Estatutos Sociales de Operadora e Impulsora de ... - Banamex.com
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epresentadas en la misma. Las Asambleas Generales Extraordinarias se instalarán legalmente en<br />
virtud <strong>de</strong> primera convocatoria si en ella está representado por lo menos el 75 % (setenta y cinco<br />
por ciento) <strong>de</strong>l capital social. Tratándose <strong>de</strong> segunda convocatoria, con la expresión <strong>de</strong> esta<br />
circunstancia, la Asamblea General Extraordinaria <strong>de</strong> Accionistas se consi<strong>de</strong>rará legalmente<br />
instalada si en ella está representado por lo menos el 50% (cincuenta por ciento) <strong>de</strong>l capital social<br />
<strong>de</strong> la Sociedad.<br />
La Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria se instalará legalmente sin necesidad <strong>de</strong><br />
publicación <strong>de</strong> la convocatoria respectiva si todas las acciones con <strong>de</strong>recho a voto estuvieren<br />
representadas en la misma, y tendrá la facultad <strong>de</strong> resolver sobre cualquier asunto sometido a su<br />
consi<strong>de</strong>ración si en el momento <strong>de</strong> la votación continúan representadas la totalidad <strong>de</strong> las acciones.<br />
Artículo Vigésimo Tercero. Desarrollo <strong>de</strong> la Asamblea.<br />
Presidirá la Asamblea <strong>de</strong> Accionistas el Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Administración o, en su <strong>de</strong>fecto,<br />
el accionista o representante <strong>de</strong> accionista que <strong>de</strong>signen los concurrentes. Será Secretario el <strong>de</strong>l<br />
Consejo o, en su <strong>de</strong>fecto, la persona que <strong>de</strong>signen los asistentes.<br />
A las Asambleas <strong>de</strong> Accionistas asistirán, con voz pero sin voto, los Comisarios <strong>de</strong> la Sociedad.<br />
Artículo Vigésimo Cuarto. Votación.<br />
En las Asambleas <strong>de</strong> Accionistas cada acción tendrá <strong>de</strong>recho a un voto. Las resoluciones serán<br />
tomadas por simple mayoría <strong>de</strong> votos <strong>de</strong> las acciones representadas si se trata <strong>de</strong> Asambleas<br />
Ordinarias. En caso <strong>de</strong> Asambleas Extraordinarias, las resoluciones serán válidas si son aprobadas<br />
por el voto <strong>de</strong> las acciones que representen por lo menos el 50% (cincuenta por ciento) <strong>de</strong>l capital<br />
social.<br />
Artículo Vigésimo Quinto. Asambleas Especiales.<br />
Para las Asambleas Especiales <strong>de</strong> Accionistas se aplicarán las mismas reglas en cuanto a su<br />
instalación y votación que para las Asambleas Extraordinarias y serán presididas por la persona que<br />
<strong>de</strong>signen los Accionistas <strong>de</strong> la serie <strong>de</strong> que se trate.<br />
Artículo Vigésimo Sexto. Actas <strong>de</strong> Asamblea.<br />
Las actas <strong>de</strong> las Asambleas <strong>de</strong> Accionistas serán asentadas en el libro respectivo y <strong>de</strong>berán ser<br />
firmadas por quienes hubieren actuado <strong>com</strong>o Presi<strong>de</strong>nte y Secretario así <strong>com</strong>o por los Comisarios<br />
que concurran.<br />
Si por cualquier motivo no se instalara una Asamblea <strong>de</strong> Accionistas legalmente convocada, o si<br />
ésta se instala pero no existe el quórum necesario para adoptar resoluciones, se levantará también<br />
un acta que se hará constar en el libro correspondiente.<br />
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