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Relaciones colectivas de trabajo. Relaciones de trabajo
que se establecen entre la empresa y la comunidad
de trabajadores, como una simple unidad de hecho, o
reunida en un sindicato.
Salario. Paga, cantidad de dinero o remuneración regular
con que se retribuye a los trabajadores.
Salario mínimo. Salario que establece la ley como retribución
mínima para cualquier trabajador. La Ley Federal
del Trabajo lo define como la cantidad menor que
debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios
prestados en una jornada de trabajo. El salario mínimo
deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades
normales de un jefe de familia en el orden material, social
y cultural, y para proveer a la educación obligatoria
de los hijos.
Glosario
Sindicato. Asociación, generalmente de trabajadores,
constituida para el estudio, la defensa y promoción de
intereses profesionales, económicos o sociales de sus
miembros.
Subordinación. Significa, por parte del patrono, un
poder jurídico de mando correlativo a un deber de
obediencia por parte de quien presta el servicio.
Trabajador. Persona biológica que se ocupa en un empleo,
obra o ejercicio. El trabajador, conforme a la Ley
Federal del Trabajo, presta a otra persona, ya sea biológica
(física) o corporativa (moral), un trabajo personal
subordinado.
Vacación. Descanso temporal de una actividad habitual,
principalmente del trabajo remunerado o de los
estudios.
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