaco”, y el usar un “macaco”

no significa “uso predominante del trabajo manual”, el

“macaco” es un equipo hidráulico que permite calar

redes de gran peso y tamaño, algo que manualmente

seria imposible manipular. Pero si se pretende ser artesanal,

no debería tener un equipo hidráulico como un

“macaco”, la red debería recogerse a mano.

El “arrastrero” artesanal, tampoco tiene un predominio

manual, cuentan con winches para halar sus redes y su

practica por ser “arrastre de fondo” costero, es muy

destructiva con los fondos marinos y "barre" los hábitats

de las especies objetivo de los pescadores selectivos

o de orilla. Eso en el norte del Perú donde la plataforma

es extensa y la biodiversidad costera abundante,

representa un serio conflicto entre dos pesquerías artesanales.

Finalmente están los llamados “artesanales de altura”.

Este grupo se dedica básicamente a la pesca de la pota

y del perico, según la estación. Esta flota es capaz de

capturar cerca de 500 Mil Tm de pota y unos 3 mil toneladas

de perico al año. Produciendo exportaciones

que alcanzan los US$500 millones al año, navegando

mas de una ves mas allá de las 200 millas. Si bien en

estas embarcaciones si predomina el trabajo manual, al

acogerse al régimen artesanal, no pueden tener embarcaciones

de mayor eslora que los 15 metros.

Esto resulta muy importante, por que la capacidad de

bodega de 32.6 M3 es mas que suficiente para una embarcación

artesanal, pero con 15 metros de eslora, es

complicadísimo contar con mayores depósitos de combustible,

camarotes para la tripulación, y baños adecuados;

para un trabajo que se realiza por 10 o 15 días de

pesca y navegación lejos de la costa”.

Fuente

http://www.oannes.org.pe/editorial/formalizar-la-pescaartesanal-soluciona-sus-problemas/

Eso genera un segundo grupo en la pesca artesanal,

nosotros los identificamos como “los bolichitos” en el

sur, centro y norte o los “arrastreros artesanales” del

norte ecuatorial.

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Revista Pesca Suplemento mayo 2020 5


LA PESCA ARTESANAL Y SU PLAN DE DESARROLLO:

UN ANTECEDENTE INTERESANTE

A inicios del 2002, la Dirección Nacional de Pesca Artesanal

empezó a elaborar un Plan Integral de Desarrollo de

la Pesca Artesanal, el que plasmaba la problemática del

sector artesanal.

El Plan Nacional para el desarrollo de la pesca artesanal

elaborado fue aprobado con RM N° 207-2002-

PRODUCEen 2004, fijó entre otros temas el que se transcribe

a continuación:

V. PROBLEMÁTICA

• Alto porcentaje de pescadores artesanales que no poseen

carnet de pescador, debido a :

o trámites burocráticos y costosos (DICAPI), o gran cantidad

de personas que incursionan en esta actividad en

forma eventual o permanente.

El mismo que no le permite acceder a programas sociales

ni crediticios orientados a su bienestar y desarrollo de

su comunidad.

• Alto porcentaje de armadores artesanales que no registran

sus embarcaciones, debido a trámites burocráticos y

costosos (Registro Públicos), esto no les permite usar

sus bienes como garantía a posibles crédito.

• Desconfianza de los pescadores por el rumor extendido

que con la formalización se convertirían en agente tributarios.

• Existe información aislada de registro de embarcaciones

pesqueras, por un lado el que maneja Registro Públicos

– SUNARP, DICAPI y DNEPP. No existe un registro

único de embarcaciones pesquera artesanales.

• El alto porcentaje de informalidad que se observa en

esta actividad, imposibilita a las entidades del gobierno

actualizar su información estadística a través de los gremios

de pescadores artesanales; como consecuencia de

ello los programas que se desarrollen, muchas veces podrían

no ajustarse a la realidad, puesto que los datos

corresponderían solo a pescadores formalizados.

• La autoridad marítima no reconoce la certificación de

capacitación que otorga CEP PAITA con fines de acreditación

y obtención de la libreta de embarque, títulos motoristas,

patrones, buzos, etc.

