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HISTORIAS DE QUERÉTARO
SIGLOS XVI-XIX
José Martín Hurtado Galves
Directorio
MVZ. Francisco Domínguez Servién, Gobernador Constitucional del
Estado de Querétaro
Lic. José Alfredo Botello Montes, Secretario de Educación
Lic. René Rentería Contreras, Director de Educación
Lic. Jesús Hernández Briseño, Director de la Escuela Normal Superior
de Querétaro
Todos los derechos reservados. Cualquier forma de reproducción, distribución,
comunicación pública o transformación de esta obra sólo puede ser realizada con la
autorización expresa de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley.
D.R. © 2018 Escuela Normal Superior de Querétaro (por la presente
edición)
D.R. © 2018 José Martín Hurtado Galves
Colón 14, Centro Histórico, C.P. 76000
TEL: 2144941
Querétaro, Qro.
Primera edición: Octubre 2018
Impreso en México
Printed in Mexico
A Conchita,
la mitad de mi historia
ÍNDICE
Presentación -------------------------------------------------------------------------- 7
Sobre la fundación de Querétaro ------------------------------------------------ 9
Sobre los trajes profanos, afeites, escotados, y culpables ornatos.
Querétaro, 1691 -------------------------------------------------------------------- 13
Sermón sobre la muerte. el caso del Fraile Franciscano Andrés Leonardo.
Querétaro, 1717 -------------------------------------------------------------------- 20
Milicias Cívicas, celadores de policía, y cuarteles numerados en
Querétaro (1824-1838) ----------------------------------------------------------- 27
Epidemia de Viruela en Querétaro, 1839-1840 ----------------------------- 37
Sobre la ejecución del Cucho Montes, Querétaro 1840 ------------------- 51
Los guarda serenos en Querétaro en 1849 ---------------------------------- 61
Problemas de guarda cuarteles y ayudantes de manzana en Querétaro,
1848-1849 --------------------------------------------------------------------------- 69
Sobre la fecha de nacimiento de Ezequiel Montes ------------------------- 87
Leonarda Martínez, La Carambada -------------------------------------------- 93
La Aprehensión de Chucho el Roto en Querétaro ------------------------- 103
PRESENTACIÓN
La investigación es parte fundamental de cualquier institución de
educación superior (IES). De ahí que la Escuela Normal Superior de
Querétaro (ENSQ) ponga tanto empeño en fomentarla y darla a conocer.
Con tal motivo la Dirección de la ENSQ lanzó una convocatoria, en
el 2018. La respuesta fue favorable por parte de varios de nuestros
académicos. La convocatoria invitaba a publicar investigaciones (avances
y productos) y textos de carácter literario.
Este libro es resultado de dicha convocatoria, en el ámbito de la
investigación. Ahora bien, al igual que los demás libros en este rubro,
su valor es doble: por un lado da a conocer los resultados de las
investigaciones de nuestros académicos (en este caso las que ha realizado
el Dr. José Martín Hurtado Galves, en el campo de la historia); por otro
lado, muestra que los docentes deben ser ejemplo de lo que solicitan
a sus estudiantes: que realicen investigaciones. Con ello buscamos que
nuestros docentes sean académicos reconocidos; es decir que no se
conformen solamente con ser docentes (dar clases), sino que, como
parte de su ejercicio profesional, lleven a cabo investigaciones que sean
ejemplo para sus propios estudiantes normalistas.
Lo anterior cobra mayor importancia si se toma en cuenta que sólo once
profesores-investigadores de la ENSQ, tienen plaza, y los demás son
de tiempo libre. Además hay que considerar que la ENSQ tiene apenas
treinta y cinco años de existencia y sus recursos no son suficientes.
Sin embargo, ello no es obstáculo para ejercer con profesionalismo
nuestro quehacer docente y académico. Nos mueve y fortalece el firme
compromiso que tenemos con la educación en Querétaro y en el país.
Con base en lo anterior, cabe mencionar que los docentes que atienden
a estas convocatorias muestran no sólo sus investigaciones y producción
literaria, sino también su compromiso con la institución y la educación
7
en general. Al respecto, cabe mencionar que el autor de este libro, el
Dr. Hurtado Galves ha ingresado recientemente al Sistema Nacional de
Investigadores (SNI).
Atrás quedaron los años en que se creía que en las Escuelas Normales
no se hace investigación. A partir de que se les ha reconocido como
IES, su labor se ha ampliado. Ahora tienen tres tareas sustantivas:
docencia, investigación y divulgación. Por eso, entre los objetivos
que se enmarcaron en la convocatoria destacan: 1) dar a conocer las
investigaciones que realizan los docentes de la ENSQ; y 2) coadyuvar a
la investigación que realizan las IES en el Estado de Querétaro.
No quiero terminar esta presentación sin mencionar que debido a que
todos estos libros fueron escritos por docentes de nivel superior, no se
llevó a cabo corrección gramatical ni de estilo. Cada libro es publicado
tal y como lo ha entregado su autor.
La ENSQ está comprometida en coadyuvar en la producción de
conocimiento, así como en el fomento a la lectura. Al respecto es
importante mencionar que ambas cosas las hacemos profesionalmente
con gusto y convicción.
Lic. Jesús Hernández Briseño
Director de la ENSQ
8
SOBRE LA FUNDACIÓN DE QUERÉTARO
Las leyendas sobre la fundación de las ciudades tienen mucho que ver
con sus tradiciones e identidad local. A partir de la idea de cómo fue el
inicio de la ciudad se tejen muchas creencias, las cuales dan sentido a
fiestas y tradiciones populares. En Querétaro la leyenda de su fundación
está representada en su escudo oficial, y en la versión que corre entre
los queretanos. Se dice que en 1531 se fraguó una batalla entre
chichimecas, otomíes y españoles en el cerro Sangremal, apareciéndose
en medio de dicha batalla una cruz y santo Santiago, quien blandiendo
su espada montaba un caballo blanco. Pero ¿qué tanto de verdad tiene
esta leyenda?, ¿qué dice el relato más antiguo?, ¿qué resultados han
arrojado las recientes investigaciones al respecto?.
La fuente más antigua que relata la fundación de Querétaro es la Relación
geográfica de Querétaro por el escribano público de la provincia de
Jilotepec Francisco Ramos de Cárdenas, en 1582 (publicada en la
colección de documentos para la historia de San Luis Potosí. Archivo
Histórico del estado, 1985).
En este texto el autor afirma que Querétaro fue poblado por un indio
otomí llamado Conin, el cual convocó a siete hermanos y hermanas, así
como a otros deudos y amigos que en total eran treinta con sus mujeres
e hijos para que se asentaran en una cañada. A ese lugar llegó Hernán
Pérez de Bocanegra, encomendero del pueblo de Acámbaro, provincia
de Michoacán. Con él venían indios de aquél lugar los cuales llamaron
a estas tierras “querenda”, que en su lengua tarasca significa peña.
Posteriormente le añadieron “ro” para quedar como “querendaro”, que
significa pueblo de peñas. Los españoles –dice Ramos de Cárdenas–
corrompieron el vocablo al llamarlo querétaro. Después el indio Conin
fue bautizado como Hernando de Tapia.
“El Hernán Pérez de Bocanegra y su criado llamado Juan Sánchez de
Alaniz, que después fue sacerdote, […] y el don Fernando de Tapia
[aquí le llama Fernando en vez de Hernando] de la dicha cañada,
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para poblarse acordaron que pues había gente en abundancia y
de cada día acudía más a la nueva fertilidad de la dicha tierra de
fundar un muy buen pueblo y así le fundaron”.
Como podemos observar, en ningún momento se menciona que la
fundación de Querétaro haya sido por medio de una batalla, antes bien
se dice que el poblamiento del lugar se dio de manera pacífica.
Siglos después la versión cambiaría. En 1746 fray Isidro Félix de Espinosa,
predicador y misionero apostólico, escribió sobre la fundación de
Querétaro en su Crónica apostólica y seráfica de todos los colegios de
propaganda fide de esta Nueva España (publicado por el Gobierno del
estado de Querétaro en 1997). Este autor dice que Fernando de Tapia
se valió de uno de los caciques para solicitarles a los que se habían
refugiado entre las malezas y los breñales así como a los “bárbaros
chichimecas” que poblaban los “contornos montuosos del sitio” que
aceptaran la paz que les proponía. La respuesta de aquellos fue que
“no disintiendo de aceptar las paces que les proponía deseaban
se hiciese un alarde de esforzada valentía, batallando de una y otra
parte, cuerpo a cuerpo, sin más armas que sus naturales esfuerzos,
midiendo los brazos en una lucha, que no podía dejar de retener sus
visos de sangrienta”. Ante tal petición y consultando con sus “cabos
subalternos”, y sabiendo que el número fijo de combatientes “que no
pudo ser tan crecido como escribió alguno”, pusieron otros tantos en
campaña para el día remplazado del conflicto.
Poco después, al salir el sol, se enfrentaron ambos grupos, los cuales
“fueron puestos en fila con orden numérico”. Se trabó de una y otra
parte una lucha reñida, “peleando sin armas, a brazo partido, y sin dejar
de herirse a puño cerrado, cuerpo a cuerpo. Resonaban entre tanto las
cajas y clarines, y disparaban los que quedaron a la vista a carga cerrada
los fusiles a lo alto, pues sin armas se había pactado el conflicto”.
En el siguiente capítulo, Félix de Espinosa refiere la aparición de la
cruz. “Quiso el cielo prevenir el trono de esta cruz milagrosa, cuando
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en medio de la densa oscuridad que observaron, no sólo los que venían
de conquistadores, sino los mismos gentiles [indios] al tiempo de la
refriega, vieron todos una claridad tan activa que les robó las atenciones,
y en el centro una cruz refulgente, como de cuatro varas, entre blanca y
roja, suspensa en el aire, y a su lado una imagen que les representaba
al patrón de las Españas señor Santiago, casi perpendicularmente sobre
el centro donde se colocó después la cruz de piedra. Con este prodigio
cesó por fin la refriega, y causó en todos aquellos reverente admiración,
que haciéndolos verter muchas lágrimas produjo los deseados efectos
de pacificarse los gentiles y admitir gustosos la luz del santo evangelio”.
Como podemos observar la lucha no fue real, sólo se simuló una batalla.
Félix de Espinosa refiere la fecha y aparición de la cruz de la siguiente
manera. “Sucedió esto a veinticinco de julio de mil quinientos treinta
y uno, día del apóstol Santiago, y se tomó posesión de este sitio en
nombre de la majestad católica. Pidieron los gentiles [indios] por señal
de las paces que pactaban, les plantasen una cruz en este cerrillo en
que se habían de congregar, y el día veintiséis, que solemniza la Iglesia
a la Señora Santa Ana, se colocó una cruz de madera”. Posteriormente,
a petición de los indios esta cruz fue reemplazada por una de cantera.
Una pregunta que nos hacíamos al inicio de este artículo es ¿qué
resultados han arrojado las recientes investigaciones al respecto? Pues
bien, el acucioso historiador David Wright afirma en su libro Querétaro
en el siglo XVI. Fuentes documentales primarias (publicado por el
gobierno de Querétaro en 1989), que “hacia 1540, aproximadamente,
llegó al asentamiento otomí de Andamaxei el encomendero de
Acámbaro, Hernán Pérez de Bocanegra […] Pérez de Bocanegra fue por
un fraile franciscano de la provincia de Michoacán, éste bautizó a Conni,
dándole el nombre cristiano de Hernando de Tapia […] Poco después
del bautizo de Hernando de Tapia, se fundó el pueblo en el valle”.
Como podemos ver, la fecha no corresponde a la que comúnmente
se dice en la tradición. El mismo historiador nos dice que “la fecha
más probable para la fundación de Querétaro es hacia 1540”. Además
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dice que “desde hace más de dos siglos se ha fijado la fecha de la
fundación de Querétaro en 1531, confundiendo la mitológica batalla sin
armas inventada en la Relación de Nicolás de San Luis con el verdadero
poblamiento del lugar por Conni”. Dice que esta fecha errónea fue
propuesta por fary Isidro Félix de Espinosa.
Por su parte la historiadora Lourdes Somohano Martínez en su libro La
versión histórica de la conquista y la organización política del pueblo
de indios de Querétaro (publicado por el Tecnológico de Monterrey
en 2003), afirma que en 1531 Nuño de Guzmán, después de haber
concluido la conquista de Nueva Galicia, envió a varios capitanes hacia
distintos lugares para ampliar y consolidar sus nuevas adquisiciones.
Uno de ellos era el capitán Maximiliano de Angulo, quien llevaba la
orden de tomar las estancias por donde pasara “y pusiese cruces en
ellas tomando la posesión por la dicha villa”. En el camino se encontró
con indios que le hicieron guerra en lo que hoy es Querétaro. Los
conquistadores les anunciaron a los indios principales que esas tierras
ahora pertenecían a Nuño de Guzmán. Uno de los indios, Nanacach,
“principal otomí radicado en Querétaro desde 1528”, ofreció toda su
ayuda a los españoles. Hubo un encuentro bélico, pero Nanacach no
participó en la batalla, antes bien, huyó y posteriormente los españoles
tomaron el pueblo de Tlachco en nombre de Nuño de Guzmán.
Respecto a la cruz, Lourdes Somohano afirma que “el solar donde se
colocó la cruz, sobre el cerro Sangremal, pertenecía a la casa de uno
de los principales otomíes, Nanaccach, o Conni”. Esta cruz era usada –
según investigaciones de la historiadora– “además de un signo visible de
pertenencia, significó un límite, una mojonera para dividir los términos
entre la Nueva Galicia y la Nueva España”.
Como podemos ver, Conin, Conni, Nanacach, Hernando o Fernando
de Tapia fue el iniciador del poblamiento de Queréndaro, Tlachco,
Andamaxei o Querétaro. La fecha –entre otras cosas– está en discusión.
La leyenda que corre de boca en boca, y de generación en generación,
es sin lugar a dudas una forma más de mantener la creencia en un suceso
histórico por demás fantástico.
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SOBRE LOS TRAJES PROFANOS, AFEITES, ESCOTADOS, Y
CULPABLES ORNATOS. QUERÉTARO, 1691
Voces del dolor, nacidas de la multitud de pecados que se cometen por
los trajes profanos, afeites, escotados y culpables ornatos, que en estos
miserables tiempos y en los anteriores ha introducido el infernal Dragón
para destruir y acabar con las almas, que con su preciosísima sangre
redimió nuestro amantísimo Jesús. Así se llama el texto que escribió
el fraile Antonio de Ezcaray, predicador de su Majestad, y Apostólico
del Colegio, y Misión de Propaganda Fide de las Indias Occidentales,
de la ciudad de Santiago de Querétaro, publicado en 1691. Este texto
sirvió de sermón para orientar a los católicos queretanos del siglo XVII.
Como decía su mimo autor, refiriéndose a sus feligreses. “Tenemos
los religiosos de la Cruz muchos títulos para mirar vuestras almas, os
debemos mucho, nos dais de comer, os quitáis el bocado de la boca
para que no nos falte, y aun la capa para que nos vistamos. Y como
no podemos pagar tantos beneficios, sino cuidando de nuestras almas,
incesantemente estamos a la vista, porque esta común bestia, e infernal
Dragón no os despedace”.
La base con la que fray Antonio de Ezcaray sustenta su texto es que
“cuando es pública la culpa, pública debe ser la reprehensión”. Además,
el fraile Alonso Guerrero de Zúñiga, Lector Jubilado, Cronista, Exvice-
Comisario General, y Padre más antiguo de la Provincia de Michoacán
dice sobre la obra de Ezcaray que se debía a su tanto celo y “a favor de
las almas, se quite lo profano de galas y vestidos que usan las mujeres
en sus trajes, con peligro constante de su vida, y nota escandalosa de
su honor”.
Pero, ¿a qué tipo de ropa se refiere?, ¿por qué corrían peligro sus almas
y daba nota escandalosa en su honor? Veamos, Ezcaray afirma que las
mujeres tienen “permitido el adorno decente”, pero advierte que “es
en exceso, tan demasiado en los hombres, que no pueden las mujeres
adornarse si no es tocando en el extremo”.
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Por ello el autor afirma tener dos motivos para escribir el libro: primero,
honrar a Dios, hacer bien al prójimo, a su conciencia, y vengarse del
Dragón que por tantos caminos lo perseguía; segundo, que supieran
que lo que predicaba, hablaba, aconsejaba y reprendía no era por
cuestiones voluntariosas, sino “fundadas razonablemente en las
Sagradas Escrituras, así como en los Concilios, los Santos Padres, los
autores timoratos, las Revelaciones, las historias verídicas, las vidas de
los santos ejemplos y otros graves fundamentos”. Al parecer estaba
bien armado para fundamentar sus razonamientos.
Fray Antonio de Ezcaray no sólo predicaba en contra de mantos y
puntas, sino en contra de todo lo que era considerado culpable de
ornato. Decía que en Querétaro algunas señoras le habían dicho que
predicara en contra de los mantos, pues además de ser muy caros (el
corte valía 25 pesos), le decían que “las puntas son un infierno porque
enseñamos ya el pecho, ya las espaldas, se ve la cabeza, el chiqueador
(nido del demonio), las rosas, cintas, rizos, y todo lo demás profano que
traemos; y con el manto de gloria van más denudas que si no llevaran
manto”. También le hacían saber que las principales mujeres que se
resistían a despojarse de sus mantos eran las de edad avanzada, ya que
con las puntas disimulaban los años, y “las viejas llenas de hoyos parecen
niñas, y les sirven las puntas para hacer señas y chiqueos, enseñando los
dedos y las manos, y más si son blancas”.
Dice que si las universidades de Salamanca y Alcalá prohíben las pinturas
deshonestas, con más razón debe prohibirse los “culpables ornatos que
provocan la lujuria”. Otro elemento que toma para sustentar su censura
se basa en Antonio de Nebrija quien afirma que la palabra profanidad
se deriva del verbo profano, profanas [sic] que significa ensuciar la cosa
sagrada. Así, dice entender a la palabra en tanto su sentido remite a lo
impío y lo malo, relacionándolo con los vestidos de las mujeres porque
“por medio de ellos es que las mujeres se oponen a la voluntad de
Dios”. Aclara que el vocabulario eclesiástico dice que esta palabra no
siempre es “mala” ya que también es usada para referirse a los profanos,
es decir a los no consagrados.
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Pero, ¿cuál voluntad de Dios? Al respecto aclara que en lo que respecta
a lo decente y lo honesto hay tres cosas que se deben tomar en cuenta
en dichos ornatos; primero, la forma, ya que tanto hombres como
mujeres con esos vestidos parecen un día flamencos, otro alemanes, uno
más franceses, otro griegos, otro armenios, es decir pierden la forma y
figura de lo que son; segundo, la cualidad, que consiste en la molicie y
suavidad de la materia y en su “delicioso uso”; tercero, la preciosidad
y superfluidad, pues estos vestidos y ornatos de “cuatro cabezas” le
pertenecen al demonio por lo que deben prohibirse y condenarse.
Dice que con esos trajes se provoca lujuria en quien los mira, fomentando
con ello lascivia; se inquieta la carne de quien los trae puestos, por ser
de materia delicada y blanda, provocando soberbia y vanidad, por lo
que vienen muchos pecados.
Por lo anterior pregunta lo siguiente: “¿puede llegar el traje a más
desorden que al que ha llegado en estos tiempos?, ¿qué más incentivo
de lujuria que ver a las mujeres con una saya abierta por delante?, ¿qué
más incentivo que ver a los hombres con unos calzones tan ajustados?.
La idea de Satanás está presente en sus reflexiones, por eso inquiere lo
siguiente: “¿No acaso a vuestros mantos de infierno llamáis mantos de
humo?, pues cuando sale por las calles una de estas mujeres con manto
de humo, es señal que hay dentro de ella gran fuego, y está como una
casa, que cuando el humo arroja por fuera, se está ardiendo en llamas
por dentro. Qué mayor infierno que unos zapatos de polevi o palillo,
con tanta profanidad que los adornan en tafetán, cairelados y cosidos
con hilo de oro y seda?”.
También critica los anillos, las pulseras y las joyas en las mujeres que
acostumbran llevar escotados la espalda y el pecho, así como el cabello
rizado, con tocado y listones, sobre todo cuando el pelo que llevaban
era postizo.
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Es interesante observar que su crítica está relacionada con el concepto
que tenía de la masculinidad española. Por eso dice que los hombres
“con tanta vileza para la nación española se han quitado el bigote y
el pelo, poniéndose cabelleras postizas”. Comparaba su tiempo con
otros anteriores “cuando la nación española se hacía temer y respetar”.
Recordaba con cierta nostalgia la época en que “le daba a un hombre
la vuelta con el bigote a la oreja, y se ataba el extremo de la barba a la
pretina, y más miedo causaban con echar la mano a la barba que hoy
con sacar la espada”.
Es curioso notar que parte de la culpa la adjudica al chocolate. “Desde
que hay chocolate en España se afeminaron los hombres, se deslizaron
las mujeres, y aún lo más perfecto empezó a relajarse”. Por eso cuenta
que un médico confundió a un paciente con una paciente, debido al
exceso de listones que traía.
Aunado a lo anterior critica que muchos maridos tuvieran que empeñar
sus cosas para comprar los vestidos y adornos de sus esposas. Dice
que ambos cometen pecado y que en los “culpables ornatos” se hallan
todos los vicios capitales. La vanidad y soberbia, porque toda su ansia es
que las celebren por hermosas; la envidia, porque se carcomen de otras
que las aventajan o igualan; la ira, porque fácilmente se enojan con los
de su casa, y con las más sobresalientes en hermosura y gala; la avaricia,
porque para mantener la gala guardan con demasía lo que tienen, y
codician lo que no tienen; la gula, porque para conciliar la hermosura
atienden con demasía al regalo; la lujuria, porque el traje profano es su
nido, y porque la castidad no se cría entre esas pajas, sino entre espinas;
la pereza, porque, como dijo San Agustín, las que son muy diligentes
en los adornos del cuerpo, suelen ser negligentes en cuidar del bien de
sus almas, y gastando muchas horas en componerse, se les hace muy
larga una misa de media hora. Acompañadas a estos pecados también
están, dice fray Antonio de Ezcaray, la vanagloria, la superfluidad, la
impudicia, la provocación a la lujuria, el desprecio del prójimo, la falta
de misericordia con los pobres, el desperdicio del tiempo, y la sordera
a las inspiraciones de Dios y a las voces de sus ministros.
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Su censura también la hace desde los diez mandamientos. El primero,
que manda amar al prójimo como a sí mismo, porque no puede amarlo
quien escandaliza y da mal ejemplo; el segundo, porque muchas
mujeres juran que se componen para sus maridos, cuando la verdad
es que lo hacen para ser vistas; el tercero, porque no oyen misa con
devoción, por llegar tarde por culpa de estar componiéndose; el cuarto,
porque desprecian al prójimo; el quinto, porque se carcomen y mueren
de envidia que haya otras mujeres más bien vestidas y más hermosas,
llegando incluso a tener odio mortal; el sexto, porque la profanidad
es leña con que se conserva, arde, y fomenta el fuego infernal de la
lujuria; el séptimo, porque hurtan a los pobres lo que les habían de dar
de limosna; el octavo, porque dicen muchas mentiras, el noveno y el
décimo (sic), porque para componerse apetecen los bienes ajenos.
Menciona que incluso en los templos, la gente murmuraba y volteaba
a ver a esas mujeres provocando con ello que no atendieran la misa. La
preocupación de fray Antonio de Ezcaray radicaba también en el peligro
que corrían los hombres. Dice: “la mujer mala es como red barredora
que todo lo coge. En esta red cae el muchacho, el viejo, el estudiante,
el literato, el artífice, el soldado, el eclesiástico y el secular”. También
está conciente de que las pulquerías son causa de tanto mal, sobre todo
porque ahí asisten tanto hombres como mujeres. De nada sirve, dice,
que afirmen que se hermosean sin el fin de enamorar a los hombres, por
eso propone que volviendo el rostro a la calavera se diga:
[¿] De qué te sirve mujer
Estas galas, y escotados,
Si te han de comer gusanos?
Critica que las mujeres traten de mejorar la creación de Dios, al retocar
su rostro. Dice que si son feas, pues así las hizo Dios y no tienen por qué
querer mejorar su obra, ya que pretender hacerlo es pecado mortal.
Menciona que Dios hizo el rostro para que “por él se reconozcan las
personas, y sirve no sólo para que los principales sentidos se ejerciten,
sino para mostrar los afectos del corazón, la ira, la tristeza, y la alegría”.
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Pero reconoce que los confesores también pueden ser causa del desvío
de las mujeres, ya que de manera irresponsable, en vez de orientarlas,
algunos les dan la absolución. Esto lo ilustra con la siguiente narración.
“Un religioso estando en oración vio que en la iglesia entraba una mujer
desnuda de todo el cuerpo, pero en los pies unos zapatos, o chapines,
acompañándola dos lobos, los cuales no entraban con ella en la iglesia,
sino que en la puerta se quedaban esperándola. Le preguntó el religioso
¿quién eres y por qué vas desnuda? Respondió: yo soy una mujer que
fui muy amiga de ir adornada con galas, pero dejándolas todas me
confesé e hice penitencia por haberlas llevado, y el Señor me da ahora
el Purgatorio de que aparezca desnuda delante de todos, especialmente
en las iglesias, en donde di ocasión con mis adornos para que pecaran
los hombres; aunque en los pies no traigo casi pena, en recompensa de
que cuando me convertí a hacer penitencia, di de limosna a los pobres
el calzado con que me adornaba los pies. Los dos lobos que vez son
dos confesores que tuve, porque no me negaron la absolución cuando
me confesaba con ellos, viendo que no me enmendaba en aliñarme,
padecen gravísimas penas, y con razón, pues yo conozco, que mucho
antes me hubiera enmendado, y muchísimas se enmendaran, y se
salvaran, si fuesen de sus confesores reprehendidas, y si les negaran la
absolución, dejaran sus trajes y adornos”.
Es interesante notar que también censura a las mujeres que se perforan
las orejas para ponerse aretes. Dice: “¿qué más pervertirse y destruirse
la naturaleza que hacerse una mujer una llaga en las orejas para colgar
las arracadas?”.
Por eso les recomienda a las mujeres que hilen y borden no tanto por
la necesidad sino para mantener la virtud y para no estar de ociosas, así
como para mantener la honestidad y el recogimiento.
Un elemento que llama la atención en su censura es la relación que hace
del pecado con la política. Así, advierte del daño que las mujeres que
se visten impúdicamente le hacen al reino y a la república, pues se corre
18
el riesgo de que todas las mujeres sean consideradas como prostitutas.
El extranjero podría preguntar, dice, “¿en esta tierra todas son mujeres
públicas?”. Por eso dice que sólo las mujeres públicas tienen permiso,
según la ley, de usar jubones y escotados, pues por ello son reconocidas.
Por su parte, a los predicadores que como él orientan a sus feligreses –
dice– que sean llevados como grano puro; y a las mujeres que continúan
pecando, que las frieguen y quiten la vida y sean arrojadas a las llamas
del infierno. Pero preocupado porque las pecadoras enmienden sus
acciones, trata de convencerlas de actuar correctamente; para ello hace
uso de amenazas revestidas de alegorías infernales. A continuación un
ejemplo de ello.
“Se apareció una mujer condenada a un religioso, caballera [sic] en
un Dragón, rodeada de llamas infernales, a los dos lados venían dos
demonios que la traían presa con dos cadenas de fuego, cuyos remates
le penetraban las entrañas. Sus cabellos eran culebras que le roían los
sesos; sus ojos picaban dos fieros escorpiones y por arracadas traía
dos encendidos ratones; por collarejos traía en la garganta dos fueras
serpientes que no la dejaban respirar, y con las bocas le despedazaban
los pechos; en los dedos traían unos sortijones de fuego, y tenía los pies
atados al vientre de Dragón en que venía”.
Con esto podemos darnos una idea de la manera de pensar de algunos
religiosos franciscanos de finales del siglo XVII. Su celo por cuidar su
rebaño los llevaba a escribir sermones como este que, si bien hoy nos
pudiera parecer exagerado, en aquellos tiempos no era tan difícil de
aceptar. Cómo dice fray Antonio de Ezcaray ¿cuándo levantará los ojos
al cielo el que tiene por gloria la seda? Y afirma “Querétaro aunque
eres grande en moradores, eres mayor en culpas y pecados”, y tratando
de que las mujeres enmienden su conducta dedica un capítulo de su
sermón, “sin usar latín ninguno” a los castigos que pueden tener si
persisten en pecar. Entre esos castigos sobresalía siempre el infierno.
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“Entonces vinieron dos demonios con lanzas de fuego, y la trasladaron
y metieron en una grande olla de plomo ardiente y derretido”.
Fuente consultada
Fray Antonio de Ezcaray, predicador de su Majestad, y Apostólico del
Colegio, y Misión de Propaganda Fide de las indias Occidentales de
la ciudad de Santiago de Querétaro. Voces del dolor, nacidas de la
multitud de pecados que se cometen por los trajes profanos, afeites,
escotados y culpables ornatos, que en estos miserables tiempos y en los
anteriores ha introducido el infernal Dragón para destruir y acabar con
las almas, que con su preciosísima sangre redimió nuestro amantísimo
Jesús. 1691.
SERMÓN SOBRE LA MUERTE. EL CASO DEL FRAILE FRANCISCANO
ANDRÉS LEONARDO. QUERÉTARO, 1717
En 1717 murió en Querétaro el fraile franciscano Andrés Leonardo, de la
iglesia de Santa Anna. Por ello el fraile Juan Antonio Tirado, de la misma
orden, dijo un sermón funeral en el Real Convento de Santa Clara de
Jesús. El sermón se divide en dos partes: la primera, es una apología
de la muerte, utilizando para ello al oro como elemento simbólico; la
segunda, es una exaltación de la vida de fray Andrés Leonardo, a partir
de acciones anormales de éste.
Varios altos jerarcas religiosos dieron su anuencia para la publicación
del sermón. Uno de ellos fue el R. P. Juan Ignacio de Uribe, Profeso de
cuarto voto de la Sagrada Compañía de Jesús, Catedrático de Prima
que fue en el Colegio Máximo de S. Pedro y S. Pablo, y Procurador
General para Roma, por su Provincia de Nueva España. Dijo: “Que se
hagan a la luz pública para nuestra edificación y ejemplo, y para la gloria
de Dios, sin que estas voces anticipen más crédito que el que lleva de
suyo la opinión humana siempre falible y como no hay nada que pueda
parecer opuesto a los dogmas de nuestra santa fe, y ejemplo de las
buenas costumbres, doy licencia para su publicación”.
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El sermón advierte que los católicos no deben quejarse de la muerte.
Al respecto dice lo siguiente: “Lamentable desventura la de la tierra,
pues cuanto presto la enriquece la Omnipotencia, con espíritus tan
excelentes y grandes, que parecen ángeles, más que hombres, le quita
la muerte cruel, tan rica, y tan apetecible posesión. Pero no es dictamen
católico dar quejas contra la muerte tirana, sí lo es alabar la providencia
divina. No es la potestad de la muerte tan grande, que pueda ejecutar
lo que quiere, sin que la sabia providencia se lo mande, y aunque por
imposible la muerte sola nos quitara la feliz posesión de los justos, que
son las prendas que más amamos, no por esto debíamos quejarnos
de la muerte, antes bien agradecerle como favor, lo que nos parece
crueldad, y si no lo quieren creer, atiendan mi razón”.
Por eso, porque no es dictamen católico, recrimina a los que se quejan
de la muerte. Les dice que no es posible que una tierra pueda ser tan
villana. Les pregunta por qué no se muestran agradecidos. Les habla de
que Querétaro, al ser “vista por el cielo”, está obligada a comportarse
de acuerdo a la religión. Por ello les pregunta: “¿No haz de corresponder
tanta bizarría con una dádiva siquiera?”. Y les pide dar oro: “Ofrece al
cielo de tus metales el más rico, dale oro, que es el más rico de tus
metales”.
Aclara que no son los justos en la estimación de Dios tosco barro, sino
oro puro; así, –dice– “dando la tierra racional este metal precioso al
cielo, no padecerá la fea nota de ingrata, ni habrá tan poca lengua que
diga que no paga mucho con la bizarría que el cielo obliga”.
Pero ¿quién tiene oro?, ¿quién puede ser el portador de este riquísimo
metal?, ¿quién ha de llevar ese oro al cielo?, se pregunta, y al instante
contesta que es la muerte. “La muerte que lo ha llevado hasta lo
presente, lo llevará también en adelante. Luego, siendo la muerte la que
desempeña a la tierra, llevando al cielo esta dádiva preciosa, con que
agradecida le paga, debe la tierra agradecer a la muerte esta fineza”.
Dice que cuando la muerte saca a los justos de entre los vivos, debemos
21
agradecerle, como favor, lo que nos parece crueldad. Afirma que no
debemos darle tristes quejas, sino rendirle alegres gracias, porque si la
muerte no nos “desempeñara”, no habíamos de hallar quien lo hiciera.
Por eso advierte que cuando se vea a algún hombre que no comete
pecado grave, no debe decirse que es polvo inmundo, sino oro limpio; si
no comete pecado venial, debe llamársele oro más puro que el primero;
y si careciese, por especialísima gracia, de la habitual desordenada
concupiscencia del apetito sensitivo, efecto del primer pecado, se le
debe llamar el oro más puro de cuantos ha “criado” el cielo. Pero deja
en claro que esta gloriosísima alabanza solamente se canta de la siempre
Virgen María, “aquella gran Señora que dio el oro más fino y puro”.
Es interesante notar su aseveración de que el sufrimiento es necesario
para distinguir a los virtuosos de los que no lo son. Y dicho sufrimiento,
lo concibe, como una prueba que Dios les pone a los justos, de igual
forma que el oro se prueba con el fuego.
“¿En qué el hombre se hace conocible al oro? ¿En qué lo distingue de la
escoria? Bien los conoce Dios desde el averno, pero como los hombres
no pueden discernir al uno del otro, quiere Dios que conozcan cuál
de los dos es el virtuoso. Vayan los dos al fuego de la tribulación y del
martirio. Véanlos ahora, el que tolera el fuego con paciencia, y mientras
más arde, está más limpio, sin irse en nada de los pestilentes humos de
impaciencias, ese es el elegido por Dios para su gloria”.
Por ello el justo es probado por Dios como el oro. Fray Juan Antonio
Tirado dice que así como dan y quitan las llamas al oro, dan y quitan
las tribulaciones al justo. Les pide ver con claridad a los católicos. Les
pide observar que lo primero que hace el voracísimo incendio en este
metal precioso, es quitarle aquella escoria y la demás inmundicia que
lo desluce y lo afea, dejándolo tan limpio, puro y claro que “deleita y
enamora a quien lo mira”. Oh, –dice fray Juan Antonio Tirado– “cuánto
es lo que debe el oro al fuego, nada menos que los brillantes lucimientos
con que se lleva los ojos. Pues esto mismo deben a las tribulaciones
22
los justos, porque éstas les hacen escupir por la confesión las escorias
abominables de las culpas más leves, dejándolos tan limpios, tan lucidos,
y tan hermosos que deleitan en ellos los ojos divinos”.
La segunda parte del sermón funeral, como dijimos en líneas anteriores,
es una exaltación de la vida de fray Andrés Leonardo. Sobre él escribió
que por no cometer un leve pecado, deseaba perder el entendimiento,
y prefería morir en muerte venial. Por ello le dijo a su confesor lo
siguiente: “Ahora fuera bueno pedir a Dios y a María Santísima, que mi
juicio se acabara, porque un hermanito loco, aunque no puede merecer,
tampoco puede, ni venialmente pecar”. Al siguiente día “amaneció
sin juicio”. Decía que lo que más deseaba en vida era salir de esta
vida. Este estar fuera de la razón provocó que hiciera cosas anormales,
entre ellas el mismo fraile Juan Antonio Tirado escribió varios casos. A
continuación tres de ellos:
Primer caso. “Había un pobre mendigo en Querétaro que tenía una
hinchazón o tumor, de donde por una fístula despedía tan asquerosas
y pestilentes podres [pus] que aún en notable distancia no se podía
tolerar el mal olor. Aun así [fray Andrés Leonardo] acercaba su boca a la
fístula y le quitaba las costras con la lengua y succionaba toda la podre
hasta que la hinchazón quedaba enjuta”.
Segundo caso. “A otro pobre que tenía un dedo de un pie podrido
y sobre manera hediondo, limpiaba con su lengua la podre inmunda,
postrado en tierra. Lo mismo hizo con muchos otros, no sin maravillosos
efectos”.
Tercer caso. “Rompiendo en una ocasión un cirujano una hinchazón
que tenía un enfermo religioso, sacó de ella tal porción de sangre y
podre, que se llenó una escudilla muy grande; entró en esta ocasión el
V. P. de Santa Anna a visitar al paciente, como lo tenía por costumbre,
llevado de su caridad admirable, lo lastimó mucho su enfermedad y
dolor, y deseoso de padecer el mismo tormento que su hermano, tomó
la escudilla como pudo y aplicando a ella la boca con gran trabajo se
bebió toda la podre”.
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Estas actitudes de fray Andrés Leonardo si bien fueron tomadas en
cuenta como martirio de Dios para purificar su alma, y convertirlas en
oro puro, no fueron tan extrañas a su anterior comportamiento, ya que
continuamente “hacía patente la mortificación de su carne”. Además,
una vez que lo halló el enfermero sacando la podre hedionda de un
enfermo, fray Andrés Leonardo, al ser descubierto, le rogó al enfermero
que no lo denunciara; es decir, al parecer se daba cuenta de que lo que
hacía podría merecer alguna sanción.
De hecho los demás frailes sabían que “graves y vehementes eran los
dolores, muchas y tremendas las angustias, que padecía el padre V.
P. de Santa Anna pero aun así buscaba ansioso más penalidades que
gustar y tormentos que beber”. En el sermón fúnebre se escribió que
“nunca faltaba de su memoria la muerte y pasión dolorosa de la muy
amada vida de su alma”. Quizá por eso cuando hablaba acostumbraba
“mentar los clavos agudos de que pendió en el sagrado madero nuestro
redentor Jesucristo, otras veces lo que citaba eran otros instrumentos
y los azotes que le dieron”. Además, “a quien no traía el santísimo
Rosario al cuello reprendía con tan fervoroso celo, y santo enojo, que lo
dejaba atemorizado y compungido”. Sobre el comportamiento de fray
Andrés Leonardo, podemos decir entonces, en palabras de fray Juan
Antonio Tirado, “¿acaso estaba muy en sí nuestro difunto?”.
Al publicar este sermón funeral la iglesia mostró un acendrado interés
por orientar religiosamente a los católicos en Querétaro, a principios
del siglo XVIII. Asociando la idea de la muerte con la del martirio, y
resaltando actitudes como la de fray Andrés Leonardo, a pesar de ser
vistas como propias de una persona falta de razón, fueron utilizadas
como parte del sermón fúnebre para exaltar que “todo el mundo es un
horno, los justos son oro, y las tribulaciones un fuego”.
24
Fuente consultada
Fr. Juan Antonio Tirado. Oro purificado y encendido. Sermón Funeral,
que en honras del venerable padre Fr. Andrés Leonardo, de Santa Anna,
religioso de N. S. P. S. Francisco, hijo de la Santa Provincia de los GG.
AAp. S. Pedro y S. Pablo de Michoacán, Predicador, Maestro; que fue
de Sagrada Teología y de Novicios del Convento de S. Buenaventura de
Valladolid. Celebradas en el Real Convento de Santa Clara de Jesús, de
la ciudad de Querétaro, por su M. V. Y Santa Comunidad. Predicó el P. Fr.
Juan Antonio Tirado, Predicador Jubilado, hijo de la sobredicha Santa
Provincia, 1717. Biblioteca del H. Congreso del Estado de Querétaro
Arteaga.
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MILICIAS CÍVICAS, CELADORES DE POLICÍA, Y CUARTELES
NUMERADOS EN QUERÉTARO (1824-1838)
Milicias cívicas
Una vez lograda la Independencia nacional se hizo necesario reorganizar
al país en muchos aspectos, uno de ellos fue la tranquilidad social. En
Querétaro, de 1824 a 1838, se dieron varias formas de organización.
Desde las propuestas por el gobierno general, para defender a la
nación, hasta la creación de cuarteles numerados, para mantener la paz
en las calles de la ciudad.
El 4 de marzo de 1824 el Congreso Constituyente de Querétaro
decretó el establecimiento de la Milicia Nacional en todo el estado.
Ésta conforme a las disposiciones del gobierno general. El reglamento
de dicha milicia había sido sancionado por el Soberano Congreso en
México el 3 de agosto de 1822, y repetido el 8 de abril de 1823.
Posteriormente el 13 de marzo de 1824 se dio en Querétaro la orden
para que el ciudadano Felipe Codillos, “comandante accidental de la
Milicia Activa” llevara a cabo el alistamiento de la gente voluntaria para
conformar dicha milicia, y tomando en consideración de que no se diera
el número suficiente para conformarla, el Congreso decretó el 6 de
mayo que se llevaría a cabo un sorteo, de acuerdo al decreto de 1767,
quedando exentos de participar en él –entre otros– los trabajadores de
las minas, los de labor, y los de ciencias y artes. Se decía que entrarían al
sorteo los que no tuvieran ocupación útil personal por no saber oficio o
por no tener en qué ejercitarlo, así como que las personas privilegiadas
en el gobierno anterior “y que vulgarmente se les llamaba decentes,
con abuso de la ley” serían parte del sorteo. También se informaba, por
decreto del 3 de junio, que el “ponerse” en actual servicio en la milicia
activa del estado no causaría vacante de los empleos municipales, pero
sí una excepción temporal mientras se estuviera sirviendo con las armas.
27
Es interesante observar que el 27 de agosto el Congreso dio la orden
de que la asignación del “cupo” a las municipalidades no se haría
conforme al censo del año 1793, sino según el número de la población
del año 1824; además, que el número de ciudadanos que se hubieran
inscrito voluntariamente en la milicia activa no serían estimados como
parte del cupo de la municipalidad de que fueran vecinos.
Posteriormente se facultaría al Gobierno para que dictara las providencias
convenientes para “colectar el cupo de hombres para reemplazos del
ejército”. Esto porque el Gobierno de Querétaro tenía que “entregarle”
dichos hombres el 31 de octubre al Comandante General del estado, de
acuerdo al “celo y patriotismo” del gobernador. En el mismo documento
se informaba que el gobernador debería promover activamente la
aprehensión de desertores. Con esto, el 27 de agosto, el Congreso del
estado de Querétaro facultaba al Gobierno del estado para que éste
creara la Milicia Activa.
Lo anterior no significaba que el Gobierno del estado estuviera a
cargo de todas las acciones, ya que los jefes políticos y los alcaldes
constitucionales deberían resolver las dudas que se suscitaran sobre los
posibles exentos de participar en el sorteo. Esto de acuerdo al decreto
del 27 de octubre del mismo año de 1824. En éste se mencionaba que
estaban exentos todos los estudiantes aunque no estuvieran matriculados
en los colegios y los conventos del estado, así como los individuos
dedicados a las ciencias que se encontraran en esos establecimientos
seis meses antes de la publicación del sorteo. También se informaba
que estaban exentos los fabricantes de lana y algodón.
Cuatro años después, el 29 de diciembre de 1827, el Gobierno del
estado de Querétaro publicó la Ley sobre arreglo de la Milicia Nacional
Local sancionada por las Cortes Generales. Esta ley le fue comunicada
al gobernador por medio del Ministerio de Relaciones. En ella se
afirmaban –entre otras cosas– que todo mexicano estaba obligado a
concurrir a la defensa de la Patria, cuando fuera llamado por la ley;
que dichos individuos conformaban la Milicia Nacional Local; que dicha
28
milicia estaba sujeta respectivamente a los gobernadores de los estados
y al presidente de la República; que la milicia estaba obligada a sostener
la Independencia nacional y la Constitución de la República, así como a
escoltar los reos y los caudales de públicos de la federación en donde
no hubiera tropa permanente o activa sobre las armas, hasta el punto
donde hubiere guarnición. Se decía que esta milicia estaba formada por
infantería, artillería y caballería. También se decía que cuando hubiera
fiestas nacionales la Milicia Local ocuparía el puesto siguiente a la milicia
permanente, prefiriéndose ésta cuando llevara estandarte y la primera
no.
A pesar de que esta ley era general para todo el país, cada estado
podía hacer los cambios que considerara necesarios y que no alteraran
el sentido de dicha ley. En el caso de Querétaro se hicieron algunos
cambios. Así, por decreto del 1º de septiembre de 1829, se dijo que no
se admitirían en la milicia cívica a los empleados del estado, aún cuando
ellos quisieran unirse a ésta voluntariamente. En el mes siguiente, el 29
de octubre de 1829, el gobierno de Querétaro publicó las Adicciones
y reformas hechas al reglamento de 4 de octubre de 1828. Entre otras
cosas se decía que todo queretano de la edad de diez y seis años hasta
de cincuenta estaba obligado a servir a la milicia nacional local, por lo que
debería tomar las armas cuando lo llamara el Estado. Se mencionaban
las penas a que se harían acreedores por faltas. Un ejemplo es el que los
oficiales, sargentos y cabos que toleraran en el cuartel “juegos y otros
desórdenes” sufrirían hasta quince días de arresto.
