EVIDENCIA 1-CONTRATOS INTERNACIONALES
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Aquí se encuentran cláusulas de conocimiento y aplicación universal, institucionalizadas
como producto del uso repetido, por los operadores internacionales en la práctica habitual.
Las declaraciones que más se destacan de estos usos y prácticas habituales son:
Incoterms:
Terminología utilizada para regular una compraventa internacional.
Reglas de uso uniformes:
Referidas a las reglas uniformes más utilizadas de la cámara de comercio internacional
Estatutos referidos a créditos:
Estatutos que se establecen referidos a la manera de abordar los créditos documentarios
Garantías contractuales:
Vinculado con las garantías de las negociaciones
Cobro de documentos comerciales:
Acuerdos establecidos para el cobro de la documentación comercial.
La Cámara de Comercio Internacional es la encargada de compilar y divulgar estos usos y
prácticas comunes habituales a fin de evaluar su aplicación internacional.
3- Condiciones generales de contratación y contratos
Estas condiciones son aquellas que aún estando redactadas con el fin de pasar a formar
parte de un contrato, se pueden incorporar a solicitud o imposición de alguna de las partes
contratantes.
Algunos grupos de empresas o asociaciones han desarrollado condiciones con la intención
de disciplinar sus contratos. Por ejemplo, la Comisión para la Europa de las Naciones
Unidas publicó las condiciones ECE más significativas:
En el sector de la maquinaria y otros equipos mecánicos y eléctricos:
• Condiciones generales para el suministro de plantas y maquinaria para la exportación
(ECE 188 y 574)
• Condiciones generales para el suministro y montaje de plantas y maquinaria para la
importación y exportación (ECE 188 y 574A)
• Cláusulas adicionales para la supervisión y montaje de plantas y maquinaria en el
exterior (ECE 188 y 574B)
• Condiciones generales para el montaje de plantas y maquinaria en el exterior (ECE
188D y 574D)
En el sector de bienes de consumo duradero:
• Condiciones generales de venta para la importación y exportación de bienes de consumo
duradero y otros productos de las industrias mecánicas (ECE 730)
En el sector de la madera: