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Gaceta Parlamentaria, año II, número 337-I, martes 31 de agosto de ...

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Artículo CXLV. Luego que muera el Rey, se señalará inmediatamente por las<br />

Cortes la dotación <strong>de</strong> la casa real para el sucesor, según lo prevenido en la<br />

Constitución.<br />

Capítulo XV<br />

Del ceremonial con el que ha <strong>de</strong> ser recibido el Rey en las Cortes<br />

Artículo CXLVI. El rey será recibido en las Cortes por una diputación <strong>de</strong> treinta<br />

diputados, que saldrá a la puerta exterior <strong>de</strong>l edificio <strong>de</strong> las mismas o si pudiere<br />

entrar el coche en él, hasta el lugar en que se apee S.M., y le acompañará hasta<br />

el trono.<br />

Artículo CXLV<strong>II</strong>. El Rey entrará <strong>de</strong>scubierto en el salón <strong>de</strong> Cortes, y todos los<br />

diputados se levantarán a su entrada, permaneciendo en pie hasta que S.M., tome<br />

asiento. Los jefes <strong>de</strong>l palacio que le acompañen se colocaran en pie a la espalda<br />

<strong>de</strong>l trono, quedando la restante comitiva en la barandilla.<br />

Artículo CXLV<strong>II</strong>I. En este caso al lado <strong>de</strong>recho <strong>de</strong>l trono, e inmediato a él, pero<br />

fuera <strong>de</strong> la gra<strong>de</strong>ría <strong>de</strong>l mismo, y sobre el pavimento <strong>de</strong>l salón, se colocará una<br />

silla para el presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> las Cortes, la que ocupará éste mientras el Rey esté en<br />

ellas. Los cuatro secretarios se colocarán en el primer or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> asientos cerca <strong>de</strong>l<br />

presi<strong>de</strong>nte, teniendo <strong>de</strong>lante una mesa.<br />

Artículo CXLIX. Cuando el Rey hubiere <strong>de</strong> prestar juramento, subirán al trono el<br />

presi<strong>de</strong>nte y los secretarios. El presi<strong>de</strong>nte se pondrá a la <strong>de</strong>recha <strong>de</strong>l rey, y los<br />

secretarios. El presi<strong>de</strong>nte se pondrá a la <strong>de</strong>recha <strong>de</strong>l rey, y los secretarios en<br />

frente, teniendo abierto los más antiguos el libro que contenga la fórmula <strong>de</strong>l<br />

juramente. El presi<strong>de</strong>nte tendrá en sus manos el libro <strong>de</strong> los Evangelios, y<br />

levantándose el Rey, y poniendo la mano <strong>de</strong>recha sobre él, hará el juramento;<br />

concluido lo cual los expresados volverán a sus asientos. Durante todo este acto<br />

los diputados estarán en pie.<br />

Artículo CL. El presi<strong>de</strong>nte dirigirá al Rey un breve discurso correspondiente a tan<br />

augusta ceremonia, y S.A. contestará en los términos que tenga por conveniente.<br />

Artículo CLI. Concluido este acto, se retirará el Rey con las mismas ceremonias.<br />

Artículo CL<strong>II</strong>. El Rey será recibido <strong>de</strong>l mismo modo en los <strong>de</strong>más casos en que<br />

concurra a las Cortes.<br />

Artículo CL<strong>II</strong>I. Mientras el Rey, el Príncipe <strong>de</strong> Asturias, o el Regente <strong>de</strong>l reino,<br />

estuvieren en las Cortes, todas las personas <strong>de</strong> cualquiera clase que se hallen en<br />

las galerías estarán en pie.

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