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Importancia de la aplicación del derecho penal en la sociedad

Figura 3.6

El robo es un delito.

Figura 3.7

El Codigo Penal Federal considera

los delitos contra el ambiente y

gestión ambiental como delitos por

bien jurídico lesionado.

del delito de que se trate, y dividirlo entre dos. Por ejemplo: al que prive de la vida a otro, se le impondrá de 8

a 20 años de prisión, luego, el delito de homicidio no calificado es grave. Al que induzca a otro para que se prive

de la vida, se le impondrá prisión de 3 a 8 años, si el suicidio se consuma, luego, el delito de inducción al

suicidio es grave. Al servidor público del Distrito Federal que con motivo de sus atribuciones, detenga y mantenga

oculta a una o varias personas, o bien autorice, apoye o consienta que otros lo hagan sin reconocer la existencia

de tal privación o niegue información sobre su paradero, impidiendo con ello el ejercicio de los recursos legales y

las garantías procesales procedentes, se le sancionará con prisión de15 a 40 años, luego, el delito de desaparición

forzada de personas es grave. En cambio, por ejemplo, al que renuncie a su empleo o solicite licencia sin goce de

sueldo y sea éste el único medio de obtener ingresos o se coloque en estado de insolvencia, con el objeto de eludir el

cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le impondrá pena de prisión de uno a cuatro

años, luego, el delito que atenta contra el cumplimiento de la obligación alimentaria es un delito no grave.

El Código de Procedimientos Penales para el estado de Baja California, por ejemplo, considera que son delitos

graves los de homicidio, secuestro, violación, terrorismo, tráfico de menores y corrupción de personas menores

de dieciocho años de edad.

Como último ejemplo, el Código de Procedimientos Penales de Coahuila califica como delitos graves los de

terrorismo, sabotaje, peculado, evasión de presos dolosa, asociación delictuosa, pandillerismo, incendio, corrupción

de menores e incapaces, lenocinio y trata de personas cuando incida en menores de 16 años de edad, sustracción

y tráfico de menores, homicidio doloso, lesiones dolosas gravísimas, secuestro, asalto en despoblado o

tumultuario, violación, atentados al pudor empleando la violencia física, robo consumado si se

emplea violencia o intimidación en las personas para cometerlo, abigeato de ganado mayor, fraccionamientos

no autorizados, administración fraudulenta, despojo y tortura.

Son delitos no graves todos los que no están expresamente calificados como graves por la legislación

penal federal o local.

Respecto de la clasificación de los delitos por el bien jurídico lesionado, cada código penal, el federal

y los locales, presenta su clasificación de delitos. El Código Penal Federal establece la siguiente

clasificación de delitos por el bien jurídico lesionado: delitos contra la seguridad de la nación, delitos

contra el derecho internacional, delitos contra la humanidad, delitos contra la seguridad pública,

delitos en materia de vías de comunicación y correspondencia, delitos contra la autoridad,

delitos cometidos contra funcionarios públicos y ultrajes a las insignias nacionales; delitos contra la

salud, delitos contra la moral pública y las buenas costumbres, revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y

equipos de informática, delitos cometidos por servidores públicos; delitos cometidos contra la administración de

justicia, falsedad, delitos contra la economía pública, delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual,

delitos contra el estado civil y bigamia, delitos en materia de inhumaciones y exhumaciones, delitos contra la paz

y seguridad de las personas, delitos contra la vida y la integridad corporal, delitos contra el honor, privación ilegal

de la libertad y de otras garantías, delitos contra las personas en su patrimonio, encubrimiento y operaciones con

recursos de procedencia ilícita, delitos electorales y en materia de Registro Nacional de Ciudadanos, delitos contra

el ambiente y la gestión ambiental (figura 4.7) y delitos en materia de derechos de autor.

Figura 3.8

La portación de armas de uso exclusivo del Ejército es un delito.

68

Figura 3.9

El lavado de dinero es un delito.

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