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Los retos del Tercer Sector ante la crisis - Fundación Luis Vives

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VI FORO TERCER SECTOR<br />

Por último, aunque <strong>la</strong>s cifras absolutas son import<strong>ante</strong>s, el hecho de que el crédito a este sector<br />

suponga so<strong>la</strong>mente el 0,34% sobre el total <strong>del</strong> crédito concedido por <strong>la</strong>s entidades financieras, nos<br />

hace pensar que existe todavía recorrido para crecimientos import<strong>ante</strong>s en <strong>la</strong> utilización de este recurso<br />

financiero en el ámbito de <strong>la</strong>s entidades no lucrativas. Este dato, unido al de <strong>la</strong> baja morosidad,<br />

apunta también a un uso prudente <strong>del</strong> crédito por parte de <strong>la</strong>s entidades.<br />

El estudio de <strong>la</strong>s necesidades de financiación <strong>del</strong> sector, el dimensionamiento <strong>del</strong> apa<strong>la</strong>ncamiento<br />

óptimo en función de <strong>la</strong> diversa tipología de entidades, el análisis pormenorizado de los estados<br />

financieros <strong>del</strong> sector y de su deseable evolución, el diseño de mo<strong>del</strong>os para todo ello, etc., constituye<br />

un campo de interés no solo para estas entidades sino también para <strong>la</strong>s administraciones con<br />

responsabilidad en estas materias, para el sector financiero y para <strong>la</strong> propia universidad.<br />

Todo ello, rebasa con mucho los límites y <strong>la</strong>s posibilidades de esta intervención. Me centraré en<br />

una perspectiva más operativa, basada en <strong>la</strong> demanda que percibimos de quienes nos presentan sus<br />

proyectos.<br />

2. Algunas necesidades<br />

Una necesidad reiteradamente puesta de manifiesto es <strong>la</strong> de anticipo de subvenciones. La normativa<br />

regu<strong>la</strong>dora de subvenciones al sector no lucrativo parece excesivamente rígida y garantista.<br />

Prevalece una perspectiva meramente formal, por encima de <strong>la</strong> naturaleza real de <strong>la</strong> actividad subvencionada,<br />

que con frecuencia precisa marcos más estables y flexibles para una mayor eficacia y garantía<br />

de calidad en el cumplimiento <strong>del</strong> fin de interés público que justifica <strong>la</strong> asignación de recursos<br />

públicos.<br />

El problema, bien conocido, se pl<strong>ante</strong>a a los beneficiarios de una subvención que para su cobro<br />

deben de justificar previamente <strong>la</strong> inversión total o en porcentajes import<strong>ante</strong>s de su cuantía. La<br />

financiación de <strong>la</strong> actividad o de <strong>la</strong> inversión debe ser a<strong>del</strong>antada entonces por <strong>la</strong>s entidades, que si<br />

no disponen de liquidez como es habitual, deben acudir a una entidad financiera a solicitar crédito<br />

aportando garantías, toda vez que <strong>la</strong>s subvenciones no son susceptibles de endoso. El acto administrativo<br />

por el que se concede <strong>la</strong> subvención tampoco constituye garantía suficiente con carácter<br />

general para <strong>la</strong> concesión <strong>del</strong> crédito-anticipo, al estar supeditado su cobro al cumplimiento de determinadas<br />

condiciones y a <strong>la</strong> justificación <strong>del</strong> gasto según <strong>la</strong>s bases específicas, <strong>la</strong> normativa general y<br />

<strong>la</strong> interpretación que de todo ello deben hacer los funcionarios responsables <strong>del</strong> gasto y de su fiscalización.<br />

Por ello, y siempre con carácter general, <strong>la</strong>s organizaciones subvencionadas deben de aportar<br />

garantías específicas en proporción al riesgo que estime <strong>la</strong> entidad financiera y <strong>la</strong> cuantía <strong>del</strong> crédito:<br />

aval de miembros de una directiva, garantías reales, etc. Para acabar de completar el cuadro, hay<br />

que decir que normalmente los gastos financieros y transaccionales de estas operaciones de crédito<br />

no son casi nunca gastos elegibles a efectos de <strong>la</strong> propia subvención.<br />

En mi opinión, no estamos <strong>ante</strong> un problema cuyo componente principal sea de carácter financiero<br />

sino de regu<strong>la</strong>ción de <strong>la</strong> actividad subvencionadora de <strong>la</strong> administración, que habría que abordar<br />

en el campo normativo para adecuar <strong>la</strong> concesión y pago de <strong>la</strong>s ayudas a <strong>la</strong> realidad actual de <strong>la</strong><br />

función social que cubre el <strong>Tercer</strong> <strong>Sector</strong>, distinguiendo c<strong>la</strong>ramente entre <strong>la</strong> financiación estable y<br />

recurrente a centros, programas y servicios que cubren una necesidad pública y que incluso podrían<br />

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