Exponotas No. 64
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Bogotá - Colombia, julio 2021- ISSN 1909-7522
Publicación de la Asociación Nacional de Comercio Exterior - Analdex
La incertidumbre
de la reforma
tributaria
Impacto
del paro en
el comercio
exterior
Todo lo
que debe
saber sobre
la Reforma
Aduanera
Edición
NO. 64
ANALDEX.ORG
EDITORIAL
Javier Díaz Molina - Presidente ejecutivo - Analdex
Durante el año 2021 hemos sido testigos de las consecuencias que
ha generado en la economía colombiana las medidas implementadas
por el Gobierno para controlar la propagación del nuevo
coronavirus Covid-19 y evitar o desacelerar el colapso del sistema de
salud. La caída en un 6,8% del PIB, el aumento en la tasa de desempleo
que alcanzó el 13,4% al cierre de 2020, el aumento desproporcionado
de los fletes marítimos en el último año, entre otros impactos
se une a la pérdida de grado de inversión de Colombia.
Como respuesta a la crisis social generada por la pandemia, el
Gobierno tuvo que realizar un gasto fiscal de grandes proporciones.
Entre las medidas tomadas, se implementaron transferencias monetarias
adicionales para la población más vulnerable, subsidios a la
nómina, líneas de crédito y otras medidas para mitigar el efecto
sobre el sector productivo. Sin duda, esta mayor inversión implicó un
aumento importante del gasto, en un escenario en el cual los
ingresos tributarios se han reducido drásticamente, en respuesta a la
caída en la actividad económica. Ejemplo de lo anterior es que la
meta esperada de recaudo de la Dian para 2020 se redujo de $168
billones estimados inicialmente, a $144 billones, lo que implicó una
presión sobre el balance fiscal y los niveles de deuda del país. Al
respecto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público registró un
déficit fiscal de 7,8% para 2020, el cual se proyecta que alcance la
cifra de 8,6% para 2021.
Ante este panorama y en línea con la decisión de Standard and
Poor’s, Fitch Ratings bajó la calificación crediticia de Colombia a BB+
con perspectiva estable. Esta decisión obedece al aumento del
déficit fiscal y de la deuda pública, la cual pasó de representar en
2018 el 46% del PIB al más del 60% para 2021.
Aunado a lo anterior, la agencia de calificación tuvo en cuenta para
su determinación, la incertidumbre en la evolución de la economía
en el mediano plazo debido a la situación económica, política y social
que enfrenta actualmente el país, causada por el retiro de la reforma
tributaria y de los impactos que puedan generar nuevos bloqueos
que interrumpan la actividad económica del país.
Es de esperar que la decisión de las calificadoras de riesgo genere en
el corto plazo un aumento en la prima de riesgos del país, que se
traduce en tasas de interés más altas y el aumento de la tasa de
cambio. En el mediano plazo, esta decisión podría ocasionar la salida
de empresas extranjeras que generan empleo en el país, a causa de
una reducción en la confianza, con lo que se disminuiría la inversión
extranjera y podría aumentar la tasa de desempleo.
Sin embargo, la pérdida del grado de inversión se debe entender
como un llamado de atención de las firmas calificadoras de riesgo a
reconducir el camino hacía una reforma tributaria que permita
reducir la deuda a través de la generación de recursos permanentes
para la Nación. Así mismo, apuntar a medidas dirigidas a sobrellevar
la crisis generada por la pandemia, la creación y promoción de
programas sociales que permitan reducir la pobreza y a generar un
ambiente de crecimiento económico, seguridad jurídica y confianza
inversionista.
Para lograrlo, desde el sector privado a través del Consejo
Gremial Nacional hemos presentado al Gobierno nacional
una serie de recomendaciones para la nueva reforma tributaria
que permitirían lograr un ajuste fiscal en el corto plazo a
través de la generación de nuevos ingresos con el objetivo de
contribuir como sector empresarial a la estabilidad de las
finanzas públicas, fomentando así a la competitividad y a la
sostenibilidad del país.
No será suficiente con la generación de más impuestos, se requiere
hacer algo en el lado del gasto y en la administración tributaria. Al
respecto, también proponemos la reducción del tamaño del Estado
mediante la identificación y fusión de las entidades que tienen
duplicidad funcional y que permitan la reducción del gasto público
con el propósito de gestionar de una forma más eficiente los recursos
públicos.
El país cuenta con las herramientas para recuperar el grado de
inversión en pocos años, sin embargo, el Gobierno tiene la tarea de
trabajar en estabilizar la deuda y comenzar a reducirla. Además,
focalizar los esfuerzos en aumentar la credibilidad en la política fiscal.
En complemento, otro aspecto importante es mejorar las perspectivas
de crecimiento. Al respecto, el Gobierno Nacional le apuesta en el
Marco Fiscal de Mediano Plazo a que la inversión y las exportaciones
sean fuentes de crecimiento económico y de reducción de la deuda
exterior y de esta manera, ayudar al país a convertirse en una economía
más resiliente y menos vulnerable a mediano y largo plazo. Por
eso, resaltamos la importancia de que el Gobierno Nacional trabaje
de la mano con el sector privado, para lo cual reiteramos la disposición
a ayudar y salir adelante ante la adversidad.
03
PRINCIPALES TEMAS DE LA REFORMA ADUANERA
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Informe especial
Informe especial
Informe especial
Informe especial
Columnista invitado
Desarrollo empresarial
Columnista invitada
Actualidad
Cifras de comercio exterior
Javier Díaz Molina, presidente ejecutivo Analdex
Diego Rengifo, vicepresidente técnico Analdex
El Usuario de Trámite Simplificado
¿Es conveniente una nueva “tabla de fletes”
en el sector transporte terrestre de carga?
La incertidumbre de la reforma tributaria
30 Columnista invitado
ALACAT
Galo Molina, vicepresidente , Alacat
Gestión gremial
El análisis integral
Silvia Paula González, socia, González Anzola Abogados
Suspensión de términos en materia aduanera – efectos
Esther Julia Benavides, abogada - consultora
¿Tiene sentido continuar con la exigencia de
la declaración anticipada obligatoria?
Sandra Mora, consultora, Pardo & Asociados Estrategias Tributarias
Javier Franco, socio director, Franco & Abogados Asociados
La Aduana de Estados Unidos - CBP y World BASC
Organization - WBO firman Declaración Conjunta
reafirmando su compromiso por la seguridad de la
cadena de suministro
Exportador autorizado: una figura que facilita el
comercio entre colombia y europa
María Ximena Lombana Villalba, ministra de Comercio Industria y Turismo
Columnista invitado
Columnista invitado
Sálvese quien pueda
Juan Diego Cano, director de asuntos legales, Analdex
Pedro Sarmiento, socio - director Tax & Legal, Crowe
Construyendo el comercio
electrónico desde las zonas francas
Diego Vargas Triana, gerente, Zona Franca de Bogotá
Informe de comercio exterior abril del 2021
Dirección de asuntos económicos Analdex
38 Actualidad
Los bloqueos del mes de mayo exponen la
fragilidad del sistema logístico colombiano
Columnista invitada
Desarrollo empresarial
Nicolás Rincón Munar, director de asuntos económicos, Analdex
Los impulsores de la transformación en la
cadena de suministro: cambios y desafíos
Carolina Salamanca , directora, Imétrica
Bancóldex: El banco del futuro, hoy
Analdex y la Unión Europea: aliados para
la reactivación económica sostenible
Afiliados destacados
Nuevos afiliados
EQUIPO ANALDEX
Presidente ejecutivo
Javier Díaz Molina
Vicepresidente técnico
Diego Rengifo García
Directora administrativa
Diana Godoy Cedeño
Director de proyectos especiales
Álvaro Forero Martínez
Directora de comunicaciones y eventos
Mónica Sierra Gómez
Director de asuntos económicos
Nicolás Rincón Munar
Director de asuntos legales
Juan Diego Cano García
Directora comercial
Magda Johanna Guativa Villada
Regional Caribe:
Luis Eduardo Blanco Camacho
Regional Antioquia:
Rodrigo Patiño Correa
Regional Suroccidente:
Juan David Castaño Urrea
Regional Eje Cafetero
Jesús Saldarriaga Gaviria
JUNTA DIRECTIVA ANALDEX
Ronald Bakalarz
Presidente
Yaneth Londoño Diosa
Primer vicepresidente
Yudy Helena Uribe Berrío
Segundo vicepresidente
MIEMBROS DE JUNTA
Nicolás Sierra
Alejandro Angel
Gonzalo Cuervo
Jose Luis Múnera Posada
Luis Carreño Pombo
Jaime Ignacio Gutiérrez Bernal
Allan Cornejo
José Felipe Jaramillo Mejía
Guillermo Ramón Daw Álvarez
Juan Pablo Rivera Cabal
Roberto Carlos Martínez García
Marcela Carvajalino
Pedro Francisco Aguilar Niño
Roberto Botero
Sebastián Pinzón González
COMITÉ DE REDACCIÓN
Diego Rengifo García
Mónica Sierra Gómez
Nicolás Rincón Munar
Juan Diego Cano García
Nathali Peña Bermúdez
COORDINACIÓN PUBLICIDAD
Ángela Castañeda Ramírez
DISEÑO GRÁFICO
Angela Medina Díaz
INFORME ESPECIAL
INFORME ESPECIAL
PRINCIPALES TEMAS DE LA REFORMA ADUANERA
EL ANÁLISIS
INTEGRAL
Diego Rengifo
Vicepresidente técnico
Analdex
mercancía diferente, no es el instrumento idóneo que
permite al importador o la agencia de aduanas, aclarar o
demostrar que bajo ningún punto de vista se trata de
contrabando como erróneamente se califican estas situaciones,
en dónde se mezclan fraudes con asuntos
puramente formales.
La normativa aduanera desde hace muchos años ha
tenido una deuda en materia del alcance sobre análisis
integral, ya que no es ni ha sido, la herramienta que permita
distinguir los errores formales de los temas sustanciales,
aunque se reconoce el trabajo y el avance, sigue siendo
complejo desvirtuar la causal de aprehensión y es casi
seguro el decomiso de las mercancías.
Hace un par de años, la defensoría del contribuyente y
el usuario aduanero realizó un importante estudio
sobre las causales de aprehensión y decomiso de
mercancías e identificaba que, de las muchas establecidas
en la normativa, las acciones se concentraban en
mercancías no presentadas y no declaradas, con un
porcentaje por encima del 90%, sobre un total de 45
causales de aprehensión, lo que sin duda alguna es
alarmante.
Existe la preocupación por parte de los operadores del
comercio exterior, toda vez que en no pocos casos, se ha
advertido que el análisis integral, cuando se presentan
errores u omisiones, descripción errada o incompleta o
05
INFORME ESPECIAL
Esto sucede porque aunque se habla de buena fe, la prevalencia
de lo sustancial sobre lo formal y otra serie de principios,
que sin duda alguna debieran ser garantía para
encontrar investigaciones que resuelvan con objetividad
este tipo de situaciones, a través del ANÁLISIS INTEGRAL,
lo cierto es que, es el rigor en la interpretación lo que
antecede a su aplicación.
Para lograr una efectiva aplicación, debería reconocerse y
aceptarse que pueden presentarse errores u omisiones en
materia de descripciones mínimas, en marca o número de
serie, que son válidas las certificaciones emitidas en el
exterior, así no se hubieren radicado entre los documentos
soporte, porque desconocerlas por norma y exceso de
regulación y no a través de un análisis probatorio, es negar
en realidad lo que con frecuencia sucede. Entre otras
cosas, valdría la pena considerar y hacer de esta debilidad
una fortaleza, para que no sean estas circunstancias las
que muestren una gestión que, desde el punto de vista de
atacar el contrabando, parece no ser lo que en realidad
sucede.
Cuando estas medidas en materia de descripciones
mínimas fueron tomadas en el año 1996 y se estableció el
análisis integral en el año 2001, sin duda alguna las
circunstancias eran bien distintas, pero hoy por hoy, nos
separan muchos años de historia en que se combatió, lo
que era tal vez un gran foco de contrabando y fraude
aduanero. En la actualidad se evidencia que, se trata de un
tema de forma que se castiga como un fraude, en el que
las consecuencias para una empresa son gravosas, es decir
que, ni siquiera existe una proporción entre la infracción
por el error u omisión que se comete y el decomiso o la
consecuencia que se genera.
Definitivamente el estudio de impacto normativo es una
necesidad de cara a tener elementos de juicio que permitan
señalar como se debieran tratar este tipo de infracciones.
En ese sentido es importante entender que el debido
proceso, no solo tiene que ver con que se cumplan los
pasos en la norma, el concepto es mucho más amplio que
un simple formalismo e involucra el concepto de justicia,
imparcialidad y en general un conjunto de garantías que
no son precisamente las que aquí observamos y además
entender que estamos en un contexto muy diferente al de
hace más de 20 años.
06
INFORME ESPECIAL
PRINCIPALES TEMAS DE LA REFORMA ADUANERA
EL USUARIO DE
TRÁMITE SIMPLIFICADO
Silvia Paula González
Socia
González Anzola Abogados
Con los cambios normativos ocurridos en el 2016 se
comenzó a hablar de Declarante de Confianza, figura
que era el resultado de una calificación unilateral por
parte de la Dian, basada en la confianza que generaba el
administrado. Esta figura nunca llegó a ser desarrollada.
Con la expedición del Decreto 1165 de 2019 con su resolución
46 de 2019 y derogatoria del Decreto 390 de 2016 se
comenzó a hablar de Usuarios de Riesgo Bajo (resolución 46
de 2019), posteriormente se denominaron Usuarios Aptos
(Decreto 1206 de 2020) y de forma reciente Usuarios de
Trámite Simplificado - UTS.
Esta calidad, que ha cambiado de nombre con los meses sin
razón conocida, es una autorización otorgada por la Dian
con base en los criterios de gestión de riesgo establecidos,
lo cual implica tener una calificación de riesgo satisfactoria,
y unas condiciones establecidas en la norma tales como no
tener deudas exigibles a favor de la Entidad ni ser objeto de
devoluciones improcedentes, ni sanciones en materia tributaria,
aduanera o cambiaria debidamente ejecutoriadas y,
tampoco podrán sus representantes legales y/o socios
haber sido objeto de imposición de sanciones penales y/o
disciplinarias durante los últimos 5 años contados a partir
de la fecha en la que la Subdirección de Gestión de Registro
Aduanero reciba el informe emitido con base en los
criterios de gestión de riesgo.
No obstante ser una autorización dada por parte de la
Dian de manera unilateral, la Dian ha manifestado que
los usuarios podrán solicitar la calificación como UTS
ante la Entidad.
