REGLAMENTO DE EQUIPOS A PRESIÓN - repara tu mismo
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<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>EQUIPOS</strong> A <strong>PRESIÓN</strong> 12 de diciembre de 2008<br />
Presión máx. de<br />
servicio<br />
Fecha<br />
Nivel / sello:<br />
Presión de prueba<br />
Categoría y grupo<br />
La presión máxima de servicio de la instalación.<br />
La primera fecha corresponderá a la de fabricación del equipo a<br />
presión o conjunto. Las siguientes fechas serán las de realización<br />
de las correspondientes inspecciones periódicas de nivel B y C.<br />
Indicación del nivel de inspección B o C según el anexo III y el punzón<br />
del organismo de control autorizado que realice la inspección<br />
periódica.<br />
La presión de la prueba hidrostática del equipo a presión o<br />
conjunto.<br />
Categoría del aparato, equipo a presión o conjunto y grupo de<br />
fluido, de acuerdo con el Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo.<br />
6. Instalaciones con equipos de categoría inferior a la categoría I.<br />
Las instalaciones en las que todos los equipos a presión sean de categoría inferior a la<br />
categoría I prevista en el artículo 9 y anexo II del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo,<br />
o asimilados de acuerdo con lo establecido en su artículo 3.2 cumplirán con el artículo 9<br />
de este reglamento y en particular requerirán que los usuarios tengan a disposición del<br />
órgano competente de la comunidad autónoma, la documentación indicada en el<br />
apartado 3 de dicho artículo 9 del presente reglamento de equipos presión.