Posteriormente, el 18 de marzo de 1830, el Congreso de Querétaro
por medio de un decreto derogó las reformas del reglamento de milicia
cívica del 4 de octubre de 1828, con lo que el gobernador, conforme
a la población de cada distrito, designaría la fuerza y arma que le
correspondería, subdividiéndola en la misma proporción entre sus
municipalidades. A su vez el ayuntamiento de cada municipalidad, con
asistencia del prefecto respectivo, procedería a sortear los individuos
de su cupo. No se admitirían voluntarios al servicio de la milicia local,
29
y los que estuvieran en esa situación serían reemplazados en un nuevo
sorteo. En otro decreto, del 20 de marzo de 1830, se declararon nulos los
nombramientos de jefes, oficiales, sargentos y cabos de la milicia cívica
verificados sin las formalidades que se requerían para tal efecto en 1828.
Días después, el 23 de marzo de 1830, también por decreto, se dijo que
el gobierno de Querétaro pagaría de los fondos del estado la milicia
cívica que estimara conveniente poner sobre las armas en servicio activo.
En otro decreto, del 24 de mayo del mismo año, el Congreso autorizó al
gobierno para que gastara la cantidad de seiscientos cincuenta pesos
en la recomposición de armas para la milicia cívica. Esto es interesante si
tomamos en cuenta que el 11 de junio el mismo Congreso decretó que
el gobierno podía gastar seiscientos setenta pesos en la construcción de
instrumentos de seguridad, y utensilios necesarios para que se hiciera
efectiva la pena de los sentenciados al servicio de obras públicas. Es
decir, se asignaba más dinero a la protección interna del estado.
Para el 10 de agosto de 1830 el Congreso del estado dejaría claro los
demás cambios que se darían en Querétaro con respecto a la Milicia
Cívica. Dijo que la Milicia Local del estado se compondría de un batallón
de infantería, dos escuadrones de caballería y una compañía de artillería.
También que la fuerza que correspondiera a cada municipalidad sería
según su población, y sería organizada por los ayuntamientos por uno
de los métodos siguientes: primero, el de orden alfabético en nombres
y apellidos; segundo, por orden de mayoría de edad; tercero, por el que
mandaba el reglamento de milicia del 4 de octubre de 1828. Se decía
que además de los exentos de participar en dicha milicia, quedaban
también excluidos los siguientes: 1) el hijo que mantuviere a su padre
sexagenario o impedido, o madre viuda; 2) los que no ganaran más
de dos reales diarios; y 3) los sirvientes asalariados que no pasaran de
cuatro pesos mensuales, sin incluir la ración.
Celadores de policía
Con el fin de mantener la paz en la ciudad, el Congreso de Querétaro
creó por decreto el 29 de marzo de 1830 un cuerpo de celadores de
policía en la capital del estado. El número de la fuerza podía ser de
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hasta doscientos cincuenta hombres. Los celadores eran nombrados por
el Ayuntamiento y aprobados por el Gobierno. La obligación que tenía
dicho cuerpo era auxiliar a las autoridades encargadas de conservar
el orden y la tranquilidad pública. Los miembros que lo conformaban
eran ciudadanos y vecinos de la capital en ejercicio de sus derechos.
En el decreto se decía que los milicianos cívicos y los exceptuados para
tal misión no estaban obligados al servicio de celadores. El tiempo de
servicio que duraba el cuerpo era de un año, renovándose cada seis
meses.
Posteriormente, el 28 de julio del mismo año, el Congreso decretó
crear un cuerpo de celadores de policía montados por ocho meses.
Este cuerpo se componía de un cabo primero, y hasta cuarenta y ocho
celadores, según estimara conveniente el Gobierno.
El primero cobraba un sueldo de treinta pesos mensuales, el segundo,
veinticinco, y cada celador cuatro reales diarios, siendo de su cuenta el
costo del caballo, su manutención y montura, para lo cual se abonaba a
cada uno cuatro pesos mensuales.
Respecto a las armas el decreto menciona que se habilitaba a los
cabos y celadores de sables y carabinas pudiendo llevar pistolas el
que quisiera. Las obligaciones que tenían consistían en perseguir a los
ladrones dentro y fuera de la capital, así como cuidar de la seguridad
y la tranquilidad pública de la calle. Los celadores podían aprehender
a los ladrones y “perturbadores” de la tranquilidad pública, haciendo
uso de las armas si era necesario, no sólo para su defensa personal sino
también para perseguir a los delincuentes.
El decreto describe que los vecinos deberían pagar el costo del cuerpo.
También menciona que abriría una “suscripción voluntaria entre los
vecinos pudientes” de la capital para que contribuyeran con lo que les
dictara “su patriotismo”.
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Es interesante mencionar que los celadores de policía estaban exentos
de las cargas municipales y del servicio de la milicia cívica, además
dependiendo de su “buen porte”, o buen desempeño, serían tomados
en cuenta para “obtener destino”, o carrera profesional en el estado.
Los celadores de policía usaron chaqueta de color azul celeste, con
vueltas y collarín verde y vivos encarnados. El uniforme era costeado a
sus expensas.
Cuarteles numerados
Años después, en 1837, el Congreso de Querétaro por medio de
decreto dividió a la población en cuarteles numerados, y cada cuartel
en calles. Los regidores se repartían el cuidado de uno o más cuarteles
según el número de cada uno. Advertía que en los puntos en donde
no había ayuntamiento serían los jueces de paz los responsables de
cumplir el reglamento.
La organización de los cuarteles era de la siguiente manera. Cada
cuartel tenía dos vigilantes, que eran vecinos del lugar, los cuales eran
nombrados por el regidor y posteriormente los aprobaba el prefecto.
Cada uno se encargaba de la vigilancia de la mitad del cuartel.
En cada cuartel había un ayudante nombrado por el vigilante del cuartel,
el cual estaba subordinado a éste, quien tenía que ser aprobado por el
regidor o juez de paz. Y podían ser relevados de su cargo a juicio del
regidor, juez, prefecto, o subprefecto sin que hubiera “expresión de
causa”.
Es interesante notar que para realizar tales nombramientos se tomaba
en cuenta que la elección cayera en personas de “conocida aptitud”.
El regidor o juez se entendía únicamente con el vigilante del cuartel, y
éste con los ayudantes de sus calles.
Las obligaciones del ayudante de calle eran las siguientes: primera,
tomar cada seis meses, o cuando el subprefecto lo dispusiera, “una
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noticia circunstanciada de todas las personas que vivían en su calle, su
nombre, edad, estado civil, sexo, y oficio”; segunda, estar pendiente de
cualquier novedad que ocurriera en la calle, y participar inmediatamente
al vigilante del cuartel; tercera, “tener gran cuidado de las personas
que se muden de su calle”, dando parte en el acto al ayudante de la
calle a donde se muden, “con expresión de su nombre, edad, sexo,
modo de vivir, y muy principalmente la conducta que guardaron en el
tiempo en que vivieron en la calle de su cargo”, y para que esto se
llevara a cabo, las personas de una calle no se podían mudar si no
avisaban antes al ayudante a donde se iban a ir a vivir; cuarta, dar parte
de los que se mudaran a su calle al vigilante del cuartel, con los datos
antes mencionados, para que esto se llevara a cabo, los dueños de las
casas, cada vez que las arrendaran, tenían la “estrecha obligación” de
participar al ayudante de la calle a quien la habían arrendado, para que
quedara asentado en el padrón. Cada vecino, por su parte, debía dar
parte de las personas que recibiera en su casa y que permanecieran en
ella por más de cinco días, avisando el mismo día en que salieran de ésta,
de no hacerlo eran considerados responsables de cualquier daño que
sobreviniera a causa de no haber avisado a tiempo; quinta, participar
al vigilante de cuartel si en su calle había “sujetos sospechosos, vagos,
o si se reunían en algún punto gran número de personas, en alguna
casa, todos los días, o durante algunos de la semana”, estas partes
debían darse cada semana, los días lunes, al prefecto o subprefecto, o
cuando éstos lo pidieran; sexta, dar cuantas noticias se pidieran sobre
los particulares de su obligación.
Había obligaciones que compartían tanto los vigilantes de cuartel como
los ayudantes de calle, estas eran las siguientes: primera, aprehender en
el acto a todo malhechor, poniéndolo a disposición del juez competente,
y en caso de heridas, robo, o de otro accidente grave, cuidarían de que
los pacientes fueran atendidos física y espiritualmente; segunda, cuidar
con gran atención de que se observaran en sus cuarteles y calles, los
bandos o comunicados de policía que se promulgaran.
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Por su parte, el vigilante de cuartel tenía la obligación de informar al
regidor o al juez las “ocurrencias de su cuartel”. A su vez, el regidor o
juez debía informar al prefecto o subprefecto de lo que le informara el
vigilante. Por último, el prefecto comunicaba al gobierno lo sucedido.
Como podemos observar, tanto las milicias cívicas, como los celadores
de policía, y los cuarteles numerados cumplieron un papel significativo
en Querétaro. Los tres fueron producto de formas de organización para
mantener la paz y el orden necesarios en un país que acababa de nacer
a la vida independiente, así como en una ciudad que buscaba seguir
manteniendo la paz y el desarrollo que le eran característicos. Cada
uno sirvió en su momento para que a nivel externo como interno en
Querétaro se diera un clima de paz relativo, pues las distintas guerras,
así como las asonadas y pronunciamientos tenían en constante jaque a
la población y a sus gobernantes.
Fuentes consultadas
Colección de los Decretos y Órdenes del Congreso Constituyente del
Estado de Querétaro. Desde el día de su instalación en 17 de febrero
del año 1824 hasta 23 de agosto de 1825 en que cesó. Año de 1826.
Oficina del ciudadano Rafael Escandón.
Colección de Decretos y Órdenes del segundo Congreso constitucional
del Estado Libre y Soberano de Querétaro, desde 15 de agosto de
1827, hasta 8 del propio mes del año de 1829. Méjico: 1832. Imprenta
de Galván a cargo de Mariano Arévalo calle de Cadena núm. 2.
Ley sobre el arreglo de la Milicia Nacional Local sancionada por las
Cortes Generales en 29 de diciembre de 1827. Reimpresa en Querétaro
de orden del Gobierno del Estado. Año de 1828.
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Adicciones y Reformas hechas al Reglamento de 4 de octubre de 1828.
Mandadas observar para la organización de Milicia Cívica en el Estado
Libre y Soberano de Querétaro. Impresas de orden del Gobierno en la
oficina del c. Rafael Escandón. 1833.
Reglamento provisional para la seguridad del Departamento. Querétaro.
Imprenta del ciudadano Agustín Escandón. 1837.
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EPIDEMIA DE VIRUELA EN QUERÉTARO, 1839-1840
Conocer algunos problemas de salud social a los que se enfrentaron los
queretanos en la primera mitad del siglo XIX, nos permite comprender
sus ideas y acciones así como su manera de ser y entender el mundo
en el que vivían a través de acciones concretas. También nos acercamos
históricamente a su cotidianidad a través del lenguaje que usaban para
describir sus necesidades e intereses. Es por ello que este artículo trata
sobre la epidemia de viruela que hizo estragos en nuestra ciudad entre
1839 y 1840.
En reunión de cabildo, de fecha 7 de enero de 1839, se acordó propagar
la vacuna a pesar de que se había “desvirtuado el pus vacuno”. El
señor Covarrubias dijo que su padre tenía en cristales un poco de pus
y que cuando se había tomado de él había surtido muy buen efecto,
por lo que iba a suplicarle que franqueara un poco para ministrarlo en
los brazos de los niños. Se aceptó su oferta dándole las gracias por
su buena disposición, y se acordó que con base en el decreto del 13
de abril de 1832, que se le asignaría un sueldo para que conservara y
propagara la vacuna.
Días después, el 10 de enero, se leyó en cabildo un decreto del gobierno
general de la República. Decía que cuando hubiera alguna epidemia en
alguno de los pueblos de los Departamentos, y los recursos del fondo
de los Ayuntamientos fueran insuficientes para “evitar el mal”, deberían
avisarle inmediatamente al gobernador para que en unión de la Junta
Departamental calculara la cantidad suficiente para aliviar a los pueblos
atacados, evitando así su propagación.
Los queretanos no se imaginaban el grado al que llegaría la epidemia
de viruela en Querétaro. El 11 de febrero el señor Remigio Montañés,
encargado de la propagación de la vacuna, informaba las causas que
habían impedido que la vacuna “prendiera”, por lo que suplicaba que
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no siendo culpa suya el que se perdiera el “fluido” en su poder, se le
relevara de reponerlo de su cuenta. Se le contestó que el sueldo que
se le pagaba era para la propagación y conservación del pus, según
lo determinaba expresamente el decreto que hablaba del sueldo del
encargado de la vacuna y, por tal motivo, el Ayuntamiento no podía
disponer otra cosa sino lo que estuviera acordado. Advirtiéndole que se
había mandado traer el pues a la ciudad de Celaya y que según el costo
que tuviera se le avisaría para que lo pagara. Por su parte el Sr. Rojas,
que era un barbero, ofreció presentar unos “buenos granos” de donde
se podía tomar el pus.
El 21 de febrero, el Sr. Rojas informó que había enviado tres niños a
la ciudad de Celaya para que fueran vacunados y condujeran el virus
a Querétaro. Posteriormente, el 11 de abril del mismo año, el señor
Corona informaba a los miembros del cabildo que se había “conducido”
[aplicado] la vacuna en el brazo de una criatura traída desde San José
Casas Viejas, y que “el carácter del párvulo había reconocido”, es decir
que la vacuna le había hecho bien. Por lo cual pedía que se le gratificara
a la madre del niño que había tenido el trabajo de llevarlo y traerlo. Se
acordó que se le dieran doce pesos, cuyo libramiento económico se
mandó extender al Sr. Corona.
Así transcurrió el resto del año 1839. Parecía que la viruela había sido
controlada. Pero, a inicios del año siguiente, el 7 de enero de 1840, el
Sr. Raso informó en reunión de cabildo que la peste de viruela estaba
haciendo estragos entre la juventud en el Departamento de Oaxaca, por
lo que invitaba al Ilustre Ayuntamiento de Querétaro para que tomara
las medidas necesarias para libertar del contagio al “recomendable
vecindario”. Al respecto, el Sr. Covarrubias dijo que en su concepto
la primera providencia que se debía tomar era anunciar a la Junta
de caridad pues ya se había empezado a experimentar la peste de
viruelas en Querétaro, por lo que dicha junta debería tomar las medidas
precautorias que fueran convenientes; pero que también era necesario
un informe por parte de los facultativos de si existía realmente la peste
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en Querétaro, ya que era necesario contar con datos positivos en qué
fundarse, por lo que hacía las siguientes proposiciones:
1. Se dirigiera oficio a la Junta de caridad para que se reúna
inmediatamente a providenciar conforme a sus atribuciones lo que
estime conveniente para contener la epidemia de las viruelas y socorrer
a los atacados por ellas.
2. Se dirigirá oficio precisamente el día de mañana a todos los
facultativos de esta capital para que informen si en efecto ha aparecido
ya la epidemia, y ordenándoles participar su principio si a su juicio no
ha comenzado todavía.
3. Se nombrará una comisión de dos o más facultativos para examinar si
el pus vacuno que hoy se ministra, está o no desvirtuado.
4. En caso de que esté, se acordará su pronta posición a todo costo a
reserva de exigirle al facultativo encargado de aquél, la responsabilidad
por haberlo dejado perder.
Después de discutir estas propuestas, se acordó aprobar las tres
primeras. Además se acordó que se aplicase en “términos muy breves”
el pus vacuno, ya que se sabía que sí había “prendido” en varios la
vacuna, y siendo el único antídoto contra las viruelas, debía usarse
hasta saber si realmente estaba desvirtuado. Además se dijo que no
se podía asegurar que el pus vacuno se hallara desvirtuado, pero que
no se desconocía que a veces se había tenido que reponer dicho pus
ya que se había desvirtuado, por lo que se había dejado de vacunar a
muchos niños y jóvenes.
Respecto a los facultativos que deberían encargarse del asunto, se
decidió que éstos serían los señores Ramón Covarrubias y Cayetano
Muñoz, y que a los demás que había en la ciudad se les dirigiría un
oficio del que se habla en la segunda proposición.
39
Al siguiente día, el 8 de enero, se les envió el mencionado oficio a
los señores Covarrubias y Muñoz. Y para el 9 de enero se recibió su
contestación. Decían que el fluido vacuno que se estaba ministrando
era bueno, con probabilidad de cuatro a uno. También se recibieron las
contestaciones de los otros facultativos a los que se les había enviado
oficio para consultarlos. Éstos eran los señores Vidcente Naveda, Calixto
Rojas, Abundio Corona, y Antonio Pérez. La respuesta, por lo general,
fue que “en la ciudad hay algunos virulentos pero no se experimenta una
peste reinante”; sin embargo, recomendaban “acudir con el remedio”
porque temían un incremento debido a la estación que estaba por
llegar, es decir la primavera. El señor Raso dijo que en el supuesto de
que indudablemente se halla un grano bueno, de éste se debe vacunar,
y de todos los demás que se califiquen como buenos, para que a la
vuelta de uno o dos períodos haya pus suficiente para ministrarlo en
todas las parroquias, cuarteles y parajes, tal y como se hizo en el año
de 1830. También se acordó que sólo podrían vacunar las personas que
estuvieran facultadas para ello.
El 16 de enero el señor Rizo informaba en cabildo de los resultados que
había tenido la aplicación de la vacuna. Dijo que todos los niños que les
presentó a los señores Covarrubias y Muñoz tuvieron “granos de muy
buena calidad”, por lo que el preservativo de la viruela en la ciudad
estaba en buen estado, y que el día anterior se habían vacunado más
de trescientos niños. Por su parte el señor Remigio Montañés informó
por oficio que debido a los muchos enfermos que había en Querétaro,
no dudaba que ya existiera la aparición de la peste de viruelas.
Ante tal situación el cabildo decidió poner en práctica el plan que
habían utilizado en 1830, pero con algunas modificaciones. Después de
discutir, al final, el Cabildo acordó seguir la siguiente estrategia.
1ª.Se hará por los regidores de los cuarteles el censo de almas de los
niños que no están vacunados, el cual se verificará dentro de cinco días.
40
2ª Ofíciese a los señores facultativos invitando su celo filantrópico a
efecto de que se presenten a vacunar en la forma del artículo siguiente.
3ª Teniendo el censo y la anuencia de los facultativos, la vacuna se
ministrará por cuarteles del primero al último, poniéndose de acuerdo
con el respectivo facultativo para el día y hora en que debe ministrarse
el pus, a cuya operación a de presentarse el expresado regidor, y llevará
un orden de todos los que se vacunen, siendo de su peculiar cuidado
que todos los niños de sus cuarteles queden vacunados, y que el fluido
les prenda; para lo que tomarán todas las medidas que les acomode su
prudencia.
4ª Se fijarán rotulones en las esquinas avisando al público que la vacuna
se ministrará en la capital por cuarteles según están divididos, sin
perjuicio de que los padres de los niños puedan ocurrir al gabinete
de lectura pública a donde estará de asiento un facultativo que la
propague, siendo de la obligación del regidor avisar a su turno en el
que le corresponda el día, hora y local en que deba verificarse.
A pesar de estas medidas, la situación se presentaba grave. El señor
Eulogio Sámano informó el 21 de enero que a la academia sólo habían
asistido dos niños ya curados, ya que los demás, al parecer, estaban
enfermos de viruela. Decía también que estaba en la mejor disposición
de servir al público en la sección que se le asignase para aplicar la
vacuna. Ante esta situación el Cabildo decidió dividir la municipalidad en
cinco secciones, uniendo cuarteles en cada una de ellas, quedando de
la siguiente manera: Cuarteles 1 y 2, el señor Rojas para que ministrara
la vacuna en el gabinete de lectura pública; 3 y 4, el señor Montañés en
la portería de San Agustín; 5 y 6, el señor Pérez en la portería de San
Felipe; 7 y 8, el señor Corona en la portería de la parroquia de Santiago;
9 y 10, el señor Muñoz en la parroquia de San Sebastián. Se acordó que
todos los niños deberían ser enviados para ser vacunados, y que el día
último de la vacunación sería el viernes 24 del mismo mes. También se
dijo que se instruiría a la población por medio de rotulones que serían
41
fijados en la víspera para que los padres de los niños ocurrieran con
ellos a los locales señalados.
El 13 de febrero se informaron los resultados. Éstos no eran nada
halagüeños, decían que “la peste de viruelas va haciendo progresos en
esta población”. Entonces se mandó reservar la participación de otros
facultativos, por si alguno de éstos lo anunciase, para tomar providencias.
En la misma reunión se informó que en el Pueblito la peste de viruelas
estaba atacando fuertemente, pero no se discutió más sobre ello.
Posteriormente se discutió sobre los recursos que había dejado la
señora Josefa Vergara en caso de que hubiera epidemias, pero ya todo
parecía inútil, la peste de viruelas avanzaba con fuerza en Querétaro. Los
señores Covarrubias y Vértiz informaban que la calidad de la “vacuna
pus” era mala y que crecía el número de virulentos en sus respectivos
cuarteles.
Entonces se les pidió a los párrocos de la capital del estado que
informaran los miércoles de cada semana sobre el estado de la epidemia.
Debían dar a conocer por sexos aquellos que murieran a causa de las
viruelas (la parroquia del Espíritu Santo fue incluida a la de Santa Ana,
ya que la primera estaba considerada como “agregada” de la segunda).
El primer informe que remitieron los párrocos reveló que el problema
era mayúsculo.
DÍA EN QUE
SE INFORMÓ
FEBRERO 20
PARROQUIA
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
SAN
SEBASTIÁN
Muertes causadas por viruelas
Querétaro 1840 (primer informe)
HOMBRES
MUERTES
MUJERES
TOTAL
12 6 18
10 4 14
3 2 5
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
8 6 14
33 18 51
42
Ante esto don José Antonio del Raso, presidente de la Junta de Caridad,
propuso lo siguiente:
1ª. Que se propague la vacuna cuanto más sea posible para embarazar
(sic) los estragos de las viruelas que ya han invadido la ciudad.
2ª. Que se forme un método curativo por los señores Cayetano Muñoz
y Remigio Montañés, claro y sencillo que esté al alcance de los no
inteligentes (sic) para que todos puedan llevarlo a cabo.
3ª. Que para auxiliar a los virulentos necesitados, se formen las juntas
de caridad que produjeron tantas ventajas en el año de 1830. Si hubiera
a bien adoptarlas la ilustre corporación, o que determine lo que crea
más conveniente para el cuidado y socorro de los niños pobres.
Al respecto, el señor Cortés dijo que no encontrándose mejor pus
debería ministrarse el actual, escogiéndose los granos que presentaran
“mejor carácter”. También informó que había dicho al facultativo que
las viruelas habían sido benignas entre los atacados, pero que en su
concepto el pus estaba ahora desvirtuado, por lo que era de opinión
que se arbitrara un modo para que se eligiera el mejor grano para
vacunar, puesto que, según se informaba, entre los mismos vacunados
se encontraban granos buenos y granos malos.
