HB 10-LILIANA SALOMÉ-Derechos-sociales
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Introducción
Desde las primeras décadas del siglo pasado, los derechos
sociales vienen siendo reconocidos al más alto nivel,
tanto en las Constituciones de los Estados democráticos
como en numerosos instrumentos internacionales de protección de
los derechos humanos. Pese a los avances que se han producido en
esta materia, tanto en el plano nacional como internacional, lograr
su plena efectividad sigue siendo uno de los mayores desafíos de
nuestro tiempo. Por este motivo, no resulta extraño que se hayan
suscitado interesantes debates y reflexiones en torno a su contenido
y exigibilidad; y que, mientras algunas de las dimensiones de estos
derechos son consideradas de exigibilidad inmediata, otras requieren
un tiempo mayor para lograr su plena implementación. En
este último caso —como se verá—, son especialmente relevantes
los principios de progresividad y no regresividad.
En el Perú, la Constitución Política de 1993 sitúa a los derechos
sociales en un capítulo distinto de aquel que lleva por título
“Derechos fundamentales de la persona” (Capítulo I del Título I
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