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Importancia del derecho civil y familiar en tu vida
Para tu Reflexión
Manifiesto por la vida
La persona física es protegida por la ley desde que es concebida y puede desde ese momento,
adquirir derechos y obligaciones; pero si no nace viva y viable se destruyen retroactivamente los
derechos y obligaciones que haya adquirido. Sólo se reputa nacido viable el ser humano que, desprendido
enteramente del seno materno, vive 24 horas o es presentado vivo al Registro Civil.
Igual posición adopta el Código Civil del Estado de México.
La piedra angular de la justicia es el respeto absoluto a la vida humana inocente, desde su etapa de embrión unicelular, hasta su muerte natural. Una sociedad
verdaderamente justa afirma la igualdad moral fundamental de todos los seres humanos y otorga la plena protección de la ley a todos sus miembros,
sin importar sexo, raza, credo, edad, tamaño, riqueza o logros físicos o mentales. Concede protección especial a los débiles y vulnerables y provee con
generosidad a aquellos que lo necesitan. Proclama deberes humanos, tanto como derechos humanos. Aprecia la virtud.
ProLife Alliance Traducido de: www.psr.keele.ac.uk/area/uk/ass03/man/prolife.htm
26 de noviembre de 2007.
Figura 1.4
A partir de la concepción la ley reconoce al ser
humano.
El reconocimiento del ser humano como persona biológica o sujeto de derecho a partir del momento de la
concepción (figura 1.4), es relevante en materia de herencia o sucesiones, y en materia de ser sujeto de los
derechos fundamentales del individuo, también llamados derechos humanos o garantías individuales. A
pesar de que el Código Civil para el Distrito Federal dispone que desde el momento en que un individuo es
concebido entra bajo la protección de la ley, las recientes reformas al Código Penal para el Distrito Federal
lo contradicen y hacen evidente que limitan tal protección exclusivamente a la materia civil, pues no incluyen
la protección de su vida, al permitirse en dicha entidad federativa el aborto legal, que consiste en dar
muerte al ser humano concebido durante las primeras 12 semanas de gestación, sin ninguna restricción.
Las personas corporativas o morales son organizaciones de personas o de personas y de bienes, a las que
el derecho reconoce capacidad unitaria para ser sujetos de derechos y obligaciones, como las corporaciones,
asociaciones, sociedades y fundaciones (figura 1.5). Como sujetos de derecho, son completamente
distintos y separados de las personas o individuos que las integran. Su patrimonio, sus bienes,
son independientes del de sus miembros.
En algunos países, como Estados Unidos de América y España, una persona corporativa puede formarse
de una o más personas o individuos. En México las personas corporativas de derecho privado
deben tener por lo menos dos socios, requisito que no tiene sentido.
En la mayoría de los códigos civiles, libros y documentos jurídicos, se utiliza la denominación personas
morales. Al igual que la expresión persona física, nos parece una expresión desafortunada, ya que
las personas corporativas pueden realizar actividades morales o inmorales. Algunos códigos civiles
les llaman personas jurídicas, pero este término se presta a confusión, ya que las personas biológicas
también son personas jurídicas. Otros códigos les llaman personas jurídicas colectivas. En la actualidad,
esta expresión en nuestro país es correcta, pero esperamos que nuestra legislación avance y permita la
constitución de personas corporativas no colectivas, sino formadas por una sola persona o individuo.
Por lo general, los códigos civiles en México no definen a las personas corporativas. Una excepción es
el Código Civil del Estado de México, el cual dispone que:
Las personas jurídicas colectivas son las constituidas
conforme a la ley, por grupos de individuos a
las cuales el derecho considera como una sola entidad
para ejercer derechos y asumir obligaciones.
Actividad de aprendizaje
Nombra dos diferencias entre persona biológica y persona
corporativa. Pon dos ejemplos de cada una.
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Figura 1.5
Las personas morales son organizaciones de personas o de personas y bienes que son sujetos a derechos y obligaciones.