Al final se acordó en cabildo lo siguiente:
1ª. Para que se propague la vacuna con la celeridad que se dice, la
Junta de caridad, invitará a los facultativos para que formen una junta el
día de mañana [21 de febrero] según ha propuesto el señor Muñoz, con
el objeto de que trate sobre el método de escoger los mejores granos,
y que de ellos se extraiga el pus que se considere con toda la energía
necesaria a fin de que surta el mejor efecto.
2ª. Se oficiará a los señores D. Cayetano Muñoz y D. Remigio Montañés,
recomendándoles la pronta formación de un método curativo para las
43
viruelas, que sea muy claro, sencillo, y que esté al alcance de los no
inteligentes, para que todos puedan llevarlo a efecto.
3ª. El método que presenten dichos señores se imprimirá para repartirlo
a los señores curas y a los presidentes de las Juntas de caridad de que
se habla en el artículo siguiente.
4ª. Se formarán juntas de caridad por curatos según el plan de 1830, para
que se encarguen del socorro de los niños pobres que sean atacados
de las viruelas.
Posteriormente, el 25 de febrero, en reunión de cabildo se dio cuenta
de un oficio de la parroquia de Santiago. En éste se recomendaba,
con base en lo practicado en la capital de la República, la creación
de establecimientos llamados lazaretos para evitar el contagio de las
viruelas; pero como esta medida se oponía al reglamento del año
1830, el cual había sido adoptado, y considerando que la Junta no
tenía facultades para formar estos establecimientos, ni tampoco “para
compeler como ha de ser necesario a los epidemiados (sic) para que
vayan a ellos”, se acordó que el tema sería posteriormente discutido.
El 27 de febrero se retomó la discusión y se argumentó a favor y en
contra de que se creasen los llamados lazaretos. Entre los argumentos
en contra estaba el que la mayoría de los afectados por las viruelas
eran niños en edad de lactancia, por lo que sería imposible separarlos
de sus madres para llevarlos a los lugares de reclusión. Respecto a los
argumentos a favor estaba la ventaja de que los lazaretos estaban en un
solo lugar, cosa que no tenían las juntas de caridad. En los lazaretos un
solo facultativo podría asistir a los enfermos. En la reunión también se
mencionó que el único alimento que se les podía dar era atole.
Mientras esto sucedía en cabildo, los párrocos seguían informando de
las muertes en sus congregaciones.
44
Muertes causadas por viruelas
Querétaro 1840 (segundo informe)
DÍA EN QUE
SE INFORMÓ
FEBRERO 27
PARROQUIA
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
SAN
SEBASTIÁN
SANTAANA, Y
ESPÍRITU SANTO
MUERTES
HOMBRES MUJERES TOTAL
10 8 18
1 5 6
0 4 4
10 9 19
21 26 47
El día 5 de marzo se recibió un oficio en el que se informaba que el censo
de la parroquia de San Sebastián arrojaba un resultado de 1,429 niños,
de los cuales 367 estaban vacunados, quedando sin vacunar 1,062.
También se informó que todos eran “insolventes” económicamente y
que tenían necesidad de socorro los enfermos.
Posteriormente, el 12 de marzo, el señor Legorreta informó que la mayor
parte de los 500 ejemplares del método curativo que se habían mandado
imprimir, para curar las viruelas, los había puesto en la secretaría con
el objeto de que se mandasen repartir. Se acordó verificar tal reparto,
vigilando que llegara a las juntas de caridad un número suficiente para
que sirviera al público.
En la misma reunión también se dio cuenta de la petición de varios
vecinos acerca del traslado de Ma Sma. del Pueblito con el objeto de
que se le hiciera un novenario impetrando por su intercesión poderosa
para que los alcanzara el de su Smo. Hijo y les diera el remedio contra
la peste que los afligía. Y vaya que era grave el estado de aflicción en el
que se encontraban. He aquí el tercer informe de las parroquias.
45
Muertes causadas por viruelas
Querétaro 1840 (informes siguientes)
DÍA EN QUE
SE INFORMÓ
MARZO 20
MARZO 25
ABRIL 09
PARROQUIA
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
SAN
SEBASTIÁN
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
TOTALES
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
SAN
SEBASTIÁN
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
TOTALES
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
SAN
SEBASTIÁN
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
TOTALES
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
HOMBRES
MUERTES
MUJERES
TOTAL
15 15 30
13 11 24
3 5 8
15 25 40
46 56 102
11 11 22
10 17 27
11 9 20
17 22 39
49 59 108
18 6 24
18 11 29
9 7 16
25 19 44
70 43 113
NO SE MENCIONA NO SE MENCIONA 26
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
ESTA CIFRA APARECE
UNIDA A LA PARROQUIA
DE SANTIAGO.
ABRIL 16
SAN
SEBASTIÁN
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
34
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
21
TOTALES
81
46
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
NO SE MENCIONA NO SE MENCIONA 26
NO SE MENCIONA NO SE MENCIONA
ABRIL 23
SAN
SEBASTIÁN
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
29
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
12
TOTALES
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
67
4 3
7
63
9
ABRIL 30
SAN
SEBASTIÁN
8 15
23
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
12 5
17
TOTALES
30
26
56
De manera inesperada en la sesión de cabildo del 30 de abril de 1840,
sin dar ninguna explicación, “se juzgó concluida la epidemia de viruela”.
Por lo que los siguientes informes fueron considerados como prueba de
que al bajar el número de muertes por la viruela, ésta había dejado de
ser considerada como peste en la ciudad.
Muertes causadas por viruelas
Querétaro 1840 (informes con los que probaban que ya no había peste)
DÍA EN QUE
SE INFORMÓ
PARROQUIA
HOMBRES
MUERTES
MUJERES
TOTAL
SANTIAGO
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
3
DIVINA
PASTORA
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
8
MAYO 07
SAN
SEBASTIÁN
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
22
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
3
TOTALES
36
47
MAYO 14
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
SAN
SEBASTIÁN
1 2 3
3 1 4
7 5 12
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
NO ENTREGÓ EL
INFORME
NO ENTREGÓ EL
INFORME
TOTALES
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
11 8 19
0 1 1
0 2 2
MAYO 21
SAN
SEBASTIÁN
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
TOTALES
SANTIAGO
DIVINA
PASTORA
0 3 3
0
2
2
0
2
2
MAYO 29
SAN
SEBASTIÁN
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
TOTALES
0
4
4
SANTIAGO
4
1
5
DIVINA
PASTORA
0
1 1
JUNIO 19
SAN
SEBASTIÁN
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
SANTA ANA, Y
ESPÍRITU SANTO
NO SE MENCIONA
NO SE MENCIONA
TOTALES
4
2
6
Como podemos observar, entre el 20 de febrero y el 30 de abril de 1840,
-poco menos de dos meses y medio-, las parroquias de la ciudad de
Querétaro informaron al cabildo que hubo 625 muertos (249 hombres,
228 mujeres, y 148 que no se especificó su sexo).
48
Extrañamente, a partir de que se “juzgara concluida la epidemia”, los
reportes que entregaban los párrocos fueron incompletos, además de
que no todas las parroquias entregaron sus informes. Aún así podemos
ver que en el primero de ellos el número de muertos aún es elevado
(36), y desciende considerablemente. Los resultados son efectivamente
menores. Del 7 de mayo al 19 de junio, -casi un mes y medio-, las
muertes por viruela suman un total de 68 personas (15 hombres, 17
mujeres, y 36 sin especificar su sexo). Al final, en casi cuatro meses la
viruela le había arrancado la vida a 693 queretanos, en su mayoría niños
y niñas.
No sabemos las causas por las que descendió el número de muertes,
no está registrado en las actas de cabildo. Pero lo que sí sabemos es
que la peste de viruela que azotó a Querétaro entre 1839 y 1840 casi
había desaparecido en los siguientes años, ya que así lo demuestra la
estadística de 1846. En ésta se registró un solo “párvulo” enfermo de
viruela, y no se mencionaron muertes por esta terrible enfermedad.
FUENTES CONSULTADAS
Actas de Cabildo. Años 1839-1840. Archivo Histórico del Municipio de
Querétaro.
Estadística del Departamento de Querétaro relativa a la población. Año
de 1846. Imprenta de Francisco Frías. Biblioteca del H. Congreso del
Estado de Querétaro Arteaga.
49
SOBRE LA EJECUCIÓN DEL CUCHO MONTES, QUERÉTARO 1840
En 1840 se llevó a cabo en la ciudad de Querétaro la ejecución de
Macedonio Montes, alias el cucho Montes. Este individuo era muy
conocido en aquel entonces debido a las fechorías que cometió. Incluso
el autor del libro La Carambada habló de él, y aunque afirma que la
Carambada perteneció a su gavilla, lo cual no pudo haber sido cierto
pues cuando él fue ajusticiado ella era apenas una niña, o incluso no
había nacido; aun así el que lo haya sido mencionado en dicho libro nos
da la idea de que el tal cucho Montes era muy conocido.
Se le llamaba “cucho” porque tenía una deformidad en el labio. En un
artículo de la revista queretana Vértice de 1944, en la que no aparece
el nombre de quien lo escribió, se dice que con base en las crónicas
de sus contemporáneos, el cucho Montes jamás mató ni vejó a nadie,
y que “si encontraba a un locero que, como acostumbraban, llevara su
carga a cuestas, le quebraba a caballazos todos los trastos y luego le
pagaba a peso de oro, anunciándole que si volvía a encontrarlo cargado
como bestia le costaría caro”, pero que nunca lo cumplía, antes bien, les
daba para que compraran un animal de carga. Dice la misma revista que
“a los pobres mendigos, verdaderamente imposibilitados, los socorría
con largueza, pero a los que mendigaban por flojera les daba buenos
sustos”.
Después de llevar una vida de bandolero, llegó con su gavilla hasta el
pueblo de Huimilpan y ahí robó el curato. Pocos días después fue apresado
en una fiesta en la Cañada. Se le condenó a la horca. Al interrogársele
sobre sus compañeros, el cucho no denunció a nadie y él solo soportó
el peso de la ley. Se cuenta que cuando estaba “encapillado”, pasó
por ahí el obispo Barajas a quien mandó llamar para que lo auxiliase.
El religioso no sólo lo ayudó espiritualmente sino que lo acompaño en
la capilla, y el día en que salió al patíbulo, le fueron concedidas por el
obispo muchas indulgencias por cada paso, concediéndole la gracia de
ir al paso que quisiese. Por fin llegó al suplicio y cuando el pregonero
terminó su oficio, el verdugo “le dio garrote al estar rezando con mucho
fervor el Símbolo”.
51
Mucho tiempo después “aún se veneraba por los indios de la Cañada
una escultura de medio cuerpo, la cual era llamada La ánima de cucho
Montes”. Para quitar dicha práctica el cura D. J. Guadalupe Jaime les
escondió, en 1878, aquella escultura, porque “ya aquello rayaba en
idolatría”.
A continuación transcribo completo el bando en el que se informa de
su ejecución. Lo hago así debido al posible interés histórico que pueda
tener, así como al estado de deterioro en que se encuentra.
EJECUCIÓN DE JUSTICIA EN LA PERSONA DE MACEDONIO
MONTES
QUERETANOS: la justicia, esa deidad a quien los hombres deben tributar
todo el homenaje y respeto que se merece, va a descargar el día 17, del
corriente, su espada vengadora, sobre el cuello de Macedonio Montes,
quien por sus crímenes va a satisfacer con su vida, a la vindicta pública
altamente ultrajada por este hombre desgraciado, que pudo en tiempo,
ser miembro útil a la sociedad a que ha pertenecido. Este espectáculo
doloroso, que vais a presenciar os dará una lección interesante que
no deberéis olvidar, y para que así sea ved en compendio lo que ha
motivado tal ejecución.
Macedonio Montes [vulgo el cucho] originario de San Pedro Tolimán,
soltero y de cuarenta años de edad, conocido por ladrón en gavilla
y salteador de caminos, cuya fama llamó tantota atención de las
Autoridades de este Departamento, por varios robos que ejecutó en
las inmediaciones de esta Capital, siendo los más notables, el que
verificó en el llano del Cazadero el 14 de mayo de 1838 a unos arrieros
que conducían carga de ropa y mercería; el otro, en la Hacienda de
la Estancia de las vacas, al hijo del Sr. Gral. Parres, el 1º de Julio del
mismo año; y el último [que ha dado lugar a este espectáculo] en el
pueblo de Huimilpan el 19 de Julio del propio. Entre cuatro y cinco de
la tarde de ese día, Montes, en unión de su gavilla compuesta de quince
hombres montados y armados, asaltó al referido pueblo, dirigiéndose
52
primeramente al curato en donde encerró en una pieza de la casa a
las personas que en ella había, robó toda la ropa que encontró; cinco
caballos de aquel señor cura; trescientos pesos en reales; unas mangas
azules con muzeta de terciopelo carmesí, adornadas con galón de plata;
y no hallando otro objeto que saciara su avaricia, se dirigió a la Iglesia, a
la que también robó el pie de la custodia, la corona de Jesús Nazareno;
y dos ampolletas, una de ellas con Santos oleos. En seguida se dirigió
a los particulares de aquel vecindario, los maltrató demasiado, les robó
cuanto pudo, encerrándolos previamente en un cuarto de una casa que
al efecto estaba preparada, con el objeto de que no los conociesen,
por cuyo motivo la primer orden que daba, era que ninguno levantase
los ojos a mirarle. Mas la Divina Providencia, le tenía señalado el
término a este hombre desgraciado que por mil títulos, se ha hecho
temible en la sociedad por sus hechos depravados, ya, con el incauto e
inocente caminante que transportando sus haberes se los arrebata en
despoblado, ya también con el pacífico ciudadano, a quien sorprendía
con el propio objeto, aún dentro de su mismo hogar; al efecto para
castigarlo aquella divinidad, permitió que al día siguiente del robo
de Huimilpan, [merced a la vigilancia de nuestras autoridades] fuera
aprehendido el referido Montes, por una partida de Infantería al mando
del Teniente D. Francisco Ramírez en el Pueblo de S. Pedro de la Cañada
en un baile que casualmente había la noche del 20, con la circunstancia
de haberse aprehendido junto con aquel, las mangas pertenecientes
al cura de Huimilpan; una espada de las del robo del Cazadero; y
finalmente, un par de pistolas fulminantes, de la propiedad del hijo del
Gral Parres. Se formó la causa según los trámites legales¸ y aunque en
compañía de Montes se aprehendieron a otros varios, no resultando
nada en su contra, fueron puestos por lo mismo en libertad, y prosiguió
el proceso, sólo por aquél; en estado de sentencia, fue condenado en
16 de Octubre de 1838 por el Alcalde Primero Constitucional previa
consulta de asesor, a la pena del último suplicio, la que notificada,
apeló para ante el Superior Tribunal de segunda instancia: elevada la
causa a esta Superioridad, y habiéndole tocado su conocimiento a la
Ecsma. Segunda sala, substanciado el recurso en la forma ordinaria, y
en estado de vista [a cuya relación concurrió Montes, por haberlo así
53
solicitado] fue confirmada en todas sus partes, la sentencia del inferior,
el 25 de Julio del corriente año; notificando al reo este fallo superior,
impetró su defensor la gracia de indulto, del Supremo Gobierno: mas
desgraciadamente le fue denegada.
Ved pues en esta sencilla narración, lo que obligó a los que administran
justicia a imponer el castigo bien merecido, a un hombre de funesta
celebridad en la República. Los buenos, aunque con sentimiento verán
desagraviada ala justicia; y los perversos, retrocederán de la senda del
vicio, a la de la virtud. ¡Plegue al Cielo que así sea, y que la sangre de
Montes esparcida en el patíbulo, produzca respeto debido, a la Moral y
a las Leyes! / Querétaro Diciembre 14 de 1840.
Antes morir, el cucho Montes escribió su testamento. A continuación
dicho documento:
TESTAMENTO
En el nombre de Dios Nuestro Señor Todopoderoso, y de la Soberana
Virgen de los Ángeles María Santísima Señora Nuestra Concebida en
gracia desde el instante primero de su anunciación sagrada. Amén Yo
Macedonio Montes, sentenciado a muerte por la autoridad judicial,
y puesto ya en la Capilla donde se celebra el Santo Sacrificio de la
Misa, recibiendo en ella los auxilios espirituales para la salvación de
mi alma, originario de la hacienda de Acuchitlán el grande de esta
jurisdicción, hijo legítimo de D. José Antonio Montes y de Da. María
Luisa Reséndiz, difuntos; hallándome en mi entero acuerdo, cumplida
memoria y entendimiento natural; creyendo como firmemente creo en el
Ministerio Inefable de la Santísima e individua Trinidad, Dios Padre, Dios
Hijo, Y Dios Espíritu Santo, Tres Personas distintas y una sola divinidad
esencia y en todos los demás que tiene, cree y confiesa, predica y
enseña nuestra Madre la Santa Iglesia Católica Apostólica y Romana,
bajo cuyos sagrados Dogmas he vivido, vivo y viviré hasta la muerte, y
estando ésta próxima deseando el descargo de mi conciencia otorgo mi
testamento de la manera que sigue.----- Primeramente encomiendo mi
54
Alma a Dios que la crió y redimió con los méritos infinitos de su sangre,
sangre preciosísima, vida, pasión y muerte en el Santo Árbol de la Cruz
y mi cuerpo lo mandó a la tierra de que fue formado, el cual hecho
cadáver, se sepulta por medio de la piedad del V. O. de Ntro. Seráfico
Padre Sr. San Francisco en la forma que acostumbran con los de mi
clase.----- Declaro ser libre de estado, y por mis bienes tres yuntas de
bueyes aperadas que dejé a cargo del Capitán D. Francisco González,
vecino del rancho del Tecolote: que una deuda importante tres mil
novecientos doce pesos de que me es responsable D. Hernando Patria
extranjero cuya residencia y comercio lo ha tenido en Salvatierra, queda
a cargo de mi albacea, para que la cobre y recaude en los términos que
mejor le convengan; advirtiendo que de esta cantidad deben deducirse
doscientos cuarenta pesos valor de dos caballos que el propio extranjero
me cambió por medio de José María Romero; y aunque tenía yo algunos
otros mueblecitos de campo, éstos se han extraviado y perdido con
motivo de mi detención.----- Nombro por Albacea testamentario fide
y comisiono comisario tenedor de mis bienes, al Sr. Dr. D. José Miguel
Zurita, Juez Ecco. Y Cura propio de la Parroquia de Santiago de esta
ciudad, para que después de mi muerte entre en cuantos me pertenezcan
y cumpla mis disposiciones en el término dispuesto por derecho, o en el
mas que hubiere menester pues se lo prorrogo en bastante forme----- Y
en el remanente que quedare de los expresados mis bienes, dros. [sic]
acciones y futuras sucesiones que en cualquiera manera me toquen y
pertenezcan, instituyo, dejo y nombro por mi universal heredera a mi
Alma en los términos que dejo comunicados a mi albacea, para que lo
que así fuere lo haya y goce con la bendición de Dios; arreglándose la
cuota o cantidad que fuere de necesidad señalar a las mandas forzosas,
por dho. [sic] Señor mi albacea en la forma que a bien tuviere.----- Y por
el presente revoco, anulo, doy por de ningún valor ni efecto, cualquiera
testamentos, poderes, memorias y otras disposiciones que antes de esta
hubiere hecho y otorgado, por escrito, de palabra o en otra forma, para
que no valgan ni hagan fe en juicio ni fuera de él, salvo el presente que
quiero se guarde, cumpla y ejecute por mi última deliberada voluntad,
o por aquella vía y forma que más haya lugar en derecho y el otorgante,
a quien yo el Escribano Público Nacional de los de este número Doy fe
55
conocer y de estar según manifiesta con natural uso de sus potencias
por lo bien concertado de sus razones. Así lo otorgó y firmó en esta
ciudad de Santiago de Querétaro Capital de su Departamento a diez y
seis de Diciembre de mil ochocientos cuarenta, de que fueron testigos
los C. C. Tiburcio Guillén, Francisco Alfaro y Andrés Altamirano de esta
vecindad.----- Macedonio Montes-----Tiburcio Guillén-----Francisco
Alfaro-----Andrés Altamirano-----Ante mí José Domº Vallejo
------------------------------------------------------
Hasta aquí podemos darnos una idea del bandolero llamado cucho
Montes, pero ¿cuál era la situación de la policía en Querétaro en esos
años?, ¿fueron sus crímenes tan severos como para que haya sido
ajusticiado con la pena máxima? Veamos, cuando el alcalde de cárceles
o sotalcaide Ignacio Pérez hizo un reclamo en 1839, por medio de un
“memorial”, de por qué le quitaban cinco pesos de su sueldo, el Cabildo
le contestó que “no es aumento de sueldo el que se le dio […] sino para
utensilios del servicio de la cárcel”. Sobre este mismo asunto, el del
aumento de sueldo a los guardias de policía, el Sr. Cayetano Muñoz,
vocal del Ayuntamiento, pidió por medio de oficio se le explicara “por
qué motivo se pretendió en noviembre del año pasado [1838] aumento
de sueldo al policía 2º”. Como respuesta se le dio el acta de cabildo de
22 de noviembre de 1838 en la que, por dictamen de la comisión de
policía, se decía que “los guardas de policía de esta ciudad no están
sujetos a reglamento alguno”, por lo que el Ayuntamiento no llevaba
rigurosa escala [sic] de esos de esos dependientes. En la misma reunión,
el Presidente de Cabildo informó que “del medio real que dejan en
fondo los serenos diariamente les ha mandado hacer un vestuario para
que lo estrenen el día 16 del corriente, que con la mayor economía
se ha procurado se haga ese gasto correspondiendo a nueve pesos
dos reales por cada sereno”. Por su parte el Sr. Tinajero dijo que el Sr.
Camerino Hurtado servía de Meritorio desde hacía algún tiempo, y que
se había desempeñado bien en el puesto a pesar de no tener asignación
alguna del fondo de propios, por lo que suplicaba al Ayuntamiento que
“teniendo en cuenta los servicio de Hurtado y lo odioso que de por sí
56
es este destino, y más cuando no porta distintivo alguno en su traje,
no puede ser respetado y sí muy expuesto a que le falten como ya ha
sucedido”, se le hiciera un vestido de paño para uniformarlo con los
demás guardas, sacando el costo de dicho traje de los gastos de la
procuraduría. Sólo uno de los asistentes votó en contra. Después de
un año de servicio, aún no cobraba salario alguno el Sr. Hurtado, al
respecto el Sr. Covarrubias, miembro del Cabildo dijo que no se le podía
pagar porque aunque “compadece la situación del meritorio, y oye con
gusto sus buenos servicios encuentra arbitrario para gratificarlo, porque
el Ayuntamiento no tiene facultad para pagar en cosa alguna que no
sea lo presupuestado […] porque no debe hacerse todo lo que es justo
o equitativo, sino sólo lo que puede hacerse sin el obstáculo de que lo
impida alguna ley”. Al parecer el problema de aumento de sueldos era
común en este ramo, pues otro caso parecido era el de Alejandro Jordán,
guarda mayor de los serenos, a quien no le autorizaban aumento a pesar
de que reconocían que era “muy mal trabajo, además de que se le había
aumentado el número de roles”. La causa decían en Cabildo era que
“está faltando dinero para el sueldo de los serenos y otros gastos del
ramo”. La situación económica de los encargados del orden en la ciudad
no era nada fácil, incluso cuando estaban enfermos tenían que prestar
su caballo a quien los reemplazara mientras durara su enfermedad. Y
para finales de 1840 se discutía si se les podía dar, a los serenos, parte
de su sueldo cuando estuvieran enfermos. Posteriormente el prefecto
invitó a los regidores para que fueran ellos quienes nombraran a los
agentes de policía en sus respectivos cuarteles.
