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Guía ambiental para el desarrollo de campos petroleros

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GUÍA AMBIENTAL

PARA EL

DESARROLLO DE

CAMPOS

PETROLEROS


PAG. O3

USOS

PAG. O5

MARCO DE REFERENCIA

PAG. O8

PLANIFICACIÓN AMBIENTAL

DEL PROYECTO

PAG. 10

DESARROLLO DEL PROYECTO

PAG. 13

MANEJO AMBIENTAL DEL

DESARROLLO DE LOS CAMPOS

PAG. 24

MONITOREO Y SEGUIMIENTO

PAG. 25

DESMANTELAMIENTO Y

ABANDONO

CONTENIDO


USOS

Se aplica a los campos de explotación

nuevos; los campos ya existentes al

entrar en vigencia la ley 99/93

requerirán un diagnostico ambiental y

sanitario para la administración

ambiental. Para las actividades nuevas

el Ministerio del Medio Ambiente

expedirá la Licencia Global.

La Ley 99 de 1993 crea el

Ministerio de Ambiente,

organiza el Sistema Nacional

Ambiental y define el

ordenamiento ambiental

territorial .


¿ PARA QUE SIRVE ESTA

GUÍA?

Es una herramienta de consulta, que

constituye el proceso para la gestión

ambiental de los proyectos de

explotación de campos petroleros

con base en la ley 99 de 1993.

Tiene como objetivo hacer

mas eficiente el proceso de

licenciamiento ambiental y

convertirlo en un instrumento

eficaz de planificación.


MARCO DE

REFERENCIA

La evaluación de impacto ambiental es el instrumento

básico para la toma de decisiones. Los recursos son

finitos, por lo tanto, se estable un uso racional en el

desarrollo económico y social, adoptando medidas de

precaución. Además, la biodiversidad del país es

patrimonio nacional, así que las zonas de paramos,

subpáramos, nacimientos de agua y las zonas de recarga

de acuíferos están vedadas a la actividad industrial o

exploratoria y la afectación del paisaje en general será

analizada en los proyectos. El restante recurso hídrico

deberá ser previamente estudiado para decidir sobre

captaciones.


NORMAS AMBIENTALES

La ley colombiana establece la

necesidad de obtener permisos para

el uso de los recursos naturales que

el proyecto requiere para su

ejecución. Este tramite se simplifica

al establecer que la licencia incluye

los permisos requeridos, de no ser

así, el proyecto tiene la obligación de,

previamente a la intervención del

recurso, solicitar y obtener de las

autoridades ambientales

competentes los permisos.


PARTICIPACIÓN

CIUDADANA

Si la comunidad considera

que la autoridad ambiental

competente deba tener en

cuenta su opinión para

expedir la licencia, podrá

solicitar una audiencia

pública ambiental en los

términos del Artículo 72 de

la ley 99/93. Si el proyecto

afecta territorios de

comunidades étnicas, se

debe adelantar un trámite

especial dentro de la

elaboración del EIA

Artículo 76 de la ley 99/93

Artículo 330 de la ley 70/93

Artículo 15 de la ley 21/91

Artículo 44 de la ley 70/93


PLANIFICACIÓN AMBIENTAL

DEL PROYECTO

Los estudios ambientales tienen como

objetivos principales identificar y

predecir los impactos sobre el ambiente

y la salud publica que pueda generar la

explotación.

La planificación

ambiental

contempla dos

niveles de

análisis.

La planificación ambiental del proyecto

se ocupa por lo tanto de asegurar que

los efectos ambientales, sociales,

políticos y económicos sean

identificados y evaluados, permitiendo

identificar los componentes principales

que se muestran en el siguiente cuadro.


CRITERIOS


DESARROLLO DEL PROYECTO

El desarrollo de los proyectos reúne en

el área de interés la totalidad de las

actividades de la industria petrolera;

esta es una etapa la cual se da la

intervención y manejo ambiental que

debe vincularse al proyecto para

orientar las acciones futuras.

Desde el punto de vista de los aspectos

ambientales, este desarrollo implica la

relación e impactos orientadas a las

actividades de extracción del subsuelo

los hidrocarburos, ponerlos en

superficie, tratarlos o acondicionarlos;

en las siguientes paginas se describen

las fases del desarrollo y algunas de las

actividades.


FASES


ACTIVIDADES


MANEJO

AMBIENTAL DEL

DESARROLLO

DE CAMPOS












MONITOREO Y SEGUIMIENTO

El encargado del proyecto debe

establecer y mantener un monitoreo y

seguimiento, este debe enfocarse en:

Determinar el desempeño ambiental

de las actividades del proyecto.

Identificar los impactos ambientales

no previstos .

Conseguir la información que

requiere la toma de decisiones .

Garantizar que el proyecto

establezca desde su iniciación, y se

mantenga durante su vida útil, los

mecanismos e instrumentos

necesarios para la calidad ambiental.


DESMANTELAMIENTO Y

ABANDONO

Al igual que el punto anterior el dueño del

proyecto debe asegurar el correcto

desmantelamiento y abandono del proyecto

mediante dos objetivos:

Establecer un plan que permita el

desmantelamiento ordenado del proyecto

o de sus partes.

Definir objetivos de calidad para la

recuperación que tienen que realizar el

operador del campo petrolero.


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