• Oficialmente no se conoce que cantidad de embarcaciones

están inscritas en los Registros Públicos, debido a

la modalidad registral que aplican para registrar la propiedad

de las embarcaciones.

• Existe dos formas de reconocimiento de pescador formal:

con “carnet pescador artesanal embarcado” expedida

por DICAPI y con “certificación artesanal” expedida

por DNPA.

• Con respecto al Registro General de Pesquería del Ministerio

de Producción no esta actualizado.

En su momento se organizó el taller de trabajo y presentación

del Plan Nacional para el desarrollo de la pesca

artesanal en septiembre de 2002. El 5 de febrero de

2004 se aprobó el documento final del plan, el cual fue

aprobado con la RM 248-2004-PRODUCE

Fuente

https://es.calameo.com/read/000453377aad352d4cb74

Como se podrá observar, si se lee el documento, han

transcurrido 16 años y los problemas identificados siguen

vigentes, son los mismos. Las acciones diseñadas en el

plan para resolverlos, o fracasaron o no se ejecutaron

por la excesiva rotación de funcionarios, la falta de continuidad

en las administraciones de pesquería, la ausencia

de políticas de largo plazo, la inexistencia de voluntad

política o la ignorancia.

El daño que la improvisación de cada gobierno le ha hecho

a la pesquería artesanal por la ausencia de una

agenda pesquera coherente, es incalculable. La politiquería

barata, los intereses personales y la ambición de

un puñado de personas, ha utilizado el poder para su

propio beneficio o para nada.

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EL LARGO CAMINO HACIA LA FORMALIZACION

Entendidas las diferencias entre armadores, patrones y

tripulantes y, conocida la problemática que tiene más de

una década sin poder resolverse, cabe distinguir, en

cuanto al término formalización, las diferencias entre tener

un permiso de pesca y ser “formal”.

“En el lenguaje económico se conoce como formalización

(laboral o empresarial) la transición de un trabajador o

de una empresa de la economía informal a la formal. Las

políticas que pretenden conseguir o acelerar esta transición

se denominan "políticas de formalización". La formalización

de una empresa requiere que se inscriba en

el correspondiente registro y se ponga a cumplir sus obligaciones

fiscales y laborales. La formalización de un trabajador

requiere, a su vez, que se inscriba (normalmente

en un registro diferente; según los países y sectores esta

inscripción puede realizarse por el propio trabajador, o

bien por su empresario) y se ponga a cotizar al sistema

de seguridad social”

Fuente:

https://es.wikipedia.org/wiki/Formalizaci%C3%B3n

“¿Qué significa formalizar una empresa?

La formalización es el proceso que llevan a cabo las empresas

para incorporarse a la economía formal.

Presenta diversas dimensiones:

• Registro y concesión de licencias por parte de

las autoridades nacionales, provinciales y municipales;

• Acceso a la seguridad social para el propietario

de la empresa y sus empleados;

• Cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente,

entre otras cosas en materia de impuestos, cotizaciones

a la seguridad social y legislación laboral.

La formalización es un proceso gradual. Un empresario

podrá, por ejemplo, contar con una licencia municipal de

funcionamiento para llevar a cabo sus actividades desde

su ubicación sin haberse registrado en la agencia tributaria,

la oficina de empleo y la seguridad social.

¿Por qué promueve la OIT la formalización de las empresas?

El objetivo último de las iniciativas de formalización empresarial

es crear más y mejores empleos, reducir la pobreza

y abordar la marginalización de quienes son especialmente

vulnerables a los déficits más graves en materia

de trabajo decente en la economía informal, incluyendo,

aunque no únicamente, a las mujeres, los jóvenes,

los migrantes, las personas mayores, los pueblos indígenas

y tribales, las personas que viven con el VIH o que

están afectadas por el VIH o el sida y las personas con

discapacidad.