Además de los problemas económicos por los que pasaba la policía,
estaba el de la difícil situación de la cárcel. Al respecto en acta de
cabildo se registró que “el local es demasiado estrecho y tiene ya más
reos de los que puede contar y si se le aumentan más quedan expuestos
evidentemente a que con el foco de tantos humores reunidos en un
recinto tan corto, se engendre una fiebre de tifo que ya se empieza a
desarrollar […] y para que en arreglo al Art. 153 de la ley de 20 de marzo
de 1837, nombre el SS., un local que lleve el nombre de cárcel para que
allí se pongan los que se hallen cursos en la causa de libelos infamatorios;
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pues de lo contrario queda expuesta la población al contagio”
Después de que se llevó a cabo una ”detenida discusión meditando el
lugar que se ha de señalar que lleve el nombre de cárcel”, se propusieron
dos lugares. El primero fue el Colegio de la Santa Cruz, pues era idóneo
para castigar delincuentes, ya que contaba con algunas piezas abajo que
podrían dedicarse a tal efecto y, además de ser cómodas habitaciones,
se aseguraría a los reos debido a que estaba acuartelado dicho colegio,
y por ello se podía controlarlos.
Otro lugar que se propuso fue el cuarte de la esquina de Sto. Domingo,
pues se hallaba vacío y sus aposentos eran cómodos y seguros; en
cuanto a la seguridad puede proponerse –decían– a los reos que vayan
a él, “que contribuyan con alguna cantidad para poder levantar ocho o
diez gendarmes más de los que hay, con el objeto de que custodien”.
En caso de que los presos no aceptaran se les propondría la disyuntiva
de irse a la cárcel nacional, donde seguramente rehusarían ir debido a
que se les alejaría de sus familias.
También se propuso “la pieza alta que ocupa el Alcalde de la cárcel”. Al
respecto salió una comisión “a imponerse de la capacidad de la referida
pieza”, para ver si podían caber catorce personas, que era el número
de presos que entonces tenían. Al regreso de la comisión, ésta informó
que “no está útil la pieza porque es demasiado pequeña, pero siendo
ya dados los tres cuartos para las diez de la noche, se tomó por última
providencia que los presos pasasen al referido cuarto alto del Alcalde
por ahora”.
Al final se acordó que se les cobraría a los presos por estar en la cárcel,
en el cuarto de arriba. El dinero se repartiría entre el Presidente y los
calaboceros que cuidaban el orden interior de la cárcel. Se mandó fijar
una copia de la orden en la puerta del calabozo, pero ésta fue arrancada
por los mismos presos que “por este medio han dado a entender que
no les agrada la disposición acordada”.
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A lo anterior hay que sumar que los reos cuidaban a los reos. Veamos al
respecto el siguiente informe que se dio en reunión de cabildo. “El reo
único que de ruego y encargo cuidaba de noche el calabozo, me acaba
de decir que ya no sigue cuidando, esta renuncia y el haber herido
de gravedad al presidente da idea por la experiencia que tengo de
hacer una fuga decidida a costa de cualquier sacrificio. Eso lo conjetura
porque el señor presidente de la visita me acaba de decir que doble mi
vigilancia; yo no puedo hacer más que lo que un solo hombre puede
hacer, pues si estrecho al sotalcaide que se esté adentro, no hay quien
cubra los deberes de éste afuera, y juzgo que en este caso se irá”.
El alcalde de cárceles dio parte al prefecto de haber mandado al Sr.
Alcalde 1º Constitucional tres reos: uno por robo de reses, y dos por
ebrios escandalosos. Al Sr. Alcalde 2º Constitucional mandó cuatro
reos: dos por robo, otro porque golpeó a su mujer, otro por [ilegible]
y otro por incestuoso. Al Sr. Alcalde 3º Constitucional dos reos: uno
por heridas, y el otro porque se cobraba comisión, y cuatro mujeres
presas, una por pegarle a la madre otra detenida, otra porque se huyó
de sus padres, y la otra amancebada. Los gendarmes trajeron dos reos
por sospechas de robo. Los serenos apresaron cuatro reos, uno por
ebrio, y tres por pleito. En la noche se perdieron unas calzoneras y unos
calzoncillos, hallábanse en el calabozo y no han aparecido a pesar de
haber registrado […] Hoy día domingo hubo misa en la cárcel, no ocurre
más novedad”.
En esta situación renunció a la comisión de cárcel el señor Larráinzar,
por lo que dicha comisión quedó acéfala. Después se encargaron de la
comisión los señores Covarrubias y Vértiz, pero el primero dijo que su
compañero no había concurrido en comisión. Aunque tiempo después
el señor Vértiz informó al Cabildo que la cárcel requería de varias
composturas, entre ellas la de mandara hacer una nuevas llaves para las
bartolinas, ya que las que tienen “las falsean con facilidad los presos”,
también picar y blanquear los calabozos, pues de ese modo se destruiría
su fetidez insoportable, y se aminoraría el exceso de chinches “de que
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casi están cubiertas sus paredes”. Se pedía también que se hiciera “un
plan bajo el cual se regularice el modo con que deben instruirse los
presos de los dogmas de nuestra religión y otras cosas tan útiles como
necesarias”.
Como podemos observar entre los años 1839 y 1840 lo referente a
policías y cárceles pasaba por un período crítico, ya por la falta de
recursos económicos para solventar los sueldos de los primeros, ya
por la falta de un lugar en donde poner a los reos. El caso es que no
había tantos presos, y el cucho Montes hubiera sido uno más de los
que ocuparon la habitación alta del sotalcaide de cárceles, pero no, su
fechoría no tenía perdón, pues como dice el bando que da cuenta de
su ejecución, el “que ha dado lugar a este espectáculo” fue el haber
robado al curato de Huimilpan. Así, el 17 de diciembre de 1840, en el
costado norte de la Alameda, la horca cerró definitivamente los ojos del
bandolero queretano que se hizo leyenda.
Sólo nos resta mencionar que conocer de la ejecución del cucho
Montes no sólo nos remite a su vida, sino también a la forma en que el
pueblo queretano asumía la religiosidad en aquella época, no se podía
perdonar la delincuencia en contra de la Iglesia.
Fuentes consultadas
Archivo Histórico del Municipio de Querétaro. Actas de Cabildo, 1839,
f 108 v, 125v-126, 135 v, 136, 141, 155-155v, 157, 192 v-193, 227 v,
248, 287 v, 291-291v, 299, 306 v,
Biblioteca del H. Congreso del Estado de Querétaro Arteaga. Bando de
ejecución de justicia en la persona de Macedonio Montes, y documento
paleografiado de su testamento.
Revista Vértice. Publicación quincenal. Querétaro, Qro., 1º de noviembre
de 1944, p. 7.
60
LOS GUARDA SERENOS EN QUERÉTARO EN 1849
Querétaro en el siglo XIX, como cualquier otra ciudad, era vigilada
durante las noches por los guardas serenos, conocidos comúnmente sólo
como serenos. Estos eran los policías que habían sido designados para
recorrer las calles, encender los faroles, cuidar el orden y, en general,
vigilar que todo estuviera en debida calma. Hoy los recordamos por
aquella conocida frase que acostumbraban decir: “las ooonce [o la hora
que fuera] y sereeeno”.
Estaban distribuidos en los diez cuarteles en que se encontraba
dividida la ciudad para su seguridad. Sus puestos eran designados
por el Ayuntamiento en sesión de cabildo. Los guarda cuarteles eran
personas con probada integridad moral; al menos así se pretendía. En
caso de que se descubriera y probara alguna anomalía eran despedidos
inmediatamente.
En sesión ordinaria del 23 de agosto de 1849, se informó que “a
trueque de no estar haciendo composturas a las escaleras que sirven a
los serenos, pues arrimadas a la pared las tiran los animales que pasan
cargados, y también cuando hace aire fuerte”, se mandó construir 30
alcayatas para colgar las escaleras haciendo responsables a los serenos
para que cuiden de que no se las robaran. Al final se dijo que se aprobó
“esta providencia”.
Era un trabajo en el que los sueldos eran bajos y no siempre se les
pagaba a tiempo, incluso había casos en que después de haber
trabajado tenían que solicitar por escrito su sueldo, pues éste no era
pagado de manera inmediata. Un caso de esta índole es el que se
verificó en sesión ordinaria de Cabildo, el 7 de septiembre de 1848, en
la que el sereno Arana pidió su sueldo. Como respuesta se acordó que
se le abonaría en virtud de que había suplido a un hombre de apellido
Pastrana. Por ello se decidió que se le daría su “haber” o sueldo, que le
correspondía desde el 1º del mes en que desempeñaba el servicio de
la policía, hasta tanto se cubriera la vacante. Es decir, por un lado, se
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reconocía que debía pagársele desde el primer día de la semana que
llevaba trabajando; pero, por otro, se decía que se le pagaría mientras
se cubriera la vacante. Con ello podemos observar que el trabajo de
sereno a veces era asumido por personas del pueblo sin que hubieran
sido designados por el Cabildo, y aunque éste reconocía su trabajo, no
eximía su responsabilidad de designar a quien llevaría la titularidad del
trabajo.
Un segundo ejemplo es el que se dio en sesión ordinaria de 22 de marzo
de 1849, se vio un ocurso del guarda sereno Modesto Ramos en que se
quejaba de los gravámenes que sufría con “la recepción de su sueldo
en moneda de jabón”, por lo que suplicaba por sí, y a nombre de sus
compañeros, se pusiera remedio. Se envió a la comisión de alumbrado.
Otro caso es el que se dio a conocer en sesión ordinaria de Cabildo,
el 15 de junio de 1849. El ciudadano Francisco Pérez Cano solicitó al
Ilustre Ayuntamiento “un certificado del buen manejo que observó en
18 días que sirvió interinamente gratis el destino de Guarda Mayor se
Serenos”. Sobre esto hubo una detenida discusión por lo que el Sr.
Güémez pidió y quedó acordado, se proveyera aquella solicitud con
el decreto siguiente: “Devuélvase al interesado su solicitud con los
certificados diciéndole que el Ayuntamiento no le expide el que solicita
por no haber servido en el alumbrado con conocimiento del mismo
Ilustre Cuerpo”. Posteriormente se mandó pasar a la comisión de
alumbrado para que se agregara a su cuenta un recibo por el importe
de dos reales que satisfizo el Sr. Alcalde 2º D. Francisco Truchuelo al C.
Apolonio Rodríguez “por hechura de una linterna que sirvió al sereno
número 7”. Como podemos observar no se le pagó a Francisco Pérez
Cano por la razón de que el Cabildo desconocía que aquel estuviera
realizando dicho trabajo. Esto aunque es inconcebible, nos permite ver
la falta de trabajo que había en la ciudad, pues si alguien se atrevía
a realizar un trabajo aún sin ser nombrado para tal efecto, esperando
solamente a ser reconocido por su trabajo, es que las cosas no estaban
tan bien que digamos.
Este tipo de problemas laborales, que afectaban el servicio de la
62
población, era común. Obedecía sobre todo a los derechos que exigían
los queretanos por ocupar los puestos que decían les correspondía;
además, los que tenían tiempo trabajando en el cuerpo de policías
también exigían determinados puestos. Un ejemplo de esto es el que
se dio en la sesión ordinaria de 9 de octubre de 1848, donde el cabo de
serenos, ciudadano Vicente Ruiz, manifestó que le correspondía obtener
la plaza de primer cabo del ramo de serenos, “y no a un individuo de
fuera”. Como resultado el Cabildo decidió enviar su asunto a la comisión
de alumbrado.
Un asunto más que tenía que ver con los serenos era el del vestuario.
Al respecto, en sesión ordinaria de 23 de noviembre de 1848, el señor
Arana pidió que se liberaran quinientos setenta y un pesos y siete
reales, lo cual quedó acordado, que importaba el fondo que habían
dejado los veinticinco serenos para su vestuario a medio real diario
cada uno en los 366 días de ese año. Día después el mismo señor
Arana, en sesión ordinaria de 7 de diciembre de 1848, informó que el
fondo de alumbrado no tenía ningún dinero para cubrir el libramiento
de quinientos setenta y un pesos siete reales que le había expedido
ese Ilustre Cuerpo por el medio real que habían dejado los serenos
para su vestuario en ese año. Ante eso, y con la posibilidad de tomar
el dinero del fondo de propios para atender esa urgencia, el secretario
informó que existía un decreto expedido por el Excmo. Sr. Gobernador
del Estado, Francisco Berdusco, el 11 de septiembre de 1846, el cual
en su artículo 4º prohibía tal acción. Por ello se nombró al mismo señor
Arana, junto con el señor Salazar, para que se acercaran a S. E. [su
excelencia] el Sr. Gobernador y le patentizaran el caso urgente en que
se encontraba el Cabildo, manifestándole el referido decreto para ver
“qué providencia les dictaba en la materia”.
Pero el problema que tenía mayor trascendencia era su desempeño
laboral. Sabemos que había quejas del trabajo de los serenos, quizá
porque se esperaba mucho más de lo que tenían que hacer. Al menos
así lo podemos leer en el informe que se leyó en sesión ordinaria de
cabildo, de primero de febrero de 1849. En esta el señor Salazar dijo que
63
varias noches al pasar por una calle había observado que el sereno no se
movía de lugar, “debiendo recorrer todo su ramo”; también mencionó
que había advertido en “los agentes de servicio de alumbrado” tal
insubordinación y falta de respeto a todos los miembros de ese Ilustre
Cuerpo, por lo que era necesario hacerles entender que él y los demás
miembros del Cabildo eran sus superiores, por lo que proponía que
la comisión de alumbrado debería exigir al Guarda Mayor del Cuerpo
de Serenos se presentara diariamente a recibir sus órdenes en todo lo
concerniente al ramo. Al respecto podemos observar que aunque los
serenos tenían un jefe inmediato, se les exigía mostrar una especie de
sumisión hacia los integrantes del Ayuntamiento.
Pero también existían las quejas por parte de los serenos. Así se dio a
conocer en sesión ordinaria de cabildo, el 22 de febrero de 1849. El
sereno Pablo Rodríguez se dirigió al Ayuntamiento para quejarse “de
los malos tratamientos” que le daba su cabo, el ciudadano Vicente Ruiz,
así como de otras arbitrariedades que se cometían. No sabemos que
consecuencias tuvo dicha queja, pero al parecer, por otras que se hacían
en ese mismo sentido, debió haber sido turnada y resuelta conforme a
lo que estipulaba el reglamento.
En esa misma reunión de cabildo, también se dio lectura al dictamen
de la comisión de alumbrado, la cual terminaba con las proposiciones
siguientes:
1ª Previo permiso del Honorable Congreso se aumentará el número de
faroles que únicamente sea necesario para cubrir los huecos donde falta
la luz, sin extenderse por hoy a más.
2ª Como incompetentes el actual número de serenos, se aumentarán al
de 35 para el mejor servicio.
3ª El costo de los faroles se hará por esta vez del fondo de propios, por
no tener suficiente el de alumbrado.
Se aprobó la primera y por consiguiente las demás. Y se fijaron estas
otras:
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1ª Excítese el celo de la comisión de alumbrado para que obligue a los
Serenos a la puntual observación del reglamento, particularmente en la
obligación 1ª del artículo 70.
2ª Iníciese al Honorable Congreso pidiéndole la facultad de pagar
dos reales diarios de sueldo a un mozo que se dedique a repartir el
combustible para los faroles del alumbrado.
Con dispensa de trámites fueron aprobados. Se le pidió al Sr. Salazar
que nombrara a un sereno de su confianza para que repartiera el
combustible “a su presencia”, es decir, personalmente, mientras resolvía
lo conducente el H. Congreso. Se trataba de ahorrar lo más que se
pudiera; por ello, en sesión ordinaria del 23 de julio de 1849, se dijo
que con la cantidad presupuestada para el número de los faroles, “aún
[podía] soporta el combustible para otros 15 faroles más”.
¿Podemos imaginar a la ciudad de Querétaro con 35 serenos? Al
parecer el número que había antes de esta cifra no era suficiente.
¿Cómo sería caminar por esas calles en donde el número de faroles
era el “necesario para cubrir los huecos donde faltaba la luz, donde
las sombras se habrían perdido fácilmente con la noche? Al respecto
es importante mencionar que las casas particulares acostumbraban
alumbrar las puertas de entrada de sus casas, pero como no eran todas,
ni todas las noches, podemos decir que la ciudad no contaba con la
luz suficiente para asegurar la integridad de sus habitantes durante las
noches. Quizá por ello había también renuncias por parte de algunos
policías que preferían seguir siendo serenos. En sesión ordinaria de
primero de marzo de 1849, el Cabildo recibió un oficio del guarda de
policía Antonio Luna, pidiendo que se le admitiera la renuncia de “ese
destino”, y se le vuelva a continuar de sereno.
Pero no todo era fácil para los serenos, el reparto del combustible para
los faroles no les correspondía, sin embargo tenían que hacerlo pues
no había quien lo hiciera. Sin embargo el Cabildo hacía lo posible para
65
subsanar esa falta, por ello le pidió al H. Congreso permiso para gastar
dos reales diarios en un mozo que repartiera el combustible de los
faroles.
Hubo casos en que los serenos se enfermaron y el Cabildo no supo
qué hacer para cubrir su plaza, o bien, para realizar el pago a quien lo
sustituyera, por ello, en sesión ordinaria de 22 de abril de 1849, se dio
lectura al dictamen de comisión de alumbrado, la cual terminaba con
las proposiciones siguientes:
1ª En caso de enfermedad del guarda mayor, o cabo, cubrirá su falta el
sereno más antiguo, o aquel que por su honradez y buen comportamiento
merezca la confianza del Sr. Prefecto y la Comisión.
2ª El ramo del sereno que pase a ejercer las funciones de cabo, lo
sustituirá un meritorio por turno cada noche, sin estipendio alguno.
3ª Si la enfermedad del guarda o cabo se alargase a tanto que pase
del término de 20 días en el año, que están concedidos por la ley, para
pasarles sueldo desde el día siguiente en que se cumpla este término.
Disfrutará el sereno el sueldo de 2º cabo, y el meritorio el del sereno
propietario mientras se provee la plaza.
4ª Estos tres artículos se tendrán como excepcionales para que sirvan
únicamente en el riguroso caso de enfermedad justificada; pues para
casos accidentales, uno u otro deberán cubrirse sus faltas. Fue aprobada.
Como consecuencia, en sesión ordinaria de 26 de julio de 1849, a
petición del señor Vega se dispuso que al sereno Modesto Ramos “le
corra el sueldo hasta por 20 días que concede la ley a los empleados
que se separan de sus destinos, para que se auxilie en su enfermedad”.
Posteriormente, en sesión ordinaria del 21 de mayo de 1849, quedó
acordado fijar la convocatoria “para el destino de Guarda Mayor de
Serenos”, fijando el término de seis días contados a partir del día
siguiente.
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Fuentes consultadas
Actas de Cabildo de Querétaro. Años 1848 y 1849. Archivo Histórico
del Municipio de Querétaro.
Notas Estadísticas del Departamento de Querétaro por la Asamblea
Constitucional del mismo y remitidas al Supremo Gobierno, en
cumplimiento de la Parte Primera del Artículo 135 de las Bases Orgánicas.
Año de 1845. Publicado en 1848. Biblioteca del H. Congreso del Estado
de Querétaro Arteaga.
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PROBLEMAS DE GUARDA CUARTELES Y AYUDANTES DE
MANZANA EN QUERÉTARO, 1848-1849
La capital del Departamento de Querétaro contaba para su seguridad,
en 1845, con veinte gendarmes, de cien que estaban repartidos en
las cabeceras de los cinco distritos (villa de San Juan del Río, villa de
Cadereyta, Santa María Amealco, San Pedro Tolimán, Santiago de Jalpan)
que junto con el de Querétaro se conformaba dicho Departamento. La
ciudad también contaba con 25 vigilantes y 23 serenos. Pocos años
después, en 1848, a diez de que el Congreso de Querétaro hubiera
dividido (en 1837) a la población en cuarteles numerados, y cada cuartel
en calles, hubo algunos cambios significativos que muestran que los
civiles rechazaban ocupar cargos o funciones policiales.
En 1848, en sesión ordinaria de 10 de agosto, el Sr. Salazar, miembro del
Ilustre Cuerpo del Ayuntamiento, llamó la atención de éste acerca de
los abusos que se cometían en el nombramiento de guarda cuarteles y
ayudantes de manzanas con infracción del documento de 17 de octubre
de 1833, ya que siendo aquella elección privativa del I. Cuerpo según
los artículos 2º y 3º de la mencionada ley, pidió que se “cortara tal
inobservancia”, por lo que hizo la siguiente proposición: “La Secretaría
de este I. Cuerpo, no extenderá nombramientos de guarda cuarteles y
ayudantes de manzanas sin previo acuerdo del H. Ayuntamiento que
recaerá al informe que den los señores capitulares”. En dispensa de
trámites fue aprobada.
Se buscaba no sólo mantener la paz y el orden en la ciudad, sino
mejorar la actitud de los responsables designados por el Ayuntamiento;
por ello, en sesión ordinaria de 31 de agosto de 1848, respecto al
comportamiento impropio de un guarda se dijo que “siendo ebrio
consuetudinario no debía permanecer en el destino”. Esta actitud nos
muestra que no se toleraban acciones que demeritaran la imagen que
pretendían tener como servidores públicos. Pero –como veremos más
adelante– les costaba mucho trabajo, pues tanto los guarda cuarteles,
o responsables del cuartel numerado, como los ayudantes de manzana
casi no duraban en estos puestos.
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El número de guarda cuarteles y ayudantes de manzana quedó establecida
en sesión ordinaria de 7 de septiembre de 1848, a proposición del señor
Saldivar. De los primeros, se acordó que la ciudad se dividiría en diez;
y de los segundos, se dispuso que dependiera de las necesidades de
cada cuartel. Pero los puestos estaban continuamente vacantes, o bien,
los relevos eran muy seguidos. A continuación un cuadro con los diez
cuarteles en que se dividía la municipalidad de Querétaro, en el que
podemos apreciar esta situación.