Los Administrados que son calificados como UTS pueden
gozar de los siguientes beneficios: i. Pago consolidado de
los derechos e impuestos a la importación, sanciones,
intereses y valor del rescate; ii. Garantía global; iii. Levante
automático de las mercancías importadas bajo cualquier
modalidad; iv. Posibilidad de corregir las declaraciones de
importación presentadas durante el mes sin necesidad de
autorización de la autoridad aduanera; v. Ser titular de la
habilitación de depósitos para procesamiento industrial y
vi. Acceder al régimen de tránsito aduanero el cual podrá
finalizar en depósito público o privado.
07
INFORME ESPECIAL
El análisis para otorgar o no dicha calidad, e incluso para
quitar dicha calidad lo realiza el Comité (creado recientemente
mediante el Decreto 360 de 2021). Este Comité será
quien evalúe la pérdida en cualquier momento de los
beneficios cuando se configure alguna de las siguientes
causales: - Por incumplimiento: i. Por incumplimiento de
las obligaciones que se derivan de los beneficios otorgados,
ii. Por no mantener la calificación de riesgo bajo, iii.
Por reincidencia en el incumplimiento del pago consolidado
y iv. Por incumplimiento de las obligaciones para los
depósitos de procesamiento industrial y de la modalidad
de importación para procesamiento industrial. – Por
decisión del Administrado: i. Cuando el administrado
presente manifestación escrita del usuario en la que
indique su renuncia o, ii. Cuando no presente la póliza o su
renovación en los términos.
Una vez la Dian considera que el Usuario deba perder la
autorización, realizará la actualización del registro aduanero
y comunicará dicho hecho al usuario, sin que medie
recurso alguno contra dicho acto. Lo anterior teniendo en
cuenta que la Dian señala que no es una sanción sino una
simple pérdida de una autorización otorgada de forma
unilateral.
No obstante ser una figura muy atractiva llamó la atención
en tres aspectos:
1. Primero, en mi concepto la Dian viola el debido
proceso y el derecho a la defensa de todo aquel administrado
desde el momento mismo en que no le concede
recurso alguno al momento de perder la autorización.
Aunque la Dian considere que no es una sanción, es un
acto que implica la revocatoria de los beneficios otorgados,
basado en los cuales el administrado ha realizado una
planeación aduanera y financiera y por lo tanto debería
tener un mecanismo de defensa frente a la pérdida de los
mismos. ¿De lo contrario cómo podría hablarse de seguridad
jurídica?
2. Segundo, es una figura basada en riesgo, es decir
es una figura basada en una calificación de la cual no se va
a poder conocer la información y/o documentación que la
componen, ni el porqué de una calificación, es decir,
¿podría pensarse que es una figura que, aunque muy
positiva, está basada el oscurantismo absoluto y en las
violaciones al habeas data?
3. Tercero, como se puede observar a diferencia del
Operador Económico Autorizado, que implica una solicitud
con el cumplimiento de una serie de requisitos enfocados
en seguridad en la cadena logística, este usuario de
confianza, llamado UTS no se basa en seguridad en la
cadena logística, su calificación no exige como requisito
necesariamente una solicitud previa por parte del interesado,
no implica cumplir requisitos establecidos en la
normatividad, ni hacer ajustes en sus procesos y procedimientos
de acuerdo con alguna norma en específico.
Podría entonces la Dian estar generando en el administrado
un desinterés por aplicar al Operador económico Autorizado
y centrarse por el contrario en el UTS, ¿que a simple
vista es más fácil adquirir y administrar?
08
INFORME ESPECIAL
PRINCIPALES TEMAS DE LA REFORMA ADUANERA
SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS EN
MATERIA ADUANERA – EFECTOS
Esther Julia Benavides
Abogada - consultora
Con ocasión de la declaratoria de emergencia sanitaria,
derivada de la pandemia por el Covid-19, la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales – Dian, en materia
de suspensión de términos, expidió los siguientes actos
administrativos:
1. Resolución 0022 del 18 de marzo de 2020 que suspendió,
“entre el 19 de marzo y el 03 de abril de 2020, inclusive,
los términos en los procesos y actuaciones administrativas,
en materia tributaria, aduanera y cambiaria…”
2. Resolución 0030 del 29 de mismo mes, publicada en
el diario Oficial No. 51.272 del 30 de marzo, derogó la Resolución
0022 y ordenó “SUSPENDER hasta tanto permanezca
vigente la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio
de Salud y Protección Social la totalidad de los términos de
las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede
administrativa, incluidos los procesos disciplinarios. Durante
el término que dure la suspensión y hasta el momento
en que se reanuden las actuaciones no correrán los términos
de caducidad, prescripción o firmeza previstos en la
legislación tributaria aduanera y cambiaria.”
3 .Resolución 0031 del 3 de abril, publicada en el Diario
Oficial No. 51.278 del 5 de abril, modificó parcialmente la R.
0030.
4. Resolución 0045 del 5 de mayo, publicada en el Diario
Oficial No. 51.306 del 6 de mayo, modificó la Resolución
0030.
5. Resolución 0050 del 20 de mayo, publicada en el
Diario Oficial No. 51.321 del 21 de mayo, modificó la Resolución
0030.
6. Resolución 0055 del 29 de mayo, dispuso “… levantar
a partir del dos (2) de junio de 2020 la suspensión de los
términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales
en sede administrativa…” en el artículo 2o. mantuvo
algunos términos suspendidos.
7. Resolución 0062 del 11 de julio, publicada en el Diario
Oficial No. 51.348 del 17 de junio, modificó el artículo 2o.
de la Resolución 0055.
09
INFORME ESPECIAL
En principio la situación podría resumirse señalando que
los términos estuvieron suspendidos desde el 19 de
marzo, hasta el 1 de junio de 2020, de hecho la Dirección
Jurídica en la Circular 017 del 2 de junio de 2020 afirmó:
“De conformidad con las Resoluciones 0022, 0030, 0031,
0041, 0050 y 0055 los términos estuvieron suspendidos
entre el 19 de marzo y el 1 de junio inclusive. Es decir,
operó una suspensión de términos general de cuarenta y
siete (47) días hábiles salvo las excepciones previstas.” El
problema lo constituyen precisamente “las excepciones
previstas”, cada resolución incluye y excluye obligaciones,
operaciones y actuaciones procesales, en un verdadero
maremágnum de términos suspendidos, que imponen un
análisis minucioso, identificando el caso particular y
concreto de que se trate, la fecha cierta en que entró a
regir la suspensión de términos y los aspectos en que
sufrió afectación en razón de la suspensión.
El primer efecto que esta situación genera, es una absoluta
inseguridad jurídica, que se desprende del simple hecho
de que, en el término de tres (3) meses y once (11) días, se
expidieron seis (6) resoluciones, ocupándose del mismo
tema, que fueron publicadas en el Diario Oficial con posterioridad
a su expedición, información no siempre disponible
para los usuarios, pero esencial para determinar su
entrada en vigencia, adicionalmente, algunas términos
suspendidos se mantuvieron pese al levantamiento de la
denominada “suspensión de términos general” y se
mantienen hasta la fecha, como quiera que están condicionados,
en el tiempo, a la vigencia de la Emergencia
Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección
Social y a manifestaciones expresas de los usuarios.
Particular atención debe tenerse sobre los procesos de devolución
y/o compensación de tributos aduaneros, cuyas condiciones
de suspensión se encontraban en los artículos que se
ocuparon de los temas tributarios, los cuales no siempre son
verificados por quienes se dedican a lo aduanero.
La seguridad jurídica, definida sintéticamente como “la certeza
del derecho”, es un principio esencial que entre otros aspectos,
hace referencia a la confianza que el administrado tiene en las
actuaciones de la administración, y al estado mental de no
sentirse en riesgo, por contar con la tranquilidad que le da
tener el conocimiento de la legalidad, que le permite prever las
consecuencias jurídicas de sus actos. Nada más lejos de la
realidad respecto de los términos suspendidos, ningún usuario
aduanero, por más cuidadoso que haya sido, puede tener
certeza de los términos que le corrían para el cumplimiento de
sus obligaciones, en materia de procesos administrativos, la
tarea de verificación de las “excepciones previstas” no ha sido
adelantada por los funcionarios, quienes simple y llanamente,
están aplicando de manera automática los cuarenta y siete (47)
días hábiles de la “suspensión de términos general.”
La Corte Constitucional ha sostenido reiteradamente que la
seguridad jurídica “Es un principio central en los ordenamientos
jurídicos occidentales; ii) Ostenta rango constitucional y lo
ha derivado del preámbulo de la Constitución y de los artículos
1, 2, 4, 5 y 6 de la Carta; iii) Es un principio que atraviesa la
estructura del Estado de Derecho y abarca varias dimensiones:
supone una garantía de certeza, acompaña otros principios y
derechos en el ordenamiento, no es un principio que pueda
esgrimirse autónomamente, sino que se predica de algo.”
Múltiples figuras jurídicas buscan garantizar la seguridad jurídica
y entre ellas la caducidad y la prescripción lo hacen desde
una perspectiva temporal, los ciudadanos que nos encontramos
sometidos al Imperio de la Ley, necesitamos conocer los
tiempos o plazos de que disponemos para ejercer un derecho,
o durante que término estamos expuestos al riesgo de ser
objeto de una sanción, por otra parte, pero en el mismo sentido
temporal, el artículo 117 del Código General del Proceso se
ocupa de la “Perentoriedad de los términos y Oportunidades
Procesales”.
La Resolución 0022 se expidió con fundamento en el numeral
18 del artículo 6o. del Decreto 4048 del 2008, que fija la competencia
del Director General para disponer la suspensión de
términos en los procesos administrativos en curso, por lo que
no hay en ella pronunciamiento sobre los términos de caducidad,
prescripción y firmeza.
Por su parte la Resolución 30 se expide con fundamento en el
Decreto 491 del 28 de marzo de 2020, que en su artículo 6o.
facultó a las autoridades administrativas para suspender
mediante acto administrativo los términos de las actuaciones
administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa y
señaló que “Durante el término que dure la suspensión y hasta
10
INFORME ESPECIAL
el momento en que se reanuden las actuaciones no correrán
los términos de caducidad, prescripción o firmeza previstos
en la Ley que regule la materia.”
Así las cosas, entre el 19 y el 28 de marzo, no estuvieron
suspendidos los términos de caducidad, prescripción y
firmeza, que solo lo fueron a partir del 29 de dicho mes, por
cuanto solo hasta la expedición y entrada en vigencia del
decreto pudo la Dian ocuparse del tema.
Si tomamos en consideración la inveterada costumbre de la
Dian, de expedir los actos administrativos sancionatorios
cuando faltan muy pocos días para que opere la caducidad
de la acción administrativa sancionatoria, consagrada en el
artículo 611 del Decreto 1165 de 2019, o para que las declaraciones
de importación adquieran firmeza, la situación que
venimos reseñando puede tener particular relevancia.
Otro efecto de la suspensión se encuentra en el hecho de
que, no siempre es pacífico el conteo de los días que al
momento de la suspensión, hacían falta para el cumplimiento
de la obligación o el ejercicio del derecho, especialmente
si dicho término se encuentra establecido en meses o en
años, al efecto la Dian expidió el Concepto 100208221-629
del 2 de junio de 2020.
Todo parece indicar que la Dian no aprendió de la experiencia
del 2020 y este año, en razón de la infortunada situación
de orden público, expidió los siguientes actos administrativos:
1. Resolución 33 del 28 de abril, que ordenó “Suspender
entre el 29 de abril y el 2 de mayo de 2021, inclusive, los términos
en los procesos y actuaciones administrativas, en materia
aduanera y cambiaria de competencia de la Dirección Seccional
de Aduanas de Cali...”
2. Resolución 35 del 3 de mayo, modificó la Resolución 33
para ampliar el término de suspensión del 3 al 9 de mayo.
3. Resolución 36 del 4 de mayo, suspendió términos de
algunas operaciones aduaneras.
4. Resolución 40 del 10 de mayo, suspendió los términos
entre el 10 y el 18 del mismo mes.
5. Resolución 43 del 18 de mayo, suspendió los términos
hasta el 9 de junio.
No censuramos el que se haya debido mantener la suspensión
de términos, por cuanto no se podía determinar la
duración de los disturbios, sino el que habiendo listado el 28
de abril las actuaciones suspendidas, el 4 de mayo hayan
debido corregir, incorporando las operaciones a zona franca.
En conclusión, la seguridad jurídica seguirá siendo el mayor
anhelo de los usuarios del servicio aduanero.
02
INFORME ESPECIAL
INFORME ESPECIAL
PRINCIPALES TEMAS DE LA REFORMA ADUANERA
¿TIENE SENTIDO CONTINUAR CON
LA EXIGENCIA DE LA DECLARACIÓN
ANTICIPADA OBLIGATORIA?
Sandra Mora
Consultora
Pardo & Asociados Estrategias Tributarias
Dentro de las medidas de control aduanero creadas
para la importación de cierto tipo de mercancías, el
Gobierno Nacional, desde el año 2004, impuso la
posibilidad de exigir la presentación obligatoria de la
Declaración de Importación -en forma anticipada- a la
llegada de algunos bienes.
En dicha oportunidad, inicialmente, a través del Decreto
2373 de 2004 que adicionó un inciso el artículo 119 del hoy
derogado Decreto 2685 de 1999 sobre “oportunidad de
1
declarar ”, y al día de hoy, no existe claridad sobre la pertinencia
y contribución de esta figura como herramienta de
control salvo, como lo interpretó la Dian en el año 2006, en
el sentido de que “…. la Dian se reserva la facultad de
ordenar la presentación de Declaración anticipada en
aquellos casos en que por motivos de control deba
contar con información que le permita adelantar una
fiscalización efectiva y anticipada al momento del
2
ambo de la mercancía al territorio aduanero nacional .”
Lo anterior explica que, como también lo señaló dicha
entidad, “Conforme a las facultades otorgadas a la Dian
para la expedición de disposiciones tendientes a regular la
presentación de este tipo de declaración, teniendo en
cuenta determinados criterios que se dirigen básicamente
al control, se expidió la Resolución 1513 de 2005, modificada
por la Resolución 5482 de 2005, la cual exige utilizar el
tipo de declaración en comento, atendiendo los criterios
de naturaleza de la mercancía (listado de subpartidas
arancelarias) y de origen y/o procedencia (China y
3
Panamá)” .
Posteriormente, los Decretos 111 y 2692 de 2010 modificaron
el citado artículo 119 incluyendo que la imposición de
esta obligación por la Dian se haría “…. teniendo en cuenta
los análisis de los resultados derivados de la aplicación del
Sistema de Administración del Riesgo.”
1 “La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá establecer mediante resolución de
carácter general la obligación de presentar la Declaración de Importación en forma anticipada a
la llegada de la mercancía, teniendo en cuenta como criterios su naturaleza, los lugares
habilitados para su ingreso bajo control aduanero o la procedencia y origen de las mismas”.