Para los gobiernos y la sociedad, la formalización de las

microempresas y las pequeñas y medianas empresas

guarda una estrecha correlación con un entorno empresarial

propicio, el crecimiento económico y la mejora de

las condiciones de trabajo. También permite incrementar

los ingresos fiscales que, a su vez, son necesarios para

proporcionar bienes y servicios públicos. Las empresas

formales se benefician de los procesos de formalización,

porque con ellos se reduce la competencia desleal que

representan las empresas informales. Las empresas formalizadas

tienen acceso a financiación, servicios y tecnologías

de desarrollo empresarial, y se exponen en menor

medida a sanciones gubernamentales.

También pueden participar en licitaciones públicas o actuar

en calidad de proveedoras o minoristas de empresas

más grandes.

La formalización empresarial es parte de un enfoque

multidimensional y equilibrado, tal como se indica en la

Recomendación núm. 204 de la OIT, sobre la transición

de la economía informal a la economía formal. También

es fundamental para la formalización del empleo en esas

empresas. Como tal, contribuye a los Objetivos de Desarrollo

Sostenible (en concreto, a la meta 8.3, que versa

sobre la creación de empleo decente y formalización y

crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas

empresas)”.

Fuente:

https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_emp/--

- em p_e nt / -- -i fp_ se ed/ doc um en ts/ pu bli cat ion/

wcms_549523.pdf

Dentro de este criterio, los intentos que PRODUCE viene

haciendo hace años, no califican exactamente como formalización

puesto que se orientan únicamente a que la

embarcación obtenga su permiso de pesca.

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¿UN ARMADOR PESQUERO ES UN EMPRESARIO?

“Una empresa es una unidad económico-social,

integrada por elementos humanos, materiales y

técnicos, que tiene el objetivo de obtener utilidades

a través de su participación en el mercado de

bienes y servicios. Para esto, hace uso de los factores

productivos (trabajo, tierra y capital).

Las empresas puedan clasificarse según la actividad

económica que desarrollan. Así, nos encontramos

con empresas del sector primario (que

obtienen los recursos a partir de la naturaleza,

como las agrícolas, pesqueras o ganaderas), del

sector secundario (dedicadas a la transformación

de bienes, como las industriales y de la construcción)

y del sector terciario (empresas que se dedican

a la oferta de servicios o al comercio).

Otra clasificación valida para las empresas es de

acuerdo a su constitución jurídica. Existen empresas

individuales (que pertenecen a una sola persona)

y societarias (conformadas por varias personas).

En este último grupo, las sociedades a su

vez pueden ser anónimas, de responsabilidad limitada

y de economía social (cooperativas), entre

otras”.

Fuente: https://definicion.de/empresa/

La primera es una embarcación anchovetera

de mayor escala que puede

ser formal; pero también puede

ser informal.

La segunda es una embarcación

anchovetera de menor escala, que

por lo general es informal.

Ambas tienen como especie objetivo

la anchoveta.

Solo las primeras son mayormente

formales y pertenecen a empresas

constituidas debidamente que tributan

y contratan debidamente s sus

tripulantes.

¿Cómo es que durante tantos años

se viene aceptando la existencia de

dos tipos de embarcaciones que

pescan la misma especie pero que

son administrativa y tributariamente

tan distintas?

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LAS CIFRAS

Solo existen dos fuentes oficiales que muestran estadísticas

del sector pesquero artesanal: la ENEPA III realizada

en 2015 y el Censo de Pescadores Artesanales realizado

en 2012. Ambos documentos ya tienen un desfase al

2020.

Cada año se incrementan embarcaciones y pescadores

sin ningún control, proliferando la construcción ilegal de

embarcaciones.

Sin embargo, de alguna manera muestran el universo de

pescadores y embarcaciones que deberían ser formalizados,

cuya cantidad supone un reto considerable para la

autoridad de pesquería y debería ser asumido con mayor

diligencia e integralidad, yendo más allá del permiso de

pesca solamente.