No. DE
CUARTELES
1
2
3
4
ENCARGADO DEL CUARTEL
SR. HERRERA
SR. AGUILAR
SR. JUAN DE DIOS MIGUEL
REVELO
SR. CLEMENTE URIBE
SR. REFUGIO OLVERA
SR. LÓPEZ
SR. JOSÉ MARÍA FUENTES
SR. BORJA
SR. HERRERA
SR. AGUILAR
SR. JUAN SANTOYO
SR. ANTONIO MARTÍNEZ
NO SE ENCONTRÓ EL NOMBRE
70
FECHAS
TENÍA EL CARGO EL 11 DE ENERO
DE 1849
TENÍA EL CARGO EL 22 DE MARZO
DE 1849
SE LE NOMBRÓ EL 15 DE JUNIO
DE 1849
SUSTITUYÓ A JUAN DE DIOS
MIGUEL REVELO EL MISMO 15 DE
JUNIO DE 1849
A PARTIR DEL 28 DE JUNIO
DE 1849
TENÍA EL CARGO EL 11 DE ENERO
DE 1849
SE LE EXONERÓ DEL CARGO EL
1 DE MARZO DE 1849
TENÍA EL CARGO EL 9 DE
OCTUBRE DE 1848
TENÍA EL CARGO EL 11 DE ENERO
DE 1849
TENÍA EL CARGO EL 22 DE MARZO
1849
EL 31 DE MAYO DE 1849 PIDIÓ
QUE SE LE EXONERARA DEL CARGO
SE NOMBRÓ EL 2 DE AGOSTO
DE 1849
EL 16 DE AGOSTO DE 1849 SE
NOMBRÓ OTRO GUARDA CUARTEL
5
6
7
8
SR. ARCAUTE
SR. GÓMEZ
SR. GÜÉMEZ
SR. GÓMEZ
SR. MARCELINO SILVA
NO SE ENCONTRÓ
SU NOMBRE
SR. GÓMEZ
SR. ARCAUTE
SR. HERNÁNDEZ
SR. HIDALGO
SR. ANSELMO TINAJERO
SR. JUAN PÉREZ
SR. ARANA
SR. VEGA
SR. SALAZAR
SR. GÜÉMEZ
SR. REFUGIO FERRARA
TENÍA EL CARGO EL 15 DE
SEPTIEMBRE DE 1848
TENÍA EL CARGO EL 11
DE ENERO DE 1849
TENÍA EL CARGO EL 18 DE
ENERO 1849
TENÍA EL CARGO EL 16 DE
FEBRERO DE 1849
PIDE SU RENUNCIA AL CARGO EL
22 DE FEBRERO DE 1849. SE
ADMITE SU RENUNCIA EL 8 DE
MARZO DEL MISMO AÑO
EL 12 DE MARZO DE 1849
EL SEÑOR GÓMEZ PROPUSO
UN NUEVO GUARDA CUARTEL
TENÍA EL CARGO EL 22 DE
MARZO DE 1849
TENÍA EL CARGO EL 7 DE
DICIEMBRE DE 1848
TENÍA EL CARGO EL 11 DE
ENERO DE 1849
TENÍA EL CARGO EL 12 DE
MARZO DE 1849
A PARTIR DEL 15 DE
JUNIO DE 1849
TENÍA EL CARGO EL 9 DE
OCTUBRE DE 1848
TENÍA EL CARGO EL 11 DE
ENERO DE 1849
QUEDA ENCARGADO DEL PUESTO
EL 12 DE MARZO DE 1849
QUEDA ENCARGADO DEL PUESTO
EL 12 DE MARZO DE 1849
TENÍA EL CARGO EL 11 DE
ENERO DE 1849
EL 8 DE MARZO DE 1849 PIDIÓ
QUE SE LE EXONERARA DEL
CARGO. SE ACEPTÓ SU
RENUNCIA EL DÍA 29 DE MARZO
DEL MISMO AÑO
71
9
10
SR. SALDIVAR
SR. RICARDO GARCÍA
TENÍA EL CARGO EL 15 DE
SEPTIEMBRE DE 1848
TENÍA EL CARGO EL 11 DE ENERO
DE 1849
En el caso de los cuarteles 3 y 9 no se pudo encontrar los nombres
de quienes estuvieron a su cargo. Solamente se encontró que el Sr.
Siurob fue guarda cuartel de uno de ellos, pero se ignora de cuál de
los dos. Aún así, podemos observar que los encargados duraban poco,
en algunos casos hasta una semana. O incluso sólo el mismo día en
que eran nombrados, ya que al rechazar tal disposición los tenían que
cambiar inmediatamente; no obstante, es necesario aclarar que no
siempre se les aceptaba tal rechazo.
Por su parte el Ilustre Cuerpo del Ayuntamiento les pedía cumplir
con su deber, pero eran pocos los que cumplían a cabalidad con su
encomienda. Por ejemplo, en la sesión ordinaria del 15 de septiembre
de 1848, solamente el Sr. Saldivar presentó el padrón de su cuartel
número 10.
Aun así, sucedía algo poco común, a pesar de que los encargados
no duraban mucho en los puestos, había no pocas solicitudes para
ocuparlos en cuanto quedaban vacantes. Así dio cuenta el secretario de
11 solicitudes “de otros tantos ciudadanos que pretendían la plaza de
guarda de policía en virtud de la convocatoria que se había mandado
fijar”, por lo que se acordó que pasaran aquellos documentos a la
comisaría de policía para que presentaran una terna al Ayuntamiento.
Pero además de las solicitudes, por lo regular eran los miembros de éste
quienes proponían tanto guarda cuarteles, como ayudantes de manzana.
A continuación una tabla en la que se muestran las proposiciones que
se hicieron para guarda cuarteles o para ayudantes de manzana.
72
PROPONE
PERSONAS QUE
SE PROPONEN
CARGO PARA EL
QUE SE PROPONE
FECHA
SR.ARCAUTE
SR.ESPINOSA
AYUDANTE DEL
CUARTEL NO. 5
15 DE SEPTIEMBRE
DE 1848
SR.SANDOVAL
TEMA DE CIUDADANOS:
PRISCILIANO, MUÑOZ,
PABLO LÓPEZ Y
PEDRO TINAJERO
GUARDA DE POLICÍA
15 DE SEPTIEMBRE
DE 1848
SR.SANDOVALJ UAN PASTRANA GUARDA DE POLICÍA
28 DE SEPTIEMBRE
DE 1848
SR.BORJAJ
UAN PÉREZ
GUARDA DEL CUARTEL
NO.7
28 DE SEPTIEMBRE
DE 1848
SR.ARCAUTE
ANTONIO
GONZÁLEZ
AYUDANTE DE
MANZANA
9 DE OCTUBRE DE
1848
POR ESCRUTINIO
SECRETO MEDIANTE
CÉDULAS
SR.BORJA
GUARDA DEL
CUARTEL NO.4
9 DE OCTUBRE DE
1848
SR.SALDIVAR
VARIOS
INDIVIDUOS
AYUDANTE DE
SU CUARTEL
9 DE OCTUBRE DE
1848
SR.HERRERA
VARIOS
INDIVIDUOS
AGENTES DE POLICÍA
PARA SUS CUARTELES
23 DE NOVIEMBRE
DE 1848
LOS SEÑORES
ARCAUTE Y BORJA
VARIOS
INDIVIDUOS
AGENTES DE POLICÍA
PARA SUS CUARTELES
7 DE DICIEMBRE
DE 1848
SR.GÜÉMEZ
ONCE
INDIVIDUOS
AGENTES DE POLICÍA
PARA SUS CUARTELES
7 DE DICIEMBRE
DE 1849
LOS SEÑORES
REGIDORES QUE
TIENEN A SU CARGO
LOS CUARTELES
NÚMERO 2, 7, 8 Y 10
VARIOS
INDIVIDUOS
AGENTES
DE POLICÍA
1 DE FEBRERO DE
DE 1849
LOS SEÑORES
AGUILAR E HIDALGO
VARIOS
INDIVIDUOS
AGENTES DE POLICÍA
PARA SUS CUARTELES
22 DE FEBRERO DE
1849
SR.HERNÁNDEZ
VARIOS
INDIVIDUOS
AYUDANTES DE SU
CUARTEL NO. 3
12 DE MARZO DE
1849
SR.GÓMEZ
VARIOS
INDIVIDUOS
GUARDA CUARTEL Y
UN AYUDANTE PARA
EL CUARTEL NO.5
12 DE MARZO DE
1849
SR.GÜÉMEZ
SR.VEGA
GUARDA DEL
CUARTEL NO. 7
12 DE MARZO DE
1849
SR.HIDALGO
VARIOS
INDIVIDUOS
AYUDANTES DEL
CUARTEL NO. 6
22 DE MARZO DE
1849
73
SR.AGUILAR
UN
INDIVIDUO
AYUDANTE PARA EL
CUARTEL NO.4
22 DE MARZO DE
1849
SR.AGUILAR
DOS
INDIVIDUOS
AYUDANTE PARA EL
CUARTEL NO.1
3 DE MAYO DE
1849
SR.AGUILAR
UN
INDIVIDUO
AYUDANTE DEL
CUARTEL NO.10
3 DE MAYO DE
1849
SR.SALAZAR
UN
INDIVIDUO
VIGILANTE DE LA
CALLE DE FRIJOMIL
3 DE MAYO DE
1849
SR.HIDALGO
VARIOS
INDIVIDUOS
AYUDANTES DE SU
CUARTEL
6 DE MAYO DE
1849
SR.GÜÉMEZ
VARIOS
INDIVIDUOS
AYUDANTES DE SU
CUARTEL
6 DE MAYO DE
1849
SR.VEGA
SR. JUAN DE DIOS
REVELO
GUARDA DEL
CUARTEL NO.1
15 DE JUNIO DE
1849
SR.VEGA
SR. ANSELMO
TINAJERO
GUARDA DEL
CUARTEL NO.6
15 DE JUNIO DE
1849
SR.ARANA
VARIOS
INDIVIDUOS
AYUDANTES DE SU
CUARTEL
15 DE JUNIO DE
1849
SR. REFUGIO
OLVERA
GUARDA DEL
CUARTEL NO.1
28 DE JUNIO DE
1849
SR.GÜÉMEZ
SRES. JUAN FLORES
Y MAGDALENO SILVA
AYUDANTES DE
MANZANA DEL CUARTEL
NO.8
5 DE JULIO DE
1849
SRES. CAPITULARES
DE LOS CUARTELES
NÚMERO 1, 4, 6 Y 7
VARIOS
INDIVIDUOS
AYUDANTES DE SUS
CUARTEL
2 DE AGOSTO DE
1849
SR.HERNÁNDEZ
UN
INDIVIDUO
AYUDANTE DE SU
CUARTEL
2 DE AGOSTO DE
1849
SR.CHINCHÓN
UN
INDIVIDUO
GUARDA DEL
CUARTEL NO.4
16 DE AGOSTO DE
1849
SR.HIDALGO
VARIOS
INDIVIDUOS
AYUDANTES PARA
SU CUARTEL NO.6
6 DE SEPTIEMBRE
DE 1849
Pero eran más las personas que buscaban quedar exentas del cargo
que les encomendaba el Ayuntamiento. A continuación una tabla en la
que se muestra esta situación que, por su continuidad, resultaba ser un
problema para la ciudad.
74
PERSONA QUE
SOLICITA
C.LUIS ARTEAGA
CARGO DEL QUE SE
PRETENDE QUEDAR
EXONERADO
AYUDANTE DE LA
PLAZUELA DE SAN
FRANCISCO DEL
CUARTEL NO.1
FECHA EN QUE LO
SOLICITA
21 DE SEPTIEMBRE
DE 1848
FECHA EN QUE SE
LE CONTESTA
28 DE SEPTIEMBRE
DE 1848
RESPUESTA
QUE DA EL
AYUNTAMIENTO
SE APROBÓ
C.JOSÉ MARÍA
NÚÑEZ
AUXILIAR DE LA
MANZANA NÚMERO
17 DEL CUARTEL
NO.3
15 DE SEPTIEMBRE
DE 1848
28 DE SEPTIEMBRE
DE 1848
SE APROBÓ
C.MIGUEL
ESPINOSA
AYUDANTE DE
MANZANA DEL
CUARTEL NO.5
9 DE OCTUBRE
DE 1848
9 DE OCTUBRE
DE 1848
SE APROBÓ PORQUE
EL SOLICITANTE HABÍA
CAMBIADO DE
DOMICILIO
C.RAMÓN
MENDOZA
AYUDANTE DE
MANZANA DEL
CUARTEL NO.1
NO SE ENCONTRÓ
3 DE NOVIEMBRE
DE 1848
NO SE ADMITE LA
EXCUSA POR NO SER
SUFICIENTES LAS
CAUSALES QUE SE
EXPONEN PARA ELLOS
C.RICARDO
GARCÍA
GUARDA CUARTEL
NO.10
NO SE ENCONTRÓ
11 DE ENERO
DE 1849
NO SE ENCONTRÓ
C.ESTANISLAO
PÉREZ
AYUDANTE EN EL
CUARTEL NO.5
25 DE ENERO
DE 1849
1 DE FEBRERO
DE 1849
SE APROBÓ POR
HALLARSE ENFERMO
EL SOLICITANTE
C.MARCELINO
SILVA
GUARDA CUARTEL
NO.5
22 DE FEBRERO
DE 1849
NO SE ENCONTRÓ
NO SE ENCONTRÓ
CC. JESÚS SANDOVAL
Y PEDRO QUINTANA
AYUDANTES DE
MANZANA DEL
CUARTEL NO.2
22 DE FEBRERO
DE 1849
12 DE MARZO
DE 1849
SE APROBÓ
C.LIBERATO
LEDESMA
AYUDANTE DE
MANZANA DEL
CUARTEL NO.2
22 DE FEBRERO
DE 1849
12 DE MARZO
DE 1849
NO SE APROBÓ
C.JORGE
PIÑA
AYUDANTE DE
MANZANA DEL
CUARTEL NO.2
NO SE ENCONTRÓ
12 DE MARZO
DE 1849
NO SE APROBÓ
C.JOSÉ MARÍA
FUENTES
GUARDA
CUARTEL NO.2
NO SE ENCONTRÓ
1 DE MARZO
DE 1849
SE APROBÓ
C.JOAQUÍN
ZÚÑIGA
AYUDANTE DEL
CUARTEL NO.2
NO SE ENCONTRÓ
1 DE MARZO
DE 1849
SE APROBÓ
75
C.MACELINO
SILVA
GUARDA
CUARTEL NO.5
NO SE ENCONTRÓ
8 DE MARZO
DE 1849
NO SE
ENCONTRÓ
C.REFUGIO
FERRARA
GUARDA
CUARTEL NO.8
8 DE MARZO
DE 1849
29 DE MARZO
DE 1849
SE APROBÓ
C.SÓSTENES OLVERA
PIDE SE EXCEPTÚE
A SU DEPENDIENTE
ARCADIO MORALES
AYUDANTE DE LA
MANZANA NO.9, DEL
CUARTEL NO.1
22 DE MARZO
DE 1849
29 DE MARZO
DE 1849
SE APROBÓ POR
CAUSA DE LA EDAD
DEL SOLICITANTE
PARA DESEMPEÑAR
EL PUESTO
C.APOLONIO
RAMÍREZ
AYUDANTE EN
EL CUARTEL NO.4
NO SE
ENCONTRÓ
22 DE MARZO
DE 1849
NO SE
ENCONTRÓ
C.JOSÉ MARÍA
VELÁSQUEZ
GUARDA DE
POLICÍA
22 DE ABRIL
DE 1849
NO SE
ENCONTRÓ
NO SE
ENCONTRÓ
C.JUAN
SANTOYA
GUARDA DE
CUARTELES NO.4
31 DE MAYO
DE 1849
NO SE
ENCONTRÓ
NO SE
ENCONTRÓ
C.JUAN DE
DIOS MIGUEL
REBELO
GUARDA DE
CUARTELES NO.1
15 DE JUNIO
DE 1849
15 DE JUNIO
DE 1849
SE APROBÓ
C.MIGUEL
ESPINOSA
AYUDANTE NO
MANZANA DEL
CUARTEL NO.5
NO SE
ENCONTRÓ
2 DE AGOSTO
DE 1849
NO SE
ENCONTRÓ
NO SE MENCIONA
SU NOMBRE
GUARDA CUARTEL
NO.4
NO SE
ENCONTRÓ
2 DE AGOSTO
DE 1849
SE APROBÓ
Ahora bien, ¿qué motivos provocaban tal desinterés por ocupar dichos
puestos? Al parecer eran muchos. Algunas veces se debía al mal estado
de salud de la persona que era propuesta para ocupar el cargo, como
lo mostró en sesión ordinaria de 22 de marzo de 1849, el C. Apolonio
Ramírez, por medio de un “certificado facultativo”, es decir del médico,
por el que pedía se le exonerara del puesto de ayudante del Cuartel
No. 4. el caso era que por lo regular se presentaban excusas que, como
ya se mencionó, en su mayoría eran aceptadas por el Ayuntamiento.
76
Aunque al respecto es interesante mencionar que también había casos
en que los designados para ocupar dichos puestos optaban simplemente
por esconderse. Así fue referido, en sesión ordinaria, el 22 de abril de
1849. “A moción del Sr. Salazar quedó acordado se oficie al Sr. Prefecto
para que se sirva mandar u obligar a que sirvan en la Guardia Nacional
a los individuos que no se presten a verificarlo de Guarda Cuarteles
o Ayudantes de Manzana, como por ejemplo los tres individuos del
cuartel del Sr. Vega que acaban de esconderse”.
Había dos formas para ocupar los puestos vacantes; la primera –como
hemos visto– era por medio de las propuestas que hacían los señores
capitulares del Ayuntamiento en sesión de cabildo; la segunda, se
daba por medio de solicitudes de quienes aspiraban a tales puestos.
Los documentos que se recibían como anexos a las solicitudes eran
revisados, regresándoselos posteriormente a los interesados.
Al respecto, en sesión ordinaria de 8 de marzo de 1849, el señor Salazar
dio a conocer una lista de los ciudadanos que se habían presentado al
Ayuntamiento solicitando plazas de guarda cuarteles de policía. Estos
eran los siguientes: Juan Barrera (1º), Juan Barrera (2º), Félix Leiva,
Crescencio Mendoza, Marcelino Puente, José María Remedios, Luis
Altamirano y Antonio Sopena. Se informó que los seis primeros a más
de ser hombres de bien, eran “propios para la clase de maniobras a
que se les iba a destinar”, pero que los dos últimos, “aunque eran muy
honrados”, no eran adecuados para el servicio solicitado, por lo que
quedaron electos los seis primeros, faltando dos que se nombrarían
después; cuyo sueldo les correría a partir de que se les avisara que
habían sido dado de alta. Por último, el señor prefecto “se sirvió admitir
por invitación” que se le hizo el encargo para la compra de armas de
dichos guardas.
Otro caso de solicitud, es el de Joaquín Frías y Vergara quien pidió en
propiedad el destino de guarda carros, así se dio a conocer en sesión
ordinaria de 4 de enero de 1849.
77
Hasta aquí podemos observar dos cosas; primero, que los puestos
públicos para guardar el orden en la ciudad no eran muy bien aceptados,
pero que también no se les daban a los que no consideraban adecuados;
segundo, que en la mayoría de los casos el Ayuntamiento autorizaba la
renuncia al puesto, lo cual traía como consecuencia que éstos estuvieran
continuamente acéfalos.
Pero no eran solamente los puestos de guarda cuarteles y ayudantes
de manzana los que quedaban en esta situación, ya que en los cargos
de mayor rango también sucedían cosas de esta índole. Un ejemplo de
ello es lo que se informó el 15 de septiembre de 1848, fecha en que
el señor procurador menos antiguo informó que Pilar Hurtado, padre
del guarda de este ramo, se había ido a radicar a la ciudad de México.
Se dijo que debido a lo anterior, debía proveerse también esa vacante,
pues lo había hecho sin permiso del Cabildo. Esto es interesante ya
que, como podemos apreciar, se tenía que pedir permiso para irse a
vivir a otra ciudad, al menos cuando se ocupaba uno de estos puestos.
Por otra parte, se trataba de aprovechar el número total de solicitudes
para cubrir las plazas vacantes. Así sucedió el 15 de septiembre de
1848, fecha en que el señor Salazar, miembro del Cabildo, opinó que
se compusiera la terna de los serenos Prisciliano Hernández y Felipe
Ortega, así como la del celador Manuel Barrera. En vista de ello el señor
Sandoval dijo que se adoptaba, y que siendo dos plazas de guardas las
que iban a proveerse, se podía entresacar de los solicitantes uno que
ocupara la vacante que había dejado Pilar Hurtado. Así se llevó a cabo,
quedando electo el C. Antonio Luna para la vacante de Pastrana, y al
procederse a la elección del individuo que debía ocupar la que dejaba
Pilar Hurtado, se acordó que los tres debían entrar al escrutinio ya que
eran iguales en mérito. El puesto lo ocupó finalmente Manuel Barrera.
Posteriormente, en sesión ordinaria de 9 de octubre de 1848, se leyó
el documento en que los ciudadanos Manuel Barrera y Antonio Luna
daban oficialmente las gracias al Ayuntamiento “por los destinos de
guardas de la policía” que se les había conferido”.
78
Pero aún así, el señor prefecto manifestó, en sesión ordinaria de 26 de
octubre de 1848, que había una “multitud de calles sin ayudantes que
vigilen del orden común”, por lo que esperaba que en la semana que
atravesaban quedaran nombrados esos agentes “que tanto urgen para
la recaudación del impuesto de la Guardia Nacional”.
Y es que los guarda cuarteles tampoco rendían oportunamente los
informes solicitados de su demarcación. Así se comentó en sesión
ordinaria de 23 de noviembre de 1848, pues solamente se presentaron
dos noticias de solares baldíos y desamparados en los cuarteles 9º
y 10º, a cargo de los Sres. López y Saldivar, por lo que se tuvo que
mandar reservar para cuando los demás señores capitulares rindieran las
suyas. Posteriormente, en sesión ordinaria de 7 de diciembre de 1848,
los señores Siurob y Herrera informaron que por lo que respectaba a
sus cuarteles, no presentaban noticia de terrenos baldíos porque no
los había. Lo mismo dijo el señor Arcaute en cuanto al cuartel No. 6,
del que estaba encargado. Para el 11 de enero de 1849, se informó
que aún faltaban por rendir padrones los cuarteles 1, 2 y 6, los cuales
estaban a cargo de los señores Herrera, López y Hernández. También se
mencionó que solamente los señores regidores que fueron encargados
de los cuarteles 6, 9 y 10 rindieron en el año pasado sus noticias sobre
terrenos baldíos y que los encargados de los números 2 y 3 habían
dicho que no había terrenos con esas características, y que aún faltaban
por manifestar los cuarteles 4, 5, 7 y 8, a cargo de los señores Herrera,
Gómez, Arana y Güémez. Posteriormente, en sesión ordinaria de 16 de
febrero de 1849, el señor Gómez informó acerca de los terrenos baldíos
que existían en su cuartel No. 5, y se mandó agregar a los demás.