2
Concepto Dian 24 del 5 de junio de 2006
3
También en el Concepto Dian 24 del 5 de junio de 2006.
12
INFORME ESPECIAL
Esta referencia histórica y cronológica es importante
porque el infortunado devenir de la figura ha hecho que
su análisis se concentre en tratar- infructuosamente- de
superar sus nocivos efectos y problemas, como se aprecia
recientemente con la expedición de los Decretos 360 y
572 de 2021, así como de la Resolución Dian 39, también
de este año, e incluso, en el reciente proyecto de resolución
publicado por la Dian para comentarios que plantea
modificar nuevamente el artículo 124 de la Resolución
Dian 46 de 2019 para establecer su oportunidad en el caso
4
del transporte terrestre , sin hacer mención a las modificaciones
presentadas en su momento con la expedición del
Decreto 1165 de 2019 pero, sin afrontar, en mi sentir, la
verdadera pregunta y es, si se justifica continuar con la
exigencia obligatoria de este tipo de declaración de
importación, como mecanismo de control aduanero,
para la nacionalización de algunas mercancías.
En esa medida, la extemporaneidad en su presentación ha
llevado a los importadores formales al viacrucis de afrontar,
3 o más años después de importadas las mercancías a
las cuales aplica, la legalización de mercancías que obviamente
ya no existen y, lo que es peor, la imposición de la
sanción aduanera más onerosa que contempla la normatividad
aduanera vigente y que hoy corresponde al 200%
5
de su valor en aduanas, o de su avalúo . Lo anterior, sin
perjuicio de hacer notar que, al estar fijado por su incumplimiento,
una sanción al declarante en el numeral 2.6 del
artículo 615 del Decreto 1165 de 2019, en el caso de las
declaraciones presentadas a través de las Agencias de
Aduanas, éstas han sido objeto de la imposición de dicha
sanción, así no dependa de su actuación la oportuna
llegada del medio de transporte de que se trate.
Y es que la principal dificultad en que se traduce la imposición
de esta medida es la previsión del numeral 2 del
artículo 189 del Decreto 1165 de 2019, al señalar que no
produce efecto la declaración anticipada obligatoria que
no se presente en la oportunidad exigida en dicho Decreto,
salvo que se presente voluntariamente la declaración
de importación correspondiente cancelando la sanción
prevista en el numeral 2.6 del artículo 615, ibídem, sobre
todo si, además, doctrinariamente, se ha entendido que se
configura la causal de aprehensión del numeral 3 del
6
artículo 647 también del Decreto 1165 de 2019 .
En efecto, la interpretación de la Dian ha sido la siguiente:
“Si sobre la mercancía encontrada en el control posterior,
era obligatorio la presentación de declaración anticipada
y la misma se presentó extemporáneamente, o se declaró
a través de una declaración inicial obteniendo autorización
de levante, y en ninguno de los dos casos pagó la
sanción a que hace referencia el numeral 2.6 del artículo
615 del Decreto 1165 de 2019, las declaraciones no producen
efecto a la luz del artículo 189 del Decreto 1165 de
2019, considerándose las mercancías aunque presentadas,
no declaradas de conformidad con el artículo 295
ibídem, pudiéndose de acuerdo a artículos 290 y 293
ibídem, presentar declaración de legalización con el rescate
.”
7
De esta forma, una medida que forma parte del paquete
de herramientas de control que buscan proteger el ingreso
de las mercancías que pueden estar más expuestas
que otras a prácticas nocivas de competencia desleal,
paradójicamente, se ha convertido en un nicho de gestión
de los programas de control posterior de la Dian pero,
frente a los importadores formales que son los que, en
últimas, al dejar huella de todas sus actuaciones, se
enfrentan a la imposibilidad de demostrar -muchos años
después- si se produjo o no- con la anticipación exigida de
acuerdo al modo de transporte y clase de trayecto- la
presentación de este tipo de declaraciones.
De hecho, y esta es la particularidad que soporta la necesidad
de su eliminación, si en su momento se estableció que
la finalidad de la obligatoriedad de la presentación en
forma anticipada era para permitirle a la Dian revisar con
mayor detalle la declaración de importación así presentada,
mientras llegaba la mercancía sujeta a la misma, para
afinar y privilegiar el control previo sobre este tipo de
bienes, y de ahí la necesidad de fijar un término perentorio
para dicha presentación, es que se torna nugatorio
que, como sucede actualmente, más de 3 años después de
su trámite, se pretenda, a través del control aduanero
4
Me refiero al proyecto de resolución “Por la cual se reglamentan unas garantías en materia
aduanera.”
5
Artículo 648 del Decreto 1165 de 2019
6“3. Cuando se trate de mercancías no declaradas en importación, conforme con lo previsto en el
artículo 295 del presente decreto.”
7Concepto Unificado Dian 100208221-0634 del 3 de mayo de 2021.
13
INFORME ESPECIAL
posterior, adelantar programas de fiscalización tendientes
a validar si hubo o no la presentación oportuna de las
mismas.
A lo anterior se suma el agravante de que los programas
de control posterior de la Dian para los importadores de
este tipo de bienes adolecen, entre otros, de las siguientes
inconsistencias:
Se inician muchos años después de tramitadas las
declaraciones de importación por lo que no existe claridad
sobre el marco legal aplicable.
No existe certeza para establecer si hubo o no oportunidad
en su trámite, en el hecho de que debe revisarse es
la fecha de aceptación de las Declaraciones, y no la de
autorización de levante de las Declaraciones así presentadas.
No se permite la aplicación del principio de favorabilidad
bajo la exótica tesis de que “La aplicación del principio
de favorabilidad, en los términos del numeral 2 del
artículo 2 del Decreto 1165 de 2019, no está previsto
para la legalización y el pago del rescate. Por lo tanto, si
el declarante decide legalizar y pagarlo, deberá hacerlo de
acuerdo con las disposiciones vigentes, esto es, del Decreto
1165 de 2019.
Así las cosas, en el artículo 293 del Decreto 1165 de
2019 no quedó previsto un evento especial para la
legalización y el pago del rescate de las declaraciones
de importación anticipadas presentadas
8
extemporáneamente que obtuvieron levante .”
De esta forma, queda la inquietud, con todos los avatares
señalados, de la racionalidad en que se traduce continuar
insistiendo en la permanencia de la Declaración Anticipada
obligatoria frente a ciertas mercancías, bajo unas
premisas que, al final del día, solo privilegian la forma
sobre el fondo en su ejecución, en perjuicio de los importadores
formales, hasta el punto de desvirtuar, como ha
sido analizado, los motivos y fines que -en su momentoinspiraron
su creación.
8
También en el Concepto Unificado Dian 100208221-0634 del 3 de mayo de 2021.
14
COLUMNISTA INVITADO
¿ES CONVENIENTE UNA
NUEVA “TABLA DE FLETES”
EN EL SECTOR TRANSPORTE
TERRESTRE DE CARGA?
Javier Franco
Socio - director
Franco & Abogados
Asociados
Recientemente han surgido debates en torno a la
existencia de “valores mínimos” en las relaciones económicas
del sector transporte de carga. Esta discusión no
es nueva en el país. En efecto, hace más de 20 años
surgía el debate sobre la llamada “tabla de fletes” y fue
necesario que en el año 2007 una política pública
diseñada específicamente para el sector transporte
terrestre de mercancías aclarara que se hacía necesario
“migrar” a una situación en la cual la intervención del
Estado en la materia se limitara a los casos en que efectivamente
se presentara una verdadera “falla del mercado”
. Fue justamente a partir de dicho objetivo de políti-
1
ca pública que se llegó a estructurar el modelo de “libertad
vigilada” y se diseñó el SICE-TAC, este último entendido
como una herramienta dispuesta por la autoridad
para que los particulares pudieran tener fácil y rápido
acceso a información sobre costos de las operaciones de
2
transporte – como un “parámetro referencia” – para la
negociación respectiva.
No obstante lo anterior, el pasado 6 de mayo de 2021 se
generó una gran controversia con la expedición de un
concepto sobre el tema por parte del Ministerio de Transporte,
concepto en el que el cambio de lenguaje e interpretación
del modelo por parte la entidad se hace evidente al
referirse de manera categórica a los valores del SICE-TAC
como “costos mínimos”, es decir, costos por debajo de los
cuales no sería posible realizar ningún pago por los actores
del sector.
Esta posición, ya evaluada y descartada en años anteriores,
ha generado múltiples reacciones de rechazo en el sector
puesto que contrasta con la existencia, no solo de la normativa
vigente en la materia (en particular, lo previsto de
manera general en el D. 1079 de 2015 que recogió lo señalado
originalmente en el Decreto 2092 de 2011, modificado
por el Decreto 2228 de 2013), sino con la interpretación que
venían teniendo las entidades en el sentido de reconocer la
posibilidad de pactar “eficiencias adicionales” en el caso
15
COLUMNISTA INVITADO
concreto, atendiendo a “las características propias de las
relaciones económicas de cada contrato” . Fue precisamente
en este entorno en que incluso la Superintendencia
de Transporte llegó a expedir en el año 2020 una “cartilla”
en la que de manera concreta se refirió al tema de las
eficiencias. Surge la duda entonces sobre cuáles habrían
sido las bases fácticas y jurídicas que abren la puerta a un
cambio tan extremo de interpretación sin que haya
habido una modificación en la normativa y sin que quede
claro, en particular, cuál (o cuáles) pueden o pudieron
haber sido las fallas de mercado detectadas y que son las
que abrírían paso al debate sobre la conveniencia (o no)
de una intervención de esta naturaleza en el mercado de
servicios de transporte de carga.
Por otro lado, como una reiteración de su posición, el
Ministerio de Transporte recientemente sometió a consideración
del público un proyecto de resolución sobre la
materia, el cual en su artículo segundo manifiesta la
misma orientación del concepto enunciado. En dicho
texto se pretende argumentar que en realidad se trata de
hacer valer una norma vigente (la Resolución 757 de 2015)
pero se olvida que: i) justamente con posterioridad a la
misma fue expedida la Circular Memorando 4611 en la
que, como ya se dijo, se puso de presente la posibilidad de
hacer valer “las eficiencias adicionales” de cada operación
y ii) el Ministerio en cualquier caso cuenta con amplias
competencias para modificar la normativa vigente si
considera que la misma no está alineada con la política
pública diseñada por mismo el Estado.
Es por todo lo anterior que resulta urgente generar un
debate, abierto y con la participación de todos los actores,
que permita llegar a una regulación clara sobre el tema
que además sea coherente con la política pública y las
metas económicas del sector, en particular la de la disminución
de los costos logísticos. Para nadie en la industria
es un secreto que existen características especiales en
cada negocio/operación que deben ser reconocidas y
admitidas, ya que son ellas las que permiten destacar a
quienes son eficientes en la prestación de servicios dentro
de un mercado que, se supone, debe ser competitivo.
Es necesario destacar además la importancia que el
concepto del Ministerio de Transporte da a la necesidad
de preservar la eficiencia y la competitividad en el mercado
de transporte. Se trata sin duda de objetivos loables,
mencionados en las normas del sector, que sin discusión
deben ser promovidos en dicho entorno. Sin embargo,
queda otra duda: ¿Cómo pueden ser compatibles estos
objetivos con el establecimiento de una medida que tiene
la naturaleza o la lógica de un “piso tarifario”? No debe
olvidarse que una intervención de tal alcance indiscutiblemente
afectará la competencia en el mercado del
transporte – a mi modo de ver, generando un incentivo
negativo pues ya no habrá el mismo interés de los actores
involucrados por destacarse en la prestación del servicio -
y seguramente terminará creando también un efecto
adverso en la productividad del sector pues, en últimas,
supondrá la necesidad de elevar transversalmente los
costos de las operaciones de transporte.
Por último hay que resaltar que quizás sea esta la
oportunidad para que el ente rector del transporte
recurra a la instalación de la llamada CRIT (Comisión
de Regulación de la Infraestructura de Transporte)
para tomar medidas de fondo, concertadas y analizadas
con todos los actores, que se soporten en
criterios técnicos y que puedan tener el efecto de
generar bienestar transversal a lo largo de la cadena
logística.
1
El CONPES 3489 de 2007, contentivo de la política nacional de transporte público automotor de
carga, reconoció expresamente en su momento que “Con el fin de armonizar las relaciones
económicas de todos y cada uno de los integrantes de la cadena, de acuerdo con principios de
eficiencia, sostenibilidad, desarrollo y competitividad del sector, es necesario migrar hacia un
esquema de regulación basado en el principio de intervenir sólo en los casos en que se
presenten fallas de mercado y para esto, se propone la creación del Índice de Precios del
Transporte – IPT” p. 8.
2 Incluso hoy en día actualmente el Decreto 1079 de 2015 sigue refiriéndose al SICE-TAC como el
“parámetro de referencia”.
16
COLUMNISTA INVITADO
02
DESARROLLO EMPRESARIAL
La Aduana de Estados Unidos - CBP
y World BASC Organization - WBO
firman Declaración Conjunta
reafirmando su compromiso por la
seguridad de la cadena de
suministro
Robert E. Pérez,
Comisionado Adjunto de CBP
Washington D.C
Abril 27, 2021.
Fermín Cuza,
Presidente Internacional de WBO
La Aduana y Protección fronteriza de los Estados Unidos -
CBP y World BASC Organization - WBO, firmaron la Declaración
Conjunta, en la cual expresaron su intención de colaborar
en la implementación de un Plan de Acción que se centra
en nueve áreas de cooperación, entre las cuales se encuentran:
1. El reconocimiento de CTPAT a socios de la cadena de
suministro que son BASC
2. La creación del Comité de Seguridad Marítima y
Portuaria
3. Capacitación y Divulgación
4. La creación del Comité de Seguridad de la cadena de
suministro (SCSC)
5. Presencia en reuniones clave
6. Coordinación de comunicaciones
7. Acceso a las bases de datos BASC
8. Intercambio de información e inteligencia
9. Uso del logotipo de CTPAT por parte de WBO (con
excepciones)
“Durante los últimos 25 años, CBP y WBO han trabajado de
la mano para asegurar las cadenas de suministro globales
y facilitar el comercio legítimo”
Comisionado Adjunto de CBP, Robert E. Pérez.
“
Creemos fielmente que la declaración conjunta que
hoy firmamos permitirá la expansión de nuestros
esfuerzos de cooperación internacional más allá de
América Latina y el Caribe
”
Presidente Internacional de WBO, Fermín Cuza.
18
¿Por qué es tan importante esta firma para Colombia?