LAS ENCUESTAS ESTRUCTURALES

DE LA PESCA ARTESANAL

El Instituto del Mar del Perú realizó dos encuestas estructurales de la pesca artesanal en el litoral peruano. La ENE-

PA I se llevó a cabo durante los meses de noviembre de 1995 a abril de 1996, en 109 puntos de desembarque, obteniendo

también información sobre artes de pesca, niveles socioeconómicos y culturales, además de la problemática

de la actividad pesquera en nuestro país. Y la ENEPA II, realizada entre setiembre de 2004 y agosto de 2005,

analizó un total de 122 puntos de desembarque y permitió medir los cambios de las variables de la encuesta anterior,

particularmente en lo que hace al número y clasificación de pescadores y embarcaciones.

El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) realizó la Tercera Encuesta Estructural de la Pesquería Artesanal en el Litoral

Peruano (Enepa III 2015), cuya finalidad fue facilitar al sector pesquero y, en general a cualquier persona o entidad

interesada o relacionada con el sector, un conocimiento actualizado de la pesca artesanal, así como de los principales

cambios suscitados, después de la Segunda Encuesta Estructural de la Pesquería Artesanal en el Litoral Peruano

(Enepa II 2004-05) con el propósito de promover e implementar programas integrales para el desarrollo y el mejor

manejo de esta pesquería. Es preciso mencionar que la metodología empleada en la recolección de los datos en la

Enepa III es diferente al I Cenpar 2012, por tratarse la primera de una encuesta y la segunda de un censo.

Pescador artesanal embarcado

La población total de pescadores artesanales en el litoral peruano se estimó en 67.427 pescadores. La evolución de

la población de pescadores artesanales de los últimos 20 años, es presentada en la Tabla 1.

Revista Pesca Suplemento mayo 2020 9


Armador artesanal

El armador artesanal es el propietario de una o más embarcaciones pesqueras artesanales y tiene como actividad

principal la pesca artesanal para consumo humano directo, pudiendo participar o no de las faenas de pesca.

Se ha encuestado un total de 3.835 armadores pesqueros artesanales en las regiones del litoral, el 93% está conformado

por hombres (Tabla 52).

Flota pesquera artesanal

Los resultados de la Enepa III señalan que existen 17.920 embarcaciones pesqueras artesanales en el litoral peruano,

siendo notable el incremento entre las dos últimas Enepa, pasando de 9.667 a 17.920 embarcaciones, lo que

significa 8.253 embarcaciones más en el lapso de diez años (Tabla 64, Fig. 4). El crecimiento entre los años 2012 y

2015 fue de 2.206 embarcaciones (14%), lo que demuestra que a pesar que la ley lo prohíbe, aún siguen construyéndose

embarcaciones artesanales.

Revista Pesca Suplemento mayo 2020 10


Fuente

Instituto del Mar del Perú

INFORME

ISSN 0378-7702

Volumen 45, Número 3, Julio - Setiembre 2018

[Inf Inst Mar Perú 45(3)]

Tercera encuesta estructural de la pesquería artesanal en el litoral peruano. Resultados generales

Revista Pesca Suplemento mayo 2020 11


CENPAR 2012

El Ministerio de la Producción, a través del Viceministerio de Pesquería, conjuntamente con el Instituto Nacional de

Estadística e Informática, ejecutaron el I Censo Nacional de la Pesca Artesanal del Ámbito Marítimo 2012, dirigido a

pescadores, armadores y embarcaciones pesqueras artesanales. Paralelamente, se captó información sobre los desembarcaderos

pesqueros artesanales y otros puntos de desembarque; lo mismo que de astilleros y carpinterías navales

artesanales.

INFORMACIÓN DEL ARMADOR ARTESANAL Y SUS EMBARCACIONES

El I Censo Nacional de la Pesca Artesanal del Ámbito Marítimo 2012, registró información de 12 398 armadores artesanales;

Estado y Documentación de las Embarcaciones

Los resultados del censo con respecto al estado de la embarcación pesquera artesanal declarada por el armador, nos

muestra que 15 579 embarcaciones pesqueras artesanales empadronadas están operativas, lo que representa el

96,0%, 388 embarcaciones están inoperativas temporalmente (2,4%), 244 están en construcción o reconstrucción

(1,5%) y 20 embarcaciones se encuentran en estado de abandono (0,1%).

