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Grupo Editorial Patria®
Intermediario
Intermediario es la persona que media o se coloca entre un patrón y una o varias personas que
pretenden obtener un empleo, en el sentido de contratarlas o intervenir en su contratación para
que presten servicios a un patrón (figura 6.4).
No son considerados intermediarios, sino patrones, las empresas establecidas que contraten trabajos
para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven
de las relaciones con sus trabajadores. En caso contrario, son solidariamente responsables
con los beneficiarios directos de las obras o servicios, por las obligaciones contraídas con los trabajadores.
Las personas que utilicen intermediarios para la contratación de trabajadores son responsables de
las obligaciones que deriven de esta ley y de los servicios prestados.
Respecto de los intermediarios, los trabajadores tienen los derechos siguientes: a) prestarán sus
servicios en las mismas condiciones de trabajo y tendrán los mismos derechos que correspondan
a los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa o establecimiento; y b) los
intermediarios no podrán recibir ninguna retribución o comisión con cargo a los salarios de
los trabajadores.
En las empresas que ejecuten obras o servicios en forma exclusiva o principal para otra, y que
no dispongan de elementos propios suficientes, se observan las normas siguientes: a) la empresa
beneficiaria es solidariamente responsable de las obligaciones contraídas con los trabajadores;
y b) los trabajadores empleados en la ejecución de las obras o servicios tienen derecho a disfrutar de condiciones
de trabajo proporcionadas a las que disfruten los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa beneficiaria.
Al presentarse, en 1969, la iniciativa para la creación de la Ley Federal del Trabajo que hoy nos rige, la comisión
designada por la Cámara de Diputados formuló un dictamen que señala que precisa la solidaridad del intermediario
con la persona que se beneficie con las obras o servicios, para garantizar los derechos de
los trabajadores que, sin este nuevo concepto, podrían quedar desprotegidos. Se estimó que
con tal redacción quedarían a salvo los derechos de los trabajadores frente a empresas carentes
de recursos que de hecho no sólo son insolventes, sino además irresponsables.
El riesgo es que algunos patrones utilizan intermediarios para pagar salarios inferiores a los de
su propia empresa, y para eludir algunas prestaciones, como el reparto de utilidades a los trabajadores.
Empresa
Actividad de aprendizaje
Empresa es una entidad integrada por el capital y el trabajo, como factores de la producción, y dedicada a actividades
industriales, mercantiles o de prestación de servicios, generalmente con fines lucrativos y con la consiguiente
responsabilidad. La Ley Federal del Trabajo entiende por empresa “la unidad económica de producción o distribución
de bienes o servicios”.
Rodolfo Cepeda, jurista mexicano contemporáneo, nos recuerda que a nivel histórico empresa es un concepto
moderno, lo mismo que el derecho del trabajo tal como lo entendemos hoy, conceptos que no existían hace mucho,
y nos dice respecto de la empresa lo siguiente:
Figura 5.4
Intermediario es la persona que
media entre empleado y patrón,
por ejemplo agencias de empleo,
subcontratistas, etcétera.
En donde tú vives hay agencias de empleo.
Investiga si encuentras en Internet y descubre
cuáles son sus funciones y qué servicio le prestan
al trabajador. Haz un escrito y entrégalo a tu
profesor.
Los hechos históricos no solamente nos recuerdan las causas que motivaron la aparición del derecho
del trabajo con sus propósitos y finalidades, sino también cómo apareció la empresa, base
de toda producción moderna y, particularmente, en la gran industria. Nos recuerdan que el nuevo
sistema maquinizado para producir exigió la organización y ordenación adecuada de los diversos
factores que en él intervienen, ordenación que se logra a través, entre otros, del derecho del trabajo,
cuyas normas equilibran los intereses de dichos factores y armonizan los derechos de los individuos
que forman las clases o grupos sociales que integran o representan los mencionados factores […]
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