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CONVOCATORIA PARA LA LICITACION PUBLICA ... - Inicio

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ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE GUAYMAS, S.A. DE C.V.<br />

<strong>CONVOCATORIA</strong> DE <strong>LA</strong> LICITACIÓN PUBLIA NACIONAL MIXTA<br />

09177002-015-11<br />

C<strong>LA</strong>VE COMPRANET <strong>LA</strong>-009J2Z001-N19-2011<br />

administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las<br />

razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a los licitantes que hubieran<br />

participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de<br />

Control dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de su firma.<br />

Si el error cometido en el fallo no fuera susceptible de corrección conforme a lo dispuesto en el<br />

párrafo anterior, el Gerente de Administración y Finanzas o el servidor público facultado dará vista<br />

de inmediato al Órgano Interno de Control, a efecto de que, previa intervención de oficio, se emitan<br />

las directrices para su reposición.<br />

En el caso de que el error en el fallo ya se haya publicado en CompraNet, el superior jerárquico<br />

dirigirá oficio al Titular de la Unidad de Gobierno Electrónico y Políticas de Tecnologías de la<br />

Información de la Secretaría de la Función Pública, solicitando quitar de línea la información<br />

errónea. Una vez que dicha Unidad haga lo conducente, la API volverá a cargar la información con<br />

los datos correctos, y lo hará del conocimiento de los LICITANTES.<br />

6.4.1 ACTAS DE FALLO.<br />

Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones, y de<br />

la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran<br />

asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las<br />

cuales EL API podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un<br />

ejemplar del acta correspondiente en un lugar visible, al que tenga acceso el público, en el<br />

domicilio del área responsable del procedimiento de contratación, por un término no menor de<br />

cinco días hábiles. El Gerente de Administración y Finanzas o el Subgerente de Administración<br />

dejarán constancia en el expediente de la licitación, de la fecha, hora y lugar en que se hayan<br />

fijado las actas o el aviso de referencia.<br />

El acta que se fije podrá constar únicamente de la carátula del documento de que se trate, cuando<br />

este conste de un número considerable de hojas, pero invariablemente, se señalará los datos de la<br />

Gerencia de Administración y Finanzas y/o de la Subgerencia de Administración, responsables del<br />

procedimiento de contratación en la cual se encuentra disponible el documento integro para<br />

consulta del licitante interesado.<br />

Por otro lado, en el acta de fallo se señalará la fecha, hora y lugar, así como la documentación que<br />

deberá presentar el LICITANTE ganador para la firma del CONTRATO correspondiente, en los<br />

términos de la LEY y su REG<strong>LA</strong>MENTO.<br />

7. FIRMA DEL CONTRATO (Se adjunta modelo de contrato en el ANEXO 15 el cual se<br />

ajustará a esta convocatoria una vez adjudicado el mismo)<br />

De conformidad con lo señalado en el artículo 46 de la Ley, se hace del conocimiento de los<br />

licitantes que con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos<br />

en el modelo de contrato del procedimiento de contratación y obligará a la API y al LICITANTE<br />

adjudicado, a firmar el contrato en la fecha, hora y lugar previstos en el fallo, o bien en la<br />

convocatoria a la licitación pública y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días<br />

naturales siguientes al de la citada notificación.<br />

Si el licitante adjudicado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo<br />

señalado en el párrafo anterior, la API, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicará el<br />

contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio<br />

con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del diez por<br />

ciento. En tal virtud el LICITANTE que no formalice el contrato en los términos establecidos en la<br />

<strong>CONVOCATORIA</strong> serán sancionados por la Secretaria de la Función Pública en los términos<br />

establecidos en los artículos 59 y 60 fracción I de la Ley.<br />

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