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Edición 642 Octubre 2008 - Revista Carabineros

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<strong>Carabineros</strong> y su rol en<br />

el Registro de las peores formas de<br />

trabajo infantil<br />

Aunque todo tipo de trabajo sea perjudicial para cualquier menor de edad, hay pequeños que son explotados por adultos en<br />

actividades económicas que ocasionan daño a su desarrollo físico, psicológico y moral. Algunos ejemplos son la esclavitud, el<br />

tráfico de niños y el reclutamiento de menores para realizar actividades delictivas o trabajos peligrosos por su naturaleza y<br />

condiciones. Se incluye además la utilización de niños para la prostitución, el turismo sexual, el tráfico de estupefacientes, entre<br />

otros. Éstas acciones caen dentro de lo que se denomina como “peores formas de trabajo infantil”. En atención a este<br />

hecho, el SENAME, sobre la base de un Convenio entre el Ministerio del Trabajo y la OIT, propuso la creación de un Sistema de<br />

registro único y progresivo de cobertura nacional, con la finalidad de diseñar una base de datos que contenga la información de<br />

todas las instituciones que detectan y registran estos casos en el país, como es el caso de <strong>Carabineros</strong> de Chile, institución que<br />

desde enero del 2004 cuenta con un mecanismo de registro en todas las comisarías del país, a través del Sistema Aupol.La<br />

detección de hechos de este tipo, en cualquiera de sus dimensiones, puede dar origen a una amenaza de derechos. Por ello,<br />

<strong>Carabineros</strong> de Chile cumple con un rol fundamental y activo en la tarea de pesquizar estas situaciones, considerando que su<br />

actuar constituye una importante colaboración para los organismos encargados de la protección de los niños y adolescentes. Con<br />

el fin de mejorar el trabajo de nuestros funcionarios policiales, se indican algunas indicaciones como:<br />

a) Acreditar que la persona involucrada es un menor de edad mediante una identificación<br />

acuciosa y completa.<br />

b) Cuando el personal intervenga en una de las circunstancias descritas como peores<br />

formas de trabajo infantil, se confeccionará el parte al Tribunal de Menores y otro a la<br />

Fiscalía local, según corresponda, para determinar la responsabilidad penal del adulto,<br />

relacionando ambos partes policiales para conocimiento de las respectivas autoridades<br />

llamadas a conocer los hechos.<br />

c) Antes de proceder a la entrega del<br />

menor y en el momento de la confección<br />

del Parte Policial, se deben incorporar sus<br />

datos personales al programa de las<br />

Peores Formas de Trabajo Infantil,<br />

inserto en el Sistema Aupol.<br />

Temas Profesionales 45

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