Asimismo, la información registrada sobre la tenencia de documentación de las embarcaciones pesqueras artesanales,

muestra que 10 587 embarcaciones tienen licencia de construcción (65,2%) y 8 994 (55,4%) cuentan con planos

de construcción.

Embarcación por número de Propietarios

Los resultados muestran que de las 16 045 embarcaciones registradas, 13 620 tienen un solo propietario, esto representa

el 84,9%; le sigue las embarcaciones que tienen dos propietarios, estas suman 1 970 (12,3%); 197 (1,2%)

tienen tres propietarios y aquellas embarcaciones que tienen de cuatro a más propietarios representan el 0,8%.

Del total de las embarcaciones declaradas por los armadores artesanales, 9.760 son botes, esto representa el 60,8%,

3 344 (20,8%) son lanchas, las chalanas suman 2 312 (14,4%), los zapatos suman 169 (1,1%) y las balsillas participan

con 27 (0,2%) embarcaciones.

Tenencia del Certificado de Matrícula

Los resultados de las 16 045 embarcaciones pesqueras artesanales empadronadas, muestran que 13 459 (83,9%)

embarcaciones tienen certificado de matricula.

Permiso de Pesca Vigente

De las 16 045 embarcaciones registradas en el censo pesquero, 9 566 no tienen permiso de pesca vigente, esto representa

el 59,6%, mientras que 6.333 (39,5%) si tienen el documento.

Del Pescador Artesanal

El I Censo Nacional de la Pesca Artesanal del Ámbito Marítimo 2012, registró información de 44 161 pescadores artesanales;

de estos, 42 806 (96,9%) son hombres; mientras que 1 355 (3,1%) son mujeres.

Organización del Pescador Artesanal

La información registrada del censo, indica que de los 44 161 pescadores artesanales, 42 927 (97,2%) declaró tener

la organización jurídica como Persona Natural, 1 061 (2,4%), manifestaron estar como Persona Jurídica.

Condición del Pescador Artesanal

Los resultados del censo indican que del total de pescadores artesanales según su condición como tales, 34 654 indi-

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ca que su condición es de embarcado que representa el 78,5%, los 9 507 (21,5%) pescadores artesanales restantes

manifiestan tener la condición de no embarcados.

Tenencia de Carnet de Pescador

Sobre la tenencia de Carnet de Pescador los resultados del censo indican que de los 22 735 pescadores artesanales

que manifestaron contar con algún documento de acreditación en la actividad pesquera, 18 126 de estos cuentan

con carnet de pescador artesanal el cual representa 79,7%, los 4 609 restantes indican no contar con dicho documento

de acreditación que representa el 20,3%.

Tenencia de Patente de Buzo

El censo indica que de los 22 735 pescadores artesanales que manifestaron tener documentos de acreditación en la

actividad pesquera, 496 pescadores artesanales cuentan con Patente de Buzo que representa el 2,2%, 22 239 manifiestan

no contar con dicho documento de acreditación el cual representa 97,8%.

Pertenencia a Organizaciones Sociales de los Pescadores Artesanales (OSPA)

Del total de pescadores artesanales que respondieron a las preguntas del censo (44 161); 23 987 de ellos declararon

que no pertenecen a una o más Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales (OSPA), esto representa el

54,3%; mientras que, 20 174 (45,7%) pescadores mencionan que si pertenecen.

Interés en Constituirse como Micro y Pequeña Empresa (MYPE)

Según resultados del censo, es importante señalar que, 31 836 pescadores artesanales están interesados

en constituirse como MYPE, lo que representa el 72,1% del total.

Fuente

I Censo Nacional de la Pesca Artesanal del Ámbito Marítimo 2012

Lima, Agosto de 2012

RESULTADOS GENERALES

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LA FORMALIZACION

¿A DONDE VA ?