La firma de esta declaración conjunta entre CBP y WBO, es
estratégica para Colombia porque va a permitir que,
gracias a la aplicación de estándares de seguridad y procesos
de validación homologados, las 1.300 empresas certificadas
BASC en nuestro país, que pertenecen a todos los
sectores de la cadena de suministro, sean reconocidas
como asociados de negocios confiables por CTPAT (Alianza
Aduana Comercio Contra el Terrorismo) de la CBP, el cual es
el programa Operador Económico Autorizado - OEA más
grande del mundo con más de 11.400 empresas afiliadas.
Este reconocimiento como asociados de negocios confiables
a las empresas certificadas BASC, tanto de Colombia
como a nivel internacional, permitirá fluidez y facilitación
del comercio entre Colombia y los EE.UU. nuestro principal
socio comercial.
Sobre BASC
BASC es una organización gremial internacional, sin
ánimo de lucro, liderada por empresarios, que trabaja
en cooperación con Autoridades de Control nacionales
e internacionales y otras instituciones, en procura de
un comercio seguro, confiable y con legalidad.
Los Sres. Robert E. Pérez, Comisionado Adjunto de CBP,
William Ferrara, Asistente Ejecutivo Comisionado de la
Oficina de Operaciones de Campo de CBP, Fermín Cuza,
Presidente Internacional de WBO y Emilio Aguiar, Presidente
de la Junta Directiva de WBO, durante ceremonia de firmas
de la Declaración Conjunta entre la Aduana de los Estados
Unidos CBP y World BASC Organization.
02
COLUMNISTA INVITADA
EXPORTADOR AUTORIZADO:
UNA FIGURA QUE FACILITA EL
COMERCIO ENTRE COLOMBIA Y EUROPA
María Ximena
Lombana Villalba
Ministra de Comercio
Industria y Turismo
Ahora bien, los acuerdos comerciales con Europa (Unión
Europea, Asociación Europea de Libre Comercio –EFTA- y
Reino Unido) incluyen importantes medidas de facilitación
del comercio, entre las que se encuentra la figura del
Exportador Autorizado que simplifica los trámites de
exportación al permitir que aquellas empresas que han
sido autorizadas con esta calidad, puedan certificar el
origen preferencial de las mercancías en la factura comercial,
nota de entrega o lista de empaque. Por lo tanto, el
Exportador Autorizado no está obligado a solicitar en
cada exportación a las autoridades aduaneras un certificado
de origen EUR1.
Europa es un aliado comercial muy importante para
Colombia. Desde hace 7 años entró en vigencia el
Acuerdo Comercial con la Unión Europea, que amplió
los beneficios que recibía Colombia a través de la
aplicación unilateral del Sistema General de Preferencias
(SGP), y ha brindado mayor seguridad jurídica
para las partes.
Desde el 2017, la Dian implementó el programa de
Exportador Autorizado en Colombia con requisitos
mínimos, y actualmente tiene cerca de 40 empresas
aprobadas, con productos como frutas frescas
y procesadas, café, flores, preparaciones alimenticias,
productos de odontología, prendas de vestir,
cerámicas y químicos. Las empresas ubicadas en
zona franca y comercializadoras internacionales
también pueden aplicar al programa.
En el primer trimestre del año la Unión Europea fue el
segundo destino de las exportaciones de Colombia, con
una participación del 10,6%, y el tercer proveedor de
bienes con un aporte del 13,12%.
Los beneficios del Acuerdo Comercial con el bloque
europeo son significativos y se ha consolidado como un
mercado clave para las frutas, aguacate, aceite de palma,
café y cacao colombianos. Las exportaciones no minero-energéticas
a este destino, han registrado un
crecimiento constante. Pasaron de representar un 22% de
las exportaciones totales en el 2012, a un 62% en el 2020
(aumentando de US$ 1.963,3 millones a US$2.478,8 millones).
20
Éste ha mostrado ya sus frutos. Colombia es uno de los
pocos países que ha implementado esta figura en
Latinoamérica, lo que le da cierta ventaja comparativa.
Algunos clientes europeos han preferido hacer negocios
con Colombia por la previsibilidad de entrega de los
pedidos, y han manifestado que importan un 20% más de
bananos colombianos gracias al programa.
Así mismo, la figura registra importantes beneficios en
reducción de costos, documentos y tiempos, ya que elimina,
entre otros, el costo asociado al trámite, el envío físico
internacional, tiempos de espera ante la Dian y demoras
en nacionalización a la espera de la documentación
original. Para acceder a los beneficios preferenciales, basta
con la anotación de declaración de origen en factura, nota
de entrega o lista de empaque, mencionando el número
de autorización que ha sido asignado por la Dian.
Como parte de la simplificación de procedimientos aduaneros
se debe resaltar que con la figura de exportador
autorizado no se necesita utilizar un certificado de origen
específico para cada acuerdo comercial, lo cual facilita los
tránsitos desde la Unión Europea hacia terceros países y
permite hacer extractos de la carga hasta último momento
de la operación.
Las medidas de facilitación al comercio en origen establecidas
en estos acuerdos comerciales para los exportadores
–principalmente mipymes- no se limita a este programa.
También se ha consagrado explícitamente la posibilidad
de que el exportador (sin tener el estatus de Exportador
Autorizado) declare el origen colombiano en la factura,
siempre y cuando el valor total del envío no exceda los
6.000 euros.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
permanentemente está trabajando para maximizar
los beneficios de los acuerdos comerciales y facilitar
los trámites para los exportadores. Es así como se ha
incorporado la figura del Exportador Autorizado en
otros acuerdos comerciales más recientes como el
de Israel.
Los acuerdos comerciales se están moviendo cada vez
más hacia la auto-certificación de origen. La Unión
Europea ha negociado la figura de Exportador Autorizado
en 25 acuerdos comerciales con países como Chile, Corea
del Sur, Israel, México y Turquía, entre otros. Adicionalmente,
en sus últimas negociaciones comerciales, como
con Canadá y Japón, la Unión Europea empezó a aplicar el
sistema de auto-certificación de origen de Exportador
Registrado (REX), que cuenta en la actualidad más de
58.000 empresas en toda la Unión Europea.
Los invito a convertirse en Exportadores Autorizados para
facilitar su acceso preferencial a Europa, elevar la competitividad
de sus empresas y simplificar sus trámites de cara
al nuevo comercio exterior sin papel.
02
ACTUALIDAD
SÁLVESE QUIEN
PUEDA
Juan Diego Cano García
Director de asuntos legales
Analdex
vencimiento de la garantía, pues operaría la cancelación
del registro aduanero. No han sido pocas las empresas
que se han visto afectadas por esta circunstancia, sin
contar a los usuarios aduaneros permanentes, altamente
exportadores o de tramité simplificado que no lograron
radicar a tiempo para mantener sus tratamientos
especiales. Incluso, de obtener la respuesta afirmativa
por parte de la aseguradora, los usuarios deben someterse
a los altos costos en medio de la reactivación
económica, lo que impacta la competitividad de la
industria.
Al paro nacional y la pandemia se suma un tercer
problema para los empresarios, se trata de la renovación
de las garantías aduaneras. Después de más
de seis meses del origen de la disputa entre las
aseguradoras y la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales - Dian, con ocasión a un concepto unificado,
todavía no llega la anhelada solución. Mientras
tanto, las consecuencias las sufren los usuarios
aduaneros.
Cada vez es más común escuchar las quejas de los agentes
de carga, agencias de aduanas, zonas francas, entre
otros, sobre los altos costos para renovar las pólizas o
simplemente la negativa para expedirla. Situación que
se agrava con el transcurrir de los días, pues en caso de
22
ACTUALIDAD
A finales de mayo se anunció que la operación se restablecería
en las siguientes semanas. Todo esto, por el
pronunciamiento de la Unidad de Regulación Financiera
que, a través de un oficio indicó que “la póliza por
afectar es aquella que, durante la vigencia del contrato
de seguro, asegura el cumplimiento de las obligaciones
derivadas de la operación aduanera”. De esta forma, las
aseguradoras y la autoridad aduanera habían encontrado
un punto medio satisfactorio. Sin embargo, las cosas
no han cambiado mucho desde entonces y se mantienen
los rechazos y los precios en las nubes con incrementos
en el valor de la prima por encima de un 1500%
en relación con la misma póliza antes de diciembre de
2020.
Al mismo tiempo, la Dian se encuentra reglamentando
los otros tipos de garantías como alternativa a la emitida
por las aseguradoras. Sin embargo, algunos expertos
en la materia se siguen preguntando si sería demasiado
tarde para algunas compañías o incluso si los nuevos
actores podrán atender rápidamente la demanda de
expedición de garantías. Pese a los esfuerzos de la
aduana, el trámite de producción normativa no se
ajusta a los tiempos necesarios por el sector privado.
Desde la expedición del decreto y la publicación del
proyecto ha resolución ha pasado casi un mes completo.
Ante este panorama, vuelve a abrirse la discusión sobre
la naturaleza de las garantías en la legislación aduanera.
Por mucho tiempo se ha escuchado en los escenarios
académicos que el porcentaje de siniestralidad y afectación
de las pólizas es bajo, entonces ¿no es momento de
hacer reformas? Lo primero sería determinar un monto
que corresponda con el riesgo de la operación teniendo
en cuenta factores como: el patrimonio y los antecedentes
del usuario. También debería considerar las reducciones
por el buen desempeño en sus operaciones, sin que
el beneficio sea afectado por las sanciones allanadas. Y
por supuesto, abrir todas las posibilidades que el mercado
permita para garantizar el cumplimiento de las
obligaciones aduaneras.
Mientras todo esto ocurre, el sector público
debe tomar medidas transitorias para evitar la
cancelación de las empresas. En caso contrario,
el impacto en la economía y en el sector del
comercio exterior será irreversible.
Nota del autor: previo a la publicación de este artículo,
la autoridad aduanera expidió la resolución de los otros
tipos de garantías aduaneras. La norma además incluye
la fianza como medio para garantizar el cumplimiento
de las obligaciones aduaneras y estableció los términos
para las declaraciones anticipadas en modo terrestre.
También agrega en las consideraciones el concepto de
la URF para que sea vinculante por parte de los funcionarios
públicos. Todos los detalles de la norma, el análisis,
sus efectos y la respuesta la pregunta ¿La resolución
resuelve el conflicto entre la Dian y las aseguradoras?
los encontrará en nuestro Blog de Comercio Exterior
y Logística bajo la entrada: un nuevo episodio en
las garantías aduaneras.
23
COLUMNISTA INVITADO
LA INCERTIDUMBRE DE LA
REFORMA TRIBUTARIA
Pedro Sarmiento
Socio - director Tax & Legal
Crowe
Por los antecedentes de la reforma Carrasquilla, creo que
cualquier analista debe comenzar su estudio por los temas
que no deben ser considerados en el proyecto que el
gobierno lleve al Congreso. Sin dejar de lado, que los modelos
a proponer deben ser viables fiscalmente, o necesarios
dentro de una recomendable y sana vida fiscal. Las
propuestas anteriores, parece nunca fueron analizadas ni
entendidas por los miembros activos de la protesta, a los
que caracteriza la falta de conocimiento básico de economía,
hacienda pública y les sobran conocimientos de cómo
hacer perder la gobernabilidad tributaria del país. Algunas
reformas propuestas hoy sin duda son temas tabús que no
creo que los proponentes y estructuradores de la reforma
en ciernes estén en condiciones de considerar. Entre estos
temas podemos mencionar preferentemente los más
relevantes.
Los análisis de los expertos en los temas fiscales han
agotado los argumentos para señalar y demostrar que
una reforma tributaria es inminente para atender los
efectos múltiples de la pandemia y ahora de la propuesta
social de alto costo y largo aliento. Esta última variable
que hoy se debe estimar, aunque en este escrito no
profundicemos en sus causas y en las repercusiones que
pueda tener tanta violencia en la economía en su
conjunto.
Con el objeto de apoyar a nuestros lectores y clientes,
creamos un observatorio para la reforma tributaria que tiene
por objeto hacerle seguimiento a las diferentes opiniones y
alternativas de los centros de pensamiento, los gremios de la
economía, la academia y los expertos economistas y tributaristas,
de manera que lo propuesto pueda contar el consenso
general, y por supuesto con las proyecciones económicas
que justifiquen algunas medidas para lograr el anhelado
recaudo fiscal de sostenibilidad y equilibrio.
24
COLUMNISTA INVITADO
Otro engendro de males y desacuerdos producto del
impacto directo en la economía con secuelas regresivas es
el IVA, sin duda la fuente de ingresos a la que menos puede
recurrir el establecimiento en la actual coyuntura, debido a
las estigmatizaciones de que fue objeto por la turba, que
sin conocer sus verdaderas implicaciones lo convirtió en el
enemigo número uno de las clases más vulnerables y razón
de justicia para acabar cuanto encontraban a su paso que
recuerdan aquel Caracaso venezolano que se suscitó
también por un pretendido aumento de este impuesto.
El primero de los temas vedados es el referente a la estructura
tributaria de las personas naturales. No debemos
olvidar que la persona física es la unidad tributaria por
excelencia donde confluyen todos los ingresos susceptibles
de ser considerados renta y es de ella, la persona
natural, de la que podemos predicar que es la poseedora
del capital y de la riqueza, por lo que la estructura de su
tributación deber ser cuidadosamente armada. Hoy es
celular, permitiendo que se reconozcan diferentes fuentes
de ingresos y autorizando con restricciones que cada una
de ellas, pueda ser depurada por los costos y deducciones
para llegar a la renta gravable, que acumulada establece el
impuesto a cargo. Hoy las tasas que califican cada intervalo
no deben ser modificadas, ya generaron las intensas
protestas por aumentar la tributación de las clases medias.
Pero deben correr igual suerte de inamovilidad, los beneficios
especiales como las cuentas EFC, las cesantías y las
pensiones de jubilación. Total, la tributación de las personas
físicas debe quedar como actualmente la contemplaron
las normas hoy vigentes, ley 1819 de 2018 y ley 2010
de 2019. En las reuniones de concertación lo ha manifestado
el Ministro de Hacienda y creo ese es un primer consenso.
De igual forma creo que en este punto queda pendiente el
diagnóstico completo del IVA, para someterlo a una trasformación
y simplificación integral que le proporcione su
estructura característica de un impuesto plurifásico, más o
menos acumulativo (descuentos condicionados a la tarifa)
con canastas para los bienes exentos, grabados a las tarifas
diferenciales ( 19%, 5%, 20%?, 25%?) como se recomienda
por los expertos, sin olvidar que la tarifa general hoy del
19% puede ser alta si se trata de buscar la dinamizar la
económica e iniciar una fase reactivación económica. Pero
ya llegará el momento de hablar del IVA en profundidad.
Otro impuesto estigmatizado es el de la gasolina al
que se le pretendió subir la tarifa al 19% por lo que
fue el otro florero de Llorente de la rebelión de los
impuestos y sobre el que es mejor no entrar en
honduras.
