Grupo Editorial Patria®¿Cómo sabes que lo hiciste bien?Las cuestiones y situaciones que se te solicitaron en la secuencia didáctica, se evaluarán como sigue:Rúbrica1. El ejercicio de deliberación y tus argumentos expuestos están claros y completos.2. Se respondieron todos los aspectos de la secuencia didáctica.3. Tu reporte es original, no copiado, es decir, no cuenta con ideas, párrafos ni palabras de otros.4. Tu redacción es correcta desde el punto de vista gramatical y de ortografía.5. Tu reporte está bien presentado, es decir, presenta buena letra y está limpio.Cada aspecto de la rúbrica contará 2 puntos en tu calificación.Figura 6.2El juicio de amparo equilibray justifica la relación entreautoridades y personas.Actividad de aprendizaje¿Consideras que el juicio de amparo es una protección para la persona?Investiga si el juicio de amparo equilibra los derechos entre ciudadanos y autoridad.127
Juicio de amparo6.1 IntroducciónFigura 6.3En El espíritu de las Leyes,Montesquieu elaboró una teoríasociológica del gobierno y delderecho.Figura 6.4La Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanosestablece las garantías individualescomo el derecho a la libertad.128Para comprender el juicio de amparo en México es necesario que repases tus nociones de derecho constitucionaly las profundices en la medida de tu capacidad.Recordarás que la Constitución de una nación es el sistema fundamental que está formado por disposicionesesenciales sobre la organización del Estado y los derechos fundamentales, también llamados derechos humanoso “garantías individuales”.Charles-Louis de Secondat, barón de La Brède y de Montesquieu, pensador político francés del siglo xix, escribiósu maravillosa obra “El espíritu de las leyes”, en la que delineó la teoría de la división o separación y contrapeso de lospoderes del Estado, señalando que la administración del Estado debe dividirse para su ejercicio en Poder Ejecutivo,Poder Legislativo y Poder Judicial.La teoría de Montesquieu fue plasmada en la Constitución de los Estados Unidos de América, ratificada en 1789,Constitución codificada que ha sido el modelo a partir del cual han sido generadas la mayoría de las constitucionescodificadas que han sido expedidas en el mundo a partir de dicha fecha. Esta Constitución fue reformada en1791 para incluir una enunciación de los derechos humanos fundamentales, de manera que a partir de esa fechaadoptó una estructura que ha sido clásica en las constituciones codificadas: una parte dogmática, que reconoce uotorga los derechos humanos fundamentales, y una parte orgánica, que regula la organización del Estado, basadaen la separación y contrapeso de poderes.Recordarás que el juicio de amparo es un medio procesal constitucional del ordenamiento jurídico de enormerelevancia dentro del Poder Judicial de la Federación. Los juristas Fernando Floresgómez y Gustavo Carvajal nosdicen lo siguiente al respecto:El juicio de amparo o juicio de garantías, como también se denomina, es un medio de control dela constitucionalidad confiado a órganos jurisdiccionales que tratan de proteger a los individuoscuando la autoridad ha violado las garantías individuales [los derechos individuales fundamentales].La figura del amparo en la vida jurídica es de vital importancia, pues los particulares no quedandesamparados, a merced de las autoridades. El juicio de amparo se encuentra regulado en losartículos 103 y 107 de la Constitución Federal, así como en la Ley Orgánica de ambos artículos,conocida como Ley de Amparo. El objeto del juicio de amparo es resolver todas las cuestiones quese susciten por leyes o actos que violen las garantías individuales [los derechos individuales fundamentales];por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de losEstados, y por leyes o actos de las autoridades locales que invaden la esfera de la autoridad federal.El juicio de amparo en nuestro país nunca procede contra actos de los particulares. 1Recordarás que el juicio de amparo es un medio procesal creado originalmente por el Poder Constituyentemexicano, precursor a nivel mundial de los medios de control de la constitucionalidad y como garantía delejercicio de los derechos fundamentales individuales, que todo gobernado tiene a su favor y a su alcance.Éste ya aparecía de manera primigenia en la Constitución de 1857. Cuando una ley o un acto de autoridadvulneran alguno de los derechos individuales fundamentales, el gobernado tiene el derecho de combatirlopromoviendo en tiempo y forma el juicio de amparo. Éste y no los derechos fundamentales, constituyepropiamente la garantía individual, ya que el juicio de amparo puede definirse como el medio de defensaque tiene por objeto garantizar al individuo el ejercicio de sus derechos esenciales o fundamentales.La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente fue promulgada en 1917, y siguió ensu mayor parte a la Constitución de 1857. Contiene una parte dogmática, enunciando los derechos humanosfundamentales del hombre, y una parte orgánica, delineando la organización del Estado, basadaen la teoría de la división y contrapeso de poderes, pero además introdujo una aportación a la teoría constitucionaldel mundo entero, al ser la primera Constitución en establecer como derechos sociales fundamentales el derechoeducativo, el derecho agrario y el derecho del trabajo.1 Fernando Floresgómez González y Gustavo Carvajal Moreno, Op. Cit., p. 143.