Pero los problemas también se daban en el terreno de las insatisfacciones
laborales. El C. Bartolo Servín pidió al Ayuntamiento, por medio de
un memorial, que se le restituyera a su destino de segundo cobrador
de plazas, pues éste le había sido quitado por el señor procurador
menos antiguo, habiéndosele destinado a servir en una de las plazas
de guarda de policía. Al respecto el procurador aludido informó de
“los justos motivos que tuvo para removerlo”, ya que lo acusaba de
79
cometer varias faltas, mismas que estaba “pronto a probarlas”, pues
–dijo– su objeto no era otro sino el de evitar males en el servicio de
esos empleados y que cumplieran mejor su trabajo. El resultado de
este problema fue que, en sesión ordinaria de 28 de diciembre de
1848, el señor Arcaute dictaminando sobre la solicitud del C. Bartolo
Servín, concluyó con la proposición siguiente: “Única. Llévese a efecto
lo dispuesto por el Sr. Procurador menos antiguo sobre haber destinado
al guarda D. Bartolo Servín al arreglo de plazas en vez del cobro a
que antes estaba destinado”. Con dispensa de trámites se aprobó,
quedando nombrado en propiedad de segundo cobrador de plazas el
C. Vicente Martínez. Respecto al señor Bartolo, se acordó extendérsele
un certificado en el que se dijera del buen comportamiento que tuvo en
el destino de segundo cobrador de plazas. Un caso más sobre este tipo
de problemas fue manifestado en sesión ordinaria de 22 de febrero de
1849. En esta reunión, el Sr. López, alcalde 6º en turno, informó sobre
las arbitrariedades que cometía el guarda cuartel No. 5 Marcelino Silva,
pidiendo por ello se le destituyera del cargo.
Pero también había quien solicitaba un certificado de buen
comportamiento. Así lo hizo D. Hipólito Maciel, quien por medio de
ocurso pidió un certificado del buen comportamiento que observó
cuando obtuvo el destino de guarda mayor de serenos.
Otro problema era que no se contaba con personas que sustituyeran
a los trabajadores que se enfermaban. Un ejemplo de esto es que el
señor Salazar informó, también en sesión ordinaria de 28 de diciembre
de 1848, que habiéndose enfermado los guardas de policía Fernando
Hurtado y Bartolo Servín, se iba a “sufrir un gran retraso el servicio de
aquellos y que no se podía suplir su falta con otros individuos por no
estar el Ilustre Ayuntamiento autorizado para esperar ese sueldo”.
Aun así el señor Güémez, al ser nombrado primer comisionado para la
visita de Esperanza, dijo, en sesión ordinaria de 12 de marzo de 1849,
80
que mientras durara en su nueva misión dejaba encargados para sus
distintas comisiones; a la de Alhóndiga, al Sr. López; a la de instrucción
pública, al Sr. Chinchón; y en su Cuartel No. 8, dejaba a cargo el señor
Salazar. Por su parte el señor Arana dijo, como segundo comisionado
para la misma visita, que dejaba encargado al Sr. Vega en sus dos
funciones, la comisión de plazas y el Cuartel No. 7. Al respecto es
interesante mencionar que, en sesión ordinaria del 15 de junio de 1849,
a moción del señor Vega quedó acordado que los meritorios, por orden
de antigüedad y honradez, cubrieran las vacantes de los propietarios.
Un problema más eran las multas atrasadas. En sesión ordinaria de
dieciocho de enero de 1849, el Sr. Chinchón dio a conocer una serie de
multas atrasadas que le habían mandado cobrar a uno de los agentes
de su cuartel. Se acordó que las obligaciones de los agentes de los
diez cuarteles y que debían respetarse estaban constituidas por los
decretos de 17 de octubre de 1833. Además, en sesión ordinaria de 25
de enero de 1849, se trató sobre los infractores del bando de policía,
quedando acordado que los guarda cuarteles debían dirigirse al Sr.
regidor respectivo de sus cuartel para que “providenciara” el pago de
las multas por medio de la autoridad judicial.
Al respecto de este decreto de 1833, las multas no eran ajenas a la
población, ya que las autoridades estaban al tanto de que se cumpliera
con las órdenes como la de barrer los frentes de sus casas. Así, en
sesión ordinaria de primero de febrero de 1849, el señor Salazar leyó los
expresados artículos del bando de policía en lo conducente al barrido.
A lo que el Sr. Chinchón informó que en su cuartel sólo habían quedado,
el día anterior, dos casas sin barrer porque estaban vacías, pero que esa
“operación” se había hecho en la tarde. Por su parte, el señor Gómez
expuso que ese día iba a exigir una multa a un individuo de su cuartel
por falta de barrido.
Respecto al salario que recibían, éste era de dos reales diarios. Así lo
manifestó en sesión ordinaria de 22 de marzo de 1849, el señor Salazar,
quien presentó una lista de los nuevos guardas de policía “nombrados
81
para el mejor desempeño de este ramo, con expresión de sus nombres
y fechas en que tienen derecho a percibir el sueldo de dos reales diarios,
acompañando su respectivas solicitudes y fianzas; cuyos nombres y
tiempo en que se han dado de alta consta de la manera siguiente”:
A continuación informó que Máximo Reséndiz había estado enfermo
durante dos días; y como estos guardas obtenían su salario por día, o
como en ese entonces se decía, “sacaban su haber diario”, consultó si
ese “dependiente” debería percibir su haber en aquel corto tiempo. Al
respecto se tuvo presente el Decreto del 9 de febrero de 1828, en el
que se decía que en estos casos los empleados contaban con el derecho
de 20 días de licencia con todo su haber, por cada año de trabajo. Por
lo tanto se acordó que al Depositario de propios se le ordenara abonar
a Reséndiz el sueldo de los dos días que había estado enfermo, así
como que en lo sucesivo “tomara razón” de los empleados enfermos
a quienes se les estaba pagando su sueldo, para contarles el tiempo
conforme a los días que señalaba el citado decreto.
82
No sabemos si este decreto regía para todos los empleados del
Ayuntamiento, pues cuando el regidor D. Amado Herrera, informó por
oficio que su enfermedad había “tomado más incremento”, solicitando
por ello un mes de licencia, se le concedió “ante las razones que
alega”, procediéndose en consecuencia a nombrar otro regidor que lo
sustituyera en su encargo de la comisión de Fiel Ejecutoria, así como la
del Cuartel No. 1. La persona en quien recayó el puesto, por escrutinio
secreto mediante cédulas, fue el señor Aguilar, con cinco votos contra
cuatro que obtuvo el señor Hidalgo.
Pero el salario también era otorgado de acuerdo a los resultados que
se tuvieran del desempeño laboral; así, en sesión ordinaria de 18 de
octubre de 1849, se vio un ocurso del guarda de policía C. Juan Barrera,
pidiendo aumento de sueldo por tener más atenciones que los de
su clase. Por su parte, en sesión ordinaria del 13 de septiembre de
1849, a solicitud del guarda mayor de policía, C. Fernando Hurtado, se
concluyó con las siguientes proposiciones que fueron aprobadas: 1ª,
se le aumenta al guarda Fernando Hurtado ochenta y nueve pesos al
sueldo que hoy disfruta; 2ª, iníciese al H. Congreso para poder abonarlo
a dicho Hurtado la cantidad que expresa el artículo anterior.
Ahora bien, los miembros del Ayuntamiento eran fácilmente reconocibles,
al menos en los actos públicos, pues con base en el Decreto número
129, y en sesión ordinaria del 12 de mayo de 1849, al respecto se dijo
lo siguiente: “los Capitulares del Ayuntamiento de esta capital usarán
en las asistencias públicas sombrero redondo, traje, pantalón y chaleco
negro, corbata blanca y banda del mismo color, con el escudo dorado
en que están grabadas las armas de la ciudad”. Pero en el caso de las
casas de los guarda cuarteles no era así, ya que es sesión ordinaria
del 31 de mayo de 1849, el señor Pérez dijo que costando gran
dificultad para dar con las casas de los guarda cuarteles y ayudantes de
manzanas, “opina por que pongan en las frentes de aquellas el letrero
de tales nombramientos a costa de un pequeño blanqueo que baste a
contenerlo”.
83
El caso es que había carencia de policía. Así lo afirmó el señor Pérez,
quien dijo: “es mucha la falta de policía que se advierte respecto del
agua que corre por las calles; que los señores capitulares encargados
de sus cuarteles no pueden por sus muchas ocupaciones vigilar como
quisieran en ese punto de policía”, por lo que suplicó se le recomendara
al Sr. Prefecto hacer que los guarda cuarteles y ayudantes de manzana
cumplieran con sus obligaciones.
Pero además de la vigilancia y buen orden de la ciudad, el Ayuntamiento
también necesitaba de personas que fungieran como empadronadores
en los cuarteles, por ello, en sesión ordinaria de 12 de marzo de 1849, se
nombraron a las siguientes personas para dicho trabajo: para el Cuartel
No. 2, a D. Desiderio Luna y D. Mauricio Reynoso; para el No 3, a D. José
Bernardo Jiménez y D. Pedro Bustos; para el No 4, a D. Felipe Yáñez y
D. José Méndez; para el No 5, a D. Joaquín González y D. Jesús Vega;
para el No 7, a D. Ramón Granados y D. Crescencio Elías; para el No.
8, a D. Alejo González y D. Luis Sandoval; para el No. 9, a D. Anastasio
Contreras y D. Vicente González; y para el No. 10, a D. Antonio Silva y
D. Agustín Merino. No se nombraron en los cuarteles números 1 y 6. El
primero, porque el señor D. Amado Herrera, quien estaba a cargo, no
concurrió a la sesión por estar enfermo; y el segundo, a cargo del Sr.
Hidalgo, por su ausencia, sin especificar el motivo de ello.
En este mismo sentido se acordó que al oficiar a los comisionados para
que empadronaran, se les debía decir que se pusieran de acuerdo con
su respectivo compañero, así como señalarles el área del cuartel de su
competencia, fijándoles como fecha para informar los resultados del
padrón el miércoles 28 del mismo mes.
Y al igual que en el caso de los que se excusaban para desempeñar el
cargo de guarda cuarteles y ayudantes de manzana, en el caso de los
empadronadores, también había quien se buscaba pretextos para no
concurrir a sus labores. Un ejemplo de ello es el que se expuso el 22 de
marzo de 1849. Se leyó lo siguiente: “otro ocurso en que D. Desiderio
Luna suplica se le exonere de empadronar en el Cuartel No. 2 por tener
84
el encargo de sacar el ángel del viernes santo, señalando el gremio de
los artesanos en sastrería, y de conformidad se accedió a su pedido”.
Otro ejemplo en este mismo sentido es el de los CC Joaquín González
y Jesús Vega quienes suplicaron se les exonerara de empadronar en
el Cuartel No. 5 “interponiendo” ambos que no podían verificarlo por
sus enfermedades. Al respecto se recomendó al Sr. Gómez, encargado
del Cuartel No 5, propusiera a otros sujetos capaces de desempeñar el
puesto. Igual recomendación se hizo a los señores regidores que tenían
vacantes en sus empadronadores por causa de enfermedades.
Como podemos observar, los problemas se repetían. Unos que no
aceptaban los nombramientos, y otros que aceptaban las excusas pero
nombraban a otros que suplieran a los primeros. En fin, casi a mediados
del siglo XIX, Querétaro vivía parte del proceso de estabilidad social
con los problemas que ello conllevaba, pero, aún así, nuestra ciudad
mantuvo la paz y el orden necesarios durante esa época.
Fuentes consultadas:
Actas de Cabildo de Querétaro. Años 1848 y 1849. Archivo Histórico
del Municipio de Querétaro.
Notas Estadísticas del Departamento de Querétaro por la Asamblea
Constitucional del mismo y remitidas al Supremo Gobierno, en
cumplimiento de la Parte Primera del Artículo 135 de las Bases Orgánicas.
Año de 1845. Publicado en 1848. Biblioteca del H. Congreso del Estado
de Querétaro Arteaga.
85
86
SOBRE LA FECHA DE NACIMIENTO DE EZEQUIEL MONTES
Querétaro ha contado con excelentes ciudadanos; uno de ellos es, sin
lugar a dudas, el Lic. Ezequiel Montes. Su nombre completo era José
María Trinidad Ezequiel de Jesús Montes Ledesma.
Este ilustre queretano del siglo XIX ocupó en el gobierno mexicano los
siguientes cargos: Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores
durante el gobierno de Juan Álvarez, en 1855. Ministro de Relaciones
(junto con Luis de la Rosa), y de Justicia, Negocios Eclesiásticos e
Instrucción Pública, durante el gobierno interino de Ignacio Comonfort,
del 13 de diciembre de 1855 al 9 de diciembre de 1856. Fue Enviado
extraordinario y Ministro plenipotenciario ante la Santa Sede, en 1857.
Diputado por el Distrito de Zumpango, Estado de México, en 1861.
Ministro plenipotenciario para celebrar un tratado de amistad, comercio
y navegación entre México y Bélgica, en 1861. Se le desterró a Francia
durante la invasión francesa. En su ausencia fue electo propietario al
Congreso Federal por el Distrito de Tolimán, Querétaro, y durante la
primera reunión del Cuarto Congreso Constitucional se le nombró
presidente por aclamación. También fue nombrado cuarto magistrado
de la Suprema Corte de Justicia, pero prefirió seguir ocupando el
cargo de diputado. También fue diputado federal por los distritos de
Dolores, Hidalgo; el estado de Guanajuato; y Huichapan, Hidalgo, de
1869 a 1871. Durante la presidencia de Manuel González ocupó el
cargo de Ministro y Secretario de Justicia e Instrucción Pública, del 1º
de diciembre de 1880 al 30 de abril de 1882. La Sombra de Arteaga
publicó el 18 de enero de 1883, con motivo del anuncio de su muerte
(5 de enero de 1883), que –entre otros puestos– había sido candidato
para la presidencia de la República.
Posteriormente, a pocos años de que hubiera fallecido, ya existía
controversia sobre el lugar de su nacimiento. Así lo publicó La Sombra
de Arteaga, el 7 de marzo de 1891: “Muchas veces se ha dicho que
Montes nació en cierto lugar que para el caso a que nos vamos a referir,
basta decir que lleva el nombre de Baños de Taxhidó. Este error tiene su
87
origen en la índole apasionada de Montes a quien perteneció por algún
tiempo ese lugar cuyas fuentes, a juzgar por su propietario, poseían
maravillosas virtudes medicinales. Y tal era la confianza que tuviera en
la extraordinaria eficacia de aquellas aguas prodigiosas, que según lo
que él mismo refería, sólo por haberlas tomado reconquistó alguna
vez como por encanto, lo mucho que le hiciera perder de salud una
penosa enfermedad”. En el mismo periódico se dice que su fecha de
nacimiento fue el 26 de noviembre de 1820, en Cadereyta, Querétaro.
En 1966, la Secretaría de Educación Pública publicó un libro con la
biografía de Ezequiel Montes (González, 1966: 8). En ella se da la misma
información acerca del lugar y fecha de nacimiento de Ezequiel Montes:
Cadereyta, Qro., noviembre 26 de 1820.
Recientemente, en el libro de la historia del municipio de Cadereyta
(Buenaventura, 1997: 102), se repite como fecha del nacimiento
de Ezequiel Montes el 26 de noviembre de 1820. Para sustentar su
información la cronista incluye la trascripción de la fe de bautismo, en
la que se dice que fue bautizado el día 27 de noviembre de 1820, a los
dos días de nacido.
Lo anterior no tendría nada de particular, si no fuera porque existe una
carta escrita por Ezequiel Montes en la que él mismo dice que la fecha
de su nacimiento fue el 23 de noviembre de 1820.
La carta es propiedad de la familia González Vega, específicamente de
las señoritas Alicia Vega González y María Vega González, que viven en
Vizarrón, Cadereyta. El facsímile de la carta me fue proporcionado por mi
amigo el M. en C. Fernando González Aguilar, investigador del CIIDET
en la ciudad de Querétaro. Está dirigida a Don Apolinar González, jefe
político de Vizarrón en 1871, bisabuelo del Ing. Fernando González
Aguilar. He aquí la carta.
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89
90
A continuación la carta paleografiada.
Señor Don Apolinar González
Vizarrón
México, Mayo 4 de 1871
6. calle de la Moneda
Apreciable Señor:
Oportunamente vino a mis manos la carta de U[d]. de 18 de Abril
último; pero hasta hoy me fue posible un conducto seguro para enviar
al Ayuntamiento de que es U[d]. digno miembro, y por su apreciable
conducto un ejemplar de la “Colección de tales disposiciones de policía
y reglamentos municipales de administración del Distrito Federal
formada por Don José Ma del Castillo Velasco” En esta otra hallará U[d].
las anteriores ordenanzas municipales de la ciudad de México, que se
convierten vigentes y hallará también otras muchas disposiciones que
podrán ser útiles al propósito que considere el ayuntamiento de formar
sus ordenanzas municipales.
Los hombres no escogen el lugar de su nacimiento, ni a sus padres;
por respeto a la verdad; y no por otra causa tengo que decir Sr. que
mis padres estaban avecindados en el pueblo de Bernal, en el año de
1820; y que habiendo sido invitados para asistir al matrimonio de D.
Rafael Ledesma, hermano de mi madre, y de Dña Rafaela Nieto, que
se celebró en la villa de Cadereyta, el primero de Noviembre del año
citado poco antes, vinieron en efecto a esta población; y allí nací el
día 23 de Noviembre del mismo año de 1820; está U[d]. en un error
al creer que el lugar de mi nacimiento es el pueblo de Vizarrón. Esta
circunstancia no disminuye en nada el afecto sincero que profeso
á esa población, porque en ella pasé mi infancia; y porque allí están
sepultados los huesos de Doña María Josefa Nieto, mi abuela materna
á quien siempre reputé como mi segunda madre.
Hecha esta rectificación, me será grato saber que ha sido de alguna
91
utilidad al Ayuntamiento y a U[d]. la obra que pondrá en sus manos mi
amigo el Sr. Don José Ma Reyes, que recomiendo muy especialmente
á la benevolencia del cuerpo municipal y de todo el vecindario de
Vizarrón.
Deseando que U[d]. goce de buena salud, me suscribo
S. S. S.
E. Montes [rúbrica]
Fuentes consultadas:
Buenaventura Olvera, María. Municipio de Cadereyta. Colección
Querétaro, visión de sus cronistas. Gobierno del Estado de Querétaro,
H. Ayuntamiento de Cadereyta. Cultura en Querétaro. Querétaro. 1997.
Carta de Ezequiel Montes a Don Apolinar González (1871), facsímile.
Propiedad de la familia González Vega.
La Sombra de Arteaga, Enero 18 de 1883, y Marzo 7 de 1891. AHQ.
González de Cossío, Francisco. Ezequiel Montes queretano esclarecido.
Cuadernos de lectura popular, No. 36. Serie: La victoria de la República.
SEP. México. 1966.
Hernández Rodríguez, Rosaura. Ignacio Comonfort. Trayectoria política.
Documentos. UNAM, Instituto de Investigaciones Históricas. México.
1967.
Titulares de la SEP. http://www.sep.gob.mx/wb2/sep/sep_582_titulares_
de_la_sep (fecha de revisión: 5 de diciembre de 205).
Villalpando, José Manuel & Rosas, Alejandro. Historia de México a
través de sus gobernantes. Planeta. 2001.
92
LEONARDA MARTÍNEZ, LA CARAMBADA
La leyenda de Leonarda Martínez alias la Carambada es muy conocida
en nuestro país, sobre todo porque corre el rumor popular de que
la muerte de Benito Juárez se debió a una hierba conocida como la
veintiunilla que ella le dio. Su historia se ha basado a partir de lo que
cuenta en su libro La Carambada. Realidad Mexicana el escritor Joel
Verdeja Soussa.
En dicho libro hay varios errores históricos. En el capítulo III, “Primeras
correrías”, dice que el Cucho Montes (sobrenombre debido a una
deformidad que tenía en el labio) formaba parte de la gavilla a la que
pertenecía la Carambada. Habla de un diálogo entre ambos en el que
mencionan la pérdida de más del territorio mexicano después de la
guerra con los norteamericanos. El error está en que el Cucho Montes
murió ajusticiado el 17 de diciembre de 1840, en el patíbulo que se
encontraba frente a la fuente llamada de los Ahorcados en el costado
norte de la Alameda, según nos cuenta Manuel Septién y Septién. Este
historiador nos presenta incluso el testamento de dicho delincuente.
Como podemos observar cuando México perdió más de la mitad de su
territorio el Cucho Montes ya había fallecido.
También se ha dicho que la Carambada era jefa de la gavilla a la que
pertenecía. El mismo Verdeja Soussa menciona la forma en que ella
llegó a ocupar ese puesto, y aunque no dice el año, sí menciona en ese
episodio al Cucho Montes. Esto no puede ser tampoco cierto ya que,
como mostraremos más adelante, para 1884 ella fue aprehendida en
Querétaro junto con su amante Víctor Medina, José Romero o Morán y
León Vázquez. En el interrogatorio confesó que el jefe de la banda era
Guillermo Rodríguez alias el amito. Como podemos ver, cuando murió
el Cucho Montes, la Carambada era probablemente una niña, o incluso
aún no había nacido. ¿Cómo pudo haber sido la jefa entonces? Sabemos
que sí llegó a ser la jefa de la gavilla. Eso lo podemos constatar en el
corrido queretano que incluimos al final; pero al menos en 1884 el jefe
era el tal amito.
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Como en todas las leyendas, la de la Carambada ha llegado a formar parte
de las versiones populares. El pueblo hace suyos a los personajes que
van siendo parte de su historia local o regional. En Querétaro, no cabe
duda, la Carimbada es una leyenda. Una que se ha tejido de generación
en generación con datos cada vez más difusos. Por ello a continuación
presentamos el informe que rindió el prefecto del distrito del centro
C. Rómulo Alonzo al gobierno del estado en 1884. En él dice de la
detención de la Carambada y de los otros tres bandoleros. Incluimos el
informe completo pues creemos que bien vale la pena debido a que es
un documento histórico, además de que muchas personas que leen esta
revista son viajeros y muy difícilmente dedicarían tiempo a investigar en
archivos acerca de este significativo personaje de Querétaro.
Al final del artículo presentamos un corrido, como se mencionó
anteriormente, que era común a finales del siglo XIX en Querétaro. Es
interesante observar que el año de la muerte de la Carambada que nos
cuenta el corrido ocurrió en 1886; es decir, dos años después de que
fue aprehendida en nuestra ciudad.