Sin duda, son muchos los aspectos y correctivos que se
habían incorporado por la “Reforma Carrasquilla” no es
conveniente abordar en la nueva propuesta, sin que debamos
olvidar que el proyecto que acuerde y presente el
Gobierno es una y otra es, regularmente la que apruebe el
congreso. Sobre el particular una vez se inicie el debate nos
proponemos vigilar y hacer riguroso seguimiento a través
de nuestro observatorio de la reforma, porque el Estatuto
Tributario y los cambios que se han tramitado al amparo de
la Constitución del 91, tienen para bien o para mal la mano
del congreso donde el Lobby -que de paso opino debe ser
erradicado drásticamente- ha participado con sus perversas
normas en defensa de intereses privados.
Solo porque mi conciencia de abogado tributarista lo
demanda, agrego de mi cosecha, que no hay que olvidar
que, si estamos buscando la equidad, la justicia, la redistribución
del ingreso y la disminución de las desigualdades,
se debe hacer a través de las personas naturales que como
dije es de las que se puede predicar que son poseedoras
de riqueza y patrimonio. No hay que olvidar que la mayor
distorsión en la distribución del ingreso y las diferencias
económicas las aporta la evasión y la economía subterránea,
en donde los esfuerzos de control deben ser aún
mayores.
25
COLUMNISTA INVITADO
La propuesta para el congreso debe ser general, recaudatoria,
no buscar alcances de reforma estructural y su intensión
reguladora no puede ir más allá de lo puramente
recaudatorio mediante el establecimiento de figuras y
modelos de buena monetización que permitan recaudar
sumas significativas con agilidad y sin mayores controles. El
objetivo final no puede ser otro que contar con los dineros
suficientes para financiar la pandemia y si es posible distribuir
mediante ayudas a los sectores más vulnerables a los
que estaba dirigida parte de la anterior propuesta.
Sobre lo que hoy hemos recogido como de consenso
presentaremos algunas líneas en su planteamiento general
y una vez se inicie el debate analizaremos propuestas o
figuras más complejas.
Veamos cuales pueden ser esas normas que buscan la
recaudación:
1. Sin ninguna duda la de mantener la tributación de las
personas jurídicas en el 33% de tarifa sobre la renta líquida
gravable. Sobre el particular creemos que la iniciativa de
establecer dos tarifas, una del 24% para ingresos líquidos
gravables hasta de 500 millones de pesos sería una extraordinaria
ayuda para las mipymes, y la tarifa general del 33%
de los 500 mencionados en adelante, para las demás personas
jurídicas y asimiladas. Igualmente, sin estigmatizar el
sector financiero, creemos que se debe mantener la sobre
tasa del 3% a las empresas consideradas como tales.
2. Para encausar el control de la venta de activos fijos la
modernización de la Dian poniendo a disposición de las
Notarías un sistema georreferenciación que permita
establecer el valor comercial de los bienes, es una buena
ida, además obligando a los notarios so pena de responder
por el tributo, notificar a los subscriptores de una escritura
pública, la base de la venta de activos sobre los que se
pagará una ganancia ocasional del 10%, tarifa cómoda
generada por la diferencia entre el costo fiscal y el precio
de venta del bien.
3. Con el fin de apoyar a la Tesorería en el manejo de su
flujo de caja proponemos que de manera voluntaria las
empresas manifiesten su decisión de no solicitar los saldos
a favor por impuestos a la renta e IVA, con la posibilidad de
poder utilizar los saldos con posterioridad y con algún
aliciente económico.
4. En las normas que podemos considerar marginales al
IVA, creemos que es conveniente convertir el descuento
tributario por la compra, importación o construcción de
activos fijos reales productivos en mayor valor del bien y
permitir la deducción pon vía depreciación. Igualmente, un
importante sector de la academia propone que se eliminen
los llamados días sin IVA, porque en las pruebas realizadas
hasta la fecha no han demostrado generar mayor demanda
de bienes en esas fechas, solo se ha limitado a desplazar la
demanda para los días de beneficio y se considera que
además se genera una distorsión compleja en el control del
IVA en su conjunto.
5. Creación de un impuesto solidario a la riqueza para
las personas naturales que posean un patrimonio superior
o igual a 5.000 millones de pesos, pero respetando la
proporcionalidad tan necesaria en estos momentos de
penuria económica de forma que se inicie con una tarifa
del 0,5% para los patrimonios de 5.000 millones y del 1%
para patrimonios de 8.000 en adelante. La principal característica
de este impuesto es que debe declararse en el
formulario del Imporenta y que no debe ser deducible.
6. En forma extraordinaria y solo entre el 1 de enero del
2022 y el 31 de diciembre del mismo año, se propone un
impuesto transitorio mensual para ingresos altos del 8%
para ingresos de más de 10.000 mensuales por concepto
de salarios y relaciones laborales en el sector público y
privado, por contratos de servicios, intereses, rendimientos
financieros, dividendos y participaciones, o por pensiones
de jubilación o de retiro. Esta continuación desde el año
2023 puede ser descontada del impuesto de renta hasta
agotar el préstamo realizado.
7. También proponemos que el descuento tributario por
ICA, se transforme en deducción de renta en el 50% del
valor pagado a los municipios.
8. Uno de los aspectos que en razón a los tratados
internacionales y a las recomendaciones de la OCDE no se
han intervenido son las transacciones entre vinculados
económicos del exterior y zonas francas. Proponemos que
las transacciones correspondientes a servicios técnicos,
26
asistencia técnica, royalties, servicios administrativos,
servicios compartidos no deducibles por los próximos 5
años como medida de excepción en el interregno contributivo
y que además se establezcan tarifas específicas de
rentabilidad a algunas transacciones dentro de lo que en
precios de transferencia se conoce como “safe harbor”. Las
transacciones que relacionamos son las de mayor dificultad
de prueba y a través de “Master Agreement” solicitan las
empresas internacionales y sobre las que siempre se hay
una duda razonable sobre su realización o materialización.
9. El impuesto único digital del 5% se abre camino en
Europa como el mecanismo necesario para poner a tributar
en el país de la fuente a las grandes empresas digitales del
mundo que por lo general pagan sumas menores y
mediante una sofistica estructuración tributaria radican las
utilidades en jurisdicciones de menos o nula imposición
fiscal. Ya el G7 actualmente reunido en Londres ha acordado
tarifas mínimas de impuesto del 15% en las diferentes
jurisdicciones, con lo que de alguna manera se busca
combatir la trashumancia tributaria en busca de bajas tasas
de impuestos.
En los próximos días estaremos en el debate de la reforma
y muy seguramente se habrá tomado la decisión por sus
actores sobre la fecha de iniciación de su estudio y el
mensaje de urgencia del Gobierno y se escucharán los
voceros de los grupos en plena confrontación sobre su
conveniencia e inconveniencia. Lo que si es cierto es que
las instituciones tributarias que se creen, se fortalezcan, se
transformen, deben cumplir con el postulado constitucional
de justicia y equidad, eficiencia, progresividad.
COLUMNISTA INVITADO
CONSTRUYENDO EL COMERCIO
ELECTRÓNICO DESDE LAS
ZONAS FRANCAS
Diego Vargas Triana
Gerente
Zona Franca de Bogotá
A medida que los modelos de negocio y las ofertas de
valor se revalúan por la penetración del internet, el
cambio acelerado de la transformación digital y las
barreras comerciales, el comercio electrónico cobra
mayor valor estratégico para los planes de las empresas.
Así lo revelan las cifras de su crecimiento exponencial,
que para la región fueron del 66% durante el 2020
y se concluye de los análisis internacionales como el de
Nasdaq, donde se estima que para el año 2040 el 95%
de las compras se realizarán de forma digital.
Por supuesto, los empresarios colombianos no han sido
ajenos a esta nueva dinámica de comercio por lo que cada
vez es más frecuente encontrar canales de venta no
tradicionales, donde las tiendas online se encuentran a
disposición de los clientes, simultáneamente con la oferta
de las tiendas físicas. Ocurre, por ejemplo, con las grandes
superficies presentes en el país, donde los productos de
mayor transacción como son los alimentos, el calzado, las
prendas de vestir, la electrónica, los productos del hogar y la
belleza, se comercializan a un mismo tiempo en tiendas
físicas y virtuales, frecuentemente con ofertas de valor
diferencial, incluso en materia de precios.
Una redundancia que favorece al consumidor, al mismo
tiempo que beneficia los comercializadores al aumentar su
público y mercado objetivo, disminuir los costes de venta y
mejorar la llamada experiencia del cliente.
De allí que los productores y comercializadores colombianos,
mayoritariamente compuestos por empresas de
mediano y pequeño tamaño, entre ellas las empresas que
operan desde zonas francas, tengan el desafío de acoger las
buenas prácticas de estas multinacionales, integrando
nuevas tecnologías, capacitando el talento humano y sobre
todo especializando sus procesos para cumplir con los
acuerdos de niveles de servicio y la oportunidad de entrega
que demanda el usuario de comercio electrónico. Convergen
circunstancias excepcionales para emprender en
mercados internacionales, sea directamente o a través de
las plataformas Marketplace ya posicionadas, usando estrategias
de marketing digital diferentes a las usadas tradicionalmente.
Uno de los retos más importantes en esta materia es la
eficiencia de la llamada logística e-commerce (e-logística),
que refiere a la cadena de suministro desde el almacenamiento
hasta la distribución de los productos internacionalmente
o en última milla, incluyendo aduanas, donde las
zonas francas entran a jugar un papel fundamental para la
optimización del proceso.
Las zonas francas son sitios ideales para la operación de los
llamados centros de distribución de mercancías (CEDI). Su
eficiencia deriva de su neutralidad en materia aduanera que
le permite almacenar mercancías por tiempo ilimitado sin
que se causen los impuestos a las importaciones, lo cual
favorece el circuito de tráfico internacional del Cross-Border
28
COLUMNISTA INVITADO
e-commerce. Por otra parte, la opción de combinar el
régimen de zonas francas con la modalidad aduanera de
tráfico postal y entregas urgentes presenta ventajas
competitivas para que los productores y comercializadores
agencien de manera mucho más eficiente sus diferentes
canales de venta.
En Colombia el decreto 659 del 2018 habilitó legalmente
la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes para las
exportaciones desde zonas francas, mientras que en materia
de importaciones solo se autorizó hasta el pasado 15 de
marzo con la expedición del decreto 278. En esta última
regulación, se aclaró el concepto de ventas al detal y se
aprobó desaduanar las mercancías de cualquier naturaleza
ingresadas o producidas en zona franca por parte de los
usuarios industriales a través de la citada modalidad.
Para efectos prácticos es indispensable contar con la
regulación del procedimiento aduanero para tráfico postal
y entregas urgentes desde zonas francas, que actualmente
se encuentra en desarrollo por parte de la Dian. Es urgente
para capitalizar un mercado en expansión, atraer las inversiones
asociadas a este tipo de comercio y reactivar la
economía de los empresarios nacionales. Servirá igualmente
para consolidar un modelo que permitirá diversificar
la canasta exportadora de la pymes, aprovechando las
ventajas competitivas que tiene el país, fundamentalmente
por su ubicación geográfica con cobertura internacional,
su conectividad, área y un régimen de zonas francas
muy competitivo en esta materia.
peso no exceda de los 50 Kg y no supere los 1.5 mt de
medida, ni más de 6 unidades de la misma clase, para
mencionar los más importantes aduaneramente. Al tratarse
de una regulación aduanera, no hay cambios, ni referencias
en materia tributaria que modifiquen las reglas de
‘minimis’ que aplican para el país, ni aquellas que se
emplean para las transacciones desde las zonas francas.
Entre las bondades diferentes a la agilidad logísticas,
comerciales y de mercado ya nombradas, habría que destacar
que en las zonas francas la modalidad de tráfico postal
y envíos urgentes tendría una plena trazabilidad producto
de los controles cruzados de los inventarios sistematizados
del régimen franco, con las declaraciones de importación
consolidadas de la modalidad por parte de las empresas
postales y de mensajería legalmente autorizadas, lo que
generaría a su vez una evolución para el control aduanero y
la gestión tributaria.
Entre tanto, los usuarios operadores y los desarrolladores
de las zonas francas ajustan los procesos
de comercio exterior, los comerciales y la infraestructura
necesaria para atender la demanda, lo
que los convierte en los principales aliados del
gobierno para el desarrollo del comercio electrónico
del país y en interlocutores obligados para
aquellas empresas que decidan activar esta estrategia
digital dentro de sus modelos de negocio, lo
cual es inaplazable.
Sobre la reglamentación conocemos lo que públicamente
anunció la aduana en diferentes foros. Se trata de aplicar
procedimientos y controles aduaneros similares a los que
actualmente funcionan en puertos y aeropuertos para la
modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, cumpliendo
con las restricciones y requisitos aplicables, tales como que
el valor de las mercancías no exceda de los USD 2.000, su
29
COLUMNISTA INVITADO
Galo Molina
Vicepresidente
Alacat
Comentábamos en un artículo anterior cuando analizábamos
la Industria Marítima que las estrellas se les
habían alineado. Ahora sí sumamos a todo el bloqueo
por 7 días del Canal de Suez más el colapso de actividades
en el Puerto de Yantian en China podríamos decir
que les alineó el universo entero. Y claro está, una
suerte de reactivación económica acelerada de China y
muchos países como Estados Unidos y Europa que están
entrando en la "nueva" normalidad.
Fletes que bordean los USD 12.000 a Latinoamérica y USD
15.000 a Estados Unidos, según reportes, indican que la
tendencia es al alza y que llegarían a la astronómica suma
de USD 20.000 por contenedor de 40 pies. Esperamos que
esto no suceda por el bien de las industrias y los altos costos
que se trasladarían, necesariamente, a los consumidores.
Podemos ver que el mercado norteamericano se ha encarecido
en un 15 al 20% entre otros factores a la alta demanda,
la demora en las entregas de los productos y sin lugar a
dudas en los altos precios de los fletes marítimos y logística.
Regresando a la Logística regional el paro sostenido en
Colombia debido a la Reforma Tributaria ya derogada es
una copia al carbón de los paros que se dieron en Ecuador y
Chile hace un par de años atrás, propuestos con un
argumento ya conocido a los que se suman personas
infiltradas que tratan de desestabilizar a los gobiernos
legalmente constituidos.
En el caso colombiano el asalto al puerto de Buenaventura
ocasionó que las navieras decidan no recalar por este
puerto por donde ingresa más del 40% de las importaciones
y se manejan exportaciones importantes de café,
azúcar y productos industrializados. Ha sido la "Tormenta
Perfecta" para los exportadores e importadores donde
muchas industrias han tenido que parar sus operaciones
por la falta de abastecimiento de materias primas. Pérdidas
millonarias que se suman a las pérdidas ocasionadas por
una pandemia que al momento luce incontrolable.