En este contexto, un armador es un empresario y como

tal debería formalizarse debidamente, no solamente obtener

su permiso de pesca. El permiso no lo convierte en

empresario formal, es insuficiente. Le falta obtener su

RUC, tener contabilidad, facturar sus ventas e incorporar

a sus empleados, que son los pescadores embarcados, a

fin de que puedan acceder a los beneficios de la seguridad

social y sistema de pensiones.

El armador tendría que contratar debidamente a los pescadores,

ponerlos en planilla y declarar mensualmente a

través del PDT. Este solo hecho les daría automáticamente

derecho a ESSALUD y a pensión, sea ONP o AFP,

resolviendo así esta constante y justa reclamación de los

pescadores. Simultáneamente se generaría una base de

datos de pescadores embarcados que hasta ahora no

existe.

Hasta ahora los reclamos por seguridad social se pretenden

solucionar con improvisaciones u ofreciendo las alternativas

de salud que existen en el mercado a través

del MINSA o ESSALUD a fin de que puedan acceder a

estas prestaciones. Pero nada en cuanto a pensiones.

La verdad es que no ha funcionado. Por tanto, la solución

más adecuada es actuar sobre la formalización de

los empleadores, o sea de los armadores.

La venta de pescado fresco está exonerada del IGV, por

tanto la emisión de boleta de venta no va a incrementar

el costo del producto; pero no se emiten boletas porque

los armadores, como son informales, lo venden sin boleta

o factura. Esto no solamente reduce la posibilidad para

el Estado de recaudar impuesto a la renta, si es que al

final del ejercicio la empresa la tuviese, sino que dificulta

y/o impide implementar la trazabilidad de los productos.

El sistema actual no protege ni otorga los derechos sociales

y laborales que les corresponde a los pescadores,

como a cualquier otro trabajador formal.

La pesca artesanal no tributa; pero demanda mejores

servicios por parte del Estado y más y mejores desembarcaderos.

No son los pescadores los llamados a tributar,

sino los armadores. Los pescadores embarcados solo

son empleados.

El otro problema que nadie está enfrentando con eficacia,

es la atención de salud y seguridad social de los pescadores

no embarcados, que es una situación muy diferente

a la de los pescadores embarcados.

Sin embargo, el MEF sí dispone de recursos, tiempo y

funcionarios para atacar a la industria peruana del atún.

A pesar de que en junio de 2018 se promulgó la Ley

30788, que declara de interés nacional el incentivo al

desarrollo de la industria atunera en el país, la Intendencia

de Aduana de Paita, en 2019, pretende desconocer

las Declaraciones Aduaneras de Mercancías referidas a

las compras de atún a naves extranjeras por parte de

industrias peruanas, y aplicable desde el 2016. Lo que

significa que se pretendería cobrar el impuesto a la renta

desde dicho año. Ahora considera que la pesca de barcos

extranjeros debe asumirse como producto peruano y pagar

30% del valor de cada embarque. Con esta medida

se pone en riesgo todos los acuerdos comerciales firmados

por el Perú, en los que nuestro país se obliga a reconocer

la pesca del mismo origen del pabellón enarbolado

por la nave. Se puede dejar a miles de familias sin sustento,

obligar al cierre de plantas e impedir generar millones

de dólares en exportaciones.

Con esa actitud, resulta cuestionable que el MEF y la

SUNAT no actúen sobre la formalización de las embarca-

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ciones ni sobre los pescadores no embarcados y dejen

solo al PRODUCE para que formalice, a medias, a las embarcaciones.

La informalidad va a causar problemas a la flota en el

contexto de las capturas de pota en el ámbito de la

OROP del Pacífico Sur.

b) Administrar, supervisar y fiscalizar la gestión de actividades

y servicios pesqueros bajo su jurisdicción.

Pero no es específica ni clara en cuanto al tipo de pescador,

es decir si es artesanal o industrial, embarcado o no

embarcado. Tampoco en cuanto al tipo de embarcación,

si es artesanal, de menor o de mayor escala.

PRODUCE necesita una agenda que:

Oriente hacia la real formalización administrativa,

tributaria y laboral de la flota en beneficio del tripulante

pescador que sufre la ausencia de seguridad

social.