Estado de Querétaro.- Prefectura del distrito del Centro.- No. 148.-
El Jefe de policía, C. Rómulo Alonzo, aprehendió a León Vázquez, a
José Romero o Morán, a Leonarda Martínez, alias la Carambada, y
a Víctor Medina amasio de ésta, complicados en el delito de plagio
que pretendían cometer en la persona de uno de los hacendados de
las inmediaciones de esta ciudad; parece que el jefe de esta banda
de plagiarios es Guillermo Rodríguez, alias el amito, cuyas órdenes
obedecían en el caso los indicados. Estando esta gavilla lo mismo que
Rodríguez avecindados en jurisdicción de Celaya, desde cuyo punto
organizaban sus asaltos.
Como León Vázquez y José Morán estaban en relaciones con Leonarda
Martínez y Víctor Medina, y de noche venían a la casa de aquella a
deshoras y a caballo, como lo observó el guarda-cuartel núm.8, habiendo
la circunstancia de que la citada Leonarda por exhortos anteriores
remitidos al juzgado de letras de esta ciudad, aparecía complicada en
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los plagios de San Román en Celaya, de Ramos, Barrera y Durán, Dr.
Ortega, Ignacio Azanza y Pantaleón N., mayordomo del Puerto de Nieto,
vecinos del estado de Guanajuato; y de D. José Cosío, D. Crescencio
Mena, D. Domingo Vargas y D. Mariano Martínez en Apapátaro de este
estado; y como León Vázquez, según los antecedentes que tenía la
misma policía, parecía complicado también en muchos de los plagios
referidos, hasta asegurarse que venía de Toluca prófugo a resultas de
uno que había verificado allí, esta prefectura, previa opinión del C.
gobernador del estado, y hecha como lo estaba la aprehensión, se
dirigió al C. prefecto de Celaya preguntándole: si le remitía dichos
presos, siempre que existieran datos de su complicidad en el plagio de
San Román, y como la respuesta fue pidiendo la remisión, se determinó
ésta, ocurriendo al efecto al C. gobernador del estado, pidiéndole una
fuerza de rurales que escoltara los presos hasta Apaseo.
Por parte del mismo C. gobernador se puso también telegrama al de
Guanajuato tratando de la misma remisión; y obteniendo por respuesta,
que desde luego enviaba una fuerza del cuarto de caballería por dichos
presos, la que se alojó en el mesón de la Luz el 4 del corriente en la
tarde, pues llegó aquí por no haber encontrado en el camino ni a los
presos ni a la escolta.
Establecidos los pormenores que precedieron a la remisión de los
plagiarios, se ve que éstos estaban en relaciones y formaban parte de
la gavilla del amito quien merodea en el partido de Celaya no obstante
el empeño del gobierno de aprehenderlo, y que estaban complicados
todos los presos en plagios cometidos en dicho estado, siendo los más
notables en Celaya; y atentas estas consideraciones se pusieron los
telegramas para que la autoridad competente, que en derecho criminal
es la del lugar en que se comete el delito, juzgará a los presuntos reos.
Esto supuesto, en la mañana temprana del día cuatro la escolta del
cuerpo de rurales, según informe de la alcaldía segunda, sacó a los presos
de la detención conduciéndolos en dirección de Apaseo, ignorando el
informante el número de individuos que compusieron dicha escolta.
95
Además, el día tres en la noche, entre las once y las doce, un grupo de
hombres desconocidos armados y montados, se presentó en terrenos
de la comunidad pasando antes según se dijo, por la arboleda de fresnos
a la izquierda de la garita de esta ciudad que conduce para Celaya, y
a poco dispararon sus armas oyéndose los tiros en toda la población,
pero especialmente por los hacendados inmediatos, por el guardavía
situado a la encrucijada de la comunidad, por los asistentes a un velorio
que hubo esa noche en la casa inmediata a la misma garita, en el último
fresno, sin que se pueda nombrar a las personas concurrentes por no
conocerlas, y por último, que también los serenos número 11 y meritorio
del 17 alarmados con los tiros fueron informados por la concurrencia
del velorio, que los habían disparado los hombres de a caballo que
habían pasado por los fresnos. Así me lo informó pocos momentos
después el primer cabo de la policía nocturna; y yo mismo estando en
la esquina de la Alameda a esa hora con mi familia en espera del tren oí
esos disparos en número como de treinta, sin que pudiera saber a qué
atribuirlos, sino a la función de la Cruz en las congregaciones de Santa
María, Carrillo o contiguas; pues también al mismo tiempo se hacían
disparos de cámaras y cohetes en la Cruz del Cerrito.
Respecto de los hechos que tuvieron lugar entre la escolta y los presos,
que como llevo dicho salieron a las tres de la mañana, he remitido
originales al C. juez de lo criminal las comunicaciones que los explican
y en que aparece, que en terrenos de la misma comunidad una porción
de hombres armados y montados atacó la escolta, la que tuvo que
defenderse y que hacer fuego sobre los presos que huían, hechos cuya
verdad averigua actualmente el mismo C. juez a quien inmediatamente
los consigné, con los cadáveres de los presos, exceptuando a Leonarda
Martínez que estaba herida, remitidos todos al hospital; enviando así
mismo a dicho juez las comunicaciones cerradas que se remitían a
Apaseo y un telegrama original; habiendo tenido órdenes terminantes
el jefe de rurales, que recibió original el otro telegrama del gobernador
de Guanajuato, de que dichos presos fueron puestos en poder de la
autoridad política de Apaseo, o de la fuerza del 4º si se encontraba con
ella antes.
96
En copia, acompaño a Ud. Los telegramas de Celaya a que me he referido;
no haciéndolo con el indicado del C. gobernador de Guanajuato;
porque según orden superior, quedó en poder del C. teniente coronel,
jefe del cuerpo de rurales.
Posteriormente se ha dicho que Leonarda Martínez confesó en el
hospital su participación con León Vázquez, José Morán y Víctor Medina,
en el plagio del C. Cirilo Vásquez y sus hijos, reconociendo como jefe
al amito, y como cómplices a otras personas; pero como estos datos
no son oficiales, debo limitarme a lo que me consta como autoridad
aunque haya llegado a mi noticia a última hora; debiendo refutarse una
verdad, que la citada Leonarda Martínez y sus socios ponían en práctica
el plagio de que se trata; y que lo comprueban documentos y testigos
que presentaron los interesados; siendo indudable que los plagiarios
obedecían las órdenes de Guillermo Rodríguez el amito; que trataban
por ese medio infame de robar ocho o diez mil pesos, sirviendo de
agente principal Leonarda Martínez; y que tal delito se frustró por la
eficacia de la policía, y por circunstancias independientes de la voluntad
de los malhechores.
Siendo esto, C. secretario, lo que tengo que informar a Ud. Sobre
los sucesos ocurridos en el plagio a que me he referido en esta nota,
suplicándole ponga todo lo expuesto en conocimiento del C. gobernador
del estado para los fines consiguientes.
Libertad y Constitución. Querétaro. Mayo 6 de 1884.- Lic. Felipe
Hernández.- C. secretario del gobierno.
97
CORRIDO DE LEONARDA MARTÍNEZ, LA CARAMBADA
El año de ochenta y seis
cierto día a la madrugada
fusilaron a Leonarda
la famosa Carambada.
Bailaba con una copa
de licor en la cabeza
no tiraba ni una gota
ni se mojaba la trenza.
Y también en los tobillitos
cuando el Jarabe bailaba
se amarraba dos cuchillos
pero nunca se cortaba.
Le pagaban los catrines
como a buena bailadora
doña Leonarda Martínez
también era jugadora.
Hacía bailes en su casa
que duraban todo el día
seguían hasta por la noche
con muchísima alegría.
A las ocho de la noche
sin cambiar sus intenciones
les decía a sus invitados:
hínquense a rezar ca... nijos.
Y la gente obedecía
la música no tocaba
y al decir Ave María
todito el mundo se hincaba.
99
Y después seguía la fiesta
la música y las canciones
los jarabes zapateados
de todos sus valedores.
Leonarda La Carambada
le daba a su gente vino
y a la mera madrugada
salía a robar al Camino.
En la mera Cuesta China
paraba la Diligencia
robaba todo el pasaje
con sus hombres de experiencia.
Sombrero y puro encendido
a los órganos ponía
imitando a su gavilla
pero ni un hombre traía.
Tenía mucha inteligencia
Leonarda La Carambada
paraba la Diligencia
salía de hombre disfrazada.
Sacudiéndose las tetas
decía luego que robaba:
miren con lo que perdieron
jijos de la re... tostada.
Una vez en San Juanico
se metió a pedir dinero
allí la cogieron presa
y ala Cárcel la trajeron.
100
Y después que la juzgaron
por andar de bandolera
la fueron a fusilar
a la misma Carretera.
La sacaron de mañana
con muchos soldados rasos
al Camino de Celaya
y allí le dieron balazos.
Cerca de los Cuatro Surcos
fusilaron a Leonarda
el año de ochenta y seis
en abrileña mañana.
Atravesada en un palo
Al Hospital la mandaron
y al ir subiendo las gradas
una nalga le pincharon.
Allí tuvo buena muerte
Leonarda La Carambada
pidió perdón a las gentes
y murió muy consolada.
Ya con esta me despido
con una flor de granada
aquí termina el Corrido
de la pobre Carambada.
101
Fuentes consultadas
La Sombra de Arteaga. Querétaro. Mayo 10 de 1884. AHQ
Muñoz-Ledo y Mena, Manuel. Folk-lore, Literatura y Música de
Querétaro. Apuntes. Edición provisional. Querétaro, 1942. Biblioteca
del H. Congreso del Estado de Querétaro Arteaga.
Septién y Septién, Manuel. Artículos históricos sobre Querétaro.
Obras de Manuel Septién y Septién. Tomo IV. Gobierno del Estado de
Querétaro. 1999.
Verdeja Soussa, Joel. La Carimbada. Realidad Mexicana. Ediciones
Cimatario. Cuarta Edición. Querétaro, Qro. 1994.
102
LA APREHENSIÓN DE CHUCHO EL ROTO EN QUERÉTARO
La Sombra de Arteaga, periódico oficial de Querétaro, publicó el 8 de
noviembre de 1885 que había muerto en Veracruz el criminal, tristemente
célebre, Chucho el roto. Un año antes, el 31 de mayo de 1884, el mismo
periódico había sacado a la luz algunos pormenores de la aprehensión
de este bandido. Publicó que la captura de Jesús Arriaga, alias el Roto,
la hizo la policía queretana, en la ciudad de Querétaro, en la calle de las
Maravillas (hoy cuarta calle de Pino Suárez poniente).
Se dijo que Arriaga habitaba en Querétaro desde hacía tiempo, adonde
“no era conocido”. Situación que le permitía concurrir al teatro, estación
del ferrocarril y realizar paseos públicos con “inaudito descaro”. Hasta
que la policía, para la que era sospechoso, lo capturó, con beneplácito
de la sociedad honrada, para la que Arriaga, al que se creía en Bruselas,
sería siempre un constante amago. La Sombra de Arteaga publicó con
orgullo “esa aprehensión honra a la policía local dirigida hábilmente
por su comandante Rómulo Alonso, que no es la primera vez que da
pruebas de eficacia y actividad en el cumplimiento de sus deberes”.
Sobre esto el periódico El Nacional publicó la siguiente nota.
“Ya nos extrañaba que el famoso Chucho el Roto estuviese en Bruselas
cuidando de la educación de su hija, como lo dijeron varios periódicos;
sin embargo, era posible que el amor de su hija lo hubiese regenerado.
Mas no ha sido así, ni ha habido tal viaje, ni el Roto ha pensado salir de
la República. La policía que tenía la seguridad de que el Roto estaba en
México, se dio a buscarlo y por fin pudo averiguar que el famoso ladrón
se hallaba viviendo en Querétaro, con un nombre supuesto. Ayer, dos
agentes de policía marcharon a la ciudad de los Camotes y lograron la
aprehensión del prófugo de Belén. Hoy en la noche es posible que lo
conduzcan a esta capital”.
Como podemos ver, adjudicaban la aprehensión de Chucho el roto a dos
agentes de policía de la capital del país. Esto no era cierto pues, como
103
veremos a continuación, la captura se debió a la policía del estado. Por
ello los queretanos contestaron lo siguiente:
“Es notorio que el bandido Arriaga fue capturado por la policía de
Querétaro sin auxilio de la de México. Verdad es que han llegado a
Querétaro no dos sino cinco agentes de policía de México con su jefe
respectivo por el prófugo; pero eso fue en virtud del aviso de la autoridad
del estado a la de México que hacía tiempo lo tenía exhortado por todo
el país. El Roto al entrar en prensa este semanario permanece aún en
prisión, de la que será acaso hoy mismo conducido a México por los
policías del Distrito Federal que lo reciben de los de Querétaro. Conste
así”.
Sustentando lo anterior, La Sombra de Arteaga había informado desde
el 7 de junio de 1884 con el título Instrumentos para el crimen los objetos
que habían encontrado en la casa de Chucho el roto.
“En el juzgado de lo criminal existen los que en una de las casas de
Jesús Arriaga alias Roto, encontró la policía. Consisten en llaves
maestras, berbiquí, una larga escala de cáñamo, que tiene en una de
sus extremidades dos garfios de fierro y está formada con escalones
de madera forrados de tela, unas tablas con agujeros, cuyo objeto se
ignora y algunos otros raros instrumentos que, si no se comprende su
especial mecanismo, es seguro que por pertenecer al famoso bandido,
estuvieron destinados para ejercer su reprobada y criminal industria”.
Una semana después, el 14 de junio de 1884, La Sombra de Arteaga
reprodujo una nota del periódico de la capital de la república El Hijo
del Trabajo.
“CHCUCHO EL ROTO. Se haya ya alojado en la cárcel de Belén, a
donde lo pusieron a disposición del juez respectivo. La aprehensión
de Arriaga acredita una vez más la incansable actividad del jefe de la
policía queretana, y en México se necesita otro Alonso”.
104
Como podemos observar, en este periódico se decía que la aprehensión
de Chucho el roto la había realizado la policía queretana, y no la de la
capital, como había publicado El Nacional. Incluso se decía que era
necesario “otro Alonso” en la capital del país, reconociendo así la
eficacia del jefe de policía queretano.
Aún así, siguieron los ataques a Querétaro por parte de varios periódicos
de la capital del país. Al respecto La Sombra de Arteaga publicó el 28
de junio, la siguiente nota:
“CARGOS INJUSTOS. Estamos verdaderamente sorprendidos. No
podemos, no, convenir en que El Foro y otros colegas respetables por
las hábiles personas que los dirigen, y por la misión que ejercen, se
hayan hecho eco de consejas verdaderamente inconvenientes, como lo
son sin duda las contenidas en el siguiente suelto.
Chucho el roto y María Bermeo.- Sobre estas dos personas, El Foro de
ayer se expresa así.
Al verificarse en Querétaro la aprehensión de Jesús Arriaga, conocido
con el alias de Chucho el roto, encargado por haberse fugado de la
cárcel de Belén, fue también aprehendida su esposa María Bermeo y
asegurados todos los vestidos de ambos, unos botones formados con
piezas de oro, cuyo valor es de 18 pesos que usaba Arriaga, y tres
billetes por valor de cinco pesos de la propiedad de éste.
María Bermeo y los bienes asegurados no fueron enviados a esta capital,
la primera, acaso porque se le cree culpable de algún delito cometido
en el mismo estado de Querétaro; la ropa que le pertenece, porque
estará guardada para entregársela cuando el juez lo determine; pero la
ropa, botones y brillantes que pertenecen a Arriaga, ¿por qué existen
en poder o a disposición de la autoridad que ordenó la aprehensión del
mismo Arriaga y de la Bermeo?
105
Este procedimiento es muy extraño y esperamos que sea explicado
satisfactoriamente, para que la integridad de las autoridades queretanas
no sea puesta en duda.
Estamos informados de que a la esposa de Arriaga se la sujeta a un
trato inquisitorial, que sólo puede compararse con el que en tiempo del
Sr. Ramón Fernández sufrieron aquí los asaltantes de la receptoría de
rentas de Tacubaya.
¡Ojala y nuestras noticias no sean exactas a este respecto, como lo
son respecto de la ropa y objetos de Arriaga! La humanidad, la ley, el
respeto al sexo, demandan que cesen los tormentos de la infeliz mujer
que unió su suerte a Jesús Arriaga; el respeto a la propiedad demanda,
exige, la remisión de lo que al mismo Arriaga pertenece.
Atentos seguiremos las peripecias de este asunto, que afecta al buen
nombre y decoro de la justicia del país”.
Ante estos ataques, en donde se ponía en tela de juicio la honorabilidad
de la policía queretana. Los queretanos respondieron con la siguiente
nota:
“El Foro y los colegas que han insertado lo anterior, saben bien que los
objetos que aparecen en poder de los delincuentes, no es justo que
se les devuelvan, sino precede a esa circunstancia, la de inventariarlos
y después a juicio de la autoridad depositarlos, o entregarlos, según
lo requiera la secuela de la sumaria respectiva, los antecedentes del
reo, las responsabilidades a que está sujeto y las pruebas de propiedad
legal de aquellos objetos.
Sepan pues, los colegas, que los objetos recogidos a Jesús Arriaga están
escrupulosamente inventariados por la autoridad correspondiente; que
con mando escrito de la autoridad judicial se procedió al cateo de las
casas de aquel bandido, cumpliendo así con todos los requisitos que la
ley exige.
106
Sepan, que en el juzgado de lo criminal existen los objetos secuestrados
a Arriaga inventariados; que el Sr. juez Lic. Fausto Olvera al imponerse
del artículo de nuestro colega, pidió en el acto al Superior Tribunal de
Justicia una visita extraordinaria que dio los más satisfactorios resultados.
Sepan, que a la esposa de Arriaga no se le trata tiránicamente en la
prisión porque si está sujeta al reglamento allí vigente en nada es
contrario a la humanidad ni a las leyes constitucionales.
No comprendemos, pues, por qué El Foro puede aseverar lo contrario,
si no es que sus informes erróneos le hayan servido de base para
lanzar sobre las autoridades del estado una sospecha tan injusta, como
gratuita.
Arriaga es un delincuente que Querétaro reclamará más tarde o más
temprano, y en tanto las autoridades de esta entidad federativa han
estado y están en su perfecto derecho para proceder como lo han hecho
con él y con sus cómplices.
A Arriaga no por su audacia cínica sino por la triste celebridad de que
goza se debía excepcionar de tratarlo como a todos los reos, y eso no
obstante, la verdad es que obtuvo consideraciones en su desgraciada
situación de prisionero, que no fueron bastantes empero, para evitar
que las autoridades queretanas sean hoy zaheridas, acusándolas de
abusos que no han cometido ni podían cometer porque son bastante
honrados y caballeros los funcionarios y empleados de Querétaro para
obrar de manera indigna.
Nada, pues, como desea nuestro colega tienen que temer las autoridades
locales al ser calificada su integridad. Ellas están a suficiente altura en el
ejercicio de sus deberes”.
En la misma nota, La Sombra de Arteaga publicó el informe del Prefecto
respecto al arresto de Arriaga y su esposa. En esta ocasión menciona los
números de las casas de Jesús Arriaga, así como en la que fue arrestado.
“La ciudad toda, sabe que en la prisión de Chucho el roto, de María
Bermeo y de Guadalupe Fernández intervino la autoridad judicial
105
competente, que se formó un inventario, conforme lo manda la ley,
de todos los objetos recogidos en las casas número 7 de Maravillas
[hoy Pino Suárez poniente, entre Ocampo y Ezequiel Montes] y 4 de
la [callejón de la]Penitencia [hoy andador Vergara sur] indistintamente
habitadas por esos malhechores; que se entregó a la Bermeo la ropa
de uso y muebles encontrados también, de que es depositaria en su
prisión misma; y que la Bermeo en ese lugar no sufre ninguna molestia,
mucho menos tratamiento inquisitorial, aunque está sujeta como las
demás presas a los reglamentos respectivos”.
Al mes siguiente, julio 19 de 1884, volvió a insistir en el tema. En esta
ocasión indicó el lugar en el que se tuvo preso a Jesús Arriaga, alias el
roto.
“Arriaga estuvo durante su prisión perfectamente atendido en una de
las piezas bajas del palacio del gobierno, y la Bermeo, su esposa, está
aún en la cárcel”.
Ante la insistencia de los periódicos de la capital, el periódico queretano
publicó, el 9 de agosto de 1884, la lista de objetos que fueron recogidos
en el cateo a la casa de Jesús Arriaga.
“He aquí la lista de objetos recogidos por la policía en la casa habitación
de Jesús Arriaga, alias el Roto, en el cateo practicado el 24 del pasado
julio.
Tres prendedores de oro para retrato, con fotografía. Una cruz oro
grande. Tres cruces oro chicas. Ocho cruces de oro chicas y coral. Dos
pares de aretes de oro. Tres pares de aretes de oro y ónix. Dos ternos
de oro y prendedor ónix y oro. Catorce anillos de oro chicos. Uno de
oro para montar tres piedras. Tres dijes de oro para reloj. Una cajita
conteniendo varias piezas sueltas. Once relojes de plata. Dos relojes
de níkel. Un reloj de oro. Un reloj de oro para pared y despertador. Una
talega mecatillo, conteniendo $120. Dos cajas de puros, conteniendo
herramienta y tornillos. Una caja de madera, conteniendo herramienta.
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Un tornillo grande. Un estuche de viaje, conteniendo un cuchillo, una
cachucha y un tenedor. Una caja de puros, conteniendo quince hilos de
corales pequeños, y algunos corales sueltos. Un peso falso. Una caja
con siete pañuelos blancos. Una petaca de lienzo, conteniendo varias
piezas de ropa de uso”.
Posteriormente, el 30 de agosto del mismo año, se publicó la siguiente
nota respecto a las alhajas recogidas.
“Encontradas fueron en poder de Jesús Arriaga alias el Roto, las que
robó al Sr. Alday. Ojala que de igual suerte disfrute en las subsecuentes
investigaciones, el honrado y laborioso comerciante José González, que
víctima fue también de un robo audaz y de cuantía en su establecimiento
mercantil, hace algún tiempo; robo que también se atribuye a Arriaga
con fundados motivos”.
Como hemos podido observar fue la policía queretana, a cargo de
Rómulo Alonso, quien capturó en Querétaro a Jesús Arriaga, alias el
roto. Es interesante observar que este mismo Rómulo Alonso fue quien
también capturó a Leonarda Martínez, alias la Carambada.
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La presente edición de Historias de Querétaro. Siglos XVI-XIX, de José
Martín Hurtado Galves, es el número 1 de la Colección Historia; y tiene
como propósito fomentar la lectura. La maquetación y el cuidado de la
edición estuvieron a cargo del autor. El tiro fue de 500 ejemplares. Se
terminó de imprimir en el mes de octubre de 2018 en Querétaro, Qro.,
México.
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