30
COLUMNISTA INVITADO
Vemos con mucha preocupación esta suerte de péndulo
político que están sufriendo algunos países en la región,
elecciones en Chile con mayoría izquierdista para elaborar
una nueva constitución, que a su vez ha sido piedra angular
del desarrollo chileno. Perú, luego de crecimientos de 6
puntos anuales, gira bruscamente hacia la izquierda socialista
del Siglo XXI (a menos que pase algún imponderable),
Colombia tiene elecciones en un año sin un candidato
sólido de centro derecha en el panorama. Ecuador con un
gobierno liberal recién posesionado, que es un viento
fresco para la región, pero con la gran responsabilidad de
hacerlo muy bien para no caer nuevamente en las garras
del populismo.
Todos estos factores sin duda afectan a la industria logística
que tiene una suerte de cambios cada 4 años, lo que
siempre decimos como una máxima es que: “La logística
sea política de Estado". Podemos decir que en el futuro
habrá dos tipos de países Fiscalizadores y Facilitadores
comentando que los primeros serán países de izquierda y
los segundos de derecha. Está en nuestras manos decidir
que es los que queremos, al darnos la tecnología la
facilidad de movilizarnos y en muchos casos hacer lo
mismo desde cualquier país.
02
CIFRAS DE COMERCIO EXTERIOR
2021INFORME DE COMERCIO EXTERIOR
ABRIL del 2021
Dirección de asuntos económicos Analdex
1. Exportaciones
Durante el periodo de enero a abril del 2021 se registraron
ventas externas por USD FOB $11.848,9 millones con un
crecimiento de 11,1% comparado con el mismo periodo
del año anterior, en el cual, se registraron exportaciones
por valor de USD FOB $10.666,4 millones. La mayor participación
es del rubro de combustibles y productos de industrias
extractivas (43,7%), seguido por manufacturas
(22,1%), agropecuarios (19,4%), otros sectores (8,0%), y
alimentos y bebidas (6,8%).
diversos (43,0%). Por el contrario, se evidencian caídas en
aceites y grasas de origen animal o vegetal, elaborados
(-33,6%).
Combustibles
En el periodo enero – abril de 2021, las exportaciones del
grupo de combustibles y productos de industrias extractivas
alcanzaron USD FOB $5.173,7 millones con un decrecimiento
de 2,2%. Este comportamiento estuvo principalmente
explicado por caída en hulla, coque y briquetas con
una variación de -32,5%. Por el contrario, el petróleo y sus
derivados crecieron 13,3%, de igual forma que las menas y
desechos de metales (81,8%) y los metales no ferrosos
(58,0%).
Manufacturas
Fuente: Analdex, datos DANE
1.1. Grupos de exportación
Agropecuario
En el mismo periodo, las exportaciones de productos
agropecuarios fueron de USD FOB $2.302,2 millones,
presentando un crecimiento de 23,5% frente al mismo
periodo de 2020. Los principales productos que aportaron
al crecimiento fueron: café sin tostar (32,5%), productos
animales y vegetales en bruto (18,0%) y legumbres y frutas
(9,9%). Por el contrario, se evidencia decrecimiento aceites
y grasas de origen animal (-100%).
Alimentos y bebidas
Entre enero y abril de 2021, las exportaciones de alimentos
y bebidas alcanzaron la cifra de USD $803,2 millones, con
un crecimiento de 14,2% frente al mismo periodo de 2020.
Los productos que aportaron al crecimiento fueron:
productos lácteos y huevos de aves (183,5%), carne y
preparados (91,9%) y productos y preparados comestibles
Entre enero y abril de 2021, las exportaciones de manufacturas
alcanzaron USD FOB $2.622,9 millones con una variación
de 19,7%, explicado principalmente por el crecimiento
en manufacturas de metales (60,9%), el plástico en
formas primarias (43,2%) y las máquinas y aparatos
electrónicos (41,2%). Por el contrario, se evidenció decrecimiento
en vehículos de carretera (-31,8%) y el hierro y
acero (-12,7%).
Otros sectores
Finalmente, el grupo de otros sectores registró exportaciones
por USD FOB $946,9 millones en el periodo enero -
abril de 2021, presentando un crecimiento de 53,9%, el
cual fue explicado principalmente por las mayores ventas
de oro no monetario con (55,1%), así mismo se evidencian
crecimientos en operaciones y mercancías especiales
(43,2%).
1.2. Exportaciones no minero-energéticas
Con el fin de estimar las exportaciones con distinción de
minero-energéticos o no minero-energéticos, se encuentra
crecimiento en ambas clasificaciones, las no minero-energéticas
presentaron un crecimiento de 21,7%, por
32
CIFRAS DE COMERCIO EXTERIOR
su lado, las minero-energéticas crecieron 2,6%. Sin embargo,
la participación de los grupos se ha modificado, alcanzando
51,5% para las exportaciones minero-energéticas y
48,5% para las exportaciones no minero-energéticas.
1.4. Exportaciones según departamento de origen
excluyendo petróleo y sus derivados
Fuente: Analdex, datos DANE
1.5. Principales destinos de las exportaciones
Fuente: Analdex, datos DANE
Se destaca entre las exportaciones no minero-energéticas
los capítulos arancelarios correspondientes al café, té,
yerba mate y especias con una participación de 8,8% sobre
el total de exportaciones, así mismo, plantas vivas y
productos de la floricultura (5,4%), materias plásticas y
manufacturas (5,1%), frutos comestibles, cortezas de
agrios o melones (4,0%) y grasas y aceites animales o vegetales
(1,7%).
1.3. Principales aduanas de salida
Durante el periodo de enero - abril de 2021, la principal
aduana para la salida de las exportaciones fue Cartagena,
la cual representando el 45,8% de la participación. Esta
aduana presentó un crecimiento de 19,0%, al pasar de USD
FOB $4.564,2 millones en 2020 a USD FOB $5.430,7 millones
para 2021.
En segundo lugar, se encuentra Buenaventura, esta
aduana participa con el 13,7% en el total de salidas nacionales
y presentó un crecimiento de 32,5%, al pasar de USD
FOB $1.223,3 millones en 2020 a USD FOB $1.620,9 millones
para 2021.
En tercer lugar, se encuentra Medellín, esta aduana participó
con 8,4% en el total de salidas nacionales, presentando
un crecimiento de 46,6%, al pasar de USD FOB $678,2
millones en 2020 a USD FOB $994,4 millones para el 2021.
Durante el periodo de enero - abril de 2021, el principal
destino de las exportaciones colombianas fue Estados
Unidos. La fluctuación de las exportaciones hacia este
destino fue de 14,8%, al pasar de USD FOB $2.976,4 millones
en 2020 a USD FOB $3.417,8 millones en 2021. Los
principales productos hacia este destino fueron los
combustibles, seguido del café y el oro. Adicionalmente,
los productos de mayor crecimiento son el papel y sus
manufacturas (90,4%) y maquinaria eléctrica (64,8%).
En el caso de China las exportaciones pasaron de USD FOB
$816,4 millones en 2020 a USD FOB $1.078,4 millones en
2021, presentando un crecimiento de 32,1%. Los principales
productos hacia este destino fueron los combustibles,
seguido por las fundiciones de hierro y acero, y diversos
minerales. Adicionalmente los productos de mayor
crecimiento fueron, el cuero y sus productos con 454,3% y
las perlas y piedras preciosas con 387,8%.
Analizando Panamá, las exportaciones hacia este destino
pasaron de USD FOB $584,4 millones en 2020 a USD FOB
$640,5 millones en 2021, con una variación de 9,6%. Los
principales productos hacia este destino fueron los
combustibles, productos químicos y alimentos, bebidas y
tabaco. Adicionalmente los productos de mayor
crecimiento fueron, perlas y piedras preciosas con 350,0%,
el cuero y sus productos con 52,7% y metales y sus manufacturas
con 25,4%.
Fuente: Analdex, datos DANE
Fuente: Analdex, datos DANE
33
CIFRAS DE COMERCIO EXTERIOR
Observando el comportamiento en la participación de los
principales destinos de las exportaciones colombianas en
el periodo enero – abril de 2021, se encuentra una relación
estable en comparación con el mismo periodo de 2020.
Los principales cambios se dieron en la participación de
los países de Aladi sin la Comunidad Andina disminuyendo
de 1,8 puntos porcentuales y el incremento de China
ganando de 1,4 punto porcentuales en el periodo de
referencia
2. Importaciones
Fuente: Analdex, datos DANE
Para el periodo de enero - abril del 2021 se registraron
compras al exterior por valor de USD CIF $17.357,7 millones
con un crecimiento de 15,9% comparado con el
mismo periodo del año anterior, en el caso de 2020 las
compras externas registraron USD CIF $14.982,5 millones.
La mayor participación es del rubro de manufacturas
(76,6%), seguido por alimentos y bebidas (13,0%),
combustibles y productos de industrias extractivas (7,7%),
agropecuarios (2,7%) y finalmente otros sectores (0,1%).
millones, presentando un crecimiento de 10,9%. Los
productos de mayor crecimiento fueron café, té cacao
especias y sus preparados (86,9%), bebidas (67,8%) y
aceites y grasas de origen animal o vegetal elaborados
(37,5%). Por el contrario, los productos con mayores caídas
fueron los productos lácteos y huevos de aves (-34,2%),
azúcares preparados de azúcar y miel (-29,2%) y tabaco y
sus productos (-0,5%).
Combustibles
En el periodo enero – abril de 2021 se registraron compras
al exterior por USD CIF $1.328,0 millones presentando una
caída de 6,8%, explicada principalmente por la disminución
en las compras externas de petróleo y sus productos
derivados y conexos con -13,1%, restando 10,1 puntos
porcentuales al grupo. Por el contrario, los metales no
ferrosos crecieron 45,5% sumando 6,4 puntos porcentuales.
Manufacturas
En el periodo enero – abril de 2021, las importaciones de
manufacturas alcanzaron USD CIF 13.298,6 millones, con
un crecimiento de 19,7%. La variación del grupo se explicó
principalmente por el crecimiento en las compras externas
productos químicos orgánicos (38,8%), hierro y acero
(33,1%) y equipo de telecomunicaciones (20,9%). Por el
contrario, disminuyeron las importaciones de papel,
cartón y sus artículos (-10,2%).
Otros sectores
Fuente: Analdex, datos DANE
Finalmente, el grupo de otros sectores en el periodo de
enero – abril de 2021 registró importaciones por USD CIF
20,0 millones con un crecimiento de 19,2%, explicado
principalmente por el crecimiento en operaciones y
mercancías especiales (43,6%).
2.1. Grupos de importación
Agropecuario
Para este grupo de productos, entre enero y abril las
compras al exterior alcanzaron la cifra de USD CIF $460,3
millones, presentando un aumento de 13,7%. Se registraron
crecimientos en: corcho y madera (65,2%), semillas y
frutos oleaginosos (26.6%), pasta y desperdicios de papel
(17,1%). Por el contrario, disminuyeron las importaciones
de legumbres y frutas (-2,4%).
Alimentos y bebidas
En el periodo enero - abril de 2021, las importaciones del
grupo de alimentos y bebidas alcanzaron USD $2.250,7
2.2. Importaciones por uso o destino económico
(CUODE)
Analizando las importaciones por uso o destino económico
se observa continuidad en la estructura de participación
de cada grupo, no obstante, las materias primas y
productos intermedios han ganado mayor participación
explicada por la reactivación económica que se viene
presentando en el país. Estos productos se mantienen en
el primer lugar, con 48,6%, seguido por los bienes de
capital y materiales de construcción con 29,4% y finalmente
los bienes de consumo con 23,6%.
Las compras al exterior de materias primas y productos
intermedios alcanzaron la cifra de USD CIF $8.430,7 millones
reportando un crecimiento 17,7% respecto al mismo
periodo de 2020. El grupo de bienes de capital y material
34
CIFRAS DE COMERCIO EXTERIOR
de construcción la cifra de USD CIF $5.102,6 millones con
un crecimiento de 19,2%. En este grupo se destaca el
crecimiento en importaciones de equipo fijo y rodante de
transporte.
Por último, los bienes de consumo reportan importaciones
por un valor de USD CIF $3.819,3 millones, con un
crecimiento de 8,1%. El mayor porcentaje en este grupo
está compuesto por los bienes de consumo no duradero
como los alimentos o productos farmacéuticos, por su
lado, los principales bienes de consumo duraderos son los
vehículos de transporte y máquinas de uso doméstico.
Fuente: Analdex, datos DANE
2.3. Principales aduanas de ingreso
Durante el periodo enero – abril de 2021, la principal
aduana de ingreso de las importaciones fue Buenaventura
representando el 27,5% del total. El crecimiento de las
importaciones por esta aduana fue de 26,1%, al pasar de
USD CIF $3.791,2 millones en 2020 a USD CIF $4.782,0
millones en 2021.
En segundo lugar, se encuentra Cartagena con una participación
de 25,4%. El crecimiento de las importaciones por
esta aduana fue de 12,5%, al pasar de USD CIF $3.916,5
millones en 2020 a USD CIF $4.406,5 millones en 2021.
2.4. Importaciones según departamento de destino
Fuente: Analdex, datos DANE
2.5. Origen de las importaciones
Al analizar los países de origen de los productos importados,
China se ubica en primer lugar desplazando a Estados
Unidos como principal proveedor del país, alcanzando una
participación del 24,5%, registrando un valor de USD CIF
$4.245,6 millones y una variación de 42,7% respecto al
mismo periodo de 2020, siendo el incremento más alto
presentado por los diferentes países de origen. Los principales
productos importados desde este país fueron las
maquinas digítales de procesamiento y los glucósidos.
En segundo lugar, se ubica Estados Unidos, país que representó
una participación del 24,2% con un valor de USD CIF
$4.204,1 millones y un crecimiento de 0,1% respecto al
2020. Principalmente se compran en este país el maíz y los
derivados halogenados de hidrocarburos.
En tercer lugar, se ubica México, el cual representó una
participación de 6,3% con un valor de USD CIF $1.100,8
millones y un decrecimiento de 0,9% respecto al 2020.
Principalmente se comprar vehículos y varillas de hierro o
acero.
En tercer lugar, se encuentra Bogotá con una participación
de 24,1%. El crecimiento de las importaciones por esta
aduana fue de 17,1%, al pasar de USD CIF $3.574,8 millones
en 2020 a USD CIF $4.185,7 millones en 2021.
Fuente: Analdex, datos DANE
Fuente: Analdex, datos DANE
Observando el comportamiento en la participación de
origen de las importaciones se evidencian algunos
cambios, principalmente por un incremento de 4,6 puntos
porcentuales en la participación de China, una disminución
de 3,8 puntos porcentuales en la participación de
Estados Unidos y una disminución de 1,6 puntos porcentuales
de los países pertenecientes a Aladi excluyendo la
Comunidad Andina. En cuanto a los demás grupos de
países, permanecen una estabilidad relativa.
