Territorio de Coahuila y Texas 277
Revista Territorio de Coahuila y Texas. Noticias, artículos, entrevistas, editorial, reportajes.
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Evolución de los Ordenamientos Constitucionales
Sobre la Libertad de Expresión y de Imprenta
en la Vida Independiente de México, Desde 1811
1811. Elementos constitucionales
circulados por don Ignacio López
Rayón, como jefe de la suprema
junta nacional americana de
Zitácuaro. Punto 29. Habrá una
absoluta libertad de imprenta en
puntos puramente científicos y
políticos, con que éstos últimos
observen las miras de ilustrar y no
z a h e r i r l a s l e g i s l a c i o n e s
establecidas.
1812. Constitución política de la
monarquía española promulgada
en Cádiz a 19 de marzo Artículo
371. Todos los españoles tienen
libertad de escribir, imprimir y
publicar sus ideas políticas, sin
necesidad de licencia, revisión o
aprobación alguna anterior a la
publicación, bajo las restricciones
y la responsabilidad que
establezcan las leyes.
1814. Decreto constitucional para
la libertad de la América
M e x i c a n a , s a n c i o n a d o e n
Apatzingán el 22 de octubre.
Artículo 40. En consecuencia, la
libertad de hablar, de discurrir y
de manifestar sus opiniones por
medio de la imprenta, no debe
prohibirse a ningún ciudadano, a
menos que en sus producciones
ataque el dogma, turbe la
tranquilidad pública u ofenda el
honor de los ciudadanos.
1822. Bases Constitucionales
Aceptadas por el Segundo
Congreso Mexicano al Instalarse
el 22 de Febrero. Reglamento
Provisional Político Del Imperio
Mexicano (Día 10 de enero)
Disposiciones generales Articulo
24
17. Nada más conforme a los
derechos del hombre, que la
libertad de pensar y de manifestar
sus ideas; por tanto, así como se
debe hacer un racional sacrificio
de esa facultad, no atacando
directamente, ni haciendo, sin
previa censura, uso de la pluma en
materia de religión y disciplina
e c l e s i á s t i c a , m o n a r q u í a
m o d e r a d a , p e r s o n a d e l
emperador, independencia y
u n i ó n , c o m o p r i n c i p i o s
fundamentales…
1824. Constitución Federal de los
Estados Unidos Mexicanos
Sancionada por el Congreso
General Constituyente el 4 de
Octubre. Artículo 161. Cada uno
de los Estados tiene la obligación:
Frac. IV. De proteger a sus
habitantes en la libertad que
tienen de escribir, imprimir y
publicar sus escritos y publicar
sus ideas políticas, sin necesidad
de licencia, revisión o aprobación
anterior a la publicación,
cuidando siempre de que se
observen las leyes generales en la
materia.
1835. Bases constitucionales
expedidas por el congreso
constituyente el 15 de diciembre
El Presidente interino de la
República Mexicana, a los
habitantes de ella, sabed: Que el
Soberano Congreso Nacional ha
descrito las siguientes Leyes
Constitucionales Artículo 2. Son
derechos de los mexicanos: Frac.
VII. Poder imprimir y circular sin
necesidad de previa censura, sus
ideas políticas.
1839. Parte Resolutiva del
dictamen del supremo Poder
Conservado, del 9 de noviembre.
De los Mexicanos sus derechos y
obligaciones Artículo 9, Son
derechos del mexicano Frac.
XVII. Que pueda imprimir y
publicar sus ideas políticas sin
necesidad de licencia ni censura
previa, bajo las restricciones y
responsabilidades que prescriban
las leyes.
1 8 4 2 . L o s P r o y e c t o s d e
Constitución Articulo 5. La
constitución otorga a los derechos
del hombre, las siguientes
garantías: Frac. III La libertad de
imprenta no tienen más límites
que el respeto a la vida privada y a
l a m o r a l . J a m á s p o d r á
establecerse censura, ni exigirse
fianza de los autores, editores o
impresores…
1842. Segundo Proyecto de
Constitución Leído en sesión del 3
de noviembre Frac. IX Ninguno
puede ser molestado por sus
opiniones, y todos tienen derecho
para publicarlas, imprimirlas y
circularlas, de la manera que
mejor les convenga…
1847. El Acta de Reforma Artículo
20. Las Leyes de las que hablan los
artículos 3º,4º, y 13 de esta Acta,
de la libertad de imprenta… son
leyes constitucionales y no pueden
derogarse…
1854. Plan de Ayutla reformado
en Acapulco, el 11 de marzo.
Estatuto Orgánico Provisional de
la Republica Mexicana