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Capítulo 1 - Hobby Caravan

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2.3 Seguridad vial<br />

• Antes de iniciar el viaje es necesario comprobar el funcionamiento<br />

del sistema de señalización y alumbrado, del mecanismo<br />

de dirección y los frenos.<br />

• Si no se utiliza la autocaravana durante un periodo largo de<br />

tiempo (aprox. 10 meses), será preciso encargar a un taller<br />

especializado autorizado la comprobación del sistema de<br />

freno y la instalación de gas.<br />

• Abrir completamente, asegurando los sistemas de oscurecimiento<br />

de las lunas frontales y laterales.<br />

• Todas las personas tendrán que abrocharse los cinturones<br />

de seguridad durante el viaje y no deberán moverse libremente<br />

por el vehículo.<br />

• En invierno se deberá retirar la nieve y el hielo del techo<br />

antes de iniciar el viaje.<br />

• Comprobar regularmente la presión de los neumáticos antes<br />

de iniciar el viaje. Si la presión de los neumáticos es errónea,<br />

se pueden desgastar excesivamente, pueden deteriorarse<br />

los neumáticos o reventar.<br />

• Los asientos para niños sólo se deberán colocar en las plazas<br />

para sentarse, empleando los cinturones con fijación de<br />

tres puntos que ya vienen montados de fábrica.<br />

• Girar y enclavar los asientos giratorios en el sentido de la<br />

marcha. No se deberán girar los asientos durante el viaje.<br />

Seguridad<br />

2.4 Qué se debe tener en cuenta antes de ini<br />

ciar el primer viaje<br />

Registro del vehículo<br />

Todos los vehículos que recorren la vía pública precisan una<br />

autorización de circulación. Por lo que también lo necesitará<br />

su autocaravana. Deberá solicitar el permiso de circulación en<br />

la jefatura provincial de tráfico de su región.<br />

Para registrar el vehículo deberá presentar:<br />

− certificado de admisión parte II<br />

− la tarjeta de cobertura de su seguro<br />

− el documento nacional de identidad o certificación de residencia<br />

− en caso necesario, poder general de admisión<br />

Inspección principal<br />

Las autocaravanas con un peso total admisible de hasta 3,5<br />

toneladas deberán realizar la inspección general por primera<br />

vez a los tres años y después cada dos años, igual que los<br />

automóviles. Las caravanas con un peso de 3,5 a 7,5 toneladas<br />

deberán realizar la inspección general cada dos años<br />

después de recibir el permiso de circulación por primera vez<br />

durante los primeros seis años. Después la inspección se<br />

efectuará todos los años.<br />

La inspección general se llevará a cabo mediante el servicio<br />

de inspección técnica de vehículos (ITV), la asociación alemana<br />

de inspección de vehículos (DEKRA) o cualquier otro<br />

perito homologado oficialmente.<br />

02-2

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