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MEMORIA DE LA LIGA DE FÚTBOL PROFESIONAL - Liga Nacional ...

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148<br />

Actividades y Acontecimientos de la LFP<br />

Temporada 2003 / 2004<br />

El CSD aprueba los nuevos Estatutos de la LFP<br />

La Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes,<br />

en su sesión del día 17 de mayo de 2004,<br />

aprobó definitivamente la modificación de los Estatutos<br />

de la <strong>Liga</strong> <strong>Nacional</strong> de Fútbol Profesional,<br />

autorizando su inscripción en el Registro de Asociaciones<br />

Deportivas del Consejo Superior de Deportes.<br />

Los nuevos estatutos fueron aprobados por unanimidad<br />

en una Asamblea General Extraordinaria de<br />

la LFP celebrada el 30 de marzo de 2004 y tuvieron<br />

entrada en el Registro del Consejo Superior de<br />

Deportes al día siguiente.<br />

Las modificaciones propuestas versan sobre aspectos<br />

de índole organizativa, de funcionamiento interno,<br />

introduciendo diversos cambios en los órganos<br />

de gobierno y representación de la LFP.<br />

Se acomete una amplia reestructuración interna,<br />

con la modificación de las Juntas de División, que<br />

pasan a tener competencias más específicas en la<br />

gestión de los intereses de cada división. Se altera,<br />

asimismo, el valor de los votos en función de la<br />

división (a fin de equipararlas) en el seno de la<br />

Asamblea General, que sigue siendo el máximo órgano<br />

de gobierno.<br />

Las restantes modificaciones tienen por objeto,<br />

por un lado, armonizar la redacción del articulado<br />

de los estatutos a las innovaciones incorporadas,<br />

manteniendo la concordancia.<br />

Modificaciones estatutarias<br />

Las principales novedades incluidas en el próximo<br />

texto de los Estatutos Sociales de la <strong>Liga</strong> <strong>Nacional</strong><br />

de Fútbol Profesional son las siguientes:<br />

Asamblea General<br />

-Desde la ampliación de la Segunda División a 22<br />

equipos en la temporada 1995/96, se producía un<br />

desequilibrio en la capacidad de voto de ambas<br />

divisiones, ya que la Segunda contaba con 22<br />

votos, mientras que la Primera División sólo sumaba<br />

20.<br />

-A partir de los nuevos Estatutos, los votos de cada<br />

club y S.A.D. de Primera División se computarán a<br />

razón de 1,1 de forma que los 20 clubes y S.A.D.<br />

sumen 22 votos, los mismos que la Segunda División<br />

con un voto cada club o S.A.D.<br />

-De esta forma, la Asamblea General cuenta con<br />

un total de 45 votos, 22 por cada división más el<br />

voto del presidente de la LFP.<br />

-Por otra parte, se establece que los acuerdos adoptados<br />

por "mayoría simple" en Asamblea, deben<br />

contar, además, con, al menos, un 35% de los votos<br />

de cada una de las divisiones, con el objetivo de<br />

que las decisiones estén basadas en el consenso.<br />

Comisión Delegada<br />

-Hasta el momento, existían diferentes comités<br />

consultivos:<br />

•Comité Institucional<br />

•Comité de Economía<br />

•Comité Técnico Deportivo<br />

•Comité de Gestión<br />

-Con el objetivo de asimilar la estructura de la LFP<br />

a la de otras sociedades del mundo empresarial, se<br />

crea una única Comisión Delegada, como órgano<br />

de gobierno y administración ordinaria de la <strong>Liga</strong>,<br />

formada por:<br />

•Presidente de la LFP (máximo representante de<br />

la <strong>Liga</strong>, ostentando su gobierno y representación<br />

legal).<br />

•Vicepresidente primero, elegido por entre los<br />

clubes y S.A.D. de Primera División.<br />

•Vicepresidente segundo, elegido por y entre<br />

los clubes y S.A.D. de Segunda División.<br />

•6 clubes elegidos por Primera División.<br />

•6 clubes elegidos por Segunda División.<br />

-Esta Comisión Delegada, también requerirá de al<br />

menos 1 voto por parte de cada división para la toma<br />

de decisiones.<br />

-Las candidaturas a vocales de la Comisión<br />

Delegada podrán presentarse a través de agrupación<br />

de voto, requiriéndose de, al menos, tres<br />

miembros para la Primera División y cuatro para la<br />

Segunda División.<br />

Juntas de División<br />

Con carácter novedoso, corresponde a cada una de<br />

las Juntas de División:<br />

-Aprobar el calendario de fechas de competición<br />

que afecten a su división. En el supuesto en que<br />

legalmente, le sea atribuida esta competencia en<br />

exclusiva a la <strong>Liga</strong>, será entonces la Asamblea<br />

General quien, por mayoría reforzada, apruebe<br />

dicho calendario.

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