35
CIFRAS DE COMERCIO EXTERIOR
3. Balanza Comercial
Fuente: Analdex, datos DANE
En lo corrido del año (enero a abril de 2021) se registró un
déficit en la balanza comercial colombiana de USD FOB
$4.435,5 millones. El margen de este déficit creció en
comparación con el mismo periodo del año anterior, en el
cual se ubicaba en USD FOB $3.542,2 millones.
Los países que generaron un mayor déficit comercial son:
China con USD FOB -3.772,6 millones, seguido por México
con USD FOB -752,4 y en tercer lugar Estados Unidos con
USD FOB -578,3 millones. Por el contrario, los países con
los cuales se mantiene un superávit son: Japón con USD
FOB 724,3 millones, seguido por Panamá con USD FOB
633,1 millones y Ecuador con USD FOB 315,4 millones.
Fuente: Analdex, datos DANE
4.2. PIB desde el enfoque de la producción
Para el primer trimestre del 2021, se evidencia una recuperación
en la mayoría de las actividades, registrando mayores
crecimientos en las actividades artísticas y de entretenimiento
con 7,6%, seguido por la industria manufacturera
con 7,0% y actividades financieras y de seguros con
4,9%.
En contraste, las actividades de explotación de minas y
canteras registraron una caída del 15%, siendo un deterioro
aún mayor a lo mostrado en el mismo periodo de 2020.
De igual forma, la construcción decreció 6,0%, sin embargo,
su comportamiento es mejor al registrado en el mismo
periodo de 2020. Los servicios públicos se presentaron
una caída de 1,3% y las actividades de comercio del 0,8%.
4. Producto Interno Bruto
Fuente: Analdex, datos DANE
4.1. PIB desde el enfoque del gasto
En el primer trimestre del 2021 se registró un crecimiento
de la economía colombiana de 1,1%, con respecto al
mismo trimestre del 2020. Con la evolución de la pandemia
la economía nacional muestra un panorama optimista,
incrementado la demanda interna, la cual ha sido
impulsada principalmente por el gasto del gobierno.
Desde el enfoque del gasto, en el primer trimestre el
comercio exterior muestra una caída en las exportaciones
del 8,3% y de las importaciones del 3,9%. A pesar de que
las cifras trimestrales aún se encuentran en negativo, se
evidencia una tendencia sólida de recuperación en el
comercio exterior con una tendencia de recuperación en
“V”.
36
ACTUALIDAD
LOS BLOQUEOS DEL MES
DE MAYO EXPONEN LA
FRAGILIDAD DEL
SISTEMA LOGÍSTICO
COLOMBIANO
Nicolás Rincón Munar
Director de
asuntos económicos
Analdex
La pandemia ha causado un sinnúmero de dificultades
en materia económica y social para el país que se
vienen solventando a través del proceso de reactivación
económica que empieza a mostrar sus resultados.
Un ejemplo de ello es el crecimiento del 1,1% del PIB en
el primer trimestre de 2021 aunado a un crecimiento
del 8,7% del volumen del comercio mundial de
mercancías en el mismo periodo. Sin embargo, los
bloqueos y manifestaciones causados por el paro
nacional podrían entorpecer de manera directa la
tendencia de recuperación y limitar las perspectivas de
crecimiento de la economía colombiana.
El sector empresarial de comercio exterior se vio fuertemente
afectado por las manifestaciones y bloqueos
realizados entre el 28 de abril y el 13 de junio, los cuales
afectaron la movilidad en carreteras, ciudades e incluso las
actividades en los puertos marítimos que atienden la
salida de las exportaciones y el ingreso de materias primas
y bienes intermedios de la producción nacional.
Tras 48 días de paro, el comercio exterior ha sido de los sectores
más impactados por los bloqueos. Las mercancías y
productos no se pudieron mover desde las zonas de producción
a los principales puertos marítimos y mucho menos llegar
a tiempo a su cliente en el exterior. La situación afectó no solo
los envíos, sino la credibilidad de las empresas, generando
incertidumbre frente a nuevos pedidos en el futuro. El ejemplo
más claro se evidencia en el café. En mayo se debieron exportar
alrededor de 1’200.000 sacos de café y solo salieron
400.000, debido al bloqueo del puerto de Buenaventura,
siendo afectados los productores de Nariño, Cauca y Huila
evitando la salida del grano de la región.
Durante el paro, el 92,6% de las compañías del comercio
exterior sufrieron reducciones de sus ingresos a causa de la
imposibilidad de cumplir sus entregas. Además, se estima que
el 64,7% de estas empresas tuvieron cese de actividades
causadas por la inseguridad, la imposibilidad de que los
empleados lograran llegar a sus empresas o la escasez de
insumos para la producción. Como agravante, la situación
generada por las protestas generó el aumento de costos de
operación para el 85,3% de las empresas del sector, causados
principalmente por los costos de almacenamiento en puertos
y las moras en la devolución de contenedores, dada la imposibilidad
de retirar las mercancías, principalmente del puerto de
Buenaventura. En el momento más crítico del paro, esta zona
portuaria alcanzó a tener represadas más de 600 mil toneladas
de mercancías de importación, alcanzando el 91% de ocupación
portuaria.
Por lo menos seis meses tardarán las empresas en
recuperarse del impacto del paro. Hay ventas que
definitivamente se perdieron, generando riesgos para
las empresas exportadoras colombianas, de ser reemplazadas
por otros proveedores en los mercados internacionales
es que resulten más viables y económicos.
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ACTUALIDAD
del 2020 y que se profundizó en las últimas semanas. La
escasez de contenedores, el incidente en el Canal de Suez
y ahora, los rebrotes en los puertos de Yantian y Shekou en
la provincia de Guangdong en China que causaron cierres
y congestión portuaria, vienen registrando alzas en los
fletes marítimos de manera desproporcionada. Al analizar
el índice mundial de contenedores que calcula Drewry,
que mide el promedio del costo de los fletes marítimos, se
evidencia que al 08 de julio de 2021 el precio aumentó en
333% frente a la misma semana de 2020, alcanzando un
promedio de USD $8,795.77 por contenedores de 40 pies.
En el caso de Colombia, las tarifas de Asia a los puertos
colombianos superan los USD $14.000 y se espera que las
tarifas continúen en ascenso.
Con el paro se continúa evidenciando la fragilidad del
sistema logístico colombiano y las escazas o inexistentes
alternativas de vías o modos de transporte alternos frente
a situaciones de emergencia, como lo son los bloqueos o
las olas invernales. Desde la Política Nacional Logística el
Gobierno ha planteado como una apuesta país el contar
alternativas de transporte multimodal que permitan
reducir los costos logísticos y contar con un sistema de
transporte mucho más resiliente, sin embargo, la realidad
es otra y vemos como se abandona la operación del tren y
aún no se cuenta con soluciones claras frente a la navegabilidad
del Río Magdalena.
Otra de las tareas pendientes que se revelaron tanto en la
pandemia como en el paro, es la necesidad de regular los
patios de contenedores y la prestación del servicio de las
agencias marítimas, con el fin de asegurar estándares de
calidad en la infraestructura y los servicios que se alineen
con la tendencia de operación logística 24/7 y hacia la
digitalización de las operaciones de comercio exterior.
Sin embargo, no todos son malas noticias, las perspectivas
de crecimiento del comercio mundial son favorables, con
del 8% principalmente jalonado por el incremento de los
precios, principalmente de los productos básicos que a la
fecha ya superan los niveles previos a la pandemia. De
manera particular, los precios agrícolas son un 20% más
altos que hace un año, alcanzando un nivel máximo en
casi siete años. Ante este panorama, Colombia no ha sido
ajeno, registrando crecimiento en las exportaciones,
principalmente en productos agropecuarios (22,9%), de
manufacturas (20,3%) y de alimentos y bebidas (10,0%) en
lo corrido del año (enero-mayo).
El reto para el país es lograr una estabilidad política y
económica, avanzar en la reactivación del sistema férreo y
fluvial del país, concretar la entrada en operación de las
autopistas de cuarta generación y facilitar las operaciones
de comercio exterior. De la mano de un ajuste fiscal, se
lograría un crecimiento sostenido de la economía colombiana
y de esta manera, salir fortalecidos de esta crisis sin
precedentes en la historia del país.
a
Otro de los impactos generados por el paro es la inflación.
La variación anual del IPC en mayo subió a 3,3% por los
bloqueos. Y el dato mensual ascendió a 1%, cuando en el
mismo mes del 2020 el dato fue de -0,32%. La explicación
de este comportamiento tuvo que ver con un alza mensual
de 5,37% de los precios de los alimentos y bebidas no
alcohólicas.
Esta situación se une a la coyuntura global de incremento
exponencial en las tarifas de transporte marítimo, un
fenómeno que viene tomando relevancia desde diciembre
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COLUMNISTA INVITADA
LOS IMPULSORES
DE LA TRANSFORMACIÓN
EN LA CADENA DE SUMINISTRO:
CAMBIOS Y DESAFÍOS
Carolina Salamanca
Directora
Imétrica
Tecnología y digitalización
Cerca del 64% de las empresas según la encuesta nacional
de logística del 2018 no usan tecnología, esto evidencia la
oportunidad en Colombia, de adopción de nuevas tecnologías,
de incorporar la automatización y la transformación
digital como grandes apalancadores de la eficiencia en la
cadena de suministro de principio a fin. Esta visto que el
uso de la tecnología y la digitalización de los procesos trae
beneficios y permite la evolución en el proceso logístico
mediante: la optimización de los flujos de trabajo, la
mejora de la productividad de los trabajadores, aumento
en la visibilidad de los activos/recursos, la capacidad para
tomar decisiones en tiempo real, generación de información
para la analítica de datos mediante el uso de la inteligencia
artificial.
Pese a tener un año 2020 de cambios radicales en el
comportamiento del consumidor con impactos positivos
y negativos para las cadenas de suministro hemos
evidenciado cambios radicales en: el comportamiento
de la demanda, las relaciones con proveedores, la
interacción y en uso de nuevos canales de venta y
distribución, la incorporación de nuevas tecnologías,
la digitalización de procesos, el trabajo virtual como
nuevo medio de interacción entre empleados y socios
de negocio, la reconfiguración de las cadenas de suministro,
la implementación de políticas y medidas para
reducir el impacto ambiental, entre otros. Todos estos
cambios han traído nuevos desafíos para desarrollar y
fortalecer una logística eficiente y productiva.
Hoy podemos decir que las empresas han venido incorporando
la tecnología y digitalización, la resiliencia y el
manejo del riesgo, la logística de reversa en la última milla
y la sostenibilidad como grandes impulsores en la transformación
de las cadenas de suministro.
Todos tenemos el desafío de adaptarnos a una economía
en rápida evolución, esto nos reta como empresas a estar
dispuestos a generar un cambio constante en relación con
la incorporación de la tecnología, para lo cual debemos
estar revisando con mayor detalle, cuál es la tecnología
más apropiada para cada proceso y para cada sector,
adicionalmente trabajar en paralelo en alinear tres
elementos claves que permitan llevar con éxito su implementación
como lo son procesos, personas y sistemas.
Resiliencia y manejo del riesgo
Ser resilientes ha sido uno de los grandes desafíos en las
cadenas de suministro, hemos visto la amplia capacidad
de las empresas en asimilar cambios muy rápidos generando
impactos directos en su competitividad y productividad.
Una adecuada planeación de la cadena de suministro
permitirá a las empresas sortear situaciones difíciles y no
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COLUMNISTA INVITADA
previstas que generan un alto riesgo. Algunas de las
empresas vienen incorporando en su proceso de planeación
el desarrollo de un plan de contingencia que le permita
a la empresa contar con diferentes alternativas o escenarios
que den solución y que permitan mitigar el riesgo sin
que generen drásticamente los procesos de producción y
la entrega de pedidos.
La reconfiguración de las cadenas de suministro ha sido
uno de los elementos que vienen incorporando las empresas
dentro de la definición de la estrategia logística desde
hace algunos años atrás, sin embargo, con los cambios
generados desde el año anterior se le ha dado importancia
en su análisis y discusión. Esto ha generado grandes
replanteamientos en las empresas, tanto así que se ha
cuestionado si la ubicación actual es la correcta y se
definen nuevas alternativas que permitan evidenciar el
mejor lugar para localizar sus fábricas, sus centros de distribución,
entre otros nodos de la cadena de suministro
buscando generar eficiencias, ahorros en tiempos y diversificación
del riesgo. Colombia es visto como un país con
gran potencial de nearshoring por su amplia red y profundización
de los tratados de libre comercio, costos competitivos
de producción y de exportación, las ventajas logísticas
como menores tiempos de tránsito desde Colombia
hacia puertos de la región, costos competitivos en mano
de obra calificada y clústeres tecnológicos.
Hoy en día las empresas deberán evaluar que tan competitivos
y resilientes son al final de cada operación, para ello
es importante desarrollar los siguientes pilares: liderazgo
de las compañías, el desarrollo y fortalecimiento del
equipo de trabajo, la flexibilidad de los procesos y la adaptabilidad
de los productos frente a situaciones adversas.
amplio de gestión garantizando la satisfacción plena del
cliente que pertenezcan en los segmentos B2B o B2C.
Sostenibilidad
Colombia es un país altamente urbanizado y el crecimiento
sostenido ha aumentado la capacidad de consumo en
los grandes centros urbanos, lo cual ha puesto en mayor
presión a las cadenas de suministro urbanas en la actualidad.
Sin embargo, nos encontramos con una realidad que
ha puesto en evidencia el rezago de la infraestructura de
las ciudades, el aumento de la demanda en la logística
pos-pandemia en canales como domicilios, e-commerce,
venta directa entre otros lo que ha ocasionado una mayor
complejidad logística de entrega, contrastes socioeconómicos
y grupos poblacionales vulnerables no aptas para
acceder a servicios y mercado y una política de la gestión
de carga incipiente y poco visible. Lo anterior implica un
trabajo colaborativo entre lo público y privado para
desarrollar acciones e iniciativas que permitan integran la
planeación de ciudad con la planeación logística de las
cadenas de suministro.
Desde el lado empresarial, el desafío es enorme, además
de gestionar diariamente la logística se hace relevante
incorporar elementos diferenciadores de sostenibilidad a
lo largo de toda la cadena de suministro, en la gestión de
almacenamiento, distribución y transporte en la primera y
última milla, así como en la gestión con proveedores. Hay
que dar un paso adelante y pensar en paralelo en la operación
del día a día incorporando la colaboración como
apalancador de la sostenibilidad y la eficiencia en la
cadena de suministro.
