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Guía para Compensar - ANEFAC

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CONCEPTO DE COMPENSACIÓN<br />

La compensación es un derecho que tienen los contribuyentes de poder restar los saldos<br />

que tengan a su favor por concepto de contribuciones federales, de las cantidades que a su<br />

vez tengan obligación de pagar al fisco federal, cumpliendo con los requisitos previstos en las<br />

disposiciones fiscales.<br />

I.- ASPECTOS GENERALES DE LA COMPENSACIÓN<br />

Los contribuyentes que se encuentren obligados a pagar sus impuestos mediante<br />

declaración, pueden optar por compensar las cantidades que tengan a favor contra las que<br />

estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que se trate<br />

1<br />

de la misma contribución , incluyendo sus accesorios.<br />

Los saldos a favor que se compensen podrán actualizarse desde el mes en que se realizó el<br />

pago de lo indebido o presentó la declaración que contenga el saldo a favor, hasta el mes en<br />

que se efectúe la compensación.<br />

II.-COMPENSACIÓN DE DISTINTAS<br />

CONTRIBUCIONES<br />

No obstante que la regla general es que sólo se pueden compensar cantidades que deriven<br />

de la misma contribución, en casos específicos previstos por las disposiciones fiscales se<br />

pueden compensar impuestos de distinta naturaleza, los cuales se señalan a continuación:<br />

a) Contribuyentes que dictaminen estados financieros<br />

En el caso de contribuyentes que dictaminen sus estados financieros en los términos<br />

establecidos por el Código Fiscal de la Federación, podrán compensar cualquier impuesto<br />

federal a su favor contra el impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado o el<br />

impuesto al activo del ejercicio a su cargo, excepto el causado por operaciones de comercio<br />

exterior, cumpliendo con lo siguiente:<br />

Que el saldo a cargo y el saldo a favor que se pretenden compensar sean<br />

determinados en la declaración del ejercicio.<br />

1 Para estos efectos, se entiende que es una misma contribución si se trata del<br />

mismo impuesto, aportación de seguridad social, contribución de mejoras o<br />

derechos.<br />

<br />

www.sat.gob.mx<br />

9

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