En términos prácticos ¿dónde terminan las funciones de

PRODUCE y dónde empiezan las de los Gobierno Regionales

en el marco de la formalización real del día de hoy?

Jurídicamente hablando las competencias están definidas

y transferidas, pero en forma difusa y vaga ¿quién es en

la realidad el obligado a formalizar?

Defina y/o aclare las competencias y procedimientos

para la formalización de los pescadores no embarcados,

que es una cosa totalmente distinta de la

formalización de embarcaciones.

Perfeccione y/o actualice las competencias de los

Gobiernos Regionales y las suyas en el marco de la

flota artesanal y de menor escala, así como las definiciones

de embarcación artesanal y de menor

escala.

El tripulante, o pescador embarcado, es finalmente un

empleado cuya situación se resuelve cuando se formaliza

debidamente el armador; pero el pescador no embarcado

es otra realidad.

Las embarcaciones artesanales y las de menor escala

están en una zona gris, que debe ser claramente definida

en cuanto a las competencias de la autoridad para

ejercer el control sobre ellas.

Dentro de las funciones transferidas y/o por transferirse

a los Gobiernos Regionales, de acuerdo a la Ley 27867

Ley orgánica de gobiernos regionales, artículo 52°: Funciones

en materia pesquera, están:

a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar

y administrar los planes y políticas en materia pesquera y

producción acuícola de la región.

Debe mencionarse que, según resultados del censo de

2012, 31,836 pescadores artesanales estaban interesados

en constituirse como MYPE, lo que representa el

72,1% del total. ¿Por qué PRODUCE a través del Despacho

Viceministerial de MYPE e Industria no ha invertido

mayor esfuerzo en este paso de la formalización?

El MEF no ha hecho absolutamente nada en cuanto a la

formalización. Cuando el asunto es simple: la seguridad

social y pensiones dependen de que los beneficiarios estén

en una planilla. ¿y cómo se genera una planilla?

cuando se les contrata debidamente.

El Ministerio de Trabajo no dice ni hace nada tampoco.

Salvo por la cuestionada Ley 30003 que legisla en cuanto

a seguridad social y pensiones de los tripulantes pesqueros

de mayor escala, o industriales, no ha hecho nada

por los tripulantes o pescadores artesanales y de menor

escala.

La DICAPI ¿cuál es su papel en el control de la formalización?

Debería agilizar los procesos para el otorgamiento de

certificados de matrícula, incrementar el control sobre las

embarcaciones que zarpan impidiendo que lo hagan las

informales y detener los zarpes de embarcaciones construidas

ilegalmente.

Revista Pesca Suplemento mayo 2020 17


¿A dónde va PRODUCE?

Debería replantear todos sus esfuerzos por otorgar permisos

de pesca, agregando acciones que faciliten la

creación de pequeñas y micro empresas de armadores

artesanales y de pequeña escala y articular debidamente

con el MEF, el Ministerio de Trabajo, los Gobiernos Regionales

y la DICAPI el resto de acciones que puedan,

coordinada y coherentemente, alcanzar el objetivo de

una formalización integral y no solamente parcial.

¿A dónde van los Gobiernos Regionales?

Y lo más importante ¿a dónde va Palacio de Gobierno en

materia pesquera? Es de allí de donde deberían salir las

directivas para un trabajo integrado entre los sectores

responsables que conduzcan a la verdadera formalización

de la pesca.

La formalización no será posible, en tanto no haya una

voluntad política clara por ordenar la actividad pesquera

dentro de un marco establecido por una política con visión

de largo plazo. Si no se despoja de politiquería a la

administración de la pesca peruana, seguiremos hablando

de los mismos problemas gobierno tras gobierno.

Se requiere un enfoque multisectorial, liderado por Palacio

de Gobierno o por la PCM y que fije objetivos claros y

un cronograma que se cumpla y respete pese a los cambios

políticos que lamentablemente se dan en forma

constante y a veces no para mejor.

Marcos Kisner Bueno

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