Logística de reversa en la última milla
La logística de reversa ha venido cobrando protagonismo
con el desarrollo del e-commerce, sin embrago es un
proceso que desde la logística se viene desarrollando y
monitoreando desde hace años atrás, esto implica gestionar
de manera eficiente los recursos y los procesos de
recogida del producto para ser incorporado en la cadena
de suministro, reubicarlo, reciclarlo o destruirlo de acuerdo
con las condiciones del sector, políticas establecidas por
las empresas y manejo del producto.
Como logísticos, tenemos un desafío importante en la
logística de reversa en la última milla hay que trabajar en la
economía de maximización de los recursos y de la reducción
del desperdicio, debe ser un modelo económico,
sostenible con el medio ambiente y escalable en el tiempo.
Adicionalmente, la incorporación de la tecnología es vital
para logística de reversa contar con una visibilidad en
tiempo real, permitirá tener una trazabilidad completa de
inicio a fin entre los diferentes actores dando un marco
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DESARROLLO EMPRESARIAL
BANCÓLDEX:
EL BANCO DEL
FUTURO, HOY
Con cuatro nuevos productos para las mipymes Bancóldex
celebra sus 30 años, se trata de soluciones con alto
componente digital y fortalecimiento empresarial con los
que se busca impactar al 30% de las mipymes del país en
los próximos cuatro años. Los objetivos a corto plazo son
apalancar la reactivación económica, impulsar la generación
de empleo en Colombia, atender las necesidades de
los empresarios colombianos y cerrar brechas de mercado.
Los esfuerzos de Bancóldex hoy están enfocados en diseñar
nuevos instrumentos que permitan democratizar el acceso de
las pymes a los servicios de banca de inversión; aumentar el
poder de negociación de crédito de los microempresarios al
conectar oferta y demanda, promover la innovación en las
regiones mediante asistencia técnica e instrumentos de
deuda financiados con regalías y financiar activos productivos
de manera 100% digital.
La primera solución se llama 'neocrédito', plataforma digital
donde el microempresario podrá comparar y elegir su mejor
oferta de financiación. La apuesta es contar con la oferta de
ocho intermediarios financieros, entre fintech, bancos y
microfinancieras, y conectar a 50.000 microempresarios en la
plataforma a 2022.
El segundo producto es 'leasing digital', el cual buscará financiar
activos productivos en un ambiente 100% digital y
flexible. Con este, se busca ampliar el plazo de financiación y
generar un ecosistema que acerque a pymes con proveedores.
Entre este y el próximo año se ofertarán activos de al
menos 10 proveedores pertenecientes a sectores productivos
estratégicos para la reactivación de la economía.
Frente a los temas relacionados a la ciencia, tecnología e
innovación, se creó el producto 'innovalía', encargado de
movilizar recursos del Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación,
del Sistema General de Regalías (SGR) para incrementar
los niveles de innovación en las regiones, a través de asistencia
técnica y financiación a las empresas. Se estima movilizar el
70% del presupuesto del SGR, el cual asciende a $1,5 billones
a 2022.
Por último, la creación de 'finbi', el cual se enfocará en
prestar asesoría financiera para facilitar la consecución
de recursos a las empresas, democratizando así
los servicios de banca de inversión para las pymes. A
2022 se estima contar con una red de 20 aliados entre
bancas de inversión, consultores independientes,
cámaras de comercio y universidades.
Para el cierre del 2022 la entidad estima movilizar $1 billón en
recursos a través de estos cuatro productos innovadores
adicionales al crédito tradicional. En tres décadas, el Banco ha
desembolsado recursos por más de $83 billones al sector
empresarial del país, beneficiado a más de 1,6 millones de
empresas en 1.046 municipios, en los próximos años buscará
aumentar esta presencia.
En la celebración de sus 30 años, Bancóldex se reafirma como
actor fundamental de todo el sistema de apoyo y respaldo a la
actividad empresarial. Para ello, se está transformando en una
entidad más innovadora; que escucha constantemente a las
compañías colombianas y diseña una oferta de valor que
atienda los desafíos del futuro.
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GESTIÓN GREMIAL
ANALDEX Y LA UNIÓN EUROPEA:
ALIADOS PARA LA REACTIVACIÓN
ECONÓMICA SOSTENIBLE
El pasado 18 de mayo se realizó en el Hotel Grand
Hyatt de la ciudad de Bogotá el primer evento semipresencial
de Analdex después de un año de coyuntura.
Bajo este formato se desarrolló junto con la Unión
Europea –aliado estratégico de la Asociación- un desayuno
empresarial con miembros del gobierno, gremios
y afiliados y un conversatorio de expertos en el cual
participaron de manera virtual más de 300 asistentes
del territorio nacional.
Se trató de un diálogo de socios, de amigos y de dos
instituciones que contó con la presencia de la embajadora
de la Unión Europea, Patricia Llombart; Javier Díaz Molina,
presidente ejecutivo de Analdex y de la moderadora Diana
Samper, experta para Colombia del proyecto Diplomacia
Pública de la Unión Europea.
Un encuentro que giró en torno a unos importantes temas
que convocan, unen y son motor de desarrollo, crecimiento
y prosperidad y que se enmarcaron en la conmemoración
del Día de Europa en Colombia como: el balance de
resultados del Acuerdo Comercial, estrategias para un
mejor aprovechamiento el Acuerdo de cara a la reactivación,
la facilitación del comercio y digitalización de trámites,
estrategias en materia de sostenibilidad y acceso a
pequeñas y medianas empresas.
Durante el conversatorio también fue entregado un
reconocimiento especial a Analdex por sus 5 décadas
de trayectoria y de aportes al desarrollo del
país, por la creación de espacios de facilitación del
comercio internacional y por la creación de sinergias
fuertes y permanentes como la que existe con
la Unión Europea.
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AFILIADOS DESTACADOS
WESTFALIA FRUIT COLOMBIA REALIZA LA EXPORTACIÓN
DE 18 TONELADAS DE AGUACATE HASS A COREA DEL SUR
El pasado 14 de junio salieron desde el Puerto de
Cartagena 18 toneladas de aguacate hass colombianos
rumbo a Corea del Sur gracias a la admisibilidad
de ese país con este producto nacional. La empresa
exportadora Westfalia Fruit Colombia, empresa afiliada
a Analdex y quien tiene predios con cultivos de
estos frutos en Risaralda y Antioquia fue la encargada
de esta primera exportación.
Ese importante envío es el resultado del trabajo
conjunto entre el ICA, Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural, gremios, y productores quienes
lograron esta nueva admisibilidad de 46 nuevas que
ha alcanzado el país en 21 productos colombianos.
Gracias a un resultado positivo en la calidad e integridad
fitosanitaria de la fruta que han garantizado la no
introducción y propagación de plagas o enfermedades
a la nación destino.
Foto: ICA
Westfalia Fruit Colombia, comprometida con el sector
agrícola nacional, es reconocida como experta en
aguacates, con más de 71 años en la industria y en
Colombia desde el 2012. El año pasado exportó más
de 10.000 toneladas de aguacates y actualmente
genera 180 empleos directos en fincas y 140 en
plantas de empaques.
El gerente general de Westfalia Fruit Colombia,
Pedro Aguilar, aseguró que la empresa
le apostó al campo colombiano en el 2014,
invirtiendo en fincas propias en el municipio
de Sonsón, Antioquia, constituyendo
Westfalia Farms Colombia para asegurar
volumen y afianzar conocimiento del cultivo
de aguacate hass, para posteriormente
realizar transferencia de tecnología a los
productores y así maximizar su oferta
exportable.
Foto: ICA
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AFILIADOS DESTACADOS
140 AÑOS
MEJORANDO
LA VIDA DE LOS
CONSUMIDORES
La multinacional Corona, dedicada a la manufactura y
comercialización de productos para el hogar, la construcción,
la industria, la agricultura y el sector de energía celebra
sus 140 años de vida empresarial en este 2021.
Corona es la empresa líder en el sector de la remodelación y la construcción
en Colombia y un sólido competidor en otros países. Está compuesta
por varias líneas estratégicas de negocio como baños y cocinas;
superficies, materiales y pintura; insumos industriales y energía; y por último,
mesa servida, con la cual se dedica a la comercialización de cristalería y cubertería
para el hogar.
Esta empresa colombiana cuenta con 28 plantas de manufactura y con 38 puntos de venta
en los formatos Centro Corona y Tienda Cerámica en Colombia. Entre las naciones a las que
Corona vende sus productos se encuentran Alemania, Argentina, Brasil, Canadá, España, Cuba
Reino Unido y República Checa.
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AFILIADOS DESTACADOS
ALPINA EVOLUCIONA SU IMAGEN Y FIJA
GRANDES OBJETIVOS PARA LA REACTIVACIÓN
Como parte de la celebración de los 75 años de operaciones Alpina
renueva su imagen y traza un nuevo plan de inversiones y objetivos
impulsados por los retos que planteó la llegada de la pandemia al país.
Dentro de la estrategia hace parte la inversión en equipos
de última generación para fortalecer su producción, el
lanzamiento de nuevos productos, un compromiso
decidido por la sostenibilidad y un cambio en la imagen
que les permita mayor cercanía con sus consumidores.
En materia de sostenibilidad, contar con una ganadería
sostenible certificada para el 2025 y para el 2022, ser
carbono neutro y plástico neutro, importantes en términos
ambientales.
En cuanto a innovaciones tendrán productos que respondan
a nuevas tendencias, algunos en la línea de bebés y
una inversión de 17.000 millones de pesos en una nueva
pulverizadora que permitirá adquirir los excesos de leche
del mercado cuando se presenten y pulverizarla para
cuando haya escasez del líquido.
¡Nueva imagen!
El logo es producto de un ejercicio que hizo la marca con
algunos de sus consumidores para dibujar su imagen
corporativa. "Todos coincidieron en 3 elementos que nos
diferencian en el mercado y por los cuales nos recuerdan;
el medallón, el Matterhorn y la letra pegada", explicó
la marca ya que fueron los elementos que permanecieron
del logo anterior.
Los colores también cambiaron, la gama de azules pasó
a ser una paleta de tonos verdes, amarillos, rosas y
violetas. Los empaques de todos los productos de la
marca también cambiaron para estar acorde con la
nueva identidad de Alpina.
"En Alpina, evolucionamos nuestra imagen de
marca. La modernidad, la aspiracionalidad, la
alegría y la conciencia viajarán a través de muchos
colores y de todos nuestros empaques para llevar la
cercanía de nuestra marca hasta las manos de cada
uno de nuestros consumidores", expresó la marca
en su página web.
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AFILIADOS DESTACADOS
NOEL, 105 AÑOS DE CORAZÓN
Noel es la compañía líder en el mercado de galletas
en Colombia con una historia y tradición de más de
un siglo. Actualmente forma parte del Negocio de
Galletas del Grupo Nutresa, el cual cuenta con plantas
de producción en Colombia, Costa Rica y Estados
Unidos, con una amplia red de distribución que les
permite llevar sus productos a más de 50 países y
darle sabor a la vida de millones de personas alrededor
del mundo.
para entregar Bienestar, Nutrición y Placer a los
consumidores. Además, de su actitud emprendedora
y pensamiento global para seguir siendo una
empresa innovadora, vigente y sostenible.
La celebración de sus 105 años evidencia su solidez y
transformación continua como negocio y su pasión
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NUEVOS AFILIADOS
ANALDEX LE DA LA BIENVENIDA A LOS NUEVOS AFILIADOS
ESPERANDO ARTICULAR SU GESTIÓN EMPRESARIAL COMO
LÍDERES DEL COMERCIO EXTERIOR Y LA LOGÍSTICA
NOVACOMEX S.A.S.
Ubicada en Manizales, Caldas y con operación nacional, presta
servicios de agente de carga internacional, desarrollando a su vez
servicios como agenciamiento aduanero, logística de carga internacional,
consolidación y desconsolidación de mercancías, coordinación
de embarques y demás actividades relacionadas al comercio exterior y
la logística.
INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS
Empresa industrial y comercial fundada en 1905 y con sede en la ciudad
de Manizales ejerce sus actividades junto a la Gobernación de Caldas
como su líder. Cuenta con 115 años de experiencia en la producción y
comercialización de bebidas alcohólicas de alta calidad, las cuales han
recibido reconocimientos internacionales por su exclusividad y calidad.
Sus productos destacados son: Aguardiente Cristal, Aguardiente
Amarillo de Manzanares, Ron Viejo de Caldas y Cheers Crema de Ron
Viejo de Caldas.
PROTELA S.A.
Compañía colombiana fundada en 1950 y con sede en la ciudad de
Bogotá, Cundinamarca. Se especializa en el tejido de punto por urdimbre
y tejido circular de alta calidad. Gracias a su completa experiencia
en el sector, ha integrado verticalmente sus procesos de diseño, tejido,
teñido, impresión y acabado, labores que son realizadas por sus más
de 1.000 colaboradores, quienes junto a maquinaria de última tecnología,
son los encargados de tejer los sueños de todo un país.
Cuenta con una amplia experiencia exportadora que cumple con las
regulaciones aduaneras, leyes y normas de origen de cada país.
FIBERGLASS COLOMBIA S.A.
Empresa enfocada en el sector de la construcción en el ámbito
residencial, al igual que en la explotación industrial y comercio de
productos de fibra de vidrio, de impermeabilización y aislamiento
térmico o acústico. A su vez, se dedica a la producción de tela asfáltica.
Desde el año 2007 hace parte del grupo francés Saint-Gobain, líder
mundial en el sector de la construcción que cuenta con presencia en
39 países.
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NUEVOS AFILIADOS
FRANKLIN ELECTRIC COLOMBIA S.A.S.
Empresa ubicada en Cota, Cundinamarca se dedica a la manufactura de motores y
bombas para sistemas de agua y combustibles, también, de bombas sumergibles y
dispositivos móviles de riesgo, variadores de frecuencia y controladores para uso en
una amplia variedad de aplicaciones residenciales, comerciales, agrícolas, industriales y
municipales. Tiene presencia en México, Perú y Colombia.
GRUPO UMA- BAJAJ
Nace de la exitosa fusión entre un grupo de empresarios líderes en diferentes sectores
del mercado en el Caribe y Centro América, englobando una sólida y robusta trayectoria
de más de 50 años en el mundo de los negocios.
Grupo UMA cuenta con una sede corporativa en la ciudad de Guatemala y llega a
Colombia, específicamente a la región del Eje Cafetero en el año 2020 con la línea de
motocarros Máxima Cargo y Torito para posteriormente incursionar en el mercado de
las motocicletas representado a Bajaj y sus marcas Boxer, Discover, Pulsar y Dominar.
Posee plantas de ensamble en cada uno de los países en los que tiene presencia y más
de 3000 empleados a lo largo del continente.
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GREMIO LÍDER DEL COMERCIO EXTERIOR Y LA LOGÍSTICA
@AnaldexColombia ANALDEX Analdex Colombia AnaldexColombia